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DIPLOMADO VIRTUAL
Normas Profesionales de Auditoría del
Sistema Nacional de Fiscalización
Módulo 7
Nivel 3
ÍNDICE
MÓDULO 7: Nivel 3
Pág.
NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE
FISCALIZACIÓN No. 400
Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
INTRODUCCIÓN MÓDULO 7 1
1. GENERALIDADES 4
2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 4
3. MARCO PARA LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 5
3.1 Objetivo de la auditoría de cumplimiento 5
3.2 Características de la auditoría de cumplimiento 6
3.3 Diferentes perspectivas de la auditoría de cumplimiento 6
Auditoría de cumplimiento en relación con la auditoría de estados
financieros
7
Auditoría de cumplimiento realizada por separado 7
Auditoría de cumplimiento en combinación con la auditoría de
desempeño
7
4. ELEMENTOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 8
4.1 Disposiciones legales, normativas y criterios 8
4.2 Objeto de la revisión 8
4.3 Las partes de la auditoría de cumplimiento 9
4.4 La seguridad en la auditoría de cumplimiento 9
5. PRINCIPIOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 10
5.1 Principios Generales 11
5.1.1 Juicio y escepticismo profesional 11
5.1.2 Control de calidad 12
5.1.3 Gestión y habilidades del equipo de auditoría 13
5.1.4 Riesgo de auditoría 14
5.1.5 Importancia relativa 15
5.1.6 Documentación 16
5.1.7 Comunicación 16
5.2 Principios relacionados con el proceso de auditoría 17
5.2.1 Planeación y diseño de una auditoría de cumplimiento 17
Alcance de la auditoría 18
Objeto y criterios 18
Conocimiento del ente 20
Conocimiento de los controles internos y del ambiente de
control
20
Evaluación de riesgos 21
Riesgo de fraude 21
Estrategia y planeación de la auditoría 22
5.2.2 Evidencia de auditoría 23
Evaluación de la evidencia de auditoría y formulación de
conclusiones
25
5.2.3 Elaboración de informes 23
5.2.4 Seguimiento 27
INFOGRAFÍA NPASNF No. 400 28
BIBLIOGRAFÍA 29
NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA
DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400
Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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INTRODUCCIÓN MÓDULO 7
Como se mencionó en apartados anteriores, de conformidad con lo establecido en las
NPASNFs, se señalan tres tipos de auditorías: la auditoría financiera, que en términos
generales realiza la evaluación de estados financieros o la información contenida en la
Cuenta Pública en su conjunto, es decir, la evaluación de la situación financiera presentada
por un ente, los resultados y ejecución de los recursos; la auditoría de desempeño, mediante
la cual se realiza el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la administración pública
y los programas gubernamentales; y la auditoría de cumplimiento, cuyo objeto, es materia
del presente módulo y que se define como el tipo de auditoría que tiene como fin
determinar en qué medida el ente auditado ha observado las leyes, los reglamentos, las
políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales que le son aplicables.
En este sentido, en el presente módulo se abordará la NPASNF No. 400, Principios
Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento, que comprende de forma general los
principios fundamentales de la auditoría del sector público señalados en la NPASNF No. 100,
y orienta su aplicación a las auditorías de cumplimiento.
De ahí que, resulta relevante su análisis a efecto de identificar el objeto de este tipo
particular de auditoría, sus características, las diferentes perspectivas con relación a la
auditoría de estados financieros y la auditoría de desempeño, así como los elementos que
integran a la auditoría de cumplimiento; además de señalar el objeto de la revisión, las partes
que le integran, entre otros aspectos generales abordados en módulos anteriores para cada
tipo de auditoría.
Por otra parte, la trascendencia de los principios que rigen a la auditoría de cumplimiento,
recordemos, conlleva al análisis de los principios generales que engloban el juicio y
escepticismo profesional, el control de calidad, la gestión y habilidades del equipo de
auditoría, el riesgo de auditoría, la importancia relativa, la relevancia del debido manejo e
integración de la documentación y una efectiva comunicación, considerados anteriormente.
En este contexto, el establecimiento de un marco de referencia como el que se inicia su
estudio, permitirá a los organismos auditores, al ente auditado y a los destinatarios previstos,
obtener una visión cuyo enfoque reconozca la aplicación de los criterios formales y el
fundamento legal que respalda cada una de las acciones que sustentan las actividades que
formalizan el proceso auditor en materia de cumplimiento.
NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA
DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400
Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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En consecuencia, a efecto de que los organismos auditores logren adoptar o desarrollar de
manera adecuada las NPASNFs con base en los Principios Fundamentales de Auditoría
relevantes, resulta necesario que se comprenda el contenido y análisis del presente Módulo.
OBJETIVOS
Al terminar el estudio del contenido del Módulo 7, el participante será capaz de
contextualizar la auditoría de cumplimiento dentro del marco de las Normas Profesionales
de Auditoría del SNF e identificar:
- El objetivo y alcance de las NPASNFs en relación a la auditoría de cumplimiento.
- El marco de la auditoría de cumplimiento y las diferentes formas en que se
desarrolla.
- Los principios de la auditoría de cumplimiento.
- Los elementos de la auditoría de cumplimiento.
Por lo anteriormente expresado, y conforme a lo que se expondrá posteriormente, la
revisión de la NPASNF No. 400, Principios Fundamentales de la auditoría de cumplimiento,
coadyuva en la obtención de mayores grados de confianza, así como transparencia y
seguridad en los resultados de los procedimientos auditores, mediante la aplicación de los
principios que son relevantes en cada etapa del proceso, bajo parámetros que facilitan la
implementación de acciones eficaces para la prevención respecto al incumplimiento de las
disposiciones legales y normativas que rigen al ente público auditado.
Norma Profesional de Auditoría del Sistema
Nacional de Fiscalización No. 400
Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
MÓDULO 7
NIVEL 3
NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA
DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400
Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
MÓDULO 7: NIVEL 3
1. GENERALIDADES
Como se analizó anteriormente, la Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de
Fiscalización No. 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público1, constituye
la base de la NPASNF No. 200, NPASNF No. 300, y la NPASNF No. 400; toda vez que establece
el marco de referencia para el desarrollo de auditorías en el sector público, determinando
elementos generales relativos a: facultades de los organismos auditores, objeto y criterios
de la revisión, confianza y aseguramiento, ética e independencia del organismo y personal
auditor, juicio y escepticismo profesional, control de calidad en la consistencia de las
auditorías, administración de riesgos de auditoría, importancia relativa, y principios
relacionados con el proceso auditor, en relación a la planeación, ejecución, elaboración de
informes de auditorías y seguimiento.
La NPASNF No. 400, cuyo análisis abordaremos en el presente módulo, ha sido definida por
el Sistema Nacional de Fiscalización, SNFi, como la norma base para el desarrollo de las
auditorías de cumplimiento, determinando aspectos que atienden al propósito y alcance de
este tipo de auditorías, el marco legal y las diferentes formas en que éstas se desarrollan, así
como los elementos y principios que les rigen.
2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
Los principios, normas y directrices que rigen las auditorías de cumplimiento, atienden a su
objeto desde una perspectiva cualitativa y cuantitativa, que podrá abordarse mediante
distintos enfoques de auditoría y formatos de informes.
En este sentido, los organismos auditores, atendiendo a sus facultades y a efecto de señalar
en los informes correspondientes que, en el desarrollo del proceso auditor se aplicaron los
Principios Fundamentales de Auditoría, consistentes con las NPASNFs, se establece la
inclusión de la referencia al hecho, declarando lo que a la letra dice:
1
Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector
Público. Módulo 4, Nivel 3.
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Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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“… Realizamos nuestra[s] auditoría[s] de conformidad con [las normas] basadas en [o
congruentes con] los Principios Fundamentales de la Auditoría (NPASNF 100-400) de las
Normas Profesionales del sistema Nacional de Fiscalización.”
Por tanto, debe existir evidencia de que fueron adoptados los principios relevantes de la
NPASNF para cada tipo de auditoría, con independencia de las disposiciones legales y/o
normativa aplicable al organismo auditor, así como ordenamientos profesionales vigentes.
Cabe señalar que, atendiendo a sus atribuciones, los organismos auditores pueden realizar
auditorías combinadas, en las que se incluyan aspectos financieros, de cumplimiento y/o de
desempeño, para lo cual, deben ejecutarse de conformidad con las normas relevantes para
cada tipo de auditoría.
3. MARCO PARA LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
3.1 Objetivo de la auditoría de cumplimiento
La auditoría de cumplimiento, tiene como objetivo “permitir al organismo auditor evaluar si
las actividades de los entes auditados cumplen con las disposiciones legales y normativas que
las rigen”2. En este sentido, atiende a una evaluación independiente a los procesos
operativos, contables, presupuestales y programáticos, la cual determinará si estos cumplen
con el marco legal y normativo aplicable al ente público auditado.
El resultado de este tipo de revisión, como cualquier otro tipo, debe constar en un informe
que puede contener opiniones con base en los resultados obtenidos: en formato extenso,
que generalmente incorpora a los resultados el alcance de la revisión, los hallazgos y
recomendaciones; o bien, formato breve con resultados concisos y estandarizados3, así
como diversos formatos de conclusiones, en los cuales se manifiesta el grado de
cumplimiento del ente público auditado, de forma clara y objetiva.
En este sentido la auditoría de cumplimiento puede tratar respecto a:
a. Regularidad: constituye el enfoque principal de la auditoría de cumplimiento y se
orienta a la evaluación del grado de cumplimiento de leyes, reglamentos, normativa
y convenios relevantes.
b. Adecuación: es un enfoque pertinente a la auditoría de cumplimiento, relacionado
con la gestión financiera y el comportamiento de los servidores públicos.
2
Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 193.
3 Módulo 4, Diplomado Virtual Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, página 24.
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Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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3.2 Características de la auditoría de cumplimiento
La auditoría de cumplimiento se realiza tomando como base diferentes criterios,
procedimientos de recopilación de evidencia y formatos de informes, considerando si ésta
se orienta a realizar trabajos de atestiguamiento o de elaboración de informes directos, o
ambos; en este contexto, como resultado de la evaluación, es factible proporcionar una
seguridad razonable o limitada respecto al grado de cumplimiento del objeto auditado.
La auditoría de cumplimiento, contribuye a:
 Promover la transparencia y confiabilidad sobre la debida administración de los
recursos;
 Fomentar la rendición de cuentas;
 Tomar medidas preventivas y correctivas, cuando se reporten desviaciones y
violaciones a la normativa aplicable;
 Promover la mejora en la gestión pública; y,
 Fomentar el buen desempeño en el sector público.
3.3 Diferentes perspectivas de la auditoría de cumplimiento
La auditoría de cumplimiento se lleva a cabo:
a. En relación con la auditoría a los estados financieros;
b. De manera independiente de la auditoría a los estados financieros; o,
c. En conjunto (combinación) con la auditoría de desempeño.
Auditoría de cumplimiento en relación con la auditoría de estados financieros
A diferencia de la auditoría de cumplimiento, que es la evaluación independiente para
determinar si el objeto de la revisión cumple con las disposiciones legales y normativas
aplicables, que se centra en la obtención de evidencia suficiente, competente, pertinente y
relevante relacionada con el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas
aplicables (criterios). La auditoría de estados financieros, busca determinar si los estados
financieros del ente público, se elaboraron de conformidad con la Ley General de
Contabilidad Gubernamentalii y las demás disposiciones emitidas en la materia, es decir, en
tanto que en la auditoría de estados financieros es aplicable o relevante en la evaluación del
cumplimiento que tienen un efecto directo sobre los estados financieros, la auditoría de
cumplimiento comprende toda disposición reglamentaria relevante al objeto de la
auditoría4.
4 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 195.
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Auditoría de cumplimiento realizada por separado
Como se señaló anteriormente, las auditorías de cumplimiento pueden realizarse de manera
independiente a cualquier tipo de auditoría, determinando para ello, un objetivo específico;
debiendo, en este caso, planearse, realizarse e informarse con independencia de otros tipos
de auditoría que, de forma sincrónica, se realicen al ente público.
Auditoría de cumplimiento en combinación con la auditoría de desempeño
Siempre que la auditoría de cumplimiento se realice en combinación con la auditoría de
desempeño, la auditoría de cumplimiento se considera como un aspecto inherente a la
economía, eficiencia y eficacia de las operaciones del ente público; en este tipo de auditorías,
el auditor debe emplear el juicio profesional para, de acuerdo a la evidencia, determinar el
principal enfoque que otorga a la auditoría, así como las NPASNFs a observar en su
desarrollo.
4. ELEMENTOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
Adicionalmente a los elementos señalados en el Módulo 45 del presente curso, y de
conformidad con la NPASNF No. 4006, a continuación se indican elementos particulares a la
auditoría de cumplimiento.
4.1 Disposiciones legales, normativas y criterios
Como se infiere de lo antes comentado, las disposiciones legales y normativas constituyen
el elemento de mayor relevancia en una auditoría de cumplimiento. Asimismo, el
conocimiento amplio del ente público respecto al marco jurídico – normativo aplicable, es
particularmente relevante, toda vez que permite al personal auditor, determinar los criterios
de auditoría, puntos de referencia o parámetros para la evaluación del objeto de la auditoría.
En este sentido, los criterios de auditoría de cumplimiento deben revestir las siguientes
características:
 Deben ser relevantes para el objeto de la auditoría.
 Deben ser confiables, completos y objetivos.
 Deben ser comprensibles, comparables, aceptables y accesibles.
5 Módulo 4, Diplomado Virtual Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, No. 100, Principios Fundamentales
de Auditoría del Sector Público. Elementos de la auditoría del Sector Gubernamental.
6 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 196.
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Es importante mencionar que, ante la inexistencia normativa específica o la existencia de
lagunas legales respecto al cumplimiento, las auditorías deben sustentarse en los principios
generales que rigen la sana administración financiera y la adecuada conducta de los
funcionarios públicos.
4.2 Objeto de la revisión
El objeto de la revisión podrá ser general o específico, cuantitativo o cualitativo, y dependerá
de las facultades del organismo auditor, las disposiciones legales y normativas, así como el
alcance de la auditoría.
En este contexto, el objeto de la revisión de una auditoría de cumplimiento, atendiendo al
alcance de la misma, puede realizarse a actividades, procesos operativos e información
contable, presupuestal y programática.
4.3 Las partes de la auditoría de cumplimiento
“La auditoría de cumplimiento se basa en una relación tripartita, en la cual, el objetivo del
auditor es obtener evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante, a fin de expresar
una conclusión que tenga como propósito mejorar el grado de confianza de los destinatarios
previstos, e independientes del ente público auditado, sobre la evaluación del objeto en
cuestión respecto a los criterios definidos”.7
De conformidad con el concepto anteriormente expresado, las partes que participan en la
auditoría de cumplimiento son8:
 Auditor: es el responsable de identificar los elementos de la auditoría, realizar la
evaluación del objeto, determinando para ello, si este cumple con los criterios
previamente establecidos y, con base a la evidencia obtenida, emitir el informe
respectivo. A su vez, la ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”iii,
determina que el objetivo del auditor es obtener una evidencia de auditoría
suficiente y apropiada a fin de poder llegar a una conclusión que permita mejorar el
grado de confianza del usuario o los usuarios previstos, diferentes de la parte
responsable, sobre la medición o evaluación de la materia controlada con respecto a
los criterios.
7 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 198.
8 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 198.
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Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento
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 Ente auditado: es el responsable del objeto determinado para la auditoría. La ISSAI
No. 40009, señala que es responsable del objeto de la revisión o la información acerca
del objeto de la auditoría.
 Destinatarios: son los receptores del informe de auditoría, es decir, el órgano
legislativo, los ciudadanos y/o partes interesadas. Cabe destacar, que si bien, el
informe de auditoría no se dirige a la parte responsable, el resultado puede serle útil
para mejorar su gestión.
4.4 La seguridad en la auditoría de cumplimiento
Tal como se estudió en el Módulo 4 del presente diplomado, la auditoría de cumplimiento
implica aseguramiento10, es decir, que los auditores realicen los procedimientos que
consideren necesarios, a efecto de reducir o administrar el riesgo de llegar a conclusiones
inadecuadas o incorrectas, considerando las limitaciones propias de cada auditoría; y, con
ello, incrementar la confianza en los destinatarios respecto a la información y los resultados
de la auditoría, en el entendido que no se podrá brindar certidumbre absoluta, toda vez que,
al no cubrirse en las auditorías todos los elementos del objeto de la revisión, será necesario
apoyarse en muestreos cualitativos o cuantitativos.
En este sentido, las NPASNFs determinan dos niveles de atestiguamiento11:
a. Seguridad razonable: no implica una certidumbre absoluta, sin embargo, la
conclusión de auditoría se expresa de manera positiva, dando a conocer que, en
opinión del auditor, el objeto de la revisión cumple o no, en todos los aspectos
importantes con los criterios establecidos. Generalmente, implica recurrir a
procedimientos de auditoría más amplios, toda vez que requiere de mayor evidencia;
por ejemplo, la evaluación de riesgo, una comprensión más profunda del contexto
de la entidad, la evaluación del diseño del sistema de control interno, etcétera. 12
b. Seguridad limitada: indica que, con base en los procedimientos realizados, nada ha
llamado la atención del auditor para que considere que el objeto de la revisión no
cumple con los criterios aplicables.
Es importante señalar que, siempre que se proporciona una seguridad limitada, esta
condición y/o carácter debe expresarse claramente, es decir, la limitación en su alcance, aun
cuando el auditor considere la muestra como significativa en relación a los resultados y los
destinatarios.
9 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 10.
10 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 90.
11 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 91.
12 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 14.
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5. PRINCIPIOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
Como se mencionó anteriormente, considerando las definiciones expresadas en las
NPASNFs, la auditoría de cumplimiento puede señalarse como el proceso sistemático o
conjunto ordenado de acciones, en el que, de manera objetiva, se obtiene y evalúa evidencia
para determinar en qué medida el ente auditado ha observado las disposiciones legales y
normativas, es decir, las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras
disposiciones contractuales aplicables, identificados como criterios.
En este contexto, la auditoría de cumplimiento debe atender a diversos principios que el
auditor deberá considerar antes de iniciar los trabajos, dentro y durante del proceso de
auditoría, determinados estos últimos, como principios generales y/o fundamentales para la
ejecución de la auditoría.
5.1 Principios generales
5.1.1 Juicio y escepticismo profesional
El juicio profesional implica, que el personal auditor aplique los conocimientos, capacitación,
habilidades y experiencia durante todas las etapas del proceso auditor; considerando en su
conjunto las normas en materia de auditoría y ética, a efecto de que, las decisiones que deba
realizar sobre el curso de acción que sea apropiado para la auditoría, se realicen de manera
informada y objetiva.
La actitud de escepticismo, implica que el personal auditor debe mantener una adecuada
distancia profesional, con el objetivo de realizar evaluaciones críticas que cuestionen la
idoneidad, suficiencia, competencia, pertinencia y relevancia de la evidencia obtenida
durante la auditoría; en el entendido que, el objeto de la revisión, ante ciertas circunstancias,
pueda desviarse de los criterios establecidos en la planeación de la misma, por lo cual, debe
mantenerse abierto y receptivo a diferentes puntos de vista. El escepticismo profesional es
importante al evaluar una evidencia de auditoría que contradiga otra evidencia ya obtenida,
así como la información que cuestione la fiabilidad de la evidencia de auditoría, como los
documentos y las respuestas a las consultas.13
De acuerdo a lo expresado, el personal auditor deberá mantener una actitud de juicio y
escepticismo profesional durante todo el proceso de la auditoría en torno a una perspectiva
13 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 24.
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cuestionadora, que le permita tomar decisiones con la mayor objetividad posible, respecto
del curso de acción apropiado, mediante la evaluación de:
 Los elementos de la auditoría
 El objeto de la revisión
 Los criterios adecuados
 El alcance de la auditoría
 El/los riesgos identificados
 La importancia relativa
 Los procedimientos de la auditoría
 La evidencia14
Asimismo, el juicio y escepticismo profesional son particularmente relevantes en:
 Evaluación de evidencia.
 En los casos de no conformidad.
 Al elaborar el informe.
 Al determinar la forma, contenido y frecuencia de la comunicación a lo largo de la
auditoría.
Para ello, de conformidad con las NPASNFs, los requerimientos para mantener el juicio y
escepticismo profesional en la auditoría de cumplimiento son:
a. La capacidad de analizar la estructura y el contenido de las disposiciones legales y
normativas aplicables, como base para identificar los criterios adecuados, o bien,
brechas legales.
b. La capacidad para aplicar los conceptos profesionales de auditoría en el enfoque de
materia conocida y desconocida.
5.1.2 Control de Calidad
Como antecedente a este principio, en módulos anteriores se realizó el estudio de la NPASNF
No. 40, Control de Calidad para los Organismos Auditores15, misma que, como se señaló,
determina los elementos que se consideran fundamentales a efecto de que los organismos
auditores establezcan y mantengan un sistema de control de calidad que –entre otros-
considere la dirección, revisión y supervisión del proceso auditor, con el objetivo de
14 El personal auditor debe ser capaz de evaluar diferentes tipos de evidencia de auditoría de acuerdo a su origen e importancia para el
alcance de la auditoría y el objeto examinado, así como de evaluar su suficiencia, competencia, pertinencia y relevancia de la evidencia
obtenida de la auditoría. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 200.
15
Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, No. 40, Control de Calidad de los Organismos Auditores; Módulo
3, Nivel 2.
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garantizar que las auditorías se lleven a cabo de manera consistente, atendiendo a sólidos
estándares de calidad.
De ahí que, de acuerdo a las responsabilidades dentro del proceso auditor, el nivel de calidad
de la auditoría queda a cargo del personal auditor responsable de su ejecución, para lo cual,
debe implementar las políticas y procedimientos de control de calidad, cuyo objetivo es
asegurar el cumplimiento de las normas aplicables durante todo el proceso, y que el informe,
la conclusión o el dictamen, según sea el caso, se formulen conforme a las circunstancias de
la auditoría realizada. Cabe mencionar, que los controles de calidad, deben encontrarse
documentados en el expediente de la auditoría.
5.1.3 Gestión y habilidades del equipo de auditoría
Es primordial, que el personal auditor en su conjunto, posea o tenga acceso a las
competencias técnicas necesarias, es decir, los conocimientos, aptitudes y habilidades para
llevar a cabo sus responsabilidades individuales, como parte del trabajo de auditoría
gubernamental; asimismo, es relevante que el personal auditor:
a. Cuente con experiencia práctica de acuerdo al tipo de auditoría.
b. Conozca las disposiciones legales y normativas aplicables al ente auditado.
c. Tenga la capacidad y experiencia necesaria que respalden la emisión del juicio
profesional.
Al respecto, es oportuno retomar lo establecido en el Principio 12: Creación de capacidades
mediante la promoción del aprendizaje y de compartir experiencias y mejores prácticas,
abordado durante el estudio del Módulo 216 del presente curso; toda vez que, en su
contenido, determina que los organismos auditores deben establecer estrategias para la
promoción permanente del desarrollo profesional del personal auditor, a efecto de asegurar
que cuenten con las competencias profesionales necesarias que contribuyan a fortalecer la
credibilidad de las partes interesadas en los resultados de los trabajos auditores, al tiempo
que, garantiza, en gran medida, la calidad en el desempeño de sus funciones.
Asimismo, y para el logro de este objetivo, la NPASNF No. 10017, en concordancia con la
NPASNF No. 400, en estudio, establecen que los organismos auditores pueden coordinarse
con otras instancias de fiscalización, evitando, a su vez, la duplicidad de esfuerzos, o bien, en
el caso de que en el desarrollo de los trabajos auditores se requieran técnicas, métodos o
habilidades especializadas de disciplinas no disponibles en el personal auditor, es factible la
contratación de expertos, siempre que el organismo auditor pueda obtener evidencia de la
16
Módulo 2, NPASNF No. 12, El valor y beneficios de la auditoría del sector público.
17 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, páginas 94 y 95.
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competencia profesional, independencia y objetividad, así como respecto a la calidad de sus
actuaciones.
5.1.4 Riesgo de auditoría
Los auditores deben considerar el riesgo de auditoría a lo largo del proceso de la misma.
Se presentará un riesgo de auditoría cuando el informe, conclusión o dictamen que rinda el
auditor, no atienda debidamente las circunstancias de la auditoría. Por lo tanto, es relevante
que el personal auditor realice los procedimientos necesarios para reducir o administrar los
riesgos hasta un nivel aceptablemente bajo, que proporcione una seguridad razonable, o
bien, limitada, en cuyo caso, el organismo debe proporcionar un nivel de seguridad
significativo para los destinatarios conforme al juicio profesional del personal auditor.
