ESTA PRESENTACION RESUME LOS PRINCIPALES CONTENIDOS DE LA RESOLUCION 460 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL IESS, SOBRE LA ELIMINACION DE TRAMITES INUTILES Y LAS NUEVAS CONDICIONES PARA LA AFILIACION VOLUNTARIA.
El documento resume las principales disposiciones constitucionales y legales relacionadas con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que el derecho a la seguridad social es irrenunciable y es responsabilidad del Estado (Art. 34 de la Constitución). También describe que el IESS es la entidad responsable de proveer seguros obligatorios y que se financia a través de aportes de empleadores, trabajadores independientes y el Estado (Arts. 370-371). Además, regula el régimen de seguro voluntario para
La presente Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
Este documento presenta extractos de la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Define los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia sobre los que se fundamenta el Seguro General Obligatorio. Describe los sujetos obligados a solicitar protección, como trabajadores dependientes, autónomos, profesionales y otros. Explica los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, muerte, invalidez y cesantía.
Este documento describe los principios y componentes del régimen obligatorio del seguro social en México. Explica que el sistema de seguridad social integral debe contener un sistema pensionario, un sistema de salud, y un sistema de prestaciones sociales. Asimismo, detalla los aspectos clave de la rama de riesgos de trabajo, incluyendo las prestaciones en especie y económicas para incapacidad temporal, permanente parcial y total, y muerte profesional.
Este documento establece el Reglamento del Régimen Especial del Seguro Voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación voluntaria al seguro social, incluyendo la base de cotización, el pago de prestaciones, y la terminación de la afiliación. También deroga normativas anteriores que se oponen a este nuevo reglamento.
Este documento resume los principales derechos y deberes de las personas naturales y jurídicas con el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) según la Ley del Seguro Social de Venezuela. El IVSS tiene la razón de ser de brindar protección de la seguridad social frente a contingencias como maternidad, vejez, accidentes e incapacidad. La ley establece los derechos a asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal e invalidez, y pensiones de vejez y sobrevivencia. También determina
El documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social ecuatoriana. Establece los principios rectores de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia que rigen el Seguro General Obligatorio. Define los sujetos obligados a afiliarse como trabajadores dependientes e independientes, profesionales, administradores, dueños de empresas, menores trabajadores y campesinos. Detalla los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, mu
Este documento describe el régimen voluntario y obligatorio de seguridad social en México. Los trabajadores independientes y familias pueden celebrar convenios voluntarios con el Instituto Mexicano del Seguro Social para recibir beneficios de salud. Los trabajadores agrícolas, domésticos y pequeños negocios pueden asegurarse de forma voluntaria. El régimen provee prestaciones médicas, de guardería, culturales, de capacitación, subsidios por enfermedad, maternidad y riesgo laboral, así como pensiones por jubil
El documento resume las principales disposiciones constitucionales y legales relacionadas con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que el derecho a la seguridad social es irrenunciable y es responsabilidad del Estado (Art. 34 de la Constitución). También describe que el IESS es la entidad responsable de proveer seguros obligatorios y que se financia a través de aportes de empleadores, trabajadores independientes y el Estado (Arts. 370-371). Además, regula el régimen de seguro voluntario para
La presente Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
Este documento presenta extractos de la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Define los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia sobre los que se fundamenta el Seguro General Obligatorio. Describe los sujetos obligados a solicitar protección, como trabajadores dependientes, autónomos, profesionales y otros. Explica los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, muerte, invalidez y cesantía.
Este documento describe los principios y componentes del régimen obligatorio del seguro social en México. Explica que el sistema de seguridad social integral debe contener un sistema pensionario, un sistema de salud, y un sistema de prestaciones sociales. Asimismo, detalla los aspectos clave de la rama de riesgos de trabajo, incluyendo las prestaciones en especie y económicas para incapacidad temporal, permanente parcial y total, y muerte profesional.
Este documento establece el Reglamento del Régimen Especial del Seguro Voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación voluntaria al seguro social, incluyendo la base de cotización, el pago de prestaciones, y la terminación de la afiliación. También deroga normativas anteriores que se oponen a este nuevo reglamento.
Este documento resume los principales derechos y deberes de las personas naturales y jurídicas con el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) según la Ley del Seguro Social de Venezuela. El IVSS tiene la razón de ser de brindar protección de la seguridad social frente a contingencias como maternidad, vejez, accidentes e incapacidad. La ley establece los derechos a asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal e invalidez, y pensiones de vejez y sobrevivencia. También determina
El documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social ecuatoriana. Establece los principios rectores de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia que rigen el Seguro General Obligatorio. Define los sujetos obligados a afiliarse como trabajadores dependientes e independientes, profesionales, administradores, dueños de empresas, menores trabajadores y campesinos. Detalla los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, mu
Este documento describe el régimen voluntario y obligatorio de seguridad social en México. Los trabajadores independientes y familias pueden celebrar convenios voluntarios con el Instituto Mexicano del Seguro Social para recibir beneficios de salud. Los trabajadores agrícolas, domésticos y pequeños negocios pueden asegurarse de forma voluntaria. El régimen provee prestaciones médicas, de guardería, culturales, de capacitación, subsidios por enfermedad, maternidad y riesgo laboral, así como pensiones por jubil
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
https://carreradederechopolitecnica.wordpress.com/
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
ALUMNOS
ELMER GARCIA MORALES
CLARIXA GONZALES
DORIAN MARELIS GUEVARA
YESENIA MARGARITA BUSTILLO
SEGURIDAD SOCIAL
AÑO:2015
El documento habla sobre el seguro social en Venezuela. Explica que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) es la institución pública encargada de brindar protección social a través de subsidios por maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, matrimonio, muerte y cesantía. También describe la estructura del IVSS y los subsistemas de pensiones, salud, desempleo, vivienda y recreación que lo componen.
