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Reglas de Origen en el Marco
del Acuerdo de Promoción Comercial
Colombia - EE.UU.

Manual Práctico para el Sector
Agrícola - Agroindustrial
© 2013, Proyecto USAID|Facilitando Comercio, de la Agencia de
los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional.
Autora: Beatriz Cubas Zanabria
Revisión de Contenidos:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT)
Equipo Responsable de USAID|Facilitando Comercio:
Sandra Villanueva – Directora del Proyecto
Sandra Gómez - Líder del Componente
Zuleima Zhang - Asistente de programa
Equipo Responsable de Proexport:
Pilar Lozano – Directora de Cooperación y Convenios
Paula Ospina – Asesora Dirección de Cooperación y Convenios
Edición de texto: Sandra Patricia Figueroa
Diseño, ilustración y diagramación: Plásticolab
Queremos expresar nuestro agradecimiento a todas aquellas personas y entidades
que contribuyeron con sus aportes a la elaboración de este manual. En particular
las empresas visitadas durante el trabajo de campo, y los empresarios, agentes de
aduanas y funcionarios públicos que participaron en los talleres de aplicación de
reglas de origen para el sector agroindustrial.
Esta publicación es resultado del Proyecto USAID|Facilitando Comercio, en referencia al Contrato de USAID N° EEM-I-00-07-00009-00, TO AID-527-TO-10-00002.
Los puntos de vista de los autores no reflejan necesariamente el punto de vista de la
Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional.
La información contenida en este documento puede ser reproducida total o parcialmente, mencionando los créditos y las fuentes de origen respectivas.
USAID|Facilitando Comercio, es un proyecto de la Agencia de los Estados Unidos
para el Desarrollo Internacional, implementado por Nathan Associates Inc.

Para imprimir este documento abra este link:
http://tlc-eeuu.proexport.com.co/documentos/manualagricola.print.pdf
TABLA DE CONTENIDO
Presentación
EL ACUERDO DE PROMOCIÓN COMERCIAL - APC - COLOMBIA - EE.UU.
¿Qué es el APC?
¿Qué beneficios presenta el APC para el sector agrícola?
Antes de la firma del APC, ¿qué normatividad regulaba el comercio
de Colombia a EE.UU.?
1.4 ¿Existe en el APC un capítulo de Reglas de Origen relacionado exclusivamente
con mercancías agrícolas?

Capítulo 1
1.1
1.2
1.3

Capítulo 2
2.1
2.2
2.3

LAS REGLAS DE ORIGEN
¿Qué son las reglas de origen?
¿Por qué es necesario conocer el origen de una mercancía?
¿Por qué es necesario tener una normativa de reglas de origen en los acuerdos
comerciales?
2.4 ¿Cuál es el objetivo de las reglas de origen?
2.5 ¿Cómo se clasifican las reglas de origen?

Capítulo 3 LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
3.1 ¿Qué es la clasificación arancelaria de una mercancía?
3.2 ¿Por qué es importante conocer la clasificación arancelaria de una mercancía
en el tema de origen?
3.3 ¿En qué SA se encuentra negociado el APC?
3.4 ¿Qué SA se encuentra vigente en la actualidad?
3.5 ¿Cómo se puede vincular el SA 2002 con el SA 2012?
3.6 ¿Qué reglas se deben seguir para clasificar una mercancía?
3.7 ¿Dónde se puede buscar la clasificación arancelaria de una mercancía?
3.8 ¿Dónde encuentro el arancel de aduanas de Colombia?

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22
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23
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Capítulo 4
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5

LAS REGLAS DE ORIGEN EN EL APC COLOMBIA-EE.UU.
Conceptos generales
¿Qué tipos de mercancías existen en el APC?
Validez de algunas afirmaciones en el tema de origen
Reglas de origen y procedimientos de origen
¿Cuáles son los criterios de calificación de origen establecidos en el capítulo 4 del APC?

24
25
26
27
29
29

Capítulo 5
5.1
5.2
5.3
5.4

CRITERIO PARA MERCANCÍAS TOTALMENTE OBTENIDAS O PRODUCIDAS ENTERAMENTE (TO)
Implicaciones del criterio de TO para la identificación del origen de una mercancía
¿Cómo evaluar una mercancía para ser considerada TO?
¿El criterio de TO se vincula exclusivamente a mercancías con poco valor agregado?
¿Es posible que una mercancía con proceso productivo o valor agregado sea considerada
originaria a través del criterio de TO?
¿Cómo evaluar un producto con valor agregado como TO?
¿Es posible que una mercancía emplee algún material originario a través de un criterio distinto al de TO
y sea considerada como originaria a través del criterio de TO, literal l)?
¿Es posible que una mercancía emplee algún material no originario y sea considerada como originaria a
través del criterio de TO, literal l)?
¿Qué sucede con el TO cuando se emplean envases y materiales de empaque importados para la venta
al por menor?
¿Qué sucede con el criterio de TO si se utiliza materiales no originarios que no son parte
integrante de la mercancía?

31
32
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40

5.5
5.5.1
5.5.2
5.6
5.7

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49
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51
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Capítulo 6 CRITERIO PARA MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN A PARTIR DE MATERIALES
NO ORIGINARIOS (REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN -REO)
6.1 Implicaciones del criterio REO para la identificación del origen de una mercancía
6.2 ¿Cómo identificar el criterio REO que se aplica a una mercancía?
6.3 ¿A través de qué métodos se ha establecido la transformación sustancial en los REO?
6.4 Cambios de clasificación arancelaria
6.4.1 ¿Cómo identificar si el REO se basa en el cambio de clasificación arancelaria?
6.4.2 ¿A qué nivel del SA se establecen los cambios de clasificación arancelaria en el APC?
6.4.3 ¿Cómo evalúo el origen de una mercancía con un REO basado en un cambio de
clasificación arancelaria?
6.4.4 ¿Qué significa el cambio de capítulo?
6.4.5 ¿Qué significa el cambio de partida?
6.4.6 ¿Qué implica el cambio de subpartida?
6.4.7 ¿Si se cumple un cambio de capítulo, entonces se cumple un cambio de subpartida?
6.4.8 ¿Qué sucede si los cambios de clasificación están acompañados de excepciones de
partidas, subpartidas o capítulos específicos?
6.4.9 ¿Existe algún tratamiento distinto para las excepciones establecidas en los REO de
otros sectores?
6.4.10 ¿Qué sucede con los envases y materiales de empaque para la venta al por menor,
cuando el REO es de cambio de clasificación arancelaria?
6.5 Requisitos Técnicos
6.5.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO basado en un
requisito técnico?
6.5.2 ¿Qué sucede cuando se emplean envases y materiales de empaque para la venta al por
menor y el REO es un requisito técnico?
6.6 Método de Combinación
6.6.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO basado en el método de
combinación?
6.7 ¿Qué implicaciones tiene la multiplicidad de criterios en un REO?
6.7.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO que tiene múltiples reglas?
6.8 Resumen de pasos para evaluar el origen de mercancías sujetas a un REO
6.9 Reglas de capítulo
6.10 ¿Los REO son los mismos para Colombia y EE.UU., o existe algún criterio particular
para un país?

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53
53
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Capítulo 7 CRITERIO RELACIONADO CON MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN EXCLUSIVAMENTE A PARTIR DE MATERIALES ORIGINARIOS (EXO)
7.1 Implicaciones del criterio de EXO para la identificación del origen de una mercancía
7.2 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía EXO?
7.2.1 ¿Qué sucede cuando se emplean envases y materiales de empaque para la venta al por
menor y el criterio es un EXO?

Capítulo 8
8.1
8.1.1
8.1.2
8.1.3
8.1.4
8.2
8.3
8.4
8.5
8.5.1
8.5.2
8.5.3
8.5.4

REQUISITOS COMPLEMENTARIOS
Implicaciones del De Minimis
¿Cómo se interpreta el De Minimis?
¿Existe alguna condición para la aplicación del De Minimis a mercancías pertenecientes
al sector agrícola?
¿Todas las mercancías del sector agrícola pueden gozar de la flexibilidad proporcionada
por el De Minimis?
¿Cómo determino si puedo aplicar el principio de De Minimis?
Implicaciones de los materiales indirectos
Implicaciones de la acumulación de origen
Implicaciones del tránsito y transbordo
Implicaciones de los juegos
¿Qué tipo de juegos existen?
¿Qué condiciones debe cumplir un juego para que se clasifique por la Regla Nº3 del SA?
¿Existe alguna flexibilidad para el criterio de origen relacionado a juegos?
¿Cómo determino si una mercancía es un juego, y si es originario?

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134
134
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Capítulo 9
9.1
9.1.1
9.1.2
9.1.3
9.1.4
9.1.5
9.1.6
9.1.7
9.1.8
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9.1.10
9.1.11
9.1.12
9.1.13
9.1.14
9.2
9.3
9.4
9.5

9.6

LA CERTIFICACIÓN DE ORIGEN
Conceptos generales sobre la certificación de origen
¿Quiénes pueden emitir una certificación de origen?
¿En qué momento se debe emitir la certificación de origen?
¿Ante quién debe presentarse la certificación de origen para solicitar el trato
arancelario preferencial?
¿Quién es el responsable ante la aduana de una certificación de origen?
¿En qué idioma se debe emitir la certificación de origen?
¿Existe un formato preestablecido para la certificación de origen?
¿Qué información debe contener la certificación de origen?
¿Cuál es la vigencia de las certificaciones de origen?
Tipos de certificaciones de origen según el APC
¿Existen excepciones para la certificación de origen?
Siendo un exportador, ¿qué documento se le puede solicitar al productor en caso de
que no quiera emitir un certificado de origen?
Vigencia de la certificación de origen en el APC
¿Qué quiere decir la expresión: “el conocimiento del importador de que la mercancía
es originaria”?
¿Cuáles son las diferencias entre el APC y el ATPDEA con relación a la certificación
de origen?
Mantenimiento de Registros
Sanciones ante una mala certificación de origen
¿Qué sucede si se advierte que una certificación de origen tiene información
incorrecta?
¿Cómo puede un importador que realiza la certificación de origen, asegurar que ante
una eventual verificación se le proporcione toda la información que demuestre que la
mercancía es originaria?
Devolución de Aranceles

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Capítulo 10
10.1
10.2
10.3

RESOLUCIONES ANTICIPADAS
¿Quiénes pueden solicitar la emisión de una Resolución Anticipada en el marco del APC?
¿Para qué sirve una Resolución Anticipada?
¿Además de las de origen, que otro tipo de Resoluciones Anticipadas pueden ser útiles para
el análisis de origen de las mercancías?
10.4 ¿Ante qué entidades se debe solicitar la emisión de las Resoluciones Anticipadas?
10.5 ¿Cuánto tiempo demora la emisión de una Resolución Anticipada?
10.6 ¿Cuál es la vigencia de las Resoluciones Anticipadas?

ANEXOS
Anexo 1:
Anexo 2:
Anexo 3:
Anexo 4:
Anexo 5:
Anexo 6:
Anexo 7:
Anexo 8:

Test de Origen
Resumen Interpretativo de los REO del Sector Agrícola
Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura
Certificados de Origen Referenciales
Instituciones norteamericanas vinculadas al comercio
Instituciones colombianas vinculadas al comercio
Abreviaciones
Glosario

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PR ESENT A CIÓ N

Estimado productor, exportador o importador, la Agencia de los Estados Unidos para
el Desarollo Internacional – USAID y Proexport, le hacen entrega del presente manual con el fin de brindarle un instrumento conceptual y metodológico para la aplicación de las reglas de origen del Acuerdo de Promoción Comercial – APC, firmado
entre Colombia y los Estados Unidos de América (Ley N° 1143 del 4 de julio de 2007 y
la ley No. 1166 del 21 de Noviembre de 2007).
El manual es ilustrativo y sirve como guía práctica para que el productor, exportador
o importador, en primer lugar determine el origen de una mercancía y posteriormente
certifique su origen.
De igual forma usted podrá:

En este manual se incluyen algunos casos con sus respectivos procedimientos de análisis, los cuales no necesariamente indican la totalidad de los materiales empleados
para producir una mercancía, ni reflejan exactamente la realidad en la descripción del
proceso productivo empleado.
Los casos presentados muestran la clasificación arancelaria a un nivel máximo de seis
dígitos, nivel más frecuente en el tema de reglas de origen. Sin embargo, para conocer las preferencias arancelarias de las mercancías, se requiere saber la clasificación
a ocho dígitos, ya que para los cronogramas de desgravación de los aranceles se han
negociado a este nivel.

* Identificar y comprender los criterios de calificación que plantea el capítulo 4 del
APC sobre reglas de origen.

Adicionalmente, los ejemplos mostrados en este manual han empleado la clasificación
arancelaria en el Sistema Armonizado 2002, teniendo en cuenta que es la nomenclatura en la cual se negoció el Acuerdo y a la fecha la normativa de origen no ha sido
actualizada.

* Conocer y aplicar adecuadamente el test de origen para evaluar correctamente el
origen de las mercancías.

Recuerde que únicamente los textos del APC Colombia-EE.UU. y la normativa emitida
en el marco del mencionado Acuerdo, constituyen una fuente válida de información.

* Conocer los procedimientos para realizar la certificación de origen.
* Concientizarse de las responsabilidades que implica la certificación de origen de
una mercancía.

Si tiene alguna duda sobre el tema de origen, usted puede consultar a la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), o al Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo (MinCIT).

9
C A P ÍT ULO

1

EL A C U ERDO DE PRO MOCI ÓN COMER CI A L
C O LO M B I A -EE.U U .
1.1 ¿Qué es el Acuerdo de Promoción Comercial?

1.2 ¿Qué beneficios presenta el APC para el sector
agrícola?

El Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre Colombia y EE.UU. (APC), el 22 de
noviembre de 2006. Se encuentra vigente desde el 15 de mayo de 2012.

El acceso preferencial que otorga EE.UU. a Colombia es significativo, ya que alrededor del 89% de las líneas arancelarias del sector se desgravaron a la puesta en vigencia del Acuerdo. El 8% de las líneas arancelarias del sector se encontraba sujeto a la
aplicación de un contingente arancelario, y el resto presentaba desgravación entre 5
y 15 años.

¿?

Para comprender mejor los beneficios del APC es necesario
saber qué es una preferencia arancelaria.
La preferencia arancelaria es la reducción o eliminación de los aranceles
de aduana1. En algunos casos, esta eliminación es gradual, progresiva y
con periodos de gracia. Adicionalmente, en el sector agrícola, han sido establecidos contingentes arancelarios para productos sensibles.

Algunos de los principales beneficios del nuevo esquema de comercio del APC, son la
concesión de preferencias arancelarias mutuas y la reducción de barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios.
Todas las mercancías del universo arancelario han sido negociadas en el marco del
APC; por lo tanto gozan de preferencia arancelaria. En consecuencia, al culminar el
programa de desgravación entrarán al territorio nacional sin pagar el arancel establecido al momento de importar la mercancía2.

Si una empresa quiere importar a Colombia debe conocer la desgravación
arancelaria de Colombia, ingresando a la página oficial del APC.
Si una empresa quiere exportar a EE.UU. debe conocer la desgravación arancelaria
de Colombia, ingresando a la página oficial del APC.

Se debe resaltar que para el azúcar y mercancías con un alto contenido de
azúcar existe un tratamiento especial.

1 Con el APC no se eliminan los impuestos internos, tales como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros. Sin embargo, éstos se reducen debido a que la base imponible es menor, como consecuencia de la eliminación
o reducción del arancel.
2 Colombia controla la importación sobre ciertas mercancías, como ropa usada, calzado usado, entre otros; las cuales se mantendrán en el marco del APC. Esto quiere decir que dichas mercancías no solo no podrán ingresar
a nuestro país con preferencias arancelarias, sino que no podrán ser importadas así se pague el arancel (ver Anexo 2.2 del capítulo 2 del APC). A su vez, EE.UU. presenta prohibiciones para la importación de determinadas
mercancías (ver el listado del Anexo 2.2 del APC).

11
1.3 Antes de la firma del APC, ¿qué normatividad
regulaba el comercio de Colombia a EE.UU.?
Antes de la puesta en vigencia de este Acuerdo, las exportaciones de Colombia a
EE.UU. gozaban de preferencias arancelarias unilaterales, a través del ATPA3, ATPDEA4 y del SGP5. Con la entrada en vigencia del APC, las preferencias unilaterales
dejaron de aplicarse, por lo tanto las exportaciones colombianas no pueden acogerse
a éstas. Las nuevas reglas de origen del APC son distintas no solo para el sector agrícola, sino para el total de mercancías.

3 Andean Trade Promotion Act, Ley de Promoción Comercial Andina. El ATPA, que concluía el 4 de
diciembre de 2001, se extendió mediante la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y Erradicación de
Drogas (“ATPDEA” por sus siglas en inglés), la misma que fue firmada el 6 de agosto de 2002 y registrada
como Ley 107-210.
4 Andean Trade Promotion and Drug Eradication Act, Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga.
5 El Sistema Generalizado de Preferencias es un sistema de preferencias arancelarias totales o parciales,
no recíproco, otorgado por países desarrollados a países en vías de desarrollo, sin el requerimiento de que
estas deban ser extendidas a otros países desarrollados.

12
1.4 ¿Existe en el APC un capítulo de Reglas de Origen
relacionado exclusivamente con mercancías agrícolas?
En el APC no existe un capítulo exclusivo que establezca la normativa de reglas de origen para el sector agrícola; este sector debe regirse por lo establecido en el capítulo 4
del APC. Lo que sí existe es una sección agrícola en el capítulo 2 del APC, relacionada
con las disciplinas de acceso a mercados6.

La selección agrícola incluye:
- Disciplinas sobre trato nacional y acceso a mercados.
- Administración e implementación de cuotas.
- Subsidios a la exportación agrícola.
- Empresas comerciales del estado exportadoras.
- Salvaguardia agrícola.

6 A diferencia del tratamiento para el sector textil-confecciones, el cual sí cuenta con una sección especial:
el capítulo 3 del APC.

13
CA PÍ T U LO

2

LA S REG LA S D E OR I G EN
2.1 ¿Qué son las reglas de origen?

2.2 ¿Por qué es necesario conocer el origen de una
mercancía?

Las reglas de origen son un conjunto de criterios, requisitos y principios que se utilizan para determinar el origen de una mercancía. El productor, exportador o importador debe conocer las reglas de origen para saber si una mercancía cumple con los
criterios de origen establecidos en el APC y, de ese modo, poder beneficiarse de la
reducción o exención del pago del arancel derivada del Acuerdo.

Establecer el origen de las mercancías es útil para:
- El cálculo de estadísticas comerciales.
- La aplicación de medidas de defensa comercial.
- El acceso a preferencias arancelarias, entre otros.

¿?
Para comprender mejor las reglas de origen, es necesario saber
qué es el origen de una mercancía.
El origen de una mercancía es el nexo geográfico que relaciona a una mercancía con un país determinado, en cuyo territorio la mercancía ha sido
producida o ha sufrido un proceso de transformación.

Como productor, exportador o importador, usted debe conocer las reglas de origen
del APC para determinar si la mercancía es originaria y, de ese modo, poder beneficiarse de la reducción o exención del pago del arancel derivado del acuerdo. Además,
debe conocer la normativa relacionada con las reglas de origen, ya que se existen sanciones8 por realizar una certificación de origen errada o no cumplir con las obligaciones establecidas.

Para determinar este vínculo, se ha establecido la normativa llamada “reglas de origen”. Es necesario aclarar que “el origen” no se encuentra relacionado con la “denominación de origen” que podría tener una mercancía7.
7 Una denominación de origen es un derecho de propiedad intelectual, que consiste en una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, utilizada para designar
un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos. En ese sentido,
sirve para distinguir la calidad especial, la reputación u otras características que pueda tener un producto con relación a las condiciones especiales del lugar de donde proviene, las cuales son protegidas en el marco de la
propiedad intelectual.
8 Hasta la fecha no se ha establecido cuáles serán las sanciones. No obstante, en el APC existe un compromiso entre las Partes de establecer sanciones a las empresas que certifiquen inadecuadamente el origen.

15
2.3 ¿Por qué es necesario tener una normativa de
reglas de origen en los acuerdos comerciales?
En un acuerdo comercial internacional se establecen beneficios arancelarios únicamente para mercancías de las Partes del acuerdo. En el caso del APC, las preferencias
solo son aplicables a las mercancías originarias de EE.UU. o Colombia. En ese sentido, es necesario establecer disposiciones que establezcan diferencias, entre aquellas
mercancías que son elegibles para el trato arancelario preferencial y aquellas que no
lo son.

2.4 ¿Cuál es el objetivo de las reglas de origen?
El objetivo de las reglas de origen de un acuerdo comercial internacional es garantizar
que solo las mercancías que califiquen como originarias de los países participantes de
un acuerdo se beneficien del tratamiento arancelario preferencial pactado entre ellos.
De esta manera, es posible evitar que terceros países, aquellos que no son parte del
acuerdo comercial internacional, se beneficien de preferencias arancelarias que no
han negociado, a través de una práctica fraudulenta denominada “triangulación de
origen”.
La implementación de este tipo de reglas resulta estrictamente necesaria, debido al
aumento de acuerdos comerciales internacionales y al empleo de materiales importados en la producción nacional.

16
2.5 ¿Cómo se clasifican las reglas de origen?
Existen dos tipos de reglas de origen: las preferenciales y las no preferenciales.

Preferenciales

Son las reglas que se establecen para determinar el origen de una mercancía
en el marco de un acuerdo, a fin de otorgar trato arancelario preferencial.

No Preferenciales

Son las reglas que se establecen para determinar el origen de una mercancía,
a fin de aplicar medidas de salvaguardia, derechos antidumping, derechos
compensatorios, fines estadísticos, entre otros. No se aplican con el fin de
otorgar preferencias arancelarias9.

Este manual tratará únicamente sobre las reglas de origen preferenciales.

9 La salvaguardia es una medida de emergencia que se aplica para proteger la industria nacional que se ve afectada por el incremento de las importaciones. Los derechos antidumping son una legislación aplicada a las
importaciones de bienes particulares provenientes de un país específico, para eliminar el perjuicio causado por la fijación de un precio inferior para los bienes exportados que para los costos de producción del país adonde
se importan esos bienes. Los derechos compensatorios se derivan de la aplicación de medidas para neutralizar el daño causado por las importaciones subvencionadas.

17
CAP ÍTU LO

3

LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
3.1 ¿Qué es la clasificación arancelaria de una
mercancía?

3.2 ¿Por qué es importante conocer la clasificación
arancelaria de una mercancía en el tema de origen?

La clasificación arancelaria consiste en la ubicación de una determinada mercancía
en la fracción que le corresponde dentro del arancel de aduanas, y se realiza aplicando las notas de sección, las notas de capítulo, las reglas complementarias y las notas explicativas de la referida tarifa, así como de diversos criterios que existen sobre
clasificación. Para evaluar el origen de una mercancía, en la mayoría de los casos, es
necesario conocer su clasificación arancelaria.

Es importante conocer la clasificación arancelaria de una mercancía, porque:

¿?
Para comprender mejor la clasificación arancelaria (el arancel)
es necesario saber qué es una subpartida arancelaria.
La subpartida arancelaria es la identificación numérica de una mercancía
a nivel internacional.

Cuando se conoce la subpartida de una mercancía, es posible establecer:
- El arancel aduanero que deberá pagar la mercancía.
- Si la mercancía se encuentra sujeta a algún tipo de restricción o medida
de defensa comercial.

- Existe un criterio de origen que permite el empleo de materiales no originarios:
REO (regla específica de origen), y para aplicarlo se necesita conocer primero la
clasificación arancelaria.
En algunos casos, cuando el REO se encuentra basado en el método de cambio de
clasificación arancelaria10, será necesario conocer la clasificación no solo de la mercancía, sino de todos los materiales no originarios que emplea para su producción.
- La certificación de origen requiere que se incluya la clasificación arancelaria de la
mercancía.
Es importante distinguir que en el caso de Colombia, la clasificación arancelaria empleada es la Nomenclatura Común de los Países de la Comunidad Andina (NANDINA), la cual está basada en el Sistema Armonizado y cuenta con ocho dígitos. Si a
esta misma nomenclatura se le agrega dos dígitos más, se convierte en la Subpartida
Nacional.
Para identificar la clasificación arancelaria, en primer lugar, se determina cuál es el
capítulo (dos primeros dígitos), luego la partida arancelaria (cuatro dígitos), posteriormente la subpartida del SA (seis dígitos), y la subpartida NANDINA (ocho dígitos), hasta llegar a los diez dígitos de la Subpartida Nacional.

- La existencia de preferencias arancelarias.
- Los criterios que deberá cumplir la mercancía cuando se emplean materiales no
originarios para su producción.

10 Ver capítulo 6.

19
En el siguiente cuadro se muestra la estructura de una subpartida colombiana a nivel
de diez dígitos.

Capítulo

Son los dos primeros dígitos de la nomenclatura.

Partida

Son los cuatro primeros dígitos de la nomenclatura.

Subpartida

Son los seis primeros dígitos de la nomenclatura.

En el caso de Colombia

NANDINA

Son los ocho primeros dígitos de la nomenclatura.

Subpartida
Nacional

Son los diez dígitos que conforman la nomenclatura.

En cuestión de origen, como productor, exportador o importador, en la mayoría de
los casos es necesario conocer la clasificación de una mercancía hasta el dígito seis, y
en cuestión de preferencias arancelarias hasta el dígito ocho.

Para hacer estudios de mercado y verificar estadísticas comerciales, es importante conocer hasta el dígito diez, o sea, la subpartida nacional.

20
Para identificar la clasificación arancelaria es necesario consultar el Sistema Armonizado (SA).

¿?

¿Y qué es el Sistema Armonizado?
Es un sistema de codificación numérica compuesto por seis cifras, que se
utiliza como modelo para la nomenclatura de mercancías, el cual ha sido
desarrollado por la Organización Mundial de Aduanas – OMA, y es aceptado y utilizado por más de 120 países, entre ellos Colombia.

El objetivo del SA es codificar todo el universo de mercancías y determinar su clasificación, mediante una nomenclatura uniforme y aceptable internacionalmente para
propósitos del comercio internacional de mercancías (aduaneros, estadísticos y de
transporte).
Ejemplo de clasificación arancelaria:
Sistema Armonizado 2012
01

Capítulo

Animales vivos.

01.02

Partida

Animales vivos de la especie bovina.

0102.29

Subpartida

Bovinos domésticos que no sean
reproductores de raza pura.

En el caso de Colombia
0102.29.90

Subpartida
NANDINA

Bovinos domésticos que no sean
reproductores de raza pura, que no
sean para lidia.

0102.29.90.10

Subpartida
Nacional

Bovinos domésticos que no sean reproductores de raza pura, que no
sean para lidia, hembras.

21
3.3 ¿En qué SA se encuentra negociado el APC?
Tanto las listas de desgravación arancelaria, como las reglas de origen se encuentran
negociadas en el SA del año 2002, y estas todavía no han sido actualizadas al SA del
año 2012. Para evaluar el origen de una mercancía se emplea el SA 2002, porque las
condiciones del tratado se negociaron en el ámbito de este SA (o en su defecto una
correlación), pero la certificación se debe llenar usando el SA de 2012.
En ese sentido, se recomienda que el productor, el exportador o el importador sean
cuidadosos y empleen el SA adecuado para analizar la desgravación arancelaria de la
mercancía, así como el REO aplicable a las mismas, ya que es posible que se esté buscando la desgravación o la regla de origen con una nomenclatura incorrecta.

3.4 ¿Qué SA se encuentra vigente en la actualidad?
El SA vigente es el del año 2012. Esto quiere decir que las subpartidas arancelarias
de la nomenclatura colombiana se encuentran basadas en esta actualización. Cabe
señalar que el SA es modificado cada cinco años, debido a cambios en los patrones de
comercio, entre otros. Así, entre los años 2002 y 2012 se realizaron dos cambios en la
nomenclatura.

3.5 ¿Cómo se puede vincular el SA 2002 con el SA
2012?
Existe una correlación teórica entre el SA 2002 y el SA 2007, y entre el 2007 al 2012,
proporcionada por la OMA, la cual indica qué clasificación tiene una mercancía en
cada año; esta es una correlación a seis dígitos. En las siguientes páginas web se encuentran dichas correlaciones y se puede observar qué clasificación tiene una misma
mercancía en cada SA.

Correlación entre la versión 2012 y 2007 del Sistema Armonizado
Correlación entre la versión 2007 y 2012 del Sistema Armonizado

3.6 ¿Qué reglas se deben seguir para clasificar una
mercancía?
Para clasificar una mercancía, se debe revisar el documento “Arancel de Aduanas”11,
en el que se encuentra una normativa que consta de seis reglas para interpretar el SA,
las mismas que son empleadas para la interpretación de la NANDINA. Con la ayuda
de estas reglas se puede clasificar una mercancía en un capítulo, partida, subpartida
del SA, subpartida NANDINA y subpartida nacional respectivamente12.

3.7 ¿Dónde se puede buscar la clasificación arancelaria
de una mercancía?
Cada una de estas páginas web presenta una base de datos de las subpartidas arancelarias de Colombia y EE.UU.

Consulta de arancel en el caso de Colombia
Consulta de arancel en el caso de EE.UU

11 En este caso, cuando se habla del Arancel de Aduanas, no se refiere al derecho o gravamen que se le aplica a las mercancías importadas, sino al documento que contiene la estructura de la nomenclatura colombiana, que
establece la subpartida nacional con su respectivo derecho.
12 Ver Anexo 3.

22
En Colombia y EE.UU., los seis primeros dígitos de una mercancía son iguales y significan lo mismo, porque hacen parte de la nomenclatura del SA. Más allá del sexto
dígito, las mercancías pueden tener una diferente codificación numérica, o una misma codificación numérica puede amparar distintas mercancías. En consecuencia, es
importante asegurarse de la clasificación arancelaria de una mercancía en el país de
importación y exportación.

3.8 ¿Dónde se encuentra el arancel de aduanas de
Colombia?
El arancel de aduanas se encuentra establecido en el Decreto N°4927 del 26 de Diciembre del 2011.

En el caso de Colombia, consultar el sitio web de la
Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales DIAN
En el caso de EE.UU., se puede consultar en la página web del
USITC
Una incorrecta clasificación arancelaria puede ocasionar:
- Una errada determinación de origen, ya que puede estar aplicando la regla específica correspondiente a otra mercancía.
- Una evaluación inadecuada de los cambios de clasificación arancelaria establecidos
en el Anexo de REO, ya que los insumos pueden estar incorrectamente clasificados.
- Que la certificación de origen sea rechazada por la autoridad aduanera de la parte
importadora, cuando se presente para solicitar el trato arancelario preferencial, por
haber incluido una incorrecta clasificación arancelaria de la mercancía.
- Que sea denegado el trato arancelario preferencial y se apliquen sanciones al impor
tador de la mercancía como consecuencia de no cumplir con la normativa de origen.
Cabe señalar que estos mismos problemas se podrían generar si se evalúa el origen
con la versión inadecuada del SA. El productor, el exportador o el importador se pueden asegurar de la correcta clasificación arancelaria de la mercancía a través de las
Resoluciones Anticipadas13.
13 Ver capítulo 10.

23
C AP ÍT ULO

4

LAS REGLAS DE ORIGEN EN EL APC COLOMBIA-EE.UU.
4.1 Conceptos generales
Para comprender mejor el tema de las reglas de origen es indispensable revisar previamente algunos conceptos y creencias que pueden causar confusión.
- Países que son Parte del APC:

Parte

No Parte

Los países que han suscrito el APC. En
este caso, Colombia y EE.UU., únicamente.

Conocido también como terceros países, ya que no conforman el APC. En
este caso, cualquier país que no sea
Colombia o EE.UU. Por ejemplo, Perú,
Ecuador o la China.

!

Se debe tener en cuenta que ni Perú ni Ecuador son Parte de este Acuerdo Comercial. Motivo por el cual el abastecimiento de insumos de estos mercados puede
tener implicaciones en la determinación del origen de las mercancías14

- Diferencia entre “mercancías” y “materiales”:

Mercancía

Material

Implica cualquier producto, artículo
o material. En el presente manual se
hace referencia a la mercancía final de
exportación, sobre la cual se evalúa el
criterio de origen. No obstante, dicha
mercancía puede emplearse como material en el país de destino.

Implica una mercancía que es utilizada en la producción de otra mercancía,
incluyendo una parte o un ingrediente.
En ese sentido, son las materias primas, materiales, insumos y todas aquellas mercancías que sirven como base
para obtener otro producto.

En otras palabras, la mercancía es el producto a exportar, y el material es el producto
que se emplea para elaborar la mercancía. Según lo establecido en el Artículo 4.23
del APC.
14 Ver sección 8.3

25
4.2 ¿Qué tipos de mercancías existen en el APC?
Las mercancías pueden ser de dos tipos:

Originarias

Mercancías originarias de Colombia
o
Mercancías originarias de EE.UU.

No originarias
Mercancías obtenidas o producidas en terceros países (importadas
desde terceros países), o
Mercancías producidas en Colombia o en EE.UU., pero cuya transformación en dichos países no fue suficiente para conferir origen a dicha mercancía. Es decir, mercancías que fueron producidas en Colombia o EE.UU.,
pero no cumplieron con la regla de origen establecida en el APC.

¿Cuál es la diferencia entre origen y procedencia?
El origen de una mercancía establece un vínculo con el lugar en donde esta se obtiene o fabrica, siempre que se cumpla con unos criterios preestablecidos. Por ejemplo, reglas
de origen en un acuerdo comercial internacional. En cambio, la procedencia se determina por el último lugar de donde se embarcaron las mercancías.

26
4.3 Validez de algunas afirmaciones en el tema
de origen
“Las mercancías que son producidas en nuestro país son siempre originarias
de Colombia”
Esta es una afirmación común en el sector productivo, pero no es cierta.

No siempre las mercancías producidas en nuestro país son originarias de Colombia;
todo depende de los criterios establecidos en los acuerdos comerciales internacionales. En ese sentido, no se puede decir que una mercancía es originaria de Colombia,
en el marco del APC, por el hecho de que haya sido producida allí. Igualmente, si una
mercancía es producida en EE.UU., no significa necesariamente que sea originaria
de ese país.
En consecuencia, si un productor compra algún material en el mercado nacional o de
EE.UU., y se requiere que este sea originario, debe asegurarse del origen a través de
una certificación de origen. En caso de que no sea posible acreditar el origen de dicho
insumo, deberá ser considerado como no originario.
No obstante, es importante tener en cuenta que existen normas que no exigen que
las mercancías sean originarias, sino que sean resultado de cierto proceso productivo
realizado en Colombia o en EE.UU. Para este tipo de casos es posible la acreditación
a través de declaraciones juradas o affidávits proporcionados por el productor.

“Las mercancías que compramos en el mercado nacional son siempre originarias
de Colombia”.
Esta es una afirmación también común en el sector productivo, pero no es cierta.

27
Porque las mercancías que se venden en el mercado nacional pueden haber sido importadas, nacionalizadas y/o comercializadas. En ese sentido, el hecho de comprar
una mercancía en el mercado nacional no implica que sea originaria de Colombia,
ni siquiera que sea producida allí, ya que puede ser importada de terceros países. A
su vez, si esta mercancía es comprada en el mercado de EE.UU., no significa que sea
originaria de EE.UU.
En consecuencia, si un productor compra algún material en el mercado nacional o de
EE.UU., y se requiere que este sea originario, debe asegurarse del origen a través de
una certificación de origen. En caso de que no sea posible acreditar el origen de dicho
insumo, deberá ser considerado como no originario.

Producción en Colombia
o en EE.UU.
Nacionalización en Colombia
o en EE.UU.

No Implica

Mercancía o
material originario

Compra en el mercado de
Colombia o de EE.UU.

“Cuando una mercancía es originaria según las Reglas de Origen de la Comunidad
Andina, también es originaria en el marco de APC”
No, esta afirmación no es cierta.
Cada acuerdo comercial internacional o esquema preferencial tiene sus propias reglas de origen. En ese sentido, por el hecho de que una mercancía sea originaria de
la Comunidad Andina no implica que también sea originaria en el marco del APC.

28
4.4 Reglas de origen y procedimientos de origen

4.5 ¿Cuáles son los criterios de calificación de origen?

Las reglas de origen se encuentran establecidas en los capítulos 3 y 4 del APC.

En el capítulo 4 del APC, Artículo 4.1, se establecen los tres criterios aplicables a una
mercancía para determinar si esta es originaria o no.

Capítulo 3

Los REO aplicables para el sector textil-confecciones, es
decir, las reglas que deben cumplir las mercancías textiles o del vestido cuando emplean materiales no originarios. Los demás requerimientos de origen se encuentran
establecidos en el capítulo 4. Cabe señalar, que el capítulo 3 se aplica supletoriamente al capítulo 4.

Las reglas de origen aplicables a todas las mercancías en
general, inclusive a los productos del sector textil-confecciones, en caso de que en el capítulo 3 no exista ninguna regulación particular. Lo contenido en este capítulo
se puede dividir en:

Capítulo 4

Los Criterios de Calificación de Origen: Conjunto
de reglas que sirven para determinar si una mercancía
es originaria de Colombia o de EE.UU., y de esta manera
pueden beneficiarse de las preferencias acordadas en el
APC.
Los Procedimientos para Certificar Origen: Conjunto de reglas que establecen el procedimiento para
emitir una certificación o una declaración que pruebe
que la mercancía es originaria en el marco del APC.
La Verificación de Origen: Conjunto de reglas que
establecen el procedimiento de fiscalización del cumplimiento de origen de una mercancía en el marco del APC.

TO

Una mercancía se considera originaria porque es totalmente obtenida o producida enteramente en el territorio de una o más de las
Partes.

REO

Una mercancía se considera originaria cuando es producida a partir
de materiales originarios y no originarios, o únicamente no originarios, y cumple con lo establecido en la regla específica de origen.

EXO

Una mercancía se considera originaria cuando es producida exclusivamente a partir de materiales originarios.

En ese sentido, se puede establecer lo siguiente:
- El criterio más exigente es el TO, ya que requiere que una mercancía sea considerada como originaria cuando su obtención o proceso productivo se encuentre en el
listado del Artículo 4.23 del APC.
- El segundo criterio, según su nivel de exigencia, es el EXO, que requiere que todos
los materiales empleados sean originarios a través de cualquier criterio de origen.
- Finalmente, el criterio menos exigente es el REO, ya que permite emplear materiales no originarios.
- La diferencia entre los criterios, se debe al tipo de mercancía sobre la cual se evalúa
el origen, o sobre el tipo de materiales empleados para su elaboración.

En este manual se presentan únicamente los criterios de calificación de origen, así
como los procedimientos para certificar origen.
29
Es importante tener presente que:
- No todas las mercancías producidas en Colombia o EE.UU. son originarias de
estos
paises. El hecho de producir una mercancía en nuestro país no significa que
esta mercancía sea originaria de Colombia; es originaria bajo este Acuerdo
cuando es producida en Colombia y además cumple con las reglas de origen
del APC. Por eso se debe aplicar un criterio de origen (TO, EXO, o REO) para
determinar si la mercancía es realmente originaria.
Los criterios de calificación de origen son un insumo para establecer si una
mercancía es, o no es, originaria de los países que firmaron el acuerdo. En ningún caso sirven para saber cuál es el origen de las mercancías no originarias.
- Algunos REO de mercancías del sector agrícola se encuentran en el capítulo 3
del APC, que corresponde a Mercancías Textiles y del Vestido, particularmente
en el Anexo 3-A, , tales como: la fibra de algodón, seda, lana, pelo fino u ordinario, lino y cáñamo, aunque a estas mercancías no se les aplique la normativa
del capítulo 3. Se encuentran en dicho capítulo, ya que son insumos directos de
las mercancías del sector textil-confecciones, pero no se les aplica la normativa
establecida en el capítulo 3; es simplemente una cuestión de orden.

30
CAP ÍT ULO

5

CRITERIO PARA MERCANCÍAS TOTALMENTE OBTENIDAS
O PRODUCIDAS ENTERAMENTE (TO)
5.1 Implicaciones del criterio de TO para la identificación del origen de una mercancía
El TO es un criterio de origen para mercancías que, básicamente, tienen poco valor agregado o proceso productivo y se encuentran principalmente vinculadas a tres de los reinos
de la naturaleza: animal, vegetal y mineral. Por ejemplo: animales vivos, productos de animales vivos, plantas y minerales extraídos (mercancías próximas a su estado natural).
Este criterio se establece a través de un listado de operaciones o procesos que debe sufrir una mercancía para ser considerada como TO. Por lo tanto, operaciones o procesos distintos a los señalados en dicho listado no determinarán el cumplimiento de origen a través de este criterio.

Se debe resaltar que el criterio de totalmente obtenido o producido enteramente es muy importante para las mercancías del sector agrícola, ya que gran parte de las
exportaciones colombianas de este sector a EE.UU. se encuentran vinculadas a este criterio de origen.

El listado de procesos, transformaciones u operaciones que determinan que una mercancía sea considerada TO se encuentra en el Artículo 4.23 de Definiciones del APC
y consta de 12 literales, que se describen a continuación:
a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de
una o más de las Partes.
b) Animales vivos nacidos y criados en el territorio de una o más de las Partes.
c) Mercancías obtenidas de animales vivos en el territorio de una o más de las
Partes.
d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca o acuicultura realizada en el territorio de una o más de las Partes.
e) Minerales y otros recursos naturales no incluidos en los subpárrafos a) al d),
extraídos o tomados del territorio de una o más de las Partes.
f) Peces, crustáceos y otras especies marinas obtenidas del mar, del fondo o del
subsuelo marino, fuera del territorio de una o más de las Partes, por barcos registrados o matriculados por una Parte y que enarbolen su bandera.
g) Mercancías producidas a bordo de barcos fábrica, a partir de las mercancías
identificadas en el subpárrafo f), siempre que tales barcos fábrica estén registrados o matriculados por esa Parte y enarbolen su bandera.

h) Mercancías obtenidas del fondo o del subsuelo marino fuera de las aguas territoriales por una Parte o una persona que forme parte de ella, siempre que
dicha parte tenga derechos para la explotación del fondo o subsuelo marino.
i) Mercancías obtenidas del espacio extraterrestre, siempre que sean obtenidas
por una Parte o una persona que forme parte de ella, y que no sean procesadas
en el territorio de un país que no sea Parte.
j) Desechos y desperdicios derivados de:
- Operaciones de manufactura o procesamiento en el territorio de una o más
de las Partes.
- Mercancías usadas recolectadas en el territorio de una o más de las Partes,
siempre que dichas mercancías sean adecuadas sólo para la recuperación de
materias primas.
k) Mercancías recuperadas en el territorio de una o más de las Partes, derivadas
de mercancías usadas, y que hayan sido utilizadas en el territorio de una o más
de las Partes en la producción de mercancías remanufacturadas.
l) Mercancías producidas en el territorio de una o más de las Partes, exclusivamente a partir de mercancías a las que se refieren los subpárrafos a) al j), o de
sus derivados, en cualquier etapa de la producción.

