Este documento resume el segundo Manifiesto de los Derechos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad de la Unión Europea. El manifiesto fue adoptado en 2011 por el Foro Europeo de la Discapacidad y su Comité de Mujeres, y revisa los derechos a la luz de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El manifiesto aborda temas como el acceso a la información, la comunicación, los bienes y servicios, y el transporte, y enfatiza la necesidad
Todas las personas tienen derecho a una dignidad personal con la que afrontar, con libertad y en igualdad de condiciones, las expectativas que se plantea.
Cultura para todos. medidas de accesibilidad a la comunicación.José María
La accesibilidad en la comunicación es fundamental para que la cultura llegue a todas las personas, independientemente de sus caracterísuicas y necesidades.
Todas las personas tienen derecho a una dignidad personal con la que afrontar, con libertad y en igualdad de condiciones, las expectativas que se plantea.
Cultura para todos. medidas de accesibilidad a la comunicación.José María
La accesibilidad en la comunicación es fundamental para que la cultura llegue a todas las personas, independientemente de sus caracterísuicas y necesidades.
Vigilancia de los derechos de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad lleva implícita una vigilancia sobre su cumplimiento en los Estados que la han reconocido.
Las personas ciegas y con discapacidad visual tienen derecho al acceso y disfrute del conocimiento y la cultura en igualdad de oportunidades con el el resto de ciudadanos.
Derechos de las personas con discapacidad. Estrategia Europea 2021-2030.José María
La independencia, los servicios sociales y de empleo de calidad,
la vivienda accesible e inclusiva, la participación en el aprendizaje
permanente, la protección social adecuada y el refuerzo de la economía social son elementos indispensables para que todas las personas con discapacidad disfruten de una vida digna.
Vida independiente. diversidad funcional.José María
La filosofía de vida independiente se asienta en el derecho de todas las personas a vivir, con los apoyos precisos, una vida digna y plena de la forma más autónoma y libre posible.
Accesibilidad universal. Vida independiente.José María
La accesibilidad universal es un elemento crucial para lograr
la inclusión social de las personas con discapacidad, que pasa
por el respeto de la dignidad inherente a la persona, la autonomía individual y la libertad en la toma de sus propias decisiones.
Participación social y discapacidad intelectual.José María
Para ofrecer espacios de participación social al colectivo de personas con discapacidad intelectual, es preciso
partir de un trabajo de autodeterminación de las mismas.
Derecho a la Salud. Personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad tienen derecho a la protección de la salud, sin discriminación por motivo o por razón de discapacidad, prestando especial atención a la salud mental
y a la salud sexual y reproductiva.
En pleno siglo XXI, la sociedad ha entendido que la accesibilidad y la igualdad de oportunidades son dimensiones fundamentales para lograr la plena participación de todas las personas, sean cuales sean sus características y necesidades.
Mujeres con discapacidad. Inclsuión social y laboral.José María
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad expresa en su artículo 6 que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación por lo que los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar su pleno desarrollo, adelanto y potenciación con el propósito de garantizarles el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención.
Interseccionalidad, género y discapacidad.José María
Promover y garantizar la igualdad de derechos de las mujeres
y niñas con discapacidad es uno de los aspectos más importante en la inclusión social de estas personas.
Vigilancia de los derechos de las personas con discapacidad.José María
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad lleva implícita una vigilancia sobre su cumplimiento en los Estados que la han reconocido.
Las personas ciegas y con discapacidad visual tienen derecho al acceso y disfrute del conocimiento y la cultura en igualdad de oportunidades con el el resto de ciudadanos.
Derechos de las personas con discapacidad. Estrategia Europea 2021-2030.José María
La independencia, los servicios sociales y de empleo de calidad,
la vivienda accesible e inclusiva, la participación en el aprendizaje
permanente, la protección social adecuada y el refuerzo de la economía social son elementos indispensables para que todas las personas con discapacidad disfruten de una vida digna.
Vida independiente. diversidad funcional.José María
La filosofía de vida independiente se asienta en el derecho de todas las personas a vivir, con los apoyos precisos, una vida digna y plena de la forma más autónoma y libre posible.