El documento proporciona información sobre los seguros voluntarios del IMSS en México. Explica que existen diferentes modalidades de seguros voluntarios para trabajadores independientes, patrones, trabajadores domésticos y empleados de gobiernos. También describe los esquemas de cobertura, costos, formas de pago y requisitos para cada modalidad.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
La ley del seguro social define los derechos y obligaciones de los trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Establece el régimen obligatorio que cubre riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, vejez y servicios sociales. También regula las obligaciones de los patrones de registrar a sus trabajadores, pagar cuotas, y proporcionar información requerida. La ley contiene numerosos artículos que especifican estas definiciones y regulaciones.
El documento resume los principales aspectos del sistema de pensiones en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Describe que el sistema está compuesto por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad. También explica los requisitos para acceder a la pensión de vejez en cada uno de los regímenes y establece que el estado garantiza el pago de una pensión mínima.
El régimen obligatorio de seguridad social en México se financia con contribuciones de patrones, trabajadores y el Estado. Cubre cinco tipos de seguros e incluye a trabajadores y otros grupos designados. El Instituto Mexicano del Seguro Social es responsable de administrar los seguros, recaudar cuotas, otorgar prestaciones, realizar auditorías a patrones y verificar el cumplimiento de obligaciones.
Este documento describe las cotizaciones al sistema de salud en Colombia. Explica que las cotizaciones son aportes definidos por ley que pagan empleadores y trabajadores para acceder a la cobertura de salud. Actualmente, la cotización es del 12.5% del ingreso base de cotización, con un 8.5% a cargo del empleador y un 4% del trabajador. También describe cómo se calculan las cotizaciones para diferentes tipos de trabajadores como independientes, con salario integral, pensionados, y durante incapacidades.
El IVSS gestiona el Seguro Social de Venezuela de acuerdo a la ley, cubriendo una amplia gama de contingencias como atención médica, invalidez y muerte. El Seguro Social es obligatorio y se fundamenta en la Constitución venezolana para garantizar los derechos humanos y la asistencia a los necesitados. La cobertura sanitaria se ofrece a todos los ciudadanos, mientras que las ayudas económicas están disponibles solo para afiliados calificados al Seguro Social y sus familiares de acuerdo a los requ
Este documento presenta los principios y normas generales de la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece que el Seguro General Obligatorio se basa en principios como la solidaridad, obligatoriedad y universalidad. Define los sujetos de protección como trabajadores dependientes e independientes. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez e invalidez. Sus recursos incluyen aportaciones de afiliados, empleadores y el Estado. También presenta normas sobre contribuciones, prestaciones y protección a discapac
Este documento presenta extractos de la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual creó el sistema de seguridad social integral. Incluye secciones sobre el Fondo de Solidaridad Pensional, pensiones de sobrevivientes, beneficios del régimen y cobertura familiar. También describe los tipos de participantes en el sistema de seguridad social en salud como afiliados contributivos y subsidiados y personas vinculadas temporalmente.
Este documento presenta la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia como la base del Seguro General Obligatorio. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez y cesantía
Regimenes de sistema pensional de seguridad socialruthkatyana
El documento describe el Sistema General de Pensiones en Colombia, el cual está constituido por dos regímenes pensionales: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. El primero es administrado por el Instituto de Seguridad Social y ofrece pensiones definidas con base en aportes a un fondo común público, mientras que el segundo se basa en el ahorro individual con una garantía de pensión mínima. Ambos regímenes ofrecen pensiones de vejez, invalidez y
1) La misión del IMSS es ser el instrumento básico de la seguridad social y previsión social para todos los trabajadores y sus familias mediante la prestación de servicios médicos, pensiones y otros beneficios. 2) Existen dos regímenes ante el IMSS: el régimen obligatorio para trabajadores asalariados y el régimen voluntario para trabajadores independientes. 3) Entre los derechos de los asegurados ante el IMSS se incluyen la atención médica, pensiones por jubilación, invalidez o muerte
Este documento describe los conceptos y principios de la seguridad social y el seguro social en México. Explica las instituciones responsables de proveer seguro social e incluye las prestaciones cubiertas en cada ramo como riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro y vejez, y guarderías.
El documento resume la historia y tipos de pensiones en Venezuela. Explica que el sistema de pensiones se estableció en 1928 y se expandió en 1944 y 1946 con la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Describe los requisitos y tipos de pensiones como pensión por vejez, sobreviviente, invalidez e incapacidad parcial. También menciona la Gran Misión Amor Mayor creada en 2013 para compensar a personas mayores que no pudieron cotizar antes.
Seguridad Social Para Trabajadores Y Trabajadoras Del HogarAlberto García
El documento propone la creación de un régimen especial de seguridad social para trabajadores del hogar. Actualmente, estos trabajadores pueden afiliarse de forma voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, pero tienen acceso limitado a prestaciones. El régimen especial definiría sujetos de aseguramiento, seguros cubiertos, prestaciones y mecanismos de inscripción y financiamiento, considerando la naturaleza de este trabajo. Se busca brindar protección social a este sector excluido tradicionalmente, de manera equitativa, transparente y
TRAMITES ADMINISTRATIVOS QUE SE PRESENTAN AL IESSLUIS TENEMAZA
El documento describe los principales trámites y servicios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), incluyendo la obtención de una clave de afiliado, la afiliación voluntaria, prestaciones como la cesantía, servicios de salud, préstamos quirografarios e hipotecarios, y el seguro de vejez. Explica los requisitos, procedimientos y entidades involucradas en cada uno de estos trámites y beneficios.