32
La anterior información se puede resumir de la siguiente manera:

Reino Animal

Reino Vegetal

Reino Mineral

-Animales nacidos y criados en Colombia o EE.UU.

- Plantas o productos de plantas cosechadas y recolectadas
en Colombia o EE.UU.

- Minerales extraídos en Colombia o EE.UU.

- Productos obtenidos de animales vivos en Colombia
o EE.UU.
- Peces capturados, u obtenidos a través del proceso
de acuicultura en Colombia
o EE.UU.
- Peces capturados fuera de territorio, y el buque
enarbola la bandera y es registrado en Colombia o
EE.UU.

33
5.2 ¿Cómo evaluar una mercancía para ser considerada TO?
Para evaluar una mercancía para ser considerada TO, se debe seguir los siguientes pasos:

Determinar si la mercancía tiene poco
valor agregado o se encuentra cercana
a su estado natural.

Realizar la búsqueda en el listado.

Efectuar la evaluación de origen.

34
Caso TO 1
Una empresa cosecha y recolecta rosas frescas del territorio colombiano y las quiere
exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dichas rosas como TO?

Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

Debido a que la mercancía tiene poco
valor agregado y se encuentra cercana
a su estado natural, es elegible para ser
originaria a través del criterio de TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Al buscar en el listado del Artículo 4.23
del APC, un proceso o elaboración que
refleje la obtención de las flores, se encuentra el literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las
partes.

3 Efectuar la evaluación de origen.

Debido a que las flores son un producto
de una planta cosechada en Colombia,
estas son originarias a través del criterio de TO.

35
Caso TO 2
Una empresa cosecha alcachofa en el territorio de Colombia y la quiere exportar a
EE.UU. ¿Es posible considerar dicha alcachofa como TO?

Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

Debido a que la mercancía tiene poco
valor agregado y se encuentra cercana
a su estado natural, es elegible para ser
originaria a través del criterio de TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Dado que es elegible a ser TO, se busca
en el listado del Artículo 4.23 del APC,
un proceso o elaboración que refleje la
obtención de las alcachofas. En dicho
listado se encuentra el literal a) Plantas y productos de plantas cosechados
o recolectados en el territorio de una o
más de las Partes.

3 Efectuar la evaluación de origen.

Debido a que la alcachofa es una mercancía cosechada en Colombia, esta es
originaria a través del criterio de TO.

¿Qué pasa si las semillas
son importadas de la India?

No interesa el origen de la semilla, ya
que únicamente la regla exige que el
proceso de recolección de la alcachofa
se realice en territorio colombiano.

¿?

36
Caso TO 3
Una empresa obtiene leche de vaca en el territorio de Colombia y la quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicha leche como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la

Debido a que la mercancía tiene poco
valor agregado y se encuentra cercana
a su estado natural, es elegible para ser
originaria a través del criterio de TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible a ser TO, se busca en el
listado del Artículo 4.23 del APC, un
proceso o elaboración que refleje la obtención de la leche. En dicho listado se
encuentra el literal c) Mercancías obtenidas de animales vivos en el territorio
de una o más de las Partes.

mercancía puede ser considerada como
originaria.

3 Efectuar la evaluación de origen.

Debido a que la leche es una mercancía obtenida en Colombia de un animal
vivo, esta es originaria a través del criterio de TO.

¿?

¿Qué pasa si la vaca es
importada?

No interesa el origen de la vaca. La regla exige que el proceso de obtención de
la leche sea realizado en Colombia, no
establece ningún requisito para el origen de la vaca.

¿?

¿Qué pasa si el alimento de la
vaca es importado?

No interesa el origen del alimento de la
vaca.

¿?

¿Qué pasa si lo que quiero
exportar es la vaca?

En el ejemplo anterior la mercancía objeto de análisis era la leche y no la vaca.
Teniendo en cuenta que la mercancía
es distinta, se debe buscar algún tipo
de proceso u operación que refleje su
obtención. En el listado se encuentra el
literal b), por ello, si la vaca no ha nacido o no ha sido criada en Colombia, no
puede tener preferencia arancelaria en
el mercado de EE.UU.
37
Caso TO 4
Una empresa captura camarón15 dentro del mar territorial colombiano y lo quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicho camarón como TO?

Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

Debido a que la mercancía tiene poco
valor agregado y se encuentra cercana
a su estado natural, es una candidata
para ser originaria a través del criterio
de TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible a ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención del camarón. En dicho listado se
encuentra el literal d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca o acuicultura realizada en
el territorio de una o más de las Partes.

3 Efectuar la evaluación de origen.

Debido a que el camarón es una mercancía capturada en Colombia, esta
puede ser considerada como originaria
a través del criterio de TO.

15 En principio, este capítulo no pertenece al sector agrícola, de acuerdo con la definición de la OMC.
No obstante, se menciona como ejemplo en este manual, por considerarse pertinente.

38
Caso TO 5
Una empresa captura atún16 dentro del mar territorial colombiano y lo quiere exportar
a EE.UU. ¿Es posible considerar dicho atún como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

Debido a que la mercancía tiene poco
valor agregado y se encuentra cercana
a su estado natural, es elegible para ser
originaria a través del criterio de TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible a ser TO, se busca en el
listado del Artículo 4.23 del APC, un
proceso o elaboración que refleje la
obtención del atún. En dicho listado se
encuentra el literal d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas,
pesca o acuicultura realizada en el territorio de una o más de las Partes.

3 Efectuar la evaluación de origen.

Debido a que el atún es una mercancía
capturada en Colombia, esta puede ser
considerada como originaria a través
del criterio de TO.

¿?

¿Qué pasa si el atún es capturado fuera de las 200 millas de
mar territorial? ¿Cuáles son los
requerimientos para que esta
mercancía sea considera originaria de Colombia?

El atún podría ser considerado como
TO únicamente si los barcos que lo capturan enarbolan la bandera colombiana
o estadounidense. Adicionalmente, estos barcos deben estar registrados en
Colombia o en EE.UU.17

16 En principio, este capítulo no pertenece al sector agrícola, de acuerdo con la definición de la OMC. No
obstante, se menciona como ejemplo en este manual, por considerarse pertinente.
17 Ver Artículo 4.23, literal f), del APC.

39
5.3 ¿El criterio de TO se vincula exclusivamente a
mercancías con poco valor agregado?
No es un criterio exclusivo para mercancías cercanas a su estado natural. Sin embargo, es necesario ser muy riguroso en la aplicación de este criterio, para evitar cometer
errores en la certificación de origen. Si el proceso de producción de la mercancía no
se encuentra vinculado a los literales señalados en el listado, entonces la mercancía
no es TO.

5.4 ¿Es posible que una mercancía con proceso productivo o valor agregado sea considerada originaria
a través del criterio de TO?
Es posible, pero poco probable. Mientras mayor sea el nivel de elaboración que tenga
una mercancía o mayor sea su valor agregado, la probabilidad de que esta sea considerada originaria a través del criterio de TO es menor. Esto no significa que la mercancía
no sea “originaria”, ya que podría ser calificada a través de otro criterio como el REO
o EXO.
En el listado de procesos, transformaciones u operaciones que determinan que una
mercancía sea considerada TO, existen literales que permiten que mercancías con
mayor valor agregado puedan ser consideradas como TO.
Por ejemplo, el literal g), relacionado con mercancías producidas a bordo de barcos
fábrica; o el literal l), que requiere que todos los materiales empleados sean originarios a través del criterio de TO.
El literal l) del listado es el más importante para considerar en este manual a mercancías con valor agregado o lejanas a su estado natural, sin que ello implique restar
atención a los demás. Dicho literal establece que para que una mercancía con proceso
productivo o valor agregado sea TO, todos los materiales empleados deben ser originarios a través del criterio de TO.

40
En ese sentido, existe la probabilidad de que mercancías como jugos de fruta puedan
ser consideradas originarias a través del criterio de TO, particularmente a través del
literal l); pero la probabilidad es pequeña, ya que según este, todos los materiales utilizados deben ser originarios a través del criterio de TO.
Por ejemplo, la fruta empleada para el jugo puede ser considerada TO a través del literal a), si es cosechada en Colombia. Por lo tanto, el jugo que emplea únicamente como
insumo la fruta, podría ser TO a través del literal l). Sin embargo, el jugo de fruta no
cumpliría con el criterio TO si emplea como materiales adicionales, colorantes y saborizantes químicos, obtenidos o producidos a través de un proceso productivo distinto
de aquellos señalados en el listado vinculado a TO o importados de terceros países.

41
5.5 ¿Cómo evaluar un producto con valor agregado como TO?
Para evaluar si un producto con valor agregado puede ser considerado como TO, se debe seguir los siguientes pasos:

ok

Determinar si la mercancía tiene poco
valor agregado o se encuentra cercana
a su estado natural.

Realizar la búsqueda en el listado.

Determinar si todos los materiales
empleados son TO.

Evaluar el origen.

42
Caso TO 6
Una empresa colombiana produce y exporta harina de maíz a EE.UU. Para ello emplea, como insumo maíz cosechado en Colombia. ¿Es posible considerar a la harina
como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

A pesar de que la mercancía tiene valor
agregado, no tiene mucho proceso productivo; por ello se analizará si es elegible a ser TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible para ser TO, se busca en
el listado del Artículo 4.23 del APC, un
proceso o elaboración que refleje la obtención de la harina. Sin embargo, en
dicho listado no existe un proceso que
indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse el
literal l), que requiere que todos los materiales empleados para la producción
de la harina sean TO. Dado que existe
un único material para la obtención de
la mercancía, el maíz. Se debe evaluar si
dicho material es TO.

3 Determinar si todos los materiales
empleados son TO.

El maíz es cosechado en Colombia. En
ese sentido, es TO, a través del literal
a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio
de una o más de las Partes.

4 Evaluar el origen.

Como el maíz es el único insumo, entonces la harina es TO a través del literal l).
43
Caso TO 7
Una empresa colombiana produce y exporta manteca de cacao a EE.UU. Para ello
emplea como insumo grano de cacao cosechado en Colombia. ¿Es posible considerar
a la manteca como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

A pesar de que la mercancía tiene valor
agregado, esta no tiene mucho proceso
productivo, por ello se analizará como
elegible a ser TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible para ser TO, se busca en
el listado del Artículo 4.23 del APC, un
proceso o elaboración que refleje la obtención de la manteca. Sin embargo, en
dicho listado no existe un proceso que
indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse
el literal l) que requiere que todos los
materiales empleados para la producción la manteca sean TO. Existe un
único material para la obtención de la
mercancía, el cacao en grano. Por ello
se debe evaluar si dicho material es TO.

3 Determinar si todos los materiales
empleados son TO.

El grano de cacao es cosechado en Colombia. En ese sentido, es TO a través
del literal a) Plantas y productos de
plantas cosechados o recolectados en
el territorio de una o más de las Partes.

4 Evaluar el origen.

Como el único material es el cacao en
grano y este es TO, entonces la manteca
es TO a través del literal l).
44
Caso TO 8
Una empresa colombiana produce y exporta pulpa de mora congelada a EE.UU. Para
ello emplea como insumo mora cosechada en Colombia. ¿Es posible considerar a la
pulpa de mora como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

A pesar de que la mercancía tiene valor
agregado, esta no tiene mucho proceso
productivo, por ello se analizará como
elegible a ser TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible para ser TO, se busca en
el listado del Artículo 4.23 del APC,
un proceso o elaboración que refleje
la obtención de la pulpa de mora. Sin
embargo, en dicho listado no existe un
proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría
considerarse el literal l) que requiere
que todos los materiales empleados
para la producción de la pulpa sean TO.
Existe un único material para la obtención de la mercancía: la mora. Por ello
se debe evaluar si dicho material es TO.

3 Determinar si todos los materiales
empleados son TO.

La mora es cosechada en Colombia. En
ese sentido, es TO a través del literal
a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio
de una o más de las Partes.

4 Evaluar el origen.

Como la mora es el único insumo, entonces la pulpa de mora es TO a través
del literal l).
45
Caso TO 9
Una empresa colombiana quiere exportar mermelada de uchuva a EE.UU. Para ello
emplea como insumos uchuvas cosechadas en Colombia y azúcar morena producida
en Colombia, cuyo único insumo es la caña de azúcar cosechada en territorio nacional.
¿Es posible considerar a la mermelada de uchuva como TO?
Pasos

Análisis

1 Analizar bajo qué criterio de origen la
mercancía puede ser considerada como
originaria.

A pesar de que la mercancía tiene valor
agregado, esta no tiene mucho proceso productivo, por ello será analizada
como elegible a ser TO.

2 Realizar la búsqueda en el listado.

Si es elegible para ser TO, se busca en
el listado del Artículo 4.23 del APC, un
proceso o elaboración que refleje la obtención de la mermelada de uchuva. Sin
embargo, en dicho listado no existe un
proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría
considerarse el literal l) que requiere
que todos los materiales empleados
para la producción de la mermelada
de uchuva sean TO. Existen dos únicos
materiales para la obtención de la mercancía, la uchuva y el azúcar; por ello
se debe evaluar si dichos materiales son
TO.

46
Pasos

Análisis

3 Determinar si todos los materiales
empleados son TO.

En este caso existen dos materiales: a)
uchuva y b) azúcar morena. La uchuva
es cosechada en Colombia. En ese sentido, es TO a través del literal a) plantas y productos de plantas cosechados
o recolectados en el territorio de una o
más de las Partes. El azúcar morena es
producido en Colombia. Este material
para ser considerado como TO tiene
que ser evaluado como una mercancía.
Por ello para que la mercancía azúcar
morena sea TO todos los insumos deben ser TO. El único insumo es la caña
de azúcar cosechada en Colombia. En
ese sentido, es TO a través del literal
a) plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio
de una o más de las Partes. Si el único
insumo (caña de azúcar) es TO, entonces el azúcar es TO.

4 Evaluar el origen.

Como los dos únicos materiales son TO,
entonces la mermelada de uchuva es
TO a través del literal l).

47
5.5.1 ¿Es posible que una mercancía emplee algún
material originario a través de un criterio distinto al
de TO y sea considerada como originaria a través del
criterio de TO, literal l)?
No es posible. Es suficiente con que un material empleado sea originario a través de
otro criterio (de los tres criterios de origen incluidos en el APC) para que la mercancía
final no sea considerada originaria a través del criterio de TO, aun cuando la participación en porcentaje de dicho material sea marginal. No obstante, es posible que la
mercancía sea originaria a través de otro criterio de origen.

Caso TO 10
Similar al caso TO 6, donde una empresa colombiana produce y exporta harina de
maíz a EE.UU, empleando maíz cosechado en Colombia, pero en este caso el productor adiciona conservantes originarios de Colombia. Sin embargo, los insumos para la
elaboración del conservante son de la China. ¿Es posible considerar a la harina como
TO, literal l)?
Analisis
Como ya se analizó previamente, con un único material (maíz), la harina es TO. Sin
embargo, en este caso se tiene un material adicional que es el conservante. Este material debería ser originario también a través del criterio de TO, para que la harina sea
considerada como TO.
En este caso se emplean conservantes originarios de Colombia, pero que no son originarios a través del criterio de TO, ya que para su elaboración se usan materiales no
originarios. Si se analiza con los criterios de origen previamente señalados (TO, REO y
EXO), a los conservantes se les debe aplicar un REO, ya que es el criterio que permite
el uso de insumos no originarios.
En conclusión la harina no sería originaria a través del criterio del TO, ya que no todos
sus insumos cumplen con él. Sin embargo, uno de ellos, los conservantes, son originarios a través de un REO. Este hecho no determina que la mercancía no sea originaria,
sino que no es originaria a través del TO, criterio analizado en esta sección.

48
5.5.2 ¿Es posible que una mercancía emplee algún material no originario y sea considerada como originaria a
través del criterio de TO, literal l)?
No es posible. Si un solo material empleado no es originario de Colombia o EE.UU. (es decir que fue obtenido de terceros países o que el proceso productivo realizado en Colombia
o EE.UU. no fue suficiente para considerarlo como originario), la mercancía final no pueda ser considerada originaria a través del criterio de TO literal l).

Es importante recordar que es posible que sea originaria a través de otro criterio de origen, particularmente el REO.

49
Caso TO 11
Similar al caso TO 9, pero en este ejemplo, el productor agrega colorantes importados
de Ecuador. ¿Es posible considerar a la mermelada como TO literal l)?
Análisis
Como ya se analizó previamente con dos materiales (azúcar morena y uchuva) empleados, la mermelada es TO. Sin embargo, en este caso se tiene un material adicional
que son los colorantes, los cuales son importados de Ecuador y, por ende, no son
originarios. Con el fin de que las mermeladas sean consideradas como TO a través del
literal l), todos los materiales deben ser originarios a través de dicho criterio.
En este caso esta condición no se cumple. Por ello, a pesar de que los colorantes puedan representar una parte bastante pequeña del valor de la mermelada, esta última no
puede ser considerada como TO, debido a que un material no es originario a través de
dicho criterio. No es originario ya que el insumo es importado de Ecuador, un tercer
país. Para que la mermelada sea TO, todos y cada uno de los materiales deben ser TO.

!

En este caso no se debe confundir a Ecuador con un país del cual se pueda
abastecer de insumos sin ninguna implicación en origen. Este es un hecho
que difiere del ATPDEA18

5.6 ¿Qué sucede con el TO cuando se emplean envases y materiales de empaque importados para la venta al por menor?
En el caso de mercancías consideradas como originarias a través del criterio de TO,
así como de REO y el EXO -que se explican en los capítulos 6 y 7-, los materiales de
envases y materiales de empaque que se empleen para la venta al por menor serán
considerados como originarios independiente del lugar de su producción. En ese sentido, pueden ser obtenidos de terceros países y no tener ninguna implicación en el
origen de la mercancía de exportación. Si se evaluó el origen de una mercancía y esta
es originaria a través del criterio de TO, no interesa de dóndevengan los envases o materiales de empaque. Por ejemplo, en el caso TO 10 se podrían emplear materiales de
empaque doypack importados de China para envasar la mermelada, sin tener ninguna
incidencia en el cumplimiento del criterio de TO.
18 Ver sección 8.3

50
5.7 ¿Qué sucede con el criterio de TO si se utiliza materiales no originarios que no son parte integrante de
la mercancía?
Los materiales indirectos serán considerados como originarios sin importar el origen
de estos. En otras palabras, no tienen ninguna implicación en el cumplimiento del
criterio de origen. Esto aplica también en el caso de las mercancías cuyo criterio de
origen aplicable es REO o EXO, como se muestra en los capítulos 6 y 7.19
Los materiales indirectos son mercancías utilizadas en la producción; verificación o
inspección de una mercancía, pero que no están físicamente incorporadas a ésta; o
una mercancía utilizada en el mantenimiento de edificios o en la operación de equipo
relacionados con la producción de una mercancía20

Caso TO 12
Similar al caso TO 9, pero en este ejemplo, el productor utiliza aminas cuaternarias
importadas de la India para desinfectar y limpiar la uchuva. ¿Es posible considerar a
la mermelada como TO?
Análisis
Sí, la mermelada es originaria porque las aminas cuaternarias son materiales indirectos,
ya que no forman parte de la mercancía.

!

Los casos que se presentan en este manual muestran que la persona que certifica
origen debe ser bastante cuidadosa cuando emplea como criterio de calificación
de origen el TO, ya que basta que un material empleado no sea TO, sin importar
en qué porcentaje se encuentre, para que la mercancía no sea originaria a través
de este criterio. Pero es posible que sea considerada originaria a través de otro
criterio que se deberá evaluar, por ejemplo, a través del REO o a través del EXO.
Muchos de los alimentos procesados tienen conservantes y colorantes, entre
otros aditivos. Debido a ello, hay que ser bastante cuidadoso con la utilización
del criterio de TO para este tipo de productos.