Accesibilidad universal. Vida independiente.José María
La accesibilidad universal es un elemento crucial para lograr
la inclusión social de las personas con discapacidad, que pasa
por el respeto de la dignidad inherente a la persona, la autonomía individual y la libertad en la toma de sus propias decisiones.
Participación social y discapacidad intelectual.José María
Para ofrecer espacios de participación social al colectivo de personas con discapacidad intelectual, es preciso
partir de un trabajo de autodeterminación de las mismas.
Derecho a la Salud. Personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad tienen derecho a la protección de la salud, sin discriminación por motivo o por razón de discapacidad, prestando especial atención a la salud mental
y a la salud sexual y reproductiva.
En pleno siglo XXI, la sociedad ha entendido que la accesibilidad y la igualdad de oportunidades son dimensiones fundamentales para lograr la plena participación de todas las personas, sean cuales sean sus características y necesidades.
Mujeres con discapacidad. Inclsuión social y laboral.José María
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad expresa en su artículo 6 que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación por lo que los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar su pleno desarrollo, adelanto y potenciación con el propósito de garantizarles el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención.
Interseccionalidad, género y discapacidad.José María
Promover y garantizar la igualdad de derechos de las mujeres
y niñas con discapacidad es uno de los aspectos más importante en la inclusión social de estas personas.
Las mujeres y niñas con discapacidad son iguales ante
la ley y tienen derecho a igual protección e iguales
beneficios de ésta sin discriminación alguna.
Concienciación, medios de comunicación e imagen social. Discapacidad.José María
Las actitudes y los prejuicios ancestrales en la historia de la discapacidad han servido para estereotipar a las mujeres y niñas con discapacidad de forma muy negativa, provocando un mayor aislamiento y exclusión social.
Planes de acción. Mujeres con discapacidad.José María
Las Administraciones públicas deben poner en marcha políticas y propuestas con un enfoque integral y de género para promover y garantizar, mediante medidas de acción positiva y transversales, la igualdad de oportunidades para las mujeres con discapacidad.
La igualdad de oportunidades para las niñas y mujeres con
discapacidad pasa por eliminar las prácticas y patrones
discriminatorios que les niegan el acceso a los bienes y servicios comunitarios, en pie de igualdad, con el resto de la ciudadanía.
Derechos de las niñas y mujeres con discapacidad.José María
Es ineludible la responsabilidad de las Administraciones públicas de adoptar medidas encaminadas a lograr los objetivos de la plena participación y la igualdad de las niñas y mujeres con discapacidad, de acuerdo con el artículo 15 de las Normas Uniformes.
Diversidad funcional. Vida independiente.José María
La participación plena e igualitaria de las personas con diversidad funcional es indispensable para alcanzar las máximas posibilidades como seres humanos y, de esa manera, contribuir a la vida social y económica de su comunidad.
La igualdad de oportunidades pasa de forma inexorable por la aplicación de medidas legislativas que garanticen su inclusión de forma transversal en todos los ámbito de la participación ciudadana.
Género y accesibilidad. Documentos de interés..pdfJosé María
Las mujeres y niñas con discapacidad sufren una doble vulneración de sus derechos, primero, por tener una discapacidad y, segundo, porque durante el diseño y creación del entorno, bien o servicio no se han tenido en cuenta las necesidades de accesibilidad asociadas al género. Por esto, están en desventaja respecto al resto de mujeres sin discapacidad y de los hombres con discapacidad.
Mujeres con discapacidad. Derechos humanos.José María
Un estudio de 2014 realizado por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea estimó que las mujeres y las niñas con discapacidad tienen entre tres y cinco veces más probabilidades de ser víctimas de violencia, especialmente violencia doméstica.
Para promover los principios de no discriminación, igualdad de oportunidades y de accesibilidad universal de las personas con discapacidad en los medios de comunicación y en los sistemas de información, es preciso conocer y respetar su realidad, promoviendo una imagen ajustada al común de la ciudadanía, sin prejuicios ni estereotipos, que hagan posible la mejora de la imagen social sobre las mismas.