Este documento resume las principales disposiciones del reglamento del régimen especial del seguro voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que las personas mayores de 18 años sin relación de dependencia pueden afiliarse de forma voluntaria al IESS. Detalla los requisitos para la afiliación voluntaria dentro o fuera del país, así como la materia gravada y el pago de prestaciones a afiliados en el exterior. También cubre temas como la terminación de la afiliación voluntaria, la aportación simultá
Este documento establece un nuevo reglamento para la afiliación voluntaria al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de personas sin relación de dependencia, independientes y ecuatorianos domiciliados en el exterior. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación, aportaciones, prestaciones y beneficios. También modifica tasas de aportación y deroga una resolución anterior.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
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REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
ALUMNOS
ELMER GARCIA MORALES
CLARIXA GONZALES
DORIAN MARELIS GUEVARA
YESENIA MARGARITA BUSTILLO
SEGURIDAD SOCIAL
AÑO:2015
El documento habla sobre el seguro social en Venezuela. Explica que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) es la institución pública encargada de brindar protección social a través de subsidios por maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, matrimonio, muerte y cesantía. También describe la estructura del IVSS y los subsistemas de pensiones, salud, desempleo, vivienda y recreación que lo componen.
El documento proporciona información sobre los seguros voluntarios del IMSS en México. Explica que existen diferentes modalidades de seguros voluntarios para trabajadores independientes, patrones, trabajadores domésticos y empleados de gobiernos. También describe los esquemas de cobertura, costos, formas de pago y requisitos para cada modalidad.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
La ley del seguro social define los derechos y obligaciones de los trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Establece el régimen obligatorio que cubre riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, vejez y servicios sociales. También regula las obligaciones de los patrones de registrar a sus trabajadores, pagar cuotas, y proporcionar información requerida. La ley contiene numerosos artículos que especifican estas definiciones y regulaciones.
El documento resume los principales aspectos del sistema de pensiones en Colombia establecido por la Ley 100 de 1993. Describe que el sistema está compuesto por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad. También explica los requisitos para acceder a la pensión de vejez en cada uno de los regímenes y establece que el estado garantiza el pago de una pensión mínima.
El régimen obligatorio de seguridad social en México se financia con contribuciones de patrones, trabajadores y el Estado. Cubre cinco tipos de seguros e incluye a trabajadores y otros grupos designados. El Instituto Mexicano del Seguro Social es responsable de administrar los seguros, recaudar cuotas, otorgar prestaciones, realizar auditorías a patrones y verificar el cumplimiento de obligaciones.
Este documento describe las cotizaciones al sistema de salud en Colombia. Explica que las cotizaciones son aportes definidos por ley que pagan empleadores y trabajadores para acceder a la cobertura de salud. Actualmente, la cotización es del 12.5% del ingreso base de cotización, con un 8.5% a cargo del empleador y un 4% del trabajador. También describe cómo se calculan las cotizaciones para diferentes tipos de trabajadores como independientes, con salario integral, pensionados, y durante incapacidades.
El IVSS gestiona el Seguro Social de Venezuela de acuerdo a la ley, cubriendo una amplia gama de contingencias como atención médica, invalidez y muerte. El Seguro Social es obligatorio y se fundamenta en la Constitución venezolana para garantizar los derechos humanos y la asistencia a los necesitados. La cobertura sanitaria se ofrece a todos los ciudadanos, mientras que las ayudas económicas están disponibles solo para afiliados calificados al Seguro Social y sus familiares de acuerdo a los requ
Este documento presenta los principios y normas generales de la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece que el Seguro General Obligatorio se basa en principios como la solidaridad, obligatoriedad y universalidad. Define los sujetos de protección como trabajadores dependientes e independientes. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez e invalidez. Sus recursos incluyen aportaciones de afiliados, empleadores y el Estado. También presenta normas sobre contribuciones, prestaciones y protección a discapac
Este documento presenta extractos de la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual creó el sistema de seguridad social integral. Incluye secciones sobre el Fondo de Solidaridad Pensional, pensiones de sobrevivientes, beneficios del régimen y cobertura familiar. También describe los tipos de participantes en el sistema de seguridad social en salud como afiliados contributivos y subsidiados y personas vinculadas temporalmente.
Este documento presenta la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia como la base del Seguro General Obligatorio. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez y cesantía
Regimenes de sistema pensional de seguridad socialruthkatyana
El documento describe el Sistema General de Pensiones en Colombia, el cual está constituido por dos regímenes pensionales: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. El primero es administrado por el Instituto de Seguridad Social y ofrece pensiones definidas con base en aportes a un fondo común público, mientras que el segundo se basa en el ahorro individual con una garantía de pensión mínima. Ambos regímenes ofrecen pensiones de vejez, invalidez y
1) La misión del IMSS es ser el instrumento básico de la seguridad social y previsión social para todos los trabajadores y sus familias mediante la prestación de servicios médicos, pensiones y otros beneficios. 2) Existen dos regímenes ante el IMSS: el régimen obligatorio para trabajadores asalariados y el régimen voluntario para trabajadores independientes. 3) Entre los derechos de los asegurados ante el IMSS se incluyen la atención médica, pensiones por jubilación, invalidez o muerte
Este documento describe los conceptos y principios de la seguridad social y el seguro social en México. Explica las instituciones responsables de proveer seguro social e incluye las prestaciones cubiertas en cada ramo como riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro y vejez, y guarderías.
El documento resume la historia y tipos de pensiones en Venezuela. Explica que el sistema de pensiones se estableció en 1928 y se expandió en 1944 y 1946 con la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Describe los requisitos y tipos de pensiones como pensión por vejez, sobreviviente, invalidez e incapacidad parcial. También menciona la Gran Misión Amor Mayor creada en 2013 para compensar a personas mayores que no pudieron cotizar antes.
