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ESCUELA LOS LEONES
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2017
2
PRESENTACIÓN
ESTABLECIMIENTO : ESCUELA LOS LEONES F-467.
DIRECCIÓN : Población Pedro Aguirre Cerda, Prof. Rafael Viguera Nº 10,
Linares.
ROL BASE DE DATOS : 003260-3.
RUT : 60.922.748-6
TELÉFONO : (073) 2633288.
E-MAIL : losleones@daemlinares.cl
TIPO ENSEÑANZA : Pre Básica - Básica.
DIRECTORA : Sra. María Angélica Campos Gajardo.
ENCARGADA CONVIVENCIA ESCOLAR: Srta. Marión Leal Fonseca
INTRODUCCIÓN
El Manual de Convivencia Escolar de la Escuela Los Leones, se fundamenta en la legislación
vigente contenida en los siguientes cuerpos legales: Constitución Política de la República de Chile; Ley
General de Educación; Estatuto Docente; Reglamento del Estatuto Docente; Declaración de los
Derechos del Niño y la Niña; Política de Convivencia Escolar; Ley de Responsabilidad Penal Juvenil;
Ley de Violencia Escolar; Ley de inclusión escolar (N° 20.845 regula la admisión de los y las
estudiantes, prohíbe toda forma de discriminación arbitraria, permite sanciones disciplinarias
solo si están contenidas en el reglamento interno), establece un plan de apoyo a la inclusión
para fomentar la buena convivencia, obliga a reconocer el derecho a asociarse libremente; Ley y
Reglamento de los Consejos Escolares y Declaración Universal de los Derechos Humanos; Ley contra
la discriminación, (N° 20.609 promulgada el año 2012, busca resguardar el derecho a las personas de
no sufrir ningún tipo de exclusión).
La Escuela Los Leones, es una institución eminentemente humanista, científica y laica que
garantiza y cautela el derecho a la educación de los jóvenes que estudian en sus aulas, respetando y
promoviendo los derechos esenciales de la persona humana expresado en la legislación vigente en
nuestro país y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (La Constitución Política de la
República de Chile reconoce y ratifica en su Artículo 5° esta declaración, estableciendo que “el ejercicio
de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la
naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos,
garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y
que se encuentren vigentes”)
Este Manual de Convivencia en virtud de los cuerpos legales que lo preceden en el acápite anterior,
orienta los comportamientos en el ejercicio del diálogo, la paz y el entendimiento democrático y
participativo entre alumnos, profesores, padres y apoderados, y permite ejercitar prácticas de
prevención en distintos ámbitos relacionados con el sano desarrollo personal, medidas pedagógicas
como complemento a sanciones en caso de faltas, protocolos de actuación y resolución no violenta de
conflictos ante conductas que constituyan falta a la sana convivencia escolar, graduándolas de
acuerdo a su menor o mayor gravedad.
Creemos que una gestión escolar que propicie un clima armónico, seguro y motivador;
inevitablemente redundará en lograr aprendizajes más significativos, más pertinentes y por cierto, de
mejor calidad, con el objetivo de asegurar el derecho a aprender de acuerdo a las potencialidades de
cada cual y sin excepción de ninguna índole. Esa es la apuesta que hacemos. Esperamos que este
instrumento sea un aporte sustantivo a la calidad de los niños, niñas y jóvenes de nuestra Escuela,
entregando normas justas, conocidas y asumidas por cada Alumno, Docente, Asistente y Apoderado,
donde el diálogo Escuela - Familia - Comunidad se establece en términos de empatía y trabajo
mancomunado, así estamos seguros que se obtendrán los objetivos y metas que como escuela
necesitamos y deseamos lograr.
Dando cumplimiento a la Ley sobre convivencia escolar emanada por el Ministerio de
Educación del Gobierno de Chile, donde señala que “todos somos responsables e indispensables para
mejorar la calidad de la convivencia, de los aprendizajes y el bienestar de la comunidad educativa”, es
3
necesario dar a conocer que la Escuela Los Leones cuenta con un Profesional encargado de mediar en
los casos de problemáticas de convivencia escolar, así como también con un Comité de convivencia
Escolar que brinda Apoyo en casos en que algún miembro de la comunidad vea afectada su integridad,
tanto física como psicológica.
El presente documento, por tanto, permite organizar el funcionamiento del establecimiento
según los lineamientos de la convivencia escolar adoptada en la propia realidad. En este sentido se
pretende orientar a la comunidad educativa, en relación a las normas que regularán las actuaciones,
con el propósito de alcanzar los objetivos planteados al interior del establecimiento.
FUNDAMENTACIÓN LEY Nº 20.536, art. 16 a-e “Párrafo 3°”
Convivencia Escolar
Artículo 16 A. “Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros
de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre quienes la componen y que
permita el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicie el desarrollo
integral de nuestros estudiantes”.
Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u
hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que,
en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una
situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,
maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por
medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la
educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán
propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de
acoso escolar.
Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida
por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por
quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así
como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un
estudiante.
Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos
docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de
violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la
comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del
establecimiento.
Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o
disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de
conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.
Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan
funciones administrativas y auxiliares al interior de todos los establecimientos educacionales recibirán
capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de
conflicto."
OBJETIVOS
1. Dar a conocer a la comunidad educativa los lineamientos generales de la Institución, su misión
educativa y los principios éticos y valóricos que la sustentan y orientan.
2. Establecer procedimientos de resolución técnico-pedagógicos a las situaciones conflictivas por el
incumplimiento de los acuerdos estipulados en el presente Reglamento.
3. Constituirse en un Instrumento facilitador y regulador de la convivencia escolar, que permita la
formación Integral de los alumnos y alumnas.
4
4. Conocer y trabajar técnicas de Mediación de Conflictos entre pares para ayudar a los alumnos en
mayor riesgo y vulnerabilidad social y educativa.
5. Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el normal desarrollo académico, personal y
social de los alumnos/as, como de miembros de la comunidad escolar.
6. Establecer protocolo de actuación para los casos de acoso escolar, violencia escolar y bullyng, los
que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar
acciones reparatorias para los afectados.
7. Establecer protocolo frente a la sospecha de abuso sexual, el que en todo momento prepondera a
proteger a nuestros alumnos y alumnas y realizar las denuncias a las instituciones pertinentes en
caso que la situación lo amerite.
8. Establecer protocolo en caso de micro-tráfico de drogas, que busca la protección y cuidado de
niños, niñas y jóvenes contra el uso indebido de las drogas. Como establecimiento tenemos un
importante rol preventivo institucional que cumplir, asegurando el derecho de nuestros estudiantes
a estudiar en un entorno libre de drogas.
9. Establecer protocolos en caso de hurto o extravío de objetos, los que establecen como premisa la
educación frente a evitar este tipo de conductas contrarias a la seguridad y sana convivencia
escolar.
10. Establecer protocolos en caso de embarazo adolescente, el que tiene por objeto acoger y apoyar a
la futura madre y padre y, sobre todo, garantizar la permanencia en su escuela o liceo.
11. Establecer protocolo para la Prevención del Suicidio Escolar, que pretende de alguna forma
disminuir el impacto de los factores de riesgo presente en la población con niveles de actuación
preventiva.
MARCO VALÓRICO
Entregar una Formación Integral y de calidad, donde se destaque un ambiente de sana
convivencia en toda la comunidad. Para esto se consideran como base de nuestro quehacer
educativo los siguientes valores:
 HONESTIDAD: Ser capaz de seguir siempre valores como la verdad y honradez aun en
circunstancias adversas.
 SOLIDARIDAD: Promover la fraternidad, donde se apoyen unos a otros, en afectos,
conocimientos o en el aspecto económico si fuera el caso. (Ej. Teletón, Canastas solidarias,
visitas a compañeros/as enfermos/as etc.)
 AUTONOMIA: Regulación de la conducta por normas que surgen del propio individuo. Ser
capaz de analizar lo que creemos que debemos hacer, cuando usamos nuestra conciencia
moral. Tener mayor seguridad en sí mismo, fuerza de voluntad, ser disciplinado y estar
tranquilo.
 Amor: Entregar afecto, preocupación y compromiso por una persona, grupo o idea.
 Autenticidad: Mostrarse tal cual se es, aceptando las fortalezas y debilidades, sin culpar a
otros.
 Libertad: Promover la posibilidad para que uno mismo y el otro puedan optar o elegir cualquier
cosa de manera responsable.
 Justicia: Como escuela inclusiva tiene la oportunidad de compartir con diferentes personas
que tienen derechos y deberes, para las cuales se debe tener un trato digno donde la verdad
sea un sello fundamental.
5
 Respeto: Actitud de cortesía y trato digno para todos
 Responsabilidad: Será la capacidad de cumplir con los deberes y compromisos, ya sean
académicos, sociales o profesionales Todos los miembros de la comunidad deben cumplir con
sus deberes y rendir cuenta pública cuando sea necesario.
 Tolerancia: Será la actitud de respeto a las diferencias de los otros ya sea en situación
económica, escolaridad, cultura, etnia, credo, entre otros.
NORMATIVA DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR
El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la
sana convivencia de la comunidad Escuela Los Leones, creando e impulsando acciones que fortalezcan
los valores institucionales.
Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos
conforme al presente Manual.
Se reunirá, en situaciones de transgresión al reglamento (faltas graves y gravísimas), con el fin
de velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que tiene nuestra comunidad.
Este comité a través del diálogo, escucha atenta y reflexivamente las posiciones e intereses de
los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes.
La función de este comité es buscar una solución formativa para todos los involucrados sobre
la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.
Integrantes:
Directora: Sra. María Angélica Campos Gajardo
U.T.P: Sra. Marcela Hernández
Coordinador de Convivencia: Marion Leal Fonseca
Rep. Profesores: Ximena Blamey Cruz
Rep. Asistente Educación: Haydee del Carmen Zúñiga
Rep. Apoderados: Celina Santana
Rep. Alumnos: Guillermo Alvial Candia
ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1.- Conocer los informes e investigaciones presentados por el encargado de convivencia escolar. (Faltas
graves y gravísimas).
2.- Aplicar medidas formativas en los casos fundamentados y pertinentes, de acuerdo a lo que
establece el reglamento de convivencia
 Consideraciones para la presentación, evaluación y determinación del comité:
1. No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del
alumno(a).
2. Las medidas deberán propender a la toma de conciencia y reflexión acerca de lo realizado por
parte del alumno(a), con tal de fomentar su sentido de responsabilidad frente a su vida y la
sociedad.
3. La imposición de las correcciones previstas en estas normas, respetarán la proporcionalidad de la
conducta del (la) alumno(a) y deberá contribuir al mejor desarrollo de su proceso educativo.
4. Los órganos competentes para la elaboración de expedientes o para la imposición de correcciones,
deberán tener en cuenta la edad del (la) alumno(a), tanto en el momento de decidir su incoación o
sobreseimiento, a efectos de graduar la aplicación de la sanción cuando proceda.
5. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del (la) alumno(a) antes
de resolver el procedimiento corrector. A estos efectos, se podrán solicitar los informes que se
estimen necesarios sobre las conductas aludidas y recomendar, en su caso, a los padres o a los
representantes legales del (la) alumno(a) o a las instancias públicas competentes de la adopción
de las medidas necesarias.
6
6. Las correcciones que correspondan aplicar por el incumplimiento de las normas de convivencia,
deben tener un carácter educativo y recuperador, garantizando el respeto y los derechos del
resto de los(as) alumnos(as), fomentando el restablecimiento de las relaciones de todos los
miembros de la comunidad educativa.
DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
a) Sesionará en forma extraordinaria las veces que se requiera, con a los menos dos tercios de sus
miembros.
Encargado de convivencia escolar de la escuela los leones
Es la técnico social del establecimiento, quien guía de manera permanente los acuerdos,
decisiones y planes del comité de convivencia escolar.
Será la encargada de investigar los antecedentes, frente a cualquier denuncio y aplicar las
medidas establecidas en el reglamento de convivencia escolar.
Será la encargada de convocar al comité de convivencia escolar, previa información de la real
situación a la Directora, quien apoyará la determinación.
La encargada de convivencia escolar, es quién llevará acta de las sesiones y acuerdos
adoptados.
La encargada de la Convivencia Escolar deberá registrar en una carpeta los casos que se
atenderán y sus avances.
ARTÍCULO 1º
Derechos y deberes de la Comunidad Escolar
1.1 Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana
convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
1.2 Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano
y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se
cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir
que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a
colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los
integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE
DERECHOS DEL ESTUDIANTE
Escuela Los Leones F-467 respeta lo establecido en la Constitución Política de Chile, en el Artículo 19
que establece que la educación es un derecho que el Estado debe otorgar a todos los chilenos (as),
considerando la Declaración Internacional de los Derechos Humanos y la Declaración Internacional de
los Derechos del niño y la niña como sujetos de derecho “esta carta fue redactada por Naciones Unidas
en 1959, constituyéndose en un manifiesto ético y en un reconocimiento de ellos como sujetos de
derechos, la que se rige por cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés superior
del niño, su supervivencia, desarrollo y protección y su participación en las decisiones que los
afecten.”
1. El respeto a su dignidad personal, que implica la protección a su integridad física y psicológica,
sin discriminación de sexo, género, etnia, condición social, y/o credo religioso por toda persona que
forme parte de la comunidad educativa.
2. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad
educativa.
3. Recibir de parte de los profesores una educación significativa y pertinente a su, realidad y
entorno. Conociendo los objetivos que se propone lograr el profesor en cada asignatura y/o
determinada unidad.
7
4. Desarrollar libremente sus talentos y aptitudes para el logro del crecimiento integral de la
persona.
5. Manifestar sus inquietudes y discrepancias, a quien corresponda, respecto a temas y
decisiones que les afecten dentro de los cánones del respeto y la educación (profesor jefe, inspector
general, jefe UTP, Directora).
6. A estudiar en un ambiente de tolerancia y respeto mutuo.
7. Participar en igualdad de condiciones, frente a sus compañeros, en la opción de acceder a
todos los servicios educativos ofrecidos por el establecimiento.
8. Ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas logradas en su desempeño
escolar.
9. A participar del proceso de enseñanza – aprendizaje, aun teniendo dificultades de aprendizaje o
discapacidades, en conformidad a la ley de Integración.
10. Disfrutar de un ambiente sano, limpio, cómodo y seguro para realizar sus trabajos escolares,
donde prevalezca el respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad escolar.
11. Ser informado acerca de los principios, normas y reglamentos que regulan la vida escolar,
entre ellos los que el P.E.I. sustenta respecto a los principios, normas disciplinarias, planes y
programas de estudio, reglamento de evaluación y promoción escolar, normas de
seguridad y prevención de riesgos etc.
12. Ser escuchado y recibir respuesta individualmente en forma verbal o por escrito, en cada una
de las instancias de interacción con directivos, con profesores, asistentes de educación u
otros miembros del personal del establecimiento.
13. Participar de las distintas actividades curriculares que desarrolle el establecimiento.
14. Derecho de matrícula y de la continuidad de sus estudios para las alumnas embarazadas del
establecimiento.
15. Derecho de matrícula y de la continuidad de sus estudios para alumnos (as) en situación de
riesgo social.
16. Derecho al debido proceso de evaluación de sus faltas que atenten a la sana convivencia,
como asimismo el derecho de apelación o el de expresar ante la dirección del Establecimiento, en
compañía de su apoderado, su opinión y/o descargo personal, ante situaciones de conducta personal
indebida que le afecte y cuyo caso se encuentre en estudio disciplinario.
17. Utilizar los recursos de infraestructura de que dispone el Establecimiento, tales como
Biblioteca, laboratorios de informática, talleres, etc. Para contribuir a su formación.
18. A no ser suspendido, expulsado o cancelada la matrícula por causales que se deriven
exclusivamente de la situación socioeconómica.
19. Ser asistido en caso de accidente escolar (primeros auxilios).
20. Hacer uso del seguro escolar en caso de accidente ocurrido dentro de la escuela o en el
trayecto.
DEBERES DEL ESTUDIANTE
1. Mantener un buen cuidado personal, llevando adecuadamente el Uniforme de la Escuela. Esta
responsabilidad corresponde en forma directa a los apoderados y a los funcionarios hacer
cumplir este mandato, como así mismo el uso del buzo de la Escuela para el desarrollo de las
clases de Educación física y salidas a terreno.
2. Asistir diariamente a clases cumpliendo puntualmente con los horarios y responsabilidades
establecidas.
3. Respetar a las autoridades, profesores, grupos de pares, y demás miembros de la comunidad
escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento.
4. Respetar a sus compañeros y compañeras, tratándolos de manera cordial y deferente, evitando
todo tipo de discriminación por sexo, género, etnia, condición social y/o credo religioso.
5. Conocer y respetar el Proyecto Educativo del Establecimiento aportando responsablemente al
cumplimiento de los objetivos de éste, como así mismo conocer las disposiciones y normas de
convivencia del Establecimiento, velando por su cumplimiento.
6. Velar permanentemente por el prestigio del Establecimiento actuando con responsabilidad en
situaciones en que represente de manera oficial y no oficial al Establecimiento.
8
7. Portar diariamente la Libreta de Comunicaciones, manteniéndola en buenas condiciones, sin
alteraciones y debidamente firmada por el apoderado.
8. Cumplir con las instancias de evaluación; debiendo justificar su inasistencia mediante la
presentación de certificado médico.
9. Los estudiantes no podrán portar celular, joyas ni objetos de valor, la perdida de estos no
será responsabilidad de la Escuela. En caso de portar celular será requisado por el profesor
quien hará entrega al inspector general, el cual citará al apoderado para hacer entrega del
teléfono.
10. Resguardar la integridad de documentos oficiales, tales como los libros de clases, actas,
certificados de estudios, informes y pruebas de asignaturas.
11. Cuidar el mobiliario, material didáctico, libros de biblioteca, materiales de laboratorio, como
asimismo, puertas ventanas y escritorios. En caso de deterioro intencional el alumno se hará
responsable, a través de su apoderado de los costos de reparación.
12. El alumno(a) no podrá ingresar y menos consumir dentro del Establecimiento drogas como:
cigarrillos, alcohol, marihuana, etc. Lo que será sancionado de acuerdo a la ley Nº 20.000.
13. Asumir las consecuencias y aceptar las decisiones que se adopten por quien corresponda,
frente a una falta en la que haya incurrido, ya sea de tipo académico o disciplinaria.
14. Asumir con responsabilidad y seriedad los cargos, para los cuales fuese electo.
15. Los alumnos se someterán a los planes, programas, estrategias, campañas y acciones de
convivencia escolar promovidas por la institución favoreciendo la solución amistosa de sus
conflictos.
16. Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.
DE LOS PADRES Y/O APODERADOS
DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS
1. Conocer el Proyecto educativo, el Reglamento Interno, el Reglamento de evaluación, Calendario de
evaluaciones y el manual de convivencia escolar.
2. Recibir un trato adecuado, respetuoso y cordial de parte de todo el personal del establecimiento.
3. Hacer que se respete a su Pupilo (a) como una persona única, con características irrepetibles, para
lograr su potencial desarrollo humano a través de la educación y la orientación de sus profesores (as).
4. A ser informado del proceso de formación de sus hijos y del currículo de manera continua o cuando
la situación lo amerite.
5. Conocer por lo menos al término de cada periodo, los resultados de aprendizaje en la formación
integral de su(s) hijo(s).
6. Ser atendido por la dirección, inspector general y profesores en los horarios de atención a los
apoderados y con cita previa en los horarios que para esta finalidad se estipula.
7. Participar activamente en las reuniones de curso y asambleas generales.
8. Ser informado de las observaciones positivas y negativas de su hijo/a registrados en el libro de
clases y de las sanciones que se apliquen en virtud del reglamento.
