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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES
BARRANCABERMEJA
PRESENTACION
El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
LOS LAURELES, es el producto de un proceso de construcción democrático
institucional desde las aulas con el proyecto de los pactos de aula, entre alumnos
y docentes avalados por los padres de familia, contando con la asesoría del
Ministerio de Educación Nacional (MEN) desde su visión de Democratización de
la Institución Educativa (1999), actualizado y fortalecido por la Ley 1098 de 2006
(ley de Infancia y adolescencia), ley 1620 de 2013 ("por la cual se crea el sistema
nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos
humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar"), decreto reglamentario 1965 de 2013 y ley 115 de 1994.
El Manual de Convivencia, es un documento institucional y de ley que rige las
relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa presentando de una
manera sistemática los principios y valores que guían la formación integral de los
estudiantes. Es un instrumento de conciliación y orientación para la solución de
problemas académicos y de comportamiento con todos los miembros de la
comunidad educativa a la vez una guía que orienta el ejercicio de las libertades,
derechos y responsabilidades de los mismos.
ADOPCION RECTORAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
El presente Manual se adopta como único, para hacerse cumplir en la
INSTITUCION EDUCATIVA LOS LAURELES y en todas las sedes, creadas
mediante la resolución 295 del 10 de septiembre de 2003 y la resolución 0591 de
mayo 30 de 2007 a saber:
1. SEDE LOS LAURELES
2. SEDE CAMPO45
3. SEDECAMPO 38
4. SEDE TIERRADENTRO
5. SEDE CAMPO 5
6. SEDE CAMPO 6
7. SEDE LA FOREST
8. SEDE VARASANTA
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1. Hacer los ajustes pertinentes con la participación de toda la comunidad
educativa al manual de convivencia de la Institución Educativa Los Laureles–
Barrancabermeja.
2. Adoptar los ajustes del presente manual de convivencia como mediador que
regirá las relaciones de todos los miembros de nuestra comunidad educativa.
3. Dar a conocer las modificaciones hechas al manual de convivencia a todos los
miembros de la comunidad educativa para su apropiación y cumplimiento.
4. Derogar el anterior manual de convivencia y sus modificaciones, vigentes hasta
la fecha.
5. Consignar en un cuadernillo el manual de convivencia con las modificaciones
acordadas y entregarlo a la comunidad Educativa.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Barrancabermeja, a los 17 días de enero de 2018
La rectora,
__________________________
Rectora
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SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
EL ESCUDO
Figura heráldicas: Virtud y ciencia y el otro de azul
Símbolos: Estrellas, círculos, machin, libros, divisiones
Colores: El azul simboliza los humedales y nacimientos del medio ambiente,
amarillo y negro: bandera de bca.
LA BANDERA SIGNIFICADO
Foto
La bandera de la Institución Educativa Los Laureles es de color verde
símbolo de la naturaleza y la esperanza; las estrellas simbolizan cada una de
las sedes de la institución.
Carné: es el documento oficial que identifica a los estudiantes y al personal
de la Institución Educativa Los Laureles, como miembros activos y
participativos de la comunidad educativa. Se recibe al iniciar el año lectivo y
se debe portar permanentemente para poder utilizar los diferentes servicios
que presta la institución y/o beneficios del estado. El carné se constituye en
la carta de identidad para cada uno de sus miembros.
UNIFORMES:
Fotos diario, educación física y gala: El uniforme es signo de respeto, orden
y elegancia, se debe portar con dignidad, pulcritud y sencillez.
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1. MARCO LEGAL
Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 del 2006, modificada por el art.
36, Decreto Nacional 126 de 2010, tiene por finalidad garantizar a los niños, a las
niñas y a los adolescentes (NNA) pleno y armonioso desarrollo para que crezcan
en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y
comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana,
sin discriminación alguna, tiene como objetivo establecer normas sustantivas y
procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes,
garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y
en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será
obligación de la familia, la sociedad y el Estado. Así mismo la ley 1620 del 15 de
marzo del 2013, tiene por objeto contribuir a la formación de ciudadanos activos
que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa,
pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley
General de Educación-Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema
nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la Prevención y mitigación de la violencia escolar,
que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos
de preescolar, básica y media. Con esta ley el gobierno logra crear mecanismos
de prevención, protección, detención temprana y de denuncia de aquellas
conductas que atentan contra la convivencia como lo son la violencia, la deserción
escolar, el embarazo en la adolescencia, entre otros.
En este contexto, el sistema nacional de convivencia escolar promueve principios
como la participación, la corresponsabilidad, la autonomía, la diversidad y la
integralidad; reconoce los NNA como sujetos de derechos y a la comunidad
educativa como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos.
2. MARCO CONCEPTUAL
2.1. Violencia escolar: se define como una acción u omisión intencional, en forma
física, verbal, escrita, social o psicológica, o a través de algún medio tecnológico o
cibernético en contra de cualquier integrante de la Institución Educativa. Esta
puede ir dirigida hacia estudiantes, profesores, o a la planta física. Estos actos
tienen lugar en instalaciones escolares (aula, patio, baños, pasillos, cambios de
clase, etc.), en los alrededores de la institución y en las actividades
extraescolares.
2.1.1. Tipos de violencia escolar
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La violencia tiene diversas formas de manifestarse que dependerán en gran
medida de la situación en que se presente:
Física: Incluye patadas, empujones, golpes con las manos, escupir, mordiscos y
cualquier agresión que atente contra la integridad corporal de la persona así como
acciones humillantes como bajar los pantalones, jalar la ropa, tirarlos a los botes
de basura, entre otros. Es el tipo de violencia más conocida y es fácil de detectar.
Verbal: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto
físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad
del habla o de la conducta.
Social: Es una forma de discriminación grupal fomentada por el agresor hacia la
víctima. Se puede manifestar ignorando al NNA acosado, negándole el saludo,
aislándolo o generando rumores que afecten su imagen.
Psicológico: Se refiere al acecho, a los gestos de desagrado, desprecios o
agresividad dirigidos a la víctima”.
Escrita: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto
físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad
del habla o de la conducta por medio escrito a través de las redes sociales o
cartas.
2.2. Artículo 39 (decreto 1965). Definiciones. Para efectos del presente decreto
se entiende por:
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una
incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus
intereses.
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que
afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos
o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es
estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de
cualquiera de los involucrados.
3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión
escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
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a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al
cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas
y amenazas.
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros.
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen
que tiene la persona frente a otros.
e. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos
íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos
sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de
texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la
identidad de quien los envía.
3. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013,
es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un NNA por parte de un
estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder
asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o
por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su
entorno.
3.1. Factores de riesgo.
a. Conflictos familiares: se refieren a todos los conflictos dentro del sistema
familiar: entre padres, entre progenitor e hijo y entre hermanos.
b. La disciplina parental: Relación que existe entre una disciplina dura, punitiva e
incoherente y el comportamiento infantil agresivo y violento.
c. El bullying no sólo tiene consecuencias negativas para las víctimas sino para
todos los participantes en general.
Entre los efectos que el acoso produce en las víctimas se encuentra el deterioro
de la autoestima, ansiedad, depresión, fobia escolar e intentos de suicidio, con
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repercusiones negativas en el desarrollo de la personalidad, la socialización y la
salud mental en general.
Es para quien puede tener consecuencias más drásticas, dado que, su situación,
puede terminar en: FRACASO ESCOLAR (inclusive en los buenos estudiantes)
3.2. Consecuencias más notables para el agredido:
a) Sentimiento de desprotección y humillación.
b) Fobias al colegio, y a todo el entorno escolar.
c) Actitud de aislamiento.
d) Altísimos estados de ansiedad.
e) Cuadros depresivos, facilitadores de la inhibición escolar.
f) Aparición de neurosis e histerias.
g) Imágenes negativas de sí mismos.
h) Reacciones agresivas, que pueden adoptar la forma de intentos de suicidio
3.3. Entornos directos
Los participantes de toda situación de Acoso Escolar son básicamente tres: los
acosadores, la víctima y los espectadores. Se trata del denominado "Triángulo del
Bullying".
4. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley
1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de
información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos
online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
5. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146
de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes
(NNA) todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre una NNA,
utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional,
aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de
poder existentes entre víctima y agresor".
6. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos
de los NNA
7. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el
conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan
para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de
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su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido
vulnerados.
8. Competencia Ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define
como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actué de
manera constructiva en una sociedad democrática.
9. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos: E s aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse
como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con
la cual desarrollaran competencias para relacionarse consigo mismo y con los
demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin
de alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar
decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre,
satisfactoria, responsable en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la
transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones
más justas democráticas y responsables.
10. Formación Integral: Es la manera de educar en la cual se actúa con la
finalidad de formar a la persona en todas sus dimensiones y conforme a todas las
necesidades que tiene como ser humano.
11. Honestidad: Obrar con autenticidad y sinceridad en todo momento y
circunstancia. Ser verídico y transparente en todas las acciones que realiza.
12. Moral: Conjunto de costumbres, creencias, valores y normas de una persona
o grupo social determinado que ofician de guía para el obrar.
13. Maltrato infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o
psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación,
incluidos los actos sexuales abusivos y el abuso sexual y en general toda forma de
violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes legales
o cualquier otra persona (Ley 1098/06).
14. Corresponsabilidad: Para los efectos del código de infancia y adolescencia,
se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones
conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los NNA. La familia, la
sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección.
15. Responsabilidad parental: Complemento de la patria potestad establecida en
la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado,
acompañamiento y crianza de los NNA durante su proceso de formación.
16. Sistema de responsabilidad penal para adolescentes: La Ley 1098 de
2006, o “Código de la Infancia y la Adolescencia”, consagra en su Libro Segundo
el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) como el conjunto
de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y
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entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de
delitos cometidos por personas que tengan entre 14 años y 18 años al momento
de cometer el hecho punible. La finalidad del SRPA en el desarrollo del proceso y
en las decisiones sancionatorias adoptadas es de carácter pedagógico, específico
y diferenciado respecto del sistema de adultos, garantizando la justicia
restaurativa, la verdad y la reparación del daño causado a la víctima. Así mismo,
contempla la Protección Integral como principio para el tratamiento de los NNA
con el fin de direccionar la acción y gestión Estatal (Ley 1098 de 2006).
17. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia,
de la sociedad y del Estado, formar a los Presencia de señales de riesgo en NNA
en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este
propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido
pedagógico.
18. Niño o niña o adolescente: Para efectos de la ley de Infancia y Adolescencia
se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y 12 años y por adolescente la
persona entre 12 y 18 años de edad.
19. Justicia restaurativa: Plantea la importancia de la reconciliación entre la
persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Se caracteriza por
centrarse en el futuro más que en el pasado , la garantía de la no repetición, y la
implementación de estrategias de participación de la comunidad como el diálogo
directo, la cultura del perdón y la reparación del daño causado (Uprimny & Saffón,
2005) citados en la Guía No.49, pág. 54)
19. Delito: Es toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal
colombiana. Para que ésta se considere tal, debe contener una norma y una
sanción. (Código Penal Colombiano). Toda aquella conducta (acción u omisión)
contraria al ordenamiento jurídico que tiene asignada una sanción, la misma que
debe ser típica, antijurídica y culpable.
3. MISION
Formar seres integrales, emprendedores, competentes y autónomos con
capacidad de liderar procesos de cambio basados en la espiritualidad y el
conocimiento de valores éticos y morales que potencialicen el desarrollo personal,
familiar y social.
4. VISION
En el 2026 la institución será reconocida a nivel local como el mejor
establecimiento formador con énfasis agroindustrial apoyado en avances
tecnológicos e innovadores acordes a las necesidades del entorno, con un
recurso humano comprometido en generar humano comprometido en generar
ciudadanos, críticos y visionarios.
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5. FILOSOFIA
Fundamentada en una concepción humanística, cristiana con valores éticos,
morales y espirituales basado en el respeto de los derechos humanos.
6. OBJETIVO GENERAL
Lograr la convivencia armónica y equitativa entre los miembros de la comunidad
educativa, el cumplimiento de los planes, programas, horario y demás actividades
curriculares de la Institución Educativa.
6.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Promover, garantizar y defender los Derechos Humanos, sexuales y
reproductivos de los estudiantes.
 Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes
pactadas por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de
manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas
que lo conforman.
 Fortalecer los procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de
solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
 Establecer un marco legal de derechos y deberes, estímulos, acciones
formativas y protocolos de atención.
 Fijar criterios de respeto, valoración y compromiso de los estamentos fuera y
dentro de la institución.
 Conocer con claridad los deberes, derechos, acciones formativas y protocolos
de atención de la comunidad educativa.
 Rescatar el sentido de pertenencia de las sedes que conforman la Institución
Educativa Los Laureles.
7. PERFILES LAURELINOS
7.1. El Directivo
El Directivo Docente debe caracterizarse así:
a. Su integridad, espiritualidad, cumplimiento y responsabilidad como modelo
ejemplar ante la comunidad.
b. Capacidad de liderazgo y competitividad para hacer cumplir normas, principios
y deberes del proyecto educativo institucional.
c. Capacidad de escucha, orientación, dirección y administración del proceso
educativo.
7.2. EL DOCENTE:
El Docente debe caracterizarse por:
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a. Defender y ser promotor de los derechos humanos, sexuales y reproductivos
de los NNA.
b. Ser persona idónea con gran sentido de pertenecía y responsabilidad.
c. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se
desempeñe.
d. Su formación en valores cristianos, éticos y morales.
e. Ser creativo, critico, investigativo y comunicativo.
f. Mantener interés por los avances científicos y tecnológicos.
g. Descubrir, motivar y cultivar el talento de sus estudiantes.
h. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros
de la comunidad educativa.
i. Construir el presente, visionando el futuro del nuevo milenio.
7.3. PERFIL DEL ESTUDIANTE
Nuestra Institución Educativa forma estudiantes responsables, respetuosos y
tolerantes, basados en valores cristianos, de sanas costumbres y
comportamientos éticos, para desempeñarse como personas de bien en el
ambiente familiar, educativo, social y cultural de la comunidad. Se desarrolla en el
estudiante su capacidad investigativa, analítica, critica y reflexiva que le permita
crear, innovar y transformar su entorno.
7.4. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS (Cafetería, vigilancia,
aseo, restaurante)
Son las personas que hacen parte de la Institución Educativa nombradas por
agentes externos del sector educativo, para el desarrollo de funciones específicas
en un área o servicio, con el fin de prestar un excelente servicio a la Institución.
Deben caracterizarse por:
a. Tener excelentes relaciones interpersonales, enmarcadas en la cordialidad y el
respeto por el otro, utilizar un lenguaje prudente, respetuoso y honesto.
b. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se
desempeñe.
c. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros
de la comunidad educativa.
8. FINES DE LA EDUCACIÓN
a. El desarrollo libre de la personalidad.
b. La formación, el respeto a la vida y a los derechos humanos.
c. Formación para participar en la toma de decisiones.
d. Formación en el respeto a la ley, a la patria y a la cultura nacional.
e. La adquisición de conocimientos científicos, técnicos y humanísticos.
f. Comprensión de la diversidad étnica y cultural, nacional y local.
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g. Acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica la cultura y la investigación.
h. Fomento al respeto de la soberanía.
i. Desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica.
j. Conciencia de conservación del medio ambiente.
k. Formar para el trabajo.
l. Formar para conservar la salud e higiene.
m. Formar personas para la sociedad, autónomas, creativas e investigativas
dispuestas al cambio.
9. DISPOSICIONES GENERALES
9.1. PROCESO DE ADMISIONES ESTUDIANTES
a. Para obtener la orden de matrícula estudiantes nuevos y antiguos: el padre,
madre de familia o en su defecto acudiente debe entregar autorización
autenticada por notaria del padre o madre a cargo del estudiante, quien será
el acudiente del estudiante, debe presentarse con el niño en la fecha señalada
y en horarios de oficina de la institución, para asumir formalmente la
responsabilidad que como padres o acudiente le compete la educación de sus
hijos.
b. Los estudiantes para grado preescolar debe cumplir con el rango mínimo de
edad de 5 años.
c. Todo estudiante de nuevo ingreso debe tener entrevista con el coordinador
académico y de disciplina y/o rectora acompañado de su acudiente, para
evaluar aspecto académicos y/o disciplinarios y ser inducido a la institución.
d. Aprobada la admisión académica y/o disciplinaria se procederá a entrevista
con Orientación escolar.
9.2. REQUISITOS DE MATRICULA
9.2.1. Alumnos nuevo ingreso
 Registro civil Legible
 Fotocopia de la tarjeta identidad (a partir de los 7 años) y/o cédula para
mayores de 18 años.
 Fotocopia del carné de vacunas (Hasta los 7 años)
 Presentar paz y salvo de libros, bienes escolares del colegio anterior
 Certificado de estudio original del año anterior para primaria y bachillerato
desde 5º de primaria.
 Copia con firma original de observador académico del alumno.
 Informe y/o diagnóstico previo de alguna condición especial del estudiante,
(comportamental, salud o cognitiva).
 Presentar la documentación requerida legible, en una carpeta con gancho
legajado.
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 Los estudiantes procedentes de una de las sedes de la Institución Educativa
Los Laureles, deben presentar su carpeta con cada uno de los documentos.
 Fotocopia del SISBEN actualizado
 Certificado de la EPS vigente
 Tres fotografías para documento
 Los estudiantes desplazados deben informar, fecha y lugar de
desplazamiento.
 Haber sido oficialmente admitidos.