Seguridad Social Para Trabajadores Y Trabajadoras Del HogarAlberto García
El documento propone la creación de un régimen especial de seguridad social para trabajadores del hogar. Actualmente, estos trabajadores pueden afiliarse de forma voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, pero tienen acceso limitado a prestaciones. El régimen especial definiría sujetos de aseguramiento, seguros cubiertos, prestaciones y mecanismos de inscripción y financiamiento, considerando la naturaleza de este trabajo. Se busca brindar protección social a este sector excluido tradicionalmente, de manera equitativa, transparente y
TRAMITES ADMINISTRATIVOS QUE SE PRESENTAN AL IESSLUIS TENEMAZA
El documento describe los principales trámites y servicios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), incluyendo la obtención de una clave de afiliado, la afiliación voluntaria, prestaciones como la cesantía, servicios de salud, préstamos quirografarios e hipotecarios, y el seguro de vejez. Explica los requisitos, procedimientos y entidades involucradas en cada uno de estos trámites y beneficios.
Este documento resume las principales disposiciones del reglamento del régimen especial del seguro voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que las personas mayores de 18 años sin relación de dependencia pueden afiliarse de forma voluntaria al IESS. Detalla los requisitos para la afiliación voluntaria dentro o fuera del país, así como la materia gravada y el pago de prestaciones a afiliados en el exterior. También cubre temas como la terminación de la afiliación voluntaria, la aportación simultá
Este documento establece un nuevo reglamento para la afiliación voluntaria al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de personas sin relación de dependencia, independientes y ecuatorianos domiciliados en el exterior. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación, aportaciones, prestaciones y beneficios. También modifica tasas de aportación y deroga una resolución anterior.
Los tramites administrativos que se presentan en el iessStban Martinez
El documento describe los principales trámites y servicios que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Explica que el IESS es un seguro público obligatorio que protege a trabajadores a través de aportes personales y patronales. Ofrece servicios de salud, pensiones por vejez e invalidez, cesantía, préstamos y auxilio para funerales. Para acceder a estos servicios, los afiliados deben estar al día en el pago de sus aportes.
El documento describe los diferentes trámites y prestaciones que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Entre los trámites se encuentra la obtención de una clave de afiliado personal, la afiliación voluntaria, y los reclamos por falta de afiliación patronal. Las prestaciones incluyen servicios de salud, cesantía, auxilio para funerales, préstamos quirografarios e hipotecarios, y el seguro de vejez. El documento también resume varios artículos de la Ley de Seguridad
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento describe el Sistema de Seguridad Social Venezolano. Explica que garantiza protección a personas en diferentes contingencias como enfermedad, vejez, desempleo, a través de regímenes prestacionales de salud, pensiones y vivienda. Se basa en la Constitución y tiene como objetivo crear un sistema universal de financiamiento solidario. Cubre beneficios como asistencia médica, pensiones e indemnizaciones y los asegurados incluyen trabajadores del sector público y privado.
El documento presenta una reforma propuesta a la Ley del Seguro Social de Venezuela. Describe los principios y características del sistema de seguridad social venezolano, como la universalidad, solidaridad y financiamiento. También explica los diferentes regímenes prestacionales que componen el sistema, incluyendo salud, previsión social, vivienda y servicios para adultos mayores. Finalmente, resume los tipos de pensiones reconocidas y los requisitos para recibir beneficios de paro forzoso.
El documento presenta información sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) establecido por la Ley 87-01. El SDSS tiene como objetivo proteger a la población contra ciertos riesgos como vejez, discapacidad, enfermedad y accidentes laborales. El sistema incluye tres regímenes: contributivo, subsidiado y contributivo subsidiado. El régimen contributivo cubre trabajadores asalariados y es financiado por cotizaciones de trabajadores y empleadores. Los regímenes subsidiados brindan cobert
El documento describe el sistema nacional de inclusión y equidad social de Ecuador. Establece que el sistema garantizará los derechos reconocidos en la constitución a través de políticas, programas y servicios coordinados en áreas como educación y salud. También priorizará a grupos que requieran atención especial debido a desigualdades o condiciones de salud. El estado asignará recursos de manera prioritaria y equitativa para el funcionamiento del sistema.
Este documento resume las principales disposiciones del reglamento del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que el derecho a la seguridad social es irrenunciable y es responsabilidad del Estado. Explica que las prestaciones se financiarán a través de aportes de empleadores, empleados, personas independientes y el Estado. Además, detalla los requisitos para afiliarse de forma voluntaria al IESS y las coberturas que recibirán los afiliados como enfermedad, maternidad, pensiones y más.
Este documento presenta la legislación de seguridad social de un país. Establece los principios rectores como la solidaridad, obligatoriedad y universalidad. Define los sujetos de protección como trabajadores dependientes e independientes. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, vejez e invalidez. Financia las prestaciones con aportaciones de afiliados, empleadores y el estado. Establece normas para regular las contribuciones y prestaciones de acuerdo a criterios como extender progresivamente la protección a familias y priorizar la prevención.
El documento resume los principales aspectos del régimen de seguridad social de largo plazo en Bolivia. Explica que existen tres regímenes: no contributivo, contributivo y semi-contributivo. En el régimen no contributivo se encuentra la pensión universal (Renta Dignidad) y gastos funerarios. El régimen contributivo incluye prestaciones de vejez, invalidez, pensiones por muerte y gastos funerarios. Finalmente, el régimen semi-contributivo ofrece prestaciones solidarias de vejez, pensiones por muerte y gastos fun
El documento proporciona información sobre los trámites administrativos y servicios que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). El IESS es la entidad pública encargada de proveer seguro social obligatorio en Ecuador. Entre sus funciones se encuentran dar cobertura médica a afiliados, otorgar préstamos, y gestionar pensiones y cesantía. El documento explica los procesos de afiliación, aportes de empleadores y trabajadores, y los beneficios disponibles para jubilados y cesantes
La Ley del Sistema de Seguridad Social establece el marco legal para garantizar la seguridad social en Venezuela como un derecho humano y social. Define el Sistema de Seguridad Social como un conjunto de regímenes prestacionales interdependientes para atender contingencias como accidentes laborales, enfermedades, maternidad, vejez y desempleo. El Estado, a través de organismos como el IVSS, es responsable de administrar de manera eficiente, oportuna y con equilibrio financiero el Sistema de Seguridad Social, el cual se financia solidariamente con
Ley del Sistema de la Seguridad Social. Fiorella Moreno.pptxFiorellaValentinaMor
La ley establece el Sistema de Seguridad Social en Venezuela para garantizar protecciones como salud, pensiones, subsidios de desempleo y más. El sistema es universal, integral y de financiamiento solidario administrado por el Estado. Cubre contingencias como accidentes laborales, embarazo, enfermedad, vejez, desempleo y discapacidad para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Este documento presenta extractos de la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual estableció el sistema de seguridad social integral. Incluye secciones sobre el Fondo de Solidaridad Pensional, pensiones de sobrevivientes, beneficios de salud, y tipos de participantes en el sistema de seguridad social en salud como afiliados contributivos y subsidiados. También cubre deberes de los afiliados y beneficiarios, atención básica, materno infantil, y otros aspectos clave del sistema de seguridad social.
