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	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
TÉRMINOS	DE	REFERENCIA	-	SERVICIO	
BORRADOR	
1. DENOMINACIÓN	DE	LA	CONTRATACIÓN	
Servicio	de	Telefonía	Fija	para	el	Ministerio	de	la	Producción	
	
2. FINALIDAD	PÚBLICA	
Garantizar	 un	 eficiente	 y	 efectivo	 sistema	 de	 comunicaciones	 de	 voz	 al	 personal	 del	
Ministerio	de	la	Producción.	
	
3. ANTECEDENTES	
Con	fecha	14.Noviembre.2014	se	firma	el	Contrato	Nº	117-2014-PRODUCE	“Contratación	
del	 Servicio	 de	 Telefonía	 Fija	 para	 el	 Ministerio	 de	 la	 Producción”	 con	 la	 empresa	
TELEFÓNICA	DEL	PERÚ	S.A.A.	por	un	plazo	de	setecientos	treinta	y	uno	días	(731)	calendario	
iniciados	 a	 partir	 del	 día	 siguiente	 de	 suscrita	 el	 acta	 de	 instalación	 y	 puesta	 en	
funcionamiento	del	servicio.	
	
4. OBJETIVOS	DE	LA	CONTRATACIÓN	
Contratar	una	persona	jurídica	para	el	servicio	de	telefonía	fija	que	permita	la	comunicación	
efectiva	y	eficiente	al	personal	del	Ministerio	de	la	Producción	en	adelante	PRODUCE.	En	el	
presente	documento	se	le	denominará	Operador	a	dicha	persona	natural	o	jurídica.	
	
5. ALCANCES	Y	DESCRIPCIÓN	DEL	SERVICIO	
Servicio	de	telefonía	fija	para	el	PRODUCE	que	consistirá	en	líneas	RDSI	Primarlas,	que	serán	
Instaladas	en	la	Sede	Principal	del	Ministerio	de	la	Producción,	sito	en	Calle	Uno	Oeste	Nº	
60	Urb.	Córpac,	San	Isidro.	
	
Las	partes	suscribirán	un	acta	de	inicio	de	servicio.	Al	día	siguiente	de	la	suscripción	de	esta	
acta,	se	empezara	a	contabilizar	el	plazo	de	veinticuatro	(24)	meses.		
	
5.1 ACTIVIDADES	
5.1.1	CARACTERÍSTICAS	GENERALES	
a. Las	Líneas	RDSI	Primarias	de	30	canales	serán	dos	(02)	por	el	tiempo	que	dure	el	
contrato.	 Cada	 canal	 debe	 ser	 de	 64	 kbps	 a	 fin	 de	 soportar	 comunicaciones	
simultáneas	de	voz.	El	medio	de	acceso	para	brindar	el	servicio	debe	ser	de	fibra	
óptica.	
b. EL	acceso	de	última	milla	debe	ser	de	fibra	óptica,	tanto	en	la	última	milla,	como	en	
su	backbone	para	ambas	líneas	primarias	y	deberán	ser	independientes	a	cualquier	
otro	circuito	de	datos	ya	instalado	previamente,	para	lo	cual	el	postor	presentará	la	
documentación	que	lo	acredite.	
c. Las	 líneas	 primarias	 deberán	 provenir	 de	 rutas	 diferentes.	 La	 fibra	 deberá	 ser	
canalizada	y	subterránea	en	todo	su	recorrido	desde	la	sede	de	PRODUCE	hasta	el	
nodo	del	operador.	
d. La	instalación	de	las	líneas	primarias,	deberá	ser	instaladas	en	el	Datacenter	de	
PRODUCE,	sexto	piso	de	la	sede	central	donde	se	encuentra	instalado	los	servidores	
de	la	Central	Telefónica	IP.	Deberá	incluir	la	provisión	de	todos	los	materiales	y
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	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
equipamiento	 necesario	 para	 el	 correcto	 funcionamiento	 del	 servicio,	 bajo	
modalidad	de	llave	en	mano.	
e. La	 entidad	 aprovisionará	 la	 tarjeta	 E1	 PRI	 en	 la	 Central	 Telefónica	 IP	 así	 como	
asumirá	la	responsabilidad	de	la	instalación,	configuración	y	soporte	de	la	interface.	
f. Cabecera	de	números	colectivos	hunting,	que	permita	acceder	a	un	grupo	de	líneas	
de	usuarios	(varios	RDSI)	con	un	solo	número	principal.	
g. Identificación	de	llamadas	entrantes.	
h. El	Postor	bajo	los	principios	de	neutralidad,	no	discriminación	e	Igual	de	acceso	libre	
y	leal	competencia	promovido	por	OSIPTEL	se	compromete	a	permitir	el	acceso	de	
entrada	y	salida	a	operadores	de	la	competencia.	Así,	como	la	interconexión	con	
otros	operadores	de	telefonía	fija	y	móvil	de	todo	el	Perú	y	el	Mundo.	
i. El	 costo	 de	 la	 facturación	 debe	 ser	 por	 minuto.	 Mensualmente	 el	 detalle	 de	 la	
facturación	de	llamadas	deberá	ser	entregada	por	medio	físico,	magnético	o	vía	web	
(en	caso	de	ser	vía	web,	el	contratista	deberá	brindar	un	usuaria	y	contraseña	para	
el	 acceso	 como	 mínimo	 para	 dos	 personas).	 Indicando	 de	 manera	 detallada	 las	
conexiones	o	llamadas	entrantes	y	salientes	de	la	línea	primaria,	número	llamado,	
fecha,	hora	así	como	los	minutos	reales	consumidos	en	forma	mensual,	de	acuerdo	
a	 los	 servidos	 descritos	 en	 los	 puntos	 5.1.2,	 5.1.3,	 5.1.4,	 5.1.5,	 5.1.6	 y	 5.1.7	 del	
presente	documento.	
j. No	debe	tener	costo	la	conexión	por	llamadas,	así	como	no	debe	tener	costo	las	
llamadas	perdidas	que	se	realicen.	
k. El	servicio	técnico	deberá	ser	las	24	horas	del	día,	dentro	del	plazo	que	dure	el	
contrato.	Incluyendo	días	feriados	y/o	fines	de	semana	(24x7),	Cabe	precisar	que	el	
servicio	 puede	 verse	 afectado	 por	 causas	 externas	 ajenas	 al	 operador	 para	 la	
atención	del	servicio	para	el	cual	el	Contratista	deberá	sustentar	el	motivo	de	la	
causa	externa	de	su	no	atención.	
l. Este	servicio	de	soporte	técnico	podrá	ser	presencial	o	vía	telefónica,	vía	email,	
según	el	caso	se	requiere	por	el	Ministerio.	
m. Se	debe	mantener	el	mismo	número	con	el	que	trabaja	actualmente	el	Ministerio	
acogiéndose	al	beneficio	de	la	portabilidad	numérica	entre	operadores.		
n. Se	deberá	permitir	el	uso	de	tarjetas	prepago	para	todos	los	destinos,	para	uso	en	
llamadas	personales	las	cuales	no	deberá	generar	costo	alguno	al	Ministerio.	
o. Por	ningún	motivo	el	operador	del	servicio	procederá	al	corte	del	mismo,	sin	la	
correspondiente	comunicación	previa	de	los	motivos	y	con	una	anticipación	mínima	
de	15	días	calendarios.	
p. Los	 recibos	 de	 pago	 del	 servicio,	 serán	 notificados	 por	 el	 operador	 con	 una	
anticipación	mínima	de	diez	días	calendarios	respecto	a	la	fecha	de	vencimiento,	los	
mismos	que	serán	entregados	por	Tramite	Documentarlo	de	la	Entidad,	silo	en	Calle	
Uno	Oeste	N-	60,	sótano	1,	Urb.	Córpac,	San	Isidro,	Urna.	
q. Deberá	tener	acceso	gratuito	a	los	servicios	de	emergencia.	
r. Atención	al	cliente	mediante	un	número	gratuito.	Dicho	número	se	presentará	en	
el	momento	de	la	firma	del	contrato	bajo	declaración	jurada.	
s. Cabeza	de	número	colectivo	de	Hunting	que	permita	acceder	a	un	grupo	de	líneas	
de	usuario	con	un	número	principal.	
t. Facilidades	de	restricción		de	llamadas	LDN	y	LDI	y	salida	0800	según	requerimiento	
de	PRODUCE,	así	como	números	móviles	nacionales	e	internacionales.	
u. EL	servicio	0800	será	gratuito	para	los	servicios	locales,	móviles	y	LDN,	el	operador	
ofrecerá	el	servicio	de	portabilidad	para	mantener	el	número	0800	que	PRODUCE	
cuente	al	momento	de	la	contratación	del	servicio.	
5.1.2 SERVICIO	DE	TELEFONIA	FIJA	LOCAL	A	TELEFONIA	FIJA	LOCAL	TIPO	RDSI	–	PRI	
	