19 Un resumen de este tema se encuentra en la sección 8.2.
20 Ver Artículo 4.23 del APC.

51
C A P ÍT ULO

6

CRITERIO PARA MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN
A PARTIR DE MATERIALES NO ORIGINARIOS
(REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN -REO)
6.1 Implicaciones del criterio REO para la identificación del origen de una mercancía
El criterio conocido con el nombre de REO se aplica cuando la mercancía emplea para
su producción materiales originarios y no originarios, o exclusivamente no originarios.
En un principio, los criterios REO deben reflejar una transformación sustancial realizada en Colombia o EE.UU. sobre los materiales no originarios. Esta transformación
sustancial origina un cambio en las características físicas y/o químicas del material
que fue modificado, y da como resultado una nueva mercancía.
Por ejemplo, la resina no originaria, al ser sometida a un proceso de producción, da
como resultado un juguete de plástico. Evidentemente, el juguete constituye un nuevo
artículo con características muy distintas a las de la materia prima que lo originó.
Aunque no siempre es así, este es el principio que subyace dentro del criterio de REO:
la transformación sustancial.
Los REO se encuentran negociados empleando el SA del año 2002, razón por la que se
recomienda ser bastante cuidadoso con el tema de la clasificación arancelaria, para no
cometer errores al momento de evaluar el cumplimiento de origen para la mercancía.

6.2 ¿Cómo identificar el criterio REO que se aplica a
una mercancía?
Los criterios REO se han establecido empleando el Sistema Armonizado. A cada
subpartida, partida, capítulo o grupo de estos, se le ha asignado un REO. Cabe destacar que todas las mercancías comercializadas en el marco del APC Colombia-EE.UU.
tienen un REO asignado.
Para saber cuál es el REO que se le aplica a una mercancía del sector agrícola, es necesario:
- Identificar la clasificación arancelaria de la mercancía.
- Buscar en el Anexo 4.121 del APC la clasificación de la mercancía e identificar el REO
que se encuentra adyacente a la clasificación.
21 En este Anexo se puede encontrar los REO para todas las mercancías, excepto para las del sector textilconfecciones.

53
A continuación, se describe el test de origen como metodología, que indica los pasos necesarios para determinar el origen de una mercancía22.

Determinar si la mercancía utiliza
insumos no originarios.

Determinar la clasificación
arancelaria de la mercancia.

Buscar en el Anexo 4.1 del APC
el REO según la clasificación
asignada.

22 Ver Anexo 1.

54
Caso REO 1
Una empresa colombiana produce y exporta leche condensada a EE.UU. Para ello
emplea los siguientes insumos:
- Leche fresca importada de Nueva Zelanda.
- Azúcar importada de Costa Rica.
- Preservantes importados de Perú.
¿Qué criterio se le aplica? ¿Cuál es la regla que debe cumplir la leche condensada?
Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Sí, todos los materiales son de terceros
países.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

Se clasifica en:

3 Determinar cuál es el REO adyacente
que se le aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 04.01 a 04.04 de
cualquier otro capítulo, excepto de la
subpartida 1901.90.”

- El capítulo 4 (leche y productos lácteos).
- La partida 04.02 (leche y nata (crema)
concentradas o con adición de azúcar u
otro edulcorante).
- La subpartida 0402.99 (las demás leches).

55
Caso REO 2
Una empresa colombiana produce y exporta bebidas de aloe vera a EE.UU. Para ello
emplea los siguientes insumos:
- Agua obtenida de Colombia.
- Azúcar refinada importada de Brasil.
- Aloe vera originario de Colombia.
¿Qué criterio se le aplica? ¿Cuál es la regla que deben cumplir las bebidas?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Sí, el azúcar es importada de Brasil.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

Se clasifica en:

3 Determinar cuál es el REO adyacente
que se le aplica a la mercancía.

“Un cambio a jugo concentrado de una
sola fruta u hortaliza, fortificado con
vitaminas o minerales, de la subpartida 2106.90 de cualquier otro capítulo,
excepto de la partida 08.05 ó 20.09, o
subpartida 2202.90...”

- El capítulo 21 (preparaciones alimenticias diversas).
-La partida 21.06 (preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte).
-La subpartida 2106.90 (las demás).

56
6.3 ¿A través de qué métodos se ha establecido la
transformación sustancial en los REO?
La transformación sustancial de los REO se ha establecido a través de los siguientes
métodos:

Este criterio se interpreta de la siguiente manera:
Un cambio a

La mercancía sobre la cual se aplica el criterio.

De

Clasificación arancelaria de los materiales que
pueden ser no originarios.

- Cambios de clasificación arancelaria.
- Valor de contenido regional.
- Requisitos técnicos.
- Combinación de los anteriores.
Específicamente, para las mercancías del sector agrícola, la transformación sustancial
se ha establecido a través de:
- Cambios de clasificación arancelaria.
- Requisitos técnicos.
- Combinación de los anteriores.

6.4 Cambios de clasificación arancelaria
Es un método que consiste en verificar si la clasificación arancelaria de la mercancía
varía en relación con la clasificación arancelaria de todos los materiales no originarios utilizados en la producción de la misma.

6.4.1 ¿Cómo identificar si el REO se basa en el cambio
de clasificación arancelaria?
El REO que se basa en el Cambio de Clasificación Arancelaria se reconoce por la redacción.
…Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otro… (capítulo, partida o subpartida)

Es importante tener claridad respecto a que el “cambio de clasificación arancelaria” no implica que la mercancía final de exportación deba clasificarse en otra partida del SA, que se esté modificando el SA o que se deba modificar su clasificación
por motivos de origen.
El “cambio de clasificación arancelaria” es un método que requiere que todos los
materiales no originarios (materias primas, productos intermedios y todo aquello
que se emplee para producir la mercancía) cumplan con el “cambio de clasificación arancelaria” establecido para que la mercancía final sea originaria.
Por lo tanto, la mercancía final no es la que cambia de clasificación, sino los materiales que, al ser transformados o procesados, se convierten en una nueva mercancía con características distintas y con una nueva clasificación. Esta nueva clasificación le otorga a la mercancía el carácter de originaria, según lo establecido
en el APC.

6.4.2 ¿A qué nivel del SA se establecen los cambios
de clasificación arancelaria en el APC?
El cambio de clasificación arancelaria se ha establecido a nivel de:
- Capítulo (dos dígitos).
- Partida (cuatro dígitos).
- Subpartida (seis dígitos).
La aplicación de este método se encuentra basada en el SA. En algunos casos, cuando
los cambios antes señalados no son suficientes para reflejar la transformación sustancial, se emplean cambios a nivel de fracción arancelaria (ocho dígitos).En el caso
de REO basados en cambio de clasificación arancelaria para las mercancías del sector
agrícola-agroindustrial, estos no superan los seis dígitos.
57
6.4.3 ¿Cómo evalúo el origen de una mercancía con un REO basado en un cambio de clasificación arancelaria?
Los siguientes son los pasos que debe seguir para determinar si una mercancía es originaria a través del criterio del REO basado en el método de cambio de clasificación arancelaria:

Determinar si la mercancía utiliza
insumos no originarios.

Determinar la clasificación
arancelaria de la mercancía.

Buscar en el Anexo 4.1 del APC
el REO según la clasificación
asignada.

Clasificar los insumos no
originarios,en el caso de un
REO basado en el método de
cambio de clasificación.

Evaluar el orígen.

58
6.4.4 ¿Qué significa el cambio de capítulo?
Cambio de capítulo o cambio desde cualquier otro capítulo, significa que la mercancía
a la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en un capítulo distinto al
o los capítulos en que se clasifican todos los materiales no originarios que intervienen
en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un cambio a dos
dígitos (dos primeros dígitos de la clasificación arancelaria)
Un cambio de capítulo se reconoce con la redacción:
Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otro capítulo.

Caso REO 3
Una empresa colombiana produce y exporta harina de maíz. Para ello emplea el siguiente insumo:
- Maíz importado de Perú.
¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio?
Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía
utiliza materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, el maíz es importado del
Perú; por lo tanto, no es originario.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

1102.20

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 11.01 a 11.04 de
cualquier otro capítulo”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a dos dígitos.

59
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

El maíz se clasifica en la subpartida
1005.90

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, el material no originario se
clasifica en el capítulo 10; y al ser procesado, se transforma en una mercancía
clasificada en el capítulo 11 (1102.20).
Por ello, existe un cambio de capítulo,
ya que el material no originario está
clasificado en el capítulo 10, que es distinto al capítulo 11 donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía harina de maíz es originaria.

1005.90

1102.20

Si hacemos una comparación con el caso TO 6, la diferencia es el abastecimiento de
insumos, puesto que en dicho ejemplo, la mercancía podría ser evaluada a través de
un criterio de TO, ya que el maíz es cosechado en Colombia. En el caso REO 3 no es
posible aplicar TO, ya que el maíz es importado del Perú.
60
Caso REO 4
Una empresa colombiana produce y exporta compotas de frutas a EE.UU. Para ello
emplea los siguientes insumos:
- Mango importado de México.
- Ciruela importada de Chile.
- Manzana importada de Chile.
- Azúcar originaria de Colombia.
¿Las compotas son originarias? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, todas las frutas empleadas
son de terceros países; por lo tanto, no
son originarias.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

2007.99

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 20.06 a 20.07 de
cualquier otro capítulo”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a dos dígitos.

61
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

- El mango se clasifica en la subpartida
0804.50
- La manzana se clasifica en la subpartida 0808.10
- La ciruela se clasifica en la 0809.40

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, todos los materiales no
originarios se clasifican en el capítulo 8;
y al ser procesados se transforman en
una mercancía clasificada en el capítulo
20 (2007.99).
Por ello, existe un cambio de capítulo,
ya que los materiales no originarios están clasificados en el capítulo 8, que es
distinto al capítulo 20 donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía compota de frutas es originaria.

0804.50

Cabe señalar que no se evalúa si el azúcar cumple con el cambio requerido, ya
que es originaria de Colombia según el
planteamiento del ejemplo.

0808.10

2007.99
0809.40

62
Caso REO 5
Una empresa colombiana produce y exporta mezclas de aceites a EE.UU. Para ello
emplea los únicos insumos:
- Aceite bruto de soya importado de Bolivia.
- Soda cáustica originaria de Colombia.
- Aceite refinado de girasol importado de Brasil.
¿Las mezclas son originarias? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, los dos tipos de aceites
empleados son de terceros países; por
lo tanto, no son originarios.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

1517.90

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 15.01 a 15.18 de
cualquier otro capítulo.”

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a dos dígitos.

63
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

- Aceite bruto de soya se clasifica en la
subpartida 1507.10.
- Aceite refinado de girasol se clasifica
en la subpartida 1512.19.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, los materiales no originarios se clasifican en el capítulo 15; y al
ser procesados, se transforman en una
mercancía clasificada en el capítulo 15
(1517.90).

1507.10

Por ello, no existe un cambio de capítulo, ya que los materiales no originarios
están clasificados en el capítulo 15, que
es el mismo capítulo donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía mezclas de aceites no es originaria.23

1517.90
1512.19
23 No obstante, es importante señalar que, bajo ciertas circunstancias, mercancías no originarias tienen
una segunda oportunidad de cumplir origen, a través del principio llamado De Minimis (ver capítulo 8).

64
6.4.5 ¿Qué significa el cambio de partida?
Cambio de partida o cambio desde cualquier otra partida, significa que la mercancía a
la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en una partida distinta a la
o las partidas en que se clasifican todos los materiales no originarios que intervienen
en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un cambio a cuatro
dígitos (los cuatro primeros dígitos de la clasificación arancelaria).
Un cambio de partida se reconoce con la redacción:
Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otra partida.

Caso REO 6
Una empresa colombiana produce y exporta caramelos a EE.UU. Para ello emplea los
insumos:
- Azúcar importada de Brasil.
- Colorantes vegetales importados de China.
¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, todos los materiales empleados son de terceros países; por lo
tanto, no son originarios.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía.

1704.90

65
Pasos

Análisis

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

“Un cambio a la partida 17.04 de cualquier otra partida”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a cuatro dígitos.

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

- El azúcar se clasifica en la subpartida
1701.11.
- Los colorantes se clasifican en la
subpartida 3203.00.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la partida 17.01 y
32.03; y al ser procesados, se transforman en una mercancía clasificada en la
partida 17.04 (1704.90).

1701.11

3203.00

Por ello, existe un cambio de partida,
ya que los materiales no originarios
están clasificados en la partida 17.01 y
32.03, que es distinta a la 17.04 donde
se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía caramelo es
originaria.

1704.90
66
Caso REO 7
Una empresa colombiana produce y exporta licor de cacao a EE.UU. Para ello emplea
únicamente el siguiente insumo:
- Grano de cacao importado de Venezuela.
¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, el único material empleado (cacao en grano) es importado de
Venezuela; por lo tanto, no es originario.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

1803.10

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 18.03 a 18.05 de
cualquier otra partida”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a cuatro dígitos.

67
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

El cacao en grano se clasifica en la
subpartida 1801.00.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, el material no originario
se clasifica en la partida 18.01; y al ser
procesado, se transforma en una mercancía clasificada en la partida 18.03
(1803.10).
Por ello, existe un cambio de partida, ya
que el material no originario está clasificado en la partida 18.01, que es distinta a la partida 18.03 donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía licor de cacao es originaria.

1005.90

1102.20

68
Caso REO 8
Una empresa colombiana produce y exporta alimentos para perros a EE.UU., clasificados en la subpartida 2309.10. Para ello emplea los siguientes insumos:
- Despojos de carne, tripas, obtenidos en Colombia del sacrificio de animales, clasificados en 0504.00.
- Tortas de soya importadas de Bolivia, clasificados en 2304.00.
¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, las tortas de soya son importadas de Bolivia; por lo tanto, no
son originarias.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía.

2309.10

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

“Un cambio a la subpartida 2309.10 de
cualquier otra partida.”

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a cuatro dígitos.

69
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

- Los despojos de tripa son originarios,
ya que son desechos y desperdicios que
se obtienen en Colombia24.
- Las tortas de soya se clasifican en la
subpartida 2304.00.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, el material no originario
se clasifica en la partida 23.04; y al ser
procesado, se transforma en una mercancía clasificada en la partida 23.09
(2309.10).
Por ello, existe un cambio de partida, ya
que el material no originario está clasificado en la partida 23.04, que es distinta a la partida 23.09 donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía alimento para perros es originaria.

2304.00

2309.10

24 Ver el capítulo 5.

70
6.4.6 ¿Qué implica el cambio de subpartida?
Cambio de subpartida o cambio desde cualquier otra subpartida, significa que la mercancía a la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en una subpartida
distinta a la o las subpartidas en que se clasifican todos los materiales no originarios
que intervienen en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un
cambio a seis dígitos (seis primeros dígitos de la clasificación arancelaria).
Un cambio de subpartida se reconoce con la redacción:
Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otra subpartida.

Caso REO 9
Una empresa colombiana produce filtrantes de té negro, canela y clavo, y los exporta
a EE.UU. Para ello, los únicos materiales que emplea son:
- Té verde (lo fermenta posteriormente).
- Canela.
- Clavo de olor.
Todos los materiales son importados de China.
¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio?
Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía
utiliza materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, todos los materiales empleados son importados de terceros
países; por lo tanto, no son originarios.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

0902.30

3 Determinar cuál es el REO que se le
aplica a la mercancía.

“Un cambio a la subpartida 0902.10 a
0902.40 de cualquier otra subpartida”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a seis dígitos.
71
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

Los tres materiales son importados de
la China, por lo tanto, no son originarios.
- El té verde se clasifica en la subpartida
0902.20.
- La canela se clasifica en la subpartida
0906.10.
- El clavo de olor se clasifica en la subpartida 0907.00.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la subpartida 0902.20, 0906.10 y 0907.00; y al ser
procesados, se transforman en una
mercancía clasificada en la subpartida
0902.30.

0902.20

Por ello, existe un cambio de subpartida, ya que los materiales no originarios
están clasificados en las subpartidas
0902.20, 0906.10 y 0907.00, que son distintas a la subpartida 0902.30 donde se
clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía té, canela y clavo
es originaria.

0907.00

0902.30

0906.10

72
Caso REO 10
Una empresa colombiana produce y exporta bombones de chocolate rellenos a EE.UU.
Para ello emplea únicamente los siguientes insumos:
- Coberturas de chocolate importadas de Ecuador.
- Mermelada de blueberry producida en Canadá.
¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, todos los materiales empleados son importados de terceros
países; por lo tanto, no son originarios.

2 Determinar la clasificación
arancelaria de la mercancía a nivel de
SA (seis dígitos).

1806.31

3 Determinar cuál es el REO que
se le aplica a la mercancía.

“Un cambio a la subpartida 1806.31 a
1806.90 de cualquier otra subpartida”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a seis dígitos.

73
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

Los dos materiales son importados de
terceros países, por lo tanto, no son originarios.
- Las coberturas de chocolate se clasifican en la subpartida 1806.20.
- La mermelada de blueberry se clasifica en la subpartida 2007.99.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

2007.99

En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la subpartida
1806.20 y 2007.99; y al ser procesados,
se transforman en una mercancía clasificada en la subpartida 1806.31.
Por ello, existe un cambio de subpartida, ya que los materiales no originarios
están clasificados en las subpartidas
1806.20 y 2007.99, que son distintas a
la subpartida 1806.31 donde se clasifica
la mercancía final. En consecuencia, la
mercancía bombones de chocolate es
originaria.

1806.31
1806.20

74
6.4.7 ¿Si se cumple un cambio de capítulo, entonces
se cumple un cambio de subpartida?
Sí. Cuando los materiales, al ser procesados, se transforman y se clasifican en un nuevo capítulo, también cambian de partida y de subpartida. A su vez, cuando una mercancía cambia de partida, cambia también de subpartida, no de capítulo. Por lo tanto,
cambios más profundos implican cambios menores. El cambio de capítulo implica
un cambio de subpartida, pero un cambio de subpartida no implica un cambio de
capítulo.
Capítulo

Implica

Partida

Partida

Implica

Subpartida

Subpartida

No Implica

Partida

Subpartida

No Implica

6.4.8 ¿Qué sucede si los cambios de clasificación
están acompañados de excepciones de partidas,
subpartidas o capítulos específicos?
Según el párrafo 1, literal c), del Anexo 4.1 del APC, cuando un REO se basa en el método de cambio de clasificación arancelaria, y en su redacción se exceptúan posiciones
arancelarias a nivel de capítulo, partida o subpartida del SA, se interpretará que los
materiales correspondientes a esas posiciones arancelarias deberán ser originarios de
Colombia o de EE.UU., con el fin de que la mercancía califique como originaria.

Capítulo

6.4.9 ¿Existe algún tratamiento distinto para las excepciones establecidas en los REO de otros sectores?
Sí. Cuando las mercancías del sector textil-confecciones presenten un REO de cambio de clasificación con excepciones, los materiales clasificados en tales posiciones
arancelarias exceptuadas deben ser producidos en Colombia o EE.UU. No tienen que
ser originarios, pero sí producidos; por lo tanto, no deben ser importados de terceros
países.

75
En ese sentido, el tratamiento de las excepciones es más flexible para el sector textilconfecciones.
Textil Confecciones

General
Descripción

Pantalones de denim

Leche en polvo
Clasificación
0402.21

6204.62
REO
“Un cambio a la subpartida 6204.61 a
6204.69 de cualquier otro capítulo, excepto de la partida 51.06 a 51.13, 52.04
a 52.12, 53.07 a 53.08, 53.10 a 53.11,
54.01 a 54.02, la subpartida 5403.20,
5403.33 a 5403.39, 5403.42 a la partida
54.08, la partida 55.08 a 55.16, 58.01 a
58.02 o 60.01 a 60.06, siempre que la
mercancía esté cortada o tejida a forma, o ambos, y cosida o de otra manera ensamblada en territorio de una o
más de las Partes.”

“Un cambio a la partida 04.01 a 04.04
de cualquier otro capítulo, excepto de
la subpartida 1901.90.”

Análisis
Los materiales no originarios empleados deben clasificarse en un capítulo distinto.

Los materiales no originarios empleados deben clasificarse en un capítulo
distinto.

Los materiales empleados en la producción de la mercancía que se clasifiquen en 51.06 a 51.13, 52.04 a 52.12,
53.07 a 53.08, 53.10 a 53.11, 54.01 a
54.02, la subpartida 5403.20, 5403.33 a
5403.39, 5403.42 a la partida 54.08, la
partida 55.08 a 55.16, 58.01 a 58.02 o
60.01 a 60.06 deben ser producidos en
Colombia o EE.UU.

Los materiales empleados para la
producción de la mercancía que se
clasifiquen en la subpartida 1901.90
deben ser originarios.

76
Caso REO 11
Una empresa colombiana produce y exporta leche condensada a EE.UU. Para ello
emplea como insumos:
- Leche fresca obtenida en Colombia de vacas que han crecido en el país.
- Azúcar importada de Brasil.
- Preservantes originarios de EE.UU.
¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio de origen?

Pasos

Análisis

1 Determinar si la mercancía utiliza
materiales no originarios.

Si se emplea materiales no originarios,
entonces el criterio a aplicar es un REO.
En este caso, uno de los materiales empleados no es originario, ya que es importado de terceros países.

2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis
dígitos).

0402.99

3 Determinar cuál es el REO que
se le aplica a la mercancía.

“Un cambio a la partida 04.01 a 04.04 de
cualquier otro capítulo, excepto de la
subpartida 1901.90”.

- Determinar si el REO se encuentra
basado en un cambio de clasificación
arancelaria.

Es un REO de cambio de clasificación
arancelaria a dos dígitos con excepciones.
En este caso el REO tiene dos partes:
a. Cambio de capítulo (dos dígitos).
b. Excepto de la subpartida 1901.90:
las mercancías clasificadas en dicha
subpartida deben ser originarias.
77
Pasos

Análisis

4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria.

El azúcar se clasifica en la subpartida
1701.11.

5 Evaluar el cumplimiento de origen.

En este caso particular, debido a que la
regla tiene dos partes, a continuación
se evalúa paso a paso:
Parte a): la regla exige un cambio de
capítulo, lo que requiere que todos los
materiales no originarios se clasifiquen
a dos dígitos distintos que la mercancía
final.
En este caso, el material no originario
se clasifica en el capítulo 17 (1701.11); y
al ser procesado, se transforma en una
mercancía clasificada en el capítulo 4
(0402.99). Por ello, existe un cambio de
capítulo, ya que el material no originario está clasificado en un capítulo distinto al de la mercancía. Se cumple con
la parte a) de la regla.
Parte b): el REO requiere, a través de
las excepciones, que ciertas mercancías
sean originarias de Colombia o EE.UU.
La única excepción, se refiere a que las
mercancías clasificadas en la subpartida 1901.90 sean originarias. En este
caso, no existe ningún insumo empleado que se clasifique en dicha subpartida. Se cumple con la parte b) de la regla.
Teniendo en cuenta que se cumple con
la parte a) y con la parte b) de la regla,
se considera que la leche condensada es
originaria.

78
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Reglas Origen APC Colombia-EEUU Agro

  • 1. Reglas de Origen en el Marco del Acuerdo de Promoción Comercial Colombia - EE.UU. Manual Práctico para el Sector Agrícola - Agroindustrial
  • 2. © 2013, Proyecto USAID|Facilitando Comercio, de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional. Autora: Beatriz Cubas Zanabria Revisión de Contenidos: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) Equipo Responsable de USAID|Facilitando Comercio: Sandra Villanueva – Directora del Proyecto Sandra Gómez - Líder del Componente Zuleima Zhang - Asistente de programa Equipo Responsable de Proexport: Pilar Lozano – Directora de Cooperación y Convenios Paula Ospina – Asesora Dirección de Cooperación y Convenios Edición de texto: Sandra Patricia Figueroa Diseño, ilustración y diagramación: Plásticolab Queremos expresar nuestro agradecimiento a todas aquellas personas y entidades que contribuyeron con sus aportes a la elaboración de este manual. En particular las empresas visitadas durante el trabajo de campo, y los empresarios, agentes de aduanas y funcionarios públicos que participaron en los talleres de aplicación de reglas de origen para el sector agroindustrial. Esta publicación es resultado del Proyecto USAID|Facilitando Comercio, en referencia al Contrato de USAID N° EEM-I-00-07-00009-00, TO AID-527-TO-10-00002. Los puntos de vista de los autores no reflejan necesariamente el punto de vista de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional. La información contenida en este documento puede ser reproducida total o parcialmente, mencionando los créditos y las fuentes de origen respectivas. USAID|Facilitando Comercio, es un proyecto de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, implementado por Nathan Associates Inc. Para imprimir este documento abra este link: http://tlc-eeuu.proexport.com.co/documentos/manualagricola.print.pdf
  • 3. TABLA DE CONTENIDO Presentación EL ACUERDO DE PROMOCIÓN COMERCIAL - APC - COLOMBIA - EE.UU. ¿Qué es el APC? ¿Qué beneficios presenta el APC para el sector agrícola? Antes de la firma del APC, ¿qué normatividad regulaba el comercio de Colombia a EE.UU.? 1.4 ¿Existe en el APC un capítulo de Reglas de Origen relacionado exclusivamente con mercancías agrícolas? Capítulo 1 1.1 1.2 1.3 Capítulo 2 2.1 2.2 2.3 LAS REGLAS DE ORIGEN ¿Qué son las reglas de origen? ¿Por qué es necesario conocer el origen de una mercancía? ¿Por qué es necesario tener una normativa de reglas de origen en los acuerdos comerciales? 2.4 ¿Cuál es el objetivo de las reglas de origen? 2.5 ¿Cómo se clasifican las reglas de origen? Capítulo 3 LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA 3.1 ¿Qué es la clasificación arancelaria de una mercancía? 3.2 ¿Por qué es importante conocer la clasificación arancelaria de una mercancía en el tema de origen? 3.3 ¿En qué SA se encuentra negociado el APC? 3.4 ¿Qué SA se encuentra vigente en la actualidad? 3.5 ¿Cómo se puede vincular el SA 2002 con el SA 2012? 3.6 ¿Qué reglas se deben seguir para clasificar una mercancía? 3.7 ¿Dónde se puede buscar la clasificación arancelaria de una mercancía? 3.8 ¿Dónde encuentro el arancel de aduanas de Colombia? Página 9 10 11 11 12 13 14 15 15 16 16 17 18 19 19 22 22 22 22 22 23
  • 4. Página Capítulo 4 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 LAS REGLAS DE ORIGEN EN EL APC COLOMBIA-EE.UU. Conceptos generales ¿Qué tipos de mercancías existen en el APC? Validez de algunas afirmaciones en el tema de origen Reglas de origen y procedimientos de origen ¿Cuáles son los criterios de calificación de origen establecidos en el capítulo 4 del APC? 24 25 26 27 29 29 Capítulo 5 5.1 5.2 5.3 5.4 CRITERIO PARA MERCANCÍAS TOTALMENTE OBTENIDAS O PRODUCIDAS ENTERAMENTE (TO) Implicaciones del criterio de TO para la identificación del origen de una mercancía ¿Cómo evaluar una mercancía para ser considerada TO? ¿El criterio de TO se vincula exclusivamente a mercancías con poco valor agregado? ¿Es posible que una mercancía con proceso productivo o valor agregado sea considerada originaria a través del criterio de TO? ¿Cómo evaluar un producto con valor agregado como TO? ¿Es posible que una mercancía emplee algún material originario a través de un criterio distinto al de TO y sea considerada como originaria a través del criterio de TO, literal l)? ¿Es posible que una mercancía emplee algún material no originario y sea considerada como originaria a través del criterio de TO, literal l)? ¿Qué sucede con el TO cuando se emplean envases y materiales de empaque importados para la venta al por menor? ¿Qué sucede con el criterio de TO si se utiliza materiales no originarios que no son parte integrante de la mercancía? 31 32 34 40 5.5 5.5.1 5.5.2 5.6 5.7 40 42 48 49 50 51
  • 5. Página Capítulo 6 CRITERIO PARA MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN A PARTIR DE MATERIALES NO ORIGINARIOS (REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN -REO) 6.1 Implicaciones del criterio REO para la identificación del origen de una mercancía 6.2 ¿Cómo identificar el criterio REO que se aplica a una mercancía? 6.3 ¿A través de qué métodos se ha establecido la transformación sustancial en los REO? 6.4 Cambios de clasificación arancelaria 6.4.1 ¿Cómo identificar si el REO se basa en el cambio de clasificación arancelaria? 6.4.2 ¿A qué nivel del SA se establecen los cambios de clasificación arancelaria en el APC? 6.4.3 ¿Cómo evalúo el origen de una mercancía con un REO basado en un cambio de clasificación arancelaria? 6.4.4 ¿Qué significa el cambio de capítulo? 6.4.5 ¿Qué significa el cambio de partida? 6.4.6 ¿Qué implica el cambio de subpartida? 6.4.7 ¿Si se cumple un cambio de capítulo, entonces se cumple un cambio de subpartida? 6.4.8 ¿Qué sucede si los cambios de clasificación están acompañados de excepciones de partidas, subpartidas o capítulos específicos? 6.4.9 ¿Existe algún tratamiento distinto para las excepciones establecidas en los REO de otros sectores? 6.4.10 ¿Qué sucede con los envases y materiales de empaque para la venta al por menor, cuando el REO es de cambio de clasificación arancelaria? 6.5 Requisitos Técnicos 6.5.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO basado en un requisito técnico? 6.5.2 ¿Qué sucede cuando se emplean envases y materiales de empaque para la venta al por menor y el REO es un requisito técnico? 6.6 Método de Combinación 6.6.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO basado en el método de combinación? 6.7 ¿Qué implicaciones tiene la multiplicidad de criterios en un REO? 6.7.1 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía con un REO que tiene múltiples reglas? 6.8 Resumen de pasos para evaluar el origen de mercancías sujetas a un REO 6.9 Reglas de capítulo 6.10 ¿Los REO son los mismos para Colombia y EE.UU., o existe algún criterio particular para un país? 52 53 53 57 57 57 57 58 59 65 71 75 75 75 87 89 90 93 93 94 96 97 106 107 111
  • 6. Página Capítulo 7 CRITERIO RELACIONADO CON MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN EXCLUSIVAMENTE A PARTIR DE MATERIALES ORIGINARIOS (EXO) 7.1 Implicaciones del criterio de EXO para la identificación del origen de una mercancía 7.2 ¿Cómo se evalúa el origen de una mercancía EXO? 7.2.1 ¿Qué sucede cuando se emplean envases y materiales de empaque para la venta al por menor y el criterio es un EXO? Capítulo 8 8.1 8.1.1 8.1.2 8.1.3 8.1.4 8.2 8.3 8.4 8.5 8.5.1 8.5.2 8.5.3 8.5.4 REQUISITOS COMPLEMENTARIOS Implicaciones del De Minimis ¿Cómo se interpreta el De Minimis? ¿Existe alguna condición para la aplicación del De Minimis a mercancías pertenecientes al sector agrícola? ¿Todas las mercancías del sector agrícola pueden gozar de la flexibilidad proporcionada por el De Minimis? ¿Cómo determino si puedo aplicar el principio de De Minimis? Implicaciones de los materiales indirectos Implicaciones de la acumulación de origen Implicaciones del tránsito y transbordo Implicaciones de los juegos ¿Qué tipo de juegos existen? ¿Qué condiciones debe cumplir un juego para que se clasifique por la Regla Nº3 del SA? ¿Existe alguna flexibilidad para el criterio de origen relacionado a juegos? ¿Cómo determino si una mercancía es un juego, y si es originario? 112 113 114 118 119 120 120 121 121 122 129 130 133 134 134 134 134 135
  • 7. Página Capítulo 9 9.1 9.1.1 9.1.2 9.1.3 9.1.4 9.1.5 9.1.6 9.1.7 9.1.8 9.1.9 9.1.10 9.1.11 9.1.12 9.1.13 9.1.14 9.2 9.3 9.4 9.5 9.6 LA CERTIFICACIÓN DE ORIGEN Conceptos generales sobre la certificación de origen ¿Quiénes pueden emitir una certificación de origen? ¿En qué momento se debe emitir la certificación de origen? ¿Ante quién debe presentarse la certificación de origen para solicitar el trato arancelario preferencial? ¿Quién es el responsable ante la aduana de una certificación de origen? ¿En qué idioma se debe emitir la certificación de origen? ¿Existe un formato preestablecido para la certificación de origen? ¿Qué información debe contener la certificación de origen? ¿Cuál es la vigencia de las certificaciones de origen? Tipos de certificaciones de origen según el APC ¿Existen excepciones para la certificación de origen? Siendo un exportador, ¿qué documento se le puede solicitar al productor en caso de que no quiera emitir un certificado de origen? Vigencia de la certificación de origen en el APC ¿Qué quiere decir la expresión: “el conocimiento del importador de que la mercancía es originaria”? ¿Cuáles son las diferencias entre el APC y el ATPDEA con relación a la certificación de origen? Mantenimiento de Registros Sanciones ante una mala certificación de origen ¿Qué sucede si se advierte que una certificación de origen tiene información incorrecta? ¿Cómo puede un importador que realiza la certificación de origen, asegurar que ante una eventual verificación se le proporcione toda la información que demuestre que la mercancía es originaria? Devolución de Aranceles 140 141 141 142 142 142 142 142 143 144 144 145 145 145 146 147 148 149 149 149 149
  • 8. Página Capítulo 10 10.1 10.2 10.3 RESOLUCIONES ANTICIPADAS ¿Quiénes pueden solicitar la emisión de una Resolución Anticipada en el marco del APC? ¿Para qué sirve una Resolución Anticipada? ¿Además de las de origen, que otro tipo de Resoluciones Anticipadas pueden ser útiles para el análisis de origen de las mercancías? 10.4 ¿Ante qué entidades se debe solicitar la emisión de las Resoluciones Anticipadas? 10.5 ¿Cuánto tiempo demora la emisión de una Resolución Anticipada? 10.6 ¿Cuál es la vigencia de las Resoluciones Anticipadas? ANEXOS Anexo 1: Anexo 2: Anexo 3: Anexo 4: Anexo 5: Anexo 6: Anexo 7: Anexo 8: Test de Origen Resumen Interpretativo de los REO del Sector Agrícola Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Certificados de Origen Referenciales Instituciones norteamericanas vinculadas al comercio Instituciones colombianas vinculadas al comercio Abreviaciones Glosario 150 151 152 152 153 153 153 154 155 157 164 165 166 167 168 169
  • 9. PR ESENT A CIÓ N Estimado productor, exportador o importador, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarollo Internacional – USAID y Proexport, le hacen entrega del presente manual con el fin de brindarle un instrumento conceptual y metodológico para la aplicación de las reglas de origen del Acuerdo de Promoción Comercial – APC, firmado entre Colombia y los Estados Unidos de América (Ley N° 1143 del 4 de julio de 2007 y la ley No. 1166 del 21 de Noviembre de 2007). El manual es ilustrativo y sirve como guía práctica para que el productor, exportador o importador, en primer lugar determine el origen de una mercancía y posteriormente certifique su origen. De igual forma usted podrá: En este manual se incluyen algunos casos con sus respectivos procedimientos de análisis, los cuales no necesariamente indican la totalidad de los materiales empleados para producir una mercancía, ni reflejan exactamente la realidad en la descripción del proceso productivo empleado. Los casos presentados muestran la clasificación arancelaria a un nivel máximo de seis dígitos, nivel más frecuente en el tema de reglas de origen. Sin embargo, para conocer las preferencias arancelarias de las mercancías, se requiere saber la clasificación a ocho dígitos, ya que para los cronogramas de desgravación de los aranceles se han negociado a este nivel. * Identificar y comprender los criterios de calificación que plantea el capítulo 4 del APC sobre reglas de origen. Adicionalmente, los ejemplos mostrados en este manual han empleado la clasificación arancelaria en el Sistema Armonizado 2002, teniendo en cuenta que es la nomenclatura en la cual se negoció el Acuerdo y a la fecha la normativa de origen no ha sido actualizada. * Conocer y aplicar adecuadamente el test de origen para evaluar correctamente el origen de las mercancías. Recuerde que únicamente los textos del APC Colombia-EE.UU. y la normativa emitida en el marco del mencionado Acuerdo, constituyen una fuente válida de información. * Conocer los procedimientos para realizar la certificación de origen. * Concientizarse de las responsabilidades que implica la certificación de origen de una mercancía. Si tiene alguna duda sobre el tema de origen, usted puede consultar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), o al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT). 9
  • 10. C A P ÍT ULO 1 EL A C U ERDO DE PRO MOCI ÓN COMER CI A L C O LO M B I A -EE.U U .
  • 11. 1.1 ¿Qué es el Acuerdo de Promoción Comercial? 1.2 ¿Qué beneficios presenta el APC para el sector agrícola? El Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre Colombia y EE.UU. (APC), el 22 de noviembre de 2006. Se encuentra vigente desde el 15 de mayo de 2012. El acceso preferencial que otorga EE.UU. a Colombia es significativo, ya que alrededor del 89% de las líneas arancelarias del sector se desgravaron a la puesta en vigencia del Acuerdo. El 8% de las líneas arancelarias del sector se encontraba sujeto a la aplicación de un contingente arancelario, y el resto presentaba desgravación entre 5 y 15 años. ¿? Para comprender mejor los beneficios del APC es necesario saber qué es una preferencia arancelaria. La preferencia arancelaria es la reducción o eliminación de los aranceles de aduana1. En algunos casos, esta eliminación es gradual, progresiva y con periodos de gracia. Adicionalmente, en el sector agrícola, han sido establecidos contingentes arancelarios para productos sensibles. Algunos de los principales beneficios del nuevo esquema de comercio del APC, son la concesión de preferencias arancelarias mutuas y la reducción de barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios. Todas las mercancías del universo arancelario han sido negociadas en el marco del APC; por lo tanto gozan de preferencia arancelaria. En consecuencia, al culminar el programa de desgravación entrarán al territorio nacional sin pagar el arancel establecido al momento de importar la mercancía2. Si una empresa quiere importar a Colombia debe conocer la desgravación arancelaria de Colombia, ingresando a la página oficial del APC. Si una empresa quiere exportar a EE.UU. debe conocer la desgravación arancelaria de Colombia, ingresando a la página oficial del APC. Se debe resaltar que para el azúcar y mercancías con un alto contenido de azúcar existe un tratamiento especial. 1 Con el APC no se eliminan los impuestos internos, tales como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros. Sin embargo, éstos se reducen debido a que la base imponible es menor, como consecuencia de la eliminación o reducción del arancel. 2 Colombia controla la importación sobre ciertas mercancías, como ropa usada, calzado usado, entre otros; las cuales se mantendrán en el marco del APC. Esto quiere decir que dichas mercancías no solo no podrán ingresar a nuestro país con preferencias arancelarias, sino que no podrán ser importadas así se pague el arancel (ver Anexo 2.2 del capítulo 2 del APC). A su vez, EE.UU. presenta prohibiciones para la importación de determinadas mercancías (ver el listado del Anexo 2.2 del APC). 11
  • 12. 1.3 Antes de la firma del APC, ¿qué normatividad regulaba el comercio de Colombia a EE.UU.? Antes de la puesta en vigencia de este Acuerdo, las exportaciones de Colombia a EE.UU. gozaban de preferencias arancelarias unilaterales, a través del ATPA3, ATPDEA4 y del SGP5. Con la entrada en vigencia del APC, las preferencias unilaterales dejaron de aplicarse, por lo tanto las exportaciones colombianas no pueden acogerse a éstas. Las nuevas reglas de origen del APC son distintas no solo para el sector agrícola, sino para el total de mercancías. 3 Andean Trade Promotion Act, Ley de Promoción Comercial Andina. El ATPA, que concluía el 4 de diciembre de 2001, se extendió mediante la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y Erradicación de Drogas (“ATPDEA” por sus siglas en inglés), la misma que fue firmada el 6 de agosto de 2002 y registrada como Ley 107-210. 4 Andean Trade Promotion and Drug Eradication Act, Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga. 5 El Sistema Generalizado de Preferencias es un sistema de preferencias arancelarias totales o parciales, no recíproco, otorgado por países desarrollados a países en vías de desarrollo, sin el requerimiento de que estas deban ser extendidas a otros países desarrollados. 12
  • 13. 1.4 ¿Existe en el APC un capítulo de Reglas de Origen relacionado exclusivamente con mercancías agrícolas? En el APC no existe un capítulo exclusivo que establezca la normativa de reglas de origen para el sector agrícola; este sector debe regirse por lo establecido en el capítulo 4 del APC. Lo que sí existe es una sección agrícola en el capítulo 2 del APC, relacionada con las disciplinas de acceso a mercados6. La selección agrícola incluye: - Disciplinas sobre trato nacional y acceso a mercados. - Administración e implementación de cuotas. - Subsidios a la exportación agrícola. - Empresas comerciales del estado exportadoras. - Salvaguardia agrícola. 6 A diferencia del tratamiento para el sector textil-confecciones, el cual sí cuenta con una sección especial: el capítulo 3 del APC. 13
  • 14. CA PÍ T U LO 2 LA S REG LA S D E OR I G EN
  • 15. 2.1 ¿Qué son las reglas de origen? 2.2 ¿Por qué es necesario conocer el origen de una mercancía? Las reglas de origen son un conjunto de criterios, requisitos y principios que se utilizan para determinar el origen de una mercancía. El productor, exportador o importador debe conocer las reglas de origen para saber si una mercancía cumple con los criterios de origen establecidos en el APC y, de ese modo, poder beneficiarse de la reducción o exención del pago del arancel derivada del Acuerdo. Establecer el origen de las mercancías es útil para: - El cálculo de estadísticas comerciales. - La aplicación de medidas de defensa comercial. - El acceso a preferencias arancelarias, entre otros. ¿? Para comprender mejor las reglas de origen, es necesario saber qué es el origen de una mercancía. El origen de una mercancía es el nexo geográfico que relaciona a una mercancía con un país determinado, en cuyo territorio la mercancía ha sido producida o ha sufrido un proceso de transformación. Como productor, exportador o importador, usted debe conocer las reglas de origen del APC para determinar si la mercancía es originaria y, de ese modo, poder beneficiarse de la reducción o exención del pago del arancel derivado del acuerdo. Además, debe conocer la normativa relacionada con las reglas de origen, ya que se existen sanciones8 por realizar una certificación de origen errada o no cumplir con las obligaciones establecidas. Para determinar este vínculo, se ha establecido la normativa llamada “reglas de origen”. Es necesario aclarar que “el origen” no se encuentra relacionado con la “denominación de origen” que podría tener una mercancía7. 7 Una denominación de origen es un derecho de propiedad intelectual, que consiste en una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos. En ese sentido, sirve para distinguir la calidad especial, la reputación u otras características que pueda tener un producto con relación a las condiciones especiales del lugar de donde proviene, las cuales son protegidas en el marco de la propiedad intelectual. 8 Hasta la fecha no se ha establecido cuáles serán las sanciones. No obstante, en el APC existe un compromiso entre las Partes de establecer sanciones a las empresas que certifiquen inadecuadamente el origen. 15
  • 16. 2.3 ¿Por qué es necesario tener una normativa de reglas de origen en los acuerdos comerciales? En un acuerdo comercial internacional se establecen beneficios arancelarios únicamente para mercancías de las Partes del acuerdo. En el caso del APC, las preferencias solo son aplicables a las mercancías originarias de EE.UU. o Colombia. En ese sentido, es necesario establecer disposiciones que establezcan diferencias, entre aquellas mercancías que son elegibles para el trato arancelario preferencial y aquellas que no lo son. 2.4 ¿Cuál es el objetivo de las reglas de origen? El objetivo de las reglas de origen de un acuerdo comercial internacional es garantizar que solo las mercancías que califiquen como originarias de los países participantes de un acuerdo se beneficien del tratamiento arancelario preferencial pactado entre ellos. De esta manera, es posible evitar que terceros países, aquellos que no son parte del acuerdo comercial internacional, se beneficien de preferencias arancelarias que no han negociado, a través de una práctica fraudulenta denominada “triangulación de origen”. La implementación de este tipo de reglas resulta estrictamente necesaria, debido al aumento de acuerdos comerciales internacionales y al empleo de materiales importados en la producción nacional. 16