Ley de pensiones del gobierno nacional comisión de política socialFernando Barrientos
Este documento presenta un proyecto de ley para reformar el sistema de pensiones del gobierno nacional. Propone un sistema mixto de pensiones que incluye regímenes contributivo, semicontributivo y no contributivo. También define términos clave como asegurado, empleador, invalidez, y establece principios como universalidad, solidaridad y sostenibilidad financiera.
Este documento resume la Ley 100 de 1993 en Colombia, la cual creó el sistema de seguridad social integral. Algunos puntos clave incluyen: 1) Establece el Fondo de Solidaridad Pensional y subsidios para trabajadores domésticos. 2) Define los requisitos y beneficiarios de las pensiones de sobrevivientes. 3) Establece el sistema de salud, incluyendo los afiliados contributivos y subsidiados.
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Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
1. REGLAMENTO DEL RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO DEL INSTITUTO
ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
2. TEMAS PRINCIPALES DE LA RESOLUCION
CD-460 DEL IESS
①
②
③
④
⑤
⑥
Ampliará la afiliación contributiva que hoy no lega al 47% de la
PEA.
Corrige las distorsiones entre afiliados voluntarios que pagaban
menos y afilados del Seguro General Obligatorio que pagaban
mas. Incrementa la afiliación voluntaria de 17,5% a 20,5%.
Financia el 100% de las jubilaciones anticipadas previstas en la
Ley de Discapacidades con un incremento de 0,10% en el aporte
de TODOS los afiliados.
Financia los servicios de salud de los hijos de los afiliados
mayores de 18 años y menores a 25. Con un aporte adicional por
cada hijo.
Cumple la disposición Constitucional de estimular la afiliación
voluntaria en el exterior sin quitarle su carácter contributivo.
Elimina trámites innecesarios como aquel destinado a la
obtención de la “clave” de acceso a la Historia Laboral que en
adelante se hará en forma libre y directa a través de internet.
4. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ARTÍCULO
370
ARTÍCULO
34
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las
personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad
social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad,
equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación,
para la atención de las necesidades individuales y colectivas.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por
la ley, será responsable de la prestación de las contingencias del seguro
universal obligatorio a sus afiliados.
Artículo 1.- Afiliación voluntaria.- (inciso segundo) Quienes gocen de pensiones de vejez o
montepío en el IESS, Instituto de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas (ISSFA) o Instituto de
Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) podrán, en cualquier tiempo, acceder al
Régimen Especial del Seguro Voluntario, sin perder su condición de jubilados.
5. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ARTÍCULO
371
ARTÍCULO
367
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
EI sistema de seguridad social es público y universal, no podrá privatizarse y
atenderá las contingentes de la población. La protección de las contingencias
se hará efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes
especiales. El sistema se guiará por los principios del sistema nacional de
inclusión y equidad social y por los de obligatoriedad, suficiencia, integración,
solidaridad y subsidiaridad.
Las prestaciones de la seguridad social se financian, entre otras fuentes, con
los aportes de “las personas independientes aseguradas” y de “las
ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el exterior”.
Artículo 1.- Afiliación voluntaria.- (inciso segundo) Quienes gocen de pensiones de vejez o
montepío en el IESS, Instituto de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas (ISSFA) o Instituto de
Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) podrán, en cualquier tiempo, acceder al
Régimen Especial del Seguro Voluntario, sin perder su condición de jubilados.
6. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ARTÍCULO
374
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
El Estado estimulará la afiliación voluntaria al IESS a las y los ecuatorianos
domiciliados en el exterior , y asegurará la prestación de contingencias. El
financiamiento contará con el aporte de las personas afiliadas voluntarias
domiciliadas en el exterior.
ARTÍCULO
154
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
Los afiliados voluntarios gozarán de los mismos beneficios y prestaciones que
se otorgan a los afiliados obligados, en lo referente a los Seguros de Invalidez,
Vejez, Muerte, Riesgos del Trabajo y asistencia por enfermedadde pensiones de vejez o
y maternidad.
Artículo 1.- Afiliación voluntaria.- (inciso segundo) Quienes gocen
montepío en el IESS, Instituto de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas (ISSFA) o Instituto de
Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) podrán, en cualquier tiempo, acceder al
Régimen Especial del Seguro Voluntario, sin perder su condición de jubilados.
8. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Las
personas
mayores de
sesenta (60)
años de edad
no podían ser
afiliados
voluntarios.
Artículo 1.- Afiliación
voluntaria.- (inciso
primero) Se afiliarán al
Régimen Especial del
Seguro Voluntario del
Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social (IESS),
desde el primer día del
mes en que realicen la
correspondiente
solicitud, las personas
mayores de dieciocho
(18) años, sin límite de
edad, que realicen
actividades sin relación
de dependencia y
tengan capacidad
contributiva.
AHORA: No existe
límite de edad
para afiliarse
voluntariamente al
IESS.
9. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
Artículo 1.- Afiliación
ANTES:
voluntaria.- (inciso
Quienes
segundo) Quienes
recibían
gocen de pensiones de
pensión de
vejez o montepío en el
invalidez, vejez, IESS, Instituto de
retiro o de
Seguridad Social de la
riesgos del
Fuerzas Armadas
trabajo, a
(ISSFA) o Instituto de
excepción de la Seguridad Social de la
permanente
Policía Nacional
parcial, en el
(ISSPOL) podrán, en
IESS, ISSFA o
cualquier tiempo,
ISSPOL no
acceder al Régimen
podían ser
Especial del Seguro
afiliados
Voluntario, sin perder
voluntarios.
su condición de
jubilados.
AHORA: Los
jubilados del IESS
pueden acceder a
la afiliación
voluntaria en
cualquier
momento para
mejorar su
pensión y no
perderán los
beneficios de la
jubilación.
10. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Se exigía
a las personas
mayores de
cuarenta (40) años
de edad una
certificación
médica de no
adolecer
enfermedades
crónicas, degener
ativas o
invalidantes. A las
personas menores
de cuarenta (40)
años se les exigía
suscribir una
declaración de
estado de salud en
ese sentido.
Artículo 2.- Requisitos.- La
afiliación voluntaria, dentro o
fuera del país, se solicitará a
través del portal web oficial del
IESS cumpliendo los
siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano ecuatoriano,
en el caso de afiliación en el
exterior;
2. Tener cédula de ciudadanía
para el caso de afiliación de
ecuatorianos; o, cédula de
identidad o carné de refugiado,
emitido en el Ecuador, para el
caso de afiliación de
extranjeros dentro del territorio
nacional; y,
3. No registrar mora u
obligaciones pendientes con el
IESS como afiliado voluntario.
AHORA: Se eliminan
los exámenes
médicos y
verificaciones para la
afiliación voluntaria.
En caso de personas
con enfermedades
catastróficas y
complejas que se
afilien voluntariamente
(art.50 de la
Constitución) les
estamos convirtiendo
en beneficiarios
contributivos, hoy son
NO contributivos.
11. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Para
poder afiliarse
voluntariamente
los interesados
debían cumplir
una serie de
requisitos y
trámites
administrativos
Artículo 3.- Avisos de
entrada y salida.(inciso primero) El
afiliado voluntario
podrá registrar su
aviso de salida en
cualquier
momento, pudiendo
reactivar su afiliación
con un nuevo aviso de
entrada.
AHORA: Los
afiliados
voluntarios
pueden registrar
su entrada o
salida del IESS y
reactivar su
afiliación cuando
así lo requieran,
sin tener que
cumplir con un
tiempo de espera.
12. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: La falta de
pago oportuno de
sus aportes
generaba mora y
responsabilidad
patronal.
Artículo 3.- Avisos de entrada y
salida.- (inciso segundo)
Independientemente de lo
establecido en el artículo 73 de la
Ley de Seguridad Social, de no
registrarse el pago de aportes del
afiliado voluntario, dentro de los
treinta (30) días posteriores al mes
que corresponda, se registrará su
salida en forma automática del
Régimen Especial del Seguro
Voluntario sin reconocerle
cobertura por el tiempo impago. Se
podrá acceder nuevamente a este
régimen, en cualquier momento,
con el respectivo aviso de entrada
generado por el propio interesado.
De verificarse este caso, el afiliado
perderá la continuidad de sus
aportes.
AHORA: El afiliado
voluntario tiene 30 días,
posteriores al mes que
corresponda, para
realizar el pago de su
aporte. En caso de no
hacerlo se registrará su
salida en forma
automática, eliminando
así la acumulación de
multas y mora.
13. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios en
el exterior
aportaban
sobre el valor
equivalente al
200% del
salario básico
mínimo
unificado del
trabajador en
general; es
decir, el doble
de un afiliado
voluntario en el
país (USD
636,00).
Artículo 4.- Materia
gravada.- (inciso
primero) El afiliado
voluntario pagará los
aportes fijados por el
IESS sobre una base
de cotización que no
será inferior a la
remuneración básica
unificada del trabajador
en general vigente en
la República del
Ecuador.
AHORA: La base
para calcular el
monto mínimo de
afiliación
voluntaria en el
exterior se reduce
a la mitad, es
decir, de USD
636,00 (2SMV) a
USD 318 (1SMV).
Con lo cual se
unifican los
aportes de los
afiliados
voluntarios dentro
y fuera del país.
14. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
becarios
ecuatorianos
en el exterior
se encontraban
desprotegidos
en materia de
seguridad
social.
Artículo 4.- Materia
gravada.- (inciso
segundo) Los becarios
ecuatorianos en el
exterior podrán
acceder al Régimen
Especial del Seguro
Voluntario aportando
sobre el cincuenta por
ciento (50%) de la base
de cotización señalada
en el inciso anterior.
AHORA: Los
becarios
ecuatorianos en el
exterior pueden
afiliarse
voluntariamente
sobre una base de
aportación mínima
de USD 159,00.
15. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
hijos de los
afiliados, al
cumplir
dieciocho (18)
años de edad
perdían
automáticamen
te su cobertura
de salud.
Artículo 6.- Continuidad
de prestaciones y
beneficios.- (inciso
primero) Los hijos de los
afiliados beneficiados
por el artículo 102 de la
Ley de Seguridad Social
al cumplir dieciocho (18)
años de edad, contarán
con un periodo de
protección de sesenta
(60) días; y, en el caso de
afiliarse voluntariamente
al IESS dentro de este
periodo, no estarán
sujetos a “tiempo de
espera” para recibir las
prestaciones de salud.