9. Elegir y ser elegido como miembro directivo en los Centros General de Padres y de curso.
10. Presentar reclamos respetuosos sobre la evaluación, comportamiento, sanciones o trato recibidas
por sus hijos.
DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS
Los padres y/o apoderados de los alumnos de la Escuela, de acuerdo al proyecto Educativo
Institucional, son los primeros educadores, y están involucrados con la educación de sus hijos como
parte insustituible. Su acción educativa es clave para el tipo de educación que nos hemos propuesto.
1. Compartir los propósitos y la orientación básica del Proyecto Educativo Institucional.
2. Conocer el manual de convivencia escolar y cumplirlo en cada una de sus partes.
3. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de curso y/o generales.
4. Justificar oportunamente su inasistencia a reuniones, el no cumplimiento a 3 reuniones será
causal para derivación a OPD.
5. Justificar inasistencia del menor durante el día.
9
6. Mandar a su hijo o hija con una buena presentación y con uniforme de acuerdo al horario de
clases.
7. Velar por la puntualidad en el horario de entrada a clases y cumplimiento en tareas y preparación
de los controles.
8. Comprender y asumir la calidad de apoderado como misión personal y familiar frente al aprendizaje
escolar y formativo de su pupilo(a).
9. Revisar y firmar diariamente libreta de comunicaciones.
10. Solicitar apoyo remedial, para su pupilo, cuando éste lo requiera, en aspectos de aprendizaje o de
conducta general.
11. Tratar respetuosamente a todos los miembros de la comunidad educativa.
12. Mantenerse informado sobre el rendimiento escolar y el comportamiento general de su pupilo(a).
Revisar la Libreta de Comunicaciones firmando oportunamente las comunicaciones y documentos
extendidos por el Establecimiento.
13. Proporcionar a su pupilo(a) el material escolar requerido por los profesores.
14. Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos dentro y fuera del
Establecimiento.
15. Asistir a la Escuela cada vez que sea requerido.
16. Mantener informado a la Dirección o Profesor Jefe sobre las situaciones que puedan estar
afectando a sus hijos o que puedan contribuir al mejoramiento de ellos.
17. Asumir con seriedad y responsabilidad los cargos para los que fuese elegido y responder por los
bienes y recursos, ya sea económicos o de otra índole, que le fueron entregados para su resguardo,
dentro y/o fuera de la Escuela. La Escuela se reserva el derecho de aceptar o rechazar a los
apoderados que han faltado a este inciso.
18. Aceptar las sanciones que imponga el Establecimiento por faltas cometidas, cuando se ajusten a la
norma y/o Reglamento de Convivencia.
PROHIBICIONES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS.
Son prohibiciones de los padres, madres y apoderados las siguientes:
1. Desacatar el conducto regular para la solución de conflictos o dificultades.
2. Ingresar a las aulas de clase o salas de profesores sin autorización.
3. Agredir física o verbalmente a un Directivo, profesor, hija/o, estudiante, administrativo,
docente, asistente o cualquier miembro de la comunidad educativa.
4. Hacer comentarios malintencionados que afecten la honra y buen nombre de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
5. Hablar mal de la escuela dentro y fuera de ella.
6. Presentarse a la escuela, embriagado o bajo alguna sustancia alucinógena.
7. Realizar ventas y rifas dentro de la escuela sin la debida autorización.
8. Incitar a los estudiantes a actos de rebeldía o falta a la norma.
9. Los funcionarios/as de la escuela que presencie un acto de agresión al que se hace referencia
en el numeral 3 del presenta artículo, tiene que inmediatamente llamar a Carabineros.
DE LOS PROFESORES
DERECHOS DEL PROFESOR
1. Recibir información en todas las áreas que contribuyan al logro de la misión del establecimiento.
2. Recibir atención respetuosa, sincera y de diálogo por parte de todos los estamentos de la comunidad
educativa.
3. Ser atendido con respeto y atención al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades de
la Escuela, de acuerdo al conducto regular.
4. La utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que dispone el establecimiento.
5. Recibir información oportuna sobre todas las normas administrativas, pedagógicas y de seguridad
que los rigen.
6. Derecho de respetar su formación e idoneidad profesional en el ejercicio de su profesión docente y
responsabilidades administrativas.
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7. Ejercer el derecho de apelación ante los procesos internos de evaluación y/o decisiones de carácter
administrativo, en especial, ante situaciones de conflictos con alumnos y apoderados.
8. De ser representado ante el Consejo Escolar.
9. De acuerdo a la LEGE, los profesionales de la Educación tienen derecho a que se respete su
integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradante o
maltrato psicológico por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.
DEBERES DEL PROFESOR
1. Proceder con ética profesional.
2. Tener como base para su labor educativa el P.E.I.
3. Ejercer la docencia con estricto respeto a las disposiciones legales y que lo habilitan para ejercer su
función.
4. Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.
5. Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
6. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo,
establecidos por las bases curriculares y los programas de estudio.
7. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia del Establecimiento.
8. Dejar en alto en todo momento el nombre del Establecimiento: de palabra, de obra, especialmente
con su conducta intachable y su espíritu de trabajo.
9. Guiar el proceso educativo y cumplir con responsabilidad los deberes profesionales: puntualidad,
preparación de clases, orden, evaluación equilibrada y justa, devolución de evaluaciones y trabajos
corregidos en el tiempo establecido por normativa.
10. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del
empleador, en conformidad al Decreto Alcaldicio.
11. Aplicar con plena responsabilidad cada uno de sus actos en ejercicio de sus funciones.
12. Atender a padres o apoderados que lo soliciten o citarlos para informar sobre el comportamiento o
rendimiento de sus hijos o pupilos.
13. Atender a alumnos y alumnas en forma individual a fin de conocer la situación personal que afecta
o reforzar su rendimiento.
14. Corregir los comportamientos inadecuados de los estudiantes realizando acciones pertinentes en
el momento y lugar adecuado.
15. Aplicar nuevos métodos o estrategias pedagógicas de manera creativa y constante.
16. Tratar las faltas de los alumnos de modo objetivo sin mostrarse ofendido personalmente evitando
demostraciones de resentimiento o venganza con el alumno.
17. Estar consciente de la trascendencia de su misión de educador y formador de los estudiantes.
18. Escuchar, analizar y orientar a los estudiantes que lo soliciten o remitirlos al área social.
19. Solicitar con anticipación los permisos para ausentarse del establecimiento, con las condiciones
que cada una tenga estipuladas.
20. Todo profesor, es modelo para sus alumnos como tal debe mantener una presentación personal
acorde a su labor y con lo que representa.
21. Ningún profesor debe expulsar alumnos de su sala.
22. Con respecto al uso de celulares el profesor durante la hora de clases lo mantenga apagado o en
silencio por respeto a sus educandos.
DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION
DERECHOS
1. Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
2. Que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes: a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.
3. A participar de las instancias gremiales o colegiadas de la Escuela.
4. Proponer y ejecutar iniciativas útiles para el progreso de la Escuela.
5. Participar en eventuales capacitaciones o instancias de formación.
DEBERES:
1. Conocer y hacer suyo P.E.I
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2. Ejercer su función en forma idónea y responsable de acuerdo al P.E.I.
3. Respetar las normas establecidas en la Escuela, con énfasis en el apoyo a cumplir el manual de
Convivencia Escolar.
4. Todo asistente de la educación, es modelo para sus alumnos como tal debe mantener una
presentación personal acorde a su labor y con lo que representa
5. Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad.
6. Cumplir con los compromisos adquiridos en su orden de trabajo especial énfasis en horario.
DEL DIRECTOR
El Director, es el docente que como jefe del Establecimiento Educacional, es responsable de la
Dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales reglamentarias
vigentes y tendrá la calidad de titular.
DERECHOS
1. Ser respetado de acuerdo a la autoridad que representa.
2. Realizar todas las funciones establecidas en el P.E.I con estricto apego a las normativas
vigentes.
DEBERES
1. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional,
teniendo siempre presente que la principal función es determinar los objetivos propios del
establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad
local en que se encuentra.
2. Dar cuenta pública de los avances, logros y/o dificultades del Establecimiento.
3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
4. Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento que estime
conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución.
5. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal,
fomentando las buenas relaciones humanas, manteniendo una comunidad expedita y creando
condiciones favorables para la obtención de los objetos y metas institucionales.
6. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y
evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los
recursos asignados.
7. Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.
8. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del
establecimiento educacional.
9. Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.
10. Remitir al organismo municipal pertinente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del
establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera.
DEL INSPECTOR GENERAL
El Inspector General es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las
actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana
convivencia.
SON DEBERES DEL INSPECTOR GENERAL:
1. Llevar al día asistencia de alumnos (as) y registrar mensualmente en boletines de
subvención con personal a su cargo.
2. Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto a
Directivos, Profesores, Asistentes de Educación, Manipuladoras y entre pares.
3. Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas
de colaboración.
4. Facilitar el funcionamiento de las comisiones de bienestar, tanto del personal como de los/as
alumnos (as).
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DERECHOS Y DEBERES DEL SOSTENEDOR
DERECHOS
1. El sostenedor de la Escuela, tendrá derecho a establecer y ejercer un Plan Anual de Desarrollo
Comunal, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le
garantice la ley.
2. También tendrá derecho a establecer Planes y Programas propios en conformidad a la Ley y a
solicitar cuando corresponda, financiamiento del Estado en conformidad a la legislación vigente.
DEBERES
1. Son deberes del sostenedor o representante cumplir con los requisitos para mantener el
reconocimiento oficial del Establecimiento Educacional que representa.
2. Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.
3. Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos cuando reciban financiamiento
estatal.
4. Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus Establecimientos a la
superintendencia. Esa información será pública. Además, está obligado a entregar a los padres y
apoderados la información que determina la Ley y a someter a sus Establecimientos a los procesos
de aseguramiento de calidad en conformidad a la Ley.
5. Absorber gastos que por su naturaleza, la Escuela no esté en condiciones de asumir.
ARTÍCULO 2°
NORMAS SOBRE PRESENTACIÓN PERSONAL.
1. Uniforme oficial de la Escuela.
1.1 Es obligatorio el uso del uniforme completo y oficial establecido por Centro General de Padres
y/o Apoderados, el cual fue aprobado por los apoderados. Los alumnos/as deberán ingresar a la
escuela con su uniforme reglamentario y mantenerlo durante toda la jornada de clases.
Pre-kínder a 2° básico: Los alumnos/as harán uso del buzo del establecimiento, junto a polera
deportiva.
Varones (3° a 8° básico): Pantalón gris, calcetín plomo o gris, chaleco azul marino, zapatos negros,
camisa blanca, polera del establecimiento, corbata de la escuela, parka azul en invierno, cotona.
Nota: Si el alumno no tiene uniforme, el/la apoderado/a deberá solicitar autorización justificada, de lo
contrario se anotará en su hoja de observaciones.
Damas (3° a 8° básico): Jumper azul marino o falda azul marino, blusa blanca, polera del
establecimiento, calcetas azul marino, zapatos negros, chaleco azul marino, corbata de la escuela,
delantal, parka azul marino en invierno.
Nota: Si la alumna no tiene uniforme, el/la apoderado/a deberá solicitar autorización justificada de lo
contrario se anotará en su hoja de observaciones.
1.2 En tiempos de frío se permitirá el uso de “cuello”, gorro y bufanda, de color azul marino para
ingresar al establecimiento, más no al aula. No se permitirá el uso de polera o camiseta de color
(manga larga), bajo la polera manga corta del colegio.
Uniforme Deportivo: Se exige buzo del colegio para las clases de gimnasia y también en reemplazo de
uniforme, cuando se presente sin éste (se acepta, requiriéndose una justificación del apoderado que
indique los motivos de la falta del uniforme formal).
Todo el uniforme deportivo debe venir marcado, y componen éste el buzo y polera de la escuela,
calcetines de deporte, zapatillas, útiles de aseo personal (toalla, peineta, hawaianas, jabón, etc.)
Nota: Las zapatillas sólo se pueden utilizar en clases de Educación Física y/o en Deportes
exclusivamente. Queda estrictamente prohibido usar zapatillas deportivas con uniforme formal, (salvo
en el caso de que el apoderado comunique no tener zapatos negros requeridos).
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Presentación personal.
Será responsabilidad del apoderado o tutor que el alumno (a) se presente diariamente en adecuadas
condiciones de aseo y presentación personal, teniendo en cuenta que ambos aspectos inciden en la
imagen y valoración que los alumnos tienen de sí mismos y de los demás.
a) Las niñas usarán pelo corto o largo, peinado o amarrado.
b) Los niños usarán pelo cortado en forma tradicional (tipo escolar), despejado en cuello, orejas y
frente (descartado cualquier tipo de corte de fantasía, o colas).
c) No se aceptará el pelo teñido de colores extravagantes o visos de ningún color.
d) Las amarras para el cabello deberán ser azules o blancas (cintillos, trabas o pinches).
e) Las uñas deben ser cortas y sin ningún tipo de barniz de color.
f) Se prohíbe el uso de maquillaje (pintura de labios, brillos, sombra, máscara de pestañas y
delineados de ojos).
g) Queda prohibido el uso de joyas, se permitirá solamente el uso de aros pequeños.
h) No se aceptará el uso de piercing, ni aros en la nariz.
i) No se aceptará el uso de polerones de color o estampados.
1.8. Por razones de seguridad personal, NO se acepta el uso de celulares al interior de la Escuela
para los alumnos/as. (Si el alumno/a es sorprendido con uno al interior de la sala, el profesor podrá
retenerlo hasta el término de la clase con la finalidad de tener tranquilidad en su desempeño). Si el
alumno/a es sorprendido/a utilizando este dispositivo al interior de la sala, se requisará,
entregándolo al inspector general, quien lo devolverá al apoderado, en entrevista personal.
De la Puntualidad
Para el éxito y logro de los objetivos que motivan a los padres y apoderados a matricular a sus hijos o
pupilos en esta Escuela, es indispensable que los educandos asistan regularmente y se observe una
estricta puntualidad en su hora de llegada y salida.
a. El colegio tiene Jornada Escolar Completa de Nivel parvulario a 8º Año Básico.
b. Horario:
 Pre-kínder y kínder: Entrada 08:30 hrs. y Salida 15:50 hrs.
 Pre-kínder y kínder: Viernes: Entrada 08:30 hrs. y Salida 13:20 hrs.
 1º a 8º Básico: Entrada 08:30 hrs. y Salida 16:00 hrs.
 1º a 8º Básico: Viernes: Entrada 08:30 hrs. y Salida 13:30 hrs.
De la Libreta de Comunicaciones
a. El alumno debe portar diariamente la libreta de comunicaciones en la que se consignen todos
los datos de su identificación y la de su apoderado, debidamente actualizados al inicio del año
escolar correspondiente.
b. El apoderado deberá registrar su firma en ella para efectos de control de Profesor Jefe y
Dirección Escolar, la cual será el nexo oficial entre él y el Establecimiento.
c. Las disposiciones en ella contenidas, que no se opongan al presente reglamento, tendrán plena
validez en el ámbito de la Comunidad Educativa.
Del Libro de Clases.
a. Los alumnos no podrán acceder a revisar la información contenida en el libro de clases, sin la
presencia y debida autorización de un profesor o inspector.
b. Los alumnos respetarán el libro de clases, como documento público y oficial de la escuela ante el
Ministerio de Educación, por lo que no podrán manipularlo, adulterarlo, esconderlo, ni dañarlo.
c. Los alumnos no deberán alterar documentos oficiales de la escuela, como: libreta de
comunicaciones, informes de notas, certificados, pruebas.
e. Los alumnos serán responsables de mostrar en forma oportuna a sus apoderados, las
comunicaciones y circulares emanadas de la escuela, como también las que sean dirigidas por sus
apoderados al establecimiento.
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f. Los alumnos tendrán el derecho a informarse en el momento de las anotaciones en el libro de clases,
conociendo el contenido y carácter de las mismas.
g. El incumplimiento de las normas antes señaladas, será considerado falta leve, la reiteración por tres
veces, se consignará como falta grave, quedando constancia en el libro de clases, dándose aviso al
apoderado. Más de tres veces, se citará al apoderado para establecer un compromiso de cambio
conductual de su pupilo.
h. La reiteración se considerará falta gravísima, por lo que se le informará al apoderado y se
suspenderá al alumno por tres días. Al reintegrarse deberá hacerlo con su apoderado, el que firmará
Condicionalidad del alumno o no renovación de la matrícula para el próximo año escolar.
ARTÍCULO 3º
Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.
Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar.
La autoridad competente investigará, en conformidad a la normativa interna del establecimiento, las
conductas consideradas como falta, debiendo ser debidamente explicitadas y de ser pertinente,
castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.
Es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa promover y asegurar
una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la
tolerancia.
Líneas de acción para abordar las faltas.
1. Pedagógica: nuestra comunidad educativa, como lo detalla en su plan de convivencia escolar
genera estrategias que promueven el buen trato dentro y fuera del aula. Orientando y promoviendo así
sus acciones, iniciativas y la comprensión y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva,
participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en un marco de equidad de género y con
enfoques de derecho. (extracto de políticas de convivencia escolar. MINEDUC).
2. Preventiva: prevención de convivencia escolar. A nivel de toda la comunidad educativa se
generaran estrategias para prevenir la violencia escolar por medio de actividades formativas y
recreativas.
3. Disciplinaria: se aplicara el manual de convivencia escolar, según su gradualidad.
4. Protocolo: en la detección, atención y seguimiento de casos de violencia y/o acoso escolar,
bullyng, abuso sexual, consumo y tráfico y micro-tráfico de drogas, hurto o extravío de objetos,
accidentes escolares y embarazo adolescente. Estos se abordaran aplicando los protocolos de acción
correspondientes a cada caso.
De las medidas y sanciones disciplinarias.
Las medidas disciplinarias tienen como objetivo constituir para cada alumno una experiencia positiva
que contribuya eficazmente a la formación integral por lo que ante cualquier falta tendrá la
orientación del docente que hubiere observado o estado en conocimiento del error. Buscando
contribuir al desarrollo armónico de la persona y a la sana convivencia escolar. Toda sanción deberá
quedar registrada en el Libro de Clases.
Las infracciones de los estudiantes se clasificarán en: Leves, Graves, Muy Graves, Gravísimas.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
I. Falta leve: Se considera falta leve a aquella que no afecta, o repercute directamente, sobre
algún miembro de la comunidad escolar, causándole daño. Es una falta menor que debe ser
corregida oportunamente. Su acumulación, significa que no está la voluntad de cambio y no
se ha puesto atención a las advertencias, lo que la transforma en falta grave.
Se consideran faltas leves:
a) Llegar tarde o interrumpir injustificadamente las clases, actividades académicas, religiosas y/o
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culturales.
b) El uso de apodos, la falta de cortesía, las palabras obscenas, los malos modales.
c) Usar el uniforme incompleto, con accesorios diferentes.
d) El uso de un corte inadecuado de cabello.
e) No informar a los padres o apoderados de las citaciones del Colegio.
f) Permanecer en las salas de clase o sitios no autorizados durante recreos.
g) El uso inapropiado del teléfono celular en horas de clase y en actos de comunidad escolar.
h) Utilizar en forma inadecuada los baños, recursos didácticos, mobiliario, materiales, implementos
deportivos, musicales y demás recursos institucionales.
i) Quien llegue más de tres días retardado a clases, será citado el apoderado, para establecer
compromisos.
j) No respetar a los compañeros más pequeños, pasándolos a llevar y botándolos durante los recreos o
al subir las escalas.
k) Presentarse al colegio sin su libreta de comunicaciones.
l) Permanecer escondidos durante horas de clases.
ll) Masticar chicle durante la clase o cualquier acto u ceremonia.
m) Usar accesorios prohibidos como piercing, aros nariz, cadenas, collares.
n) Tinturarse el cabello o mechones de colores inadecuados, como azules, verdes, amarillos, rojos.