La ISSAI No. 4000, establece los siguientes aspectos para la reducción de los riesgos de
auditoría:
a. Anticipar los riesgos posibles o conocidos del trabajo previsto y sus consecuencias,
b. Desarrollar procedimientos para abordar estos riesgos durante la auditoría; y,
c. Documentar qué riesgos serán abordados y de qué manera.
Tanto en los trabajos de atestiguamiento como en la elaboración de informes directos, el
equipo auditor debe considerar las tres dimensiones del riesgo de auditoría: el riesgo
inherente18, riesgo de control19 y los riesgos de detección20; de ahí que, la importancia
relativa de las dimensiones del riesgo de auditoría, depende de la naturaleza del objeto de
la revisión y de si la auditoría debe proporcionar una seguridad razonable o limitada,
considerando, además, el objeto de la revisión -es decir- si es cuantitativo o cualitativo y si
el informe de auditoría debe incluir un dictamen o conclusión.
5.1.5 Importancia relativa
En general, la importancia relativa tiene aspectos cualitativos como cuantitativos, siendo los
cualitativos los relacionados con el sector público y/o el valor público. En este sentido, la
evaluación de la importancia relativa requiere de juicio profesional, es decir, la aplicación del
conocimiento, habilidades y experiencia colectiva en el proceso de auditoría21 y se relaciona
18 Riesgo inherente – la susceptibilidad de que la información del objeto en cuestión esté sujeta a un error con importancia relativa,
asumiendo que no existen los controles correspondientes. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles
1, 2, y 3, página 120.
19 Riesgo de control – el riesgo de que, un error con importancia relativa, pueda ocurrir y no pueda evitarse, o detectarse y corregirse a
tiempo por medio de los controles correspondientes. Según resulte pertinente para el objeto en cuestión, algunos riesgos de control
siempre existirán debido a las limitaciones inherentes al diseño y operación de los controles internos. Normas Profesionales de Auditoría
del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2, y 3, página 121.
20 Riesgo de detección – el riesgo de que el auditor no detecte un error con importancia relativa. Normas Profesionales de Auditoría del
Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2, y 3, página 121.
21 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 96.
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con el alcance de la misma. Sin embargo, la importancia relativa se debe considerar durante
todo el proceso auditor.
En este sentido, al relacionarse el juicio profesional con un elemento individual o grupo de
elementos en conjunto, muestra características inherentes que pueden brindar valor o
importancia a la naturaleza del objeto, así como al contexto en el que ocurre. De ahí que, la
importancia relativa en una auditoría de cumplimiento, se tomará en cuenta para:
a. Fines de planeación,
b. Evaluación de la evidencia obtenida; y,
c. Elaboración de informes.
Asimismo, en su evaluación, deberá observar factores que se relacionan con el alcance de la
auditoría, tales como:
 Los requisitos legales;
 El interés o las expectativas institucionales y de la opinión pública; y,
 Los rubros con recursos asignados con montos significativos.
Por otra parte, un aspecto esencial para determinar la importancia relativa radica en
considerar, si los casos reportados de cumplimiento o no conformidad (potencial o
confirmada), podrían tener una influencia razonable en las decisiones de los destinatarios.
5.1.6 Documentación
El personal auditor debe dejar registro con suficiente detalle de sus actuaciones en el
proceso auditor, asimismo, debe clasificar y preparar la documentación relevante que
respalde la auditoría antes de emitir el informe de auditoría y conservarla conforme lo
establece la normatividad aplicable.
En la documentación, deberán explicarse claramente:
a. Los criterios empleados;
b. El alcance de la auditoría;
c. Los juicios hechos;
d. La evidencia obtenida; y,
e. Las conclusiones.
Asimismo, es importante, que el contenido de la documentación permita la clara
comprensión de “… la relación entre el objeto examinado, los criterios empleados, el alcance
de la auditoría, la evaluación del riesgo, la estrategia y plan de auditoría, así como la
naturaleza, oportunidad, alcance y los resultados de los procedimientos realizados; la
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evidencia que se obtenga para respaldar la conclusión o dictamen del auditor; el
razonamiento detrás de todos los aspectos significativos que requiriera el ejercicio de un
juicio profesional, y las conclusiones resultantes”.22
5.1.7 Comunicación
En concordancia con la NPASNF No. 100, el personal auditor debe establecer y fomentar una
comunicación eficaz con el ente auditado durante el proceso de revisión23, a efecto de
establecer un canal de comunicación efectivo y adecuado a las necesidades -y/o, en su caso-
a las disposiciones legales y normativas aplicables. Para ello, es indispensable que el personal
comisionado comunique de manera clara al ente auditado los asuntos relacionados con el
proceso de revisión, la información necesaria para el desarrollo de los trabajos de auditoría,
así como los resultados y las observaciones resultantes, sin lugar a generar confusión o
interpretaciones que podrían retardar los trabajos o concebir una expectativa diversa a los
hechos.
En este sentido, dentro de los procesos de revisión, es relevante que el personal auditor
comunique al ente auditado, a través de la persona o personas designados como enlace, a
la administración, o bien, las personas encargadas de la operación:
a. Los criterios de la auditoría.
b. Los casos importantes de incumplimiento.
c. Las dificultades significativas.
d. Objeto de la revisión.
e. El nivel de seguridad y la organización temporal del proceso.
f. Empresas, organizaciones y/o programas gubernamentales incluidos en la auditoría.
5.2 Principios relacionados con el proceso de auditoría
5.2.1 Planeación y diseño de una auditoría de cumplimiento
La planeación de una auditoría implica el establecimiento de una estrategia global en
relación con el encargo y el desarrollo de un plan de auditoría, con la finalidad de que ésta
se desarrolle de una manera eficiente y eficaz; por lo que, la estrategia deberá incluir:
a. Alcance de la auditoría
b. Objeto y criterios
c. Conocimiento del ente
22 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 203.
23
La Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 200, Principios Fundamentales de Auditoría Financiera, pág.
125, establece puntualmente las acciones a emprender a efecto de establecer una comunicación adecuada con el ente auditado.
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d. Conocimiento de los controles internos y del ambiente de control
e. Evaluación de riesgos
 Riesgo de fraude
Alcance de la auditoría
El alcance de la auditoría es una manifestación clara del enfoque, la extensión y los límites
de la auditoría, en términos de la consecución del objeto en cuestión, en relación con los
criterios establecidos.24
La importancia relativa y el riesgo probable son elementos relevantes en la determinación
del alcance de la auditoría, en este sentido, el alcance de la auditoría establece las
disposiciones legales y normativas y/o partes de las mismas que deberán incorporarse como
parte del proceso de auditoría; por tanto, el proceso de auditoría debe comprender
plenamente el alcance de la auditoría.
Objeto y criterios
De conformidad con lo establecido en la NPASNF No. 100, “… el objeto de la revisión se refiere
a la información, condición o actividad que se examina de acuerdo con ciertos criterios, puede
tomar diversas formas y características, dependiendo del objetivo de la auditoría. Una
adecuada definición del objeto de la revisión, en conjunto con la correcta determinación de
criterios de revisión, permitirá definir los procedimientos para reunir evidencia de auditoría
suficiente, competente, pertinente y relevante, con la cual se podrá sustentar el dictamen o
conclusión de la auditoría”.25
De acuerdo a lo anterior expuesto, como una de las actividades iniciales del proceso de
revisión, el personal auditor debe determinar el objeto, así como los criterios de la auditoría
de cumplimiento, ejerciendo su juicio y escepticismo profesional y, evaluar la importancia
relativa y el riesgo probable. Asimismo, tratándose de trabajos de atestiguamiento, el
personal auditor debe identificar la información presentada por el ente auditado,
relacionada con el objeto y criterios previamente determinados.
En este sentido, de conformidad con la ISSAI No. 4000, para efecto de considerar adecuados
los criterios de auditoría, estos deben presentar las siguientes características:
24 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 204.
25 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 88.
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 Pertinencia: los criterios pertinentes dan lugar a una información sobre el objeto de
la revisión que sirve de apoyo al usuario o los usuarios previstos en la toma de
decisiones.
 Integridad: los criterios son íntegros cuando la información acerca del objeto de la
revisión elaborado de acuerdo con ellos, no omite factores relevantes con respecto
a los que se pueda esperar razonablemente que afecten a las decisiones que el
usuario o los usuarios previstos tomen a partir de esta información.
 Fiabilidad: los criterios fiables dan lugar a conclusiones coherentes con las que
obtendría otro auditor aplicando y examinando los mismos criterios en las mismas
circunstancias.
 Neutralidad: los criterios neutrales dan lugar a una información imparcial sobre el
objeto de la revisión acorde con las circunstancias del encargo.
 Comprensibilidad: los criterios comprensibles dan lugar a una información sobre el
objeto de la revisión que puede ser entendido por el usuario o los usuarios previstos.
 Utilidad: los criterios útiles dan lugar a hallazgos y conclusiones que satisfacen las
necesidades de información del usuario o los usuarios.
 Comparabilidad: los criterios comparables son coherentes con los empleados en las
auditorías de cumplimiento de otros organismos o actividades similares y los
utilizados en anteriores auditorías de cumplimiento de la entidad.
 Aceptabilidad: los criterios aceptables son aquellos que pueden admitir expertos
independientes en la materia, las entidades auditadas, el poder legislativo, los
medios de comunicación y la ciudadanía en general.
 Accesibilidad: son criterios a los que pueden acceder el usuario o los usuarios
previstos para entender la naturaleza del trabajo de auditoría desempeñado y la base
del informe de auditoría.
En este sentido, el objeto debe reunir las siguientes características:
a. Identificables
b. Susceptible de evaluación
c. Su naturaleza debe permitir la obtención de evidencia que respalde la conclusión,
dictamen e informe de auditoría.
Asimismo, en la definición de criterios, estos deben brindar una base para la evaluación de
la evidencia y los resultados de la auditoría. Como se ha mencionado a lo largo del presente
curso, los criterios deben darse a conocer a los destinatarios, así como al ente auditado.
Conocimiento del ente
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En la auditoría de cumplimiento, el conocimiento del ente auditado avala la agudeza del
auditor respecto a la conformación de la estructura, entorno, marco jurídico, el desarrollo
de operaciones del ente público auditado; los procedimientos para lograr el cumplimiento
de sus actividades sustantivas, objeto o fines, así como para determinar la importancia
relativa y evaluar los riesgos probables por la falta de cumplimiento; de lo anterior, se
advierte la relevancia de obtener y/o tener acceso -dentro de la etapa de planeación de la
auditoría- a toda la información y/o documentación que aporte dicho entendimiento al
personal auditor, ya que la auditoría de cumplimiento puede abarcar todos los niveles del
ejecutivo, y varios niveles administrativos, diferentes tipos de entes públicos y
combinaciones de las mismas. Asimismo, el conocimiento del ente auditado, se puede
adquirir como resultado natural de la interacción con el ente auditado y/o con las
denominadas partes interesadas.
Conocimiento de los controles internos y del ambiente de control
En el proceso de entendimiento del ente auditado o bien del objeto en cuestión, el personal
auditor debe conocer los controles internos relevantes, considerando la naturaleza
específica y alcance de la auditoría. Para ello, el personal auditor debe comprender el
ambiente de control, definido por la norma en análisis como: “la cultura de honestidad y
comportamiento ético que proporciona los cimientos del sistema de controles internos para
asegurar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y normativas”.26
En este sentido, el sistema de controles internos, requiere un enfoque de análisis que
dependerá de:
a. El objeto en cuestión (cualitativo o cuantitativo, o combinación de ambos
dependiendo el alcance de la auditoría);
b. La naturaleza específica; y,
c. El alcance de la auditoría.
El personal auditor, al evaluar los controles internos, deberá valorar en qué medida dichos
controles pueden evitar o detectar posibles incumplimientos, así como si son pertinentes
con el ambiente de control, a tal grado, que aseguren el cumplimiento de las disposiciones
legales y normativas en todos los aspectos relevantes.
La evaluación de los controles internos atenderá al riesgo que no puedan evitar, o bien, a
detectar, aspectos importantes de incumplimiento; asimismo, para asegurar el
26 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 206.
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cumplimiento de las disposiciones legales y normativas, deberán ser congruentes con el
ambiente de control en todos los aspectos significativos.
Evaluación de riesgos
La evaluación de riesgos permite determinar la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los
procedimientos de auditoría. En este sentido, el personal auditor debe realizar una
evaluación de riesgos para identificar los de incumplimiento, es decir, aquellos en los que el
objeto determinado no cumpla con los criterios. Asimismo, debe valorar y determinar la
relevancia o impacto de cualquier circunstancia de incumplimiento, para lo cual, tendrá
como fundamento los criterios de auditoría, el alcance de la misma y las características del
ente público auditado.
