El documento describe los artículos 7 al 11 de la ley de seguridad social de la policía nacional del Ecuador. Resume que el ISSPOL provee prestaciones y servicios de seguridad social a policías en servicio activo, pensionistas, y sus familias (Art. 7). También asume la responsabilidad del pago de pensiones del estado a pensionistas policiales (Art. 8). Los aportes de policías en servicio, el estado, y el patronal financian las pensiones de jubilación, invalidez, y muerte (Art. 9). Aspirantes a policías tienen