a. El	servicio	en	la	sede	Principal	deberá	comprender	un	tráfico	total	de	1,000,000.00	
(Un	millón)	minutos	de	llamadas	de	telefonía	fija	local,	en	un	período	de	tiempo	de	
dos	(02)	años	{24	meses),	el	cual	tendrá	un	pago	fijo	mensual.	La	tarifa	debe	ser	por	
segundos	para	llamadas	de	telefonía	fija	local	y	no	deberán	variar	durante	el	período	
del	contrato.	
b. Se	deberá	considerar	un	horario	único	de	24	horas	por	día	para	el	tráfico	de	llamadas	
entrantes	y	salientes	durante	el	período	del	contrato.
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c. Se	deberá	garantizar	la	comunicación	con	un	BER	<10-6
	
d. Debe	permitir	bloqueo	DDI/DDN,	que	permita	restringir	la	salida	por	discado	directo	
a	 números	 de	 fuera	 y	 dentro	 del	 País.	 En	 caso	 el	 operador	 brinde	 el	 servicio	 de	
llamadas	por	cobrar	o	por	Collect,	deberá	permitir	el	bloqueo	de	dichas	llamadas.	
e. Debe	 permitir	 restringir	 llamadas	 a	 números	 0-800,	 opción	 que	 deberá	 estar	
Implementada	desde	el	Inicio	del	servicio.	
f. Para	los	bloqueos/desbloqueos	y	restricciones/habilitaciones	de	los	numeral	d.	y	c.	
deberán	 ser	 realizados	 por	 el	 Contratistas	 a	 solicitud	 del	 Ministerio,	 sin	 que	 ello	
signifique	costo	alguno	para	el	Ministerio	y	las	veces	que	el	Ministerio	lo	requiera.	
5.1.3 SERVICIO	 DE	 TELEFONIA	 FIJA	 LOCAL	 A	 TELEFONIA	 DE	 LARGA	 DISTANCIA	
NACIONAL	
a. El	servicio	en	la	sede	Principal	deberá	comprender	un	tráfico	total	de	100,000	(cien	a	
Mil)	minutos	para	llamadas	de	Telefonía	a	Fija	Local	a	Telefonía	de	Larga	Distancia	
Nacional,	en	un	periodo	de	tiempo	de	dos	(02)	años	(24	meses).	La	tarifa	debe	ser	por	
segundos	para	llamadas	de	telefonía	de	Larga	Distancia	Nacional	y	no	deberán	variar	
durante	el	período	del	contrato.	
b. EL	costo	por	minuto	de	larga	distancia	nacional	deberá	ser	el	mismo	para	todo	el	
territorio	nacional.	
c. Se	deberá	considerar	un	horario	de	24	horas	por	día	y	por	todos	los	días	que	dure	el	
contrato	(24	meses)	para	el	tráfico	de	llamadas	entrantes	y	salientes.	
	
5.1.4 SERVICIO	 DE	 TELEFONIA	 FIJA	 A	 TELEFONIA	 DE	 LARGA	 DISTANCIA	
INTERNACIONAL	
	
a. El	 servido	 deberá	 comprender	 un	 tráfico	 total	 de	 4,000	 (Cuatro	 Mil)	 minutos	 de	
llamadas	de	telefonía	fija	de	Larga	Distancia	Internacional	como	bolsa	de	minutos,	en	
un	período	de	tiempo	de	dos	(02)	años	(24	meses).	La	tarifa	debe	ser	por	segundos	
para	 llamadas	 de	 telefonía	 de	 Larga	 Distancia	 internacional	 y	 no	 deberán	 variar	
durante	el	período	del	contrato.	
b. Las	llamadas	de	larga	distancia	internacional	a	telefonía	fija	debe	ser	el	70%	del	total	
solicitada	y	las	llamadas	de	larga	distancia	internacional	a	móviles	el	30%	del	total	de	
la	bolsa	de	minutos	de	llamadas	a	larga	distancia	internacional.	
c. Se	deberá	considerar	un	horario	de	24	horas	por	día	y	por	todos	los	días	que	dure	el	
contrato	(24	meses)	para	el	tráfico	de	llamadas	entrantes	y	salientes.	
d. El	costo	de	las	llamadas	deberá	ser	el	mismo	dentro	y	fuera	de	la	bolsa	de	minutos	sin	
importar	el	horario	en	que	se	realice	las	llamadas.	
e. La	propuesta	del	postor	debe	considerar	una	tarifa	única	para	todos	los	destinos	fijos	
Internacionales	 de	 todo	 el	 Mundo	 en	 que	 tenga	 cobertura	 el	 postor.	 Debiendo	
presentar	 la	 relación	 de	 destinos	 internacionales	 con	 los	 cuales	 tiene	 cobertura,	
adjunta	a	SU propuesta	técnica.	
	