AHORA: Cuando
el hijo de un
afiliado cumple 18
años de edad,
mantiene por dos
meses más su
protección para
las prestaciones
de salud. En ese
lapso podrá
afiliarse
voluntariamente y
adquirir plenos
derechos en el
IESS, sin tener
que cumplir con
tiempos de
espera.
16. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: La
cobertura de
salud a favor
de los hijos de
los afiliados
solamente se
aplicaba hasta
los dieciocho
(18), sin
extensión
alguna.
Artículo 6.- Continuidad de
prestaciones y beneficios.(inciso segundo) Los
afiliados podrán extender
las prestaciones de salud,
previstas en el mencionado
artículo 102, a favor de sus
hijos mayores de dieciocho
(18) años y menores de
veinticinco (25) años de
edad, con el aporte
adicional de un porcentaje
de la materia gravada por
cada hijo cubierto,
establecido por el Consejo
Directivo del IESS. En estos
casos tampoco estarán
sujetos a “tiempo de
espera”.
AHORA: El
afiliado puede
prolongar las
prestaciones de
salud de sus hijos,
mayores a
dieciocho (18)
años de edad y
menores de
veinticinco (25),
mediante un
pequeño pago
adicional que el
consejo directivo
fijará durante este
mes de diciembre.
17. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: La
normativa
anterior
impedía la
continuidad de
las coberturas
a los afiliados
que cambiaban
de régimen de
seguro.
Artículo 6.Continuidad de
prestaciones y
beneficios.- (inciso
tercero) No se aplicará
“tiempo de espera” a
los afiliados que pasen
del Seguro General
Obligatorio al Régimen
Especial del Seguro
Voluntario, o viceversa.
AHORA: El
afiliado puede
pasar del seguro
obligatorio al
voluntario, o
viceversa, sin
perder la
continuidad de las
coberturas.
18. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios en
el exterior no
podían solicitar
citas médicas.
Artículo 7.- Citas
médicas.- Los afiliados
voluntarios en el
exterior podrán
solicitar citas médicas,
desde su país de
residencia,
considerando la fecha
prevista para su
permanencia temporal
en el territorio
nacional.
AHORA: Los
afiliados
voluntarios en el
exterior pueden
solicitar citas
médicas, desde su
lugar de
residencia, para
cuando visiten el
país.
19. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: No se
permitía la
afiliación
voluntaria de
quienes
estaban
afiliados al
seguro general
obligatorio u
otros
regímenes
especiales del
IESS.
Artículo 9.- Aportación
simultánea.- (inciso
primero) Los afiliados
voluntarios podrán
aportar, en forma
simultánea, a otros
regímenes de seguro
del IESS.
AHORA: Las
personas pueden
acceder a la
afiliación
voluntaria sin
importar que ya
estén afiliadas al
IESS.
20. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios en
el exterior no
podían afiliarse
simultáneamen
te a la
seguridad
social de su
país de
residencia.
Artículo 9.- Aportación
simultánea.- (inciso
segundo) Los afiliados
voluntarios en el
exterior podrán
aportar, en forma
simultánea, a la
seguridad social de su
país de residencia.
AHORA: Los
ecuatorianos
afiliados a la
seguridad social
del país donde
viven además
pueden afiliarse
voluntariamente al
IESS.
21. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios, en
el país y en el
exterior, no
podían generar
fondos de
reserva.
Artículo 10.- Fondo de
reserva.- El afiliado
voluntario podrá
ahorrar en el IESS, de
forma mensual, el valor
equivalente al 8,33% de
la materia gravada de
aportación, en calidad
de fondo de reserva,
para lo cual
comunicará su
decisión a la
institución.
AHORA:Todo
afiliado voluntario
puede ahorrar en
el IESS fondos de
reserva.
22. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Para
acceder a su
registro de
historia
laboral, los
afiliados al
IESS debían
obtener la
respectiva
clave, que
requería
solicitar
autorización a
su empleador.
En caso de
coexistir dos
empleadores, e
l afiliado debía
pedir
autorización al
más antiguo.
DISPOSICIÓN
GENERAL PRIMERA.Todo afiliado al IESS
tendrá libre acceso a
su registro de historia
laboral; y, de
requerirlo, obtendrá su
clave en forma directa,
automática e inmediata
a través del portal web
oficial de la institución.
AHORA: Todo
afiliado tendrá
libre acceso a su
registro de
“historia laboral”.
Se elimina el
trámite para
solicitar “clave” y
la autorización del
empleador. Cada
afiliado obtendrá
en línea su propia
clave.
23. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios, en
el país y en el
exterior, no
tenían las
prestaciones
de riesgos del
trabajo,
cesantía,
préstamos
quirografarios
ni fondos de
reserva.
DISPOSICIÓN GENERAL
SEGUNDA.- (inciso primero)
Los afiliados al Seguro
General Obligatorio y al
Régimen Especial del
Seguro Voluntario del IESS
estarán cubiertos en las
siguientes contingencias:
enfermedad, maternidad, pa
ternidad, riesgos del
trabajo, cesantía, desemple
o, vejez, invalidez, discapaci
dad, muerte y aquellas que
defina la Ley. Estas
contingencias serán
cubiertas por el IESS a
través de prestaciones
debidamente financiadas.
AHORA: Los
afiliados
voluntarios tienen
los mismos
derechos,
prestaciones y
beneficios que los
afiliados al seguro
general
obligatorio.
24. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: El
afiliado
voluntario no
podía extender
la cobertura de
salud a su
cónyuge o
conviviente
con derecho.
DISPOSICIÓN
GENERAL SEGUNDA.(inciso segundo) El
cónyuge o conviviente
con derecho del
afiliado voluntario
podrá acceder a la
prestación de salud
previo el pago, por
parte del titular, de una
prima adicional
determinada por el
IESS.
AHORA: Los
afiliados
voluntarios, en el
país o en el
exterior, pagando
una prima
adicional, podrán
extender las
prestaciones de
salud al cónyuge o
conviviente con
derecho.
25. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios, en
el país y en el
exterior, no
podían acceder
a créditos
quirografarios.
DISPOSICIÓN
GENERAL SEGUNDA.(inciso tercero) Los
afiliados voluntarios
accederán a préstamos
quirografarios y
préstamos
hipotecarios para la
compra, construcción
o remodelación de
bienes inmuebles,
ubicados en el
territorio nacional, de
acuerdo a las
regulaciones que emita
el banco del IESS.
AHORA: Todos los
afiliados
voluntarios
pueden acceder a
préstamos
quirografarios e
hipotecarios.
26. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: La
afiliación
voluntaria en el
exterior no
permitía la
repatriación el
cadáver con
cargo al
beneficio de
auxilio de
funerales.
DISPOSICIÓN
GENERAL TERCERA.El auxilio de funerales,
cuando la muerte
ocurra en el exterior,
incluirá los costos de
repatriación del
cadáver o restos
mortales del afiliado y
los gastos de traslado
y estadía de un (1)
familiar para tal efecto.
AHORA: Sin
excepción, el
auxilio de
funerales incluye
los costos de
repatriación del
cadáver o restos
mortales y del
traslado y estadía
de un familiar,
cuando la muerte
ocurra en el
exterior.
27. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: No se
habían
adoptado
medidas para
financiar las
prestaciones a
favor de las
personas con
discapacidad.
DISPOSICIÓN
GENERAL CUARTA.Todos los afiliados del
IESS aportarán el
0.10% adicional sobre
la materia gravada
para financiar las
prestaciones previstas
en la Ley Orgánica de
Discapacidades.
AHORA: En forma
solidaria, todos los
afiliados al IESS
aportarán el
0.10% adicional
para financiar las
prestaciones de
las personas con
discapacidad.
28. REGLAMENTO DEL
RÉGIMEN ESPECIAL DEL
SEGURO VOLUNTARIO
ANTES: Los
afiliados
voluntarios, en
el país y en el
exterior,
aportaban
sobre una base
porcentual
distinta a la
aplicada a los
afiliados del
seguro general
obligatorio.
DISPOSICIÓN REFORMATORIA.Sustitúyase el literal b) de la
Disposición Final Tercera de la
Resolución No. CD. 390 de 10 de
noviembre de 2011, por el siguiente
texto:
El Régimen Especial del Seguro
Voluntario, a nivel nacional y en el
exterior, estará sujeto a la
siguiente tabla de distribución de
las tasas de aportación al IESS:
CONCEPTO
APORTE PERSONAL
Seguro de Invalidez, Vejez y
Muerte
Seguro de Salud
9,74%
Seguro de Riesgos del Trabajo
0,55%
Seguro de Cesantía
3,00%
Seguro Social Campesino
0,70%
Gastos de Administración
0,80%
Total de aportes
20,50%
5,71%
AHORA: A los
afiliados
voluntarios se les
aplica la misma
tasa de aportación
que a los afiliados
del seguro general
obligatorio,
otorgándoles las
mismas
prestaciones y
beneficios.
31. LEY ORGÁNICA DE
DISCAPACIDADES
VALORACIÓN DEL IMPACTO ECONÓMICO POR APLICACIÓN
DE LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES EN ÁMBITO DE
SEGURIDAD SOCIAL
De 365,371 personas con discapacidad 74,939 se encuentra actualmente afiliadas al
IESS.
En el Gráfico se observa que las personas con discapacidad que actualmente están
afiliadas al IESS lograrán más rápidamente las condiciones de jubilación por vejez
con la Ley de Seguridad Social que con la Ley Orgánica de Discapacidades;
y, mucho más rápido las condiciones de jubilación por invalidez.
Gráfico 1. Composición de la población con discapacidad no intelectual afiliada
al IESS
(Por edad y años de imposición)
32. LEY ORGÁNICA DE
DISCAPACIDADES
Para las personas con discapacidad que actualmente están afiliadas al IESS
(74,939), se requieren los siguientes valores para su jubilación:
Valor actuarial presente de aportes y pensiones
(En millones de USD)
VAP de los Aportes
VAP de las Pensiones
VAP del Déficit
Ley Seguridad Social
478.79
4,183.89
3,705.10
Ley Orgánica de
Discapacidades
318.62
5,695.32
5,376.70
El costo para el IESS sería de 1,671.6 millones de dólares que deberán ser
cubiertos en los próximos 80 años (5,376.70 - 3,705.10). De las 74.939 personas
con discapacidad, que se encuentran afiliadas al IESS, existen 4.437 personas
afiliadas que acreditan 25 o más años de aportación, lo que les convierte
inmediatamente en potenciales pensionistas por vejez según la Ley Orgánica de
Discapacidades. El valor presente de sus pensiones es de 623.5 millones de
dólares, valor que deberá ser cubierto en los próximos 80 años. En el primer año se
pagará un monto de 13.7 millones por pensiones por este grupo, con una pensión
promedio anual de 3.095,08 dólares (12 pensiones más XIII y XIV sueldos).
33. LEY ORGÁNICA DE
DISCAPACIDADES
ESCENARIOS ANÁLIZADOS PARA
APORTES SOLIDARIOS
Proyección
2014
Proyección de
aumento del 0.5 %
en aportes
(aportes 20.50%)
120.092.108,05
Proyección 2013 de
aumento del 0.1 % en
aportes
Proyección a 80 años
de aumento del 0.1 %
en aportes
(aporte 21 %)
(aporte 20.60%)
(aporte 20.60%)
9.607.368.643,90
24´018.421,61
1.921´473.728,78
(aporte 21 %)
4.923.776.430,00
Proyección a 80 años
de aumento del 0.5 %
en aportes
proforma
Nota: Los cálculos se ha realizando considerando el porcentaje del 30% de discapacidad.