En este sentido, el incumplimiento puede tener su origen en:
a. El Fraude;
b. Un error;
c. La naturaleza inherente del objeto; y/o,
d. Las circunstancias de la auditoría.
En la auditoría de cumplimiento, es esencial la identificación de riesgos de incumplimiento,
así como su impacto potencial sobre los procedimientos de auditoría, los cuales deben
considerarse durante todo el proceso de auditoría.
Riesgo de fraude
El personal auditor debe considerar factores de riesgo de fraude como parte de las
evaluaciones de riesgo, y ser consistentes en sus actuaciones para la detección de los mismos
durante todo el proceso de auditoría.
Los fraudes en la auditoría de cumplimiento, pueden derivar su origen de:
a. La violación de las disposiciones legales y normativas aplicables.
 Uso indebido y deliberado de la confianza pública para obtener un beneficio
inapropiado de naturaleza económica o no económica mediante un acto
intencionado.
 Su ejercicio incluye:
oToma o no de decisiones.
oTrabajo preparatorio.
oAsesoría.
oManejo de la información y otros actos en el servicio público.
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b. La presentación de informes fraudulentos en materia de cumplimiento. Los auditores
deben:
 Incluir factores de riesgo de fraude en sus evaluaciones de riesgo.
 Permanecer alertas a las señales de fraude.
Siempre que el personal auditor identifique casos de incumplimiento que pudieran constituir
fraude, deberá ejercer el debido cuidado profesional que garantice que su actuar no
interfiera con los procesos legales o bien, investigaciones pertinentes.
Estrategia y planeación de la auditoría
El personal auditor deberá desarrollar, en su conjunto, una estrategia global y un plan de
auditoría, para ello, debe considerar que el análisis de información y discusión de la misma
dé como resultado las directrices para el desarrollo de los trabajos de auditoría.
La estrategia de auditoría/estrategia global de auditoría tiene como objetivo el diseño de
respuestas eficaces ante el riesgo de no cumplimiento, debe considerar las respuestas a
riesgos específicos mediante la formulación de un plan que debe documentarse por escrito.
Es decir, en la estrategia se describe lo que se debe hacer, mientras que en el plan se describe
cómo se debe hacer.
El objetivo de la estrategia de auditoría, es documentar o diseñar las decisiones globales, y
puede contener los siguientes elementos:27
a. El objetivo de la auditoría, el objeto de la revisión, el alcance, los criterios y otras
características de la auditoría de cumplimiento teniendo en cuenta el mandato de
los organismos auditores.
b. El tipo de trabajo (encargo de atestiguamiento o encargo de elaboración de un
informe directo).
c. El nivel de seguridad que se ha de proporcionar.
d. La composición del equipo de auditoría y la asignación de tareas dentro del mismo,
así como la necesidad, en su caso, de contar con la ayuda de expertos y las fechas
del control de calidad.
e. La comunicación con la entidad auditada y/o los encargados de la gobernanza.
f. La comunicación de obligaciones, así como la fijación del destinatario de estas
comunicaciones y del momento y la modalidad en que deben hacerse.
g. Las entidades abarcadas por la auditoría.
h. La evaluación de la importancia relativa.
27 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 39.
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A su vez, la ISSAI No. 4000, determina que, para la elaboración del plan de auditoría, puede
incluirse:
 La naturaleza, el calendario y el alcance de los procedimientos de auditoría
planeados, así como el momento en que se llevarán a cabo.
 Una evaluación del riesgo y de los controles internos pertinentes para la auditoría.
 Los procedimientos de auditoría diseñados como respuesta al riesgo.
 La posible evidencia de auditoría que se recopilará durante la auditoría.
La planeación de auditoría es un proceso continuo y reiterativo dentro del proceso auditor
que, de igual forma, debe documentarse por escrito, asimismo, puede estar en constante
actualización durante todo el proceso.
5.2.2 Evidencia de auditoría
En la auditoría de cumplimiento, el auditor deberá considerar la importancia y confiabilidad
de la información que utilice como evidencia de auditoría, a efecto de cubrir el alcance
determinado para la auditoría, considerando que ésta será la base o sustento de su
conclusión o dictamen. Por su parte, debe tomar en consideración que la naturaleza y las
fuentes de la evidencia de auditoría necesaria, estarán determinadas por el nivel de
seguridad deseado, los criterios, la importancia relativa, el objeto de la revisión y el alcance
de la auditoría.28
En ese sentido, la evidencia de auditoría, de conformidad con lo establecido en las NPASNFs,
debe revestir las siguientes características:29
a. Suficiencia: es una medida de la cantidad de evidencia, es decir, debe ser la necesaria
para sustentar y soportar los resultados, observaciones, conclusiones,
recomendaciones y juicios significativos.
b. Competencia: debe corresponder a los hallazgos de la revisión, tener validez y
confiabilidad para apoyar los resultados, las recomendaciones, acciones promovidas
y el dictamen.
c. Pertinencia: se relaciona con la calidad de la evidencia y deberá de corresponder al
propósito de la auditoría.
d. Relevancia: se vincula con la importancia, coherencia y relación lógica que debe tener
con los hallazgos determinados en la auditoría para sustentar el dictamen.
Por su parte, la ISSAI No. 4000, incluye las siguientes características:
28 ISSAI No. 4000, “Norma para las auditorías de cumplimiento”, página 41.
29 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 208.
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e. Validez: es el grado en que la evidencia representa aquello que se pretende que
represente.
f. Fiabilidad: se refiere al grado en que la evidencia de auditoría se ha recopilado y
elaborado siguiendo un método transparente y reproducible.
El personal auditor, de conformidad con las disposiciones legales y normativas aplicables en
la materia, debe respetar en todo momento la confidencialidad de la información que utiliza
como evidencia de la auditoría. Asimismo, debe establecerse en las disposiciones legales
aplicables al organismo auditor, el procedimiento para su solicitud y resguardo.
Evaluación de la evidencia de auditoría y formulación de conclusiones
El proceso de evaluación de la evidencia permitirá al auditor:
a. Determinar si la evidencia obtenida es suficiente, competente, pertinente y relevante
de acuerdo al nivel de seguridad de la auditoría, como al objeto de la misma y los
criterios determinados.
b. Formular las conclusiones o dictamen de la auditoría.
c. Determinar si la evidencia es suficiente para reducir el riesgo de auditoría a un nivel
aceptablemente bajo.
d. Determinar las modificaciones o adiciones que deben realizarse a los
procedimientos, a efecto de resolver el objeto de la revisión, cuando la evidencia es
inconsistente en relación a otra de una misma fuente, o bien cuando el personal
auditor tiene reservas respecto a la confiabilidad de la información.
En el proceso de evaluación, el personal auditor debe considerar la evidencia que respalde
el informe, conclusión o dictamen de auditoría, como la que lo contradiga. Asimismo, como
parámetro relevante, este proceso debe incorporar consideraciones respecto a la
importancia relativa.
5.2.3 Elaboración de informes
En la auditoría de cumplimiento, los informes deberán elaborarse bajo los principios
siguientes:
El principio de integridad, requiere que el auditor considere toda la evidencia relevante de la
auditoría antes de emitir su informe.
El principio de objetividad, requiere que el auditor aplique el juicio y escepticismo profesional
para garantizar que todos los informes sean correctos; y, que los resultados se presenten de
manera significativa y equilibrada.
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El principio de oportunidad, implica elaborar el informe en el tiempo debido.
El principio vinculado con un proceso contradictorio implica el verificar la exactitud de los
hechos con el ente público auditado e incorporar las respuestas de los funcionarios
responsables, según corresponda.30
El informe de auditoría contiene una conclusión basada en el trabajo de auditoría realizado,
ofrece recomendaciones constructivas y prácticas para mejorar lo conducente, y tratándose
de un trabajo de atestiguamiento se le denomina Opinión del Auditor.
Son características de los informes, las siguientes:
a) Podrá variar entre dictámenes estandarizados breves y diversas formas de
conclusiones presentadas de manera concisa o extensa.
b) Tener un formato completo, preciso, objetivo, convincente, claro y conciso como el
objeto de la revisión lo permita.
c) Describe las limitaciones del alcance de la auditoría.
d) Manifiesta la relevancia de los criterios utilizados y el nivel de seguridad
proporcionado.
En el informe, deberá presentarse una conclusión por escrito, que será una manifestación
clara del cumplimiento, y la cual se anexará adicionalmente al dictamen de los estados
financieros; y, que podrá expresarse como una respuesta más elaborada a las preguntas
específicas de la auditoría.
Por otra parte, el auditor podrá presentar un dictamen, mediante el cual deberá indicar si
éste es o no modificado conforme la evaluación de la importancia relativa y la generalidad;
y cuya entrega requiere una estrategia y un enfoque de auditoría más elaborados.
Son elementos de los informes de las auditorías de cumplimiento:
 Título
 Destinatario
 Antecedentes
 Alcance
 Identificación o descripción del objeto
 Criterios de selección
 Identificación de las normas de auditoría aplicadas al realizar el trabajo
 Procedimientos de auditoria
 Resultados y conclusiones
30 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 209.
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 Comentarios del ente público auditado (según proceda)
 Acciones o Recomendaciones (según proceda)
 Fecha del informe
 Firma
5.2.4 Seguimiento
En el proceso de seguimiento a los casos de incumplimiento, el auditor deberá atender a la
naturaleza del objeto examinado, el incumplimiento identificado y las circunstancias
particulares de la auditoría.
Asimismo, este proceso podrá formar parte de la evaluación de riesgos para el año
subsecuente; y, el seguimiento, incluirá la emisión de informes legalmente vinculantes o
decisiones judiciales.
Este proceso permite:
a) Facilitar la implementación eficaz de las acciones preventivas, correctivas o ambas;
y,
b) Proporcionar una retroalimentación valiosa al ente público auditado, a los
destinatarios del informe de auditoría y al auditor (para la planeación de auditorías
futuras).
i Sistema Nacional de Fiscalización [en línea] http://www.snf.org.mx/inicio.aspx
ii Ley General de Contabilidad Gubernamental http://www.senado.gob.mx/comisiones/finanzas_publicas/docs/LGCG.pdf
iii
ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, [descarga en línea] https://www.issai.org/wp-
content/uploads/2019/08/ISSAI-4000-Esp-29-01-2020.pdf
Página 29 de 32
BIBLIOGRAFÍA
MODULO 7: NIVEL 3
Lecturas complementarias:
• Bases Generales de Coordinación del Sistema Nacional de Fiscalización.
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=14&mid=90&fileid=22
• Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización.
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=213&mid=326&fileid=231
• Compendio de Normas Internacionales de Auditoría Gubernamental propuestas para
desarrollar el Marco Normativo de Normas Profesionales del Sistema Nacional de
Fiscalización.
http://www.auditoriadurango.gob.mx/Documentos/INTOSAI.pdf
• Debido Proceso Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=34&mid=409&fileid=343
• Declaración de Lima sobre las Líneas Básicas de Fiscalización.
http://www.olacefs.com/wp-
content/uploads/2014/06/DOC_02032009_DeclaracionLima.pdf
• Declaración de Sudáfrica.
https://www.intosai.org/fileadmin/downloads/about_us/Organs/Congresses/2010_Joh
annesburg_Accords/SP_jhbaccordses.pdf
• Declaración de México sobre la Independencia de las Entidades Fiscalizadoras.
https://www.asf.gob.mx/uploads/61_Publicaciones_tecnicas/Declaracion_de_Lima_y_
Mexico.pdf
• Estatutos del Sistema Nacional de Fiscalización.
Página 30 de 32
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=284&mid=408&fileid=306
• Información General del Sistema Nacional de Fiscalización.
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=90&mid=121&fileid=285
• ISSAI 400 – Principios de la Auditoría de Cumplimiento.
https://www.issai.org/wp-content/uploads/2019/08/ISSAI-400-Esp-29-01-2020.pdf
• ISSAI 4000 – Norma para las auditorías de cumplimiento.
https://www.issai.org/wp-content/uploads/2019/08/ISSAI-4000-Esp-29-01-2020.pdf
• Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA.pdf
• Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3.
www.snf.org.mx/Data/Sites/1/npasnf/normasprofesionales_www2014.pdf
• Plan Estratégico del Sistema Nacional de Fiscalización 2013 – 2017.
http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=52&mid=93&fileid=8
Sitios de Interés:
• Auditoría Superior de la Federación.
www.asf.gob.mx
• Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental,
A.C.
Página 31 de 32
http://www.asofis.org.mx/Default/Index
• Comisión Permanente de Contralores Estados – Federación.
http://comisioncontralores.gob.mx/2017/nosotros/acerca-de-
nosotros/bienvenida.html
• INTOSAI.
http://www.intosai.org/
• Marco INTOSAI de Pronunciamientos Profesionales.
www.issai.org
• Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores.
www.intosai.org
• Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores.
www.olacefs.com
• Sistema Nacional de Fiscalización.
www.snf.org.mx
• Secretaría de la Función Pública.
www.gob.mx/sfp

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  • 1. DIPLOMADO VIRTUAL Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Módulo 7 Nivel 3
  • 2. ÍNDICE MÓDULO 7: Nivel 3 Pág. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento INTRODUCCIÓN MÓDULO 7 1 1. GENERALIDADES 4 2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 4 3. MARCO PARA LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 5 3.1 Objetivo de la auditoría de cumplimiento 5 3.2 Características de la auditoría de cumplimiento 6 3.3 Diferentes perspectivas de la auditoría de cumplimiento 6 Auditoría de cumplimiento en relación con la auditoría de estados financieros 7 Auditoría de cumplimiento realizada por separado 7 Auditoría de cumplimiento en combinación con la auditoría de desempeño 7 4. ELEMENTOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 8 4.1 Disposiciones legales, normativas y criterios 8 4.2 Objeto de la revisión 8 4.3 Las partes de la auditoría de cumplimiento 9 4.4 La seguridad en la auditoría de cumplimiento 9 5. PRINCIPIOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 10 5.1 Principios Generales 11 5.1.1 Juicio y escepticismo profesional 11 5.1.2 Control de calidad 12 5.1.3 Gestión y habilidades del equipo de auditoría 13 5.1.4 Riesgo de auditoría 14 5.1.5 Importancia relativa 15 5.1.6 Documentación 16 5.1.7 Comunicación 16
  • 3. 5.2 Principios relacionados con el proceso de auditoría 17 5.2.1 Planeación y diseño de una auditoría de cumplimiento 17 Alcance de la auditoría 18 Objeto y criterios 18 Conocimiento del ente 20 Conocimiento de los controles internos y del ambiente de control 20 Evaluación de riesgos 21 Riesgo de fraude 21 Estrategia y planeación de la auditoría 22 5.2.2 Evidencia de auditoría 23 Evaluación de la evidencia de auditoría y formulación de conclusiones 25 5.2.3 Elaboración de informes 23 5.2.4 Seguimiento 27 INFOGRAFÍA NPASNF No. 400 28 BIBLIOGRAFÍA 29
  • 4. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 1 de 32 INTRODUCCIÓN MÓDULO 7 Como se mencionó en apartados anteriores, de conformidad con lo establecido en las NPASNFs, se señalan tres tipos de auditorías: la auditoría financiera, que en términos generales realiza la evaluación de estados financieros o la información contenida en la Cuenta Pública en su conjunto, es decir, la evaluación de la situación financiera presentada por un ente, los resultados y ejecución de los recursos; la auditoría de desempeño, mediante la cual se realiza el examen de la economía, eficiencia y eficacia de la administración pública y los programas gubernamentales; y la auditoría de cumplimiento, cuyo objeto, es materia del presente módulo y que se define como el tipo de auditoría que tiene como fin determinar en qué medida el ente auditado ha observado las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales que le son aplicables. En este sentido, en el presente módulo se abordará la NPASNF No. 400, Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento, que comprende de forma general los principios fundamentales de la auditoría del sector público señalados en la NPASNF No. 100, y orienta su aplicación a las auditorías de cumplimiento. De ahí que, resulta relevante su análisis a efecto de identificar el objeto de este tipo particular de auditoría, sus características, las diferentes perspectivas con relación a la auditoría de estados financieros y la auditoría de desempeño, así como los elementos que integran a la auditoría de cumplimiento; además de señalar el objeto de la revisión, las partes que le integran, entre otros aspectos generales abordados en módulos anteriores para cada tipo de auditoría. Por otra parte, la trascendencia de los principios que rigen a la auditoría de cumplimiento, recordemos, conlleva al análisis de los principios generales que engloban el juicio y escepticismo profesional, el control de calidad, la gestión y habilidades del equipo de auditoría, el riesgo de auditoría, la importancia relativa, la relevancia del debido manejo e integración de la documentación y una efectiva comunicación, considerados anteriormente. En este contexto, el establecimiento de un marco de referencia como el que se inicia su estudio, permitirá a los organismos auditores, al ente auditado y a los destinatarios previstos, obtener una visión cuyo enfoque reconozca la aplicación de los criterios formales y el fundamento legal que respalda cada una de las acciones que sustentan las actividades que formalizan el proceso auditor en materia de cumplimiento.
  • 5. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 2 de 32 En consecuencia, a efecto de que los organismos auditores logren adoptar o desarrollar de manera adecuada las NPASNFs con base en los Principios Fundamentales de Auditoría relevantes, resulta necesario que se comprenda el contenido y análisis del presente Módulo. OBJETIVOS Al terminar el estudio del contenido del Módulo 7, el participante será capaz de contextualizar la auditoría de cumplimiento dentro del marco de las Normas Profesionales de Auditoría del SNF e identificar: - El objetivo y alcance de las NPASNFs en relación a la auditoría de cumplimiento. - El marco de la auditoría de cumplimiento y las diferentes formas en que se desarrolla. - Los principios de la auditoría de cumplimiento. - Los elementos de la auditoría de cumplimiento. Por lo anteriormente expresado, y conforme a lo que se expondrá posteriormente, la revisión de la NPASNF No. 400, Principios Fundamentales de la auditoría de cumplimiento, coadyuva en la obtención de mayores grados de confianza, así como transparencia y seguridad en los resultados de los procedimientos auditores, mediante la aplicación de los principios que son relevantes en cada etapa del proceso, bajo parámetros que facilitan la implementación de acciones eficaces para la prevención respecto al incumplimiento de las disposiciones legales y normativas que rigen al ente público auditado.
  • 6. Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento MÓDULO 7 NIVEL 3
  • 7. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 4 de 32 NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento MÓDULO 7: NIVEL 3 1. GENERALIDADES Como se analizó anteriormente, la Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público1, constituye la base de la NPASNF No. 200, NPASNF No. 300, y la NPASNF No. 400; toda vez que establece el marco de referencia para el desarrollo de auditorías en el sector público, determinando elementos generales relativos a: facultades de los organismos auditores, objeto y criterios de la revisión, confianza y aseguramiento, ética e independencia del organismo y personal auditor, juicio y escepticismo profesional, control de calidad en la consistencia de las auditorías, administración de riesgos de auditoría, importancia relativa, y principios relacionados con el proceso auditor, en relación a la planeación, ejecución, elaboración de informes de auditorías y seguimiento. La NPASNF No. 400, cuyo análisis abordaremos en el presente módulo, ha sido definida por el Sistema Nacional de Fiscalización, SNFi, como la norma base para el desarrollo de las auditorías de cumplimiento, determinando aspectos que atienden al propósito y alcance de este tipo de auditorías, el marco legal y las diferentes formas en que éstas se desarrollan, así como los elementos y principios que les rigen. 2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO Los principios, normas y directrices que rigen las auditorías de cumplimiento, atienden a su objeto desde una perspectiva cualitativa y cuantitativa, que podrá abordarse mediante distintos enfoques de auditoría y formatos de informes. En este sentido, los organismos auditores, atendiendo a sus facultades y a efecto de señalar en los informes correspondientes que, en el desarrollo del proceso auditor se aplicaron los Principios Fundamentales de Auditoría, consistentes con las NPASNFs, se establece la inclusión de la referencia al hecho, declarando lo que a la letra dice: 1 Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público. Módulo 4, Nivel 3.
  • 8. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 5 de 32 “… Realizamos nuestra[s] auditoría[s] de conformidad con [las normas] basadas en [o congruentes con] los Principios Fundamentales de la Auditoría (NPASNF 100-400) de las Normas Profesionales del sistema Nacional de Fiscalización.” Por tanto, debe existir evidencia de que fueron adoptados los principios relevantes de la NPASNF para cada tipo de auditoría, con independencia de las disposiciones legales y/o normativa aplicable al organismo auditor, así como ordenamientos profesionales vigentes. Cabe señalar que, atendiendo a sus atribuciones, los organismos auditores pueden realizar auditorías combinadas, en las que se incluyan aspectos financieros, de cumplimiento y/o de desempeño, para lo cual, deben ejecutarse de conformidad con las normas relevantes para cada tipo de auditoría. 3. MARCO PARA LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO 3.1 Objetivo de la auditoría de cumplimiento La auditoría de cumplimiento, tiene como objetivo “permitir al organismo auditor evaluar si las actividades de los entes auditados cumplen con las disposiciones legales y normativas que las rigen”2. En este sentido, atiende a una evaluación independiente a los procesos operativos, contables, presupuestales y programáticos, la cual determinará si estos cumplen con el marco legal y normativo aplicable al ente público auditado. El resultado de este tipo de revisión, como cualquier otro tipo, debe constar en un informe que puede contener opiniones con base en los resultados obtenidos: en formato extenso, que generalmente incorpora a los resultados el alcance de la revisión, los hallazgos y recomendaciones; o bien, formato breve con resultados concisos y estandarizados3, así como diversos formatos de conclusiones, en los cuales se manifiesta el grado de cumplimiento del ente público auditado, de forma clara y objetiva. En este sentido la auditoría de cumplimiento puede tratar respecto a: a. Regularidad: constituye el enfoque principal de la auditoría de cumplimiento y se orienta a la evaluación del grado de cumplimiento de leyes, reglamentos, normativa y convenios relevantes. b. Adecuación: es un enfoque pertinente a la auditoría de cumplimiento, relacionado con la gestión financiera y el comportamiento de los servidores públicos. 2 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 193. 3 Módulo 4, Diplomado Virtual Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, página 24.
  • 9. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 6 de 32 3.2 Características de la auditoría de cumplimiento La auditoría de cumplimiento se realiza tomando como base diferentes criterios, procedimientos de recopilación de evidencia y formatos de informes, considerando si ésta se orienta a realizar trabajos de atestiguamiento o de elaboración de informes directos, o ambos; en este contexto, como resultado de la evaluación, es factible proporcionar una seguridad razonable o limitada respecto al grado de cumplimiento del objeto auditado. La auditoría de cumplimiento, contribuye a:  Promover la transparencia y confiabilidad sobre la debida administración de los recursos;  Fomentar la rendición de cuentas;  Tomar medidas preventivas y correctivas, cuando se reporten desviaciones y violaciones a la normativa aplicable;  Promover la mejora en la gestión pública; y,  Fomentar el buen desempeño en el sector público. 3.3 Diferentes perspectivas de la auditoría de cumplimiento La auditoría de cumplimiento se lleva a cabo: a. En relación con la auditoría a los estados financieros; b. De manera independiente de la auditoría a los estados financieros; o, c. En conjunto (combinación) con la auditoría de desempeño. Auditoría de cumplimiento en relación con la auditoría de estados financieros A diferencia de la auditoría de cumplimiento, que es la evaluación independiente para determinar si el objeto de la revisión cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables, que se centra en la obtención de evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante relacionada con el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables (criterios). La auditoría de estados financieros, busca determinar si los estados financieros del ente público, se elaboraron de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamentalii y las demás disposiciones emitidas en la materia, es decir, en tanto que en la auditoría de estados financieros es aplicable o relevante en la evaluación del cumplimiento que tienen un efecto directo sobre los estados financieros, la auditoría de cumplimiento comprende toda disposición reglamentaria relevante al objeto de la auditoría4. 4 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 195.
  • 10. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 7 de 32 Auditoría de cumplimiento realizada por separado Como se señaló anteriormente, las auditorías de cumplimiento pueden realizarse de manera independiente a cualquier tipo de auditoría, determinando para ello, un objetivo específico; debiendo, en este caso, planearse, realizarse e informarse con independencia de otros tipos de auditoría que, de forma sincrónica, se realicen al ente público. Auditoría de cumplimiento en combinación con la auditoría de desempeño Siempre que la auditoría de cumplimiento se realice en combinación con la auditoría de desempeño, la auditoría de cumplimiento se considera como un aspecto inherente a la economía, eficiencia y eficacia de las operaciones del ente público; en este tipo de auditorías, el auditor debe emplear el juicio profesional para, de acuerdo a la evidencia, determinar el principal enfoque que otorga a la auditoría, así como las NPASNFs a observar en su desarrollo. 4. ELEMENTOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO Adicionalmente a los elementos señalados en el Módulo 45 del presente curso, y de conformidad con la NPASNF No. 4006, a continuación se indican elementos particulares a la auditoría de cumplimiento. 4.1 Disposiciones legales, normativas y criterios Como se infiere de lo antes comentado, las disposiciones legales y normativas constituyen el elemento de mayor relevancia en una auditoría de cumplimiento. Asimismo, el conocimiento amplio del ente público respecto al marco jurídico – normativo aplicable, es particularmente relevante, toda vez que permite al personal auditor, determinar los criterios de auditoría, puntos de referencia o parámetros para la evaluación del objeto de la auditoría. En este sentido, los criterios de auditoría de cumplimiento deben revestir las siguientes características:  Deben ser relevantes para el objeto de la auditoría.  Deben ser confiables, completos y objetivos.  Deben ser comprensibles, comparables, aceptables y accesibles. 5 Módulo 4, Diplomado Virtual Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, No. 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público. Elementos de la auditoría del Sector Gubernamental. 6 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 196.
  • 11. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 8 de 32 Es importante mencionar que, ante la inexistencia normativa específica o la existencia de lagunas legales respecto al cumplimiento, las auditorías deben sustentarse en los principios generales que rigen la sana administración financiera y la adecuada conducta de los funcionarios públicos. 4.2 Objeto de la revisión El objeto de la revisión podrá ser general o específico, cuantitativo o cualitativo, y dependerá de las facultades del organismo auditor, las disposiciones legales y normativas, así como el alcance de la auditoría. En este contexto, el objeto de la revisión de una auditoría de cumplimiento, atendiendo al alcance de la misma, puede realizarse a actividades, procesos operativos e información contable, presupuestal y programática. 4.3 Las partes de la auditoría de cumplimiento “La auditoría de cumplimiento se basa en una relación tripartita, en la cual, el objetivo del auditor es obtener evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante, a fin de expresar una conclusión que tenga como propósito mejorar el grado de confianza de los destinatarios previstos, e independientes del ente público auditado, sobre la evaluación del objeto en cuestión respecto a los criterios definidos”.7 De conformidad con el concepto anteriormente expresado, las partes que participan en la auditoría de cumplimiento son8:  Auditor: es el responsable de identificar los elementos de la auditoría, realizar la evaluación del objeto, determinando para ello, si este cumple con los criterios previamente establecidos y, con base a la evidencia obtenida, emitir el informe respectivo. A su vez, la ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”iii, determina que el objetivo del auditor es obtener una evidencia de auditoría suficiente y apropiada a fin de poder llegar a una conclusión que permita mejorar el grado de confianza del usuario o los usuarios previstos, diferentes de la parte responsable, sobre la medición o evaluación de la materia controlada con respecto a los criterios. 7 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 198. 8 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 198.
  • 12. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 9 de 32  Ente auditado: es el responsable del objeto determinado para la auditoría. La ISSAI No. 40009, señala que es responsable del objeto de la revisión o la información acerca del objeto de la auditoría.  Destinatarios: son los receptores del informe de auditoría, es decir, el órgano legislativo, los ciudadanos y/o partes interesadas. Cabe destacar, que si bien, el informe de auditoría no se dirige a la parte responsable, el resultado puede serle útil para mejorar su gestión. 4.4 La seguridad en la auditoría de cumplimiento Tal como se estudió en el Módulo 4 del presente diplomado, la auditoría de cumplimiento implica aseguramiento10, es decir, que los auditores realicen los procedimientos que consideren necesarios, a efecto de reducir o administrar el riesgo de llegar a conclusiones inadecuadas o incorrectas, considerando las limitaciones propias de cada auditoría; y, con ello, incrementar la confianza en los destinatarios respecto a la información y los resultados de la auditoría, en el entendido que no se podrá brindar certidumbre absoluta, toda vez que, al no cubrirse en las auditorías todos los elementos del objeto de la revisión, será necesario apoyarse en muestreos cualitativos o cuantitativos. En este sentido, las NPASNFs determinan dos niveles de atestiguamiento11: a. Seguridad razonable: no implica una certidumbre absoluta, sin embargo, la conclusión de auditoría se expresa de manera positiva, dando a conocer que, en opinión del auditor, el objeto de la revisión cumple o no, en todos los aspectos importantes con los criterios establecidos. Generalmente, implica recurrir a procedimientos de auditoría más amplios, toda vez que requiere de mayor evidencia; por ejemplo, la evaluación de riesgo, una comprensión más profunda del contexto de la entidad, la evaluación del diseño del sistema de control interno, etcétera. 12 b. Seguridad limitada: indica que, con base en los procedimientos realizados, nada ha llamado la atención del auditor para que considere que el objeto de la revisión no cumple con los criterios aplicables. Es importante señalar que, siempre que se proporciona una seguridad limitada, esta condición y/o carácter debe expresarse claramente, es decir, la limitación en su alcance, aun cuando el auditor considere la muestra como significativa en relación a los resultados y los destinatarios. 9 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 10. 10 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 90. 11 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 91. 12 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 14.
  • 13. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 10 de 32 5. PRINCIPIOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO Como se mencionó anteriormente, considerando las definiciones expresadas en las NPASNFs, la auditoría de cumplimiento puede señalarse como el proceso sistemático o conjunto ordenado de acciones, en el que, de manera objetiva, se obtiene y evalúa evidencia para determinar en qué medida el ente auditado ha observado las disposiciones legales y normativas, es decir, las leyes, los reglamentos, las políticas, los códigos establecidos y otras disposiciones contractuales aplicables, identificados como criterios. En este contexto, la auditoría de cumplimiento debe atender a diversos principios que el auditor deberá considerar antes de iniciar los trabajos, dentro y durante del proceso de auditoría, determinados estos últimos, como principios generales y/o fundamentales para la ejecución de la auditoría. 5.1 Principios generales 5.1.1 Juicio y escepticismo profesional El juicio profesional implica, que el personal auditor aplique los conocimientos, capacitación, habilidades y experiencia durante todas las etapas del proceso auditor; considerando en su conjunto las normas en materia de auditoría y ética, a efecto de que, las decisiones que deba realizar sobre el curso de acción que sea apropiado para la auditoría, se realicen de manera informada y objetiva. La actitud de escepticismo, implica que el personal auditor debe mantener una adecuada distancia profesional, con el objetivo de realizar evaluaciones críticas que cuestionen la idoneidad, suficiencia, competencia, pertinencia y relevancia de la evidencia obtenida durante la auditoría; en el entendido que, el objeto de la revisión, ante ciertas circunstancias, pueda desviarse de los criterios establecidos en la planeación de la misma, por lo cual, debe mantenerse abierto y receptivo a diferentes puntos de vista. El escepticismo profesional es importante al evaluar una evidencia de auditoría que contradiga otra evidencia ya obtenida, así como la información que cuestione la fiabilidad de la evidencia de auditoría, como los documentos y las respuestas a las consultas.13 De acuerdo a lo expresado, el personal auditor deberá mantener una actitud de juicio y escepticismo profesional durante todo el proceso de la auditoría en torno a una perspectiva 13 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 24.
  • 14. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 11 de 32 cuestionadora, que le permita tomar decisiones con la mayor objetividad posible, respecto del curso de acción apropiado, mediante la evaluación de:  Los elementos de la auditoría  El objeto de la revisión  Los criterios adecuados  El alcance de la auditoría  El/los riesgos identificados  La importancia relativa  Los procedimientos de la auditoría  La evidencia14 Asimismo, el juicio y escepticismo profesional son particularmente relevantes en:  Evaluación de evidencia.  En los casos de no conformidad.  Al elaborar el informe.  Al determinar la forma, contenido y frecuencia de la comunicación a lo largo de la auditoría. Para ello, de conformidad con las NPASNFs, los requerimientos para mantener el juicio y escepticismo profesional en la auditoría de cumplimiento son: a. La capacidad de analizar la estructura y el contenido de las disposiciones legales y normativas aplicables, como base para identificar los criterios adecuados, o bien, brechas legales. b. La capacidad para aplicar los conceptos profesionales de auditoría en el enfoque de materia conocida y desconocida. 5.1.2 Control de Calidad Como antecedente a este principio, en módulos anteriores se realizó el estudio de la NPASNF No. 40, Control de Calidad para los Organismos Auditores15, misma que, como se señaló, determina los elementos que se consideran fundamentales a efecto de que los organismos auditores establezcan y mantengan un sistema de control de calidad que –entre otros- considere la dirección, revisión y supervisión del proceso auditor, con el objetivo de 14 El personal auditor debe ser capaz de evaluar diferentes tipos de evidencia de auditoría de acuerdo a su origen e importancia para el alcance de la auditoría y el objeto examinado, así como de evaluar su suficiencia, competencia, pertinencia y relevancia de la evidencia obtenida de la auditoría. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 200. 15 Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, No. 40, Control de Calidad de los Organismos Auditores; Módulo 3, Nivel 2.
  • 15. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 12 de 32 garantizar que las auditorías se lleven a cabo de manera consistente, atendiendo a sólidos estándares de calidad. De ahí que, de acuerdo a las responsabilidades dentro del proceso auditor, el nivel de calidad de la auditoría queda a cargo del personal auditor responsable de su ejecución, para lo cual, debe implementar las políticas y procedimientos de control de calidad, cuyo objetivo es asegurar el cumplimiento de las normas aplicables durante todo el proceso, y que el informe, la conclusión o el dictamen, según sea el caso, se formulen conforme a las circunstancias de la auditoría realizada. Cabe mencionar, que los controles de calidad, deben encontrarse documentados en el expediente de la auditoría. 5.1.3 Gestión y habilidades del equipo de auditoría Es primordial, que el personal auditor en su conjunto, posea o tenga acceso a las competencias técnicas necesarias, es decir, los conocimientos, aptitudes y habilidades para llevar a cabo sus responsabilidades individuales, como parte del trabajo de auditoría gubernamental; asimismo, es relevante que el personal auditor: a. Cuente con experiencia práctica de acuerdo al tipo de auditoría. b. Conozca las disposiciones legales y normativas aplicables al ente auditado. c. Tenga la capacidad y experiencia necesaria que respalden la emisión del juicio profesional. Al respecto, es oportuno retomar lo establecido en el Principio 12: Creación de capacidades mediante la promoción del aprendizaje y de compartir experiencias y mejores prácticas, abordado durante el estudio del Módulo 216 del presente curso; toda vez que, en su contenido, determina que los organismos auditores deben establecer estrategias para la promoción permanente del desarrollo profesional del personal auditor, a efecto de asegurar que cuenten con las competencias profesionales necesarias que contribuyan a fortalecer la credibilidad de las partes interesadas en los resultados de los trabajos auditores, al tiempo que, garantiza, en gran medida, la calidad en el desempeño de sus funciones. Asimismo, y para el logro de este objetivo, la NPASNF No. 10017, en concordancia con la NPASNF No. 400, en estudio, establecen que los organismos auditores pueden coordinarse con otras instancias de fiscalización, evitando, a su vez, la duplicidad de esfuerzos, o bien, en el caso de que en el desarrollo de los trabajos auditores se requieran técnicas, métodos o habilidades especializadas de disciplinas no disponibles en el personal auditor, es factible la contratación de expertos, siempre que el organismo auditor pueda obtener evidencia de la 16 Módulo 2, NPASNF No. 12, El valor y beneficios de la auditoría del sector público. 17 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, páginas 94 y 95.
  • 16. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 13 de 32 competencia profesional, independencia y objetividad, así como respecto a la calidad de sus actuaciones. 5.1.4 Riesgo de auditoría Los auditores deben considerar el riesgo de auditoría a lo largo del proceso de la misma. Se presentará un riesgo de auditoría cuando el informe, conclusión o dictamen que rinda el auditor, no atienda debidamente las circunstancias de la auditoría. Por lo tanto, es relevante que el personal auditor realice los procedimientos necesarios para reducir o administrar los riesgos hasta un nivel aceptablemente bajo, que proporcione una seguridad razonable, o bien, limitada, en cuyo caso, el organismo debe proporcionar un nivel de seguridad significativo para los destinatarios conforme al juicio profesional del personal auditor. La ISSAI No. 4000, establece los siguientes aspectos para la reducción de los riesgos de auditoría: a. Anticipar los riesgos posibles o conocidos del trabajo previsto y sus consecuencias, b. Desarrollar procedimientos para abordar estos riesgos durante la auditoría; y, c. Documentar qué riesgos serán abordados y de qué manera. Tanto en los trabajos de atestiguamiento como en la elaboración de informes directos, el equipo auditor debe considerar las tres dimensiones del riesgo de auditoría: el riesgo inherente18, riesgo de control19 y los riesgos de detección20; de ahí que, la importancia relativa de las dimensiones del riesgo de auditoría, depende de la naturaleza del objeto de la revisión y de si la auditoría debe proporcionar una seguridad razonable o limitada, considerando, además, el objeto de la revisión -es decir- si es cuantitativo o cualitativo y si el informe de auditoría debe incluir un dictamen o conclusión. 5.1.5 Importancia relativa En general, la importancia relativa tiene aspectos cualitativos como cuantitativos, siendo los cualitativos los relacionados con el sector público y/o el valor público. En este sentido, la evaluación de la importancia relativa requiere de juicio profesional, es decir, la aplicación del conocimiento, habilidades y experiencia colectiva en el proceso de auditoría21 y se relaciona 18 Riesgo inherente – la susceptibilidad de que la información del objeto en cuestión esté sujeta a un error con importancia relativa, asumiendo que no existen los controles correspondientes. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2, y 3, página 120. 19 Riesgo de control – el riesgo de que, un error con importancia relativa, pueda ocurrir y no pueda evitarse, o detectarse y corregirse a tiempo por medio de los controles correspondientes. Según resulte pertinente para el objeto en cuestión, algunos riesgos de control siempre existirán debido a las limitaciones inherentes al diseño y operación de los controles internos. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2, y 3, página 121. 20 Riesgo de detección – el riesgo de que el auditor no detecte un error con importancia relativa. Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2, y 3, página 121. 21 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 96.
  • 17. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 14 de 32 con el alcance de la misma. Sin embargo, la importancia relativa se debe considerar durante todo el proceso auditor. En este sentido, al relacionarse el juicio profesional con un elemento individual o grupo de elementos en conjunto, muestra características inherentes que pueden brindar valor o importancia a la naturaleza del objeto, así como al contexto en el que ocurre. De ahí que, la importancia relativa en una auditoría de cumplimiento, se tomará en cuenta para: a. Fines de planeación, b. Evaluación de la evidencia obtenida; y, c. Elaboración de informes. Asimismo, en su evaluación, deberá observar factores que se relacionan con el alcance de la auditoría, tales como:  Los requisitos legales;  El interés o las expectativas institucionales y de la opinión pública; y,  Los rubros con recursos asignados con montos significativos. Por otra parte, un aspecto esencial para determinar la importancia relativa radica en considerar, si los casos reportados de cumplimiento o no conformidad (potencial o confirmada), podrían tener una influencia razonable en las decisiones de los destinatarios. 5.1.6 Documentación El personal auditor debe dejar registro con suficiente detalle de sus actuaciones en el proceso auditor, asimismo, debe clasificar y preparar la documentación relevante que respalde la auditoría antes de emitir el informe de auditoría y conservarla conforme lo establece la normatividad aplicable. En la documentación, deberán explicarse claramente: a. Los criterios empleados; b. El alcance de la auditoría; c. Los juicios hechos; d. La evidencia obtenida; y, e. Las conclusiones. Asimismo, es importante, que el contenido de la documentación permita la clara comprensión de “… la relación entre el objeto examinado, los criterios empleados, el alcance de la auditoría, la evaluación del riesgo, la estrategia y plan de auditoría, así como la naturaleza, oportunidad, alcance y los resultados de los procedimientos realizados; la
  • 18. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 15 de 32 evidencia que se obtenga para respaldar la conclusión o dictamen del auditor; el razonamiento detrás de todos los aspectos significativos que requiriera el ejercicio de un juicio profesional, y las conclusiones resultantes”.22 5.1.7 Comunicación En concordancia con la NPASNF No. 100, el personal auditor debe establecer y fomentar una comunicación eficaz con el ente auditado durante el proceso de revisión23, a efecto de establecer un canal de comunicación efectivo y adecuado a las necesidades -y/o, en su caso- a las disposiciones legales y normativas aplicables. Para ello, es indispensable que el personal comisionado comunique de manera clara al ente auditado los asuntos relacionados con el proceso de revisión, la información necesaria para el desarrollo de los trabajos de auditoría, así como los resultados y las observaciones resultantes, sin lugar a generar confusión o interpretaciones que podrían retardar los trabajos o concebir una expectativa diversa a los hechos. En este sentido, dentro de los procesos de revisión, es relevante que el personal auditor comunique al ente auditado, a través de la persona o personas designados como enlace, a la administración, o bien, las personas encargadas de la operación: a. Los criterios de la auditoría. b. Los casos importantes de incumplimiento. c. Las dificultades significativas. d. Objeto de la revisión. e. El nivel de seguridad y la organización temporal del proceso. f. Empresas, organizaciones y/o programas gubernamentales incluidos en la auditoría. 5.2 Principios relacionados con el proceso de auditoría 5.2.1 Planeación y diseño de una auditoría de cumplimiento La planeación de una auditoría implica el establecimiento de una estrategia global en relación con el encargo y el desarrollo de un plan de auditoría, con la finalidad de que ésta se desarrolle de una manera eficiente y eficaz; por lo que, la estrategia deberá incluir: a. Alcance de la auditoría b. Objeto y criterios c. Conocimiento del ente 22 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 203. 23 La Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 200, Principios Fundamentales de Auditoría Financiera, pág. 125, establece puntualmente las acciones a emprender a efecto de establecer una comunicación adecuada con el ente auditado.
  • 19. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 16 de 32 d. Conocimiento de los controles internos y del ambiente de control e. Evaluación de riesgos  Riesgo de fraude Alcance de la auditoría El alcance de la auditoría es una manifestación clara del enfoque, la extensión y los límites de la auditoría, en términos de la consecución del objeto en cuestión, en relación con los criterios establecidos.24 La importancia relativa y el riesgo probable son elementos relevantes en la determinación del alcance de la auditoría, en este sentido, el alcance de la auditoría establece las disposiciones legales y normativas y/o partes de las mismas que deberán incorporarse como parte del proceso de auditoría; por tanto, el proceso de auditoría debe comprender plenamente el alcance de la auditoría. Objeto y criterios De conformidad con lo establecido en la NPASNF No. 100, “… el objeto de la revisión se refiere a la información, condición o actividad que se examina de acuerdo con ciertos criterios, puede tomar diversas formas y características, dependiendo del objetivo de la auditoría. Una adecuada definición del objeto de la revisión, en conjunto con la correcta determinación de criterios de revisión, permitirá definir los procedimientos para reunir evidencia de auditoría suficiente, competente, pertinente y relevante, con la cual se podrá sustentar el dictamen o conclusión de la auditoría”.25 De acuerdo a lo anterior expuesto, como una de las actividades iniciales del proceso de revisión, el personal auditor debe determinar el objeto, así como los criterios de la auditoría de cumplimiento, ejerciendo su juicio y escepticismo profesional y, evaluar la importancia relativa y el riesgo probable. Asimismo, tratándose de trabajos de atestiguamiento, el personal auditor debe identificar la información presentada por el ente auditado, relacionada con el objeto y criterios previamente determinados. En este sentido, de conformidad con la ISSAI No. 4000, para efecto de considerar adecuados los criterios de auditoría, estos deben presentar las siguientes características: 24 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 204. 25 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 88.
  • 20. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 17 de 32  Pertinencia: los criterios pertinentes dan lugar a una información sobre el objeto de la revisión que sirve de apoyo al usuario o los usuarios previstos en la toma de decisiones.  Integridad: los criterios son íntegros cuando la información acerca del objeto de la revisión elaborado de acuerdo con ellos, no omite factores relevantes con respecto a los que se pueda esperar razonablemente que afecten a las decisiones que el usuario o los usuarios previstos tomen a partir de esta información.  Fiabilidad: los criterios fiables dan lugar a conclusiones coherentes con las que obtendría otro auditor aplicando y examinando los mismos criterios en las mismas circunstancias.  Neutralidad: los criterios neutrales dan lugar a una información imparcial sobre el objeto de la revisión acorde con las circunstancias del encargo.  Comprensibilidad: los criterios comprensibles dan lugar a una información sobre el objeto de la revisión que puede ser entendido por el usuario o los usuarios previstos.  Utilidad: los criterios útiles dan lugar a hallazgos y conclusiones que satisfacen las necesidades de información del usuario o los usuarios.  Comparabilidad: los criterios comparables son coherentes con los empleados en las auditorías de cumplimiento de otros organismos o actividades similares y los utilizados en anteriores auditorías de cumplimiento de la entidad.  Aceptabilidad: los criterios aceptables son aquellos que pueden admitir expertos independientes en la materia, las entidades auditadas, el poder legislativo, los medios de comunicación y la ciudadanía en general.  Accesibilidad: son criterios a los que pueden acceder el usuario o los usuarios previstos para entender la naturaleza del trabajo de auditoría desempeñado y la base del informe de auditoría. En este sentido, el objeto debe reunir las siguientes características: a. Identificables b. Susceptible de evaluación c. Su naturaleza debe permitir la obtención de evidencia que respalde la conclusión, dictamen e informe de auditoría. Asimismo, en la definición de criterios, estos deben brindar una base para la evaluación de la evidencia y los resultados de la auditoría. Como se ha mencionado a lo largo del presente curso, los criterios deben darse a conocer a los destinatarios, así como al ente auditado. Conocimiento del ente
  • 21. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 18 de 32 En la auditoría de cumplimiento, el conocimiento del ente auditado avala la agudeza del auditor respecto a la conformación de la estructura, entorno, marco jurídico, el desarrollo de operaciones del ente público auditado; los procedimientos para lograr el cumplimiento de sus actividades sustantivas, objeto o fines, así como para determinar la importancia relativa y evaluar los riesgos probables por la falta de cumplimiento; de lo anterior, se advierte la relevancia de obtener y/o tener acceso -dentro de la etapa de planeación de la auditoría- a toda la información y/o documentación que aporte dicho entendimiento al personal auditor, ya que la auditoría de cumplimiento puede abarcar todos los niveles del ejecutivo, y varios niveles administrativos, diferentes tipos de entes públicos y combinaciones de las mismas. Asimismo, el conocimiento del ente auditado, se puede adquirir como resultado natural de la interacción con el ente auditado y/o con las denominadas partes interesadas. Conocimiento de los controles internos y del ambiente de control En el proceso de entendimiento del ente auditado o bien del objeto en cuestión, el personal auditor debe conocer los controles internos relevantes, considerando la naturaleza específica y alcance de la auditoría. Para ello, el personal auditor debe comprender el ambiente de control, definido por la norma en análisis como: “la cultura de honestidad y comportamiento ético que proporciona los cimientos del sistema de controles internos para asegurar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y normativas”.26 En este sentido, el sistema de controles internos, requiere un enfoque de análisis que dependerá de: a. El objeto en cuestión (cualitativo o cuantitativo, o combinación de ambos dependiendo el alcance de la auditoría); b. La naturaleza específica; y, c. El alcance de la auditoría. El personal auditor, al evaluar los controles internos, deberá valorar en qué medida dichos controles pueden evitar o detectar posibles incumplimientos, así como si son pertinentes con el ambiente de control, a tal grado, que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en todos los aspectos relevantes. La evaluación de los controles internos atenderá al riesgo que no puedan evitar, o bien, a detectar, aspectos importantes de incumplimiento; asimismo, para asegurar el 26 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 206.
  • 22. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 19 de 32 cumplimiento de las disposiciones legales y normativas, deberán ser congruentes con el ambiente de control en todos los aspectos significativos. Evaluación de riesgos La evaluación de riesgos permite determinar la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría. En este sentido, el personal auditor debe realizar una evaluación de riesgos para identificar los de incumplimiento, es decir, aquellos en los que el objeto determinado no cumpla con los criterios. Asimismo, debe valorar y determinar la relevancia o impacto de cualquier circunstancia de incumplimiento, para lo cual, tendrá como fundamento los criterios de auditoría, el alcance de la misma y las características del ente público auditado. En este sentido, el incumplimiento puede tener su origen en: a. El Fraude; b. Un error; c. La naturaleza inherente del objeto; y/o, d. Las circunstancias de la auditoría. En la auditoría de cumplimiento, es esencial la identificación de riesgos de incumplimiento, así como su impacto potencial sobre los procedimientos de auditoría, los cuales deben considerarse durante todo el proceso de auditoría. Riesgo de fraude El personal auditor debe considerar factores de riesgo de fraude como parte de las evaluaciones de riesgo, y ser consistentes en sus actuaciones para la detección de los mismos durante todo el proceso de auditoría. Los fraudes en la auditoría de cumplimiento, pueden derivar su origen de: a. La violación de las disposiciones legales y normativas aplicables.  Uso indebido y deliberado de la confianza pública para obtener un beneficio inapropiado de naturaleza económica o no económica mediante un acto intencionado.  Su ejercicio incluye: oToma o no de decisiones. oTrabajo preparatorio. oAsesoría. oManejo de la información y otros actos en el servicio público.