5.1.5 SERVICIO	DE	TELEFONIA	FIJA	A	TELEFONIA	MOVIL	
	
a. El	servicio	deberá	comprender	un	tráfico	total	de	30,000	(Treinta	Mil)	minutos,	a	
cualquier	operador	en	un	período	de	tiempo	de	dos	(02)	arios	(24	meses).	La	tarifa	
debe	ser	por	segundos	para	llamadas	de	telefonía	fija	a	Móvil	y	no	deberán	variar	
durante	el	periodo	del	contrato.	
b. Se	deberá	considerar	un	horario	de	24	horas	por	día	y	por	todos	los	días	que	dure	el	
contrato	(24	meses)	para	el	tráfico	de	llamadas	entrantes	y	salientes.	
c. Las	llamadas	a	telefonía	móvil	no	incluye	tráfico	rural	ni	satelital.
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5.1.6 SERVICIO	 DE	 TELEFONIA	 FIJA	 A	 TELEFONIA	 RURAL	 (RURAL	 LOCAL	 Y	 RURAL	
NACIONAL)	
	
a. El	servicio	deberá	comprender	un	tráfico	total	de	1,000	(Mil)	minutos	de	las	llamadas	
de	telefonía	fija	a	telefonía	fija	rural	a	nivel	nacional	a	cualquier	operador:	en	un	
periodo	de	tiempo	de	dos	(02)	años	(24	meses).	La	tarifa	debe	ser	por	segundos	para	
llamadas	de	telefonía	fija	a	telefonía	Rural	y	no	deberán	variar	durante	el	periodo	del	
contrato.	
b. Se	deberá	considerar	un	horario	de	24	horas	por	día	y	por	todos	los	días	que	dure	el	
contrato	(24	meses)	para	el	tráfico	de	llamadas	entrantes	y	salientes.	
	
	
5.1.7 SERVICIO	DE	TELEFONIA	FIJA	A	TELEFONIA	SATELITAL	
	
a. El	servicio	deberá	comprender	un	tráfico	total	de	500	(Quinientos)	minutos	de	las	
llamadas	de	telefonía	fija	a	telefonía	satelital	a	nivel	nacional	a	cualquier	operador	
en	 un	 período	 de	 tiempo	 de	 dos	 (02)	 años	 (24	 meses).	 La	 tarifa	 debe	 ser	 por	
segundos	para	llamadas	de	telefonía	Fija	a	telefonía	Satelital		y	no	deberán	variar	
durante	el	periodo	del	contrato.	
b. Se	deberá	considerar	un	horario	de	24	horas	por	día	y	por	todos	los		días	que	dure	
el	contrato	(24	meses)	para	el	tráfico	de	llamadas	entrantes	y	salientes.	
5.1.8 CONSIDERACIONES
a. El	 servicio	 incluye	 la	 instalación	 del	 equipamiento	 que	 corresponda	 y	 todo	 lo	
necesario	para	su	puesta	en	operación.	El	operador	deberá	brindar	el	apoyo	en	lo	que	
el	 área	 encargada	 vea	 conveniente.	 Asimismo,	 deberán	 realizarse	 las	 pruebas	
pertinentes	 para	 demostrar	 el	 correcto	 funcionamiento	 de	 las	 líneas	 RDSI	 que	
permita	realizar	y	recibir	Camadas	sin	interferencia	de	todos	los	servicios	solicitados.	
	
b. La	Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	del	Ministerio	de	la	Producción	
será	responsable	de	la	configuración	de	la	Central	Telefónica	y	equipos	relaciones	
(switch,	Gateway)	que	no	son	parte	del	equipo	del	Contratista	para	la	prestación	del	
servicio.		
c. Para	la	Instalación	de	los	equipos	del	Contratista,	la	Oficina	General	de	Tecnologías	
de	 la	 Información	 del	 Ministerio	 de	 la	 Producción	 proveerá	 como	 mínimo	 de	 los	
siguientes	elementos	y/o	accesorios:	
i. Tomacorrientes	
ii. Pozo	a	tierra	con	las	mediciones	tal	cual	se	encuentra	en	la	
entidad	
iii. Energía	Estabilizada	
iv. Patch	Panel	
v. Patch	Cord	
vi. Central	Telefónica	(donde	se	conectara	el	primarlo	RDSI)	
vii. Gateway	de	Voz,	Switches,	u	otros	equipos	LAN	
viii. Tendido	de	Cableado	Eléctrico	
ix.			UPS	
x. Gabinetes—Racks	
xi.	Cableado	Estructurado	
	
	
d. 	El	operador	deberá	presentar	una	declaración	jurada	indicando	que	cumple	con	
la	seguridad	en	las	comunicaciones,	con	los	requisitos	establecidos	por	el	ente	
regulador	y	garantizando	la	inviolabilidad	y	el	secreto	de	las	telecomunicaciones	
cursadas	a	través	de	tales	servicios,	así	como	la	confidencialidad	de	la	información	
personal	relativa	a	sus	usuarios	que	se	obtenga	en	el	curso	de	sus	negocios,	salvo
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	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
consentimiento	 previo,	 expreso	 y	 por	 escrito	 de	 sus	 usuarios	 y	 demás	 partes	
involucradas	o	por	mandato	judicial,	de	acuerdo	a	lo	establecido	en	el	artículo	13	
del	Decreto	Supremo	020-2007-MTC	que	aprobó	el	Reglamento	General	de	la	Ley	
de	Telecomunicaciones.			
	
e. El	operador	presentará	una	declaración	jurada	en	la	que	señale	que	estará	sujeto	a	
lo	Indicado	en	el	Texto	Único	Ordenado	(TUO)	del	Reglamento	General	de	la	Ley	de	
Telecomunicaciones,	aprobado	por	el	Decreto	Supremo	Nº	0020-2007-MTC	
	