9.3. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA
a. Se procederá a la verificación de los compromisos de acompañamiento
familiar, académicos, normativos y de convivencia del año que finaliza para la
ubicación del grado respectivo y/o negación de dicha renovación.
b. Actualización de datos y/o documentos.
c. Fotocopia del SISBEN actualizado
d. Certificado de la EPS vigente
e. Boletín del último periodo a la fecha de la matricula
f. Copia de la Tarjeta de identidad si cumplió los 7 años y/o cédula si cumplió los
18 años de edad.
Nota: Al matricularse el estudiante, padre de familia, o acudiente se compromete
mediante firma de acta de matrícula, a respetar y cumplir con las normas y
disposiciones establecidas en el manual de convivencia escolar, y responder por
los daños ocasionadas tanto en la institución como en los bienes de la misma.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Derechos de los Estudiantes
1. Recibir educación basada en valores y principios.
2. Ser tratado con respeto, sin discriminación de raza, religión, idioma, sexo o
edad.
3. Ser partícipes de los diferentes cambios y avances tecnológicos así como de
las diversas metodologías e innovaciones pedagógicas que intervienen en el
proceso educativo.
4. Conocer oportunamente los resultados de logros y dificultades mediante
observaciones, anotaciones de comportamiento y valoraciones registradas en
el boletín informativo.
5. Convivir en un ambiente escolar sano y agradable en el cual se le permita
desarrollar capacidades.
6. Ser estimulado en los aciertos y orientados en las dificultades.
7. Participar en las actividades conducentes al conocimiento, respeto,
conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico
nacional.
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8. A ser orientado en las normas y principios (Manual de Convivencia)
establecidos por la institución para facilitar la adecuada convivencia.
Deberes de los Estudiantes
1. Asumir los compromisos adquiridos al firmar la matrícula.
2. Presentarse puntualmente en forma debida a las clases y a todas las
actividades académicas y extracurriculares programadas por la Institución.
3. Llevar el uniforme exclusivamente dentro de la jornada escolar y abstenerse
de usarlo fuera de ella.
4. Portar adecuadamente el uniforme de forma sencilla, pulcra, ordenada dentro y
fuera de la institución educativa.
5. Portar el carné que lo identifica como miembro activo de la institución y
utilizarlo para los servicios que lo requiera.
6. Asumir el perfil LAURELINO, en la vivencia de la filosofía y en la participación
activa de la vida Institucional.
7. Respetar y valorar los símbolos patrios como expresión de pertenencia,
identidad y amor a la patria.
8. Participar con alegría y entusiasmo en los eventos deportivos y culturales,
evitando la violencia física y verbal.
9. Evitar portar elementos que distraigan o interrumpan las actividades educativas
dentro de la institución.
10.Evitar portar armas u otros materiales que atenten contra la integridad
personal y de sus compañeros.
11.Abstenerse de demostraciones de relaciones amorosas dentro de la institución
educativa.
12.Valorar y cuidar las pertenencias y bienes de los compañeros, del personal y
de la Institución en general.
13.Entregar al director de grupo o coordinador los objetos, pertenencias y dinero
extraviado; y en circunstancias especiales, permitir el control del contenido del
bolso o morral.
14.Presentar la autorización por escrito de los padres o acudiente, para hacer
parte de un grupo deportivo, cultural, o lúdico, y para retirarse, hacer lo mismo.
15.Seguir el conducto regular para la solución de dificultades e inquietudes
personales o grupales tanto académicas como de comportamientos sociales.
16.Corregir las actitudes según las observaciones y sugerencias que se le hagan
en el observador y personalmente.
17.Respetar y tolerar la opinión del otro. Aceptar y respetar el consenso en la
toma de las decisiones.
18.Presentar a tiempo excusas, autorizaciones, permisos, y solicitudes por escrito
de manera pulcra y respetuosa y debidamente firmada por los padres.
19.Diligenciar el debido permiso, con la autorización por escrito por parte de los
padres o acudientes, en coordinación, para ausentarse de la Institución antes
de finalizar la jornada escolar.
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20.Respetar su integridad y la de sus compañeros, asumiendo comportamientos
que defienda la vida y la dignidad de todos los miembros de la comunidad
educativa.
21.Dar uso adecuado a parlantes, tablets, celulares, MP3, Ipod, Smartphone,
computador, y otros elementos, cumpliendo la norma con relación a lugares y
tiempos que señala la Institución.
22.Responder por los daños ocasionados voluntaria e involuntariamente a los
bienes del colegio, de sus compañeros, docentes o personal de la Institución.
23.Representar dignamente a la Institución en encuentros deportivos, culturales y
académicos, usando adecuadamente sus uniformes y distintivos propios.
24.Conocer y cumplir en forma responsable las normas contenidas en el manual
de convivencia escolar.
25.Colaborar con el orden y limpieza del salón de clase y de la Institución en
general.
26.Actuar con honestidad y rectitud evitando el fraude, la compra de trabajos,
alteraciones y suplantaciones de firmas, notas, excusa, permisos, talleres e
informes.
27.Justificar debidamente la ausencia a clase estando en la institución.
28.Asistir con regularidad y puntualidad a las actividades diarias de índole escolar
y extraescolar.
29.Cumplir con la totalidad de sus tareas e interesarse por obtener los logros
académicos y superar las dificultades.
30.Comportarse debidamente dentro y fuera del plantel y cuidar de su
presentación personal.
31.Dar un trato respetuoso a sus compañeros y superiores y especial a los más
pequeños, sin emplear malas palabras, apodos u ofender de palabras o
acción, utilizando el diálogo en la solución de problemas presentados.
32.Cumplir y colaborar con las actividades asignadas en la escuela en pro del
bienestar general.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia o acudientes de los estudiantes, mediante la firma personal
del contrato de matrícula, adquieren un compromiso con la Institución, razón por la
cual los Padres de Familia están sujetos a derechos y deberes.
Como padres de familia, son parte fundamental en el proceso de formación de sus
hijos. Son quienes libremente escogen la Institución que les ayudará a
complementar la formación que iniciaron en el hogar; por ello, la comunicación
debe ser permanente para que entre unos y otros se logren los resultados que se
buscan de una manera eficaz.
Nota: En el caso de padres separados, el padre de familia que tiene la custodia del
estudiante, prevalece ante la persona que matriculo al estudiante. Es necesaria la
tenencia del documento actualizado para poder apelar a sus derechos.
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Así mismo en el caso que sea el ICBF o Comisaria de familia, quien tenga al
estudiante por restitución de derechos, prevalece ante la persona que matriculo al
estudiante. Es necesaria que dicha institución o persona sustituta a cargo presente
la tenencia del documento actualizado para entregarle la documentación e
información del estudiante.
Derechos de los Padres de Familia
1. Conocer y cumplir las normas establecidas en el manual de convivencia
escolar.
2. Recibir un trato digno sin discriminación de raza, sexo, religión, o condición
social.
3. Ser escuchados y expresar opiniones frente a los diferentes proyectos
programas que se desarrollen en el plantel, así como manifestar sus
inconformidades en forma respetuosa y siguiendo los conductos regulares.
4. Recibir información oportuna sobre los procesos y los resultados en logros,
dificultades y comportamiento de sus hijos.
5. Participar y vincularse activamente en todas las actividades programadas
en el plantel.
6. Tener acceso a la Orientación Escolar.
7. Aportar a la solución de problemas y dificultades en el proceso formativo
de sus hijos, acorde al Manual de Convivencia.
8. Recibir apoyo en los procesos formativos de sus hijos, mediante asesorías
y talleres dados en los diferentes programas implementados en la
Institución.
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. Desarrollar oportunamente el proceso de matrícula según los requisitos y
normas estipuladas.
2. Leer y analizar el manual de convivencia escolar.
3. Apropiarse de manera responsable en los proyectos participando
activamente en las actividades aprobadas con anterioridad.
4. Responsabilizarse de la buena presentación de sus hijos, la llegada
puntual, la asistencia y cumplimiento de sus obligaciones.
5. Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la
Institución educativa y, atender a las citaciones que realicen los diferentes
estamentos, de lo contrario, justificar oportunamente y por escrito, las
causas que le impida su asistencia.
6. Brindar aportes, sugerencias y acciones que permitan el mejoramiento y
buen desarrollo de la institución.
7. Acompañar adecuadamente el proceso de formación integral y velar por el
cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, dentro y fuera de
la Institución, como primeros educadores, para mejorar la orientación
personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
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8. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades de la
Institución Educativa, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre
otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, conducta suicida,
tráfico o consumo de sustancias psicoactivas. En caso de no recibir pronta
respuesta acudir a las autoridades competentes.
9. Responder por los daños que su hijo(a) haya ocasionado contra algún bien
de la institución.
10.Informar por escrito el retiro o ausencia de su hijo(a) durante la jornada
escolar.
11.Dirigirse de manera cordial y respetuosa a cualquier miembro de la
Institución Educativa, sea de forma verbal o escrita y respetar siempre el
conducto regular.
12.Hacer llegar a la Institución las incapacidades – certificaciones médicas o
carta explicativa de la calamidad domestica con el soporte respectivo en
caso de inasistencia de su hijo.
13.Proveer a sus hijos de los uniformes, útiles y materiales necesarios para el
proceso académico. Teniendo presente los recursos de familias en acción
para su sustento.
14.Autorizar a la Institución educativa Los Laureles la posibilidad de utilizar
fotografías o imágenes de sus hijos, para los diferentes medios de
comunicación, preservando el respeto y el buen nombre de ellos.
15.Vigilar el aseo personal de los estudiantes, para prevenir enfermedades:
Se recomienda que duerma por lo menos 8 horas diarias, baño diario,
cepillado de dientes tres veces al día, corta las uñas, cabello y revisarles
para la prevención de la pediculosis.
16.Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen
confianza, escucha, ternura, cuidado y protección de si y de su entorno
físico, social y ambiental.
17.Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que
promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos sexuales y
reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de
vida saludable.
18.Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las
instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional.
19.Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de
convencía y responder cuando su hijo incumpla en alguna de las normas
allí definidas.
20.Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso
de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las
instrucciones impartidas en el manual de convivencia.
21.Acudir a la Institución con buena presentación personal. (No se permite la
entrada en chanclas, chores o minifaldas).
Proceso a los Padres de Familia que incumplan con los Deberes:
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1. Llamado de atención dos veces (2).
2. En caso de incumplimiento de dichos deberes los padres de familia serán
reportados al ICBF, comisaria de familia o Personería, quienes son los
encargados de tomar estos casos y ejecutar los correctivos.
DERECHOS DE LOS DOCENTES
1. Ser respetado sin discriminación de religión, raza o política que atente en
contra de su honra y dignidad.
2. Recibir la oportuna capacitación que le permita poner en práctica los diferentes
avances y metodologías pedagógicas que contribuyan al mejoramiento de su
calidad profesional.
3. Ser autónomo en el desarrollo de los procesos pedagógicos acordes con la
filosofía, misión y visión del plantel.
4. Disponer de las mismas condiciones de higiene y aseo, así como las
utilizaciones de recursos didácticos muebles y enseres, que se encuentren en
la institución.
5. Gozar de un trato cordial, amable y agradable, por parte de los padres,
estudiantes y demás integrantes de la comunidad.
6. Expresar opiniones y ser escuchados mediante la vinculación y participación
en consejos y organizaciones institucionales.
DEBERES DE LOS DOCENTES
1. Conocer y dar cumplimiento a las normas establecidas en el manual de
convivencia escolar.
2. Fomentar valores morales, éticos, cívicos, religiosos y culturales que conlleven
a la convivencia pacífica de la comunidad.
3. Procura la capacitación y actualización constante que le permitan mejorar su
desempeño profesional.
4. Cumplir responsablemente con su jornada laboral y los diferentes compromisos
y actividades desarrolladas en la institución.
5. Brindar información oportuna a los padres de familia, sobre el rendimiento
académico y comportamiento de los estudiantes.
6. Informar periódicamente a los estudiantes de sus logros, dificultades y
resultados de las evaluaciones desarrolladas por los estudiantes.
7. Brindar un trato respetuoso, justo y cortes a los estudiantes, padres de familia
y demás personas de la institución, atender a los padres de familia en los
horarios establecidos.
8. Dar un trato cortes a sus compañeros y compartir sus tareas con espíritu de
solidaridad y unidad de propósito.
9. Exigir puntualidad, uso correcto del uniforme, buena presentación personal,
orden y respeto en alas clases y demás a actividades que estén a su cargo.
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10.Velar por el bienestar emocional de los estudiantes e informar oportunamente
cuando tenga conocimiento de algún tipo Maltrato: físico, verbal, psicológico,
negligencia, descuido, abandono físico, abuso, agresión o explotación
sexual. Conducta suicida, tráfico o consumo de sustancias psicoactivas.
11.Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva o comercial con los
estudiantes y los padres de familia.
12.En el Sistema de Nacional de convivencia escolar y formación para los
derechos humanos, la educación para sexualidad y la prevención y la
mitigación de la violencia escolar, tendrán las siguientes responsabilidades:
13.Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar,
violencia e escolar y vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que
afecte a los estudiantes de la institución, acorde a los artículos 11 y 12
dela ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de
convencía y con los protocolos definidos en la ruta de atención integral para la
convencía escolar. Si la situación de intimidación de la que tiene conocimiento
se hace a través de los medios electrónicos igualmente se deberá reportar al
comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
14.Evitar el uso del celular en horas de clase, actos cívicos, culturales, religiosos
y formativos que se desarrollen en la Institución.
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE
SERVICIOS
1. Ser escuchado oportunamente por los directivos de la IE en las dificultades
presentadas por alguna persona de la comunidad educativa.
2. Recibir y brindar un trato justo, respetuoso y cordial por parte de toda la
comunidad educativa.
3. Escuchar sugerencias e inquietudes de la comunidad educativa.
4. Informa oportunamente cuando tenga conocimiento de cualquier situación que
atente contra algún miembro de la comunidad educativa.
5. Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva, comercial o en
redes sociales con los estudiantes y/o padres de familia.
ESTIMULACIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
1. ESTIMULOS
Los estudiantes recibirán estímulos y reconocimientos especiales, por su buen
rendimiento y superación académica, espíritu de investigación, compañerismo,
buen comportamiento, aportar a la sana convivencia, participación en actividades
escolares y por representar digna y respetuosamente a la institución en eventos
deportivos, sociales y culturales.
 Izar el pabellón nacional.
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 Representar a la institución en eventos deportivos y culturales a nivel local,
regional, departamental o nacional.
 Condecoraciones, estímulos verbales, diplomas, menciones de honor y
registros en cuadernos, observador y boletines.
 Distinciones ante la comunidad educativa.
PRINCIPIOS RECTORES
Conducto Regular
Con el fin de favorecer la comunicación y la solución pertinente de las dificultades
encontradas es necesario que docentes, padres de familia y estudiantes sigan
estrictamente el conducto regular propuesto, fortaleciendo el dialogo como medio
para construir una Convivencia Escolar compartida.
a) Estudiante – Docente
b) Estudiante – Docente - Director de grupo
c) Coordinador – Padre de familia
d) Coordinador – Consejo de convivencia- consejo académico
e) Rectora
f) Consejo directivo
2. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
Se constituye el comité de convivencia escolar avalado por el Consejo Directivo de
la Institución Educativa mediante acta del día 20 marzo de 2014 así:
Presidente, Coordinador, Docente Orientador, Representante de consejo de
madres de familia, Representantes consejo de Docentes, Representante consejo
de Estudiantes y Personero.
Debido Proceso: De acuerdo con las situaciones presentadas se llevara a cabo
el debido proceso de la siguiente manera:
a) Llamado de atención Verbal formativo en privado.
b) Apertura de acta comportamental.
c) Acción formativa.
d) Reserva del derecho admisión y perdida de cupo. ( Ley general de educación,
articulo 96).
e) Cancelación Matricula. ( Ley general de educación, articulo 96).
f) No proclamación en el acto de graduación para los estudiantes de grado once
Parágrafo: Todo estudiante tiene derecho a ser escuchado y presentar
explicaciones.
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Acción Formativa
1. Amonestación en privado
2. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializar en el
grupo.
3. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la
Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el
coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y
no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades).
4. Recibir atención psicopedagógica, psicológica o especializada externa si lo
amerita, presentar la constancia del mismo ante coordinación.
5. Retener los elementos que afecten el normal comportamiento, estos serán
devueltos a sus padres en entrega de boletines.
6. No participar con el grupo en el desarrollo de una actividad programada
7. Reflexionar en familia sobre la falta y presentarlo al grupo con base a la
estrategia formativa propuesta de común acuerdo con coordinación.
8. Presentar excusas públicas cuando la falta lo amerite.
Nota: Las sanciones deben entenderse como la consecuencia lógica de un
comportamiento que la comunidad educativa Laurelina y el estado han
determinado como negativo para las personas y para la sana convivencia.
