Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Licitan compra de celulares oficiales
1. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/46817
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Decreto Nº 1089
MENDOZA, 11 DE JULIO DE 2018.
Visto el expediente Nº EX-2018-00224239-GDEMZA_DIC, mediante el cual se solicita
autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio de
telefonía celular y la provisión, instalación, puesta en marcha y mantenimiento del equipamiento
necesario para el funcionamiento del sistema; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Informática y Comunicaciones en el Orden Nº 109, informa que actualmente
dicha Repartición administra aproximadamente 3273 líneas de telefonía celular y 938 líneas de
datos móviles, prestando este servicio a todas las reparticiones de la Administración Central del
Gobierno Provincial y otros organismos del Estado que por convenio se han adherido a dicho
servicio.
Que el objetivo de la Telefonía Celular, es la prestación del servicio en el ámbito del Poder
Ejecutivo Provincial y la administración Pública Provincial para las llamadas en el ámbito
URBANO y NACIONAL e INTERNACIONAL.
Que con el servicio de Datos Móviles se espera poder contratar líneas de telefonía celular con
plan de datos que permita su integración a la red del Gobierno.
Que mediante el servicio de MDM, se pretende dotar de un sistema de Control y Gestión de toda
la flota de líneas y aparatos celulares que están contratados por el Gobierno de la Provincia de
Mendoza, independientemente de la empresa que preste el servicio
Que en el Orden Nº 115 se adjunta el Pliego de Condiciones Particulares y Técnicas y en el
Orden Nº 119 el Pliego de Bases y Condiciones Generales de Licitaciones, que regirán el
llamado a licitación que se propicia.
Que dado que la contratación que se gestiona compromete presupuestos de ejercicios futuros,
dichos servicios deben considerarse incluidos en las excepciones del artículo 100, inciso b) de la
Ley Nº 8706.
Por ello, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 139 de la Ley N° 8706 y Decreto Nº 1000/15,
que se ha efectuado la imputación preventiva del gasto estimado y de acuerdo a lo dictaminado
por Asesoría Legal en el Orden Nº 137.
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º : Facúltese a la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas para que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 139
Página 1/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
2. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/46817
de la Ley N° 8706 y Decreto Nº 1000/15, proceda a llamar a Licitación Pública para la
contratación del servicio de telefonía celular y la provisión, instalación, puesta en marcha y
mantenimiento del equipamiento necesario para el funcionamiento del sistema, con destino al
Gobierno de la Provincia Mendoza, de acuerdo a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones
Particulares y Técnicas obrante en el Orden Nº 115 y Pliego de Condiciones Generales de
Licitaciones obrante en el Orden Nº 119, a cuyo efecto se autoriza a invertir hasta la suma
estimada de PESOS VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL ($ 25.920.000,00),
calculado a un costo mensual estimado de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000,00).
Artículo 2º : La duración del contrato por los servicios que se licitan será de treinta y seis (36)
meses, contados a partir de la notificación de la norma legal de adjudicación.
Al cabo de este periodo el Gobierno de Mendoza podrá renovar el contrato por 1 (un) plazo
adicional de hasta doce (12) meses; esta renovación estará sujeta a que:
• La calidad de los servicios que haya prestado el Adjudicatario durante el periodo inicial o
inmediato anterior y haya cumplido con los requisitos definidos por el Estado.
• El precio mensual podrá ser igual o menor que el estipulado en el periodo inicial. El precio
mensual en ningún caso podrá ser superior al del periodo inicial.
En caso que el Gobierno de Mendoza optase por no renovarlo, el Adjudicatario deberá prestar, a
solicitud del comitente, hasta seis (6) meses de servicio luego del vencimiento del contrato en las
mismas condiciones técnicas y económicas que las vigentes al vencimiento del mismo, a fin de
facilitar los pasos administrativos y técnicos para la contratación y puesta en funcionamiento de
un nuevo servicio.
En caso de renovar el contrato por un periodo más, el Estado deberá notificar formalmente al
proveedor la necesidad de dicha renovación.
Artículo 3º : El gasto autorizado por el artículo 1° será atendido por la Tesorería General de la
Provincia, con cargo a las cuentas generales imputadas preventivamente según volantes que se
adjuntan en el Orden Nº 9/106, para el ejercicio presupuestario correspondiente al año 2.018
Artículo 4°: Autorícese a la Contaduría General de la Provincia a realizar las adecuaciones
presupuestarias correspondientes de acuerdo al consumo, considerando que los montos
adjudicados son estimativos dadas las características del servicio que se contrata y de
conformidad a lo dispuesto en los artículos 33 al 35 del Pliego de Condiciones Particulares y
Técnicas que rigen la licitación y que se adjunta en el Orden Nº 115.
Artículo 5°: Autorícese a los Servicios Administrativos correspondientes, a imputar, liquidar y
abonar los gastos correspondientes a los ejercicios futuros, mientras se encuentre vigente la
contratación autorizada por el artículo 1° y conforme lo dispuesto por el artículo 100, inc. b) de la
Ley N° 8706.
Artículo 6°: Establézcase que la Comisión de Preadjudicación de Ofertas estará integrada en
representación de la Dirección de Informática y Comunicaciones por el Lic. VICTOR HUGO
SERGIO CORREA, C.U.I.L. Nº 20-20448338-9 y el Ing. HERNAN ALEJANDRO PALERO,
C.U.I.L. N° 20-12138573-3 y la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios estará integrada
Página 2/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica
3. http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/46817
como Miembros Titulares por el Ing. JUAN MARTIN WIENS, C.U.I.L. N° 23-14256526-9 y el Ing.
ROBERTO MARCIAL GOMEZ, C.U.I.L. Nº 20-04624885-7 y como Miembros Suplentes, por el
Sr. NICOLAS MAXIMILIANO MARTIN, C.U.I.L. Nº 20-33705828-1 y el Sr. OSCAR ALBERTO
CALDERON, C.U.I.L. N° 20-14197458-1.
Artículo 7°: Comuníquese publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
MG. DALMIRO GARAY CUELI
Publicaciones: 1
Fecha de Publicación Nro Boletín
13/07/2018 30648
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)
Página 3/3
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica