La Suprema Corte de México estableció que los fiscales y policías no pueden ser considerados trabajadores de confianza del Estado debido a que no tienen una relación laboral sino administrativa con el mismo. La Corte invalidó las leyes de Michoacán que clasificaban a fiscales y policías como trabajadores de confianza, ya que su relación con el Estado es de tipo administrativo y se rige por sus propias leyes, no por las leyes laborales.