  • 23. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 20 de 32 b. La presentación de informes fraudulentos en materia de cumplimiento. Los auditores deben:  Incluir factores de riesgo de fraude en sus evaluaciones de riesgo.  Permanecer alertas a las señales de fraude. Siempre que el personal auditor identifique casos de incumplimiento que pudieran constituir fraude, deberá ejercer el debido cuidado profesional que garantice que su actuar no interfiera con los procesos legales o bien, investigaciones pertinentes. Estrategia y planeación de la auditoría El personal auditor deberá desarrollar, en su conjunto, una estrategia global y un plan de auditoría, para ello, debe considerar que el análisis de información y discusión de la misma dé como resultado las directrices para el desarrollo de los trabajos de auditoría. La estrategia de auditoría/estrategia global de auditoría tiene como objetivo el diseño de respuestas eficaces ante el riesgo de no cumplimiento, debe considerar las respuestas a riesgos específicos mediante la formulación de un plan que debe documentarse por escrito. Es decir, en la estrategia se describe lo que se debe hacer, mientras que en el plan se describe cómo se debe hacer. El objetivo de la estrategia de auditoría, es documentar o diseñar las decisiones globales, y puede contener los siguientes elementos:27 a. El objetivo de la auditoría, el objeto de la revisión, el alcance, los criterios y otras características de la auditoría de cumplimiento teniendo en cuenta el mandato de los organismos auditores. b. El tipo de trabajo (encargo de atestiguamiento o encargo de elaboración de un informe directo). c. El nivel de seguridad que se ha de proporcionar. d. La composición del equipo de auditoría y la asignación de tareas dentro del mismo, así como la necesidad, en su caso, de contar con la ayuda de expertos y las fechas del control de calidad. e. La comunicación con la entidad auditada y/o los encargados de la gobernanza. f. La comunicación de obligaciones, así como la fijación del destinatario de estas comunicaciones y del momento y la modalidad en que deben hacerse. g. Las entidades abarcadas por la auditoría. h. La evaluación de la importancia relativa. 27 ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, página 39.
  • 24. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 21 de 32 A su vez, la ISSAI No. 4000, determina que, para la elaboración del plan de auditoría, puede incluirse:  La naturaleza, el calendario y el alcance de los procedimientos de auditoría planeados, así como el momento en que se llevarán a cabo.  Una evaluación del riesgo y de los controles internos pertinentes para la auditoría.  Los procedimientos de auditoría diseñados como respuesta al riesgo.  La posible evidencia de auditoría que se recopilará durante la auditoría. La planeación de auditoría es un proceso continuo y reiterativo dentro del proceso auditor que, de igual forma, debe documentarse por escrito, asimismo, puede estar en constante actualización durante todo el proceso. 5.2.2 Evidencia de auditoría En la auditoría de cumplimiento, el auditor deberá considerar la importancia y confiabilidad de la información que utilice como evidencia de auditoría, a efecto de cubrir el alcance determinado para la auditoría, considerando que ésta será la base o sustento de su conclusión o dictamen. Por su parte, debe tomar en consideración que la naturaleza y las fuentes de la evidencia de auditoría necesaria, estarán determinadas por el nivel de seguridad deseado, los criterios, la importancia relativa, el objeto de la revisión y el alcance de la auditoría.28 En ese sentido, la evidencia de auditoría, de conformidad con lo establecido en las NPASNFs, debe revestir las siguientes características:29 a. Suficiencia: es una medida de la cantidad de evidencia, es decir, debe ser la necesaria para sustentar y soportar los resultados, observaciones, conclusiones, recomendaciones y juicios significativos. b. Competencia: debe corresponder a los hallazgos de la revisión, tener validez y confiabilidad para apoyar los resultados, las recomendaciones, acciones promovidas y el dictamen. c. Pertinencia: se relaciona con la calidad de la evidencia y deberá de corresponder al propósito de la auditoría. d. Relevancia: se vincula con la importancia, coherencia y relación lógica que debe tener con los hallazgos determinados en la auditoría para sustentar el dictamen. Por su parte, la ISSAI No. 4000, incluye las siguientes características: 28 ISSAI No. 4000, “Norma para las auditorías de cumplimiento”, página 41. 29 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 208.
  • 25. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 22 de 32 e. Validez: es el grado en que la evidencia representa aquello que se pretende que represente. f. Fiabilidad: se refiere al grado en que la evidencia de auditoría se ha recopilado y elaborado siguiendo un método transparente y reproducible. El personal auditor, de conformidad con las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia, debe respetar en todo momento la confidencialidad de la información que utiliza como evidencia de la auditoría. Asimismo, debe establecerse en las disposiciones legales aplicables al organismo auditor, el procedimiento para su solicitud y resguardo. Evaluación de la evidencia de auditoría y formulación de conclusiones El proceso de evaluación de la evidencia permitirá al auditor: a. Determinar si la evidencia obtenida es suficiente, competente, pertinente y relevante de acuerdo al nivel de seguridad de la auditoría, como al objeto de la misma y los criterios determinados. b. Formular las conclusiones o dictamen de la auditoría. c. Determinar si la evidencia es suficiente para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo. d. Determinar las modificaciones o adiciones que deben realizarse a los procedimientos, a efecto de resolver el objeto de la revisión, cuando la evidencia es inconsistente en relación a otra de una misma fuente, o bien cuando el personal auditor tiene reservas respecto a la confiabilidad de la información. En el proceso de evaluación, el personal auditor debe considerar la evidencia que respalde el informe, conclusión o dictamen de auditoría, como la que lo contradiga. Asimismo, como parámetro relevante, este proceso debe incorporar consideraciones respecto a la importancia relativa. 5.2.3 Elaboración de informes En la auditoría de cumplimiento, los informes deberán elaborarse bajo los principios siguientes: El principio de integridad, requiere que el auditor considere toda la evidencia relevante de la auditoría antes de emitir su informe. El principio de objetividad, requiere que el auditor aplique el juicio y escepticismo profesional para garantizar que todos los informes sean correctos; y, que los resultados se presenten de manera significativa y equilibrada.
  • 26. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 23 de 32 El principio de oportunidad, implica elaborar el informe en el tiempo debido. El principio vinculado con un proceso contradictorio implica el verificar la exactitud de los hechos con el ente público auditado e incorporar las respuestas de los funcionarios responsables, según corresponda.30 El informe de auditoría contiene una conclusión basada en el trabajo de auditoría realizado, ofrece recomendaciones constructivas y prácticas para mejorar lo conducente, y tratándose de un trabajo de atestiguamiento se le denomina Opinión del Auditor. Son características de los informes, las siguientes: a) Podrá variar entre dictámenes estandarizados breves y diversas formas de conclusiones presentadas de manera concisa o extensa. b) Tener un formato completo, preciso, objetivo, convincente, claro y conciso como el objeto de la revisión lo permita. c) Describe las limitaciones del alcance de la auditoría. d) Manifiesta la relevancia de los criterios utilizados y el nivel de seguridad proporcionado. En el informe, deberá presentarse una conclusión por escrito, que será una manifestación clara del cumplimiento, y la cual se anexará adicionalmente al dictamen de los estados financieros; y, que podrá expresarse como una respuesta más elaborada a las preguntas específicas de la auditoría. Por otra parte, el auditor podrá presentar un dictamen, mediante el cual deberá indicar si éste es o no modificado conforme la evaluación de la importancia relativa y la generalidad; y cuya entrega requiere una estrategia y un enfoque de auditoría más elaborados. Son elementos de los informes de las auditorías de cumplimiento:  Título  Destinatario  Antecedentes  Alcance  Identificación o descripción del objeto  Criterios de selección  Identificación de las normas de auditoría aplicadas al realizar el trabajo  Procedimientos de auditoria  Resultados y conclusiones 30 Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3, página 209.
  • 27. NORMA PROFESIONAL DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN No. 400 Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento Página 24 de 32  Comentarios del ente público auditado (según proceda)  Acciones o Recomendaciones (según proceda)  Fecha del informe  Firma 5.2.4 Seguimiento En el proceso de seguimiento a los casos de incumplimiento, el auditor deberá atender a la naturaleza del objeto examinado, el incumplimiento identificado y las circunstancias particulares de la auditoría. Asimismo, este proceso podrá formar parte de la evaluación de riesgos para el año subsecuente; y, el seguimiento, incluirá la emisión de informes legalmente vinculantes o decisiones judiciales. Este proceso permite: a) Facilitar la implementación eficaz de las acciones preventivas, correctivas o ambas; y, b) Proporcionar una retroalimentación valiosa al ente público auditado, a los destinatarios del informe de auditoría y al auditor (para la planeación de auditorías futuras). i Sistema Nacional de Fiscalización [en línea] http://www.snf.org.mx/inicio.aspx ii Ley General de Contabilidad Gubernamental http://www.senado.gob.mx/comisiones/finanzas_publicas/docs/LGCG.pdf iii ISSAI No. 4000, “Norma para la auditoría de cumplimiento”, [descarga en línea] https://www.issai.org/wp- content/uploads/2019/08/ISSAI-4000-Esp-29-01-2020.pdf
  • 28.
  • 29. Página 29 de 32 BIBLIOGRAFÍA MODULO 7: NIVEL 3 Lecturas complementarias: • Bases Generales de Coordinación del Sistema Nacional de Fiscalización. http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=14&mid=90&fileid=22 • Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=213&mid=326&fileid=231 • Compendio de Normas Internacionales de Auditoría Gubernamental propuestas para desarrollar el Marco Normativo de Normas Profesionales del Sistema Nacional de Fiscalización. http://www.auditoriadurango.gob.mx/Documentos/INTOSAI.pdf • Debido Proceso Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización. http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=34&mid=409&fileid=343 • Declaración de Lima sobre las Líneas Básicas de Fiscalización. http://www.olacefs.com/wp- content/uploads/2014/06/DOC_02032009_DeclaracionLima.pdf • Declaración de Sudáfrica. https://www.intosai.org/fileadmin/downloads/about_us/Organs/Congresses/2010_Joh annesburg_Accords/SP_jhbaccordses.pdf • Declaración de México sobre la Independencia de las Entidades Fiscalizadoras. https://www.asf.gob.mx/uploads/61_Publicaciones_tecnicas/Declaracion_de_Lima_y_ Mexico.pdf • Estatutos del Sistema Nacional de Fiscalización.
  • 30. Página 30 de 32 http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=284&mid=408&fileid=306 • Información General del Sistema Nacional de Fiscalización. http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=90&mid=121&fileid=285 • ISSAI 400 – Principios de la Auditoría de Cumplimiento. https://www.issai.org/wp-content/uploads/2019/08/ISSAI-400-Esp-29-01-2020.pdf • ISSAI 4000 – Norma para las auditorías de cumplimiento. https://www.issai.org/wp-content/uploads/2019/08/ISSAI-4000-Esp-29-01-2020.pdf • Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA.pdf • Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización Niveles 1, 2 y 3. www.snf.org.mx/Data/Sites/1/npasnf/normasprofesionales_www2014.pdf • Plan Estratégico del Sistema Nacional de Fiscalización 2013 – 2017. http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=52&mid=93&fileid=8 Sitios de Interés: • Auditoría Superior de la Federación. www.asf.gob.mx • Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, A.C.
  • 31. Página 31 de 32 http://www.asofis.org.mx/Default/Index • Comisión Permanente de Contralores Estados – Federación. http://comisioncontralores.gob.mx/2017/nosotros/acerca-de- nosotros/bienvenida.html • INTOSAI. http://www.intosai.org/ • Marco INTOSAI de Pronunciamientos Profesionales. www.issai.org • Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores. www.intosai.org • Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores. www.olacefs.com • Sistema Nacional de Fiscalización. www.snf.org.mx • Secretaría de la Función Pública. www.gob.mx/sfp