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Derechos de las
mujeres y niñas
con discapacidad
de la unión Europea
Acceso a
la Cultura,
Ocio y
deporte
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En el siglo XXI la conceptualización del modelo
social de la discapacidad se asienta en unos
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Una nueva realidad que pasa por el reconocimiento
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forma más autónoma y libre posible.
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Las mujeres con discapacidad llevan decenios
luchando por su reconocimento e igual trato,
reivindicando de forma personal y colectiva
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negativos de una imagen social que nada tiene
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avanzar en el cambio de roles formulando ideas
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de forma que todas las niñas y mujeres con
discapacidad puedan, hoy, disfrutar de los
mismos derechos que el resto de ciudadanos.
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A pesar de los avances evidentes, hoy la mujer
con discapacidad sigue sufriendo discriminación
no solo por su condición de discapacidad, sino
por la de mujer.
La invisibilidad y falta de presencia de las mujeres
con discapacidaden el imaginario de la discapacidad
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una evidente y terrible falta de oportunidades para
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En el «Manifiesto de las Mujeres con Discapacidad en
Europa» (Bruselas 1997), las firmantes expresaron
su más firme compromiso con la promoción de
la igualdad entre los géneros; este documento
constituye una llamada a la toma de conciencia y
a la cooperación tanto en el seno del movimiento
a favor de las personas con discapacidad, como en
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En el llamamiento está contenido el diagnostico de
la situación y también la perspectiva desde la cual
observar e intervenir.
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La Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad
de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad, tiene como objetivo proteger,
garantizar y promover la efectividad y pleno goce,
en condiciones de igualdad, de todos sus derechos
y libertades, promover el respeto de su dignidad
inherente y avanzar hacia la consecución de su
efectiva igualdad de oportunidades.
En este sentido, la ley se enmarca en un contexto de
modernización y adaptación de los servicios sociales
a los nuevos requerimientos de las personas más
vulnerables de nuestra sociedad.
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El reconocimiento del derecho a una vida digna para
todas las mujeres y niñas con discapacidad incluye
todos los derechos sociales a los que los ciudadanos
tenemos derecho, y entre ellos se incluyen el
derecho a la cultura, ocio y deporte.
La falta de oportunidades y la desigualdad es
también latente en la cultura, el arte y el deporte.
La aceptación de una misma es la base para llevar
una vida plena, base para la creación y desarrollo
del ámbito cultural y artístico.
Las disciplinas culturales, artísticas y deportivas,
junto con la tecnología son herramientas para la
socialización e inclusión. Suponen un avance para
la historia de la discapacidad y de la humanidad.
Es necesario fomentar nuevas políticas para la
diversidad cultural en clave de igualdad.
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Las niñas y mujeres con discapacidad también
tienen derecho a su desarrollo integral, en
igualdad de condiciones con el resto de sus 
conciudadanos, y en todos los ámbitos de la vida 
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El libre desarrollo de la personalidad y la igualdad 
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deben ser el resultado final de un proceso en el
que, aun partiendo de circunstancias personales 
diferentes, se pongan en marcha los medios 
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activo de los poderes públicos y de la sociedad.
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El acceso a la cultura, el ocio y el deporte
constituye uno de los elementos esenciales 
en el libre desarrollo de la personalidad de 
todos los ciudadanos.
No obstante, todavía hoy muchas personas con
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Hablamos de barreras físicas y sensoriales que 
excluyen de la participación, como espectadores 
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discapacidad; una realidad que obliga a los 
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que pueda limitar su ejercicio.
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La Convención Internacional sobre los derechos 
de las personas con discapacidad, vigente en 
España desde 2008, en su artículo 30, conmina 
a los Poderes Públicos para que adopten todas 
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se ofrezcan servicios culturales, y para que las 
personas con discapacidad desarrollen y utilicen 
su potencial creativo, artístico e intelectual.
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El 2º Manifiesto de los Derechos de las Mujeres
y Niñas con Discapacidad de la Unión Europea.
Una herramienta para activistas y responsables
políticos, fue adoptado en Budapest los días 28
y 29 de Mayo de 2011, por la Asamblea General
del Foro Europeo de la Discapacidad, a propuesta
de su Comité de Mujeres Con el respaldo del
Lobby Europeo de Mujeres.