  • 17. 2.5 ¿Cómo se clasifican las reglas de origen? Existen dos tipos de reglas de origen: las preferenciales y las no preferenciales. Preferenciales Son las reglas que se establecen para determinar el origen de una mercancía en el marco de un acuerdo, a fin de otorgar trato arancelario preferencial. No Preferenciales Son las reglas que se establecen para determinar el origen de una mercancía, a fin de aplicar medidas de salvaguardia, derechos antidumping, derechos compensatorios, fines estadísticos, entre otros. No se aplican con el fin de otorgar preferencias arancelarias9. Este manual tratará únicamente sobre las reglas de origen preferenciales. 9 La salvaguardia es una medida de emergencia que se aplica para proteger la industria nacional que se ve afectada por el incremento de las importaciones. Los derechos antidumping son una legislación aplicada a las importaciones de bienes particulares provenientes de un país específico, para eliminar el perjuicio causado por la fijación de un precio inferior para los bienes exportados que para los costos de producción del país adonde se importan esos bienes. Los derechos compensatorios se derivan de la aplicación de medidas para neutralizar el daño causado por las importaciones subvencionadas. 17
  • 18. CAP ÍTU LO 3 LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
  • 19. 3.1 ¿Qué es la clasificación arancelaria de una mercancía? 3.2 ¿Por qué es importante conocer la clasificación arancelaria de una mercancía en el tema de origen? La clasificación arancelaria consiste en la ubicación de una determinada mercancía en la fracción que le corresponde dentro del arancel de aduanas, y se realiza aplicando las notas de sección, las notas de capítulo, las reglas complementarias y las notas explicativas de la referida tarifa, así como de diversos criterios que existen sobre clasificación. Para evaluar el origen de una mercancía, en la mayoría de los casos, es necesario conocer su clasificación arancelaria. Es importante conocer la clasificación arancelaria de una mercancía, porque: ¿? Para comprender mejor la clasificación arancelaria (el arancel) es necesario saber qué es una subpartida arancelaria. La subpartida arancelaria es la identificación numérica de una mercancía a nivel internacional. Cuando se conoce la subpartida de una mercancía, es posible establecer: - El arancel aduanero que deberá pagar la mercancía. - Si la mercancía se encuentra sujeta a algún tipo de restricción o medida de defensa comercial. - Existe un criterio de origen que permite el empleo de materiales no originarios: REO (regla específica de origen), y para aplicarlo se necesita conocer primero la clasificación arancelaria. En algunos casos, cuando el REO se encuentra basado en el método de cambio de clasificación arancelaria10, será necesario conocer la clasificación no solo de la mercancía, sino de todos los materiales no originarios que emplea para su producción. - La certificación de origen requiere que se incluya la clasificación arancelaria de la mercancía. Es importante distinguir que en el caso de Colombia, la clasificación arancelaria empleada es la Nomenclatura Común de los Países de la Comunidad Andina (NANDINA), la cual está basada en el Sistema Armonizado y cuenta con ocho dígitos. Si a esta misma nomenclatura se le agrega dos dígitos más, se convierte en la Subpartida Nacional. Para identificar la clasificación arancelaria, en primer lugar, se determina cuál es el capítulo (dos primeros dígitos), luego la partida arancelaria (cuatro dígitos), posteriormente la subpartida del SA (seis dígitos), y la subpartida NANDINA (ocho dígitos), hasta llegar a los diez dígitos de la Subpartida Nacional. - La existencia de preferencias arancelarias. - Los criterios que deberá cumplir la mercancía cuando se emplean materiales no originarios para su producción. 10 Ver capítulo 6. 19
  • 20. En el siguiente cuadro se muestra la estructura de una subpartida colombiana a nivel de diez dígitos. Capítulo Son los dos primeros dígitos de la nomenclatura. Partida Son los cuatro primeros dígitos de la nomenclatura. Subpartida Son los seis primeros dígitos de la nomenclatura. En el caso de Colombia NANDINA Son los ocho primeros dígitos de la nomenclatura. Subpartida Nacional Son los diez dígitos que conforman la nomenclatura. En cuestión de origen, como productor, exportador o importador, en la mayoría de los casos es necesario conocer la clasificación de una mercancía hasta el dígito seis, y en cuestión de preferencias arancelarias hasta el dígito ocho. Para hacer estudios de mercado y verificar estadísticas comerciales, es importante conocer hasta el dígito diez, o sea, la subpartida nacional. 20
  • 21. Para identificar la clasificación arancelaria es necesario consultar el Sistema Armonizado (SA). ¿? ¿Y qué es el Sistema Armonizado? Es un sistema de codificación numérica compuesto por seis cifras, que se utiliza como modelo para la nomenclatura de mercancías, el cual ha sido desarrollado por la Organización Mundial de Aduanas – OMA, y es aceptado y utilizado por más de 120 países, entre ellos Colombia. El objetivo del SA es codificar todo el universo de mercancías y determinar su clasificación, mediante una nomenclatura uniforme y aceptable internacionalmente para propósitos del comercio internacional de mercancías (aduaneros, estadísticos y de transporte). Ejemplo de clasificación arancelaria: Sistema Armonizado 2012 01 Capítulo Animales vivos. 01.02 Partida Animales vivos de la especie bovina. 0102.29 Subpartida Bovinos domésticos que no sean reproductores de raza pura. En el caso de Colombia 0102.29.90 Subpartida NANDINA Bovinos domésticos que no sean reproductores de raza pura, que no sean para lidia. 0102.29.90.10 Subpartida Nacional Bovinos domésticos que no sean reproductores de raza pura, que no sean para lidia, hembras. 21
  • 22. 3.3 ¿En qué SA se encuentra negociado el APC? Tanto las listas de desgravación arancelaria, como las reglas de origen se encuentran negociadas en el SA del año 2002, y estas todavía no han sido actualizadas al SA del año 2012. Para evaluar el origen de una mercancía se emplea el SA 2002, porque las condiciones del tratado se negociaron en el ámbito de este SA (o en su defecto una correlación), pero la certificación se debe llenar usando el SA de 2012. En ese sentido, se recomienda que el productor, el exportador o el importador sean cuidadosos y empleen el SA adecuado para analizar la desgravación arancelaria de la mercancía, así como el REO aplicable a las mismas, ya que es posible que se esté buscando la desgravación o la regla de origen con una nomenclatura incorrecta. 3.4 ¿Qué SA se encuentra vigente en la actualidad? El SA vigente es el del año 2012. Esto quiere decir que las subpartidas arancelarias de la nomenclatura colombiana se encuentran basadas en esta actualización. Cabe señalar que el SA es modificado cada cinco años, debido a cambios en los patrones de comercio, entre otros. Así, entre los años 2002 y 2012 se realizaron dos cambios en la nomenclatura. 3.5 ¿Cómo se puede vincular el SA 2002 con el SA 2012? Existe una correlación teórica entre el SA 2002 y el SA 2007, y entre el 2007 al 2012, proporcionada por la OMA, la cual indica qué clasificación tiene una mercancía en cada año; esta es una correlación a seis dígitos. En las siguientes páginas web se encuentran dichas correlaciones y se puede observar qué clasificación tiene una misma mercancía en cada SA. Correlación entre la versión 2012 y 2007 del Sistema Armonizado Correlación entre la versión 2007 y 2012 del Sistema Armonizado 3.6 ¿Qué reglas se deben seguir para clasificar una mercancía? Para clasificar una mercancía, se debe revisar el documento “Arancel de Aduanas”11, en el que se encuentra una normativa que consta de seis reglas para interpretar el SA, las mismas que son empleadas para la interpretación de la NANDINA. Con la ayuda de estas reglas se puede clasificar una mercancía en un capítulo, partida, subpartida del SA, subpartida NANDINA y subpartida nacional respectivamente12. 3.7 ¿Dónde se puede buscar la clasificación arancelaria de una mercancía? Cada una de estas páginas web presenta una base de datos de las subpartidas arancelarias de Colombia y EE.UU. Consulta de arancel en el caso de Colombia Consulta de arancel en el caso de EE.UU 11 En este caso, cuando se habla del Arancel de Aduanas, no se refiere al derecho o gravamen que se le aplica a las mercancías importadas, sino al documento que contiene la estructura de la nomenclatura colombiana, que establece la subpartida nacional con su respectivo derecho. 12 Ver Anexo 3. 22
  • 23. En Colombia y EE.UU., los seis primeros dígitos de una mercancía son iguales y significan lo mismo, porque hacen parte de la nomenclatura del SA. Más allá del sexto dígito, las mercancías pueden tener una diferente codificación numérica, o una misma codificación numérica puede amparar distintas mercancías. En consecuencia, es importante asegurarse de la clasificación arancelaria de una mercancía en el país de importación y exportación. 3.8 ¿Dónde se encuentra el arancel de aduanas de Colombia? El arancel de aduanas se encuentra establecido en el Decreto N°4927 del 26 de Diciembre del 2011. En el caso de Colombia, consultar el sitio web de la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales DIAN En el caso de EE.UU., se puede consultar en la página web del USITC Una incorrecta clasificación arancelaria puede ocasionar: - Una errada determinación de origen, ya que puede estar aplicando la regla específica correspondiente a otra mercancía. - Una evaluación inadecuada de los cambios de clasificación arancelaria establecidos en el Anexo de REO, ya que los insumos pueden estar incorrectamente clasificados. - Que la certificación de origen sea rechazada por la autoridad aduanera de la parte importadora, cuando se presente para solicitar el trato arancelario preferencial, por haber incluido una incorrecta clasificación arancelaria de la mercancía. - Que sea denegado el trato arancelario preferencial y se apliquen sanciones al impor tador de la mercancía como consecuencia de no cumplir con la normativa de origen. Cabe señalar que estos mismos problemas se podrían generar si se evalúa el origen con la versión inadecuada del SA. El productor, el exportador o el importador se pueden asegurar de la correcta clasificación arancelaria de la mercancía a través de las Resoluciones Anticipadas13. 13 Ver capítulo 10. 23
  • 24. C AP ÍT ULO 4 LAS REGLAS DE ORIGEN EN EL APC COLOMBIA-EE.UU.
  • 25. 4.1 Conceptos generales Para comprender mejor el tema de las reglas de origen es indispensable revisar previamente algunos conceptos y creencias que pueden causar confusión. - Países que son Parte del APC: Parte No Parte Los países que han suscrito el APC. En este caso, Colombia y EE.UU., únicamente. Conocido también como terceros países, ya que no conforman el APC. En este caso, cualquier país que no sea Colombia o EE.UU. Por ejemplo, Perú, Ecuador o la China. ! Se debe tener en cuenta que ni Perú ni Ecuador son Parte de este Acuerdo Comercial. Motivo por el cual el abastecimiento de insumos de estos mercados puede tener implicaciones en la determinación del origen de las mercancías14 - Diferencia entre “mercancías” y “materiales”: Mercancía Material Implica cualquier producto, artículo o material. En el presente manual se hace referencia a la mercancía final de exportación, sobre la cual se evalúa el criterio de origen. No obstante, dicha mercancía puede emplearse como material en el país de destino. Implica una mercancía que es utilizada en la producción de otra mercancía, incluyendo una parte o un ingrediente. En ese sentido, son las materias primas, materiales, insumos y todas aquellas mercancías que sirven como base para obtener otro producto. En otras palabras, la mercancía es el producto a exportar, y el material es el producto que se emplea para elaborar la mercancía. Según lo establecido en el Artículo 4.23 del APC. 14 Ver sección 8.3 25
  • 26. 4.2 ¿Qué tipos de mercancías existen en el APC? Las mercancías pueden ser de dos tipos: Originarias Mercancías originarias de Colombia o Mercancías originarias de EE.UU. No originarias Mercancías obtenidas o producidas en terceros países (importadas desde terceros países), o Mercancías producidas en Colombia o en EE.UU., pero cuya transformación en dichos países no fue suficiente para conferir origen a dicha mercancía. Es decir, mercancías que fueron producidas en Colombia o EE.UU., pero no cumplieron con la regla de origen establecida en el APC. ¿Cuál es la diferencia entre origen y procedencia? El origen de una mercancía establece un vínculo con el lugar en donde esta se obtiene o fabrica, siempre que se cumpla con unos criterios preestablecidos. Por ejemplo, reglas de origen en un acuerdo comercial internacional. En cambio, la procedencia se determina por el último lugar de donde se embarcaron las mercancías. 26
  • 27. 4.3 Validez de algunas afirmaciones en el tema de origen “Las mercancías que son producidas en nuestro país son siempre originarias de Colombia” Esta es una afirmación común en el sector productivo, pero no es cierta. No siempre las mercancías producidas en nuestro país son originarias de Colombia; todo depende de los criterios establecidos en los acuerdos comerciales internacionales. En ese sentido, no se puede decir que una mercancía es originaria de Colombia, en el marco del APC, por el hecho de que haya sido producida allí. Igualmente, si una mercancía es producida en EE.UU., no significa necesariamente que sea originaria de ese país. En consecuencia, si un productor compra algún material en el mercado nacional o de EE.UU., y se requiere que este sea originario, debe asegurarse del origen a través de una certificación de origen. En caso de que no sea posible acreditar el origen de dicho insumo, deberá ser considerado como no originario. No obstante, es importante tener en cuenta que existen normas que no exigen que las mercancías sean originarias, sino que sean resultado de cierto proceso productivo realizado en Colombia o en EE.UU. Para este tipo de casos es posible la acreditación a través de declaraciones juradas o affidávits proporcionados por el productor. “Las mercancías que compramos en el mercado nacional son siempre originarias de Colombia”. Esta es una afirmación también común en el sector productivo, pero no es cierta. 27
  • 28. Porque las mercancías que se venden en el mercado nacional pueden haber sido importadas, nacionalizadas y/o comercializadas. En ese sentido, el hecho de comprar una mercancía en el mercado nacional no implica que sea originaria de Colombia, ni siquiera que sea producida allí, ya que puede ser importada de terceros países. A su vez, si esta mercancía es comprada en el mercado de EE.UU., no significa que sea originaria de EE.UU. En consecuencia, si un productor compra algún material en el mercado nacional o de EE.UU., y se requiere que este sea originario, debe asegurarse del origen a través de una certificación de origen. En caso de que no sea posible acreditar el origen de dicho insumo, deberá ser considerado como no originario. Producción en Colombia o en EE.UU. Nacionalización en Colombia o en EE.UU. No Implica Mercancía o material originario Compra en el mercado de Colombia o de EE.UU. “Cuando una mercancía es originaria según las Reglas de Origen de la Comunidad Andina, también es originaria en el marco de APC” No, esta afirmación no es cierta. Cada acuerdo comercial internacional o esquema preferencial tiene sus propias reglas de origen. En ese sentido, por el hecho de que una mercancía sea originaria de la Comunidad Andina no implica que también sea originaria en el marco del APC. 28
  • 29. 4.4 Reglas de origen y procedimientos de origen 4.5 ¿Cuáles son los criterios de calificación de origen? Las reglas de origen se encuentran establecidas en los capítulos 3 y 4 del APC. En el capítulo 4 del APC, Artículo 4.1, se establecen los tres criterios aplicables a una mercancía para determinar si esta es originaria o no. Capítulo 3 Los REO aplicables para el sector textil-confecciones, es decir, las reglas que deben cumplir las mercancías textiles o del vestido cuando emplean materiales no originarios. Los demás requerimientos de origen se encuentran establecidos en el capítulo 4. Cabe señalar, que el capítulo 3 se aplica supletoriamente al capítulo 4. Las reglas de origen aplicables a todas las mercancías en general, inclusive a los productos del sector textil-confecciones, en caso de que en el capítulo 3 no exista ninguna regulación particular. Lo contenido en este capítulo se puede dividir en: Capítulo 4 Los Criterios de Calificación de Origen: Conjunto de reglas que sirven para determinar si una mercancía es originaria de Colombia o de EE.UU., y de esta manera pueden beneficiarse de las preferencias acordadas en el APC. Los Procedimientos para Certificar Origen: Conjunto de reglas que establecen el procedimiento para emitir una certificación o una declaración que pruebe que la mercancía es originaria en el marco del APC. La Verificación de Origen: Conjunto de reglas que establecen el procedimiento de fiscalización del cumplimiento de origen de una mercancía en el marco del APC. TO Una mercancía se considera originaria porque es totalmente obtenida o producida enteramente en el territorio de una o más de las Partes. REO Una mercancía se considera originaria cuando es producida a partir de materiales originarios y no originarios, o únicamente no originarios, y cumple con lo establecido en la regla específica de origen. EXO Una mercancía se considera originaria cuando es producida exclusivamente a partir de materiales originarios. En ese sentido, se puede establecer lo siguiente: - El criterio más exigente es el TO, ya que requiere que una mercancía sea considerada como originaria cuando su obtención o proceso productivo se encuentre en el listado del Artículo 4.23 del APC. - El segundo criterio, según su nivel de exigencia, es el EXO, que requiere que todos los materiales empleados sean originarios a través de cualquier criterio de origen. - Finalmente, el criterio menos exigente es el REO, ya que permite emplear materiales no originarios. - La diferencia entre los criterios, se debe al tipo de mercancía sobre la cual se evalúa el origen, o sobre el tipo de materiales empleados para su elaboración. En este manual se presentan únicamente los criterios de calificación de origen, así como los procedimientos para certificar origen. 29
  • 30. Es importante tener presente que: - No todas las mercancías producidas en Colombia o EE.UU. son originarias de estos paises. El hecho de producir una mercancía en nuestro país no significa que esta mercancía sea originaria de Colombia; es originaria bajo este Acuerdo cuando es producida en Colombia y además cumple con las reglas de origen del APC. Por eso se debe aplicar un criterio de origen (TO, EXO, o REO) para determinar si la mercancía es realmente originaria. Los criterios de calificación de origen son un insumo para establecer si una mercancía es, o no es, originaria de los países que firmaron el acuerdo. En ningún caso sirven para saber cuál es el origen de las mercancías no originarias. - Algunos REO de mercancías del sector agrícola se encuentran en el capítulo 3 del APC, que corresponde a Mercancías Textiles y del Vestido, particularmente en el Anexo 3-A, , tales como: la fibra de algodón, seda, lana, pelo fino u ordinario, lino y cáñamo, aunque a estas mercancías no se les aplique la normativa del capítulo 3. Se encuentran en dicho capítulo, ya que son insumos directos de las mercancías del sector textil-confecciones, pero no se les aplica la normativa establecida en el capítulo 3; es simplemente una cuestión de orden. 30
  • 31. CAP ÍT ULO 5 CRITERIO PARA MERCANCÍAS TOTALMENTE OBTENIDAS O PRODUCIDAS ENTERAMENTE (TO)
  • 32. 5.1 Implicaciones del criterio de TO para la identificación del origen de una mercancía El TO es un criterio de origen para mercancías que, básicamente, tienen poco valor agregado o proceso productivo y se encuentran principalmente vinculadas a tres de los reinos de la naturaleza: animal, vegetal y mineral. Por ejemplo: animales vivos, productos de animales vivos, plantas y minerales extraídos (mercancías próximas a su estado natural). Este criterio se establece a través de un listado de operaciones o procesos que debe sufrir una mercancía para ser considerada como TO. Por lo tanto, operaciones o procesos distintos a los señalados en dicho listado no determinarán el cumplimiento de origen a través de este criterio. Se debe resaltar que el criterio de totalmente obtenido o producido enteramente es muy importante para las mercancías del sector agrícola, ya que gran parte de las exportaciones colombianas de este sector a EE.UU. se encuentran vinculadas a este criterio de origen. El listado de procesos, transformaciones u operaciones que determinan que una mercancía sea considerada TO se encuentra en el Artículo 4.23 de Definiciones del APC y consta de 12 literales, que se describen a continuación: a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. b) Animales vivos nacidos y criados en el territorio de una o más de las Partes. c) Mercancías obtenidas de animales vivos en el territorio de una o más de las Partes. d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca o acuicultura realizada en el territorio de una o más de las Partes. e) Minerales y otros recursos naturales no incluidos en los subpárrafos a) al d), extraídos o tomados del territorio de una o más de las Partes. f) Peces, crustáceos y otras especies marinas obtenidas del mar, del fondo o del subsuelo marino, fuera del territorio de una o más de las Partes, por barcos registrados o matriculados por una Parte y que enarbolen su bandera. g) Mercancías producidas a bordo de barcos fábrica, a partir de las mercancías identificadas en el subpárrafo f), siempre que tales barcos fábrica estén registrados o matriculados por esa Parte y enarbolen su bandera. h) Mercancías obtenidas del fondo o del subsuelo marino fuera de las aguas territoriales por una Parte o una persona que forme parte de ella, siempre que dicha parte tenga derechos para la explotación del fondo o subsuelo marino. i) Mercancías obtenidas del espacio extraterrestre, siempre que sean obtenidas por una Parte o una persona que forme parte de ella, y que no sean procesadas en el territorio de un país que no sea Parte. j) Desechos y desperdicios derivados de: - Operaciones de manufactura o procesamiento en el territorio de una o más de las Partes. - Mercancías usadas recolectadas en el territorio de una o más de las Partes, siempre que dichas mercancías sean adecuadas sólo para la recuperación de materias primas. k) Mercancías recuperadas en el territorio de una o más de las Partes, derivadas de mercancías usadas, y que hayan sido utilizadas en el territorio de una o más de las Partes en la producción de mercancías remanufacturadas. l) Mercancías producidas en el territorio de una o más de las Partes, exclusivamente a partir de mercancías a las que se refieren los subpárrafos a) al j), o de sus derivados, en cualquier etapa de la producción. 32
  • 33. La anterior información se puede resumir de la siguiente manera: Reino Animal Reino Vegetal Reino Mineral -Animales nacidos y criados en Colombia o EE.UU. - Plantas o productos de plantas cosechadas y recolectadas en Colombia o EE.UU. - Minerales extraídos en Colombia o EE.UU. - Productos obtenidos de animales vivos en Colombia o EE.UU. - Peces capturados, u obtenidos a través del proceso de acuicultura en Colombia o EE.UU. - Peces capturados fuera de territorio, y el buque enarbola la bandera y es registrado en Colombia o EE.UU. 33
  • 34. 5.2 ¿Cómo evaluar una mercancía para ser considerada TO? Para evaluar una mercancía para ser considerada TO, se debe seguir los siguientes pasos: Determinar si la mercancía tiene poco valor agregado o se encuentra cercana a su estado natural. Realizar la búsqueda en el listado. Efectuar la evaluación de origen. 34