5.1.9 ACUERDO	DE	NIVEL	DE	SERVICIO	(SLA)	
	
ATENCIÓN	POR	AVERÍAS	
	
• Se	entenderá	por	avería	a	una	Interrupción	parcial	o	total	del	servicio,	así	como	
a	una	pérdida	de	la	calidad	del	mismo.	
• El	contratista	asumirá	el	costo	de	la	provisión	de	los	Bienes	para	la	reparación	
de	 una	 avería,	 siempre	 y	 cuando	 la	 avería	 obedezca	 a	 causa	 Imputable	 al	
contratista.	
• El	contratista	deberá	brindar	un	servicio	de	soporte	técnico	permanente	de	
24x7	relacionado	con	problemas	de	enlaces	de	conexión,	fallos	y	reposición	de	
equipos	de	comunicaciones	en	caso	amerite,	así	como	repuesta	a	consultas	de	
carácter	técnico	relacionados	con	la	disponibilidad	de	los	enlaces	y	servicios	de	
red.	
• El	contratista	deberá	contar	con	un	centro	de	servicio	Implementado	de	tal	
manera	 que	 le	 asegure	 a	 PRODUCE,	 que	 se	 encuentra	 un	 condiciones	 de	
cumplir	con	lo	estipulado	en	los	presentes	términos	de	referencia.	
• El	tiempo	de	solución	máximo	para	la	atención	de	una	avería	y	restablecer	el	
servicio,	será	de	cuatro	(04)	horas,	contadas	desde	que	PRODUCE	reporta	el	
Incidente	 al	 Centro	 de	 Servicia	 del	 contratista	 y	 se	 le	 asigna	 un	 ticket	 de	
atención.	
• PRODUCE	podrá	efectuar	llamadas	de	servicio	de	lunes	a	domingo	incluyendo	
feriados	desde	las	00:00		hasta	las	24:00	horas	(24x7).	
• Las	llamadas	de	servido	se	sujetarán	a	lo	siguiente:	
a. Se	efectuarán	telefónicamente.	
b. Para	 el	 caso	 de	 la	 medición	 del	 tiempo	 de	 solución,	 solo	 será	
tomada	 como	 referencia	 las	 llamadas	 Ingresadas	 por	 vía	
telefónica.	
c. PRODUCE	notificará	las	anomalías	que	se	presenten	incluyendo	
la	siguiente	información:	fecha,	hora,	descripción	del	problema	y	
nombre	de	la	persona	que	reporta	la	avería.	
5.2		PROCEDIMIENTO	
								No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.3	PLAN	DE	TRABAJO	
							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.4	RECURSOS	A	SER	PROVISTOS	POR	EL	PROVEEDOR	
El	operador	es	responsable	de	efectuar	los	estudios	de	ingeniería	respectivos	que	le	
permitan	cumplir	con	el	servicio,	es	decir,	si	fuera	necesario	realizar	obras	civiles	dentro	
o	fuera	de	PRODUCE,	para	la	instalación	de	los	servicios	propuestos,	estos	deberán	ser	
realizados	por	el	Operador,	quien	asumirá	los	costos	que	puedan	involucrar.
Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	
	 	
	
	
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5.5	RECURSOS	Y	FACILIDADES	A	SER	PROVISTOS	POR	LA	ENTIDAD	
PRODUCE	será	responsable	de	las	autorizaciones	de	ingreso,	desocupar	espacios	a	
utilizar	por	la	Contratista,	oficinas,	pasillos,	etc.	donde	se	realizarán	los	trabajos	de	
instalación.	Cualquier	retraso	por	causas	no	imputables	al	Contratista	quedará	
registrado	en	un	acta	de	Ocurrencia.	
	
5.6	REGLAMENTOS	TÉCNICOS,	NORMAS	METROLÓGICAS	Y/O	SANITARIAS	NACIONALES	
							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.7	NORMAS	TÉCNICAS	
							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.8	IMPACTO	AMBIENTAL	
							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.9	SEGUROS	
							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.10	PRESTACIONES	ACCESORIAS	A	LA	PRESTACIÓN	PRINCIPAL	
										5.10.1	Mantenimiento	Preventivo	
																							No	aplicable	para	este	servicio.	
										5.10.2	Soporte	Técnico	
	 									No	aplicable	para	este	servicio.	
										5.10.3	Capacitación	y/o	entrenamiento	
																							No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.11	REQUERIMIENTOS	DEL	PROVEEDOR	Y	DE	SU	PERSONAL	 	
									5.11.1	Perfil	del	Proveedor	
• Empresa	dedicada	al	rubro	de	telecomunicaciones.	
• Experiencia	mínima	de	cinco	años	en	el	servicio	requerido.	
• No	debe	estar	Inhabilitado	para	contratar	con	el	Estado	y	deberá	tener	Inscripción	
vigente	en	el	Registro	Nacional	de	Operadores-RNP	Capitulo	de	Servidos,	
• Contar	con	autorización	para	brindar	el	servicio	de	telefonía	Fija,	respaldando	su	
servido	con	soporte	técnico	permanente.	
• Contar	con	centros	autorizados	de	servicio	técnico	en	las	jurisdicciones	materia	
del	presente	servicio,	a	fin	de	solucionar	problemas	de	conectividad.	Para	esto,	los	
postores	deberán	indicar	la	dirección	del	centro	de	servido	técnico	ubicado	en	la	
jurisdicción	materia	del	presente.		
• El	 operador	 deberá	 acreditar	 haber	 realizado	 servicios	 similares	 mediante	 la	
presentación	de	Contratos	de	Servicios	y	sus	respectivas	conformidades	por	los	
servidos	prestados.
Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	
	 	
	
	
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	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
									5.11.2	Perfil	del	Personal	
Personal	técnico	especializado	en	el	servicio	a	realizar,	en	Instalación	de	fibra	
óptica,	traslado	e	instalación	de	primarios	para	lo	cual	deberá	ser	sustentada	en	
la	propuesta	con	su	Currículum	Vitae	documentado	donde	acredite	capacitación	
en	instalación	de	fibra	óptica	e	instalación	de	primarios.	
	
5.12	LUGAR	Y	PLAZO	DE	PRESTACIÓN	DEL	SERVICIO	
									5.12.1	Lugar	
El	servido	se	desarrollará	en	el	piso	6º	(Datacenter)	de	la	Sede	Principal	del	
Ministerio	de	la	Producción,	sito	en	Calle	Uno	Oeste	N'	60	Urb.	Córpac,	San	
Isidro.	La	Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	del	Ministerio,	
brindará	las	facilidades	del	caso	para	la	prestación	del	servicio.	
	