FALTAS LEVES
1. Falta leve: Es todo tipo de comportamiento o conducta que se produce por no
cumplir con las normas básicas de convivencia, responsabilidad y
comportamiento, aunque no atentan gravemente contra los valores que la
institución propicia y no ocasionan graves traumatismos en el proceso educativo,
deben ser corregidas para favorecer el desarrollo integral y bienestar del
Estudiante.
a) Llegar tarde al colegio o ingreso tarde al aula de clase.
b) Inasistencia a clases sin justificación escrita.
c) Presentarse a la institución con el uniforme que no corresponde.
d) Utilización de vocabulario soez y modales inadecuados. Se entiende como
tales aquellos que no sean acordes con la dignidad, decencia y rectitud del
estudiante Laurelino o que ofendan ultrajen en alguna manera la institución o a
cualquier persona con la que establezca relación.
e) Interrupción de las actividades académicas mediante actuaciones que impidan
su normal desarrollo, como indisciplina, ausencia injustificada y no autorizada o
realización de actividades inadecuadas con el proceso de enseñanza –
aprendizaje tales como realización de lecturas ajenas al área o ejecución de
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actividades reservados para el tiempo de descanso (uso del celular, ipod,
cámaras fotográficas, cama de video, entre otros.)
f) Usar los uniformes inadecuadamente en los días que no corresponde según el
horario.
g) Utilizar elemento de adorno como tintes, piercings, narigueras, tatuajes,
maquillajes, tono de esmalte, accesorios y prendas que no corresponden o
desmejoran el uniforme y los distintivos de la Institución.
h) Desacato a las instrucciones e indicaciones de los educadores o cualquier
autoridad de la Institución.
i) No esperar al profesor en el aula de clase, guardando el respectivo orden.
j) No presentar trabajo y tareas en el tiempo estipulado.
k) Manifestar comportamientos inadecuados (gritar, empujar, irrespetar el turno)
en el momento de comprar en la cafetería, al almorzar en el restaurante
escolar o al recibir la ración industrializada.
l) Incumplir con los compromisos adquiridos en actividades artísticas, culturales y
deportivas que representen a la Institución en actos públicos.
m) Hacer negocios o actividades comerciales con cualquiera de los miembros de
la comunidad educativa.
n) No acogerse al reglamento propio de la cafetería, sala de informática, sala de
profesores y restaurante escolar.
o) Masticar chicle y/o ingerir alimentos o bebidas o golosinas en clase o durante
la realización de eventos en la institución.
p) Llegar hasta tres (3) veces tarde a la institución al iniciar la Jornada Escolar, en
cualquier época del año.
PARAGRAFO 1: La existencia de tres amonestaciones escritas en el proceso
formativo, por faltas leves iguales o diferentes, constituye una falta grave
PARAGRAFO 2: Si la falta leve la detecta un miembro de la comunidad diferente
al docente, la reporta directamente al coordinador quien inicia el procedimiento a
faltas leves.
Debido Proceso para Faltas Leves. Las faltas leves cometidas en las actividades
de la Institución serán tratadas directamente por el profesor conocedor de la falta
o por el director de grupo (en su orden). Estas se registran en el Diario Campo, en
el cual se deja constancia de la falta cometida y de la fecha. El estudiante debe
leer, presentar sus descargos si fuera pertinente, y firmar como constancia.
Cuando es observada por otro miembro de la Comunidad Educativa, el
procedimiento a seguir es el mismo y el director de grupo lee el reporte al
estudiante para que presente sus descargos si es necesario, firme y quede la
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constancia. Las faltas leves deberán ser resueltas dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. Las decisiones tomadas por el
director de grupo podrán ser apeladas en segunda instancia ante el coordinador.
Acciones formativas para las Faltas Leves. Las acciones formativas para las
faltas leves, dependiendo de la gravedad de la conducta, de las consecuencias
generadas por la misma y a juicio de quien conozca el caso, entre otras, son:
a) Reflexión sobre la situación del impase e invitación a la modificación actitudinal
del estudiante. Llamado de atención verbal con intención formativa e invitación
a la reflexión y el cambio positivo en la conducta. Registro en el diario de
campo.
b) Dialogo con el director de grupo y búsqueda de la solución o resarcimiento de
la situación presentada cuando involucre a otra persona o grupo de personas.
c) Llamado de atención por escrito en el observador implicaciones en el
comportamiento escolar, e informe a los padres de familia o acudientes
correspondientes.
d) Asignación de labores de carácter pedagógico como elaboración de escritos o
carteleras que refuercen la conducta positiva que debe ser observada o refleje
la ejecución de una reflexión sobre el comportamiento equivocado que debe
ser corregido.
e) Realización de actividades o campañas educativas dirigidas a los compañeros
de clase, relacionadas con el valor que debe cultivarse para corregir el
comportamiento equivocado que debe ser corregido.
f) Realización de trabajos en asocio con los padres de familia, que evidencien la
reflexión en torno a la falta cometida y la conducta que hacia futuro debe
asumirse.
Faltas Graves: Es todo tipo de comportamiento o conducta que atenta contra los
valores fundamentales propiciados por la Institución, ocasionan un daño a la
armonía institucional, lesionando los principios del Manual de Convivencia y
buena marcha de las labores formativas.
1. Que se representen de manera repetida o sistemática.
2. Que causen daños al cuerpo a o la salud sin generar incapacidad alguna para
el involucrado.
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a) Reiteración de faltas leves
b) Desacato al manual de convivencia y a las directrices y orientaciones dadas
por las distintas instancias de la Institución.
c) Irrespeto de palabra o de obra por acción o por omisión a los símbolos patrios,
a los símbolos religiosos y los símbolos del colegio.
d) Agresión física, verbal y/o amenaza contra cualquier persona, empleados o
compañeros dentro de la Institución o fuera de él de manera personal o a
través de cualquier medio de comunicación directo a masivo, de forma directa
o indirecta, e incluso interpuestas por otra persona.
e) Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma.
f) Denigrar o agredir física y/o moralmente a las personas que conforman la
comunidad educativa: pasquines, dibujos, palabras soeces, faltarles al respeto,
tener actitudes de burla o asignar cualquier tipo de apodo. Cualquier conducta
intimidatoria, forma de matonea o bullying que busque mantener control o
someter a otro estudiante. (Situacion tipo II).
g) Sabotear gravemente las clases y las actividades de la comunidad educativa
(gritos, puños, manoteo, puntapiés, apodos).
h) Observar un mal comportamiento en la calle y lugares públicos que desdigas
de la dignidad y buenas maneras que debe observar todo estudiante Laurelino
dentro y fuera de la institución.
i) Falsificar la firma de los padres cuando se les envía una nota o evaluación.
j) Vestir el uniforme inapropiadamente en sitios públicos diferentes del Colegio y
en horas extra clase, salvo en ocasiones que se asista a actividades
programadas por la institución.
k) Manifestar caricias (besos, abrazos y actitudes propias de noviazgo), dentro
de la institución.
l) El manejo inadecuando de las redes sociales.
m) Crear falsas alarmas tendientes a provocar desorden o pánico colectivo.
n) Protagonizar y/o participar en desordenes y saboteos a las clases u otras
actividades que programe le colegio.
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o) Entorpecer o impedir la comunicación entre la educación educativa, los padres
de familia y/o el acudiente del estudiante.
p) Ausentarse del aula de clase sin la debida autorización del docente estando
dentro de la institución.
q) Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la
comunidad educativa.
r) Atentar contra el patrimonio, cultural y ecológico de la institución, y el uso
racional de los servicios públicos.
s) Rayar o dañar carteleras, paredes, tableros, techos, silletería, lanzar objetos a
los ventiladores, Lanzar patadas a las puertas, rayar o pararse en los
pupitres y espacios en general de la institución.
t) Mentir para encubrir faltas ajenas y/o propias.
u) Salir para el colegio y no llegar a él o ausentarse de la institución sin la debida
autorización de sus acudientes.
v) Dar información falsa a los docentes y directivos.
w) Presentar un comportamiento inadecuado durante las actividades deportivas,
Convivencias, salidas pedagógicas, salidas de proyección social, entre otras,
deteriorando el buen nombre de la institución.
x) Hurtar, esconder y/o destruir los, bolsos, morrales, loncheras, cuadernos,
trabajos y objetos personales de los compañeros y personal de la institución.
y) Bromas pesadas que perjudiquen a cualquier persona de la comunidad
educativa.
z) Mostrar rebeldía o desacato persistente a las normas de convivencia o ante los
llamados de atención.
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aa)Ocultar las faltas graves de los compañeros, o tratar de entorpecer una
investigación que se adelante por parte de cualquier superior
bb) Actuar con violencia o altanería en los eventos deportivos y culturales,
incluso en las barras.
cc)Reclamar en forma descortés y agresiva, por fuera de los principios de la
adecuada convivencia, a cualquier otro integrante de la Comunidad Educativa
dd) Hacer uso inadecuado de los muebles y equipos y planta física de la
institución.
ee)Usar los medios masivos de comunicación para denigrar a la institución y a
cualquier miembro de la comunidad educativa
ff) Disponer del dinero q no le pertenece o que sea del curso
gg) Incumplimiento con los compromisos académicos o de convivencia.
hh) Llegar cuatro (4) veces tarde a la institución al iniciar la jornada escolar, en
cualquier época del año.
ii) Después de (4) llegadas tarde a la institución el estudiante se de presentar con
su acudiente.
jj) Participar en actos relacionados con: amenazas o agresiones (orales,
telefónicas, escritas o electrónicas), a cualquier miembro de la comunidad
educativa, especialmente a los compañeros de curso.
kk) Tener actitudes desafiantes, amenazantes, burlonas y de desacato frente a las
observaciones de docentes, directivos, o cualquier otro miembro de la
comunidad educativa.
ll) Falsificar firmas, alterar las notas y planillas, certificaciones de estudio, fichas
del observador, libros de calificaciones, excusas, autorizaciones y permisos.
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PARAGRAFO 1: Todas estas faltas graves deben consignarse con el observador
del estudiante y darse a conocer a la familia.
PARAGRAFO 2: La utilización de los objetos electrónicos en momentos
inadecuados, da como sanción el decomiso del aparato y este será devuelto al
padre de familia o acudiente autorizado en la entrega de boletines por el
coordinador.
PARAGRAFO 3: La Institución Educativa, no se hará responsable por la pérdida o
daño de ningún objeto de valor traído a la institución. La responsabilidad recae
directamente en quien los porte o su propietario.
PARAGRAFO 4: Uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales.
Las siguientes disposiciones aplican para aquellos estudiantes que traen celular a
la Institución.
A. No se permiten el uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales al
interior de las aulas. Estos deben permanecer apagados y guardados
durante las clases y en los espacios de reuniones.
B. Solo se podrán utilizar durante el tiempo de los descansos.
C. No se autoriza el porte de dichos dispositivos en las convivencias,
encuentros formativos programados por la Institución. La persona
responsable de la actividad será la encargada de reportar alguna
eventualidad que se presente..
D. Solo en casos urgentes o situaciones especiales, con previa autorización de
rectoría o coordinación el estudiante podrá hacer uso del teléfono en
momentos diferentes a los descansos.
E. Si el estudiante no acata a este reglamento incurre en falta grave (según
clasificación de faltas en el manual de convivencia) y se la aplica el
procedimiento para dichas faltas. Además se le decomisara el dispositivo y
será entregado a sus padres o acudiente a finalizar periodo.
F. La reincidencia en el mal uso del celular puede ocasionar la perdida de este
derecho.
G. Para los estudiantes de preescolar y primaria no está permitido el porte y
uso de ningún dispositivo electrónico y digital.
H. El estudiante que después de haberle decomisado el celular reincide
nuevamente, pierde el derecho al uso del celular dentro de la institución.
I. El grado que no acate las normas del uso del celular dentro del aula de
clase, les queda prohibido traerlo a la institución.
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El colegio asume la responsabilidad de comunicación con las familias en los
casos que ameriten comunicación inmediata (coordinación, administración,
rectoría).
Debido proceso para las faltas graves. Las faltas graves serán tratadas de la
siguiente manera:
1. El profesor que tenga conocimiento de una falta grave debe abordar y
confrontar directamente al estudiante implicado para aclarar todos los
detalles antes de diligenciar el registro de la falta en el observador; luego
debe presentarle su versión y solicitar al estudiante que igualmente exprese
su punto de vista sobre lo ocurrido y su respectivo descargo y firme; este a
su vez informara verbalmente al respectivo director de grupo. Cuando la
falta es informada por alguien distinto a un profesor, este debe informa a
coordinación de disciplina, quien comunica al director de grupo para la
confrontación y el registro de la misma. La situación debe quedar
completamente aclarada antes de pasar a la siguiente instancia:
coordinación de disciplina.
2. Tan pronto como se inicie un proceso por falta grave a un estudiante, este
será conocido por coordinación de disciplina, quien revisa el proceso y
asigna la sanción de acuerdo con las acciones formativas para estas faltas.
3. Finalmente el coordinador de disciplina notifica al acudiente la decisión
tomada y queda constancia escrita en el observador.
4. La instancia de apelación en caso de faltas graves, será el comité de
convivencia.
PARÁGRAFO: Las faltas graves deberán ser resueltas dentro de los 10 días
hábiles siguientes a la fecha en que se inicie el proceso.
Acciones formativas para las faltas graves. Las acciones formativas para las
faltas graves son:
a. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializarla ante sus
compañeros.
9. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la
Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el
coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y
no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades).
b. Recibir tratamiento psicológico (o lo recomendado para el caso) y presentar la
constancia del mismo a rectoría.
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c. Suspensión del estudiante de sus actividades académicas por un día, a través
de resolución rectoral. El estudiante asistirá al colegio a realizar las actividades
propuestas.
d. Desarrollar un taller sobre el cuidado del entorno y reparar o pagar si hubo
daño a muebles y enseres.
e. Ser suspendido de una actividad programada por el colegio: cultural, deportiva,
social, salida pedagógica, entre otras.
f. Firmar acta comportamental para el mejoramiento de la normatividad para ser
cumplida durante el resto del año escolar, después de cometida falta. En caso
de renovación de la matrícula para el año lectivo siguiente, se podrá prologar el
compromiso de permanencia de acuerdo con la decisión de la comisión de
evaluación y promoción. Este compromiso debe ser firmado por el estudiante y
sus padres, por el director de grupo y el coordinador.
g. Presentar excusa y resarcir los efectos de su conducta con la persona
afectada.
h. Para estudiante de grado undécimo, la no proclamación en ceremonia de
graduación de los bachilleres.
Faltas de especial gravedad:
1. Falta de especial gravedad: Es todo tipo de comportamiento, conducta o
actitud que perturba gravemente la armonía institucional y supone el
desconocimiento de los valores éticos y morales que rigen nuestra sociedad y
los que sustentan el manual de convivencia, y/o son considerados delitos en la
legislación colombiana.
a. Ser reincidente en falta grave
b. Llegar tarde 10 veces a la institución al iniciar la jornada escolar en cualquier
época del año.
c. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos u objetos con los que se pueda
atentar contra la integridad física de los demás.
d. Ingresar, ingerir, inducir, consumir, usar o vender sustancias psicoactivas
(como cocaína, marihuana, éxtasis ente otras) o bebidas alcohólicas dentro y
fuera de la institución.
e. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas.
f. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, o a la misma
institución a través de los medios virtuales (redes sociales, blogs, páginas de
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internet, chat entre otros) alterando, cambiando o manipulando fotos, videos,
nombres o información.
g. Planear, liderar, estimular apoyar o participar en actos de vandalismo u otro
tipo de conductas violentas dentro de la institución, que afecte la integridad
física, social y psicológica de las personas.
h. Participar en daños o escritos que causen deterioro a la planta física de la
institución.
i. Sustraer o apropiarse indebidamente de dinero u objetos pertenecientes a
compañeros del colegio o a los otros miembros de la comunidad educativa.
j. Acosar, provocar, abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
k. Cometer cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho
fundamental de la vida.
l. Falsificar firmas, alterar libros y registros de calificaciones y documentos de
cualquier tipo.
m. Suplantar a compañeros o hacerse suplantar para evadir responsabilidades
disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico.
n. Elaborar, exhibir o distribuir a cualquier título material de contenido inmoral
ofensivo o pornográfico.
o. Inducir premeditadamente a otros miembros de la comunidad educativa a
cometer faltas de especial gravedad.
p. Participar o inducir al estudio o experimentación de fenómenos
parapsicológicos, satanismo, prácticas de magia, espiritismo y otros análogos
q. Cometer acoso escolar, bullying (amenazas, chantaje, soborno, venganza,
boleteo, burla, abuso, atropello, intimidación) contra los compañeros o algún
miembro de la comunidad educativa.
r. Hacer bromas pesadas y/o juegos bruscos que atenten contra la salud o la
integridad física de cualquier persona de la comunidad educativa.
s. Hurtar, esconder, alterar o destruir material de apoyo pedagógico de los
docentes.
t. Violar la intimidad personal mediante actos, conductas, acciones o
circunstancias arbitrarias que afecten su dignidad o la de los otros (se
sustentan en el art. 33 ley 1098 de 2006).
u. Grabar, filmar, fotografiar a docentes de la comunidad educativa con el fin de
evidenciar situaciones particulares.
v. Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o cualquier miembro
de la institución.
w. Indisciplina permanente y reiterativa.
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x. Falta de comedimiento para atender las observaciones. Tener actitudes
desafiante, burlonas o de autosuficiencia frente a las amonestaciones de los
profesores.
y. Cuando llegue a la Institución y sale de el en forma fraudulenta saltando muros
y rejas.
z. Suplantar la firma de los padres, docente o compañeros en las excusas,
permisos, circulares y registro normativos.
aa.Hacer fraude, plagio, y/o copia en la presentación de evaluaciones, prueba,
exámenes, trabajos y demás responsabilidades individuales que merecen
rectitud, transparencia y honestidad.
bb.Comprometer al colegio con su mal comportamiento social dentro o fuera de él.
cc. Todos aquellos actos graves a juicio del comité de convivencia.
dd.Utilizar inadecuadamente el servicio de los computadores e internet.
PARÁGRAFO 1. La reiteración en la comisión de una falta grave, o la comisión de
varias faltas graves que den lugar a un único proceso disciplinario, será
considerada falta gravísima.
