2. Así, para proteger nuestra dignidad, desarrollamos plenamente y asegurar
una convivencia pacífica se han establecido un conjunto de normas: los
derechos humanos. De todos ellos hay tres fundamentales: el derecho a
la vida, el derecho a la libertad y el derecho a la igualdad.
Estos derechos son:
Universales.- porque todos disfrutamos de ellos.
Naturales.- porque su origen está en la naturaleza del hombre.
Inalienables.- porque ninguna persona puede renunciar a ellos o
negociarlos.
Obligatorios.- porque todos tenemos la obligación de respetarlos.
3. DERECHOS DE LAS PERSONAS SEGÚN LA CONSTITUCIÓN
En nuestra Constitución, están precisados los principales derechos y deberes de la persona. Los
derechos se agrupan en:
Derechos Civiles o Individuales: Entre ellos podemos mencionar el derecho a vivir, a no ser
discriminados, a decir lo que pensamos, a poseer bienes materiales, a entrar y salir del país, y a
preservar nuestra vida privada.
Derechos económicos y sociales: Aquellos que garantizan el desarrollo de las personas
dentro de un conjunto social.
Incluyen el derecho a trabajar en condiciones dignas, al descanso y al esparcimiento, a la
vivienda, a la educación y a la cultura.
Dentro de este grupo se encuentran los derechos políticos, como el derecho a votar (a elegir y
ser elegido), a afiliarse a un partido político, etc.
Derechos de solidaridad: Son aquellos que se sustentan en la participación y cooperación de
todos los miembros de la comunidad. Dentro de este grupo de derechos se encuentran el
derecho a la paz, a vivir en un ambiente sano y equilibrado, así como el derecho de los
consumidores y usuarios a estar protegidos frente a los posibles abusos por parte de las
empresas.
4. DOS DERECHOS FUNDAMENTALES
LA IGUALDAD
Este derecho fundamental implica que:
Todos los peruanos somos iguales ante la ley: tenemos los mismos derechos y
deberes.
Todos podemos participar en la política: desempeñar cargos públicos y elegir a
nuestros representantes.
Todos tenemos igualdad de oportunidades: tenemos el derecho de acceder a
servicios básicos de salud, educación y a un trabajo.
5. La Libertad
La libertad individual garantiza que las personas no sean arrestadas o
encarceladas sin haber sido previamente sentenciadas por un juez.
La libertad de pensamiento garantiza el derecho a tener ideas propias y
profesar la religión que se prefiera.
La libertad de expresión permite exponer ideas y opiniones libremente a través
de cualquier medio de difusión: periódicos, libros, medios audiovisuales, etc.
Para proteger nuestros derechos
Se han establecido mecanismos de control que se denominan garantías.
Una de ellas establece que ninguna persona puede ser condenada sin un
juicio previo que establezca su culpabilidad. Otra garantía es el hábeas
corpus, que protege a las personas de las detenciones arbitrarias.
6. DEBERES Y DERECHOS DE LOS NIÑOS
Los derechos de los niños están incluidos en los derechos humanos.
En 1959, la Organización de Naciones Unidas aprobó la Declaración de
los Derechos del Niño.
En 1989 se presentó la Convención sobre los Derechos del Niño.
7. Los principales derechos de los niños son:
Derecho a la igualdad, sin distinción de razas, credo o nacionalidad.
Derecho a protección especial para su desarrollo físico, mental y social.
Derecho a un nombre y a una nacionalidad.
Derecho a alimentación, vivienda, atención médica adecuadas para el niño y
la madre.
Derecho a la educación, cuidados para el niño física y mentalmente
disminuido.
Derecho a recibir educación gratuita y a disfrutar de los juegos.
Derecho a ser protegido contra el abandono y la explotación en el trabajo.