									5.12.2	Plazo	
El	plazo	de	ejecución	y	desarrollo	del	servicio	será	de	dos	(02)	años,	contados	
a	 partir	 del	 día	 siguiente	 de	 suscrita	 el	 acta	 de	 instalación	 y	 puesta	 en	
funcionamiento	del	servicio.	La	culminación	del	servicio	se	dará	cuando	se	haya	
alcanzado	el	monto	contratado	o	se	cumplan	los	dos	(02)	años	del	plazo	de	
ejecución	 del	 servicio	 (lo	 que	 ocurra	 primero).	 Siendo	 que	 en	 caso	 que	 el	
servicio	 culmine	 a	 los	 dos	 (02)	 años	 y	 se	 tengan	 minutos	 por	 consumir,	 el	
operador	deberá	brindar	el	servicio	hasta	que	dicho	monto	se	agote.		
El	plazo	de	instalación	y	puesta	en	funcionamiento	del	servicio	será	de	60	días	
calendarios	después	de	la	firma	del	contrato.	
La	duración	del	servicio	estará	en	función	del	consumo	de	minutos	contratados	
a	del	monto	del	contrato.	
	
5.13	RESULTADOS	ESPERADOS		
									No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.14	OTRAS	OBLIGACIONES	DEL	CONTRATISTA		
									No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.15	CONFIDENCIALIDAD	
• Toda	información	del	Ministerio	de	la	Producción	al	que	tenga	acceso	el	operador	y	su	
personal,	 es	 estrictamente	 confidencial.	 El	 personal	 del	 operador	 involucrado	 en	 el	
servicio	deberá	comprometerse	a	mantener	las	reservas	del	caso	y	no	transmitirlas	a	
ninguna	 persona	 (natural	 o	 Jurídica)	 sin	 la	 autorización	 expresa	 y	 por	 escrito	 del	
Ministerio	de	la	Producción.	
• En	 caso	 de	 incumplimiento	 por	 parte	 del	 operador	 adjudicado,	 el	 Ministerio	 de	 la	
Producción	aplicará	las	sanciones	previstas	según	las	leyes	pertinentes.
Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	
	 	
	
	
	 Página	8	de	9	
	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
• La	 información	 que	 se	 considera	 estrictamente	 confidencial	 será	 especificada	 en	
contrato	respectivo	a	firmar	con	el	operador	ganador	y	se	ajustará	a	las	leyes	y	normas	
vigentes.	
• El	 personal	 del	 operador	 involucrado	 en	 el	 servido	 deberá	 suscribir	 un	 Acuerdo	 de	
Confidencialidad,	a	fin	de	garantiza	la	reserva	sobre	la	información	de	PRODUCE	a	la	que	
tenga	acceso.	
	
5.16	PROPIEDAD	INTELECTUAL	
									No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.17	MEDIDAS	DE	CONTROL		
									5.17.1	Áreas	que	coordinarán	con	el	proveedor	
La	unidad	organizacional	responsable	de	la	supervisión	y	coordinación	de	la	
contratación	 es	 la	 Oficina	 General	 de	 Tecnologías	 de	 la	 Información	 de	
PRODUCE.	
	
5.17.2	Áreas	responsables	de	las	medidas	de	control	
La	unidad	organizacional	responsable	de	las	medidas	de	control		es	la	Oficina	
General	de	Tecnologías	de	la	Información	de	PRODUCE.	
	
5.17.3	Área	que	brindará	la	conformidad	
La	 Oficina	 General	 de	 Tecnologías	 de	 la	 Información	 del	 Ministerio	 de	 la	
Producción,	 otorgará	 la	 conformidad,	 una	 vez	 concluida	 la	 instalación	 y	
puesta	en	marcha	del	servicio.	
Previamente,	 el	 operador	 deberá	 entregar	 los	 documentos	 de	 instalación,	
configuración,	pruebas	e	implantación:	así	como	el	Diagrama	General	de	la	
Arquitectura	de	Red	del	servicio	instalado.	
5.18	FORMA	DE	PAGO	
								La	forma	de	pago	del	servicio	será	mensual.	
En	caso	la	puesta	en	marcha	del	servicio	no	coincida	con	el	primer	día	del	Inicio	del	ciclo	
de	 facturación	 del	 operador,	 el	 cobro	 por	 este	 servido,	 deberá	 ser	 incluido	 en	 el	
siguiente	ciclo	de	facturación.	
5.19	FÓRMULA	DE	REAJUSTE	
									No	aplicable	para	este	servicio.
Oficina	General	de	Tecnologías	de	la	Información	
	 	
	
	
	 Página	9	de	9	
	 																																																	“Año	del	Buen	Servicio	al	Ciudadano”	
5.20	OTRAS	PENALIDADES	
En	caso	que	el	operador	Incumpla	con	la	debida	prestación	del	servido	o	con	los	SLA	
descritos	en	el	punto	4.10,	la	Entidad	aplicará	la	siguiente	penalidad:	
				 	 PENALIDAD	POR	HORA	=	(0.10	X	Monto	Mensual)	/	(F	x	Plazo	en	días)	
	 	 Donde:	
	 	 F	 											=		0.40	para	plazos	menores	o	iguales	a	dos	(02)	horas	
	 	 F	 											=		0.25	para	plazos	mayores	a	dos	(02)	horas	
	 	 Plazo	en	días		=		treinta	(30)	días	calendario	
	
5.21		RESPONSABILIDAD	POR	VICIOS	OCULTOS	
										No	aplicable	para	este	servicio.	
	
5.22	NORMATIVA	ESPECÍFICA	
									No	aplicable	para	este	servicio.			
	
6. ANEXOS					
No	aplicable	para	este	servicio.

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Ministerio de la Producción Tdr Telefonia fija 2017 - 2019

  • 1. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 1 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” TÉRMINOS DE REFERENCIA - SERVICIO BORRADOR 1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Servicio de Telefonía Fija para el Ministerio de la Producción 2. FINALIDAD PÚBLICA Garantizar un eficiente y efectivo sistema de comunicaciones de voz al personal del Ministerio de la Producción. 3. ANTECEDENTES Con fecha 14.Noviembre.2014 se firma el Contrato Nº 117-2014-PRODUCE “Contratación del Servicio de Telefonía Fija para el Ministerio de la Producción” con la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. por un plazo de setecientos treinta y uno días (731) calendario iniciados a partir del día siguiente de suscrita el acta de instalación y puesta en funcionamiento del servicio. 4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN Contratar una persona jurídica para el servicio de telefonía fija que permita la comunicación efectiva y eficiente al personal del Ministerio de la Producción en adelante PRODUCE. En el presente documento se le denominará Operador a dicha persona natural o jurídica. 5. ALCANCES Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Servicio de telefonía fija para el PRODUCE que consistirá en líneas RDSI Primarlas, que serán Instaladas en la Sede Principal del Ministerio de la Producción, sito en Calle Uno Oeste Nº 60 Urb. Córpac, San Isidro. Las partes suscribirán un acta de inicio de servicio. Al día siguiente de la suscripción de esta acta, se empezara a contabilizar el plazo de veinticuatro (24) meses. 5.1 ACTIVIDADES 5.1.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES a. Las Líneas RDSI Primarias de 30 canales serán dos (02) por el tiempo que dure el contrato. Cada canal debe ser de 64 kbps a fin de soportar comunicaciones simultáneas de voz. El medio de acceso para brindar el servicio debe ser de fibra óptica. b. EL acceso de última milla debe ser de fibra óptica, tanto en la última milla, como en su backbone para ambas líneas primarias y deberán ser independientes a cualquier otro circuito de datos ya instalado previamente, para lo cual el postor presentará la documentación que lo acredite. c. Las líneas primarias deberán provenir de rutas diferentes. La fibra deberá ser canalizada y subterránea en todo su recorrido desde la sede de PRODUCE hasta el nodo del operador. d. La instalación de las líneas primarias, deberá ser instaladas en el Datacenter de PRODUCE, sexto piso de la sede central donde se encuentra instalado los servidores de la Central Telefónica IP. Deberá incluir la provisión de todos los materiales y
  • 2. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 2 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” equipamiento necesario para el correcto funcionamiento del servicio, bajo modalidad de llave en mano. e. La entidad aprovisionará la tarjeta E1 PRI en la Central Telefónica IP así como asumirá la responsabilidad de la instalación, configuración y soporte de la interface. f. Cabecera de números colectivos hunting, que permita acceder a un grupo de líneas de usuarios (varios RDSI) con un solo número principal. g. Identificación de llamadas entrantes. h. El Postor bajo los principios de neutralidad, no discriminación e Igual de acceso libre y leal competencia promovido por OSIPTEL se compromete a permitir el acceso de entrada y salida a operadores de la competencia. Así, como la interconexión con otros operadores de telefonía fija y móvil de todo el Perú y el Mundo. i. El costo de la facturación debe ser por minuto. Mensualmente el detalle de la facturación de llamadas deberá ser entregada por medio físico, magnético o vía web (en caso de ser vía web, el contratista deberá brindar un usuaria y contraseña para el acceso como mínimo para dos personas). Indicando de manera detallada las conexiones o llamadas entrantes y salientes de la línea primaria, número llamado, fecha, hora así como los minutos reales consumidos en forma mensual, de acuerdo a los servidos descritos en los puntos 5.1.2, 5.1.3, 5.1.4, 5.1.5, 5.1.6 y 5.1.7 del presente documento. j. No debe tener costo la conexión por llamadas, así como no debe tener costo las llamadas perdidas que se realicen. k. El servicio técnico deberá ser las 24 horas del día, dentro del plazo que dure el contrato. Incluyendo días feriados y/o fines de semana (24x7), Cabe precisar que el servicio puede verse afectado por causas externas ajenas al operador para la atención del servicio para el cual el Contratista deberá sustentar el motivo de la causa externa de su no atención. l. Este servicio de soporte técnico podrá ser presencial o vía telefónica, vía email, según el caso se requiere por el Ministerio. m. Se debe mantener el mismo número con el que trabaja actualmente el Ministerio acogiéndose al beneficio de la portabilidad numérica entre operadores. n. Se deberá permitir el uso de tarjetas prepago para todos los destinos, para uso en llamadas personales las cuales no deberá generar costo alguno al Ministerio. o. Por ningún motivo el operador del servicio procederá al corte del mismo, sin la correspondiente comunicación previa de los motivos y con una anticipación mínima de 15 días calendarios. p. Los recibos de pago del servicio, serán notificados por el operador con una anticipación mínima de diez días calendarios respecto a la fecha de vencimiento, los mismos que serán entregados por Tramite Documentarlo de la Entidad, silo en Calle Uno Oeste N- 60, sótano 1, Urb. Córpac, San Isidro, Urna. q. Deberá tener acceso gratuito a los servicios de emergencia. r. Atención al cliente mediante un número gratuito. Dicho número se presentará en el momento de la firma del contrato bajo declaración jurada. s. Cabeza de número colectivo de Hunting que permita acceder a un grupo de líneas de usuario con un número principal. t. Facilidades de restricción de llamadas LDN y LDI y salida 0800 según requerimiento de PRODUCE, así como números móviles nacionales e internacionales. u. EL servicio 0800 será gratuito para los servicios locales, móviles y LDN, el operador ofrecerá el servicio de portabilidad para mantener el número 0800 que PRODUCE cuente al momento de la contratación del servicio. 5.1.2 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA LOCAL A TELEFONIA FIJA LOCAL TIPO RDSI – PRI a. El servicio en la sede Principal deberá comprender un tráfico total de 1,000,000.00 (Un millón) minutos de llamadas de telefonía fija local, en un período de tiempo de dos (02) años {24 meses), el cual tendrá un pago fijo mensual. La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía fija local y no deberán variar durante el período del contrato. b. Se deberá considerar un horario único de 24 horas por día para el tráfico de llamadas entrantes y salientes durante el período del contrato.