  • 35. Caso TO 1 Una empresa cosecha y recolecta rosas frescas del territorio colombiano y las quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dichas rosas como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. Debido a que la mercancía tiene poco valor agregado y se encuentra cercana a su estado natural, es elegible para ser originaria a través del criterio de TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Al buscar en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de las flores, se encuentra el literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las partes. 3 Efectuar la evaluación de origen. Debido a que las flores son un producto de una planta cosechada en Colombia, estas son originarias a través del criterio de TO. 35
  • 36. Caso TO 2 Una empresa cosecha alcachofa en el territorio de Colombia y la quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicha alcachofa como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. Debido a que la mercancía tiene poco valor agregado y se encuentra cercana a su estado natural, es elegible para ser originaria a través del criterio de TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Dado que es elegible a ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de las alcachofas. En dicho listado se encuentra el literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. 3 Efectuar la evaluación de origen. Debido a que la alcachofa es una mercancía cosechada en Colombia, esta es originaria a través del criterio de TO. ¿Qué pasa si las semillas son importadas de la India? No interesa el origen de la semilla, ya que únicamente la regla exige que el proceso de recolección de la alcachofa se realice en territorio colombiano. ¿? 36
  • 37. Caso TO 3 Una empresa obtiene leche de vaca en el territorio de Colombia y la quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicha leche como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la Debido a que la mercancía tiene poco valor agregado y se encuentra cercana a su estado natural, es elegible para ser originaria a través del criterio de TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible a ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de la leche. En dicho listado se encuentra el literal c) Mercancías obtenidas de animales vivos en el territorio de una o más de las Partes. mercancía puede ser considerada como originaria. 3 Efectuar la evaluación de origen. Debido a que la leche es una mercancía obtenida en Colombia de un animal vivo, esta es originaria a través del criterio de TO. ¿? ¿Qué pasa si la vaca es importada? No interesa el origen de la vaca. La regla exige que el proceso de obtención de la leche sea realizado en Colombia, no establece ningún requisito para el origen de la vaca. ¿? ¿Qué pasa si el alimento de la vaca es importado? No interesa el origen del alimento de la vaca. ¿? ¿Qué pasa si lo que quiero exportar es la vaca? En el ejemplo anterior la mercancía objeto de análisis era la leche y no la vaca. Teniendo en cuenta que la mercancía es distinta, se debe buscar algún tipo de proceso u operación que refleje su obtención. En el listado se encuentra el literal b), por ello, si la vaca no ha nacido o no ha sido criada en Colombia, no puede tener preferencia arancelaria en el mercado de EE.UU. 37
  • 38. Caso TO 4 Una empresa captura camarón15 dentro del mar territorial colombiano y lo quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicho camarón como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. Debido a que la mercancía tiene poco valor agregado y se encuentra cercana a su estado natural, es una candidata para ser originaria a través del criterio de TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible a ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención del camarón. En dicho listado se encuentra el literal d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca o acuicultura realizada en el territorio de una o más de las Partes. 3 Efectuar la evaluación de origen. Debido a que el camarón es una mercancía capturada en Colombia, esta puede ser considerada como originaria a través del criterio de TO. 15 En principio, este capítulo no pertenece al sector agrícola, de acuerdo con la definición de la OMC. No obstante, se menciona como ejemplo en este manual, por considerarse pertinente. 38
  • 39. Caso TO 5 Una empresa captura atún16 dentro del mar territorial colombiano y lo quiere exportar a EE.UU. ¿Es posible considerar dicho atún como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. Debido a que la mercancía tiene poco valor agregado y se encuentra cercana a su estado natural, es elegible para ser originaria a través del criterio de TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible a ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención del atún. En dicho listado se encuentra el literal d) Mercancías obtenidas de la caza, captura con trampas, pesca o acuicultura realizada en el territorio de una o más de las Partes. 3 Efectuar la evaluación de origen. Debido a que el atún es una mercancía capturada en Colombia, esta puede ser considerada como originaria a través del criterio de TO. ¿? ¿Qué pasa si el atún es capturado fuera de las 200 millas de mar territorial? ¿Cuáles son los requerimientos para que esta mercancía sea considera originaria de Colombia? El atún podría ser considerado como TO únicamente si los barcos que lo capturan enarbolan la bandera colombiana o estadounidense. Adicionalmente, estos barcos deben estar registrados en Colombia o en EE.UU.17 16 En principio, este capítulo no pertenece al sector agrícola, de acuerdo con la definición de la OMC. No obstante, se menciona como ejemplo en este manual, por considerarse pertinente. 17 Ver Artículo 4.23, literal f), del APC. 39
  • 40. 5.3 ¿El criterio de TO se vincula exclusivamente a mercancías con poco valor agregado? No es un criterio exclusivo para mercancías cercanas a su estado natural. Sin embargo, es necesario ser muy riguroso en la aplicación de este criterio, para evitar cometer errores en la certificación de origen. Si el proceso de producción de la mercancía no se encuentra vinculado a los literales señalados en el listado, entonces la mercancía no es TO. 5.4 ¿Es posible que una mercancía con proceso productivo o valor agregado sea considerada originaria a través del criterio de TO? Es posible, pero poco probable. Mientras mayor sea el nivel de elaboración que tenga una mercancía o mayor sea su valor agregado, la probabilidad de que esta sea considerada originaria a través del criterio de TO es menor. Esto no significa que la mercancía no sea “originaria”, ya que podría ser calificada a través de otro criterio como el REO o EXO. En el listado de procesos, transformaciones u operaciones que determinan que una mercancía sea considerada TO, existen literales que permiten que mercancías con mayor valor agregado puedan ser consideradas como TO. Por ejemplo, el literal g), relacionado con mercancías producidas a bordo de barcos fábrica; o el literal l), que requiere que todos los materiales empleados sean originarios a través del criterio de TO. El literal l) del listado es el más importante para considerar en este manual a mercancías con valor agregado o lejanas a su estado natural, sin que ello implique restar atención a los demás. Dicho literal establece que para que una mercancía con proceso productivo o valor agregado sea TO, todos los materiales empleados deben ser originarios a través del criterio de TO. 40
  • 41. En ese sentido, existe la probabilidad de que mercancías como jugos de fruta puedan ser consideradas originarias a través del criterio de TO, particularmente a través del literal l); pero la probabilidad es pequeña, ya que según este, todos los materiales utilizados deben ser originarios a través del criterio de TO. Por ejemplo, la fruta empleada para el jugo puede ser considerada TO a través del literal a), si es cosechada en Colombia. Por lo tanto, el jugo que emplea únicamente como insumo la fruta, podría ser TO a través del literal l). Sin embargo, el jugo de fruta no cumpliría con el criterio TO si emplea como materiales adicionales, colorantes y saborizantes químicos, obtenidos o producidos a través de un proceso productivo distinto de aquellos señalados en el listado vinculado a TO o importados de terceros países. 41
  • 42. 5.5 ¿Cómo evaluar un producto con valor agregado como TO? Para evaluar si un producto con valor agregado puede ser considerado como TO, se debe seguir los siguientes pasos: ok Determinar si la mercancía tiene poco valor agregado o se encuentra cercana a su estado natural. Realizar la búsqueda en el listado. Determinar si todos los materiales empleados son TO. Evaluar el origen. 42
  • 43. Caso TO 6 Una empresa colombiana produce y exporta harina de maíz a EE.UU. Para ello emplea, como insumo maíz cosechado en Colombia. ¿Es posible considerar a la harina como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. A pesar de que la mercancía tiene valor agregado, no tiene mucho proceso productivo; por ello se analizará si es elegible a ser TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible para ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de la harina. Sin embargo, en dicho listado no existe un proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse el literal l), que requiere que todos los materiales empleados para la producción de la harina sean TO. Dado que existe un único material para la obtención de la mercancía, el maíz. Se debe evaluar si dicho material es TO. 3 Determinar si todos los materiales empleados son TO. El maíz es cosechado en Colombia. En ese sentido, es TO, a través del literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. 4 Evaluar el origen. Como el maíz es el único insumo, entonces la harina es TO a través del literal l). 43
  • 44. Caso TO 7 Una empresa colombiana produce y exporta manteca de cacao a EE.UU. Para ello emplea como insumo grano de cacao cosechado en Colombia. ¿Es posible considerar a la manteca como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. A pesar de que la mercancía tiene valor agregado, esta no tiene mucho proceso productivo, por ello se analizará como elegible a ser TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible para ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de la manteca. Sin embargo, en dicho listado no existe un proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse el literal l) que requiere que todos los materiales empleados para la producción la manteca sean TO. Existe un único material para la obtención de la mercancía, el cacao en grano. Por ello se debe evaluar si dicho material es TO. 3 Determinar si todos los materiales empleados son TO. El grano de cacao es cosechado en Colombia. En ese sentido, es TO a través del literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. 4 Evaluar el origen. Como el único material es el cacao en grano y este es TO, entonces la manteca es TO a través del literal l). 44
  • 45. Caso TO 8 Una empresa colombiana produce y exporta pulpa de mora congelada a EE.UU. Para ello emplea como insumo mora cosechada en Colombia. ¿Es posible considerar a la pulpa de mora como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. A pesar de que la mercancía tiene valor agregado, esta no tiene mucho proceso productivo, por ello se analizará como elegible a ser TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible para ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de la pulpa de mora. Sin embargo, en dicho listado no existe un proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse el literal l) que requiere que todos los materiales empleados para la producción de la pulpa sean TO. Existe un único material para la obtención de la mercancía: la mora. Por ello se debe evaluar si dicho material es TO. 3 Determinar si todos los materiales empleados son TO. La mora es cosechada en Colombia. En ese sentido, es TO a través del literal a) Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. 4 Evaluar el origen. Como la mora es el único insumo, entonces la pulpa de mora es TO a través del literal l). 45
  • 46. Caso TO 9 Una empresa colombiana quiere exportar mermelada de uchuva a EE.UU. Para ello emplea como insumos uchuvas cosechadas en Colombia y azúcar morena producida en Colombia, cuyo único insumo es la caña de azúcar cosechada en territorio nacional. ¿Es posible considerar a la mermelada de uchuva como TO? Pasos Análisis 1 Analizar bajo qué criterio de origen la mercancía puede ser considerada como originaria. A pesar de que la mercancía tiene valor agregado, esta no tiene mucho proceso productivo, por ello será analizada como elegible a ser TO. 2 Realizar la búsqueda en el listado. Si es elegible para ser TO, se busca en el listado del Artículo 4.23 del APC, un proceso o elaboración que refleje la obtención de la mermelada de uchuva. Sin embargo, en dicho listado no existe un proceso que indique la forma de obtener la mercancía. No obstante, podría considerarse el literal l) que requiere que todos los materiales empleados para la producción de la mermelada de uchuva sean TO. Existen dos únicos materiales para la obtención de la mercancía, la uchuva y el azúcar; por ello se debe evaluar si dichos materiales son TO. 46
  • 47. Pasos Análisis 3 Determinar si todos los materiales empleados son TO. En este caso existen dos materiales: a) uchuva y b) azúcar morena. La uchuva es cosechada en Colombia. En ese sentido, es TO a través del literal a) plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. El azúcar morena es producido en Colombia. Este material para ser considerado como TO tiene que ser evaluado como una mercancía. Por ello para que la mercancía azúcar morena sea TO todos los insumos deben ser TO. El único insumo es la caña de azúcar cosechada en Colombia. En ese sentido, es TO a través del literal a) plantas y productos de plantas cosechados o recolectados en el territorio de una o más de las Partes. Si el único insumo (caña de azúcar) es TO, entonces el azúcar es TO. 4 Evaluar el origen. Como los dos únicos materiales son TO, entonces la mermelada de uchuva es TO a través del literal l). 47
  • 48. 5.5.1 ¿Es posible que una mercancía emplee algún material originario a través de un criterio distinto al de TO y sea considerada como originaria a través del criterio de TO, literal l)? No es posible. Es suficiente con que un material empleado sea originario a través de otro criterio (de los tres criterios de origen incluidos en el APC) para que la mercancía final no sea considerada originaria a través del criterio de TO, aun cuando la participación en porcentaje de dicho material sea marginal. No obstante, es posible que la mercancía sea originaria a través de otro criterio de origen. Caso TO 10 Similar al caso TO 6, donde una empresa colombiana produce y exporta harina de maíz a EE.UU, empleando maíz cosechado en Colombia, pero en este caso el productor adiciona conservantes originarios de Colombia. Sin embargo, los insumos para la elaboración del conservante son de la China. ¿Es posible considerar a la harina como TO, literal l)? Analisis Como ya se analizó previamente, con un único material (maíz), la harina es TO. Sin embargo, en este caso se tiene un material adicional que es el conservante. Este material debería ser originario también a través del criterio de TO, para que la harina sea considerada como TO. En este caso se emplean conservantes originarios de Colombia, pero que no son originarios a través del criterio de TO, ya que para su elaboración se usan materiales no originarios. Si se analiza con los criterios de origen previamente señalados (TO, REO y EXO), a los conservantes se les debe aplicar un REO, ya que es el criterio que permite el uso de insumos no originarios. En conclusión la harina no sería originaria a través del criterio del TO, ya que no todos sus insumos cumplen con él. Sin embargo, uno de ellos, los conservantes, son originarios a través de un REO. Este hecho no determina que la mercancía no sea originaria, sino que no es originaria a través del TO, criterio analizado en esta sección. 48
  • 49. 5.5.2 ¿Es posible que una mercancía emplee algún material no originario y sea considerada como originaria a través del criterio de TO, literal l)? No es posible. Si un solo material empleado no es originario de Colombia o EE.UU. (es decir que fue obtenido de terceros países o que el proceso productivo realizado en Colombia o EE.UU. no fue suficiente para considerarlo como originario), la mercancía final no pueda ser considerada originaria a través del criterio de TO literal l). Es importante recordar que es posible que sea originaria a través de otro criterio de origen, particularmente el REO. 49
  • 50. Caso TO 11 Similar al caso TO 9, pero en este ejemplo, el productor agrega colorantes importados de Ecuador. ¿Es posible considerar a la mermelada como TO literal l)? Análisis Como ya se analizó previamente con dos materiales (azúcar morena y uchuva) empleados, la mermelada es TO. Sin embargo, en este caso se tiene un material adicional que son los colorantes, los cuales son importados de Ecuador y, por ende, no son originarios. Con el fin de que las mermeladas sean consideradas como TO a través del literal l), todos los materiales deben ser originarios a través de dicho criterio. En este caso esta condición no se cumple. Por ello, a pesar de que los colorantes puedan representar una parte bastante pequeña del valor de la mermelada, esta última no puede ser considerada como TO, debido a que un material no es originario a través de dicho criterio. No es originario ya que el insumo es importado de Ecuador, un tercer país. Para que la mermelada sea TO, todos y cada uno de los materiales deben ser TO. ! En este caso no se debe confundir a Ecuador con un país del cual se pueda abastecer de insumos sin ninguna implicación en origen. Este es un hecho que difiere del ATPDEA18 5.6 ¿Qué sucede con el TO cuando se emplean envases y materiales de empaque importados para la venta al por menor? En el caso de mercancías consideradas como originarias a través del criterio de TO, así como de REO y el EXO -que se explican en los capítulos 6 y 7-, los materiales de envases y materiales de empaque que se empleen para la venta al por menor serán considerados como originarios independiente del lugar de su producción. En ese sentido, pueden ser obtenidos de terceros países y no tener ninguna implicación en el origen de la mercancía de exportación. Si se evaluó el origen de una mercancía y esta es originaria a través del criterio de TO, no interesa de dóndevengan los envases o materiales de empaque. Por ejemplo, en el caso TO 10 se podrían emplear materiales de empaque doypack importados de China para envasar la mermelada, sin tener ninguna incidencia en el cumplimiento del criterio de TO. 18 Ver sección 8.3 50
  • 51. 5.7 ¿Qué sucede con el criterio de TO si se utiliza materiales no originarios que no son parte integrante de la mercancía? Los materiales indirectos serán considerados como originarios sin importar el origen de estos. En otras palabras, no tienen ninguna implicación en el cumplimiento del criterio de origen. Esto aplica también en el caso de las mercancías cuyo criterio de origen aplicable es REO o EXO, como se muestra en los capítulos 6 y 7.19 Los materiales indirectos son mercancías utilizadas en la producción; verificación o inspección de una mercancía, pero que no están físicamente incorporadas a ésta; o una mercancía utilizada en el mantenimiento de edificios o en la operación de equipo relacionados con la producción de una mercancía20 Caso TO 12 Similar al caso TO 9, pero en este ejemplo, el productor utiliza aminas cuaternarias importadas de la India para desinfectar y limpiar la uchuva. ¿Es posible considerar a la mermelada como TO? Análisis Sí, la mermelada es originaria porque las aminas cuaternarias son materiales indirectos, ya que no forman parte de la mercancía. ! Los casos que se presentan en este manual muestran que la persona que certifica origen debe ser bastante cuidadosa cuando emplea como criterio de calificación de origen el TO, ya que basta que un material empleado no sea TO, sin importar en qué porcentaje se encuentre, para que la mercancía no sea originaria a través de este criterio. Pero es posible que sea considerada originaria a través de otro criterio que se deberá evaluar, por ejemplo, a través del REO o a través del EXO. Muchos de los alimentos procesados tienen conservantes y colorantes, entre otros aditivos. Debido a ello, hay que ser bastante cuidadoso con la utilización del criterio de TO para este tipo de productos. 19 Un resumen de este tema se encuentra en la sección 8.2. 20 Ver Artículo 4.23 del APC. 51
  • 52. C A P ÍT ULO 6 CRITERIO PARA MERCANCÍAS QUE SE ELABORAN A PARTIR DE MATERIALES NO ORIGINARIOS (REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN -REO)
  • 53. 6.1 Implicaciones del criterio REO para la identificación del origen de una mercancía El criterio conocido con el nombre de REO se aplica cuando la mercancía emplea para su producción materiales originarios y no originarios, o exclusivamente no originarios. En un principio, los criterios REO deben reflejar una transformación sustancial realizada en Colombia o EE.UU. sobre los materiales no originarios. Esta transformación sustancial origina un cambio en las características físicas y/o químicas del material que fue modificado, y da como resultado una nueva mercancía. Por ejemplo, la resina no originaria, al ser sometida a un proceso de producción, da como resultado un juguete de plástico. Evidentemente, el juguete constituye un nuevo artículo con características muy distintas a las de la materia prima que lo originó. Aunque no siempre es así, este es el principio que subyace dentro del criterio de REO: la transformación sustancial. Los REO se encuentran negociados empleando el SA del año 2002, razón por la que se recomienda ser bastante cuidadoso con el tema de la clasificación arancelaria, para no cometer errores al momento de evaluar el cumplimiento de origen para la mercancía. 6.2 ¿Cómo identificar el criterio REO que se aplica a una mercancía? Los criterios REO se han establecido empleando el Sistema Armonizado. A cada subpartida, partida, capítulo o grupo de estos, se le ha asignado un REO. Cabe destacar que todas las mercancías comercializadas en el marco del APC Colombia-EE.UU. tienen un REO asignado. Para saber cuál es el REO que se le aplica a una mercancía del sector agrícola, es necesario: - Identificar la clasificación arancelaria de la mercancía. - Buscar en el Anexo 4.121 del APC la clasificación de la mercancía e identificar el REO que se encuentra adyacente a la clasificación. 21 En este Anexo se puede encontrar los REO para todas las mercancías, excepto para las del sector textilconfecciones. 53
  • 54. A continuación, se describe el test de origen como metodología, que indica los pasos necesarios para determinar el origen de una mercancía22. Determinar si la mercancía utiliza insumos no originarios. Determinar la clasificación arancelaria de la mercancia. Buscar en el Anexo 4.1 del APC el REO según la clasificación asignada. 22 Ver Anexo 1. 54