Las sanciones serán las siguientes:
1. Por primera vez:
1. Registro en Hoja de Vida.
2. Comunicación al Apoderado.
3. Medida interna: conversación con el (la) alumno(a).
4. Compromiso verbal, por parte de Inspector general y profesor jefe con el alumno/a.
2. Por segunda vez: La falta, pasa a grave.
1. Se registra en Hoja de Vida.
2. Se informa al Apoderado en forma personal.
3. Firma Carta Compromiso individual al alumno, invitando al cambio de conducta.
4. Se realiza trabajo de orientación formativa, a cargo del profesor jefe, con la intención
que el alumno/a tome conciencia de la falta cometida y el daño que conlleva a la
misma.
3. Por tercera vez:
1. El (La) alumno (a) será derivado a encargada de convivencia escolar, registrándose la
falta como grave.
1. Se cita al Apoderado para resolver el problema en conjunto.
2. Se firma compromiso de cambio de conducta, padre – hijo, asumiendo la falta y
promoviendo un cambio definitivo en la conducta del alumno.
Medidas reparatorias:
 Disculparse con la víctima.
 En caso de daño a la propiedad, realizar un acto reparatorio. Ejemplo: limpiar, ordenar,
restituir lo dañado.
II. Falta grave: Se considera falta grave, cuando el alumno infringe la normativa institucional en
forma reiterada, o cuando la conducta transgresora afecta negativamente la convivencia
escolar y las disposiciones contenidas en este Manual, comprometiendo seriamente los
valores del Proyecto Educativo Institucional. Son realizadas con pleno conocimiento de la
mala acción y el infractor ha tomado la determinación de cometerla libremente. Su
reiteración, se convierte en falta gravísima.
Se consideran faltas graves:
 La reiteración de tres faltas leves.
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 Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos docentes, funcionarios,
administrativos o auxiliares, ya sea alzando la voz, decir improperios, dar portazos, hacer
gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta similar.
 Permanentes faltas a las normas de presentación personal.
 Atentar contra la seguridad e integridad física con actos considerados como bromas “retirar la
silla, pegar chicle en las mesas, etc”.
 Evasión de clases y/o salidas del colegio sin autorización dentro de la jornada escolar.
 Dañar el material escolar y dependencias del colegio.
 Fumar dentro del colegio.
 Inasistencias reiteradas, no certificadas por un profesional de la salud dentro de una semana.
 No acatar las órdenes del profesor (salir de la sala de clases sin autorización, manifestar
actitud displicente e irrespetuosa).
La reiteración de este tipo de faltas originará que se derive el caso al comité de convivencia
escolar, quien determinará la sanción de acuerdo a las faltas reiteradas cometidas.
Las sanciones serán las siguientes:
1. Por primera vez:
1. Se registra la falta en Hoja de Vida
2. Se deriva a inspector general, quien procede a citar al apoderado.
2. Por segunda vez:
1. Se registra en Hoja de Vida.
2. Se deriva a encargada de convivencia escolar, quien tomará el caso recabará todos los
antecedentes y, si procede será derivado a Especialista externo (Psicólogo/a- Psiquiatra y/o
Neurólogo).
3. Se cita al Apoderado.
4. Se aplica suspensión de clases (uno a tres a días).
5. Si durante el periodo de suspensión, el alumno tenía agendadas evaluaciones, éstas
serán rendidas el primer día que vuelva de dicha suspensión.
3. Por tercera vez: La falta grave pasa a gravísima.
1. Se registra la falta en Hoja de Vida. (falta cometida)
2. Se cita al Apoderado y se informa sobre el tipo falta cometida.
3. Se aplica sanción la que puede ser alguna medida o suspensión.
Medidas reparatorias:
 Disculparse con la persona ofendida.
 En caso de daño a la propiedad, realizar un acto reparatorio. Ejemplo: limpiar, ordenar,
restituir lo dañado, servicios comunitarios a favor del establecimiento (limpiar algún espacio
del establecimiento , patio, pasillos, gimnasio, su sala, ayudar en el recreo a cuidar a los
estudiantes menores de edad, colaborar en realizar diarios murales de convivencia escolar.)
Medidas pedagógicas:
 Ser ayudante de un profesor.
 Recolectar o elaborar el material para estudiantes de cursos inferiores, apoyar a estudiantes
menores en sus tareas.
 Al aplicar estas medidas el apoderado firmara el documento respectivo. En caso de no hacerlo,
se considerará igualmente como resolución comunicada y acatada.
III. Falta gravísima: Se considera falta gravísima a aquella transgresión que daña gravemente la
convivencia escolar. Es ejecutada con pleno conocimiento de la mala acción y el infractor ha
tomado la determinación de cometerla libremente.
Se consideran Faltas Gravísimas : Reiteración de tres faltas graves.
 Agredir en forma violenta (física, psicológica y verbalmente) en forma directa o por medios
virtuales a algún integrante de la comunidad escolar.
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 Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse
reiteradamente de un alumno u otro miembro de la institución, o realizar un acto de
discriminación en contra, ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o
filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad
u otra circunstancia.
 Hacer uso de internet para ofender, amenazar, injuriar, desprestigiar un alumno o cualquier
otro integrante de la comunidad escolar, así como para exhibir o difundir
cualquiera de estas conductas, ya sea mediante chats, blogs, facebook, mensajes de texto
para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o
fotografías, páginas webs, teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o
electrónico.
 Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean
constitutivas de delito.
 Consumir drogas o bebidas alcohólicas dentro o fuera del establecimiento con uniforme.
 Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos, cortaplumas, arma de fuego y
otros objetos que atenten contra la seguridad educativa.
Las sanciones serán las siguientes:
1. Se registra en Hoja de Vida.
2. Se cita al Apoderado.
3. Se aplica suspensión de clases (uno a tres a días), mientras ser realiza la investigación
por encargada de convivencia escolar. Si durante el periodo de suspensión, el alumno tenía
agendadas evaluaciones, éstas serán rendidas el primer día que vuelva de dicha suspensión.
4. Se cita al comité de convivencia escolar, se presenta carpeta del menor con el resultado
de la investigación.
5. Comité resuelve la medida formativa de acuerdo a los antecedentes entregados. (acta)
6. Las sanciones pueden ir de no participar de la licenciatura en el caso que el estudiante
curse 8° básico, se puede aplicar la Condicionalidad a renovación de la matrícula para el
próximo año para el siguiente año lectivo, una vez estudiado el caso, su repercusión y
perjuicio. En este caso el consejo de profesores evaluará la sanción adecuada, dependiendo de
los antecedentes y de las medidas adoptadas anteriormente.
ARTÍCULO 5°.
Reclamos.
5.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar deberá ser presentado en
forma verbal y/o escrita ante autoridad del establecimiento, la que tendrá que dar cuenta a la
Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
5.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
ARTÍCULO 6°.
Obligación de denunciar delitos
La directora (r), inspector y/o profesor deberá denunciar cualquier acción u omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias
ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las
fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que
se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del
Código Procesal Penal.
18
ARTÍCULO 7º.
Investigación.
7.1 El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos,
entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida
que estime necesaria para su esclarecimiento.
7.2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el
encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el
que haga sus veces, para que este aplique una medida formativa si procediere, y recomiende su
aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
ARTÍCULO 8°.
Protocolo de actuación.
8.1 Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las
medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y
respeto por su dignidad y honra.
8.2 De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos
propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá
tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la
autoridad pública competente.
8.3 En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
8.4. En caso de cometerse delito alguno, se debe considerar que la Ley de Responsabilidad Penal
Juvenil indica que es considerado adolescente responsable e imputable quien al momento de que se
hubiere dado principio de ejecución del delito, sea mayor de 14 y menor de 18 años.
ARTÍCULO 9°.
Resolución.
La autoridad competente (esta autoridad dependerá de la falta que se ha cometido) deberá resolver si
se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado.
Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha
resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia
Escolar.
ARTÍCULO 10º.
Apelación.
El o la Apoderado(a) del alumno o la alumna responsable de una falta gravísima podrá apelar de la
sanción que le ha sido comunicada ante la Dirección del Establecimiento. Esta apelación deberá
formalizarse por escrito y ser presentada en Dirección en un plazo no mayor a tres días hábiles de
haber sido notificada.
El Director del establecimiento, basado en justo procedimiento y el derecho a ser escuchado, previa
consulta a los estamentos y/o profesionales de apoyo que conforman el Comité de Convivencia
Escolar, resolverá la situación final de quien o quienes haya(n) apelado de la sanción.
Finalmente, el Director del establecimiento comunicará por escrito su decisión a los interesados en un
plazo no mayor a tres días hábiles.
Consideraciones especiales – Comunidad Educativa
1. Si el responsable de dicho “maltrato” (hacía un alumno/a) fuere un funcionario del establecimiento,
se informará mediante oficio a la unidad psicosocial del Departamento de Educación Municipal,
19
quienes tomarán las medidas correspondientes de acuerdo a la legislación vigente.
2. Si el responsable de dicho maltrato (hacía personal del establecimiento), fuere el padre, madre, tutor
o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de
designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.
3. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento en contra de otro miembro del mismo
establecimiento, se informará a la unidad psicosocial del Departamento de Educación, a fin de
entregar los antecedentes suficientes para que se proceda con la investigación correspondiente que
permita adoptar las medidas necesarias, de acuerdo a la legislación vigente.
DE LA APLICACIÓN Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
El presente Reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar entrará en vigencia el Año Escolar 2017 y
podrá ser modificado anualmente, en conformidad con los alumnos, con los apoderados y por los
docentes, a través de sus organismos representativos, modificaciones que deberán ser aprobadas
oficialmente por el MINEDUC, en los plazos legales correspondientes.
FUNDAMENTO DEL DISEÑO Y DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
Con el propósito de ordenar el sistema educativo, en la escuela se diseñan nuevas normas de acuerdo
al perfil del alumno que el colegio recibe cada año y que se pretende mejorar a través del tiempo,
donde el maestro guía a los niños creando un vínculo permanente con la convivencia escolar en el
que se aprenda a vivir con otros, donde se respeten opiniones, donde todos sientan que este lugar les
pertenece, como lo proponen las Bases de la Política Nacional de Convivencia Escolar.
MARION ANDREA LEAL FONSECA MARÍA ANGÉLICA CAMPOS
ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR DIRECTORA
Linares, Marzo de 2017.
20
ANEXOS
21
PROTOCOLOS DE ACCION
PROTOCOLO EN CASO DE HURTO O EXTRAVIO DE OBJETOS
La Dirección de la Escuela en su afán por mantener una sana convivencia escolar menciona que
ante el extravío de alguna de las pertenencias que un alumno trae al colegio, el apoderado puede
acercarse al profesor jefe, al inspector, encargado de convivencia o a quien estime pertinente. De
este modo, se pondrá en marcha el siguiente protocolo.
Ante una denuncia de robo o extravío al interior de la Escuela Los Leones:
1) La persona que recibe la denuncia, debe comunicarse inmediatamente con el encargado de
convivencia o dirección del establecimiento.
2) Dirección o encargado de convivencia hará las gestiones necesarias, en el orden que la
contingencia requiera:
3) Conversar con la persona afectada para recoger la mayor cantidad de información,
registrando las características de lo extraviado y las circunstancias en que se produjo el
extravío, especialmente la última vez que fue visto el objeto.
4) Conversar con potenciales testigos y/o la/s personas que podrían aportar más
información. Si se considera necesario se llamará a la casa para verificar que el objeto
extraviado no se haya quedado en la casa.
5) Si ocurre en la sala de clase se procede de inmediato a preguntarle al curso, se les pide a
cada alumno revisar su propia mochila, ropa y perchero frente al adulto a cargo. Se envía
comunicación a las casas para que los apoderados ayuden a buscar lo extraviado, y así
hacer más extensa la búsqueda y poner en conocimiento de los apoderados lo sucedido.
6) Si el aviso de extravío ocurre después del término de la jornada escolar; si no hay
resultados positivos, se realiza a la mañana siguiente, el procedimiento anterior.
7) Si el extravío se detecta en casa, el apoderado debe informar por escrito (libreta de
comunicaciones) y a la brevedad posible a la escuela
8) La Escuela se reserva el derecho a revisar mochilas y escritorios en caso de considerarlo
aplicar reglamento de convivencia además de llamar a Policía de Investigaciones y de
emprender acciones legales si es necesario.
9) La Escuela insiste en que los alumnos no deben traer objetos de valor que no sean
estrictamente necesarios para la actividad académica y tener todos sus útiles y prendas
marcadas.
Marión Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017.
22
PROTOCOLO DE SOSPECHA DE ABUSO SEXUAL
Concepto: Se entiende por "ABUSO SEXUAL INFANTIL" toda acción abierta o encubierta de contenido
sexual ejercida por un adulto sobre un niño, niña o adolescente quien no tiene capacidad de consentir
su participación, ni comprender la conducta adulta, la razón de su involucramiento, ni el contexto.
El adulto en su posición de poder y autoridad abusa de la dependencia, vulnerabilidad y confianza del
niño, niña o adolescente y luego de su cuerpo, de su sexualidad.
Consiste en cualquier clase de contacto sexual con un niño/a y adolescente por parte de un adulto/a;
o el contacto entre un niño/a o adolescente desde una posición de poder o autoridad sobre otro niño/a
o adolescente.
La escuela puede tomar conocimiento del hecho a partir del:
 Relato del niño/a – joven.
 Sospecha del hecho o presunción a partir del relato de algún testigo dentro o fuera de la
escuela.
 Si se observan lesiones visibles o indicadores de lesiones no visibles.
PASOS A SEGUIR DESDE EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR:
a. El/la docente que toma contacto con la situación elaborará un Acta especificando fecha,
horario, lugar, circunstancias, la manifestación del alumno/a con la mayor cantidad de
detalles posibles, respetar lo dicho textualmente, resguardando el lenguaje y las formas en las
que fue enunciado el problema, sin emitir juicio de valor; y notifica a la Dirección o Encargado
de Convivencia. respetando la índole confidencial de la información ha la que se tuvo acceso.
b. Si se trata de personal no docente informará a la Dirección del establecimiento y observará
fuera de la sala de clases.
c. La Dirección o Encargado de Convivencia realiza de inmediato una entrevista con los docentes
para conocer la existencia de conductas o indicios que puedan ampliar el relato, de lo que
quedará constancia escrita.
d. Paralelamente se designa a un personal de la Escuela que le brinde contención al niño/a
quien, según su situación físico-emocional, podrá ser reintegrado al grupo de pares o seguir
siendo atendido individualmente.
e. Se informa a los Inspectores de lo actuado.
f. Se realiza denuncia por parte de la Directora de la Escuela a Carabineros de Chile o Policía de
Investigaciones.
g. Cuando las circunstancias lo aconsejen es conveniente poner en conocimiento al TRIBUNAL
DE FAMILIA, a los fines de que se ordenen las medidas de PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL
NIÑO (OPD), que establece la Ley.
Desde el Establecimiento Educacional, se puede incorporar a la causa, información sobre
posibles hechos suscitados con posterioridad.
h. Se redacta informe de entrevista firmado por los docentes involucrados y por el personal
directivo. Esto será lo que se presente al momento de formular la denuncia. Las gestiones las
realizará la Dirección
i. En cada situación se evaluará la pertinencia de informar de lo actuado a la familia y realizar
llamado telefónico al instante.
23
j. Toda acción debe llevarse adelante, en resguardo de la identidad del niño/a o adolescente,
víctima del abuso.
k. Es aconsejable un trabajo en red con las distintas instituciones de la zona donde se encuentra
emplazada la escuela. Dada la complejidad de la problemática se torna fundamental el aporte
de diferentes miradas.
Nota:
Ante la presunción de ABUSO FUERA DEL ÁMBITO FAMILIAR, un responsable de la escuela
podrá acompañar a los padres a realizar la denuncia en la Fiscalía de turno a fin de constatar
que se haya cumplido con la misma.
Ante la presunción de ABUSO INTRAFAMILIAR la denuncia, por parte de la escuela, deberá
hacerse en forma inmediata.
Observación:
- Lo que se denuncia es la presunción, sospecha de abuso sexual a partir del relato del/a alumno/a.
- No es obligación de la escuela aportar "pruebas" sino informar de lo que se ha tomado conocimiento.
- El seguimiento de la problemática expuesta deberá realizarse periódicamente en el ámbito de la
escuela, en el marco de la corresponsabilidad de la que participa con el SERVICIO de PROMOCIÓN y
PROTECCIÓN de los DERECHOS del NIÑO, NIÑA y ADOLESCENTE.
Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017.
24
PROTOCOLO FRENTE A CASOS DE ACOSO ESCOLAR (BULLYING)/VIOLENCIA ESCOLAR
La escuela los leones, cumpliendo con la disposición de la ley sobre violencia escolar N° 20.536 del
2011, emanada del MINEDUC, ha diseñado un PROTOCOLO DE ACCIÓN para proteger las relaciones
humanas de la comunidad escolar y permitir que el establecimiento cumpla su misión educativa y
formativa.
IDENTIFICACIÓN DE ACOSO ESCOLAR (extracto de la ley 20.536, año 2011).
De acuerdo a la ley, entenderemos por acoso escolar:
“La ley lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por
estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de
superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o
temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos
pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro
como fuera del establecimiento educacional.”
El presente Plan de Acción tiene por objetivo proteger la vida en común de la comunidad escolar y
permitir que La Escuela Los Leones F-467 cumpla su misión educativa y formativa.
Se espera de todo integrante de la comunidad escolar (padres, alumnos, profesores, asistentes y
personal administrativo, personal auxiliar, etc.), promueven y demuestren una conducta positiva,
honesta y respetuosa en todo momento.
Quien rompa la sana convivencia, atenta contra los derechos de los demás y debe asumir la
consecuencia que esta falta tenga, sea esta una acción que permita reparar el daño ocasionado o una
sanción. En este sentido, toda falta de respeto, descortesía, malos tratos, sobrenombres, burlas,
groserías o golpes, dirigidas hacia cualquier miembro de la comunidad escolar, ya sea de manera
física, verbal, escrita, o a través de algún medio tecnológico (Internet, celulares, etc.), directa,
indirecta, explícita o implícita, será considerada una falta gravísima y debe ser informada por quien
la observe (profesor, alumno, apoderado, directivo, asistente, administrativo, personal auxiliar, etc.)
siguiendo los pasos que se expondrán a continuación.
Pasos a seguir:
1. Intervenir en el momento.
Cada adulto, profesor, apoderado, auxiliar, administrativo, miembro de la Escuela, que observe una
situación conflictiva entre dos o más alumnos y que involucre cierto grado de agresión o violencia,
tiene el deber de informarse sobre el conflicto y mediar en pro de escuchar el “motivo” (contención de
ambas partes) y derivar a encargada de convivencia escolar.
La Escuela considera de vital importancia como primera intervención el diálogo abierto que incentive
la reflexión y la toma de conciencia de situaciones violentas, del daño causado a sí mismo, a otros o a
la comunidad escolar.
2. Identificar y registrar a los involucrados (pedir nombre y curso).
3. Notificar, en todo momento, a la encargada de convivencia escolar. Ésta escuchará y mediará
solución, para posteriormente informar al Profesor Jefe.
4. La Encargada de convivencia escolar, se reunirá separadamente con los/las partes involucradas o
participantes directos o indirectos.
5. Después de las indagaciones pertinentes, se conversará con los involucrados, buscando la reflexión,
toma de conciencia y responsabilidad, en la búsqueda de soluciones definitivas.