  • 3. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 3 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” c. Se deberá garantizar la comunicación con un BER <10-6 d. Debe permitir bloqueo DDI/DDN, que permita restringir la salida por discado directo a números de fuera y dentro del País. En caso el operador brinde el servicio de llamadas por cobrar o por Collect, deberá permitir el bloqueo de dichas llamadas. e. Debe permitir restringir llamadas a números 0-800, opción que deberá estar Implementada desde el Inicio del servicio. f. Para los bloqueos/desbloqueos y restricciones/habilitaciones de los numeral d. y c. deberán ser realizados por el Contratistas a solicitud del Ministerio, sin que ello signifique costo alguno para el Ministerio y las veces que el Ministerio lo requiera. 5.1.3 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA LOCAL A TELEFONIA DE LARGA DISTANCIA NACIONAL a. El servicio en la sede Principal deberá comprender un tráfico total de 100,000 (cien a Mil) minutos para llamadas de Telefonía a Fija Local a Telefonía de Larga Distancia Nacional, en un periodo de tiempo de dos (02) años (24 meses). La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía de Larga Distancia Nacional y no deberán variar durante el período del contrato. b. EL costo por minuto de larga distancia nacional deberá ser el mismo para todo el territorio nacional. c. Se deberá considerar un horario de 24 horas por día y por todos los días que dure el contrato (24 meses) para el tráfico de llamadas entrantes y salientes. 5.1.4 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA A TELEFONIA DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL a. El servido deberá comprender un tráfico total de 4,000 (Cuatro Mil) minutos de llamadas de telefonía fija de Larga Distancia Internacional como bolsa de minutos, en un período de tiempo de dos (02) años (24 meses). La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía de Larga Distancia internacional y no deberán variar durante el período del contrato. b. Las llamadas de larga distancia internacional a telefonía fija debe ser el 70% del total solicitada y las llamadas de larga distancia internacional a móviles el 30% del total de la bolsa de minutos de llamadas a larga distancia internacional. c. Se deberá considerar un horario de 24 horas por día y por todos los días que dure el contrato (24 meses) para el tráfico de llamadas entrantes y salientes. d. El costo de las llamadas deberá ser el mismo dentro y fuera de la bolsa de minutos sin importar el horario en que se realice las llamadas. e. La propuesta del postor debe considerar una tarifa única para todos los destinos fijos Internacionales de todo el Mundo en que tenga cobertura el postor. Debiendo presentar la relación de destinos internacionales con los cuales tiene cobertura, adjunta a SU propuesta técnica. 5.1.5 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA A TELEFONIA MOVIL a. El servicio deberá comprender un tráfico total de 30,000 (Treinta Mil) minutos, a cualquier operador en un período de tiempo de dos (02) arios (24 meses). La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía fija a Móvil y no deberán variar durante el periodo del contrato. b. Se deberá considerar un horario de 24 horas por día y por todos los días que dure el contrato (24 meses) para el tráfico de llamadas entrantes y salientes. c. Las llamadas a telefonía móvil no incluye tráfico rural ni satelital.
  • 4. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 4 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” 5.1.6 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA A TELEFONIA RURAL (RURAL LOCAL Y RURAL NACIONAL) a. El servicio deberá comprender un tráfico total de 1,000 (Mil) minutos de las llamadas de telefonía fija a telefonía fija rural a nivel nacional a cualquier operador: en un periodo de tiempo de dos (02) años (24 meses). La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía fija a telefonía Rural y no deberán variar durante el periodo del contrato. b. Se deberá considerar un horario de 24 horas por día y por todos los días que dure el contrato (24 meses) para el tráfico de llamadas entrantes y salientes. 5.1.7 SERVICIO DE TELEFONIA FIJA A TELEFONIA SATELITAL a. El servicio deberá comprender un tráfico total de 500 (Quinientos) minutos de las llamadas de telefonía fija a telefonía satelital a nivel nacional a cualquier operador en un período de tiempo de dos (02) años (24 meses). La tarifa debe ser por segundos para llamadas de telefonía Fija a telefonía Satelital y no deberán variar durante el periodo del contrato. b. Se deberá considerar un horario de 24 horas por día y por todos los días que dure el contrato (24 meses) para el tráfico de llamadas entrantes y salientes. 5.1.8 CONSIDERACIONES a. El servicio incluye la instalación del equipamiento que corresponda y todo lo necesario para su puesta en operación. El operador deberá brindar el apoyo en lo que el área encargada vea conveniente. Asimismo, deberán realizarse las pruebas pertinentes para demostrar el correcto funcionamiento de las líneas RDSI que permita realizar y recibir Camadas sin interferencia de todos los servicios solicitados. b. La Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de la Producción será responsable de la configuración de la Central Telefónica y equipos relaciones (switch, Gateway) que no son parte del equipo del Contratista para la prestación del servicio. c. Para la Instalación de los equipos del Contratista, la Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de la Producción proveerá como mínimo de los siguientes elementos y/o accesorios: i. Tomacorrientes ii. Pozo a tierra con las mediciones tal cual se encuentra en la entidad iii. Energía Estabilizada iv. Patch Panel v. Patch Cord vi. Central Telefónica (donde se conectara el primarlo RDSI) vii. Gateway de Voz, Switches, u otros equipos LAN viii. Tendido de Cableado Eléctrico ix. UPS x. Gabinetes—Racks xi. Cableado Estructurado d. El operador deberá presentar una declaración jurada indicando que cumple con la seguridad en las comunicaciones, con los requisitos establecidos por el ente regulador y garantizando la inviolabilidad y el secreto de las telecomunicaciones cursadas a través de tales servicios, así como la confidencialidad de la información personal relativa a sus usuarios que se obtenga en el curso de sus negocios, salvo
  • 5. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 5 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” consentimiento previo, expreso y por escrito de sus usuarios y demás partes involucradas o por mandato judicial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo 020-2007-MTC que aprobó el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. e. El operador presentará una declaración jurada en la que señale que estará sujeto a lo Indicado en el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0020-2007-MTC 5.1.9 ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (SLA) ATENCIÓN POR AVERÍAS • Se entenderá por avería a una Interrupción parcial o total del servicio, así como a una pérdida de la calidad del mismo. • El contratista asumirá el costo de la provisión de los Bienes para la reparación de una avería, siempre y cuando la avería obedezca a causa Imputable al contratista. • El contratista deberá brindar un servicio de soporte técnico permanente de 24x7 relacionado con problemas de enlaces de conexión, fallos y reposición de equipos de comunicaciones en caso amerite, así como repuesta a consultas de carácter técnico relacionados con la disponibilidad de los enlaces y servicios de red. • El contratista deberá contar con un centro de servicio Implementado de tal manera que le asegure a PRODUCE, que se encuentra un condiciones de cumplir con lo estipulado en los presentes términos de referencia. • El tiempo de solución máximo para la atención de una avería y restablecer el servicio, será de cuatro (04) horas, contadas desde que PRODUCE reporta el Incidente al Centro de Servicia del contratista y se le asigna un ticket de atención. • PRODUCE podrá efectuar llamadas de servicio de lunes a domingo incluyendo feriados desde las 00:00 hasta las 24:00 horas (24x7). • Las llamadas de servido se sujetarán a lo siguiente: a. Se efectuarán telefónicamente. b. Para el caso de la medición del tiempo de solución, solo será tomada como referencia las llamadas Ingresadas por vía telefónica. c. PRODUCE notificará las anomalías que se presenten incluyendo la siguiente información: fecha, hora, descripción del problema y nombre de la persona que reporta la avería. 5.2 PROCEDIMIENTO No aplicable para este servicio. 5.3 PLAN DE TRABAJO No aplicable para este servicio. 5.4 RECURSOS A SER PROVISTOS POR EL PROVEEDOR El operador es responsable de efectuar los estudios de ingeniería respectivos que le permitan cumplir con el servicio, es decir, si fuera necesario realizar obras civiles dentro o fuera de PRODUCE, para la instalación de los servicios propuestos, estos deberán ser realizados por el Operador, quien asumirá los costos que puedan involucrar.