Enfoque de género en la accesibilidad..pdfJosé María
Los derechos humanos - trato igualitario y no discriminación, libertad de expresión, justicia, salud, educación, trabajo, transporte, participación en la vida política, pública y cultural, en las actividades recreativas y deportivas, entre otros- son instrumentos que protegen o facilitan el desarrollo de una vida humana digna. Pero estos no serán efectivos para las
personas con discapacidad si los entornos, bienes y servicios no son accesibles.
Similar a Mujer y discapacidad. accesibilidad. (20)
Acceso y utilización de los espacios públicos. Comunicación y señalización..pdfJosé María
En las últimas décadas se han venido realizando esfuerzos por ofrecer a las personas con discapacidad espacios colectivos accesibles en sus entornos poniendo a disposición de los responsables de su diseño, planificación y construcción, documentos técnicos con los requerimientos básicos de accesibilidad con
el mínimo común denominador para todo el territorio del Estado.
Seguridad y salud en en trabajo. Discapacidad..pdfJosé María
La creación de empleo para personas con discapacidad es la máxima prioridad de la Fundación ONCE. Desde el convencimiento de que la mejor forma de conseguir la normalización de las personas con discapacidad es por medio de su inserción laboral, la Fundación ONCE destina el 60% de su presupuesto a su plan de empleo y formación.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Igualdad de oportunidades y no discriminación. Personas con discapacidad..pdfJosé María
Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón reconoce a las personas con discapacidad derechos específicos respecto de los que son sujetos activos y reorienta las actuaciones públicas desde un modelo biosanitario y rehabilitador, centrado en la enfermedad o en las deficiencias, a un modelo social, basado en las capacidades y en la interacción con el entorno.
Estado de la pobreza en España. 2024..pdfJosé María
La Comisión Europea señala que un ciudadano está en riesgo de exclusión social y pobreza cuando se encuentra en dos de estas tres situaciones:
personas que tienen ingresos inferiores al 60% de la media, quienes sufren de privación
material severa o que viven en familias donde la tasa de empleo es baja.
Exoesqueleto pediátrico.. Atrofia muscular espinal.José María
El exoesqueleto Atlas 2030 (antes 2020) es el primer exoesqueleto pediátrico portátil orientado a facilitar la marcha a niños de hasta 14 años con Atrofia Muscular Espinal y Parálisis Cerebral.
Portal de Transparencia. Carta de servicios.pdfJosé María
Los países con mayores niveles en materia de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones más fuertes, que favorecen el crecimiento económico y el desarrollo social. En estos países, los ciudadanos pueden juzgar mejor y con más criterio la capacidad de sus responsables públicos y
decidir en consecuencia.
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdfJosé María
A través de la contratación pública socialmente responsable o la contratación pública estratégica de carácter social, las autoridades públicas pueden promover oportunidades de empleo, trabajos dignos, inclusión social, accesibilidad, diseño para todos, comercio justo, el cumplimiento de los derechos laborales y sociales de los trabajadores, la más amplia aplicación de las normas sociales, así como compromisos voluntarios más exigentes en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas.
Erradicar las desigualdades. Igualdad de oportunidades..pdfJosé María
La vivencia de las desigualdades no cabe en una base de datos, pero deja una marca profunda en las personas: en su salud, en
sus oportunidades, en sus miedos, en su capacidad de ser y de vivir con dignidad.
Movilidad inclusiva y sostenible. Movilidad para todos..pdfJosé María
La movilidad inclusiva es parte de las prioridades políticas definidas por numerosos
países europeos para referirse a la dimensión social del transporte o las políticas de movilidad cotidiana. De forma general, la inclusión se refiere a la cohesión social, que ha sido uno de los objetivos declarados
de la Unión Europea desde el inicio de los años 2000.
Derechos de las personas con discapacidad. Principales retos estratégicos..pdfJosé María
En relación con las personas con discapacidad, es necesario seguir profundizando en aspectos como la ciudadanía activa y los derechos humanos, la inclusión y participación social, la autonomía personal y la vida independiente, la igualdad y la diversidad y la accesibilidad universal, teniendo siempre especialmente en cuenta la perspectiva de género, la ruralidad o a las personas con grandes necesidades de apoyo.