PARÁGRAFO 2. Pueden considerarse como falta gravísima a juicio del rector o de
la comisión de convivencia, la comisión de una falta grave enmarcada por
circunstancias agravantes.
PARÁGRAFO 3. En el presente manual no podrán estar dirimidas todas las faltas
que se presentan en la institución. Las situaciones y la clasificación de estas se
determinarán desde la institución teniendo en cuenta las circunstancias y
consecuencias de la acción.
Debido proceso para faltas de especial gravedad: El debido proceso para faltas
de especial gravedad es el siguiente:
a. Las faltas de especial gravedad serán tratadas de igual manera que las
faltas graves en el momento en que se confirma la falta y coordinación de
disciplina revisa el proceso.
b. Coordinación cita al acudiente del estudiante implicado para informar sobre
el hecho ocurrido y el proceso que se debe seguir.
c. Posteriormente se convoca el comité de convivencia para analizar el caso y
sugerir la sanción. Una vez determinada la sanción Coordinación informa a los
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acudientes la respectiva sanción y se deja constancia en el observador. Si se
considera que la estrategia debe ser la cancelación de la matrícula, se remite el
caso a rectoría quien determinara con resolución rectoral la sanción.
PARÁGRAFO 1. La instancia de apelación será la rectoría o el consejo directivo
de la institución en el caso de las decisiones tomadas por faltas de especial
gravedad.
PARÁGRAFO 2. Las faltas de especial gravedad deberán ser resueltas dentro de
los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso.
Sanciones para las faltas de especial gravedad: Cuando la falta es
especialmente grave y no tiene causales de atenuación se podrá elegir entre estas
opciones:
a. Compromiso del estudiante que se firma cuando se considere que la falta
permite una última oportunidad sin deteriorar en él el sentido de la norma ni se
convierta en un mensaje nocivo para la comunidad educativa. El cumplimiento de
alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar su exclusión
de la Institución.
b. Exclusión del colegio: El análisis de la falta también puede ocasionar las
exclusión del estudiante de la Institución en cualquier época del año escolar,
decisión que corresponde a la rectoría, la cual se notificara mediante resolución al
estudiante y a sus padres o acudientes. Es responsabilidad de la Institución para
toda falta que amerite la exclusión inmediata, a la cual se le haya hecho el debido
proceso, dejar constancia en el observador.
c. La renovación del cupo para el año siguiente: Esta decisión se notificará por
escrito al estudiante y a sus padres o acudientes a través de coordinación.
d. Desescolarización. Para aquellos estudiantes que cometen una falta de
especial gravedad, la rectora podrá concederles el beneficio de la
desescolarización, para que concluyan las actividades académicas y terminadas
estas, no se les renovará el cupo.
e. La no proclamación como bachiller. Para los estuantes de undécimo grado
que cometan faltas de especial gravedad se les podrá sancionar con la no
proclamación como bachilleres (acto protocolario) y el diploma se entregara en la
administración.
PARÁGRAFO 1. Se deja claramente establecido que en fallo de tutela la corte
constitucional aclaro que la falta de rendimiento académico, la indisciplina
reiterada, la ausencia y falta de compromiso en la Institución, el atentado grave
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contra la honra y bienes de la institución o integrantes de la comunidad educativa,
entre otros factores que se vulneran la buena marcha institucional o la convivencia
armónica pueden ser razones suficientes para que un estudiante sea retirado o
rechazado en el establecimiento educativo (Sentencias C-386 de 1994, T-493 de
1992 y SC-555 de 1994).
PARÁGRAFO 2: En caso de retiro del estudiante de la Institución, cualquiera que
sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente entregar paz y salvo firmar
en la secretaria la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el
carnet estudiantil.
PARÁGRAFO 3: La institución educativa a través del representante legal de la
Institución dará traslado a las autoridades competentes de las conductas en que
incurra cualquiera de los estudiantes de la institución que puedan configurar la
transgresión a cualquier norma jurídica vigente del orden Municipal,
Departamental o Nacional, en especial aquellas que violen los códigos de Policía o
el código penal Colombiano. De la misma manera hará conocer de las instancias
competentes aquellas conductas donde estén involucrados o afectados varios
estudiantes que aparezcan descritas en el código de la infancia y adolescencia.
Circunstancias atenuantes o agravantes. Se consideran como circunstancia
que atenúan o eximen la responsabilidad el estudiante, de una falta o infracción
las siguientes:
ATENUANTES
a. Su edad, desarrollo psicoactivo y evolutivo.
b. Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
c. Confesar la falta oportunamente.
d. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el
estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional fuera de la
institución.
e. Haber sido inducido a cometer la falta por un mayor de edad.
f. Cometer la falta en estado de alteración motivado por circunstancia que le
causan dolor psíquico o físico.
g. Procurar a iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio
causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.
AGRAVANTES
a. Reincidencia en las faltas
b. Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.
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c. Haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la
falta.
d. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una
falta.
e. Cometer una falta a nivel individual o con la complicidad de otras personas
y, con pleno conocimiento de sus efectos dañosos.
f.No admitir la responsabilidad o atribuírselas a otras personas.
g. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.
h. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso pueda resultar
peligro común.
i.Omitir información relevante.
j.Cuando comprometa el buen nombre de la institución.
k. Involucrar a otras personas que no tuvieron nada que ver con el hecho.
En los casos en que la falta no se encuentre expresa dentro de los artículos
anteriores será calificada de acuerdo a los criterios de coordinación y del comité
de convivencia.
SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA PADRES DE FAMILIA
Faltas y sanciones para los padres de familia y/o acudientes. Los padres de
familia incurrirán en faltas por el incumplimiento de cualquiera de los deberes de
este manual de convivencia y será calificado conforme a los criterios que el
presenta. Las sanciones serán las que utiliza el código de infancia y adolescencia
en su texto con miras a la protección de los estudiantes de la institución. También
podrán tenerse como sanciones para los padres de familia que incumplan sus
obligaciones las siguientes:
1. Amonestación verbal en privado o escrito.
2. La ausencia del padre de familia o acudiente en el proceso formativo del
estudiante por tres veces consecutivas conlleva a intervención del
bienestar familiar.
3. La inasistencia a las citas que la institución programe (reuniones, situación
de cualquier estamento) ocasiona, si es reincidente, cancelación del cupo
para el año siguiente.
4. La falta de respeto (verbal o física) del padre de familia con algún miembro
de la institución ocasiona la no renovación del cupo del estudiante para el
año siguiente
5. La falsedad en las escusas será sancionada por el colegio, con posibilidad
de cancelación de la matrícula, una vez se haya agotado una etapa de
averiguación y comprobación de la misma.
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PARÁGRAFO: El instituto Colombiano de Bienestar familiar – ICBF vigila y
garantiza el Sistema Nacional de Bienestar; su tarea es garantizar que se
cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescente, para ello emite
lineamientos, desarrolla programas y proyectos para la protección de la
infancia en caso de vulneración de los derechos de los niños; puede ejercer
medidas de protección que solo la entidad está en capacidad de decidir hacerlo
en situaciones del maltrato físico, psicológico, negligencia, abandono,
sospecha de abuso sexual, indicadores de trabajo infantil, maltrato familiar,
desnutrición, inasistencia de los padres, problemas de alcoholismo, consumo
detectada en la familia del menor. Las instituciones deben contar con a la
comisaria de Familia en caso de actitudes de abandono o maltrato familiar
hacia los escolares, con debida comunicación a la orientadora del colegio, a la
secretaria de Educación y llamados previos a los padre para concertar sobre la
responsabilidad y cuidado de los menores. No es permisible que los casos a
intervenir no sean atendidos por las entidades. Es obligación de la institución
reportar y hacer seguimiento; es responsabilidad del ICBF dar respuestas a la
institución con acompañamiento del caso.
Debido proceso para los padres de familia. Una vez calificada la falta, será
llamados los padres a rendir cargos, para lo cual se les concederá los recursos
de reposición y apelación. Dados los recursos y resueltos de manera justa, en
los términos del Manual, conforme a la gravedad de la falta serán tomadas las
medidas correctivas correspondientes.
SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PERSONAL DE LA INSTITUCION
Faltas y sanciones para el personal institucional
Debido proceso para el personal
CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES
RUTAS Y PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES
Artículo 40. (DECRETO 1965) Clasificación de las situaciones. Las situaciones
que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:
1. Protocolo Situaciones Tipo l.
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Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en
ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
Es una situación esporádica que no generó daño psicológico o físico. Incluyen las
agresiones verbales, físicas, gestuales y relacionales esporádicas, con o sin
contenido sexual.
Hay agresión verbal, gestual o virtual con contenido sexual que hace referencia a
las características del cuerpo, al comportamiento de género, a comentarios
inapropiados sobre la orientación sexual, o al comportamiento erótico o romántico
de las personas involucradas.
Artículo 42. (Decreto 1965) De los protocolos para la atención de Situaciones
Tipo l.
1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa debe estar en disposición de
atender una Situación de Tipo I de manera inmediata, si es el caso solicitará
ayuda al Docente de Aula y/o coordinador, quien actuará de forma inmediata
con las partes involucradas en el conflicto.
2. Facilitará la expresión de cada persona involucrada para exponer sus
argumentos frente a lo sucedido, escuchando activamente el punto de vista y
los intereses de la otra parte.
3. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de
manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la
reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo
involucrado establecimiento educativo.
4. Mediar de manera pedagógica y fijar la forma de solución imparcial, equitativa
y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el grupo involucrado en el establecimiento
educativo.
5. Se establecerán compromisos entre las partes.
6. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la
solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en
los artículos 43 y 44 del presente Decreto.
7. De esta actuación se dejará constancia en el observador del estudiante se
socializará la situación presentada con el Director de Grupo.
8. Citar a los padres o acudientes para informar la situación presentada. Se
notificara mediante un acta firmada por los padres, estudiantes y docentes que
será anexada al observador del alumno.
9. Generar el rechazo púbico a este tipo de acciones de manera pedagógica.
10.El Director de Grupo hará seguimiento constructivo del proceso, lo cual quiere
decir: que llevará un registro interno de su grupo, con el objetivo de contribuir a
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la vigilancia del fenómeno y la reincidencia del mismo, dirigido a generar
estrategias de intervención posterior, (se podrá apoyar del coordinador) de
ninguna manera se utilizará, este proceso para decisiones que impliquen
afectar la nota de comportamiento, dado que la mediación1 debe a una
posibilidad a la cual puede acceder cualquier estudiante en las situación Tipo I.
11.Si la situación de un estudiante se presenta en escalada esta será tratada
según corresponda con los protocolos de actuación en las situaciones Tipo II y
Tipo III.
Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o
conciliadores escolares (Patrulleros por la Paz), podrán participar en el manejo de
estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia escolar.
2. Protocolo Situaciones Tipo II.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la
comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
a. Se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la primera vez
que se presenta.
c. Es una situación de agresión, así sea la primera vez que se presenta, que
ocasionó daños al cuerpo o a la salud física o mental de los afectados, pero no
generó incapacidad de ningún tipo.
d. La situación no reviste las características de un delito.
Artículo 43. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II.
1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que identifique la necesidad de
atención médica o psicológica inmediata se comunicará con el Rector o
Coordinador de la institución para activar ruta de referencia al sector salud. En
casos en los que no es posible contactarlos, la persona que identifique la
situación, activará la ruta de referencia a salud bien sea (Rector, Coordinador,
Orientador Escolar, Docente de aula).
1
Entendiendo que la mediación es una estrategia pedagógica que busca gestionar el conflicto donde una persona neutral
ayuda a las partes a enfrentarlos constructivamente, por lo tanto el Establecimiento educativo debe facilitar y no limitar el
acceso del estudiantado al desarrollo de habilidades sociales
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2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en
salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la
situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de
2006, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de
posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
5. Coordinador de disciplina, docente que identifica la situación, Orientador, son
quienes reunirán toda la información, realizando entrevistas individuales,
primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas
implicadas.
6. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
7. Generar espacios en los que las partes involucradas2 y los padres, madres o
acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido.
preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y
garantizando el debido proceso.
8. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños
causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un
clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado
en la situación reportada.
9. Generar acciones restaurativas on line, para los casos de Ciberacoso, se
deben retirar por ejemplo, las publicaciones intimidatorias, humillantes o
difamadoras etc.
10.El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás
integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas
adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la
solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el
artículo 44 del presente Decreto.
11.El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido
y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
12.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
13.El funcionario responsable del manejo del caso deberá remitir por escrito a
Orientación Escolar con el propósito de reducir la afectación personal, los
factores de riesgo asociados y la posibilidad de que se vuelva a presentar.
2
Los espacios generados para las personas involucradas, merecen una atención especial, evitando el escalonamiento del conflicto. Se sugiere: “Conversaciones
individuales con Víctimas, agresores, testigos, Comunicar a familias individualmente Evitar comunicación directa entre familias.”(Chaux, E., Bustamante, A.,
Castellanos, M., Chaparro, M.P. & Jiménez, M. (2009).
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Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o
medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la
atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el
artículo 45 del presente Decreto.
Nota: Las anteriores acciones reparadoras no exoneran de las sanciones
disciplinarias contempladas en el Manual de Convivencia Escolar, previendo en
los protocolos de atención la proporcionalidad entre falta, la sanción aplicada y la
acción reparadora. (Guía 49, pag.118).
3. Protocolo Situaciones Tipo III.
Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,
referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen
cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente: homicidio,
violación (acceso carnal en cualquiera de sus modalidades), acoso sexual,
pornografía con personas menores de 18 años, extorsión, secuestro y otras donde
se vean vulnerados los derechos fundamentales del NNA, establecidas en la
Constitución y Ley de Infancia y Adolescencia (1098 de 2006).
Requieren que la atención sea brindada por entidades externas al establecimiento
educativo como Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, comisaria de familia,
Sector Salud, entre otros.
Nota: en situaciones tipo III la Institución Educativa no debe adelantar ningún
proceso de levantamiento de testimonios o pruebas. Con la sola existencia de una
evidencia que suponga la presunción de comisión de un delito, se debe informar
inmediatamente a la autoridad competente. (Guía 49, pag.113)
Artículo 44. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III.
1. La persona que identifica la Situación como Tipo III, informará de manera
verbal e inmediata a Rectoría o coordinación.
2. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en
salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
4. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el
medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía
Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
5. Una vez llegan los funcionarios de Policía de Infancia y Adolescencia y/o
Sector Salud, el o los estudiantes involucrados se ponen a disposición y se
deja constancia por escrito mediante formato institucional poniendo en
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conocimiento la situación y registrando los datos de identificación de los
responsables de esta actuación.
6. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del
comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de
convivencia. De la citación se dejará constancia.
7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en
el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva
de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante
la autoridad competente.
8. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata,
las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger
dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la
agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación
presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
10.Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte
del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento
y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que
ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el
hecho.
PROTOCOLO SITUACIONES DE EMBRAZO PARA ADOLESCENTES
Embarazo adolescente:
La OMS define como adolescencia al "período de la vida en el cual el individuo
adquiere la capacidad reproductiva, transita los patrones psicológicos de la niñez a
la adultez y consolida la independencia socio – económica" y fija sus límites entre
los 10 y 19 años de edad.
Signos De Alarma
-Pautas familiares recurrentes de embarazo a temprana edad.
-Validación social del embarazo en adolescentes.
-Presión de grupo.
-Falta de acompañamiento familiar frente al tema.
-Falta de aplicación en pautas de crianza.
-Influencia en los medios de comunicación.
-Abandono y carencias afectivas familiares.
-Influencia del contexto sociocultural.
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RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE EMBARAZOS EN ADOLESCENTES EN LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una
situación de embarazo adolescente tiene el deber de informar por escrito
(guardándose la reserva de la identidad) al Orientador Escolar, sobre los
hechos de que tiene conocimiento, con el fin de garantizar la protección de la
menor que se encuentre en esta situación.
2. El Orientador Escolar, solo podrá actuar con reporte escrito de la situación por
escrito establecerá entrevista con la menor, buscando obtener información
sobre el estado de embarazo. Cuando se confirme sospecha o gestación,
informará a la estudiante sobre sus derechos, el proceso a seguir con la familia
y dentro de la IE, además recomendara atención en salud.
3. El Orientador Escolar citará a la familia de la estudiante, con el fin de
encaminar el proceso de comprensión, apoyo y atención en salud de la menor.
Además en este espacio confirmará posibles condiciones de riesgo y tomara
las decisiones del caso, tanto en el caso de que se trate de una estudiante
menor o mayor de 14 años, se buscará restablecer derechos y protección
remitiendo el caso a ICBF. Dejando constancia por escrito de este hecho. El
reporte deberá ser respaldado por el Rector/Coordinador de la IE.
4. El Orientador Escolar reportará por escrito, el evento al Comité de Convivencia
Escolar, buscando siempre la reserva y manejo adecuado de la información.
5. El Comité Escolar de Convivencia, orientará la toma de decisiones
institucionales en los temas académicos y de convivencia que garanticen a la
estudiante la reserva, intimidad, protección, fomento del respeto de los
derechos.
6. El Comité de Convivencia Escolar, deberá gestionar las acciones para
garantizar la continuidad de la adolescente en el sistema educativo; para lo
cual citará a Coordinación Académica y disciplina para solicitar las respectivas
adaptaciones administrativas, curriculares y garantizar el proceso de la
flexibilidad curricular.
Nota: si el caso reviste vulneración de derechos y/o violencia sexual, se activará
los Protocolos de Violencia Sexual según se trate de Situación Tipo I, II o III.
PROTOCOLO SITUACIÓNES DE MALTRATO INFANTIL
LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL
KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458
42
Maltrato Infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o
psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación
sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación. En general, toda forma
de violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes
legales o cualquier otra persona (artículo 18 Ley 1098 del 2006).
Signos de alarma:
• Lesiones físicas observables.
 Aspecto físico descuidado.
• Expresiones de dolor o malestar físico de parte del NNA.
 Pérdida de peso.
 Síntomas físicos y dermatológicos desatendidos (brotes, heridas, infecciones,
etc.).
• Bajo rendimiento escolar.
 Extremo cansancio o somnolencia durante la jornada escolar.
• Actitud de retraimiento e inseguridad.
• Inasistencias injustificadas.
• Desmotivación por el estudio.
 Falta de compromiso en el proceso educativo de los hijos por parte de la madre
y el padre de familia.
RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE MALTRATO INFANTIL EN LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una
situación de Maltrato Infantil tiene el deber de informar por escrito al
coordinador y/o Orientador Escolar, sobre los hechos de que tiene
conocimiento, con el fin de garantizar la protección del menor.
2. Presencia de señales de riesgo en NNA: Es importante tener presente que las
señales de riesgo son indicios que aumentan la probabilidad de que la
situación de maltrato se esté presentando, pero no indican por sí mismos una
situación de vulneración. No obstante, la presencia de dichas señales casi
siempre implica la existencia de una dificultad en los contextos de desarrollo de
los NNA, razón por lo cual es primordial que el Coordinador y/o Orientador
Escolar profundice sobre la situación a fin de asegurar el desarrollo saludable
de estos.
3. Hablar con el NNA o una persona cercana a él, en los casos de vulneración de
derechos, probable o efectiva, siempre se debe tener cuidado en re victimizar
los NNA y guardar confidencialidad.
4. El fin de este diálogo es confirmar si las señales de riesgo identificadas están
relacionadas con un posible maltrato. Por ejemplo, el Coordinador y/o
Orientador puede identificar golpes, brote dermatológico, cansancio o
agotamiento de un NNA. En ese caso debe preguntarle por las razones de
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  • 1. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 1 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES BARRANCABERMEJA PRESENTACION El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS LAURELES, es el producto de un proceso de construcción democrático institucional desde las aulas con el proyecto de los pactos de aula, entre alumnos y docentes avalados por los padres de familia, contando con la asesoría del Ministerio de Educación Nacional (MEN) desde su visión de Democratización de la Institución Educativa (1999), actualizado y fortalecido por la Ley 1098 de 2006 (ley de Infancia y adolescencia), ley 1620 de 2013 ("por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"), decreto reglamentario 1965 de 2013 y ley 115 de 1994. El Manual de Convivencia, es un documento institucional y de ley que rige las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa presentando de una manera sistemática los principios y valores que guían la formación integral de los estudiantes. Es un instrumento de conciliación y orientación para la solución de problemas académicos y de comportamiento con todos los miembros de la comunidad educativa a la vez una guía que orienta el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de los mismos. ADOPCION RECTORAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA El presente Manual se adopta como único, para hacerse cumplir en la INSTITUCION EDUCATIVA LOS LAURELES y en todas las sedes, creadas mediante la resolución 295 del 10 de septiembre de 2003 y la resolución 0591 de mayo 30 de 2007 a saber: 1. SEDE LOS LAURELES 2. SEDE CAMPO45 3. SEDECAMPO 38 4. SEDE TIERRADENTRO 5. SEDE CAMPO 5 6. SEDE CAMPO 6 7. SEDE LA FOREST 8. SEDE VARASANTA
  • 2. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 2 1. Hacer los ajustes pertinentes con la participación de toda la comunidad educativa al manual de convivencia de la Institución Educativa Los Laureles– Barrancabermeja. 2. Adoptar los ajustes del presente manual de convivencia como mediador que regirá las relaciones de todos los miembros de nuestra comunidad educativa. 3. Dar a conocer las modificaciones hechas al manual de convivencia a todos los miembros de la comunidad educativa para su apropiación y cumplimiento. 4. Derogar el anterior manual de convivencia y sus modificaciones, vigentes hasta la fecha. 5. Consignar en un cuadernillo el manual de convivencia con las modificaciones acordadas y entregarlo a la comunidad Educativa. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Dado en Barrancabermeja, a los 17 días de enero de 2018 La rectora, __________________________ Rectora
  • 3. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 3 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES EL ESCUDO Figura heráldicas: Virtud y ciencia y el otro de azul Símbolos: Estrellas, círculos, machin, libros, divisiones Colores: El azul simboliza los humedales y nacimientos del medio ambiente, amarillo y negro: bandera de bca. LA BANDERA SIGNIFICADO Foto La bandera de la Institución Educativa Los Laureles es de color verde símbolo de la naturaleza y la esperanza; las estrellas simbolizan cada una de las sedes de la institución. Carné: es el documento oficial que identifica a los estudiantes y al personal de la Institución Educativa Los Laureles, como miembros activos y participativos de la comunidad educativa. Se recibe al iniciar el año lectivo y se debe portar permanentemente para poder utilizar los diferentes servicios que presta la institución y/o beneficios del estado. El carné se constituye en la carta de identidad para cada uno de sus miembros. UNIFORMES: Fotos diario, educación física y gala: El uniforme es signo de respeto, orden y elegancia, se debe portar con dignidad, pulcritud y sencillez.
  • 4. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 4 1. MARCO LEGAL Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 del 2006, modificada por el art. 36, Decreto Nacional 126 de 2010, tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes (NNA) pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna, tiene como objetivo establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado. Así mismo la ley 1620 del 15 de marzo del 2013, tiene por objeto contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación-Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la Prevención y mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media. Con esta ley el gobierno logra crear mecanismos de prevención, protección, detención temprana y de denuncia de aquellas conductas que atentan contra la convivencia como lo son la violencia, la deserción escolar, el embarazo en la adolescencia, entre otros. En este contexto, el sistema nacional de convivencia escolar promueve principios como la participación, la corresponsabilidad, la autonomía, la diversidad y la integralidad; reconoce los NNA como sujetos de derechos y a la comunidad educativa como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos. 2. MARCO CONCEPTUAL 2.1. Violencia escolar: se define como una acción u omisión intencional, en forma física, verbal, escrita, social o psicológica, o a través de algún medio tecnológico o cibernético en contra de cualquier integrante de la Institución Educativa. Esta puede ir dirigida hacia estudiantes, profesores, o a la planta física. Estos actos tienen lugar en instalaciones escolares (aula, patio, baños, pasillos, cambios de clase, etc.), en los alrededores de la institución y en las actividades extraescolares. 2.1.1. Tipos de violencia escolar
  • 5. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 5 La violencia tiene diversas formas de manifestarse que dependerán en gran medida de la situación en que se presente: Física: Incluye patadas, empujones, golpes con las manos, escupir, mordiscos y cualquier agresión que atente contra la integridad corporal de la persona así como acciones humillantes como bajar los pantalones, jalar la ropa, tirarlos a los botes de basura, entre otros. Es el tipo de violencia más conocida y es fácil de detectar. Verbal: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o de la conducta. Social: Es una forma de discriminación grupal fomentada por el agresor hacia la víctima. Se puede manifestar ignorando al NNA acosado, negándole el saludo, aislándolo o generando rumores que afecten su imagen. Psicológico: Se refiere al acecho, a los gestos de desagrado, desprecios o agresividad dirigidos a la víctima”. Escrita: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o de la conducta por medio escrito a través de las redes sociales o cartas. 2.2. Artículo 39 (decreto 1965). Definiciones. Para efectos del presente decreto se entiende por: 1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
  • 6. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 6 a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 3. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un NNA por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 3.1. Factores de riesgo. a. Conflictos familiares: se refieren a todos los conflictos dentro del sistema familiar: entre padres, entre progenitor e hijo y entre hermanos. b. La disciplina parental: Relación que existe entre una disciplina dura, punitiva e incoherente y el comportamiento infantil agresivo y violento. c. El bullying no sólo tiene consecuencias negativas para las víctimas sino para todos los participantes en general. Entre los efectos que el acoso produce en las víctimas se encuentra el deterioro de la autoestima, ansiedad, depresión, fobia escolar e intentos de suicidio, con
  • 7. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 7 repercusiones negativas en el desarrollo de la personalidad, la socialización y la salud mental en general. Es para quien puede tener consecuencias más drásticas, dado que, su situación, puede terminar en: FRACASO ESCOLAR (inclusive en los buenos estudiantes) 3.2. Consecuencias más notables para el agredido: a) Sentimiento de desprotección y humillación. b) Fobias al colegio, y a todo el entorno escolar. c) Actitud de aislamiento. d) Altísimos estados de ansiedad. e) Cuadros depresivos, facilitadores de la inhibición escolar. f) Aparición de neurosis e histerias. g) Imágenes negativas de sí mismos. h) Reacciones agresivas, que pueden adoptar la forma de intentos de suicidio 3.3. Entornos directos Los participantes de toda situación de Acoso Escolar son básicamente tres: los acosadores, la víctima y los espectadores. Se trata del denominado "Triángulo del Bullying". 4. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 5. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes (NNA) todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre una NNA, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". 6. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los NNA 7. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de
  • 8. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 8 su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 8. Competencia Ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actué de manera constructiva en una sociedad democrática. 9. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: E s aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollaran competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. 10. Formación Integral: Es la manera de educar en la cual se actúa con la finalidad de formar a la persona en todas sus dimensiones y conforme a todas las necesidades que tiene como ser humano. 11. Honestidad: Obrar con autenticidad y sinceridad en todo momento y circunstancia. Ser verídico y transparente en todas las acciones que realiza. 12. Moral: Conjunto de costumbres, creencias, valores y normas de una persona o grupo social determinado que ofician de guía para el obrar. 13. Maltrato infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación, incluidos los actos sexuales abusivos y el abuso sexual y en general toda forma de violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona (Ley 1098/06). 14. Corresponsabilidad: Para los efectos del código de infancia y adolescencia, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los NNA. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. 15. Responsabilidad parental: Complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los NNA durante su proceso de formación. 16. Sistema de responsabilidad penal para adolescentes: La Ley 1098 de 2006, o “Código de la Infancia y la Adolescencia”, consagra en su Libro Segundo el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) como el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y
  • 9. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 9 entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre 14 años y 18 años al momento de cometer el hecho punible. La finalidad del SRPA en el desarrollo del proceso y en las decisiones sancionatorias adoptadas es de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos, garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño causado a la víctima. Así mismo, contempla la Protección Integral como principio para el tratamiento de los NNA con el fin de direccionar la acción y gestión Estatal (Ley 1098 de 2006). 17. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los Presencia de señales de riesgo en NNA en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. 18. Niño o niña o adolescente: Para efectos de la ley de Infancia y Adolescencia se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y 12 años y por adolescente la persona entre 12 y 18 años de edad. 19. Justicia restaurativa: Plantea la importancia de la reconciliación entre la persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Se caracteriza por centrarse en el futuro más que en el pasado , la garantía de la no repetición, y la implementación de estrategias de participación de la comunidad como el diálogo directo, la cultura del perdón y la reparación del daño causado (Uprimny & Saffón, 2005) citados en la Guía No.49, pág. 54) 19. Delito: Es toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal colombiana. Para que ésta se considere tal, debe contener una norma y una sanción. (Código Penal Colombiano). Toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico que tiene asignada una sanción, la misma que debe ser típica, antijurídica y culpable. 3. MISION Formar seres integrales, emprendedores, competentes y autónomos con capacidad de liderar procesos de cambio basados en la espiritualidad y el conocimiento de valores éticos y morales que potencialicen el desarrollo personal, familiar y social. 4. VISION En el 2026 la institución será reconocida a nivel local como el mejor establecimiento formador con énfasis agroindustrial apoyado en avances tecnológicos e innovadores acordes a las necesidades del entorno, con un recurso humano comprometido en generar humano comprometido en generar ciudadanos, críticos y visionarios.
  • 10. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 10 5. FILOSOFIA Fundamentada en una concepción humanística, cristiana con valores éticos, morales y espirituales basado en el respeto de los derechos humanos. 6. OBJETIVO GENERAL Lograr la convivencia armónica y equitativa entre los miembros de la comunidad educativa, el cumplimiento de los planes, programas, horario y demás actividades curriculares de la Institución Educativa. 6.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS  Promover, garantizar y defender los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.  Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactadas por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que lo conforman.  Fortalecer los procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.  Establecer un marco legal de derechos y deberes, estímulos, acciones formativas y protocolos de atención.  Fijar criterios de respeto, valoración y compromiso de los estamentos fuera y dentro de la institución.  Conocer con claridad los deberes, derechos, acciones formativas y protocolos de atención de la comunidad educativa.  Rescatar el sentido de pertenencia de las sedes que conforman la Institución Educativa Los Laureles. 7. PERFILES LAURELINOS 7.1. El Directivo El Directivo Docente debe caracterizarse así: a. Su integridad, espiritualidad, cumplimiento y responsabilidad como modelo ejemplar ante la comunidad. b. Capacidad de liderazgo y competitividad para hacer cumplir normas, principios y deberes del proyecto educativo institucional. c. Capacidad de escucha, orientación, dirección y administración del proceso educativo. 7.2. EL DOCENTE: El Docente debe caracterizarse por:
  • 11. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 11 a. Defender y ser promotor de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los NNA. b. Ser persona idónea con gran sentido de pertenecía y responsabilidad. c. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se desempeñe. d. Su formación en valores cristianos, éticos y morales. e. Ser creativo, critico, investigativo y comunicativo. f. Mantener interés por los avances científicos y tecnológicos. g. Descubrir, motivar y cultivar el talento de sus estudiantes. h. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros de la comunidad educativa. i. Construir el presente, visionando el futuro del nuevo milenio. 7.3. PERFIL DEL ESTUDIANTE Nuestra Institución Educativa forma estudiantes responsables, respetuosos y tolerantes, basados en valores cristianos, de sanas costumbres y comportamientos éticos, para desempeñarse como personas de bien en el ambiente familiar, educativo, social y cultural de la comunidad. Se desarrolla en el estudiante su capacidad investigativa, analítica, critica y reflexiva que le permita crear, innovar y transformar su entorno. 7.4. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS (Cafetería, vigilancia, aseo, restaurante) Son las personas que hacen parte de la Institución Educativa nombradas por agentes externos del sector educativo, para el desarrollo de funciones específicas en un área o servicio, con el fin de prestar un excelente servicio a la Institución. Deben caracterizarse por: a. Tener excelentes relaciones interpersonales, enmarcadas en la cordialidad y el respeto por el otro, utilizar un lenguaje prudente, respetuoso y honesto. b. Poseer sensibilidad en su labor con los estudiantes y la comunidad donde se desempeñe. c. Generar ambiente de respeto, armonía y tranquilidad con todos los miembros de la comunidad educativa. 8. FINES DE LA EDUCACIÓN a. El desarrollo libre de la personalidad. b. La formación, el respeto a la vida y a los derechos humanos. c. Formación para participar en la toma de decisiones. d. Formación en el respeto a la ley, a la patria y a la cultura nacional. e. La adquisición de conocimientos científicos, técnicos y humanísticos. f. Comprensión de la diversidad étnica y cultural, nacional y local.
  • 12. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 12 g. Acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica la cultura y la investigación. h. Fomento al respeto de la soberanía. i. Desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica. j. Conciencia de conservación del medio ambiente. k. Formar para el trabajo. l. Formar para conservar la salud e higiene. m. Formar personas para la sociedad, autónomas, creativas e investigativas dispuestas al cambio. 9. DISPOSICIONES GENERALES 9.1. PROCESO DE ADMISIONES ESTUDIANTES a. Para obtener la orden de matrícula estudiantes nuevos y antiguos: el padre, madre de familia o en su defecto acudiente debe entregar autorización autenticada por notaria del padre o madre a cargo del estudiante, quien será el acudiente del estudiante, debe presentarse con el niño en la fecha señalada y en horarios de oficina de la institución, para asumir formalmente la responsabilidad que como padres o acudiente le compete la educación de sus hijos. b. Los estudiantes para grado preescolar debe cumplir con el rango mínimo de edad de 5 años. c. Todo estudiante de nuevo ingreso debe tener entrevista con el coordinador académico y de disciplina y/o rectora acompañado de su acudiente, para evaluar aspecto académicos y/o disciplinarios y ser inducido a la institución. d. Aprobada la admisión académica y/o disciplinaria se procederá a entrevista con Orientación escolar. 9.2. REQUISITOS DE MATRICULA 9.2.1. Alumnos nuevo ingreso  Registro civil Legible  Fotocopia de la tarjeta identidad (a partir de los 7 años) y/o cédula para mayores de 18 años.  Fotocopia del carné de vacunas (Hasta los 7 años)  Presentar paz y salvo de libros, bienes escolares del colegio anterior  Certificado de estudio original del año anterior para primaria y bachillerato desde 5º de primaria.  Copia con firma original de observador académico del alumno.  Informe y/o diagnóstico previo de alguna condición especial del estudiante, (comportamental, salud o cognitiva).  Presentar la documentación requerida legible, en una carpeta con gancho legajado.
  • 13. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 13  Los estudiantes procedentes de una de las sedes de la Institución Educativa Los Laureles, deben presentar su carpeta con cada uno de los documentos.  Fotocopia del SISBEN actualizado  Certificado de la EPS vigente  Tres fotografías para documento  Los estudiantes desplazados deben informar, fecha y lugar de desplazamiento.  Haber sido oficialmente admitidos. 9.3. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA a. Se procederá a la verificación de los compromisos de acompañamiento familiar, académicos, normativos y de convivencia del año que finaliza para la ubicación del grado respectivo y/o negación de dicha renovación. b. Actualización de datos y/o documentos. c. Fotocopia del SISBEN actualizado d. Certificado de la EPS vigente e. Boletín del último periodo a la fecha de la matricula f. Copia de la Tarjeta de identidad si cumplió los 7 años y/o cédula si cumplió los 18 años de edad. Nota: Al matricularse el estudiante, padre de familia, o acudiente se compromete mediante firma de acta de matrícula, a respetar y cumplir con las normas y disposiciones establecidas en el manual de convivencia escolar, y responder por los daños ocasionadas tanto en la institución como en los bienes de la misma. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Derechos de los Estudiantes 1. Recibir educación basada en valores y principios. 2. Ser tratado con respeto, sin discriminación de raza, religión, idioma, sexo o edad. 3. Ser partícipes de los diferentes cambios y avances tecnológicos así como de las diversas metodologías e innovaciones pedagógicas que intervienen en el proceso educativo. 4. Conocer oportunamente los resultados de logros y dificultades mediante observaciones, anotaciones de comportamiento y valoraciones registradas en el boletín informativo. 5. Convivir en un ambiente escolar sano y agradable en el cual se le permita desarrollar capacidades. 6. Ser estimulado en los aciertos y orientados en las dificultades. 7. Participar en las actividades conducentes al conocimiento, respeto, conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
  • 14. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 14 8. A ser orientado en las normas y principios (Manual de Convivencia) establecidos por la institución para facilitar la adecuada convivencia. Deberes de los Estudiantes 1. Asumir los compromisos adquiridos al firmar la matrícula. 2. Presentarse puntualmente en forma debida a las clases y a todas las actividades académicas y extracurriculares programadas por la Institución. 3. Llevar el uniforme exclusivamente dentro de la jornada escolar y abstenerse de usarlo fuera de ella. 4. Portar adecuadamente el uniforme de forma sencilla, pulcra, ordenada dentro y fuera de la institución educativa. 5. Portar el carné que lo identifica como miembro activo de la institución y utilizarlo para los servicios que lo requiera. 6. Asumir el perfil LAURELINO, en la vivencia de la filosofía y en la participación activa de la vida Institucional. 7. Respetar y valorar los símbolos patrios como expresión de pertenencia, identidad y amor a la patria. 8. Participar con alegría y entusiasmo en los eventos deportivos y culturales, evitando la violencia física y verbal. 9. Evitar portar elementos que distraigan o interrumpan las actividades educativas dentro de la institución. 10.Evitar portar armas u otros materiales que atenten contra la integridad personal y de sus compañeros. 11.Abstenerse de demostraciones de relaciones amorosas dentro de la institución educativa. 12.Valorar y cuidar las pertenencias y bienes de los compañeros, del personal y de la Institución en general. 13.Entregar al director de grupo o coordinador los objetos, pertenencias y dinero extraviado; y en circunstancias especiales, permitir el control del contenido del bolso o morral. 14.Presentar la autorización por escrito de los padres o acudiente, para hacer parte de un grupo deportivo, cultural, o lúdico, y para retirarse, hacer lo mismo. 15.Seguir el conducto regular para la solución de dificultades e inquietudes personales o grupales tanto académicas como de comportamientos sociales. 16.Corregir las actitudes según las observaciones y sugerencias que se le hagan en el observador y personalmente. 17.Respetar y tolerar la opinión del otro. Aceptar y respetar el consenso en la toma de las decisiones. 18.Presentar a tiempo excusas, autorizaciones, permisos, y solicitudes por escrito de manera pulcra y respetuosa y debidamente firmada por los padres. 19.Diligenciar el debido permiso, con la autorización por escrito por parte de los padres o acudientes, en coordinación, para ausentarse de la Institución antes de finalizar la jornada escolar.
  • 15. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 15 20.Respetar su integridad y la de sus compañeros, asumiendo comportamientos que defienda la vida y la dignidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 21.Dar uso adecuado a parlantes, tablets, celulares, MP3, Ipod, Smartphone, computador, y otros elementos, cumpliendo la norma con relación a lugares y tiempos que señala la Institución. 22.Responder por los daños ocasionados voluntaria e involuntariamente a los bienes del colegio, de sus compañeros, docentes o personal de la Institución. 23.Representar dignamente a la Institución en encuentros deportivos, culturales y académicos, usando adecuadamente sus uniformes y distintivos propios. 24.Conocer y cumplir en forma responsable las normas contenidas en el manual de convivencia escolar. 25.Colaborar con el orden y limpieza del salón de clase y de la Institución en general. 26.Actuar con honestidad y rectitud evitando el fraude, la compra de trabajos, alteraciones y suplantaciones de firmas, notas, excusa, permisos, talleres e informes. 27.Justificar debidamente la ausencia a clase estando en la institución. 28.Asistir con regularidad y puntualidad a las actividades diarias de índole escolar y extraescolar. 29.Cumplir con la totalidad de sus tareas e interesarse por obtener los logros académicos y superar las dificultades. 30.Comportarse debidamente dentro y fuera del plantel y cuidar de su presentación personal. 31.Dar un trato respetuoso a sus compañeros y superiores y especial a los más pequeños, sin emplear malas palabras, apodos u ofender de palabras o acción, utilizando el diálogo en la solución de problemas presentados. 32.Cumplir y colaborar con las actividades asignadas en la escuela en pro del bienestar general. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Los padres de familia o acudientes de los estudiantes, mediante la firma personal del contrato de matrícula, adquieren un compromiso con la Institución, razón por la cual los Padres de Familia están sujetos a derechos y deberes. Como padres de familia, son parte fundamental en el proceso de formación de sus hijos. Son quienes libremente escogen la Institución que les ayudará a complementar la formación que iniciaron en el hogar; por ello, la comunicación debe ser permanente para que entre unos y otros se logren los resultados que se buscan de una manera eficaz. Nota: En el caso de padres separados, el padre de familia que tiene la custodia del estudiante, prevalece ante la persona que matriculo al estudiante. Es necesaria la tenencia del documento actualizado para poder apelar a sus derechos.
  • 16. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 16 Así mismo en el caso que sea el ICBF o Comisaria de familia, quien tenga al estudiante por restitución de derechos, prevalece ante la persona que matriculo al estudiante. Es necesaria que dicha institución o persona sustituta a cargo presente la tenencia del documento actualizado para entregarle la documentación e información del estudiante. Derechos de los Padres de Familia 1. Conocer y cumplir las normas establecidas en el manual de convivencia escolar. 2. Recibir un trato digno sin discriminación de raza, sexo, religión, o condición social. 3. Ser escuchados y expresar opiniones frente a los diferentes proyectos programas que se desarrollen en el plantel, así como manifestar sus inconformidades en forma respetuosa y siguiendo los conductos regulares. 4. Recibir información oportuna sobre los procesos y los resultados en logros, dificultades y comportamiento de sus hijos. 5. Participar y vincularse activamente en todas las actividades programadas en el plantel. 6. Tener acceso a la Orientación Escolar. 7. Aportar a la solución de problemas y dificultades en el proceso formativo de sus hijos, acorde al Manual de Convivencia. 8. Recibir apoyo en los procesos formativos de sus hijos, mediante asesorías y talleres dados en los diferentes programas implementados en la Institución. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. Desarrollar oportunamente el proceso de matrícula según los requisitos y normas estipuladas. 2. Leer y analizar el manual de convivencia escolar. 3. Apropiarse de manera responsable en los proyectos participando activamente en las actividades aprobadas con anterioridad. 4. Responsabilizarse de la buena presentación de sus hijos, la llegada puntual, la asistencia y cumplimiento de sus obligaciones. 5. Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Institución educativa y, atender a las citaciones que realicen los diferentes estamentos, de lo contrario, justificar oportunamente y por escrito, las causas que le impida su asistencia. 6. Brindar aportes, sugerencias y acciones que permitan el mejoramiento y buen desarrollo de la institución. 7. Acompañar adecuadamente el proceso de formación integral y velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, dentro y fuera de la Institución, como primeros educadores, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
  • 17. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 17 8. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades de la Institución Educativa, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, conducta suicida, tráfico o consumo de sustancias psicoactivas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 9. Responder por los daños que su hijo(a) haya ocasionado contra algún bien de la institución. 10.Informar por escrito el retiro o ausencia de su hijo(a) durante la jornada escolar. 11.Dirigirse de manera cordial y respetuosa a cualquier miembro de la Institución Educativa, sea de forma verbal o escrita y respetar siempre el conducto regular. 12.Hacer llegar a la Institución las incapacidades – certificaciones médicas o carta explicativa de la calamidad domestica con el soporte respectivo en caso de inasistencia de su hijo. 13.Proveer a sus hijos de los uniformes, útiles y materiales necesarios para el proceso académico. Teniendo presente los recursos de familias en acción para su sustento. 14.Autorizar a la Institución educativa Los Laureles la posibilidad de utilizar fotografías o imágenes de sus hijos, para los diferentes medios de comunicación, preservando el respeto y el buen nombre de ellos. 15.Vigilar el aseo personal de los estudiantes, para prevenir enfermedades: Se recomienda que duerma por lo menos 8 horas diarias, baño diario, cepillado de dientes tres veces al día, corta las uñas, cabello y revisarles para la prevención de la pediculosis. 16.Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, escucha, ternura, cuidado y protección de si y de su entorno físico, social y ambiental. 17.Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 18.Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional. 19.Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convencía y responder cuando su hijo incumpla en alguna de las normas allí definidas. 20.Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia. 21.Acudir a la Institución con buena presentación personal. (No se permite la entrada en chanclas, chores o minifaldas). Proceso a los Padres de Familia que incumplan con los Deberes:
  • 18. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 18 1. Llamado de atención dos veces (2). 2. En caso de incumplimiento de dichos deberes los padres de familia serán reportados al ICBF, comisaria de familia o Personería, quienes son los encargados de tomar estos casos y ejecutar los correctivos. DERECHOS DE LOS DOCENTES 1. Ser respetado sin discriminación de religión, raza o política que atente en contra de su honra y dignidad. 2. Recibir la oportuna capacitación que le permita poner en práctica los diferentes avances y metodologías pedagógicas que contribuyan al mejoramiento de su calidad profesional. 3. Ser autónomo en el desarrollo de los procesos pedagógicos acordes con la filosofía, misión y visión del plantel. 4. Disponer de las mismas condiciones de higiene y aseo, así como las utilizaciones de recursos didácticos muebles y enseres, que se encuentren en la institución. 5. Gozar de un trato cordial, amable y agradable, por parte de los padres, estudiantes y demás integrantes de la comunidad. 6. Expresar opiniones y ser escuchados mediante la vinculación y participación en consejos y organizaciones institucionales. DEBERES DE LOS DOCENTES 1. Conocer y dar cumplimiento a las normas establecidas en el manual de convivencia escolar. 2. Fomentar valores morales, éticos, cívicos, religiosos y culturales que conlleven a la convivencia pacífica de la comunidad. 3. Procura la capacitación y actualización constante que le permitan mejorar su desempeño profesional. 4. Cumplir responsablemente con su jornada laboral y los diferentes compromisos y actividades desarrolladas en la institución. 5. Brindar información oportuna a los padres de familia, sobre el rendimiento académico y comportamiento de los estudiantes. 6. Informar periódicamente a los estudiantes de sus logros, dificultades y resultados de las evaluaciones desarrolladas por los estudiantes. 7. Brindar un trato respetuoso, justo y cortes a los estudiantes, padres de familia y demás personas de la institución, atender a los padres de familia en los horarios establecidos. 8. Dar un trato cortes a sus compañeros y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 9. Exigir puntualidad, uso correcto del uniforme, buena presentación personal, orden y respeto en alas clases y demás a actividades que estén a su cargo.
  • 19. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 19 10.Velar por el bienestar emocional de los estudiantes e informar oportunamente cuando tenga conocimiento de algún tipo Maltrato: físico, verbal, psicológico, negligencia, descuido, abandono físico, abuso, agresión o explotación sexual. Conducta suicida, tráfico o consumo de sustancias psicoactivas. 11.Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva o comercial con los estudiantes y los padres de familia. 12.En el Sistema de Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para sexualidad y la prevención y la mitigación de la violencia escolar, tendrán las siguientes responsabilidades: 13.Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia e escolar y vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que afecte a los estudiantes de la institución, acorde a los artículos 11 y 12 dela ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convencía y con los protocolos definidos en la ruta de atención integral para la convencía escolar. Si la situación de intimidación de la que tiene conocimiento se hace a través de los medios electrónicos igualmente se deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 14.Evitar el uso del celular en horas de clase, actos cívicos, culturales, religiosos y formativos que se desarrollen en la Institución. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 1. Ser escuchado oportunamente por los directivos de la IE en las dificultades presentadas por alguna persona de la comunidad educativa. 2. Recibir y brindar un trato justo, respetuoso y cordial por parte de toda la comunidad educativa. 3. Escuchar sugerencias e inquietudes de la comunidad educativa. 4. Informa oportunamente cuando tenga conocimiento de cualquier situación que atente contra algún miembro de la comunidad educativa. 5. Abstenerse de entablar cualquier tipo de relación afectiva, comercial o en redes sociales con los estudiantes y/o padres de familia. ESTIMULACIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS 1. ESTIMULOS Los estudiantes recibirán estímulos y reconocimientos especiales, por su buen rendimiento y superación académica, espíritu de investigación, compañerismo, buen comportamiento, aportar a la sana convivencia, participación en actividades escolares y por representar digna y respetuosamente a la institución en eventos deportivos, sociales y culturales.  Izar el pabellón nacional.
  • 20. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 20  Representar a la institución en eventos deportivos y culturales a nivel local, regional, departamental o nacional.  Condecoraciones, estímulos verbales, diplomas, menciones de honor y registros en cuadernos, observador y boletines.  Distinciones ante la comunidad educativa. PRINCIPIOS RECTORES Conducto Regular Con el fin de favorecer la comunicación y la solución pertinente de las dificultades encontradas es necesario que docentes, padres de familia y estudiantes sigan estrictamente el conducto regular propuesto, fortaleciendo el dialogo como medio para construir una Convivencia Escolar compartida. a) Estudiante – Docente b) Estudiante – Docente - Director de grupo c) Coordinador – Padre de familia d) Coordinador – Consejo de convivencia- consejo académico e) Rectora f) Consejo directivo 2. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS Se constituye el comité de convivencia escolar avalado por el Consejo Directivo de la Institución Educativa mediante acta del día 20 marzo de 2014 así: Presidente, Coordinador, Docente Orientador, Representante de consejo de madres de familia, Representantes consejo de Docentes, Representante consejo de Estudiantes y Personero. Debido Proceso: De acuerdo con las situaciones presentadas se llevara a cabo el debido proceso de la siguiente manera: a) Llamado de atención Verbal formativo en privado. b) Apertura de acta comportamental. c) Acción formativa. d) Reserva del derecho admisión y perdida de cupo. ( Ley general de educación, articulo 96). e) Cancelación Matricula. ( Ley general de educación, articulo 96). f) No proclamación en el acto de graduación para los estudiantes de grado once Parágrafo: Todo estudiante tiene derecho a ser escuchado y presentar explicaciones.
  • 21. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 21 Acción Formativa 1. Amonestación en privado 2. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializar en el grupo. 3. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades). 4. Recibir atención psicopedagógica, psicológica o especializada externa si lo amerita, presentar la constancia del mismo ante coordinación. 5. Retener los elementos que afecten el normal comportamiento, estos serán devueltos a sus padres en entrega de boletines. 6. No participar con el grupo en el desarrollo de una actividad programada 7. Reflexionar en familia sobre la falta y presentarlo al grupo con base a la estrategia formativa propuesta de común acuerdo con coordinación. 8. Presentar excusas públicas cuando la falta lo amerite. Nota: Las sanciones deben entenderse como la consecuencia lógica de un comportamiento que la comunidad educativa Laurelina y el estado han determinado como negativo para las personas y para la sana convivencia. FALTAS LEVES 1. Falta leve: Es todo tipo de comportamiento o conducta que se produce por no cumplir con las normas básicas de convivencia, responsabilidad y comportamiento, aunque no atentan gravemente contra los valores que la institución propicia y no ocasionan graves traumatismos en el proceso educativo, deben ser corregidas para favorecer el desarrollo integral y bienestar del Estudiante. a) Llegar tarde al colegio o ingreso tarde al aula de clase. b) Inasistencia a clases sin justificación escrita. c) Presentarse a la institución con el uniforme que no corresponde. d) Utilización de vocabulario soez y modales inadecuados. Se entiende como tales aquellos que no sean acordes con la dignidad, decencia y rectitud del estudiante Laurelino o que ofendan ultrajen en alguna manera la institución o a cualquier persona con la que establezca relación. e) Interrupción de las actividades académicas mediante actuaciones que impidan su normal desarrollo, como indisciplina, ausencia injustificada y no autorizada o realización de actividades inadecuadas con el proceso de enseñanza – aprendizaje tales como realización de lecturas ajenas al área o ejecución de
  • 22. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 22 actividades reservados para el tiempo de descanso (uso del celular, ipod, cámaras fotográficas, cama de video, entre otros.) f) Usar los uniformes inadecuadamente en los días que no corresponde según el horario. g) Utilizar elemento de adorno como tintes, piercings, narigueras, tatuajes, maquillajes, tono de esmalte, accesorios y prendas que no corresponden o desmejoran el uniforme y los distintivos de la Institución. h) Desacato a las instrucciones e indicaciones de los educadores o cualquier autoridad de la Institución. i) No esperar al profesor en el aula de clase, guardando el respectivo orden. j) No presentar trabajo y tareas en el tiempo estipulado. k) Manifestar comportamientos inadecuados (gritar, empujar, irrespetar el turno) en el momento de comprar en la cafetería, al almorzar en el restaurante escolar o al recibir la ración industrializada. l) Incumplir con los compromisos adquiridos en actividades artísticas, culturales y deportivas que representen a la Institución en actos públicos. m) Hacer negocios o actividades comerciales con cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. n) No acogerse al reglamento propio de la cafetería, sala de informática, sala de profesores y restaurante escolar. o) Masticar chicle y/o ingerir alimentos o bebidas o golosinas en clase o durante la realización de eventos en la institución. p) Llegar hasta tres (3) veces tarde a la institución al iniciar la Jornada Escolar, en cualquier época del año. PARAGRAFO 1: La existencia de tres amonestaciones escritas en el proceso formativo, por faltas leves iguales o diferentes, constituye una falta grave PARAGRAFO 2: Si la falta leve la detecta un miembro de la comunidad diferente al docente, la reporta directamente al coordinador quien inicia el procedimiento a faltas leves. Debido Proceso para Faltas Leves. Las faltas leves cometidas en las actividades de la Institución serán tratadas directamente por el profesor conocedor de la falta o por el director de grupo (en su orden). Estas se registran en el Diario Campo, en el cual se deja constancia de la falta cometida y de la fecha. El estudiante debe leer, presentar sus descargos si fuera pertinente, y firmar como constancia. Cuando es observada por otro miembro de la Comunidad Educativa, el procedimiento a seguir es el mismo y el director de grupo lee el reporte al estudiante para que presente sus descargos si es necesario, firme y quede la
  • 23. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 23 constancia. Las faltas leves deberán ser resueltas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. Las decisiones tomadas por el director de grupo podrán ser apeladas en segunda instancia ante el coordinador. Acciones formativas para las Faltas Leves. Las acciones formativas para las faltas leves, dependiendo de la gravedad de la conducta, de las consecuencias generadas por la misma y a juicio de quien conozca el caso, entre otras, son: a) Reflexión sobre la situación del impase e invitación a la modificación actitudinal del estudiante. Llamado de atención verbal con intención formativa e invitación a la reflexión y el cambio positivo en la conducta. Registro en el diario de campo. b) Dialogo con el director de grupo y búsqueda de la solución o resarcimiento de la situación presentada cuando involucre a otra persona o grupo de personas. c) Llamado de atención por escrito en el observador implicaciones en el comportamiento escolar, e informe a los padres de familia o acudientes correspondientes. d) Asignación de labores de carácter pedagógico como elaboración de escritos o carteleras que refuercen la conducta positiva que debe ser observada o refleje la ejecución de una reflexión sobre el comportamiento equivocado que debe ser corregido. e) Realización de actividades o campañas educativas dirigidas a los compañeros de clase, relacionadas con el valor que debe cultivarse para corregir el comportamiento equivocado que debe ser corregido. f) Realización de trabajos en asocio con los padres de familia, que evidencien la reflexión en torno a la falta cometida y la conducta que hacia futuro debe asumirse. Faltas Graves: Es todo tipo de comportamiento o conducta que atenta contra los valores fundamentales propiciados por la Institución, ocasionan un daño a la armonía institucional, lesionando los principios del Manual de Convivencia y buena marcha de las labores formativas. 1. Que se representen de manera repetida o sistemática. 2. Que causen daños al cuerpo a o la salud sin generar incapacidad alguna para el involucrado.
  • 24. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 24 a) Reiteración de faltas leves b) Desacato al manual de convivencia y a las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias de la Institución. c) Irrespeto de palabra o de obra por acción o por omisión a los símbolos patrios, a los símbolos religiosos y los símbolos del colegio. d) Agresión física, verbal y/o amenaza contra cualquier persona, empleados o compañeros dentro de la Institución o fuera de él de manera personal o a través de cualquier medio de comunicación directo a masivo, de forma directa o indirecta, e incluso interpuestas por otra persona. e) Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma. f) Denigrar o agredir física y/o moralmente a las personas que conforman la comunidad educativa: pasquines, dibujos, palabras soeces, faltarles al respeto, tener actitudes de burla o asignar cualquier tipo de apodo. Cualquier conducta intimidatoria, forma de matonea o bullying que busque mantener control o someter a otro estudiante. (Situacion tipo II). g) Sabotear gravemente las clases y las actividades de la comunidad educativa (gritos, puños, manoteo, puntapiés, apodos). h) Observar un mal comportamiento en la calle y lugares públicos que desdigas de la dignidad y buenas maneras que debe observar todo estudiante Laurelino dentro y fuera de la institución. i) Falsificar la firma de los padres cuando se les envía una nota o evaluación. j) Vestir el uniforme inapropiadamente en sitios públicos diferentes del Colegio y en horas extra clase, salvo en ocasiones que se asista a actividades programadas por la institución. k) Manifestar caricias (besos, abrazos y actitudes propias de noviazgo), dentro de la institución. l) El manejo inadecuando de las redes sociales. m) Crear falsas alarmas tendientes a provocar desorden o pánico colectivo. n) Protagonizar y/o participar en desordenes y saboteos a las clases u otras actividades que programe le colegio.
  • 25. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 25 o) Entorpecer o impedir la comunicación entre la educación educativa, los padres de familia y/o el acudiente del estudiante. p) Ausentarse del aula de clase sin la debida autorización del docente estando dentro de la institución. q) Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa. r) Atentar contra el patrimonio, cultural y ecológico de la institución, y el uso racional de los servicios públicos. s) Rayar o dañar carteleras, paredes, tableros, techos, silletería, lanzar objetos a los ventiladores, Lanzar patadas a las puertas, rayar o pararse en los pupitres y espacios en general de la institución. t) Mentir para encubrir faltas ajenas y/o propias. u) Salir para el colegio y no llegar a él o ausentarse de la institución sin la debida autorización de sus acudientes. v) Dar información falsa a los docentes y directivos. w) Presentar un comportamiento inadecuado durante las actividades deportivas, Convivencias, salidas pedagógicas, salidas de proyección social, entre otras, deteriorando el buen nombre de la institución. x) Hurtar, esconder y/o destruir los, bolsos, morrales, loncheras, cuadernos, trabajos y objetos personales de los compañeros y personal de la institución. y) Bromas pesadas que perjudiquen a cualquier persona de la comunidad educativa. z) Mostrar rebeldía o desacato persistente a las normas de convivencia o ante los llamados de atención.
  • 26. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 26 aa)Ocultar las faltas graves de los compañeros, o tratar de entorpecer una investigación que se adelante por parte de cualquier superior bb) Actuar con violencia o altanería en los eventos deportivos y culturales, incluso en las barras. cc)Reclamar en forma descortés y agresiva, por fuera de los principios de la adecuada convivencia, a cualquier otro integrante de la Comunidad Educativa dd) Hacer uso inadecuado de los muebles y equipos y planta física de la institución. ee)Usar los medios masivos de comunicación para denigrar a la institución y a cualquier miembro de la comunidad educativa ff) Disponer del dinero q no le pertenece o que sea del curso gg) Incumplimiento con los compromisos académicos o de convivencia. hh) Llegar cuatro (4) veces tarde a la institución al iniciar la jornada escolar, en cualquier época del año. ii) Después de (4) llegadas tarde a la institución el estudiante se de presentar con su acudiente. jj) Participar en actos relacionados con: amenazas o agresiones (orales, telefónicas, escritas o electrónicas), a cualquier miembro de la comunidad educativa, especialmente a los compañeros de curso. kk) Tener actitudes desafiantes, amenazantes, burlonas y de desacato frente a las observaciones de docentes, directivos, o cualquier otro miembro de la comunidad educativa. ll) Falsificar firmas, alterar las notas y planillas, certificaciones de estudio, fichas del observador, libros de calificaciones, excusas, autorizaciones y permisos.
  • 27. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 27 PARAGRAFO 1: Todas estas faltas graves deben consignarse con el observador del estudiante y darse a conocer a la familia. PARAGRAFO 2: La utilización de los objetos electrónicos en momentos inadecuados, da como sanción el decomiso del aparato y este será devuelto al padre de familia o acudiente autorizado en la entrega de boletines por el coordinador. PARAGRAFO 3: La Institución Educativa, no se hará responsable por la pérdida o daño de ningún objeto de valor traído a la institución. La responsabilidad recae directamente en quien los porte o su propietario. PARAGRAFO 4: Uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales. Las siguientes disposiciones aplican para aquellos estudiantes que traen celular a la Institución. A. No se permiten el uso del teléfono celular y/u otros dispositivos digitales al interior de las aulas. Estos deben permanecer apagados y guardados durante las clases y en los espacios de reuniones. B. Solo se podrán utilizar durante el tiempo de los descansos. C. No se autoriza el porte de dichos dispositivos en las convivencias, encuentros formativos programados por la Institución. La persona responsable de la actividad será la encargada de reportar alguna eventualidad que se presente.. D. Solo en casos urgentes o situaciones especiales, con previa autorización de rectoría o coordinación el estudiante podrá hacer uso del teléfono en momentos diferentes a los descansos. E. Si el estudiante no acata a este reglamento incurre en falta grave (según clasificación de faltas en el manual de convivencia) y se la aplica el procedimiento para dichas faltas. Además se le decomisara el dispositivo y será entregado a sus padres o acudiente a finalizar periodo. F. La reincidencia en el mal uso del celular puede ocasionar la perdida de este derecho. G. Para los estudiantes de preescolar y primaria no está permitido el porte y uso de ningún dispositivo electrónico y digital. H. El estudiante que después de haberle decomisado el celular reincide nuevamente, pierde el derecho al uso del celular dentro de la institución. I. El grado que no acate las normas del uso del celular dentro del aula de clase, les queda prohibido traerlo a la institución.
  • 28. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 28 El colegio asume la responsabilidad de comunicación con las familias en los casos que ameriten comunicación inmediata (coordinación, administración, rectoría). Debido proceso para las faltas graves. Las faltas graves serán tratadas de la siguiente manera: 1. El profesor que tenga conocimiento de una falta grave debe abordar y confrontar directamente al estudiante implicado para aclarar todos los detalles antes de diligenciar el registro de la falta en el observador; luego debe presentarle su versión y solicitar al estudiante que igualmente exprese su punto de vista sobre lo ocurrido y su respectivo descargo y firme; este a su vez informara verbalmente al respectivo director de grupo. Cuando la falta es informada por alguien distinto a un profesor, este debe informa a coordinación de disciplina, quien comunica al director de grupo para la confrontación y el registro de la misma. La situación debe quedar completamente aclarada antes de pasar a la siguiente instancia: coordinación de disciplina. 2. Tan pronto como se inicie un proceso por falta grave a un estudiante, este será conocido por coordinación de disciplina, quien revisa el proceso y asigna la sanción de acuerdo con las acciones formativas para estas faltas. 3. Finalmente el coordinador de disciplina notifica al acudiente la decisión tomada y queda constancia escrita en el observador. 4. La instancia de apelación en caso de faltas graves, será el comité de convivencia. PARÁGRAFO: Las faltas graves deberán ser resueltas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicie el proceso. Acciones formativas para las faltas graves. Las acciones formativas para las faltas graves son: a. Realizar una consulta relacionada con la falta cometida y socializarla ante sus compañeros. 9. Asistir a la jornada de acción formativa, en uno de los días programados por la Institución. ( El día programado no asistirá al aula de clase, trabajara con el coordinador y orientador escolar, sus actividades escolares se suspenden y no habrá reprogramación de evaluaciones y/o actividades). b. Recibir tratamiento psicológico (o lo recomendado para el caso) y presentar la constancia del mismo a rectoría.
  • 29. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 29 c. Suspensión del estudiante de sus actividades académicas por un día, a través de resolución rectoral. El estudiante asistirá al colegio a realizar las actividades propuestas. d. Desarrollar un taller sobre el cuidado del entorno y reparar o pagar si hubo daño a muebles y enseres. e. Ser suspendido de una actividad programada por el colegio: cultural, deportiva, social, salida pedagógica, entre otras. f. Firmar acta comportamental para el mejoramiento de la normatividad para ser cumplida durante el resto del año escolar, después de cometida falta. En caso de renovación de la matrícula para el año lectivo siguiente, se podrá prologar el compromiso de permanencia de acuerdo con la decisión de la comisión de evaluación y promoción. Este compromiso debe ser firmado por el estudiante y sus padres, por el director de grupo y el coordinador. g. Presentar excusa y resarcir los efectos de su conducta con la persona afectada. h. Para estudiante de grado undécimo, la no proclamación en ceremonia de graduación de los bachilleres. Faltas de especial gravedad: 1. Falta de especial gravedad: Es todo tipo de comportamiento, conducta o actitud que perturba gravemente la armonía institucional y supone el desconocimiento de los valores éticos y morales que rigen nuestra sociedad y los que sustentan el manual de convivencia, y/o son considerados delitos en la legislación colombiana. a. Ser reincidente en falta grave b. Llegar tarde 10 veces a la institución al iniciar la jornada escolar en cualquier época del año. c. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás. d. Ingresar, ingerir, inducir, consumir, usar o vender sustancias psicoactivas (como cocaína, marihuana, éxtasis ente otras) o bebidas alcohólicas dentro y fuera de la institución. e. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas. f. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, o a la misma institución a través de los medios virtuales (redes sociales, blogs, páginas de
  • 30. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 30 internet, chat entre otros) alterando, cambiando o manipulando fotos, videos, nombres o información. g. Planear, liderar, estimular apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la institución, que afecte la integridad física, social y psicológica de las personas. h. Participar en daños o escritos que causen deterioro a la planta física de la institución. i. Sustraer o apropiarse indebidamente de dinero u objetos pertenecientes a compañeros del colegio o a los otros miembros de la comunidad educativa. j. Acosar, provocar, abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. k. Cometer cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho fundamental de la vida. l. Falsificar firmas, alterar libros y registros de calificaciones y documentos de cualquier tipo. m. Suplantar a compañeros o hacerse suplantar para evadir responsabilidades disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico. n. Elaborar, exhibir o distribuir a cualquier título material de contenido inmoral ofensivo o pornográfico. o. Inducir premeditadamente a otros miembros de la comunidad educativa a cometer faltas de especial gravedad. p. Participar o inducir al estudio o experimentación de fenómenos parapsicológicos, satanismo, prácticas de magia, espiritismo y otros análogos q. Cometer acoso escolar, bullying (amenazas, chantaje, soborno, venganza, boleteo, burla, abuso, atropello, intimidación) contra los compañeros o algún miembro de la comunidad educativa. r. Hacer bromas pesadas y/o juegos bruscos que atenten contra la salud o la integridad física de cualquier persona de la comunidad educativa. s. Hurtar, esconder, alterar o destruir material de apoyo pedagógico de los docentes. t. Violar la intimidad personal mediante actos, conductas, acciones o circunstancias arbitrarias que afecten su dignidad o la de los otros (se sustentan en el art. 33 ley 1098 de 2006). u. Grabar, filmar, fotografiar a docentes de la comunidad educativa con el fin de evidenciar situaciones particulares. v. Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o cualquier miembro de la institución. w. Indisciplina permanente y reiterativa.
  • 31. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 31 x. Falta de comedimiento para atender las observaciones. Tener actitudes desafiante, burlonas o de autosuficiencia frente a las amonestaciones de los profesores. y. Cuando llegue a la Institución y sale de el en forma fraudulenta saltando muros y rejas. z. Suplantar la firma de los padres, docente o compañeros en las excusas, permisos, circulares y registro normativos. aa.Hacer fraude, plagio, y/o copia en la presentación de evaluaciones, prueba, exámenes, trabajos y demás responsabilidades individuales que merecen rectitud, transparencia y honestidad. bb.Comprometer al colegio con su mal comportamiento social dentro o fuera de él. cc. Todos aquellos actos graves a juicio del comité de convivencia. dd.Utilizar inadecuadamente el servicio de los computadores e internet. PARÁGRAFO 1. La reiteración en la comisión de una falta grave, o la comisión de varias faltas graves que den lugar a un único proceso disciplinario, será considerada falta gravísima. PARÁGRAFO 2. Pueden considerarse como falta gravísima a juicio del rector o de la comisión de convivencia, la comisión de una falta grave enmarcada por circunstancias agravantes. PARÁGRAFO 3. En el presente manual no podrán estar dirimidas todas las faltas que se presentan en la institución. Las situaciones y la clasificación de estas se determinarán desde la institución teniendo en cuenta las circunstancias y consecuencias de la acción. Debido proceso para faltas de especial gravedad: El debido proceso para faltas de especial gravedad es el siguiente: a. Las faltas de especial gravedad serán tratadas de igual manera que las faltas graves en el momento en que se confirma la falta y coordinación de disciplina revisa el proceso. b. Coordinación cita al acudiente del estudiante implicado para informar sobre el hecho ocurrido y el proceso que se debe seguir. c. Posteriormente se convoca el comité de convivencia para analizar el caso y sugerir la sanción. Una vez determinada la sanción Coordinación informa a los
  • 32. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 32 acudientes la respectiva sanción y se deja constancia en el observador. Si se considera que la estrategia debe ser la cancelación de la matrícula, se remite el caso a rectoría quien determinara con resolución rectoral la sanción. PARÁGRAFO 1. La instancia de apelación será la rectoría o el consejo directivo de la institución en el caso de las decisiones tomadas por faltas de especial gravedad. PARÁGRAFO 2. Las faltas de especial gravedad deberán ser resueltas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. Sanciones para las faltas de especial gravedad: Cuando la falta es especialmente grave y no tiene causales de atenuación se podrá elegir entre estas opciones: a. Compromiso del estudiante que se firma cuando se considere que la falta permite una última oportunidad sin deteriorar en él el sentido de la norma ni se convierta en un mensaje nocivo para la comunidad educativa. El cumplimiento de alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar su exclusión de la Institución. b. Exclusión del colegio: El análisis de la falta también puede ocasionar las exclusión del estudiante de la Institución en cualquier época del año escolar, decisión que corresponde a la rectoría, la cual se notificara mediante resolución al estudiante y a sus padres o acudientes. Es responsabilidad de la Institución para toda falta que amerite la exclusión inmediata, a la cual se le haya hecho el debido proceso, dejar constancia en el observador. c. La renovación del cupo para el año siguiente: Esta decisión se notificará por escrito al estudiante y a sus padres o acudientes a través de coordinación. d. Desescolarización. Para aquellos estudiantes que cometen una falta de especial gravedad, la rectora podrá concederles el beneficio de la desescolarización, para que concluyan las actividades académicas y terminadas estas, no se les renovará el cupo. e. La no proclamación como bachiller. Para los estuantes de undécimo grado que cometan faltas de especial gravedad se les podrá sancionar con la no proclamación como bachilleres (acto protocolario) y el diploma se entregara en la administración. PARÁGRAFO 1. Se deja claramente establecido que en fallo de tutela la corte constitucional aclaro que la falta de rendimiento académico, la indisciplina reiterada, la ausencia y falta de compromiso en la Institución, el atentado grave
  • 33. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 33 contra la honra y bienes de la institución o integrantes de la comunidad educativa, entre otros factores que se vulneran la buena marcha institucional o la convivencia armónica pueden ser razones suficientes para que un estudiante sea retirado o rechazado en el establecimiento educativo (Sentencias C-386 de 1994, T-493 de 1992 y SC-555 de 1994). PARÁGRAFO 2: En caso de retiro del estudiante de la Institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente entregar paz y salvo firmar en la secretaria la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el carnet estudiantil. PARÁGRAFO 3: La institución educativa a través del representante legal de la Institución dará traslado a las autoridades competentes de las conductas en que incurra cualquiera de los estudiantes de la institución que puedan configurar la transgresión a cualquier norma jurídica vigente del orden Municipal, Departamental o Nacional, en especial aquellas que violen los códigos de Policía o el código penal Colombiano. De la misma manera hará conocer de las instancias competentes aquellas conductas donde estén involucrados o afectados varios estudiantes que aparezcan descritas en el código de la infancia y adolescencia. Circunstancias atenuantes o agravantes. Se consideran como circunstancia que atenúan o eximen la responsabilidad el estudiante, de una falta o infracción las siguientes: ATENUANTES a. Su edad, desarrollo psicoactivo y evolutivo. b. Haber obrado por motivos nobles o altruistas. c. Confesar la falta oportunamente. d. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional fuera de la institución. e. Haber sido inducido a cometer la falta por un mayor de edad. f. Cometer la falta en estado de alteración motivado por circunstancia que le causan dolor psíquico o físico. g. Procurar a iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario. AGRAVANTES a. Reincidencia en las faltas b. Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.
  • 34. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 34 c. Haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta. d. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta. e. Cometer una falta a nivel individual o con la complicidad de otras personas y, con pleno conocimiento de sus efectos dañosos. f.No admitir la responsabilidad o atribuírselas a otras personas. g. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. h. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso pueda resultar peligro común. i.Omitir información relevante. j.Cuando comprometa el buen nombre de la institución. k. Involucrar a otras personas que no tuvieron nada que ver con el hecho. En los casos en que la falta no se encuentre expresa dentro de los artículos anteriores será calificada de acuerdo a los criterios de coordinación y del comité de convivencia. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA PADRES DE FAMILIA Faltas y sanciones para los padres de familia y/o acudientes. Los padres de familia incurrirán en faltas por el incumplimiento de cualquiera de los deberes de este manual de convivencia y será calificado conforme a los criterios que el presenta. Las sanciones serán las que utiliza el código de infancia y adolescencia en su texto con miras a la protección de los estudiantes de la institución. También podrán tenerse como sanciones para los padres de familia que incumplan sus obligaciones las siguientes: 1. Amonestación verbal en privado o escrito. 2. La ausencia del padre de familia o acudiente en el proceso formativo del estudiante por tres veces consecutivas conlleva a intervención del bienestar familiar. 3. La inasistencia a las citas que la institución programe (reuniones, situación de cualquier estamento) ocasiona, si es reincidente, cancelación del cupo para el año siguiente. 4. La falta de respeto (verbal o física) del padre de familia con algún miembro de la institución ocasiona la no renovación del cupo del estudiante para el año siguiente 5. La falsedad en las escusas será sancionada por el colegio, con posibilidad de cancelación de la matrícula, una vez se haya agotado una etapa de averiguación y comprobación de la misma.
  • 35. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 35 PARÁGRAFO: El instituto Colombiano de Bienestar familiar – ICBF vigila y garantiza el Sistema Nacional de Bienestar; su tarea es garantizar que se cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescente, para ello emite lineamientos, desarrolla programas y proyectos para la protección de la infancia en caso de vulneración de los derechos de los niños; puede ejercer medidas de protección que solo la entidad está en capacidad de decidir hacerlo en situaciones del maltrato físico, psicológico, negligencia, abandono, sospecha de abuso sexual, indicadores de trabajo infantil, maltrato familiar, desnutrición, inasistencia de los padres, problemas de alcoholismo, consumo detectada en la familia del menor. Las instituciones deben contar con a la comisaria de Familia en caso de actitudes de abandono o maltrato familiar hacia los escolares, con debida comunicación a la orientadora del colegio, a la secretaria de Educación y llamados previos a los padre para concertar sobre la responsabilidad y cuidado de los menores. No es permisible que los casos a intervenir no sean atendidos por las entidades. Es obligación de la institución reportar y hacer seguimiento; es responsabilidad del ICBF dar respuestas a la institución con acompañamiento del caso. Debido proceso para los padres de familia. Una vez calificada la falta, será llamados los padres a rendir cargos, para lo cual se les concederá los recursos de reposición y apelación. Dados los recursos y resueltos de manera justa, en los términos del Manual, conforme a la gravedad de la falta serán tomadas las medidas correctivas correspondientes. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL PERSONAL DE LA INSTITUCION Faltas y sanciones para el personal institucional Debido proceso para el personal CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES RUTAS Y PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES Artículo 40. (DECRETO 1965) Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Protocolo Situaciones Tipo l.
  • 36. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 36 Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Es una situación esporádica que no generó daño psicológico o físico. Incluyen las agresiones verbales, físicas, gestuales y relacionales esporádicas, con o sin contenido sexual. Hay agresión verbal, gestual o virtual con contenido sexual que hace referencia a las características del cuerpo, al comportamiento de género, a comentarios inapropiados sobre la orientación sexual, o al comportamiento erótico o romántico de las personas involucradas. Artículo 42. (Decreto 1965) De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l. 1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa debe estar en disposición de atender una Situación de Tipo I de manera inmediata, si es el caso solicitará ayuda al Docente de Aula y/o coordinador, quien actuará de forma inmediata con las partes involucradas en el conflicto. 2. Facilitará la expresión de cada persona involucrada para exponer sus argumentos frente a lo sucedido, escuchando activamente el punto de vista y los intereses de la otra parte. 3. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado establecimiento educativo. 4. Mediar de manera pedagógica y fijar la forma de solución imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado en el establecimiento educativo. 5. Se establecerán compromisos entre las partes. 6. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto. 7. De esta actuación se dejará constancia en el observador del estudiante se socializará la situación presentada con el Director de Grupo. 8. Citar a los padres o acudientes para informar la situación presentada. Se notificara mediante un acta firmada por los padres, estudiantes y docentes que será anexada al observador del alumno. 9. Generar el rechazo púbico a este tipo de acciones de manera pedagógica. 10.El Director de Grupo hará seguimiento constructivo del proceso, lo cual quiere decir: que llevará un registro interno de su grupo, con el objetivo de contribuir a
  • 37. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 37 la vigilancia del fenómeno y la reincidencia del mismo, dirigido a generar estrategias de intervención posterior, (se podrá apoyar del coordinador) de ninguna manera se utilizará, este proceso para decisiones que impliquen afectar la nota de comportamiento, dado que la mediación1 debe a una posibilidad a la cual puede acceder cualquier estudiante en las situación Tipo I. 11.Si la situación de un estudiante se presenta en escalada esta será tratada según corresponda con los protocolos de actuación en las situaciones Tipo II y Tipo III. Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares (Patrulleros por la Paz), podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia escolar. 2. Protocolo Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Se presenten de manera repetida o sistemática. b. Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la primera vez que se presenta. c. Es una situación de agresión, así sea la primera vez que se presenta, que ocasionó daños al cuerpo o a la salud física o mental de los afectados, pero no generó incapacidad de ningún tipo. d. La situación no reviste las características de un delito. Artículo 43. De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II. 1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que identifique la necesidad de atención médica o psicológica inmediata se comunicará con el Rector o Coordinador de la institución para activar ruta de referencia al sector salud. En casos en los que no es posible contactarlos, la persona que identifique la situación, activará la ruta de referencia a salud bien sea (Rector, Coordinador, Orientador Escolar, Docente de aula). 1 Entendiendo que la mediación es una estrategia pedagógica que busca gestionar el conflicto donde una persona neutral ayuda a las partes a enfrentarlos constructivamente, por lo tanto el Establecimiento educativo debe facilitar y no limitar el acceso del estudiantado al desarrollo de habilidades sociales
  • 38. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 38 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 5. Coordinador de disciplina, docente que identifica la situación, Orientador, son quienes reunirán toda la información, realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas. 6. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 7. Generar espacios en los que las partes involucradas2 y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y garantizando el debido proceso. 8. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 9. Generar acciones restaurativas on line, para los casos de Ciberacoso, se deben retirar por ejemplo, las publicaciones intimidatorias, humillantes o difamadoras etc. 10.El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto. 11.El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 12.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 13.El funcionario responsable del manejo del caso deberá remitir por escrito a Orientación Escolar con el propósito de reducir la afectación personal, los factores de riesgo asociados y la posibilidad de que se vuelva a presentar. 2 Los espacios generados para las personas involucradas, merecen una atención especial, evitando el escalonamiento del conflicto. Se sugiere: “Conversaciones individuales con Víctimas, agresores, testigos, Comunicar a familias individualmente Evitar comunicación directa entre familias.”(Chaux, E., Bustamante, A., Castellanos, M., Chaparro, M.P. & Jiménez, M. (2009).
  • 39. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 39 Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto. Nota: Las anteriores acciones reparadoras no exoneran de las sanciones disciplinarias contempladas en el Manual de Convivencia Escolar, previendo en los protocolos de atención la proporcionalidad entre falta, la sanción aplicada y la acción reparadora. (Guía 49, pag.118). 3. Protocolo Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente: homicidio, violación (acceso carnal en cualquiera de sus modalidades), acoso sexual, pornografía con personas menores de 18 años, extorsión, secuestro y otras donde se vean vulnerados los derechos fundamentales del NNA, establecidas en la Constitución y Ley de Infancia y Adolescencia (1098 de 2006). Requieren que la atención sea brindada por entidades externas al establecimiento educativo como Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, comisaria de familia, Sector Salud, entre otros. Nota: en situaciones tipo III la Institución Educativa no debe adelantar ningún proceso de levantamiento de testimonios o pruebas. Con la sola existencia de una evidencia que suponga la presunción de comisión de un delito, se debe informar inmediatamente a la autoridad competente. (Guía 49, pag.113) Artículo 44. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. 1. La persona que identifica la Situación como Tipo III, informará de manera verbal e inmediata a Rectoría o coordinación. 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 4. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 5. Una vez llegan los funcionarios de Policía de Infancia y Adolescencia y/o Sector Salud, el o los estudiantes involucrados se ponen a disposición y se deja constancia por escrito mediante formato institucional poniendo en
  • 40. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 40 conocimiento la situación y registrando los datos de identificación de los responsables de esta actuación. 6. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 8. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 10.Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. PROTOCOLO SITUACIONES DE EMBRAZO PARA ADOLESCENTES Embarazo adolescente: La OMS define como adolescencia al "período de la vida en el cual el individuo adquiere la capacidad reproductiva, transita los patrones psicológicos de la niñez a la adultez y consolida la independencia socio – económica" y fija sus límites entre los 10 y 19 años de edad. Signos De Alarma -Pautas familiares recurrentes de embarazo a temprana edad. -Validación social del embarazo en adolescentes. -Presión de grupo. -Falta de acompañamiento familiar frente al tema. -Falta de aplicación en pautas de crianza. -Influencia en los medios de comunicación. -Abandono y carencias afectivas familiares. -Influencia del contexto sociocultural.
  • 41. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 41 RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE EMBARAZOS EN ADOLESCENTES EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una situación de embarazo adolescente tiene el deber de informar por escrito (guardándose la reserva de la identidad) al Orientador Escolar, sobre los hechos de que tiene conocimiento, con el fin de garantizar la protección de la menor que se encuentre en esta situación. 2. El Orientador Escolar, solo podrá actuar con reporte escrito de la situación por escrito establecerá entrevista con la menor, buscando obtener información sobre el estado de embarazo. Cuando se confirme sospecha o gestación, informará a la estudiante sobre sus derechos, el proceso a seguir con la familia y dentro de la IE, además recomendara atención en salud. 3. El Orientador Escolar citará a la familia de la estudiante, con el fin de encaminar el proceso de comprensión, apoyo y atención en salud de la menor. Además en este espacio confirmará posibles condiciones de riesgo y tomara las decisiones del caso, tanto en el caso de que se trate de una estudiante menor o mayor de 14 años, se buscará restablecer derechos y protección remitiendo el caso a ICBF. Dejando constancia por escrito de este hecho. El reporte deberá ser respaldado por el Rector/Coordinador de la IE. 4. El Orientador Escolar reportará por escrito, el evento al Comité de Convivencia Escolar, buscando siempre la reserva y manejo adecuado de la información. 5. El Comité Escolar de Convivencia, orientará la toma de decisiones institucionales en los temas académicos y de convivencia que garanticen a la estudiante la reserva, intimidad, protección, fomento del respeto de los derechos. 6. El Comité de Convivencia Escolar, deberá gestionar las acciones para garantizar la continuidad de la adolescente en el sistema educativo; para lo cual citará a Coordinación Académica y disciplina para solicitar las respectivas adaptaciones administrativas, curriculares y garantizar el proceso de la flexibilidad curricular. Nota: si el caso reviste vulneración de derechos y/o violencia sexual, se activará los Protocolos de Violencia Sexual según se trate de Situación Tipo I, II o III. PROTOCOLO SITUACIÓNES DE MALTRATO INFANTIL
  • 42. LAURELINOS EN FORMACION…ACORDE A LAS EXIGENCIAS DEL MUNDO ACTUAL KM 11 VIA AL CORREGIMIENTO EL CENTRO- BARRANCABERMEJA - CEL: 3209640458 42 Maltrato Infantil: Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación. En general, toda forma de violencia o agresión sobre el NNA por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona (artículo 18 Ley 1098 del 2006). Signos de alarma: • Lesiones físicas observables.  Aspecto físico descuidado. • Expresiones de dolor o malestar físico de parte del NNA.  Pérdida de peso.  Síntomas físicos y dermatológicos desatendidos (brotes, heridas, infecciones, etc.). • Bajo rendimiento escolar.  Extremo cansancio o somnolencia durante la jornada escolar. • Actitud de retraimiento e inseguridad. • Inasistencias injustificadas. • Desmotivación por el estudio.  Falta de compromiso en el proceso educativo de los hijos por parte de la madre y el padre de familia. RUTAS PARA LA ATENCIÓN DE MALTRATO INFANTIL EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 1. Todo integrante de la Comunidad Educativa, que tenga conocimiento de una situación de Maltrato Infantil tiene el deber de informar por escrito al coordinador y/o Orientador Escolar, sobre los hechos de que tiene conocimiento, con el fin de garantizar la protección del menor. 2. Presencia de señales de riesgo en NNA: Es importante tener presente que las señales de riesgo son indicios que aumentan la probabilidad de que la situación de maltrato se esté presentando, pero no indican por sí mismos una situación de vulneración. No obstante, la presencia de dichas señales casi siempre implica la existencia de una dificultad en los contextos de desarrollo de los NNA, razón por lo cual es primordial que el Coordinador y/o Orientador Escolar profundice sobre la situación a fin de asegurar el desarrollo saludable de estos. 3. Hablar con el NNA o una persona cercana a él, en los casos de vulneración de derechos, probable o efectiva, siempre se debe tener cuidado en re victimizar los NNA y guardar confidencialidad. 4. El fin de este diálogo es confirmar si las señales de riesgo identificadas están relacionadas con un posible maltrato. Por ejemplo, el Coordinador y/o Orientador puede identificar golpes, brote dermatológico, cansancio o agotamiento de un NNA. En ese caso debe preguntarle por las razones de