6. La encargada de convivencia escolar, informará y trabajará coordinadamente con:
 Profesor Jefe
 Apoyo Especializado (Psicóloga)
 Dirección del Establecimiento Escolar
 Padres de los alumnos involucrados
 Alumnos involucrados
 Curso de alumnos involucrados
25
7. La encargada de convivencia escolar, llevará registro de las reuniones sostenidas en todo el proceso,
así como los acuerdos establecidos, dejando el original en la carpeta personal del alumno y el Comité
Convivencia Escolar.
8. La encargada de Convivencia Escolar, organizará actividades grupales que incentiven la empatía, la
solidaridad y el compañerismo, así como, otro valor o conducta, que favorezca la superación o mejora
de la situación.
9. La encargada de Convivencia Escolar deberá evaluar periódicamente, sí la conducta no deseada se
detuvo (por ejemplo, a través de entrevistas de alumnos al azar, entrevistas individuales, cuestionarios
anónimos, observación de recreos, etc.).
10. Si después de haber agotado los pasos anteriores, la conducta es reiterativa, se considerará la
intervención por parte de apoyo externo. (PDI, OPD, Consultorio, Carabineros)
El presente procedimiento es válido para todas aquellas acciones que sean efectuadas dentro del
recinto Escuela Los Leones o en lugares externos, durante actividades académicas, extra-
programáticas o en actividades escolares oficiales, siempre que la conducta del o los alumnos afecte a
otros, compañeros, profesores, miembros de la comunidad del Establecimiento o dañe el prestigio del
mismo.
Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017.
26
PROTOCOLO CONSUMO, TRÁFICO Y MICROTRÁFICO DE DROGAS
El marco normativo y legal vigente en nuestro país, en orden a cumplir con la responsabilidad que
tiene el Estado de Chile de Proteger a los niños, niñas y jóvenes contra el uso indebido de drogas,
asegurando su protección y cuidado para su bienestar y salud, así como también velar por el deber
que tienen los padres y madres de educar a sus hijos y de la comunidad por contribuir a su
desarrollo, y que para asegurar el derecho de los niños y jóvenes de nuestro país a vivir y estudiar
en un entorno libre de drogas, debemos asumir que la comunidad educativa y principalmente sus
directores, equipos directivos y representantes de Consejos Escolares, tenemos un importante rol
preventivo institucional que cumplir, se ha acordado el siguiente Protocolo de actuación para abordar
casos de consumo y situaciones de posible tráfico de drogas:
1.- Implementar medidas de prevención del consumo y tráfico de drogas
De responsabilidad directa del Director.
• Aplicaremos los programas de prevención del consumo de alcohol y drogas dirigido a los
estudiantes y familias.
• Constituiremos un equipo responsable de prevención en el establecimiento, que permita la
implementación, el seguimiento y la evaluación de las acciones preventivas acordadas.
• Estableceremos una coordinación permanente con el equipo Senda, que permita contar
con la información y eventualmente nuestra participación en los espacios de la red de
prevención de drogas a nivel local.
• Estableceremos un sistema de seguimiento y evaluación de las medidas de prevención y de
drogas a nivel local.
De responsabilidad delegada en el equipo preventivo del establecimiento.
• Informar a la comunidad educativa, acerca de las consecuencias asociadas al consumo y al
tráfico de drogas, especialmente aquellas relacionadas con el impacto en el bienestar personal y
social, así como aquellas asociadas a la normativa legal vigente (Ley 20.000).
• Realizar gestiones para capacitar a los distintos estamentos de la comunidad educativa,
especialmente a los profesores jefes, docentes y asistentes de la educación interesados, con el
propósito de propiciar el desarrollo de competencias para la aplicación de programas de
prevención y medidas de actuación frente al consumo y tráfico de drogas.
• Dar a conocer a la comunidad educativa, los procedimientos y mecanismo que ha definido
el establecimiento para abordar los casos de estudiantes que han iniciado el consumo de
alcohol y drogas, así como de aquellos para abordar situaciones de posible tráfico de drogas.
• Participar en instancias de capacitación de prevención del consumo y tráfico de drogas,
realizadas en el contexto de la coordinación a la comunidad educativa.
2.- Abordar los casos de sospecha de consumo de alcohol y drogas asumiendo el siguiente procedimiento
Propiciar la detección precoz del consumo.
• A través del auto reporte o auto selección del propio estudiante.
• A través de entrevista de control del Profesor Jefe asociadas a problemas de desempeño y
comportamiento escolar.
• A solicitud de la familia
• De la aplicación de instrumentos específicos
• En el contexto de actividades de programas de prevención u otras actividades de los
estudiantes.
Realizar entrevistas de acogida inicial.
• Al profesor Jefe se canalizara la primera información y realizara una entrevista personal con el
estudiante, de tal manera de recoger información y abordar el tema.
• De la entrevista, pude concluir que el caso no amerita realizar otras acciones o que son
suficientes las orientaciones que entregó.
• En caso de ser necesario, se referirá el caso al profesor a cargo de orientación o de
prevención, quién realizará entrevistas que permitan la identificación de los hábitos y tipos de
consumo, así como los alcances y consecuencias que ha tenido.
• El profesor a cargo de orientación o de prevención tendrá una reunión de intercambio de
información y coordinación con el Profesor Jefe.
• El profesor a cargo de orientación o de prevención realizará entrevista con el apoderado.
27
• Posteriormente, elaborara un perfil del caso con el apoderado.
• Posteriormente, elaborara un perfil del caso, que considera el nivel de consumo, los
problemas anexos y los factores protectores con los que cuenta el estudiante
• Finalmente informará al Profesor Jefe y al Director del proceso anterior.
Manifestar el compromiso con el tipo de intervención acordada.
• Se realizará una reunión entre el Director, Orientador, Profesor jefe, estudiante y familia para
unificar un relato común de los hechos, acoger comprensivamente la necesidad de intervenir y
acodar medidas al respecto.
• De acuerdo a los antecedentes, se identificará el perfil y nivel de consumo, así como las
problemáticas anexas, proponiendo alternativas a seguir. Estas alternativas serán
proporcionadas al problema.
• El estudiante, la familia y el representante del colegio, deberán expresar explícitamente su voluntad
y compromiso con la intervención que sea necesaria realizar, de acuerdo al perfil y nivel de
consumo.
• Se elaborara en conjunto un “plan de acogida” de acuerdo al tipo de consumo
experimental, ocasional o abusivo considerara acciones y compromisos a nivel individual y del
colegio.
• En caso que sea necesario, se evaluara la necesidad de solicitar apoyo profesional externo al
establecimiento. Se considerara derivación a centro de salud que corresponda al domicilio del
estudiante y a la OPD. Con quienes el establecimiento educacional debería tener una
coordinación permanente.
• Se asegurara el derecho que tienen los niños, niñas y jóvenes a dar continuidad a sus
estudios.
Implementar un plan de acogida.
• El profesor a cargo de orientación o de prevención, abrirá un registro del caso y junto al
estudiante hará un seguimiento semanal de los compromisos asumidos y las acciones a seguir.
 Se implementarán las acciones y se realizara su seguimiento al interior del
establecimiento:
1. Conserjería, orientación, lecturas y trabajos de investigación a nivel individual.
2. Talleres de apoyo psicosocial o pedagógicos a nivel local. .
3. Consejería (tareas para la casa) y sesiones dirigidas a la familia del programa
Previene.
Realizar las referencias asistida a redes de apoyo y atención local cuando sea necesario.
En el caso de requerir apoyo para definir las guías de acción, el Director se podrá comunicar con
coordinador comunal Senda, para que los miembros de este equipo acompañen la referencia del caso a
los programas de prevención o tratamiento según corresponda.
El Director realizara la referencia al consultorio de salud o al centro de salud familiar, como sospecha de
consumido de drogas, con todos los antecedentes disponibles y los requisitos de atención.
Acordaremos que las instituciones de referencias informen sistemáticamente respecto a la participación
del estudiante y su familia en las actividades programadas, así como del logro de los objetivos.
Establecer un sistema de seguimiento y evaluación.
Se realizarán reuniones semanales con el estudiante, llevando una bitácora de registro de cumplimiento
de los compromisos.
Se realizaran reuniones mensuales con los apoderados para evaluar el avance del plan de intervención.
Al tercer mes, se elaborar un informe de lo ocurrido, que se presentara en una reunión con el Director,
Orientador y Profesor Jefe.
Se definirá acciones para continuar los aspectos débiles detectados o para cerrar la intervención.
Enfrentar situaciones de posible tráfico o micro-tráfico de drogas, asumiendo el siguiente
procedimiento:
Antes de se detecten situaciones de posible tráfico de drogas, se recomienda que el Director o
los miembros del equipo directivo, soliciten al Coordinador/a Comunal del Programa Previene, la
información respecto a los programas, proyectos y/o actividades asociadas a la prevención del
consumo y tráfico de alcohol y drogas que estén realizando en la comuna, así como de los espacios de
coordinación existentes a nivel local para el control de drogas.
28
Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una situación
posible de tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia.
Sin perjuicio de las acciones que deben tomar, se siguiere poner en conocimiento del director o
sostenedor de la unidad educativa, todos los antecedentes posibles de manera reservada y oportuna.
Frente a casos fragantes de tráfico o micro-tráfico de drogas, es decir al sorprender a una persona
realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento, deberá llamar a la unidad
policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo.
Frente a la existencia de sospechas de tráfico o micro-tráfico de drogas, es decir al sorprender a
una persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento, deberá
llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo, “según ley
20.000”.
Frente a la existencia de sospechas de tráfico o micro-tráfico de drogas, el director y/o sostenedor
pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del FISCAL DEL MINISTERIO
PUBLICO O DE LAS POLICÍAS DE LA COMUNA.
Es importante informar a la familia o a un adulto significativo del o los estudiantes involucrados en la
situación.
El fiscal de drogas y las policías, realizarán la investigación pertinente con la reserva
necesaria del o los denunciantes.
A través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes suficientes para imputar a
los involucrados o proceder al archivo del caso.
El director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y solicitar el apoyo de las
redes institucionales a nivel local, tales como Previene, OPD (SENAME), de tal manera de brindar las
medidas de protección y atención de niños/as y adolescentes que posiblemente se vean involucrados.
Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017.-
29
PROTOCOLO DE ACCION
FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE
El marco legal frente al embarazo adolescente informa: “Que el embarazo y la maternidad en ningún
caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de
cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar facilidades académicas y administrativas que permitan el
cumplimiento de ambos objetivos”. (Ley N° 20.370/2009 LGE. Art, 11). Dichas facilidades, así como el
derecho a ingresar y permanecer en la educación básica están reglamentadas en el Decreto N° 79
donde señala que el reglamento interno de cada establecimiento no puede vulnerar las normas
indicadas. La ley N° 20.370 Art. 16 sanciona a los establecimientos que no respetan este mandato con
una multa de 50 UTM.
Se entenderá por EMBARAZO ADOLESCENTE:
“Aquel que ocurre durante la adolescencia de la madre, definida esta última por la
organización mundial de la salud (OMS) como el lapso de vida transcurrido entre los
10 y 19 años de edad. También se suele designar como embarazo precoz, en
atención a que se presenta antes de que la madre haya alcanzado la suficiente
madurez emocional para asumir la compleja tarea de la maternidad.”
DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS
DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICION DE EMBARAZO O MATERNIDAD:
 La alumna debe informar su condición a su profesor jefe o dirección, presentando un
certificado médico que acredite su condición.
 La alumna debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.
 La alumna debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o
controles médicos del bebé.
 La alumna debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la
madre, con los respectivos certificados médicos.
 Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades
académicas.
DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICION DE EMBARAZO O MATERNIDAD:
 Derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento.
 La alumna tiene derecho a participar en actividades como la graduación o en actividades extra
programáticas.
 La alumna tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo
establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido justificadas por los médicos
tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento
académico que permita la promoción de curso. (reglamento de evaluación vigente).
 La alumna tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.
 La alumna tiene derecho a amamantar, para ello puede salir del colegio en recreos o en
horarios que indique el centro de salud médico tratante y corresponderá como máximo a una
hora de la jornada diaria de clases durante el periodo de lactancia (6 meses)
DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICION DE PROGENITOR:
 El alumno debe informar a las autoridades del colegio de su condición de progenitor
entregando los antecedentes correspondientes al profesor jefe y a la dirección del colegio.
 Para justificar inasistencias y permisos deberá presentar el carné de salud o certificado médico
correspondiente.
DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICION DE PROGENITOR
 El alumno tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo
de las etapas de embarazo y como progenitor.
 Tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad del hijo, al
tratarse de labores o cuidados acordes a su rol como padre.
30
DEBERES DEL APODERADO.
 El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de embarazo o
progenitor del estudiante.
 Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado debe concurrir al establecimiento a
entregar el certificado médico correspondiente.
 Debe velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones.
 Debe informar al establecimiento cualquier cambio sufrido en la familia ya sea de domicilio o
persona responsable del/la menor.
DERECHOS DE LOS APODERADOS DE ESTUDIANTES EN CONDICION DE EMBARAZO
MATERNIDAD-PATERNIDAD
 El apoderado tiene derecho a ser informado sobre los derechos y obligaciones del estudiante de
la familia y del establecimiento educacional.
 El apoderado tendrá derecho a firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente que
señale su consentimiento para la alumna o alumno asista a los controles, exámenes médicos u
otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido y
que implique la ausencia parcial o total del estudiante durante la jornada de clases.
DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICION DE MATERNIDAD O
EMBARAZADAS.
 Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.
 No discriminar a las estudiantes mediante cambio de establecimiento o expulsión.
 Respetar el derecho de asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios
después del parto.
 Otorgar las facilidades para que asista a sus controles médicos prenatales y post natales.
 Permitir adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.
 Permitir usar el seguro escolar.
 Evaluar según los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que
los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que
resguarde su derecho a la educación.
 Realizar visitas domiciliarias a cargo de la Técnico Social, en el caso de ausencia escolar.
REDES DE APOYO.
 Orientar a la alumna o alumno para que conozca las redes de apoyo a las que puede acudir y
de esta forma poder acceder a sus beneficios.
 Acudir al consultorio respectivo donde automáticamente se le incorporará al Programa
Chile Crece Contigo, que es un sistema integral de apoyo a niños y niñas de primera
infancia, desde la gestación hasta que entran a primer nivel de transición (4 años),
aportando ayudas en la situación de adolescente embarazada.
 Solicitar en el establecimiento información de JUNAEB sobre la Beca de Apoyo a la
Retención Escolar (BARE) y sobre el Programa de apoyo a la retención escolar para
embarazadas, madres y padres adolescentes.
En caso de existir una situación de embarazo en el establecimiento, se procederá de la siguiente
manera:
1. La estudiante que comunica su condición de maternidad o de embarazo a cualquier docente,
directivo u otro funcionario del establecimiento debe ser acogida, orientada, acompañada y
respetada en sus derechos, procurando guardar la discreción adecuada que permita a la alumna
establecer vínculos de confianza iniciales con su colegio que permitan favorecer el proceso de
apoyo que el establecimiento ha diseñado para estos casos con el fin de evitar la deserción
escolar y procurar la protección de dicha alumna. Una vez comunicada la condición de
maternidad de la alumna, la información debe ser llevada a la dirección del establecimiento.
2. Citación al apoderado y conversación, en conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la
alumna en condición de embarazo, el Profesor Jefe realiza la citación al apoderado de la
31
estudiante y en conjunto con encargada de convivencia escolar, se da a conocer el protocolo de
acción que se implementará para que la alumna continúe con sus actividades y no pierda su año
escolar. También se deben recopilar antecedentes relevantes de la estudiante embarazada tales
como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicitud de atención y
certificado médico. El apoderado firma los compromisos para que la estudiante continúe
asistiendo al colegio. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de
la estudiante por parte del Profesor Jefe.
3. Informar a docentes y determinar en conjunto con jefe de UTP, un plan académico para la
alumna embarazada, que le permita desenvolverse de manera normal y al mismo tiempo pueda
cumplir con los cuidados y controles de su condición de embarazo. Éste plan académico debe
considerar, la asistencia a clases, las exigencias en Educación Física, así como, los procesos
evaluativos. Dicho plan, debe ser informado por escrito, tanto a la alumna, apoderada y
dirección del establecimiento.
4. Registro en Junaeb para asignación de becas.
Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017
32
Protocolo Prevención del Suicidio Escolar
Niveles de Actuación Preventiva
Desde una perspectiva cognitivo-conductual, cualquier persona que se plantee el suicidio experimenta
pensamientos o ideas suicidas. La ideación suicida se define como la “aparición de pensamientos cuyo
contenido está relacionado con terminar con la propia existencia, falta de valor de la propia vida,
deseos de muerte, fantasías de suicidio y planificación de un acto letal.
El establecimiento preocupado por cada uno de sus estudiantes pretende de alguna forma disminuir el
impacto de los factores de riesgo presente en la población, por tal motivo la Escuela los Leones debe:
PREVENCION PRIMARIA
 Promocionar hábitos de vida saludable en los estudiantes a fin de evitar la aparición de
problemáticas, enfermedades, síntomas, etc.
 Dialogar y capacitar a los y las docentes, asistentes de la educación y directivos sobre la
temática del suicidio.
 Sensibilizar a la comunidad educativa respecto del riesgo suicida:
 Desarrollar campaña de sensibilización a la comunidad educativa.
 Abordar la temática como instancia de sensibilización en horario de orientación.
A. Talleres preventivos con la comunidad educativa en distintas temáticas:
 Promoción de estilos de vida saludables.
 Trabajar con los estudiantes en sus proyectos de vida.
 Desarrollar iniciativas para fortalecer el auto concepto y la autoestima de los y
las estudiantes.
PREVENCION SECUNDARIA
Desarrollo de acciones destinadas a la detección precoz de una persona con posible ideación suicida y
la aplicación de medidas que impidan la progresión de la misma.
A. Identificar estudiantes que se encuentren en una situación de riesgo, al presentar un número
significativo de factores de riesgo general y/o factores de riesgo suicida. (Los que se mencionan
a continuación)
1. Factor protector: Aquellas características personales o del ambiente, o la percepción
que se tiene sobre ellos, capaces de disminuir los efectos negativos de una determinada
situación que puede perjudicar la salud y bienestar.
2. Factor de riesgo: Es todo evento o entorno que eleva las probabilidades de ocurrencia de
un evento adverso o de desarrollar una enfermedad (psicológica o física):
 Consumo de sustancias, como alcohol y drogas.
 Familia con características disfuncionales.
 Riesgo de deserción escolar.
 Embarazo adolescente.
 Red de apoyo débil, ya sea con los pares, en la escuela o con instituciones.
 Desmotivación académica o falta de proyecto de vida.
 Problemas de rendimiento escolar (o baja repentina del mismo).
 Pobre participación de los apoderados.
 Aislamiento respecto a los grupos de pares, ser víctima de bullying o agresiones
por parte de compañeros.
 Abuso sexual.
3. Factores protectores generales:
 Comunicación entre funcionarios del establecimiento
 Cercanía de los adultos significativos del establecimiento.
 Gestión eficaz y sistemática de la convivencia escolar al interior de la escuela
(protocolos establecidos).
 Redes de apoyo (salud, seguridad pública, Senda, Sename, Tribunales y Fiscalía)
 Vinculación del establecimiento con la comunidad(junta de vecinos)
 Vinculación familia escuela positiva (entrevista con apoderados, encuentros
familia-escuela, consejos escolares, reunión de apoderados, etc.)
 Sentido de pertenencia e identidad escolar.
33
 Acciones sistemáticas para el fortalecimiento de los proyectos de vida de los
estudiantes, charlas vocacionales, taller proyecto de vida.