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.José María
Siendo el empleo un elemento esencial para garantizar la igualdad de oportunidades, el desarrollo personal y la participación plena en la vida económica, cultural y social, la política de empleo, en este ámbito, deber buscar la integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o, si no es posible, mediante la fórmula especial de trabajo protegido.
Universidad y discapacidad. Medidas y recursos para la atención académica..pdfJosé María
Es necesario entender la inclusión y la accesibilidad en el contexto académico de la universidad como una entidad compleja y viva. Más allá de unas características de
productos, entornos, servicios y personas es necesario identificar y actuar en las
interacciones entre toda la comunidad universitaria y las actividades académicas.
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
Las personas con discapacidad tienen derecho a todas las garantías sustantivas y procesales reconocidas en el derecho internacional en igualdad de condiciones con las demás, y los Estados deben proporcionar los ajustes necesarios para garantizar el debido proceso.
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdfJosé María
Patinadora, practicante de snowboard, actriz y modelo sin piernas, Kanya Sesser ha demostrado que ni siquiera los comienzos más humildes
pueden impedir disfrutar de una vida plena.
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdfJosé María
El estigma social es una etiqueta que dificulta la vida de las personas discriminadas por sus rasgos físicos, su origen o su comportamiento. Combatir los estereotipos y las creencias arraigadas con educación e información contribuye a derribar esta lacra. Fomentar campañas de sensibilización para quienes estigmatizan y reforzar la autoestima de aquellas personas discriminadas ayudará a romper con los estereotipos.
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdfJosé María
Las tecnologías digitales han de centrarse en la persona y deben respetar los derechos humanos. Las nuevas tecnologías pueden contribuir significativamente a la protección y promoción de los derechos humanos y la democracia, especialmente haciendo que la participación pública sea más fácil y eficaz, haciendo más accesibles los servicios públicos, facilitando la documentación de los casos de violación y abuso y apoyando el activismo en línea.
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Accesibilidad
Derechos de las mujeres y
niñas con discapacidad
de la Unión Europea
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El 2º Manifiesto de los Derechos de las Mujeres
y Niñas con Discapacidad de la Unión Europea.
Una herramienta para activistas y responsables
políticos, fue adoptado en Budapest los días 28
y 29 de Mayo de 2011, por la Asamblea General
del Foro Europeo de la Discapacidad, a propuesta
de su Comité de Mujeres Con el respaldo del
Lobby Europeo de Mujeres.
La Revisión fue efectuada a la luz de la
Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad de Naciones Unidas.
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“ Promover la igualdad de derechos de las mujeres
y niñas con discapacidad es uno de los aspectos
más importante de la labor del Foro Europeo
de la Discapacidad (EDF), y estoy convencido
de que este manifiesto se convertirá en una
herramienta fundamental para garantizar
que se respeten estos derechos en la práctica ...
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Es necesario este segundo manifiesto tras la entrada
en vigor de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, la
primera convención de derechos humanos que
aprueba y ratifica la Unión Europea como
organismo, además de hacerlo sus Estados Miembros.
Es un honor para el EDF que el Lobby Europeo de
Mujeres (EWL), del cual nuestra organización es
miembro de pleno derecho, haya respaldado
oficialmente este manifiesto. Su apoyo es crucial
para eliminar la discriminación múltiple que aún
sufren las mujeres y niñas con discapacidad en
muchos ámbitos de la vida …
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Animo a los responsables políticos, como a todas las
personas implicadas en el movimiento asociativo de
la discapacidad - y las que no lo están- a que utilicen
este manifiesto. A través de la incorporación de
manera transversal del género y la discapacidad en
todas las políticas podremos, todos juntos, crear una
sociedad en la que la discriminación no tenga cabida;
en definitiva, una sociedad basada en el respeto de
los derechos humanos y civiles de todas las personas”.
Yannis Vardakastanis
Presidente del EDF
Julio de 2011
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El 22 de febrero de 1997, el Foro Europeo de
la Discapacidad, aprobada el Manifiesto de las
Mujeres con Discapacidad, con el firme propósito
de asegurar la presencia y participación de este
sector en el marco de la sociedad civil y sentar
las bases para tomar en consideración sus
demandas y necesidades fundamentales para
la promoción de su igualdad y no discriminación
en la Unión Europea y en sus Estados Miembros.
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Para ello, el documento se basó en la revisión de las
recomendaciones del Seminario de Expertos de la ONU sobre
Mujeres con Discapacidad, celebrado en Viena en 1990, así
como en las Reglas Uniformes de Igualdad de Oportunidades
y No Discriminación de las Personas con discapacidad,
aprobadas por la ONU en 1993. Todo ello, gracias al apoyo
recibido directamente por la Comisión Europea a través
del programa Helios II, que también sirvió para establecer
de manera permanente y definitiva un comité de mujeres
en el seno del Foro Europeo de la Discapacidad.
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Para la elaboración de este 2º Manifiesto, se ha contado
directamente con las valiosas aportaciones del Comité
de Mujeres del EDF, las de otras muchas mujeres con
discapacidad y madres de personas con discapacidad
de su base asociativa, así como las realizadas por no
pocas asociaciones presentes en la Asamblea Anual del EDF.
Este Manifiesto se estructura en dieciocho áreas temáticas,
cada una de las cuales procura aludir a los distintos artículos
de la CDPD, buscando responder a cinco cuestiones clave:
presentar la situación de las mujeres y niñas con discapacidad
en el ámbito referenciado, incorporar sus demandas en lo
que se refiere a su atención directa, proponer mejores en
el entorno comunitario, plantear estudios e investigaciones
que serían precisos para conocer la situación específica
de esta población y esbozar un somero análisis de las
cuestiones legislativas de mayor interés en el tema.
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“Para superar la falta de equidad y las barreras que
actualmente impiden que esta población femenina con
discapacidad participe plena y equitativamente en la
sociedad, desde el Foro Europeo de la Discapacidad y
sus organizaciones miembro queremos transformar
esta realidad, buscando un compromiso firme y estable
en materia de género, ya no sólo con la defensa de la
no discriminación interseccional por razón de discapacidad
y sexo, sino por la verdadera necesidad de impulsar un
cambio político que convierta los sutiles avances que
hemos venido provocando en relación con la igualdad
entre la mujer y el hombre, en sólidas políticas de
igualdad para todos y todas, que sirvan para luchar
contra la discriminación múltiple contra las personas
basada en desigualdades estructurales”.
Ana Peláez Narváez
Presidenta del Comité de Mujeres
del Foro Europeo de la Discapacidad
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Accesibilidad
1. Es necesario garantizar que las mujeres y niñas con discapacidad puedan
vivir de manera autónoma y participar plenamente en todos los aspectos de
la vida en igualdad de condiciones con las demás personas, especialmente
con respecto a sus poblaciones de referencia.
Tal y como reconoce la CDPD de Naciones Unidas en su artículo 9, se tienen
que tomar medidas adecuadas para asegurar el verdadero acceso de las
mujeres y niñas con discapacidad al entorno físico, el transporte, la
información y la comunicación, incluyendo las tecnologías y los sistemas
de información y comunicación, así como otrosservicios e instalaciones
abiertos al público o de uso público, tanto en zonasurbanas como rurales.
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2. A fin de incorporar una correcta transversalidad del género en las
medidas, planificación, proyectos, programas y auditorías en materia
de accesibilidad, se debe asegurar la participación de las mujeres con
discapacidad en las instancias correspondientes (preferiblemente
como consultoras, asesoras o expertas), velando porque los diseños
de entornos, bienes y servicios tomen en consideración las necesidades
y demandas específicas de la población femenina con discapacidad.
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3. Es necesario garantizar la incorporación de la perspectiva
de género en el diseño, desarrollo y ejecución de las políticas
urbanísticas de los espacios públicos y privados con criterios
de accesibilidad, autonomía, sociabilidad y habitabilidad.
Tomando en consideración que las mujeres con discapacidad
disponen de bajos ingresos, escasa participación en la vida laboral,
dificultades para vivir de forma independiente, frecuente ausencia de
vehículo privado, así como mayor longevidad con respecto a sus iguales
masculinos, se ha de favorecer la proximidad vecinal, la rehabilitación
de edificios y viviendas, la movilidad peatonal y la reducción de las
necesidades de desplazamiento a través del transporte, recuperando
la calle como espacio de encuentro y relaciones sociales.
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4. El entorno construido y el diseño urbanístico
tienen que estar planificados con criterios de
seguridad civil para ofrecer una deambulación
ciudadana protegida, velando porque las
poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad
ante la violencia y el abuso (como las mujeres, los
niños y niñas, las personas mayores o las personas
con discapacidad) se sientan protegidas.
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5. Es necesario impulsar nuevas medidas para
la formación de profesionales de la arquitectura,
el diseño y la ingeniería que ejercen en la
actualidad, y los del futuro, en la accesibilidad
universal, el diseño para todos y la perspectiva
de género en la arquitectura y la construcción.
Existe la necesidad de crear un programa
internacional de referencia en esta materia.
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6. El transporte debe ser accesible para todas las personas con
discapacidad, facilitando así su movilidad autónoma. Partiendo del hecho
constatado de que las mujeres con discapacidad son mayoritarias en el
uso del transporte público en comparación con sus iguales masculinos,
que tienen menor acceso al uso del vehículo privado que aquéllos y que
sus desplazamientos diarios son más complejos como consecuencia de
sus responsabilidades frecuentes en el cuidado de otras personas y en el
hogar, es fundamental que en el diseño, desarrollo y evaluación de las
políticas de transporte se consideren la convergencia de los aspectos
asociados a la discapacidad y el género, a fin de asegurar la igualdad
de oportunidades y no discriminación de las mujeres con discapacidad.
Para ello, sería importante invitar a expertas con discapacidad para
que se incorporaran como consultoras en todas las fases del proceso.
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7. En materia de accesibilidad a los medios de transporte, y teniendo
presente el escaso poder adquisitivo de las mujeres con discapacidad,
se tiene que velar porque los procesos de reglamentación de las medidas
que garanticen su uso y disfrute a las personas con discapacidad o con
movilidad reducida tomen en consideración para su implementación la
prioridad en el mayor uso en los distintos tipos de transporte (autocar,
ferrocarril, aéreo o marítimo), y el menor coste de los mismos, no sólo
en el entorno urbano, sino también y muy especialmente en el rural.
Las madres con discapacidad o de hijos o hijas con discapacidad
deben disfrutar de la opción de desplazar a sus hijos cada vez que
sea necesario de manera gratuita o a precios asequibles, siendo esta
medida compatible con una persona de asistencia durante el trayecto.
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8. Los responsables de la prestación del servicio a personas con
discapacidad o con movilidad reducida en los distint os transportes
deben poner especial empeño en garantizar que las mujeres con
discapacidad sean tratadas de manera digna. Es necesario formar
al personal especializado para ofrecer este servicio de atención
en el trato específico a las mujeres, velando por no transgredir
las normas básicas de respeto entre sexos.
Cuando tales mujeres viajen acompañadas por sus hijos o hijas
menores, el personal pondrá a su disposición los servicios específicos
para niños allá donde hubiere (áreas de recreación, cambiadores de
pañales, salas de lactancia...).
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- Accesibilidad a la Información y a la Comunicación
9. Se debe garantizar a las mujeres y niñas con discapacidad el acceso,
en un plano de igualdad, a los diversos componentes de la sociedad
de la información.
En el desarrollo de tecnologías de la información y la comunicación, han
de considerarse los aspectos económicos, la necesidad de formación y la
igualdad de oportunidades, sin importar la edad, permitiendo así que las
niñas y mujeres con discapacidad que puedan ser susceptibles de sufrir
exclusión social o situaciones de pobreza puedan acceder a ellas.
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- Accesibilidad a la Información y a la Comunicación
10. Se tiene que garantizar la no discriminación por razón de sexo
en la prioridad y concesión de servicios de apoyo a la comunicación.
Los servicios disponibles para las mujeres en general (incluidos los de
violencia contra la mujer y atención a la infancia) han de ofrecerse en
todos los lenguajes, formas y formatos posibles de manera fácil y segura.
Cuando dichos servicios se ofrezcan a través de atención telefónica o
teleasistencia, éstos deberán ser también accesibles para mujeres
sordas y sordociegas.
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- Accesibilidad a la Información y a la Comunicación
11. Las mujeres sordas deben disponer de acceso libre y gratuito
a servicios de interpretación de la lengua de signos, así como de
aquellos de apoyo a la comunicación oral (como bucle magnético,
equipos de frecuencia modulada, subtitulado o facilitadores de
lectura labial), siempre que lo necesiten (en actos en el seno
de su comunidad, religiosos, culturales y políticos), de modo
que puedan participar plenamente e integrarse de manera
más activa en la vida de la comunidad.
Para que las personas sordas puedan tener la posibilidad de
elegir entre intérpretes hombres o mujeres, se debe fomentar
la formación paritaria de intérpretes de la lengua de signos.
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- Accesibilidad a la Información y a la Comunicación
12. Todos los servicios específicos y materiales
concretos dirigidos a las mujeres tienen que ser
accesibles también para las mujeres y niñas
con discapacidad intelectual.
La lectura fácil, el uso de pictogramas o contar
con una persona de apoyo para la comunicación,
cuando sea necesario, son recursos que deben
ser contemplados para su correcta atención.
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- Accesibilidad a la Información y a la Comunicación
13. Los documentos relativos a las mujeres
y niñas con discapacidad y sus derechos deben
ser comprensibles y estar disponibles en lenguas
vernáculas, en lengua de signos, Braille, formatos
aumentativos y alternativos de comunicación, y
todos los demás modos, medios y formatos de
comunicación accesibles, incluidos los electrónicos.
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- Accesibilidad a los Bienes y Servicios
14. Es necesario asegurar la accesibilidad universal y el diseño para
todos de productos, objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos
con perspectiva de género para garantizar que los frecuentemente
utilizados por las mujeres y niñas estén también a disposición de las
mujeres y niñas con discapacidad en condiciones de seguridad y
comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
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- Accesibilidad a los Bienes y Servicios
Especial atención merecen aquéllos que den soporte a la salud
sexual de las mujeres con discapacidad (anticonceptivos, camillas
de exploración ginecológica, aparatos de mamografías...) y a su
maternidad (biberones con asas, cochecitos de bebés para acoplarlos
a una silla de ruedas o poder tirar de ellos con una sola mano,
cambiadores de pañales adaptados en altura...), los cuales deberán
ser incorporados en catálogos de uso público y a precios asequibles.
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- Accesibilidad a los Bienes y Servicios
Será necesario fomentar entre los fabricantes el diseño no sólo
de modelos masculinos de objetos de uso común por ambos
sexos (como relojes, sillas de ruedas, coches...), que habrán
de estar también disponibles en sus versiones femeninas.
Se debe velar porque se fabriquen juguetes accesibles.
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- Accesibilidad a los Bienes y Servicios
15. Las instituciones nacionales y europeas responsables del
desarrollo y la normalización de productos de apoyo deben
tener presentes las cuestiones relativas al género, incorporando
en sus grupos de trabajo a expertas con discapacidad en esta materia.
Las empresas que incorporan el diseño para todos en la fabricación de
bienes dirigidos a facilitar la vida de las personas con discapacidad
deberían recibir financiación pública o reducciones fiscales.
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- Accesibilidad a los Bienes y Servicios
16. Todos los servicios de atención a
mujeres (especialmente en los ámbitos de
la salud, la maternidad, la violencia contra
la mujer y la atención a la infancia) deben
ser plenamente accesibles para las mujeres
y niñas con discapacidad.
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http://www.cermi.es/es-ES/MujeresDiscapacidad/Publicaciones/Lists/Manifiestos/Attachments/14/2%C2%BA%20Manifiesto%20de%20los%20Derechos%20de%20las%20Mujeres%20y%20Ni%C3%B1as%20con%20Discapacidad%20de%20La%20Uni%C3%B3n%20Europea%20accesible.pdf