1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
HUMBERTO JORDÁN MAZUERA
TERRITORIO DE PAZ
''Vacúnate contra la Intolerancia''
TRABAJAMOS POR LA DIGNIDAD HUMANA
PACTO DE CONVIVENCIA
2018
01
3. PROTOCOLO DE ATENCIÓN - SITUACIONES TIPO III
PROTOCOLO DE ATENCIÓN - SITUACIONES TIPO III
Seguimiento
a los acuerdos
Si el o la estudiante tiene:
Excepto en casos de
violencia sexual
y otros delitos mayores
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ANEXOS 5.
ANEXOS 4.
5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA HUMBERTO JORDÁN MAZUERA
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SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES - SIEE
CUADROS DE PROTOCOLOS - ANEXOS 1. MARCO LEGAL.
¿Qué es el manual de convivencia?
El manual de convivencia es un conjunto de principios, normas y procedimientos, cuya práctica
y ejercicio permite ajustar la vida comunitaria al orden social, curricular y cultural. Garantiza el
ejercicio de los derechos y libertades, así como el cumplimiento de los deberes y
responsabilidades de todos los integrantes de la comunidad educativa.
En el marco del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos
humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar, y
además de lo establecido en el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, los manuales de convivencia
deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar
y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que
permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así
como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.
El manual de convivencia concederá al educador el rol de orientador y mediador en situaciones
que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones.Alos
estudiantes, el manual les concederá un rol activo para participar en la definición de acciones
para el manejo de estas situaciones, en el marco de la ruta de atención integral. El manual de
convivencia deberá incluir la ruta de atención integral y los protocolos que trata la presente ley.
Acorde con el artículo 87 de la Ley 115 de febrero 08 de 1994, el manual de convivencia define
los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad
educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y
convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir el establecimiento
educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y
ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de
familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es
un componente esencial del proyecto educativo institucional (PEI).
Objetivos del manual de convivencia:
- Divulgar a todos los miembros de la comunidad, las normas fundamentales que garantizan la
convivencia armónica dentro de la Institución Educativa.
- Definir los alcances y límites de la gestión formadora en la Institución Educativa Procurar la
solución oportuna de los conflictos y la mutua valoración y respeto entre los miembros de la
comunidad educativa.
- Garantizar el mejoramiento de la calidad educativa, el desarrollo integral del educando y la
cualificaciónprofesionalypersonaldedirectivos, docentes, administrativos y funcionarios
en general.
Bases y fundamentos del manual de convivencia.
El Manual de Convivencia tiene sus bases y fundamentos en los principios y valores de:
- La Constitución Política de Colombia proclamada el 04 de julio de 1991.
- La Ley 70 de agosto 27 de 1993 Ley de Negritudes y Reglamentarios.
- La Ley 115 de febrero 08 de 1994 Ley General de Educación.
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA HUMBERTO JORDÁN MAZUERA
- El Decreto 1860 de agosto 03 de 1994 Pedagogía y Organización del Servicio Educativo.
- La Resolución 2343 de junio 05 de 1996 Procesos Curriculares.
- El Decreto 3011 de diciembre 19 de 1997 La Educación paraAdultos.
- La Ley 734 de febrero 05 de 2002 Código Disciplinario Único.
- La Ley 1010 de enero 23 de 2006 Ley deAcoso Laboral.
- La Ley 1008 de enero 23 de 2006 Convenio Internacional en Materia de Niñez y de Familia.
- La Ley 1060 de julio 26 de 2006 Impugnación de la Paternidad y la Maternidad.
- La Ley 1098 de noviembre 08 de 2006 Código de la Infancia y laAdolescencia.
- La Ley 1257 de diciembre 04 de 2008 Por la cual se dictan normas de sensibilización,
prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se
reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras
disposiciones.
- El Decreto 1290 de abril 16 de 2009 Evaluación del Aprendizaje y Promoción de los
Estudiantes de los Niveles de Educación Básica y Media.
- La Ley 1620 de marzo 15 de 2013 Ley de Convivencia Escolar.
- El Decreto 1965 de septiembre 11 de 2013 Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de marzo
15 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el
Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y
Mitigación de la Violencia Escolar.