 Implementación de actividades extra programáticas (deportes, teatro, música,
fotografía, danza)
B. Ante la presencia de factores de riesgo o conductas/actitudes de riesgo específicos, el
encargado de convivencia escolar debe comunicarse con la persona encargada dependiendo del
factor de riesgo presente.
C. Si se detecta algún factor de alto riesgo que no corresponda al área de intervención de la dupla
psicosocial o equipo de convivencia, debe realizarse la derivación inmediata a la red de salud o
instituciones de la red Sename que puedan otorgar contención y apoyo específico.
D. Posteriormente, el equipo psicosocial en conjunto con el profesor/a jefe del estudiante deben
elaborar un plan de trabajo que incluya acciones a desarrollar en el mediano y largo plazo.
Esta planificación debe incluir el seguimiento permanente de las acciones implementadas
durante al menos 3 meses, en especial si el riesgo o la ideación suicida se mantienen en el
tiempo.
Prevención terciaria: se refiere a las acciones de contención y rehabilitación brindadas a los/las
estudiantes en riesgo suicida a fin de que puedan, desde sus capacidades reintegrarse a la
comunidad escolar y a su entorno.
1. Contención afectiva y derivación oportuna del estudiante con ideación suicida a intervención
con la red de salud, desarrollando el siguiente curso de acción:
a. Tras tomar conocimiento del evento critico (ideación y/o conducta suicida), informar
inmediatamente a dirección y a la familia del estudiante. El egreso del estudiante solo
podrá tener lugar si este es retirado del establecimiento por su apoderado.
b. Aplicar toma de conocimiento por escrito de la situación por parte del apoderado y
evaluar y restringir en conjunto de posibles riesgos en el establecimiento y en el hogar.
c. Componer por escrito con el apoderado la asistencia del niño, niña o joven a atención o
tratamiento en instituciones de la red a la que fue derivado/a. En todo momento se
debe asegurar el resguardo de la confidencialidad de los antecedentes involucrados del
caso.
2. Monitoreo constante del/la joven a través de la familia y las instituciones de la red a las que
fue derivado.
3. Mantener un contacto telefónico permanente con la familia, especialmente en caso de
situaciones críticas posteriores al evento original.
4. Profesor a jefe y equipo de convivencia, deben diseñar e implementar en conjunto un trabajo
con el grupo curso y/o de los padres del/la joven en su rutina escolar, favoreciendo su
reincorporación posterior.
Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo
Encargada de Convivencia Escolar Directora
Linares, marzo 2017.-

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Reglamento de Convivencia Escolar

  • 1. ESCUELA LOS LEONES MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2017
  • 2. 2 PRESENTACIÓN ESTABLECIMIENTO : ESCUELA LOS LEONES F-467. DIRECCIÓN : Población Pedro Aguirre Cerda, Prof. Rafael Viguera Nº 10, Linares. ROL BASE DE DATOS : 003260-3. RUT : 60.922.748-6 TELÉFONO : (073) 2633288. E-MAIL : losleones@daemlinares.cl TIPO ENSEÑANZA : Pre Básica - Básica. DIRECTORA : Sra. María Angélica Campos Gajardo. ENCARGADA CONVIVENCIA ESCOLAR: Srta. Marión Leal Fonseca INTRODUCCIÓN El Manual de Convivencia Escolar de la Escuela Los Leones, se fundamenta en la legislación vigente contenida en los siguientes cuerpos legales: Constitución Política de la República de Chile; Ley General de Educación; Estatuto Docente; Reglamento del Estatuto Docente; Declaración de los Derechos del Niño y la Niña; Política de Convivencia Escolar; Ley de Responsabilidad Penal Juvenil; Ley de Violencia Escolar; Ley de inclusión escolar (N° 20.845 regula la admisión de los y las estudiantes, prohíbe toda forma de discriminación arbitraria, permite sanciones disciplinarias solo si están contenidas en el reglamento interno), establece un plan de apoyo a la inclusión para fomentar la buena convivencia, obliga a reconocer el derecho a asociarse libremente; Ley y Reglamento de los Consejos Escolares y Declaración Universal de los Derechos Humanos; Ley contra la discriminación, (N° 20.609 promulgada el año 2012, busca resguardar el derecho a las personas de no sufrir ningún tipo de exclusión). La Escuela Los Leones, es una institución eminentemente humanista, científica y laica que garantiza y cautela el derecho a la educación de los jóvenes que estudian en sus aulas, respetando y promoviendo los derechos esenciales de la persona humana expresado en la legislación vigente en nuestro país y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (La Constitución Política de la República de Chile reconoce y ratifica en su Artículo 5° esta declaración, estableciendo que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”) Este Manual de Convivencia en virtud de los cuerpos legales que lo preceden en el acápite anterior, orienta los comportamientos en el ejercicio del diálogo, la paz y el entendimiento democrático y participativo entre alumnos, profesores, padres y apoderados, y permite ejercitar prácticas de prevención en distintos ámbitos relacionados con el sano desarrollo personal, medidas pedagógicas como complemento a sanciones en caso de faltas, protocolos de actuación y resolución no violenta de conflictos ante conductas que constituyan falta a la sana convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. Creemos que una gestión escolar que propicie un clima armónico, seguro y motivador; inevitablemente redundará en lograr aprendizajes más significativos, más pertinentes y por cierto, de mejor calidad, con el objetivo de asegurar el derecho a aprender de acuerdo a las potencialidades de cada cual y sin excepción de ninguna índole. Esa es la apuesta que hacemos. Esperamos que este instrumento sea un aporte sustantivo a la calidad de los niños, niñas y jóvenes de nuestra Escuela, entregando normas justas, conocidas y asumidas por cada Alumno, Docente, Asistente y Apoderado, donde el diálogo Escuela - Familia - Comunidad se establece en términos de empatía y trabajo mancomunado, así estamos seguros que se obtendrán los objetivos y metas que como escuela necesitamos y deseamos lograr. Dando cumplimiento a la Ley sobre convivencia escolar emanada por el Ministerio de Educación del Gobierno de Chile, donde señala que “todos somos responsables e indispensables para mejorar la calidad de la convivencia, de los aprendizajes y el bienestar de la comunidad educativa”, es
  • 3. 3 necesario dar a conocer que la Escuela Los Leones cuenta con un Profesional encargado de mediar en los casos de problemáticas de convivencia escolar, así como también con un Comité de convivencia Escolar que brinda Apoyo en casos en que algún miembro de la comunidad vea afectada su integridad, tanto física como psicológica. El presente documento, por tanto, permite organizar el funcionamiento del establecimiento según los lineamientos de la convivencia escolar adoptada en la propia realidad. En este sentido se pretende orientar a la comunidad educativa, en relación a las normas que regularán las actuaciones, con el propósito de alcanzar los objetivos planteados al interior del establecimiento. FUNDAMENTACIÓN LEY Nº 20.536, art. 16 a-e “Párrafo 3°” Convivencia Escolar Artículo 16 A. “Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre quienes la componen y que permita el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicie el desarrollo integral de nuestros estudiantes”. Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar. Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal. Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto." OBJETIVOS 1. Dar a conocer a la comunidad educativa los lineamientos generales de la Institución, su misión educativa y los principios éticos y valóricos que la sustentan y orientan. 2. Establecer procedimientos de resolución técnico-pedagógicos a las situaciones conflictivas por el incumplimiento de los acuerdos estipulados en el presente Reglamento. 3. Constituirse en un Instrumento facilitador y regulador de la convivencia escolar, que permita la formación Integral de los alumnos y alumnas.
  • 4. 4 4. Conocer y trabajar técnicas de Mediación de Conflictos entre pares para ayudar a los alumnos en mayor riesgo y vulnerabilidad social y educativa. 5. Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el normal desarrollo académico, personal y social de los alumnos/as, como de miembros de la comunidad escolar. 6. Establecer protocolo de actuación para los casos de acoso escolar, violencia escolar y bullyng, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados. 7. Establecer protocolo frente a la sospecha de abuso sexual, el que en todo momento prepondera a proteger a nuestros alumnos y alumnas y realizar las denuncias a las instituciones pertinentes en caso que la situación lo amerite. 8. Establecer protocolo en caso de micro-tráfico de drogas, que busca la protección y cuidado de niños, niñas y jóvenes contra el uso indebido de las drogas. Como establecimiento tenemos un importante rol preventivo institucional que cumplir, asegurando el derecho de nuestros estudiantes a estudiar en un entorno libre de drogas. 9. Establecer protocolos en caso de hurto o extravío de objetos, los que establecen como premisa la educación frente a evitar este tipo de conductas contrarias a la seguridad y sana convivencia escolar. 10. Establecer protocolos en caso de embarazo adolescente, el que tiene por objeto acoger y apoyar a la futura madre y padre y, sobre todo, garantizar la permanencia en su escuela o liceo. 11. Establecer protocolo para la Prevención del Suicidio Escolar, que pretende de alguna forma disminuir el impacto de los factores de riesgo presente en la población con niveles de actuación preventiva. MARCO VALÓRICO Entregar una Formación Integral y de calidad, donde se destaque un ambiente de sana convivencia en toda la comunidad. Para esto se consideran como base de nuestro quehacer educativo los siguientes valores:  HONESTIDAD: Ser capaz de seguir siempre valores como la verdad y honradez aun en circunstancias adversas.  SOLIDARIDAD: Promover la fraternidad, donde se apoyen unos a otros, en afectos, conocimientos o en el aspecto económico si fuera el caso. (Ej. Teletón, Canastas solidarias, visitas a compañeros/as enfermos/as etc.)  AUTONOMIA: Regulación de la conducta por normas que surgen del propio individuo. Ser capaz de analizar lo que creemos que debemos hacer, cuando usamos nuestra conciencia moral. Tener mayor seguridad en sí mismo, fuerza de voluntad, ser disciplinado y estar tranquilo.  Amor: Entregar afecto, preocupación y compromiso por una persona, grupo o idea.  Autenticidad: Mostrarse tal cual se es, aceptando las fortalezas y debilidades, sin culpar a otros.  Libertad: Promover la posibilidad para que uno mismo y el otro puedan optar o elegir cualquier cosa de manera responsable.  Justicia: Como escuela inclusiva tiene la oportunidad de compartir con diferentes personas que tienen derechos y deberes, para las cuales se debe tener un trato digno donde la verdad sea un sello fundamental.
  • 5. 5  Respeto: Actitud de cortesía y trato digno para todos  Responsabilidad: Será la capacidad de cumplir con los deberes y compromisos, ya sean académicos, sociales o profesionales Todos los miembros de la comunidad deben cumplir con sus deberes y rendir cuenta pública cuando sea necesario.  Tolerancia: Será la actitud de respeto a las diferencias de los otros ya sea en situación económica, escolaridad, cultura, etnia, credo, entre otros. NORMATIVA DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad Escuela Los Leones, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Manual. Se reunirá, en situaciones de transgresión al reglamento (faltas graves y gravísimas), con el fin de velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que tiene nuestra comunidad. Este comité a través del diálogo, escucha atenta y reflexivamente las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes. La función de este comité es buscar una solución formativa para todos los involucrados sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto. Integrantes: Directora: Sra. María Angélica Campos Gajardo U.T.P: Sra. Marcela Hernández Coordinador de Convivencia: Marion Leal Fonseca Rep. Profesores: Ximena Blamey Cruz Rep. Asistente Educación: Haydee del Carmen Zúñiga Rep. Apoderados: Celina Santana Rep. Alumnos: Guillermo Alvial Candia ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.- Conocer los informes e investigaciones presentados por el encargado de convivencia escolar. (Faltas graves y gravísimas). 2.- Aplicar medidas formativas en los casos fundamentados y pertinentes, de acuerdo a lo que establece el reglamento de convivencia  Consideraciones para la presentación, evaluación y determinación del comité: 1. No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno(a). 2. Las medidas deberán propender a la toma de conciencia y reflexión acerca de lo realizado por parte del alumno(a), con tal de fomentar su sentido de responsabilidad frente a su vida y la sociedad. 3. La imposición de las correcciones previstas en estas normas, respetarán la proporcionalidad de la conducta del (la) alumno(a) y deberá contribuir al mejor desarrollo de su proceso educativo. 4. Los órganos competentes para la elaboración de expedientes o para la imposición de correcciones, deberán tener en cuenta la edad del (la) alumno(a), tanto en el momento de decidir su incoación o sobreseimiento, a efectos de graduar la aplicación de la sanción cuando proceda. 5. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del (la) alumno(a) antes de resolver el procedimiento corrector. A estos efectos, se podrán solicitar los informes que se estimen necesarios sobre las conductas aludidas y recomendar, en su caso, a los padres o a los representantes legales del (la) alumno(a) o a las instancias públicas competentes de la adopción de las medidas necesarias.
  • 6. 6 6. Las correcciones que correspondan aplicar por el incumplimiento de las normas de convivencia, deben tener un carácter educativo y recuperador, garantizando el respeto y los derechos del resto de los(as) alumnos(as), fomentando el restablecimiento de las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA a) Sesionará en forma extraordinaria las veces que se requiera, con a los menos dos tercios de sus miembros. Encargado de convivencia escolar de la escuela los leones Es la técnico social del establecimiento, quien guía de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del comité de convivencia escolar. Será la encargada de investigar los antecedentes, frente a cualquier denuncio y aplicar las medidas establecidas en el reglamento de convivencia escolar. Será la encargada de convocar al comité de convivencia escolar, previa información de la real situación a la Directora, quien apoyará la determinación. La encargada de convivencia escolar, es quién llevará acta de las sesiones y acuerdos adoptados. La encargada de la Convivencia Escolar deberá registrar en una carpeta los casos que se atenderán y sus avances. ARTÍCULO 1º Derechos y deberes de la Comunidad Escolar 1.1 Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. 1.2 Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE DERECHOS DEL ESTUDIANTE Escuela Los Leones F-467 respeta lo establecido en la Constitución Política de Chile, en el Artículo 19 que establece que la educación es un derecho que el Estado debe otorgar a todos los chilenos (as), considerando la Declaración Internacional de los Derechos Humanos y la Declaración Internacional de los Derechos del niño y la niña como sujetos de derecho “esta carta fue redactada por Naciones Unidas en 1959, constituyéndose en un manifiesto ético y en un reconocimiento de ellos como sujetos de derechos, la que se rige por cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección y su participación en las decisiones que los afecten.” 1. El respeto a su dignidad personal, que implica la protección a su integridad física y psicológica, sin discriminación de sexo, género, etnia, condición social, y/o credo religioso por toda persona que forme parte de la comunidad educativa. 2. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Recibir de parte de los profesores una educación significativa y pertinente a su, realidad y entorno. Conociendo los objetivos que se propone lograr el profesor en cada asignatura y/o determinada unidad.
  • 7. 7 4. Desarrollar libremente sus talentos y aptitudes para el logro del crecimiento integral de la persona. 5. Manifestar sus inquietudes y discrepancias, a quien corresponda, respecto a temas y decisiones que les afecten dentro de los cánones del respeto y la educación (profesor jefe, inspector general, jefe UTP, Directora). 6. A estudiar en un ambiente de tolerancia y respeto mutuo. 7. Participar en igualdad de condiciones, frente a sus compañeros, en la opción de acceder a todos los servicios educativos ofrecidos por el establecimiento. 8. Ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas logradas en su desempeño escolar. 9. A participar del proceso de enseñanza – aprendizaje, aun teniendo dificultades de aprendizaje o discapacidades, en conformidad a la ley de Integración. 10. Disfrutar de un ambiente sano, limpio, cómodo y seguro para realizar sus trabajos escolares, donde prevalezca el respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad escolar. 11. Ser informado acerca de los principios, normas y reglamentos que regulan la vida escolar, entre ellos los que el P.E.I. sustenta respecto a los principios, normas disciplinarias, planes y programas de estudio, reglamento de evaluación y promoción escolar, normas de seguridad y prevención de riesgos etc. 12. Ser escuchado y recibir respuesta individualmente en forma verbal o por escrito, en cada una de las instancias de interacción con directivos, con profesores, asistentes de educación u otros miembros del personal del establecimiento. 13. Participar de las distintas actividades curriculares que desarrolle el establecimiento. 14. Derecho de matrícula y de la continuidad de sus estudios para las alumnas embarazadas del establecimiento. 15. Derecho de matrícula y de la continuidad de sus estudios para alumnos (as) en situación de riesgo social. 16. Derecho al debido proceso de evaluación de sus faltas que atenten a la sana convivencia, como asimismo el derecho de apelación o el de expresar ante la dirección del Establecimiento, en compañía de su apoderado, su opinión y/o descargo personal, ante situaciones de conducta personal indebida que le afecte y cuyo caso se encuentre en estudio disciplinario. 17. Utilizar los recursos de infraestructura de que dispone el Establecimiento, tales como Biblioteca, laboratorios de informática, talleres, etc. Para contribuir a su formación. 18. A no ser suspendido, expulsado o cancelada la matrícula por causales que se deriven exclusivamente de la situación socioeconómica. 19. Ser asistido en caso de accidente escolar (primeros auxilios). 20. Hacer uso del seguro escolar en caso de accidente ocurrido dentro de la escuela o en el trayecto. DEBERES DEL ESTUDIANTE 1. Mantener un buen cuidado personal, llevando adecuadamente el Uniforme de la Escuela. Esta responsabilidad corresponde en forma directa a los apoderados y a los funcionarios hacer cumplir este mandato, como así mismo el uso del buzo de la Escuela para el desarrollo de las clases de Educación física y salidas a terreno. 2. Asistir diariamente a clases cumpliendo puntualmente con los horarios y responsabilidades establecidas. 3. Respetar a las autoridades, profesores, grupos de pares, y demás miembros de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento. 4. Respetar a sus compañeros y compañeras, tratándolos de manera cordial y deferente, evitando todo tipo de discriminación por sexo, género, etnia, condición social y/o credo religioso. 5. Conocer y respetar el Proyecto Educativo del Establecimiento aportando responsablemente al cumplimiento de los objetivos de éste, como así mismo conocer las disposiciones y normas de convivencia del Establecimiento, velando por su cumplimiento. 6. Velar permanentemente por el prestigio del Establecimiento actuando con responsabilidad en situaciones en que represente de manera oficial y no oficial al Establecimiento.