  • 6. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 6 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” 5.5 RECURSOS Y FACILIDADES A SER PROVISTOS POR LA ENTIDAD PRODUCE será responsable de las autorizaciones de ingreso, desocupar espacios a utilizar por la Contratista, oficinas, pasillos, etc. donde se realizarán los trabajos de instalación. Cualquier retraso por causas no imputables al Contratista quedará registrado en un acta de Ocurrencia. 5.6 REGLAMENTOS TÉCNICOS, NORMAS METROLÓGICAS Y/O SANITARIAS NACIONALES No aplicable para este servicio. 5.7 NORMAS TÉCNICAS No aplicable para este servicio. 5.8 IMPACTO AMBIENTAL No aplicable para este servicio. 5.9 SEGUROS No aplicable para este servicio. 5.10 PRESTACIONES ACCESORIAS A LA PRESTACIÓN PRINCIPAL 5.10.1 Mantenimiento Preventivo No aplicable para este servicio. 5.10.2 Soporte Técnico No aplicable para este servicio. 5.10.3 Capacitación y/o entrenamiento No aplicable para este servicio. 5.11 REQUERIMIENTOS DEL PROVEEDOR Y DE SU PERSONAL 5.11.1 Perfil del Proveedor • Empresa dedicada al rubro de telecomunicaciones. • Experiencia mínima de cinco años en el servicio requerido. • No debe estar Inhabilitado para contratar con el Estado y deberá tener Inscripción vigente en el Registro Nacional de Operadores-RNP Capitulo de Servidos, • Contar con autorización para brindar el servicio de telefonía Fija, respaldando su servido con soporte técnico permanente. • Contar con centros autorizados de servicio técnico en las jurisdicciones materia del presente servicio, a fin de solucionar problemas de conectividad. Para esto, los postores deberán indicar la dirección del centro de servido técnico ubicado en la jurisdicción materia del presente. • El operador deberá acreditar haber realizado servicios similares mediante la presentación de Contratos de Servicios y sus respectivas conformidades por los servidos prestados.
  • 7. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 7 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” 5.11.2 Perfil del Personal Personal técnico especializado en el servicio a realizar, en Instalación de fibra óptica, traslado e instalación de primarios para lo cual deberá ser sustentada en la propuesta con su Currículum Vitae documentado donde acredite capacitación en instalación de fibra óptica e instalación de primarios. 5.12 LUGAR Y PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 5.12.1 Lugar El servido se desarrollará en el piso 6º (Datacenter) de la Sede Principal del Ministerio de la Producción, sito en Calle Uno Oeste N' 60 Urb. Córpac, San Isidro. La Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio, brindará las facilidades del caso para la prestación del servicio. 5.12.2 Plazo El plazo de ejecución y desarrollo del servicio será de dos (02) años, contados a partir del día siguiente de suscrita el acta de instalación y puesta en funcionamiento del servicio. La culminación del servicio se dará cuando se haya alcanzado el monto contratado o se cumplan los dos (02) años del plazo de ejecución del servicio (lo que ocurra primero). Siendo que en caso que el servicio culmine a los dos (02) años y se tengan minutos por consumir, el operador deberá brindar el servicio hasta que dicho monto se agote. El plazo de instalación y puesta en funcionamiento del servicio será de 60 días calendarios después de la firma del contrato. La duración del servicio estará en función del consumo de minutos contratados a del monto del contrato. 5.13 RESULTADOS ESPERADOS No aplicable para este servicio. 5.14 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA No aplicable para este servicio. 5.15 CONFIDENCIALIDAD • Toda información del Ministerio de la Producción al que tenga acceso el operador y su personal, es estrictamente confidencial. El personal del operador involucrado en el servicio deberá comprometerse a mantener las reservas del caso y no transmitirlas a ninguna persona (natural o Jurídica) sin la autorización expresa y por escrito del Ministerio de la Producción. • En caso de incumplimiento por parte del operador adjudicado, el Ministerio de la Producción aplicará las sanciones previstas según las leyes pertinentes.
  • 8. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 8 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” • La información que se considera estrictamente confidencial será especificada en contrato respectivo a firmar con el operador ganador y se ajustará a las leyes y normas vigentes. • El personal del operador involucrado en el servido deberá suscribir un Acuerdo de Confidencialidad, a fin de garantiza la reserva sobre la información de PRODUCE a la que tenga acceso. 5.16 PROPIEDAD INTELECTUAL No aplicable para este servicio. 5.17 MEDIDAS DE CONTROL 5.17.1 Áreas que coordinarán con el proveedor La unidad organizacional responsable de la supervisión y coordinación de la contratación es la Oficina General de Tecnologías de la Información de PRODUCE. 5.17.2 Áreas responsables de las medidas de control La unidad organizacional responsable de las medidas de control es la Oficina General de Tecnologías de la Información de PRODUCE. 5.17.3 Área que brindará la conformidad La Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de la Producción, otorgará la conformidad, una vez concluida la instalación y puesta en marcha del servicio. Previamente, el operador deberá entregar los documentos de instalación, configuración, pruebas e implantación: así como el Diagrama General de la Arquitectura de Red del servicio instalado. 5.18 FORMA DE PAGO La forma de pago del servicio será mensual. En caso la puesta en marcha del servicio no coincida con el primer día del Inicio del ciclo de facturación del operador, el cobro por este servido, deberá ser incluido en el siguiente ciclo de facturación. 5.19 FÓRMULA DE REAJUSTE No aplicable para este servicio.
  • 9. Oficina General de Tecnologías de la Información Página 9 de 9 “Año del Buen Servicio al Ciudadano” 5.20 OTRAS PENALIDADES En caso que el operador Incumpla con la debida prestación del servido o con los SLA descritos en el punto 4.10, la Entidad aplicará la siguiente penalidad: PENALIDAD POR HORA = (0.10 X Monto Mensual) / (F x Plazo en días) Donde: F = 0.40 para plazos menores o iguales a dos (02) horas F = 0.25 para plazos mayores a dos (02) horas Plazo en días = treinta (30) días calendario 5.21 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS No aplicable para este servicio. 5.22 NORMATIVA ESPECÍFICA No aplicable para este servicio. 6. ANEXOS No aplicable para este servicio.