- El Decreto 1122 de junio 18 de 1998 Por el cual se expiden normas para el desarrollo de la
Cátedra de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal
del país y se dictan otras disposiciones.
- La Ley 1618 de 27 febrero de 2013 Por la cual se establecen las disposiciones para
garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
- La Ley 1732 de 01 septiembre de 2014 Por el cual se reglamenta la cátedra para la paz.
- Protocolo 1161 por medio del cual se adopta un protocolo para atender las presuntas
situaciones de acoso sexual y violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes; que
impliquen a servidor público de los establecimientos educativos de la secretaria de
educación del municipio de Santiago de Cali, y se dictan otras disposiciones.
12. COLOREA NUESTRA BANDERA
EL VERDE:
significa la esperanza y la diversidad
de nuestro paisaje.
EL AMARILLO:
significa la luz que nos ilumina cada día.
EL NARANJA:
significa el atardecer de nuestra
Colombia.
COLOREA NUESTRO ESCUDO
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PACTO DE CONVIVENCIA
El Escudo enmarcado en los pliegos
de la bandera institucional que
enarbola los colores del blanco
pureza y sabiduría, el verde de
nuestros valles y montañas y la
esperanza, el progreso de nuestros
niños(as) en el futuro.
13. El saber encierra el conocimiento el aprender haciendo.
Yel ser las personas que se forman y se fortalecen en valores de tolerancia respeto y afecto.
Los recuadros internos recopilan los emblemas significativos de las diferentes sedes. En la
parte superior el búho de la sabiduría que invita al conocimiento.
Ala derecha la paloma símbolo de paz, armonía, diálogo y tolerancia.
En la parte inferior derecha el municipio de Santiago de Cali bañado por el caudaloso río Cauca,
a oriente se encuentran las comunas, donde se ubican nuestras sedes institucionales.
Y al lado izquierdo los NNA que respetan nuestra comunidad educativa, étnica y pluricultural,
con grupos mestizos, descendientes aborígenes y afrocolombianos, estos últimos mayoría
inmigrantes y desplazados de nuestras zonas costeras de Cauca, Valle, Nariño y Chocó.
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PACTO DE CONVIVENCIA
DESEMPEÑO SUPERIOR
La valoración de Desempeño Superior es la superación en un 100% de los desempeños
necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los
estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación
Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. En este rango el estudiante
logra un nivel de desarrollo de sus habilidades por encima de los criterios básicos altos
esperados en la evaluación integral propuesta.
El estudiante:
· Trabaja en el aula de clase de manera constante y enriquece al grupo.
· Maneja adecuadamente las enseñanzas aprendidas y las relaciona con experiencias
vividas, adoptando una posición crítica.
· Respeta en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.
· Contribuye a la dinámica de grupo con su excelente comportamiento y actitud.
· Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las enseñanzas vistas en clase.
· Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
· Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, actividades desarrolladas e n clase y las
argumenta con propiedad.
· Ante sus ausencias presenta excusas justificadas sin que su proceso d e aprendizaje se vea
afectado.
· Alcanza los logros propuestos durante el periodo.
· Su comportamiento es adecuado y mantiene buenas relaciones con todas las personas de la
comunidad educativa.
· Demuestra sentido de pertenencia con el Colegio.
DESEMPEÑOALTO.
La valoración de Desempeño Alto es la superación entre un 80% y 99% de los desempeños
necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los
estándares básicos necesarios fundamentales, donde el estudiante alcanza a identificar,
describir y solucionar de manera creativa los problemas que se le presentan en su vida
cotidiana, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos
expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo
Institucional. El estudiante. Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente
acorde con los valores institucionales propuestos por la institución, alcanzando
satisfactoriamente los logros planteados en su proceso de aprendizaje Maneja y argumenta las
enseñanzas aprendidas en clase. Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades
en el aula. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
El estudiante:
· Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
· Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
· Busca información en diferentes fuentes para afianzar sus enseñanzas.
· Presenta a tiempo sus trabajos, consultas y actividades en clase.
· Alcanza todos los logros propuestos.
· Presenta faltas de asistencia justificadas.
· Demuestra sentido de pertenencia con el Colegio.