  • 55. Caso REO 1 Una empresa colombiana produce y exporta leche condensada a EE.UU. Para ello emplea los siguientes insumos: - Leche fresca importada de Nueva Zelanda. - Azúcar importada de Costa Rica. - Preservantes importados de Perú. ¿Qué criterio se le aplica? ¿Cuál es la regla que debe cumplir la leche condensada? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Sí, todos los materiales son de terceros países. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). Se clasifica en: 3 Determinar cuál es el REO adyacente que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 04.01 a 04.04 de cualquier otro capítulo, excepto de la subpartida 1901.90.” - El capítulo 4 (leche y productos lácteos). - La partida 04.02 (leche y nata (crema) concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante). - La subpartida 0402.99 (las demás leches). 55
  • 56. Caso REO 2 Una empresa colombiana produce y exporta bebidas de aloe vera a EE.UU. Para ello emplea los siguientes insumos: - Agua obtenida de Colombia. - Azúcar refinada importada de Brasil. - Aloe vera originario de Colombia. ¿Qué criterio se le aplica? ¿Cuál es la regla que deben cumplir las bebidas? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Sí, el azúcar es importada de Brasil. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). Se clasifica en: 3 Determinar cuál es el REO adyacente que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a jugo concentrado de una sola fruta u hortaliza, fortificado con vitaminas o minerales, de la subpartida 2106.90 de cualquier otro capítulo, excepto de la partida 08.05 ó 20.09, o subpartida 2202.90...” - El capítulo 21 (preparaciones alimenticias diversas). -La partida 21.06 (preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte). -La subpartida 2106.90 (las demás). 56
  • 57. 6.3 ¿A través de qué métodos se ha establecido la transformación sustancial en los REO? La transformación sustancial de los REO se ha establecido a través de los siguientes métodos: Este criterio se interpreta de la siguiente manera: Un cambio a La mercancía sobre la cual se aplica el criterio. De Clasificación arancelaria de los materiales que pueden ser no originarios. - Cambios de clasificación arancelaria. - Valor de contenido regional. - Requisitos técnicos. - Combinación de los anteriores. Específicamente, para las mercancías del sector agrícola, la transformación sustancial se ha establecido a través de: - Cambios de clasificación arancelaria. - Requisitos técnicos. - Combinación de los anteriores. 6.4 Cambios de clasificación arancelaria Es un método que consiste en verificar si la clasificación arancelaria de la mercancía varía en relación con la clasificación arancelaria de todos los materiales no originarios utilizados en la producción de la misma. 6.4.1 ¿Cómo identificar si el REO se basa en el cambio de clasificación arancelaria? El REO que se basa en el Cambio de Clasificación Arancelaria se reconoce por la redacción. …Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otro… (capítulo, partida o subpartida) Es importante tener claridad respecto a que el “cambio de clasificación arancelaria” no implica que la mercancía final de exportación deba clasificarse en otra partida del SA, que se esté modificando el SA o que se deba modificar su clasificación por motivos de origen. El “cambio de clasificación arancelaria” es un método que requiere que todos los materiales no originarios (materias primas, productos intermedios y todo aquello que se emplee para producir la mercancía) cumplan con el “cambio de clasificación arancelaria” establecido para que la mercancía final sea originaria. Por lo tanto, la mercancía final no es la que cambia de clasificación, sino los materiales que, al ser transformados o procesados, se convierten en una nueva mercancía con características distintas y con una nueva clasificación. Esta nueva clasificación le otorga a la mercancía el carácter de originaria, según lo establecido en el APC. 6.4.2 ¿A qué nivel del SA se establecen los cambios de clasificación arancelaria en el APC? El cambio de clasificación arancelaria se ha establecido a nivel de: - Capítulo (dos dígitos). - Partida (cuatro dígitos). - Subpartida (seis dígitos). La aplicación de este método se encuentra basada en el SA. En algunos casos, cuando los cambios antes señalados no son suficientes para reflejar la transformación sustancial, se emplean cambios a nivel de fracción arancelaria (ocho dígitos).En el caso de REO basados en cambio de clasificación arancelaria para las mercancías del sector agrícola-agroindustrial, estos no superan los seis dígitos. 57
  • 58. 6.4.3 ¿Cómo evalúo el origen de una mercancía con un REO basado en un cambio de clasificación arancelaria? Los siguientes son los pasos que debe seguir para determinar si una mercancía es originaria a través del criterio del REO basado en el método de cambio de clasificación arancelaria: Determinar si la mercancía utiliza insumos no originarios. Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía. Buscar en el Anexo 4.1 del APC el REO según la clasificación asignada. Clasificar los insumos no originarios,en el caso de un REO basado en el método de cambio de clasificación. Evaluar el orígen. 58
  • 59. 6.4.4 ¿Qué significa el cambio de capítulo? Cambio de capítulo o cambio desde cualquier otro capítulo, significa que la mercancía a la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en un capítulo distinto al o los capítulos en que se clasifican todos los materiales no originarios que intervienen en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un cambio a dos dígitos (dos primeros dígitos de la clasificación arancelaria) Un cambio de capítulo se reconoce con la redacción: Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otro capítulo. Caso REO 3 Una empresa colombiana produce y exporta harina de maíz. Para ello emplea el siguiente insumo: - Maíz importado de Perú. ¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, el maíz es importado del Perú; por lo tanto, no es originario. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 1102.20 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 11.01 a 11.04 de cualquier otro capítulo”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a dos dígitos. 59
  • 60. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. El maíz se clasifica en la subpartida 1005.90 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, el material no originario se clasifica en el capítulo 10; y al ser procesado, se transforma en una mercancía clasificada en el capítulo 11 (1102.20). Por ello, existe un cambio de capítulo, ya que el material no originario está clasificado en el capítulo 10, que es distinto al capítulo 11 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía harina de maíz es originaria. 1005.90 1102.20 Si hacemos una comparación con el caso TO 6, la diferencia es el abastecimiento de insumos, puesto que en dicho ejemplo, la mercancía podría ser evaluada a través de un criterio de TO, ya que el maíz es cosechado en Colombia. En el caso REO 3 no es posible aplicar TO, ya que el maíz es importado del Perú. 60
  • 61. Caso REO 4 Una empresa colombiana produce y exporta compotas de frutas a EE.UU. Para ello emplea los siguientes insumos: - Mango importado de México. - Ciruela importada de Chile. - Manzana importada de Chile. - Azúcar originaria de Colombia. ¿Las compotas son originarias? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, todas las frutas empleadas son de terceros países; por lo tanto, no son originarias. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 2007.99 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 20.06 a 20.07 de cualquier otro capítulo”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a dos dígitos. 61
  • 62. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. - El mango se clasifica en la subpartida 0804.50 - La manzana se clasifica en la subpartida 0808.10 - La ciruela se clasifica en la 0809.40 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, todos los materiales no originarios se clasifican en el capítulo 8; y al ser procesados se transforman en una mercancía clasificada en el capítulo 20 (2007.99). Por ello, existe un cambio de capítulo, ya que los materiales no originarios están clasificados en el capítulo 8, que es distinto al capítulo 20 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía compota de frutas es originaria. 0804.50 Cabe señalar que no se evalúa si el azúcar cumple con el cambio requerido, ya que es originaria de Colombia según el planteamiento del ejemplo. 0808.10 2007.99 0809.40 62
  • 63. Caso REO 5 Una empresa colombiana produce y exporta mezclas de aceites a EE.UU. Para ello emplea los únicos insumos: - Aceite bruto de soya importado de Bolivia. - Soda cáustica originaria de Colombia. - Aceite refinado de girasol importado de Brasil. ¿Las mezclas son originarias? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, los dos tipos de aceites empleados son de terceros países; por lo tanto, no son originarios. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 1517.90 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 15.01 a 15.18 de cualquier otro capítulo.” - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a dos dígitos. 63
  • 64. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. - Aceite bruto de soya se clasifica en la subpartida 1507.10. - Aceite refinado de girasol se clasifica en la subpartida 1512.19. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, los materiales no originarios se clasifican en el capítulo 15; y al ser procesados, se transforman en una mercancía clasificada en el capítulo 15 (1517.90). 1507.10 Por ello, no existe un cambio de capítulo, ya que los materiales no originarios están clasificados en el capítulo 15, que es el mismo capítulo donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía mezclas de aceites no es originaria.23 1517.90 1512.19 23 No obstante, es importante señalar que, bajo ciertas circunstancias, mercancías no originarias tienen una segunda oportunidad de cumplir origen, a través del principio llamado De Minimis (ver capítulo 8). 64
  • 65. 6.4.5 ¿Qué significa el cambio de partida? Cambio de partida o cambio desde cualquier otra partida, significa que la mercancía a la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en una partida distinta a la o las partidas en que se clasifican todos los materiales no originarios que intervienen en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un cambio a cuatro dígitos (los cuatro primeros dígitos de la clasificación arancelaria). Un cambio de partida se reconoce con la redacción: Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otra partida. Caso REO 6 Una empresa colombiana produce y exporta caramelos a EE.UU. Para ello emplea los insumos: - Azúcar importada de Brasil. - Colorantes vegetales importados de China. ¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, todos los materiales empleados son de terceros países; por lo tanto, no son originarios. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía. 1704.90 65
  • 66. Pasos Análisis 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). “Un cambio a la partida 17.04 de cualquier otra partida”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a cuatro dígitos. 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. - El azúcar se clasifica en la subpartida 1701.11. - Los colorantes se clasifican en la subpartida 3203.00. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la partida 17.01 y 32.03; y al ser procesados, se transforman en una mercancía clasificada en la partida 17.04 (1704.90). 1701.11 3203.00 Por ello, existe un cambio de partida, ya que los materiales no originarios están clasificados en la partida 17.01 y 32.03, que es distinta a la 17.04 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía caramelo es originaria. 1704.90 66
  • 67. Caso REO 7 Una empresa colombiana produce y exporta licor de cacao a EE.UU. Para ello emplea únicamente el siguiente insumo: - Grano de cacao importado de Venezuela. ¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, el único material empleado (cacao en grano) es importado de Venezuela; por lo tanto, no es originario. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 1803.10 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 18.03 a 18.05 de cualquier otra partida”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a cuatro dígitos. 67
  • 68. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. El cacao en grano se clasifica en la subpartida 1801.00. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, el material no originario se clasifica en la partida 18.01; y al ser procesado, se transforma en una mercancía clasificada en la partida 18.03 (1803.10). Por ello, existe un cambio de partida, ya que el material no originario está clasificado en la partida 18.01, que es distinta a la partida 18.03 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía licor de cacao es originaria. 1005.90 1102.20 68
  • 69. Caso REO 8 Una empresa colombiana produce y exporta alimentos para perros a EE.UU., clasificados en la subpartida 2309.10. Para ello emplea los siguientes insumos: - Despojos de carne, tripas, obtenidos en Colombia del sacrificio de animales, clasificados en 0504.00. - Tortas de soya importadas de Bolivia, clasificados en 2304.00. ¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, las tortas de soya son importadas de Bolivia; por lo tanto, no son originarias. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía. 2309.10 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). “Un cambio a la subpartida 2309.10 de cualquier otra partida.” - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a cuatro dígitos. 69
  • 70. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. - Los despojos de tripa son originarios, ya que son desechos y desperdicios que se obtienen en Colombia24. - Las tortas de soya se clasifican en la subpartida 2304.00. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, el material no originario se clasifica en la partida 23.04; y al ser procesado, se transforma en una mercancía clasificada en la partida 23.09 (2309.10). Por ello, existe un cambio de partida, ya que el material no originario está clasificado en la partida 23.04, que es distinta a la partida 23.09 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía alimento para perros es originaria. 2304.00 2309.10 24 Ver el capítulo 5. 70
  • 71. 6.4.6 ¿Qué implica el cambio de subpartida? Cambio de subpartida o cambio desde cualquier otra subpartida, significa que la mercancía a la cual se le está evaluando el origen, debe estar clasificada en una subpartida distinta a la o las subpartidas en que se clasifican todos los materiales no originarios que intervienen en el proceso de producción o elaboración de dicha mercancía. Es un cambio a seis dígitos (seis primeros dígitos de la clasificación arancelaria). Un cambio de subpartida se reconoce con la redacción: Un cambio al capítulo/partida/subpartida desde cualquier otra subpartida. Caso REO 9 Una empresa colombiana produce filtrantes de té negro, canela y clavo, y los exporta a EE.UU. Para ello, los únicos materiales que emplea son: - Té verde (lo fermenta posteriormente). - Canela. - Clavo de olor. Todos los materiales son importados de China. ¿La mercancía es originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, todos los materiales empleados son importados de terceros países; por lo tanto, no son originarios. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 0902.30 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la subpartida 0902.10 a 0902.40 de cualquier otra subpartida”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a seis dígitos. 71
  • 72. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. Los tres materiales son importados de la China, por lo tanto, no son originarios. - El té verde se clasifica en la subpartida 0902.20. - La canela se clasifica en la subpartida 0906.10. - El clavo de olor se clasifica en la subpartida 0907.00. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la subpartida 0902.20, 0906.10 y 0907.00; y al ser procesados, se transforman en una mercancía clasificada en la subpartida 0902.30. 0902.20 Por ello, existe un cambio de subpartida, ya que los materiales no originarios están clasificados en las subpartidas 0902.20, 0906.10 y 0907.00, que son distintas a la subpartida 0902.30 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía té, canela y clavo es originaria. 0907.00 0902.30 0906.10 72
  • 73. Caso REO 10 Una empresa colombiana produce y exporta bombones de chocolate rellenos a EE.UU. Para ello emplea únicamente los siguientes insumos: - Coberturas de chocolate importadas de Ecuador. - Mermelada de blueberry producida en Canadá. ¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, todos los materiales empleados son importados de terceros países; por lo tanto, no son originarios. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 1806.31 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la subpartida 1806.31 a 1806.90 de cualquier otra subpartida”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a seis dígitos. 73
  • 74. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. Los dos materiales son importados de terceros países, por lo tanto, no son originarios. - Las coberturas de chocolate se clasifican en la subpartida 1806.20. - La mermelada de blueberry se clasifica en la subpartida 2007.99. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. 2007.99 En este caso, los materiales no originarios se clasifican en la subpartida 1806.20 y 2007.99; y al ser procesados, se transforman en una mercancía clasificada en la subpartida 1806.31. Por ello, existe un cambio de subpartida, ya que los materiales no originarios están clasificados en las subpartidas 1806.20 y 2007.99, que son distintas a la subpartida 1806.31 donde se clasifica la mercancía final. En consecuencia, la mercancía bombones de chocolate es originaria. 1806.31 1806.20 74
  • 75. 6.4.7 ¿Si se cumple un cambio de capítulo, entonces se cumple un cambio de subpartida? Sí. Cuando los materiales, al ser procesados, se transforman y se clasifican en un nuevo capítulo, también cambian de partida y de subpartida. A su vez, cuando una mercancía cambia de partida, cambia también de subpartida, no de capítulo. Por lo tanto, cambios más profundos implican cambios menores. El cambio de capítulo implica un cambio de subpartida, pero un cambio de subpartida no implica un cambio de capítulo. Capítulo Implica Partida Partida Implica Subpartida Subpartida No Implica Partida Subpartida No Implica 6.4.8 ¿Qué sucede si los cambios de clasificación están acompañados de excepciones de partidas, subpartidas o capítulos específicos? Según el párrafo 1, literal c), del Anexo 4.1 del APC, cuando un REO se basa en el método de cambio de clasificación arancelaria, y en su redacción se exceptúan posiciones arancelarias a nivel de capítulo, partida o subpartida del SA, se interpretará que los materiales correspondientes a esas posiciones arancelarias deberán ser originarios de Colombia o de EE.UU., con el fin de que la mercancía califique como originaria. Capítulo 6.4.9 ¿Existe algún tratamiento distinto para las excepciones establecidas en los REO de otros sectores? Sí. Cuando las mercancías del sector textil-confecciones presenten un REO de cambio de clasificación con excepciones, los materiales clasificados en tales posiciones arancelarias exceptuadas deben ser producidos en Colombia o EE.UU. No tienen que ser originarios, pero sí producidos; por lo tanto, no deben ser importados de terceros países. 75
  • 76. En ese sentido, el tratamiento de las excepciones es más flexible para el sector textilconfecciones. Textil Confecciones General Descripción Pantalones de denim Leche en polvo Clasificación 0402.21 6204.62 REO “Un cambio a la subpartida 6204.61 a 6204.69 de cualquier otro capítulo, excepto de la partida 51.06 a 51.13, 52.04 a 52.12, 53.07 a 53.08, 53.10 a 53.11, 54.01 a 54.02, la subpartida 5403.20, 5403.33 a 5403.39, 5403.42 a la partida 54.08, la partida 55.08 a 55.16, 58.01 a 58.02 o 60.01 a 60.06, siempre que la mercancía esté cortada o tejida a forma, o ambos, y cosida o de otra manera ensamblada en territorio de una o más de las Partes.” “Un cambio a la partida 04.01 a 04.04 de cualquier otro capítulo, excepto de la subpartida 1901.90.” Análisis Los materiales no originarios empleados deben clasificarse en un capítulo distinto. Los materiales no originarios empleados deben clasificarse en un capítulo distinto. Los materiales empleados en la producción de la mercancía que se clasifiquen en 51.06 a 51.13, 52.04 a 52.12, 53.07 a 53.08, 53.10 a 53.11, 54.01 a 54.02, la subpartida 5403.20, 5403.33 a 5403.39, 5403.42 a la partida 54.08, la partida 55.08 a 55.16, 58.01 a 58.02 o 60.01 a 60.06 deben ser producidos en Colombia o EE.UU. Los materiales empleados para la producción de la mercancía que se clasifiquen en la subpartida 1901.90 deben ser originarios. 76
  • 77. Caso REO 11 Una empresa colombiana produce y exporta leche condensada a EE.UU. Para ello emplea como insumos: - Leche fresca obtenida en Colombia de vacas que han crecido en el país. - Azúcar importada de Brasil. - Preservantes originarios de EE.UU. ¿Es posible considerar a la mercancía como originaria? ¿Bajo qué criterio de origen? Pasos Análisis 1 Determinar si la mercancía utiliza materiales no originarios. Si se emplea materiales no originarios, entonces el criterio a aplicar es un REO. En este caso, uno de los materiales empleados no es originario, ya que es importado de terceros países. 2 Determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de SA (seis dígitos). 0402.99 3 Determinar cuál es el REO que se le aplica a la mercancía. “Un cambio a la partida 04.01 a 04.04 de cualquier otro capítulo, excepto de la subpartida 1901.90”. - Determinar si el REO se encuentra basado en un cambio de clasificación arancelaria. Es un REO de cambio de clasificación arancelaria a dos dígitos con excepciones. En este caso el REO tiene dos partes: a. Cambio de capítulo (dos dígitos). b. Excepto de la subpartida 1901.90: las mercancías clasificadas en dicha subpartida deben ser originarias. 77
  • 78. Pasos Análisis 4 Determinar los materiales no originarios empleados y su clasificación arancelaria. El azúcar se clasifica en la subpartida 1701.11. 5 Evaluar el cumplimiento de origen. En este caso particular, debido a que la regla tiene dos partes, a continuación se evalúa paso a paso: Parte a): la regla exige un cambio de capítulo, lo que requiere que todos los materiales no originarios se clasifiquen a dos dígitos distintos que la mercancía final. En este caso, el material no originario se clasifica en el capítulo 17 (1701.11); y al ser procesado, se transforma en una mercancía clasificada en el capítulo 4 (0402.99). Por ello, existe un cambio de capítulo, ya que el material no originario está clasificado en un capítulo distinto al de la mercancía. Se cumple con la parte a) de la regla. Parte b): el REO requiere, a través de las excepciones, que ciertas mercancías sean originarias de Colombia o EE.UU. La única excepción, se refiere a que las mercancías clasificadas en la subpartida 1901.90 sean originarias. En este caso, no existe ningún insumo empleado que se clasifique en dicha subpartida. Se cumple con la parte b) de la regla. Teniendo en cuenta que se cumple con la parte a) y con la parte b) de la regla, se considera que la leche condensada es originaria. 78