  • 8. 8 7. Portar diariamente la Libreta de Comunicaciones, manteniéndola en buenas condiciones, sin alteraciones y debidamente firmada por el apoderado. 8. Cumplir con las instancias de evaluación; debiendo justificar su inasistencia mediante la presentación de certificado médico. 9. Los estudiantes no podrán portar celular, joyas ni objetos de valor, la perdida de estos no será responsabilidad de la Escuela. En caso de portar celular será requisado por el profesor quien hará entrega al inspector general, el cual citará al apoderado para hacer entrega del teléfono. 10. Resguardar la integridad de documentos oficiales, tales como los libros de clases, actas, certificados de estudios, informes y pruebas de asignaturas. 11. Cuidar el mobiliario, material didáctico, libros de biblioteca, materiales de laboratorio, como asimismo, puertas ventanas y escritorios. En caso de deterioro intencional el alumno se hará responsable, a través de su apoderado de los costos de reparación. 12. El alumno(a) no podrá ingresar y menos consumir dentro del Establecimiento drogas como: cigarrillos, alcohol, marihuana, etc. Lo que será sancionado de acuerdo a la ley Nº 20.000. 13. Asumir las consecuencias y aceptar las decisiones que se adopten por quien corresponda, frente a una falta en la que haya incurrido, ya sea de tipo académico o disciplinaria. 14. Asumir con responsabilidad y seriedad los cargos, para los cuales fuese electo. 15. Los alumnos se someterán a los planes, programas, estrategias, campañas y acciones de convivencia escolar promovidas por la institución favoreciendo la solución amistosa de sus conflictos. 16. Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar. DE LOS PADRES Y/O APODERADOS DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS 1. Conocer el Proyecto educativo, el Reglamento Interno, el Reglamento de evaluación, Calendario de evaluaciones y el manual de convivencia escolar. 2. Recibir un trato adecuado, respetuoso y cordial de parte de todo el personal del establecimiento. 3. Hacer que se respete a su Pupilo (a) como una persona única, con características irrepetibles, para lograr su potencial desarrollo humano a través de la educación y la orientación de sus profesores (as). 4. A ser informado del proceso de formación de sus hijos y del currículo de manera continua o cuando la situación lo amerite. 5. Conocer por lo menos al término de cada periodo, los resultados de aprendizaje en la formación integral de su(s) hijo(s). 6. Ser atendido por la dirección, inspector general y profesores en los horarios de atención a los apoderados y con cita previa en los horarios que para esta finalidad se estipula. 7. Participar activamente en las reuniones de curso y asambleas generales. 8. Ser informado de las observaciones positivas y negativas de su hijo/a registrados en el libro de clases y de las sanciones que se apliquen en virtud del reglamento. 9. Elegir y ser elegido como miembro directivo en los Centros General de Padres y de curso. 10. Presentar reclamos respetuosos sobre la evaluación, comportamiento, sanciones o trato recibidas por sus hijos. DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS Los padres y/o apoderados de los alumnos de la Escuela, de acuerdo al proyecto Educativo Institucional, son los primeros educadores, y están involucrados con la educación de sus hijos como parte insustituible. Su acción educativa es clave para el tipo de educación que nos hemos propuesto. 1. Compartir los propósitos y la orientación básica del Proyecto Educativo Institucional. 2. Conocer el manual de convivencia escolar y cumplirlo en cada una de sus partes. 3. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de curso y/o generales. 4. Justificar oportunamente su inasistencia a reuniones, el no cumplimiento a 3 reuniones será causal para derivación a OPD. 5. Justificar inasistencia del menor durante el día.
  • 9. 9 6. Mandar a su hijo o hija con una buena presentación y con uniforme de acuerdo al horario de clases. 7. Velar por la puntualidad en el horario de entrada a clases y cumplimiento en tareas y preparación de los controles. 8. Comprender y asumir la calidad de apoderado como misión personal y familiar frente al aprendizaje escolar y formativo de su pupilo(a). 9. Revisar y firmar diariamente libreta de comunicaciones. 10. Solicitar apoyo remedial, para su pupilo, cuando éste lo requiera, en aspectos de aprendizaje o de conducta general. 11. Tratar respetuosamente a todos los miembros de la comunidad educativa. 12. Mantenerse informado sobre el rendimiento escolar y el comportamiento general de su pupilo(a). Revisar la Libreta de Comunicaciones firmando oportunamente las comunicaciones y documentos extendidos por el Establecimiento. 13. Proporcionar a su pupilo(a) el material escolar requerido por los profesores. 14. Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos dentro y fuera del Establecimiento. 15. Asistir a la Escuela cada vez que sea requerido. 16. Mantener informado a la Dirección o Profesor Jefe sobre las situaciones que puedan estar afectando a sus hijos o que puedan contribuir al mejoramiento de ellos. 17. Asumir con seriedad y responsabilidad los cargos para los que fuese elegido y responder por los bienes y recursos, ya sea económicos o de otra índole, que le fueron entregados para su resguardo, dentro y/o fuera de la Escuela. La Escuela se reserva el derecho de aceptar o rechazar a los apoderados que han faltado a este inciso. 18. Aceptar las sanciones que imponga el Establecimiento por faltas cometidas, cuando se ajusten a la norma y/o Reglamento de Convivencia. PROHIBICIONES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS. Son prohibiciones de los padres, madres y apoderados las siguientes: 1. Desacatar el conducto regular para la solución de conflictos o dificultades. 2. Ingresar a las aulas de clase o salas de profesores sin autorización. 3. Agredir física o verbalmente a un Directivo, profesor, hija/o, estudiante, administrativo, docente, asistente o cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Hacer comentarios malintencionados que afecten la honra y buen nombre de cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Hablar mal de la escuela dentro y fuera de ella. 6. Presentarse a la escuela, embriagado o bajo alguna sustancia alucinógena. 7. Realizar ventas y rifas dentro de la escuela sin la debida autorización. 8. Incitar a los estudiantes a actos de rebeldía o falta a la norma. 9. Los funcionarios/as de la escuela que presencie un acto de agresión al que se hace referencia en el numeral 3 del presenta artículo, tiene que inmediatamente llamar a Carabineros. DE LOS PROFESORES DERECHOS DEL PROFESOR 1. Recibir información en todas las áreas que contribuyan al logro de la misión del establecimiento. 2. Recibir atención respetuosa, sincera y de diálogo por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa. 3. Ser atendido con respeto y atención al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades de la Escuela, de acuerdo al conducto regular. 4. La utilización adecuada y responsable de los espacios y recursos que dispone el establecimiento. 5. Recibir información oportuna sobre todas las normas administrativas, pedagógicas y de seguridad que los rigen. 6. Derecho de respetar su formación e idoneidad profesional en el ejercicio de su profesión docente y responsabilidades administrativas.
  • 10. 10 7. Ejercer el derecho de apelación ante los procesos internos de evaluación y/o decisiones de carácter administrativo, en especial, ante situaciones de conflictos con alumnos y apoderados. 8. De ser representado ante el Consejo Escolar. 9. De acuerdo a la LEGE, los profesionales de la Educación tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradante o maltrato psicológico por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. DEBERES DEL PROFESOR 1. Proceder con ética profesional. 2. Tener como base para su labor educativa el P.E.I. 3. Ejercer la docencia con estricto respeto a las disposiciones legales y que lo habilitan para ejercer su función. 4. Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda. 5. Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente. 6. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo, establecidos por las bases curriculares y los programas de estudio. 7. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia del Establecimiento. 8. Dejar en alto en todo momento el nombre del Establecimiento: de palabra, de obra, especialmente con su conducta intachable y su espíritu de trabajo. 9. Guiar el proceso educativo y cumplir con responsabilidad los deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases, orden, evaluación equilibrada y justa, devolución de evaluaciones y trabajos corregidos en el tiempo establecido por normativa. 10. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del empleador, en conformidad al Decreto Alcaldicio. 11. Aplicar con plena responsabilidad cada uno de sus actos en ejercicio de sus funciones. 12. Atender a padres o apoderados que lo soliciten o citarlos para informar sobre el comportamiento o rendimiento de sus hijos o pupilos. 13. Atender a alumnos y alumnas en forma individual a fin de conocer la situación personal que afecta o reforzar su rendimiento. 14. Corregir los comportamientos inadecuados de los estudiantes realizando acciones pertinentes en el momento y lugar adecuado. 15. Aplicar nuevos métodos o estrategias pedagógicas de manera creativa y constante. 16. Tratar las faltas de los alumnos de modo objetivo sin mostrarse ofendido personalmente evitando demostraciones de resentimiento o venganza con el alumno. 17. Estar consciente de la trascendencia de su misión de educador y formador de los estudiantes. 18. Escuchar, analizar y orientar a los estudiantes que lo soliciten o remitirlos al área social. 19. Solicitar con anticipación los permisos para ausentarse del establecimiento, con las condiciones que cada una tenga estipuladas. 20. Todo profesor, es modelo para sus alumnos como tal debe mantener una presentación personal acorde a su labor y con lo que representa. 21. Ningún profesor debe expulsar alumnos de su sala. 22. Con respecto al uso de celulares el profesor durante la hora de clases lo mantenga apagado o en silencio por respeto a sus educandos. DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION DERECHOS 1. Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. 2. Que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes: a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar. 3. A participar de las instancias gremiales o colegiadas de la Escuela. 4. Proponer y ejecutar iniciativas útiles para el progreso de la Escuela. 5. Participar en eventuales capacitaciones o instancias de formación. DEBERES: 1. Conocer y hacer suyo P.E.I
  • 11. 11 2. Ejercer su función en forma idónea y responsable de acuerdo al P.E.I. 3. Respetar las normas establecidas en la Escuela, con énfasis en el apoyo a cumplir el manual de Convivencia Escolar. 4. Todo asistente de la educación, es modelo para sus alumnos como tal debe mantener una presentación personal acorde a su labor y con lo que representa 5. Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad. 6. Cumplir con los compromisos adquiridos en su orden de trabajo especial énfasis en horario. DEL DIRECTOR El Director, es el docente que como jefe del Establecimiento Educacional, es responsable de la Dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales reglamentarias vigentes y tendrá la calidad de titular. DERECHOS 1. Ser respetado de acuerdo a la autoridad que representa. 2. Realizar todas las funciones establecidas en el P.E.I con estricto apego a las normativas vigentes. DEBERES 1. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo siempre presente que la principal función es determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local en que se encuentra. 2. Dar cuenta pública de los avances, logros y/o dificultades del Establecimiento. 3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo. 4. Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento que estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución. 5. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su personal, fomentando las buenas relaciones humanas, manteniendo una comunidad expedita y creando condiciones favorables para la obtención de los objetos y metas institucionales. 6. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados. 7. Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda. 8. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional. 9. Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes. 10. Remitir al organismo municipal pertinente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera. DEL INSPECTOR GENERAL El Inspector General es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia. SON DEBERES DEL INSPECTOR GENERAL: 1. Llevar al día asistencia de alumnos (as) y registrar mensualmente en boletines de subvención con personal a su cargo. 2. Controlar la disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto a Directivos, Profesores, Asistentes de Educación, Manipuladoras y entre pares. 3. Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas de colaboración. 4. Facilitar el funcionamiento de las comisiones de bienestar, tanto del personal como de los/as alumnos (as).
  • 12. 12 DERECHOS Y DEBERES DEL SOSTENEDOR DERECHOS 1. El sostenedor de la Escuela, tendrá derecho a establecer y ejercer un Plan Anual de Desarrollo Comunal, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice la ley. 2. También tendrá derecho a establecer Planes y Programas propios en conformidad a la Ley y a solicitar cuando corresponda, financiamiento del Estado en conformidad a la legislación vigente. DEBERES 1. Son deberes del sostenedor o representante cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del Establecimiento Educacional que representa. 2. Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar. 3. Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos cuando reciban financiamiento estatal. 4. Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus Establecimientos a la superintendencia. Esa información será pública. Además, está obligado a entregar a los padres y apoderados la información que determina la Ley y a someter a sus Establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la Ley. 5. Absorber gastos que por su naturaleza, la Escuela no esté en condiciones de asumir. ARTÍCULO 2° NORMAS SOBRE PRESENTACIÓN PERSONAL. 1. Uniforme oficial de la Escuela. 1.1 Es obligatorio el uso del uniforme completo y oficial establecido por Centro General de Padres y/o Apoderados, el cual fue aprobado por los apoderados. Los alumnos/as deberán ingresar a la escuela con su uniforme reglamentario y mantenerlo durante toda la jornada de clases. Pre-kínder a 2° básico: Los alumnos/as harán uso del buzo del establecimiento, junto a polera deportiva. Varones (3° a 8° básico): Pantalón gris, calcetín plomo o gris, chaleco azul marino, zapatos negros, camisa blanca, polera del establecimiento, corbata de la escuela, parka azul en invierno, cotona. Nota: Si el alumno no tiene uniforme, el/la apoderado/a deberá solicitar autorización justificada, de lo contrario se anotará en su hoja de observaciones. Damas (3° a 8° básico): Jumper azul marino o falda azul marino, blusa blanca, polera del establecimiento, calcetas azul marino, zapatos negros, chaleco azul marino, corbata de la escuela, delantal, parka azul marino en invierno. Nota: Si la alumna no tiene uniforme, el/la apoderado/a deberá solicitar autorización justificada de lo contrario se anotará en su hoja de observaciones. 1.2 En tiempos de frío se permitirá el uso de “cuello”, gorro y bufanda, de color azul marino para ingresar al establecimiento, más no al aula. No se permitirá el uso de polera o camiseta de color (manga larga), bajo la polera manga corta del colegio. Uniforme Deportivo: Se exige buzo del colegio para las clases de gimnasia y también en reemplazo de uniforme, cuando se presente sin éste (se acepta, requiriéndose una justificación del apoderado que indique los motivos de la falta del uniforme formal). Todo el uniforme deportivo debe venir marcado, y componen éste el buzo y polera de la escuela, calcetines de deporte, zapatillas, útiles de aseo personal (toalla, peineta, hawaianas, jabón, etc.) Nota: Las zapatillas sólo se pueden utilizar en clases de Educación Física y/o en Deportes exclusivamente. Queda estrictamente prohibido usar zapatillas deportivas con uniforme formal, (salvo en el caso de que el apoderado comunique no tener zapatos negros requeridos).
  • 13. 13 Presentación personal. Será responsabilidad del apoderado o tutor que el alumno (a) se presente diariamente en adecuadas condiciones de aseo y presentación personal, teniendo en cuenta que ambos aspectos inciden en la imagen y valoración que los alumnos tienen de sí mismos y de los demás. a) Las niñas usarán pelo corto o largo, peinado o amarrado. b) Los niños usarán pelo cortado en forma tradicional (tipo escolar), despejado en cuello, orejas y frente (descartado cualquier tipo de corte de fantasía, o colas). c) No se aceptará el pelo teñido de colores extravagantes o visos de ningún color. d) Las amarras para el cabello deberán ser azules o blancas (cintillos, trabas o pinches). e) Las uñas deben ser cortas y sin ningún tipo de barniz de color. f) Se prohíbe el uso de maquillaje (pintura de labios, brillos, sombra, máscara de pestañas y delineados de ojos). g) Queda prohibido el uso de joyas, se permitirá solamente el uso de aros pequeños. h) No se aceptará el uso de piercing, ni aros en la nariz. i) No se aceptará el uso de polerones de color o estampados. 1.8. Por razones de seguridad personal, NO se acepta el uso de celulares al interior de la Escuela para los alumnos/as. (Si el alumno/a es sorprendido con uno al interior de la sala, el profesor podrá retenerlo hasta el término de la clase con la finalidad de tener tranquilidad en su desempeño). Si el alumno/a es sorprendido/a utilizando este dispositivo al interior de la sala, se requisará, entregándolo al inspector general, quien lo devolverá al apoderado, en entrevista personal. De la Puntualidad Para el éxito y logro de los objetivos que motivan a los padres y apoderados a matricular a sus hijos o pupilos en esta Escuela, es indispensable que los educandos asistan regularmente y se observe una estricta puntualidad en su hora de llegada y salida. a. El colegio tiene Jornada Escolar Completa de Nivel parvulario a 8º Año Básico. b. Horario:  Pre-kínder y kínder: Entrada 08:30 hrs. y Salida 15:50 hrs.  Pre-kínder y kínder: Viernes: Entrada 08:30 hrs. y Salida 13:20 hrs.  1º a 8º Básico: Entrada 08:30 hrs. y Salida 16:00 hrs.  1º a 8º Básico: Viernes: Entrada 08:30 hrs. y Salida 13:30 hrs. De la Libreta de Comunicaciones a. El alumno debe portar diariamente la libreta de comunicaciones en la que se consignen todos los datos de su identificación y la de su apoderado, debidamente actualizados al inicio del año escolar correspondiente. b. El apoderado deberá registrar su firma en ella para efectos de control de Profesor Jefe y Dirección Escolar, la cual será el nexo oficial entre él y el Establecimiento. c. Las disposiciones en ella contenidas, que no se opongan al presente reglamento, tendrán plena validez en el ámbito de la Comunidad Educativa. Del Libro de Clases. a. Los alumnos no podrán acceder a revisar la información contenida en el libro de clases, sin la presencia y debida autorización de un profesor o inspector. b. Los alumnos respetarán el libro de clases, como documento público y oficial de la escuela ante el Ministerio de Educación, por lo que no podrán manipularlo, adulterarlo, esconderlo, ni dañarlo. c. Los alumnos no deberán alterar documentos oficiales de la escuela, como: libreta de comunicaciones, informes de notas, certificados, pruebas. e. Los alumnos serán responsables de mostrar en forma oportuna a sus apoderados, las comunicaciones y circulares emanadas de la escuela, como también las que sean dirigidas por sus apoderados al establecimiento.
  • 14. 14 f. Los alumnos tendrán el derecho a informarse en el momento de las anotaciones en el libro de clases, conociendo el contenido y carácter de las mismas. g. El incumplimiento de las normas antes señaladas, será considerado falta leve, la reiteración por tres veces, se consignará como falta grave, quedando constancia en el libro de clases, dándose aviso al apoderado. Más de tres veces, se citará al apoderado para establecer un compromiso de cambio conductual de su pupilo. h. La reiteración se considerará falta gravísima, por lo que se le informará al apoderado y se suspenderá al alumno por tres días. Al reintegrarse deberá hacerlo con su apoderado, el que firmará Condicionalidad del alumno o no renovación de la matrícula para el próximo año escolar. ARTÍCULO 3º Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, en conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como falta, debiendo ser debidamente explicitadas y de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones. Es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Líneas de acción para abordar las faltas. 1. Pedagógica: nuestra comunidad educativa, como lo detalla en su plan de convivencia escolar genera estrategias que promueven el buen trato dentro y fuera del aula. Orientando y promoviendo así sus acciones, iniciativas y la comprensión y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en un marco de equidad de género y con enfoques de derecho. (extracto de políticas de convivencia escolar. MINEDUC). 2. Preventiva: prevención de convivencia escolar. A nivel de toda la comunidad educativa se generaran estrategias para prevenir la violencia escolar por medio de actividades formativas y recreativas. 3. Disciplinaria: se aplicara el manual de convivencia escolar, según su gradualidad. 4. Protocolo: en la detección, atención y seguimiento de casos de violencia y/o acoso escolar, bullyng, abuso sexual, consumo y tráfico y micro-tráfico de drogas, hurto o extravío de objetos, accidentes escolares y embarazo adolescente. Estos se abordaran aplicando los protocolos de acción correspondientes a cada caso. De las medidas y sanciones disciplinarias. Las medidas disciplinarias tienen como objetivo constituir para cada alumno una experiencia positiva que contribuya eficazmente a la formación integral por lo que ante cualquier falta tendrá la orientación del docente que hubiere observado o estado en conocimiento del error. Buscando contribuir al desarrollo armónico de la persona y a la sana convivencia escolar. Toda sanción deberá quedar registrada en el Libro de Clases. Las infracciones de los estudiantes se clasificarán en: Leves, Graves, Muy Graves, Gravísimas. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS I. Falta leve: Se considera falta leve a aquella que no afecta, o repercute directamente, sobre algún miembro de la comunidad escolar, causándole daño. Es una falta menor que debe ser corregida oportunamente. Su acumulación, significa que no está la voluntad de cambio y no se ha puesto atención a las advertencias, lo que la transforma en falta grave. Se consideran faltas leves: a) Llegar tarde o interrumpir injustificadamente las clases, actividades académicas, religiosas y/o
  • 15. 15 culturales. b) El uso de apodos, la falta de cortesía, las palabras obscenas, los malos modales. c) Usar el uniforme incompleto, con accesorios diferentes. d) El uso de un corte inadecuado de cabello. e) No informar a los padres o apoderados de las citaciones del Colegio. f) Permanecer en las salas de clase o sitios no autorizados durante recreos. g) El uso inapropiado del teléfono celular en horas de clase y en actos de comunidad escolar. h) Utilizar en forma inadecuada los baños, recursos didácticos, mobiliario, materiales, implementos deportivos, musicales y demás recursos institucionales. i) Quien llegue más de tres días retardado a clases, será citado el apoderado, para establecer compromisos. j) No respetar a los compañeros más pequeños, pasándolos a llevar y botándolos durante los recreos o al subir las escalas. k) Presentarse al colegio sin su libreta de comunicaciones. l) Permanecer escondidos durante horas de clases. ll) Masticar chicle durante la clase o cualquier acto u ceremonia. m) Usar accesorios prohibidos como piercing, aros nariz, cadenas, collares. n) Tinturarse el cabello o mechones de colores inadecuados, como azules, verdes, amarillos, rojos. Las sanciones serán las siguientes: 1. Por primera vez: 1. Registro en Hoja de Vida. 2. Comunicación al Apoderado. 3. Medida interna: conversación con el (la) alumno(a). 4. Compromiso verbal, por parte de Inspector general y profesor jefe con el alumno/a. 2. Por segunda vez: La falta, pasa a grave. 1. Se registra en Hoja de Vida. 2. Se informa al Apoderado en forma personal. 3. Firma Carta Compromiso individual al alumno, invitando al cambio de conducta. 4. Se realiza trabajo de orientación formativa, a cargo del profesor jefe, con la intención que el alumno/a tome conciencia de la falta cometida y el daño que conlleva a la misma. 3. Por tercera vez: 1. El (La) alumno (a) será derivado a encargada de convivencia escolar, registrándose la falta como grave. 1. Se cita al Apoderado para resolver el problema en conjunto. 2. Se firma compromiso de cambio de conducta, padre – hijo, asumiendo la falta y promoviendo un cambio definitivo en la conducta del alumno. Medidas reparatorias:  Disculparse con la víctima.  En caso de daño a la propiedad, realizar un acto reparatorio. Ejemplo: limpiar, ordenar, restituir lo dañado. II. Falta grave: Se considera falta grave, cuando el alumno infringe la normativa institucional en forma reiterada, o cuando la conducta transgresora afecta negativamente la convivencia escolar y las disposiciones contenidas en este Manual, comprometiendo seriamente los valores del Proyecto Educativo Institucional. Son realizadas con pleno conocimiento de la mala acción y el infractor ha tomado la determinación de cometerla libremente. Su reiteración, se convierte en falta gravísima. Se consideran faltas graves:  La reiteración de tres faltas leves.