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TÍTULO X. PROCESO: PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD Y CONVIVENCIA.
CAPÍTULO I. PROYECTOS PEDAGÓGICOS INSTITUCIONALES.
Artículo 127. Los proyectos obligatorios dentro de su plan operativo anual deberán rendir
acciones de promoción, prevención, atención y seguimiento referentes a las necesidades
de los educandos de igual manera deberán promover las competencias básicas y
ciudadanas de manera articulada y planeada, con objetivos, metodologías, estrategias
pedagógicas, responsabilidades, indicadores y cronogramas explícitos y claros.
Artículo 128.Apropiación, difusión y socialización del manual.
Directivos y docentes serán los primeros en apropiarse del contenido de este manual, de
sus valores y procedimientos, con el fin de difundirlo ampliamente entre estudiantes,
padres y madres de familia. A través de la primera asamblea de padres del año 2018, las
dos primeras semanas de diagnóstico donde el director de grupo será el encargado, las
clases de todas las áreas, los homenajes a los símbolos patrios, las sesiones de los
órganos del gobierno escolar y de representación estudiantil, y otros momentos de la vida
institucional.
Artículo 129.
Este Manual de Convivencia fue aprobado por el Consejo Directivo
de la I.E. Humberto Jordán Mazuera,
Según Resolución No..............................................................................
En Sesión Ordinaria del…………............................................................
Día……………………………...........................................................2018,
y rige a partir de esta fecha.
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PACTO DE CONVIVENCIA
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Artículo 105. El diálogo con el (la) estudiante como parte esencial del debido proceso.
1. El diálogo con el (la) estudiante que infringe la norma y con sus padres o acudiente será
fundamental en todo procedimiento disciplinario que se realice.
2. El diálogo, se convertirá en el recurso pedagógico que permita determinar las causas que
llevaron al NNAa cometer la situación. valorarla y determinar las acciones o correctivos más
convenientes, para que mejore su comportamiento.
3. Con base en él, se podrá determinar si él estudiante se acoge a un procedimiento
restaurativo, reconoce su responsabilidad, para iniciar así las acciones reparadoras y
reintegradoras.
Artículo 106. Los actos contrarios a las normas. Podrán corregirse, de acuerdo con lo
dispuesto en este título, los actos contrarios a las normas de convivencia de la institución
realizados por los y las estudiantes en el recinto escolar o durante la realización de actividades
complementarias y extraescolares. Igualmente podrán corregirse las actuaciones del o la
estudiante que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente
relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros(as) o a otros miembros de la
comunidad educativa.
Artículo 107. El conducto regular. Para intervenir en la prevención y el tratamiento de los
conflictos, se seguirá el siguiente conducto regular:
1. Estudiante mediador(a) escolar. (Para situacionesTIPO I).
2. Docente de la clase. (Su función es la de mediación pedagógica).
3. Director(a) de grupo. (Su función es la de mediación pedagógica).
4. Coordinador(a) de la sede y jornada.
5. Rector.
6. Consejo Directivo.
Parágrafo 1. El Comité Escolar de Convivencia (CESC) a pesar de no ser una instancia dentro
del conducto regular, como órgano consultor y promotor, podrá participar en el análisis de los
casos y situaciones que se presenten o solicitar la modificación de alguna decisión tomada por
las autoridades de la Institución. Los diversos estamentos de la comunidad podrán acudir ante
él con este propósito y solicitar el cumplimiento de las funciones del Comité, prescritas en este
manual.
Artículo 108. Recursos. Toda decisión tomada por una autoridad de la institución que afecta
los intereses de un o una estudiante, podrá ser cuestionada o impugnada utilizando los
siguientes recursos:
1. Reposición: Presentando petición de revisión, ante quien profirió la decisión objeto del
reclamo.
2. Apelación: Presentando petición de revisión, ante el superior de quien ha tomado la
dec isión.
3. Petición especial: Ante el Comité Escolar de Convivencia para que analice y revise la
decisión tomada por una autoridad y genere acciones de promoción y prevención frente a la
situación presentada. Se excluyen aquellas decisiones tomadas en última instancia por el
Consejo Directivo.
4. Términos: los recursos deberán interponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
notificación de la decisión que se cuestiona.