  • 16. 16  Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos docentes, funcionarios, administrativos o auxiliares, ya sea alzando la voz, decir improperios, dar portazos, hacer gestos groseros o amenazantes o cualquier otra conducta similar.  Permanentes faltas a las normas de presentación personal.  Atentar contra la seguridad e integridad física con actos considerados como bromas “retirar la silla, pegar chicle en las mesas, etc”.  Evasión de clases y/o salidas del colegio sin autorización dentro de la jornada escolar.  Dañar el material escolar y dependencias del colegio.  Fumar dentro del colegio.  Inasistencias reiteradas, no certificadas por un profesional de la salud dentro de una semana.  No acatar las órdenes del profesor (salir de la sala de clases sin autorización, manifestar actitud displicente e irrespetuosa). La reiteración de este tipo de faltas originará que se derive el caso al comité de convivencia escolar, quien determinará la sanción de acuerdo a las faltas reiteradas cometidas. Las sanciones serán las siguientes: 1. Por primera vez: 1. Se registra la falta en Hoja de Vida 2. Se deriva a inspector general, quien procede a citar al apoderado. 2. Por segunda vez: 1. Se registra en Hoja de Vida. 2. Se deriva a encargada de convivencia escolar, quien tomará el caso recabará todos los antecedentes y, si procede será derivado a Especialista externo (Psicólogo/a- Psiquiatra y/o Neurólogo). 3. Se cita al Apoderado. 4. Se aplica suspensión de clases (uno a tres a días). 5. Si durante el periodo de suspensión, el alumno tenía agendadas evaluaciones, éstas serán rendidas el primer día que vuelva de dicha suspensión. 3. Por tercera vez: La falta grave pasa a gravísima. 1. Se registra la falta en Hoja de Vida. (falta cometida) 2. Se cita al Apoderado y se informa sobre el tipo falta cometida. 3. Se aplica sanción la que puede ser alguna medida o suspensión. Medidas reparatorias:  Disculparse con la persona ofendida.  En caso de daño a la propiedad, realizar un acto reparatorio. Ejemplo: limpiar, ordenar, restituir lo dañado, servicios comunitarios a favor del establecimiento (limpiar algún espacio del establecimiento , patio, pasillos, gimnasio, su sala, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes menores de edad, colaborar en realizar diarios murales de convivencia escolar.) Medidas pedagógicas:  Ser ayudante de un profesor.  Recolectar o elaborar el material para estudiantes de cursos inferiores, apoyar a estudiantes menores en sus tareas.  Al aplicar estas medidas el apoderado firmara el documento respectivo. En caso de no hacerlo, se considerará igualmente como resolución comunicada y acatada. III. Falta gravísima: Se considera falta gravísima a aquella transgresión que daña gravemente la convivencia escolar. Es ejecutada con pleno conocimiento de la mala acción y el infractor ha tomado la determinación de cometerla libremente. Se consideran Faltas Gravísimas : Reiteración de tres faltas graves.  Agredir en forma violenta (física, psicológica y verbalmente) en forma directa o por medios virtuales a algún integrante de la comunidad escolar.
  • 17. 17  Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente de un alumno u otro miembro de la institución, o realizar un acto de discriminación en contra, ya sea por su condición social, religión, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad u otra circunstancia.  Hacer uso de internet para ofender, amenazar, injuriar, desprestigiar un alumno o cualquier otro integrante de la comunidad escolar, así como para exhibir o difundir cualquiera de estas conductas, ya sea mediante chats, blogs, facebook, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.  Las agresiones, acosos o ataques de connotación sexual, aunque no sean constitutivas de delito.  Consumir drogas o bebidas alcohólicas dentro o fuera del establecimiento con uniforme.  Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos, cortaplumas, arma de fuego y otros objetos que atenten contra la seguridad educativa. Las sanciones serán las siguientes: 1. Se registra en Hoja de Vida. 2. Se cita al Apoderado. 3. Se aplica suspensión de clases (uno a tres a días), mientras ser realiza la investigación por encargada de convivencia escolar. Si durante el periodo de suspensión, el alumno tenía agendadas evaluaciones, éstas serán rendidas el primer día que vuelva de dicha suspensión. 4. Se cita al comité de convivencia escolar, se presenta carpeta del menor con el resultado de la investigación. 5. Comité resuelve la medida formativa de acuerdo a los antecedentes entregados. (acta) 6. Las sanciones pueden ir de no participar de la licenciatura en el caso que el estudiante curse 8° básico, se puede aplicar la Condicionalidad a renovación de la matrícula para el próximo año para el siguiente año lectivo, una vez estudiado el caso, su repercusión y perjuicio. En este caso el consejo de profesores evaluará la sanción adecuada, dependiendo de los antecedentes y de las medidas adoptadas anteriormente. ARTÍCULO 5°. Reclamos. 5.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar deberá ser presentado en forma verbal y/o escrita ante autoridad del establecimiento, la que tendrá que dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. 5.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo. ARTÍCULO 6°. Obligación de denunciar delitos La directora (r), inspector y/o profesor deberá denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
  • 18. 18 ARTÍCULO 7º. Investigación. 7.1 El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 7.2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida formativa si procediere, y recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento. ARTÍCULO 8°. Protocolo de actuación. 8.1 Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 8.2 De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 8.3 En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. 8.4. En caso de cometerse delito alguno, se debe considerar que la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil indica que es considerado adolescente responsable e imputable quien al momento de que se hubiere dado principio de ejecución del delito, sea mayor de 14 y menor de 18 años. ARTÍCULO 9°. Resolución. La autoridad competente (esta autoridad dependerá de la falta que se ha cometido) deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. ARTÍCULO 10º. Apelación. El o la Apoderado(a) del alumno o la alumna responsable de una falta gravísima podrá apelar de la sanción que le ha sido comunicada ante la Dirección del Establecimiento. Esta apelación deberá formalizarse por escrito y ser presentada en Dirección en un plazo no mayor a tres días hábiles de haber sido notificada. El Director del establecimiento, basado en justo procedimiento y el derecho a ser escuchado, previa consulta a los estamentos y/o profesionales de apoyo que conforman el Comité de Convivencia Escolar, resolverá la situación final de quien o quienes haya(n) apelado de la sanción. Finalmente, el Director del establecimiento comunicará por escrito su decisión a los interesados en un plazo no mayor a tres días hábiles. Consideraciones especiales – Comunidad Educativa 1. Si el responsable de dicho “maltrato” (hacía un alumno/a) fuere un funcionario del establecimiento, se informará mediante oficio a la unidad psicosocial del Departamento de Educación Municipal,
  • 19. 19 quienes tomarán las medidas correspondientes de acuerdo a la legislación vigente. 2. Si el responsable de dicho maltrato (hacía personal del establecimiento), fuere el padre, madre, tutor o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. 3. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento en contra de otro miembro del mismo establecimiento, se informará a la unidad psicosocial del Departamento de Educación, a fin de entregar los antecedentes suficientes para que se proceda con la investigación correspondiente que permita adoptar las medidas necesarias, de acuerdo a la legislación vigente. DE LA APLICACIÓN Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA El presente Reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar entrará en vigencia el Año Escolar 2017 y podrá ser modificado anualmente, en conformidad con los alumnos, con los apoderados y por los docentes, a través de sus organismos representativos, modificaciones que deberán ser aprobadas oficialmente por el MINEDUC, en los plazos legales correspondientes. FUNDAMENTO DEL DISEÑO Y DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Con el propósito de ordenar el sistema educativo, en la escuela se diseñan nuevas normas de acuerdo al perfil del alumno que el colegio recibe cada año y que se pretende mejorar a través del tiempo, donde el maestro guía a los niños creando un vínculo permanente con la convivencia escolar en el que se aprenda a vivir con otros, donde se respeten opiniones, donde todos sientan que este lugar les pertenece, como lo proponen las Bases de la Política Nacional de Convivencia Escolar. MARION ANDREA LEAL FONSECA MARÍA ANGÉLICA CAMPOS ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR DIRECTORA Linares, Marzo de 2017.
  • 21. 21 PROTOCOLOS DE ACCION PROTOCOLO EN CASO DE HURTO O EXTRAVIO DE OBJETOS La Dirección de la Escuela en su afán por mantener una sana convivencia escolar menciona que ante el extravío de alguna de las pertenencias que un alumno trae al colegio, el apoderado puede acercarse al profesor jefe, al inspector, encargado de convivencia o a quien estime pertinente. De este modo, se pondrá en marcha el siguiente protocolo. Ante una denuncia de robo o extravío al interior de la Escuela Los Leones: 1) La persona que recibe la denuncia, debe comunicarse inmediatamente con el encargado de convivencia o dirección del establecimiento. 2) Dirección o encargado de convivencia hará las gestiones necesarias, en el orden que la contingencia requiera: 3) Conversar con la persona afectada para recoger la mayor cantidad de información, registrando las características de lo extraviado y las circunstancias en que se produjo el extravío, especialmente la última vez que fue visto el objeto. 4) Conversar con potenciales testigos y/o la/s personas que podrían aportar más información. Si se considera necesario se llamará a la casa para verificar que el objeto extraviado no se haya quedado en la casa. 5) Si ocurre en la sala de clase se procede de inmediato a preguntarle al curso, se les pide a cada alumno revisar su propia mochila, ropa y perchero frente al adulto a cargo. Se envía comunicación a las casas para que los apoderados ayuden a buscar lo extraviado, y así hacer más extensa la búsqueda y poner en conocimiento de los apoderados lo sucedido. 6) Si el aviso de extravío ocurre después del término de la jornada escolar; si no hay resultados positivos, se realiza a la mañana siguiente, el procedimiento anterior. 7) Si el extravío se detecta en casa, el apoderado debe informar por escrito (libreta de comunicaciones) y a la brevedad posible a la escuela 8) La Escuela se reserva el derecho a revisar mochilas y escritorios en caso de considerarlo aplicar reglamento de convivencia además de llamar a Policía de Investigaciones y de emprender acciones legales si es necesario. 9) La Escuela insiste en que los alumnos no deben traer objetos de valor que no sean estrictamente necesarios para la actividad académica y tener todos sus útiles y prendas marcadas. Marión Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017.
  • 22. 22 PROTOCOLO DE SOSPECHA DE ABUSO SEXUAL Concepto: Se entiende por "ABUSO SEXUAL INFANTIL" toda acción abierta o encubierta de contenido sexual ejercida por un adulto sobre un niño, niña o adolescente quien no tiene capacidad de consentir su participación, ni comprender la conducta adulta, la razón de su involucramiento, ni el contexto. El adulto en su posición de poder y autoridad abusa de la dependencia, vulnerabilidad y confianza del niño, niña o adolescente y luego de su cuerpo, de su sexualidad. Consiste en cualquier clase de contacto sexual con un niño/a y adolescente por parte de un adulto/a; o el contacto entre un niño/a o adolescente desde una posición de poder o autoridad sobre otro niño/a o adolescente. La escuela puede tomar conocimiento del hecho a partir del:  Relato del niño/a – joven.  Sospecha del hecho o presunción a partir del relato de algún testigo dentro o fuera de la escuela.  Si se observan lesiones visibles o indicadores de lesiones no visibles. PASOS A SEGUIR DESDE EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR: a. El/la docente que toma contacto con la situación elaborará un Acta especificando fecha, horario, lugar, circunstancias, la manifestación del alumno/a con la mayor cantidad de detalles posibles, respetar lo dicho textualmente, resguardando el lenguaje y las formas en las que fue enunciado el problema, sin emitir juicio de valor; y notifica a la Dirección o Encargado de Convivencia. respetando la índole confidencial de la información ha la que se tuvo acceso. b. Si se trata de personal no docente informará a la Dirección del establecimiento y observará fuera de la sala de clases. c. La Dirección o Encargado de Convivencia realiza de inmediato una entrevista con los docentes para conocer la existencia de conductas o indicios que puedan ampliar el relato, de lo que quedará constancia escrita. d. Paralelamente se designa a un personal de la Escuela que le brinde contención al niño/a quien, según su situación físico-emocional, podrá ser reintegrado al grupo de pares o seguir siendo atendido individualmente. e. Se informa a los Inspectores de lo actuado. f. Se realiza denuncia por parte de la Directora de la Escuela a Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. g. Cuando las circunstancias lo aconsejen es conveniente poner en conocimiento al TRIBUNAL DE FAMILIA, a los fines de que se ordenen las medidas de PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO (OPD), que establece la Ley. Desde el Establecimiento Educacional, se puede incorporar a la causa, información sobre posibles hechos suscitados con posterioridad. h. Se redacta informe de entrevista firmado por los docentes involucrados y por el personal directivo. Esto será lo que se presente al momento de formular la denuncia. Las gestiones las realizará la Dirección i. En cada situación se evaluará la pertinencia de informar de lo actuado a la familia y realizar llamado telefónico al instante.
  • 23. 23 j. Toda acción debe llevarse adelante, en resguardo de la identidad del niño/a o adolescente, víctima del abuso. k. Es aconsejable un trabajo en red con las distintas instituciones de la zona donde se encuentra emplazada la escuela. Dada la complejidad de la problemática se torna fundamental el aporte de diferentes miradas. Nota: Ante la presunción de ABUSO FUERA DEL ÁMBITO FAMILIAR, un responsable de la escuela podrá acompañar a los padres a realizar la denuncia en la Fiscalía de turno a fin de constatar que se haya cumplido con la misma. Ante la presunción de ABUSO INTRAFAMILIAR la denuncia, por parte de la escuela, deberá hacerse en forma inmediata. Observación: - Lo que se denuncia es la presunción, sospecha de abuso sexual a partir del relato del/a alumno/a. - No es obligación de la escuela aportar "pruebas" sino informar de lo que se ha tomado conocimiento. - El seguimiento de la problemática expuesta deberá realizarse periódicamente en el ámbito de la escuela, en el marco de la corresponsabilidad de la que participa con el SERVICIO de PROMOCIÓN y PROTECCIÓN de los DERECHOS del NIÑO, NIÑA y ADOLESCENTE. Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017.
  • 24. 24 PROTOCOLO FRENTE A CASOS DE ACOSO ESCOLAR (BULLYING)/VIOLENCIA ESCOLAR La escuela los leones, cumpliendo con la disposición de la ley sobre violencia escolar N° 20.536 del 2011, emanada del MINEDUC, ha diseñado un PROTOCOLO DE ACCIÓN para proteger las relaciones humanas de la comunidad escolar y permitir que el establecimiento cumpla su misión educativa y formativa. IDENTIFICACIÓN DE ACOSO ESCOLAR (extracto de la ley 20.536, año 2011). De acuerdo a la ley, entenderemos por acoso escolar: “La ley lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional.” El presente Plan de Acción tiene por objetivo proteger la vida en común de la comunidad escolar y permitir que La Escuela Los Leones F-467 cumpla su misión educativa y formativa. Se espera de todo integrante de la comunidad escolar (padres, alumnos, profesores, asistentes y personal administrativo, personal auxiliar, etc.), promueven y demuestren una conducta positiva, honesta y respetuosa en todo momento. Quien rompa la sana convivencia, atenta contra los derechos de los demás y debe asumir la consecuencia que esta falta tenga, sea esta una acción que permita reparar el daño ocasionado o una sanción. En este sentido, toda falta de respeto, descortesía, malos tratos, sobrenombres, burlas, groserías o golpes, dirigidas hacia cualquier miembro de la comunidad escolar, ya sea de manera física, verbal, escrita, o a través de algún medio tecnológico (Internet, celulares, etc.), directa, indirecta, explícita o implícita, será considerada una falta gravísima y debe ser informada por quien la observe (profesor, alumno, apoderado, directivo, asistente, administrativo, personal auxiliar, etc.) siguiendo los pasos que se expondrán a continuación. Pasos a seguir: 1. Intervenir en el momento. Cada adulto, profesor, apoderado, auxiliar, administrativo, miembro de la Escuela, que observe una situación conflictiva entre dos o más alumnos y que involucre cierto grado de agresión o violencia, tiene el deber de informarse sobre el conflicto y mediar en pro de escuchar el “motivo” (contención de ambas partes) y derivar a encargada de convivencia escolar. La Escuela considera de vital importancia como primera intervención el diálogo abierto que incentive la reflexión y la toma de conciencia de situaciones violentas, del daño causado a sí mismo, a otros o a la comunidad escolar. 2. Identificar y registrar a los involucrados (pedir nombre y curso). 3. Notificar, en todo momento, a la encargada de convivencia escolar. Ésta escuchará y mediará solución, para posteriormente informar al Profesor Jefe. 4. La Encargada de convivencia escolar, se reunirá separadamente con los/las partes involucradas o participantes directos o indirectos. 5. Después de las indagaciones pertinentes, se conversará con los involucrados, buscando la reflexión, toma de conciencia y responsabilidad, en la búsqueda de soluciones definitivas. 6. La encargada de convivencia escolar, informará y trabajará coordinadamente con:  Profesor Jefe  Apoyo Especializado (Psicóloga)  Dirección del Establecimiento Escolar  Padres de los alumnos involucrados  Alumnos involucrados  Curso de alumnos involucrados
  • 25. 25 7. La encargada de convivencia escolar, llevará registro de las reuniones sostenidas en todo el proceso, así como los acuerdos establecidos, dejando el original en la carpeta personal del alumno y el Comité Convivencia Escolar. 8. La encargada de Convivencia Escolar, organizará actividades grupales que incentiven la empatía, la solidaridad y el compañerismo, así como, otro valor o conducta, que favorezca la superación o mejora de la situación. 9. La encargada de Convivencia Escolar deberá evaluar periódicamente, sí la conducta no deseada se detuvo (por ejemplo, a través de entrevistas de alumnos al azar, entrevistas individuales, cuestionarios anónimos, observación de recreos, etc.). 10. Si después de haber agotado los pasos anteriores, la conducta es reiterativa, se considerará la intervención por parte de apoyo externo. (PDI, OPD, Consultorio, Carabineros) El presente procedimiento es válido para todas aquellas acciones que sean efectuadas dentro del recinto Escuela Los Leones o en lugares externos, durante actividades académicas, extra- programáticas o en actividades escolares oficiales, siempre que la conducta del o los alumnos afecte a otros, compañeros, profesores, miembros de la comunidad del Establecimiento o dañe el prestigio del mismo. Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017.
  • 26. 26 PROTOCOLO CONSUMO, TRÁFICO Y MICROTRÁFICO DE DROGAS El marco normativo y legal vigente en nuestro país, en orden a cumplir con la responsabilidad que tiene el Estado de Chile de Proteger a los niños, niñas y jóvenes contra el uso indebido de drogas, asegurando su protección y cuidado para su bienestar y salud, así como también velar por el deber que tienen los padres y madres de educar a sus hijos y de la comunidad por contribuir a su desarrollo, y que para asegurar el derecho de los niños y jóvenes de nuestro país a vivir y estudiar en un entorno libre de drogas, debemos asumir que la comunidad educativa y principalmente sus directores, equipos directivos y representantes de Consejos Escolares, tenemos un importante rol preventivo institucional que cumplir, se ha acordado el siguiente Protocolo de actuación para abordar casos de consumo y situaciones de posible tráfico de drogas: 1.- Implementar medidas de prevención del consumo y tráfico de drogas De responsabilidad directa del Director. • Aplicaremos los programas de prevención del consumo de alcohol y drogas dirigido a los estudiantes y familias. • Constituiremos un equipo responsable de prevención en el establecimiento, que permita la implementación, el seguimiento y la evaluación de las acciones preventivas acordadas. • Estableceremos una coordinación permanente con el equipo Senda, que permita contar con la información y eventualmente nuestra participación en los espacios de la red de prevención de drogas a nivel local. • Estableceremos un sistema de seguimiento y evaluación de las medidas de prevención y de drogas a nivel local. De responsabilidad delegada en el equipo preventivo del establecimiento. • Informar a la comunidad educativa, acerca de las consecuencias asociadas al consumo y al tráfico de drogas, especialmente aquellas relacionadas con el impacto en el bienestar personal y social, así como aquellas asociadas a la normativa legal vigente (Ley 20.000). • Realizar gestiones para capacitar a los distintos estamentos de la comunidad educativa, especialmente a los profesores jefes, docentes y asistentes de la educación interesados, con el propósito de propiciar el desarrollo de competencias para la aplicación de programas de prevención y medidas de actuación frente al consumo y tráfico de drogas. • Dar a conocer a la comunidad educativa, los procedimientos y mecanismo que ha definido el establecimiento para abordar los casos de estudiantes que han iniciado el consumo de alcohol y drogas, así como de aquellos para abordar situaciones de posible tráfico de drogas. • Participar en instancias de capacitación de prevención del consumo y tráfico de drogas, realizadas en el contexto de la coordinación a la comunidad educativa. 2.- Abordar los casos de sospecha de consumo de alcohol y drogas asumiendo el siguiente procedimiento Propiciar la detección precoz del consumo. • A través del auto reporte o auto selección del propio estudiante. • A través de entrevista de control del Profesor Jefe asociadas a problemas de desempeño y comportamiento escolar. • A solicitud de la familia • De la aplicación de instrumentos específicos • En el contexto de actividades de programas de prevención u otras actividades de los estudiantes. Realizar entrevistas de acogida inicial. • Al profesor Jefe se canalizara la primera información y realizara una entrevista personal con el estudiante, de tal manera de recoger información y abordar el tema. • De la entrevista, pude concluir que el caso no amerita realizar otras acciones o que son suficientes las orientaciones que entregó. • En caso de ser necesario, se referirá el caso al profesor a cargo de orientación o de prevención, quién realizará entrevistas que permitan la identificación de los hábitos y tipos de consumo, así como los alcances y consecuencias que ha tenido. • El profesor a cargo de orientación o de prevención tendrá una reunión de intercambio de información y coordinación con el Profesor Jefe. • El profesor a cargo de orientación o de prevención realizará entrevista con el apoderado.
  • 27. 27 • Posteriormente, elaborara un perfil del caso con el apoderado. • Posteriormente, elaborara un perfil del caso, que considera el nivel de consumo, los problemas anexos y los factores protectores con los que cuenta el estudiante • Finalmente informará al Profesor Jefe y al Director del proceso anterior. Manifestar el compromiso con el tipo de intervención acordada. • Se realizará una reunión entre el Director, Orientador, Profesor jefe, estudiante y familia para unificar un relato común de los hechos, acoger comprensivamente la necesidad de intervenir y acodar medidas al respecto. • De acuerdo a los antecedentes, se identificará el perfil y nivel de consumo, así como las problemáticas anexas, proponiendo alternativas a seguir. Estas alternativas serán proporcionadas al problema. • El estudiante, la familia y el representante del colegio, deberán expresar explícitamente su voluntad y compromiso con la intervención que sea necesaria realizar, de acuerdo al perfil y nivel de consumo. • Se elaborara en conjunto un “plan de acogida” de acuerdo al tipo de consumo experimental, ocasional o abusivo considerara acciones y compromisos a nivel individual y del colegio. • En caso que sea necesario, se evaluara la necesidad de solicitar apoyo profesional externo al establecimiento. Se considerara derivación a centro de salud que corresponda al domicilio del estudiante y a la OPD. Con quienes el establecimiento educacional debería tener una coordinación permanente. • Se asegurara el derecho que tienen los niños, niñas y jóvenes a dar continuidad a sus estudios. Implementar un plan de acogida. • El profesor a cargo de orientación o de prevención, abrirá un registro del caso y junto al estudiante hará un seguimiento semanal de los compromisos asumidos y las acciones a seguir.  Se implementarán las acciones y se realizara su seguimiento al interior del establecimiento: 1. Conserjería, orientación, lecturas y trabajos de investigación a nivel individual. 2. Talleres de apoyo psicosocial o pedagógicos a nivel local. . 3. Consejería (tareas para la casa) y sesiones dirigidas a la familia del programa Previene. Realizar las referencias asistida a redes de apoyo y atención local cuando sea necesario. En el caso de requerir apoyo para definir las guías de acción, el Director se podrá comunicar con coordinador comunal Senda, para que los miembros de este equipo acompañen la referencia del caso a los programas de prevención o tratamiento según corresponda. El Director realizara la referencia al consultorio de salud o al centro de salud familiar, como sospecha de consumido de drogas, con todos los antecedentes disponibles y los requisitos de atención. Acordaremos que las instituciones de referencias informen sistemáticamente respecto a la participación del estudiante y su familia en las actividades programadas, así como del logro de los objetivos. Establecer un sistema de seguimiento y evaluación. Se realizarán reuniones semanales con el estudiante, llevando una bitácora de registro de cumplimiento de los compromisos. Se realizaran reuniones mensuales con los apoderados para evaluar el avance del plan de intervención. Al tercer mes, se elaborar un informe de lo ocurrido, que se presentara en una reunión con el Director, Orientador y Profesor Jefe. Se definirá acciones para continuar los aspectos débiles detectados o para cerrar la intervención. Enfrentar situaciones de posible tráfico o micro-tráfico de drogas, asumiendo el siguiente procedimiento: Antes de se detecten situaciones de posible tráfico de drogas, se recomienda que el Director o los miembros del equipo directivo, soliciten al Coordinador/a Comunal del Programa Previene, la información respecto a los programas, proyectos y/o actividades asociadas a la prevención del consumo y tráfico de alcohol y drogas que estén realizando en la comuna, así como de los espacios de coordinación existentes a nivel local para el control de drogas.
  • 28. 28 Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una situación posible de tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia. Sin perjuicio de las acciones que deben tomar, se siguiere poner en conocimiento del director o sostenedor de la unidad educativa, todos los antecedentes posibles de manera reservada y oportuna. Frente a casos fragantes de tráfico o micro-tráfico de drogas, es decir al sorprender a una persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento, deberá llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo. Frente a la existencia de sospechas de tráfico o micro-tráfico de drogas, es decir al sorprender a una persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento, deberá llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo, “según ley 20.000”. Frente a la existencia de sospechas de tráfico o micro-tráfico de drogas, el director y/o sostenedor pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO O DE LAS POLICÍAS DE LA COMUNA. Es importante informar a la familia o a un adulto significativo del o los estudiantes involucrados en la situación. El fiscal de drogas y las policías, realizarán la investigación pertinente con la reserva necesaria del o los denunciantes. A través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes suficientes para imputar a los involucrados o proceder al archivo del caso. El director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y solicitar el apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como Previene, OPD (SENAME), de tal manera de brindar las medidas de protección y atención de niños/as y adolescentes que posiblemente se vean involucrados. Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017.-
  • 29. 29 PROTOCOLO DE ACCION FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE El marco legal frente al embarazo adolescente informa: “Que el embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”. (Ley N° 20.370/2009 LGE. Art, 11). Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y permanecer en la educación básica están reglamentadas en el Decreto N° 79 donde señala que el reglamento interno de cada establecimiento no puede vulnerar las normas indicadas. La ley N° 20.370 Art. 16 sanciona a los establecimientos que no respetan este mandato con una multa de 50 UTM. Se entenderá por EMBARAZO ADOLESCENTE: “Aquel que ocurre durante la adolescencia de la madre, definida esta última por la organización mundial de la salud (OMS) como el lapso de vida transcurrido entre los 10 y 19 años de edad. También se suele designar como embarazo precoz, en atención a que se presenta antes de que la madre haya alcanzado la suficiente madurez emocional para asumir la compleja tarea de la maternidad.” DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICION DE EMBARAZO O MATERNIDAD:  La alumna debe informar su condición a su profesor jefe o dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición.  La alumna debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.  La alumna debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o controles médicos del bebé.  La alumna debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados médicos.  Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas. DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICION DE EMBARAZO O MATERNIDAD:  Derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento.  La alumna tiene derecho a participar en actividades como la graduación o en actividades extra programáticas.  La alumna tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido justificadas por los médicos tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que permita la promoción de curso. (reglamento de evaluación vigente).  La alumna tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.  La alumna tiene derecho a amamantar, para ello puede salir del colegio en recreos o en horarios que indique el centro de salud médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de la jornada diaria de clases durante el periodo de lactancia (6 meses) DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICION DE PROGENITOR:  El alumno debe informar a las autoridades del colegio de su condición de progenitor entregando los antecedentes correspondientes al profesor jefe y a la dirección del colegio.  Para justificar inasistencias y permisos deberá presentar el carné de salud o certificado médico correspondiente. DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICION DE PROGENITOR  El alumno tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las etapas de embarazo y como progenitor.  Tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad del hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol como padre.
  • 30. 30 DEBERES DEL APODERADO.  El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de embarazo o progenitor del estudiante.  Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado debe concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico correspondiente.  Debe velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones.  Debe informar al establecimiento cualquier cambio sufrido en la familia ya sea de domicilio o persona responsable del/la menor. DERECHOS DE LOS APODERADOS DE ESTUDIANTES EN CONDICION DE EMBARAZO MATERNIDAD-PATERNIDAD  El apoderado tiene derecho a ser informado sobre los derechos y obligaciones del estudiante de la familia y del establecimiento educacional.  El apoderado tendrá derecho a firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente que señale su consentimiento para la alumna o alumno asista a los controles, exámenes médicos u otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido y que implique la ausencia parcial o total del estudiante durante la jornada de clases. DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICION DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS.  Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.  No discriminar a las estudiantes mediante cambio de establecimiento o expulsión.  Respetar el derecho de asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto.  Otorgar las facilidades para que asista a sus controles médicos prenatales y post natales.  Permitir adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.  Permitir usar el seguro escolar.  Evaluar según los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.  Realizar visitas domiciliarias a cargo de la Técnico Social, en el caso de ausencia escolar. REDES DE APOYO.  Orientar a la alumna o alumno para que conozca las redes de apoyo a las que puede acudir y de esta forma poder acceder a sus beneficios.  Acudir al consultorio respectivo donde automáticamente se le incorporará al Programa Chile Crece Contigo, que es un sistema integral de apoyo a niños y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta que entran a primer nivel de transición (4 años), aportando ayudas en la situación de adolescente embarazada.  Solicitar en el establecimiento información de JUNAEB sobre la Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE) y sobre el Programa de apoyo a la retención escolar para embarazadas, madres y padres adolescentes. En caso de existir una situación de embarazo en el establecimiento, se procederá de la siguiente manera: 1. La estudiante que comunica su condición de maternidad o de embarazo a cualquier docente, directivo u otro funcionario del establecimiento debe ser acogida, orientada, acompañada y respetada en sus derechos, procurando guardar la discreción adecuada que permita a la alumna establecer vínculos de confianza iniciales con su colegio que permitan favorecer el proceso de apoyo que el establecimiento ha diseñado para estos casos con el fin de evitar la deserción escolar y procurar la protección de dicha alumna. Una vez comunicada la condición de maternidad de la alumna, la información debe ser llevada a la dirección del establecimiento. 2. Citación al apoderado y conversación, en conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la alumna en condición de embarazo, el Profesor Jefe realiza la citación al apoderado de la
  • 31. 31 estudiante y en conjunto con encargada de convivencia escolar, se da a conocer el protocolo de acción que se implementará para que la alumna continúe con sus actividades y no pierda su año escolar. También se deben recopilar antecedentes relevantes de la estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicitud de atención y certificado médico. El apoderado firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo al colegio. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la estudiante por parte del Profesor Jefe. 3. Informar a docentes y determinar en conjunto con jefe de UTP, un plan académico para la alumna embarazada, que le permita desenvolverse de manera normal y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de embarazo. Éste plan académico debe considerar, la asistencia a clases, las exigencias en Educación Física, así como, los procesos evaluativos. Dicho plan, debe ser informado por escrito, tanto a la alumna, apoderada y dirección del establecimiento. 4. Registro en Junaeb para asignación de becas. Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017
  • 32. 32 Protocolo Prevención del Suicidio Escolar Niveles de Actuación Preventiva Desde una perspectiva cognitivo-conductual, cualquier persona que se plantee el suicidio experimenta pensamientos o ideas suicidas. La ideación suicida se define como la “aparición de pensamientos cuyo contenido está relacionado con terminar con la propia existencia, falta de valor de la propia vida, deseos de muerte, fantasías de suicidio y planificación de un acto letal. El establecimiento preocupado por cada uno de sus estudiantes pretende de alguna forma disminuir el impacto de los factores de riesgo presente en la población, por tal motivo la Escuela los Leones debe: PREVENCION PRIMARIA  Promocionar hábitos de vida saludable en los estudiantes a fin de evitar la aparición de problemáticas, enfermedades, síntomas, etc.  Dialogar y capacitar a los y las docentes, asistentes de la educación y directivos sobre la temática del suicidio.  Sensibilizar a la comunidad educativa respecto del riesgo suicida:  Desarrollar campaña de sensibilización a la comunidad educativa.  Abordar la temática como instancia de sensibilización en horario de orientación. A. Talleres preventivos con la comunidad educativa en distintas temáticas:  Promoción de estilos de vida saludables.  Trabajar con los estudiantes en sus proyectos de vida.  Desarrollar iniciativas para fortalecer el auto concepto y la autoestima de los y las estudiantes. PREVENCION SECUNDARIA Desarrollo de acciones destinadas a la detección precoz de una persona con posible ideación suicida y la aplicación de medidas que impidan la progresión de la misma. A. Identificar estudiantes que se encuentren en una situación de riesgo, al presentar un número significativo de factores de riesgo general y/o factores de riesgo suicida. (Los que se mencionan a continuación) 1. Factor protector: Aquellas características personales o del ambiente, o la percepción que se tiene sobre ellos, capaces de disminuir los efectos negativos de una determinada situación que puede perjudicar la salud y bienestar. 2. Factor de riesgo: Es todo evento o entorno que eleva las probabilidades de ocurrencia de un evento adverso o de desarrollar una enfermedad (psicológica o física):  Consumo de sustancias, como alcohol y drogas.  Familia con características disfuncionales.  Riesgo de deserción escolar.  Embarazo adolescente.  Red de apoyo débil, ya sea con los pares, en la escuela o con instituciones.  Desmotivación académica o falta de proyecto de vida.  Problemas de rendimiento escolar (o baja repentina del mismo).  Pobre participación de los apoderados.  Aislamiento respecto a los grupos de pares, ser víctima de bullying o agresiones por parte de compañeros.  Abuso sexual. 3. Factores protectores generales:  Comunicación entre funcionarios del establecimiento  Cercanía de los adultos significativos del establecimiento.  Gestión eficaz y sistemática de la convivencia escolar al interior de la escuela (protocolos establecidos).  Redes de apoyo (salud, seguridad pública, Senda, Sename, Tribunales y Fiscalía)  Vinculación del establecimiento con la comunidad(junta de vecinos)  Vinculación familia escuela positiva (entrevista con apoderados, encuentros familia-escuela, consejos escolares, reunión de apoderados, etc.)  Sentido de pertenencia e identidad escolar.
  • 33. 33  Acciones sistemáticas para el fortalecimiento de los proyectos de vida de los estudiantes, charlas vocacionales, taller proyecto de vida.  Implementación de actividades extra programáticas (deportes, teatro, música, fotografía, danza) B. Ante la presencia de factores de riesgo o conductas/actitudes de riesgo específicos, el encargado de convivencia escolar debe comunicarse con la persona encargada dependiendo del factor de riesgo presente. C. Si se detecta algún factor de alto riesgo que no corresponda al área de intervención de la dupla psicosocial o equipo de convivencia, debe realizarse la derivación inmediata a la red de salud o instituciones de la red Sename que puedan otorgar contención y apoyo específico. D. Posteriormente, el equipo psicosocial en conjunto con el profesor/a jefe del estudiante deben elaborar un plan de trabajo que incluya acciones a desarrollar en el mediano y largo plazo. Esta planificación debe incluir el seguimiento permanente de las acciones implementadas durante al menos 3 meses, en especial si el riesgo o la ideación suicida se mantienen en el tiempo. Prevención terciaria: se refiere a las acciones de contención y rehabilitación brindadas a los/las estudiantes en riesgo suicida a fin de que puedan, desde sus capacidades reintegrarse a la comunidad escolar y a su entorno. 1. Contención afectiva y derivación oportuna del estudiante con ideación suicida a intervención con la red de salud, desarrollando el siguiente curso de acción: a. Tras tomar conocimiento del evento critico (ideación y/o conducta suicida), informar inmediatamente a dirección y a la familia del estudiante. El egreso del estudiante solo podrá tener lugar si este es retirado del establecimiento por su apoderado. b. Aplicar toma de conocimiento por escrito de la situación por parte del apoderado y evaluar y restringir en conjunto de posibles riesgos en el establecimiento y en el hogar. c. Componer por escrito con el apoderado la asistencia del niño, niña o joven a atención o tratamiento en instituciones de la red a la que fue derivado/a. En todo momento se debe asegurar el resguardo de la confidencialidad de los antecedentes involucrados del caso. 2. Monitoreo constante del/la joven a través de la familia y las instituciones de la red a las que fue derivado. 3. Mantener un contacto telefónico permanente con la familia, especialmente en caso de situaciones críticas posteriores al evento original. 4. Profesor a jefe y equipo de convivencia, deben diseñar e implementar en conjunto un trabajo con el grupo curso y/o de los padres del/la joven en su rutina escolar, favoreciendo su reincorporación posterior. Marion Leal Fonseca María Angélica Campos Gajardo Encargada de Convivencia Escolar Directora Linares, marzo 2017.-