La Revisión fue efectuada a la luz de la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
de Naciones Unidas.
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“ Promover la igualdad de derechos de las mujeres
y niñas con discapacidad es uno de los aspectos
más importante de la labor del Foro Europeo
de la Discapacidad (EDF), y estoy convencido
de que este manifiesto se convertirá en una
herramienta fundamental para garantizar
que se respeten estos derechos en la práctica ...
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Es necesario este segundo manifiesto tras la entrada
en vigor de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, la
primera convención de derechos humanos que
aprueba y ratifica la Unión Europea como
organismo, además de hacerlo sus Estados Miembros.
Es un honor para el EDF que el Lobby Europeo de
Mujeres (EWL), del cual nuestra organización es
miembro de pleno derecho, haya respaldado
oficialmente este manifiesto. Su apoyo es crucial
para eliminar la discriminación múltiple que aún
sufren las mujeres y niñas con discapacidad en
muchos ámbitos de la vida …
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Animo a los responsables políticos, como a todas las
personas implicadas en el movimiento asociativo de
la discapacidad - y las que no lo están- a que utilicen
este manifiesto. A través de la incorporación de
manera transversal del género y la discapacidad en
todas las políticas podremos, todos juntos, crear una
sociedad en la que la discriminación no tenga cabida;
en definitiva, una sociedad basada en el respeto de
los derechos humanos y civiles de todas las personas”.
Yannis Vardakastanis
Presidente del EDF
Julio de 2011
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El 22 de febrero de 1997, el Foro Europeo de la
Discapacidad, aprobada el Manifiesto de las Mujeres
con Discapacidad, con el firme propósito de asegurar
la presencia y participación de este sector en el
marco de la sociedad civil y sentar las bases para
tomar en consideración sus demandas y necesidades
fundamentales para la promoción de su igualdad y
no discriminación en la Unión Europea y en sus
Estados Miembros.
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Para ello, el documento se basó en la revisión de las
recomendaciones del Seminario de Expertos de la ONU sobre
Mujeres con Discapacidad, celebrado en Viena en 1990, así
como en las Reglas Uniformes de Igualdad de Oportunidades
y No Discriminación de las Personas con discapacidad,
aprobadas por la ONU en 1993. Todo ello, gracias al apoyo
recibido directamente por la Comisión Europea a través
del programa Helios II, que también sirvió para establecer
de manera permanente y definitiva un comité de mujeres
en el seno del Foro Europeo de la Discapacidad.
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Para la elaboración de este 2º Manifiesto, se ha contado
directamente con las valiosas aportaciones del Comité
de Mujeres del EDF, las de otras muchas mujeres con
discapacidad y madres de personas con discapacidad
de su base asociativa, así como las realizadas por no
pocas asociaciones presentes en la Asamblea Anual del EDF.
Este Manifiesto se estructura en dieciocho áreas temáticas,
cada una de las cuales procura aludir a los distintos artículos
de la CDPD, buscando responder a cinco cuestiones clave:
presentar la situación de las mujeres y niñas con discapacidad
en el ámbito referenciado, incorporar sus demandas en lo
que se refiere a su atención directa, proponer mejores en
el entorno comunitario, plantear estudios e investigaciones
que serían precisos para conocer la situación específica
de esta población y esbozar un somero análisis de las
cuestiones legislativas de mayor interés en el tema.
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“Para superar la falta de equidad y las barreras que
actualmente impiden que esta población femenina con
discapacidad participe plena y equitativamente en la
sociedad, desde el Foro Europeo de la Discapacidad y
sus organizaciones miembro queremos transformar
esta realidad, buscando un compromiso firme y estable
en materia de género, ya no sólo con la defensa de la
no discriminación interseccional por razón de discapacidad
y sexo, sino por la verdadera necesidad de impulsar un
cambio político que convierta los sutiles avances que
hemos venido provocando en relación con la igualdad
entre la mujer y el hombre, en sólidas políticas de
igualdad para todos y todas, que sirvan para luchar
contra la discriminación múltiple contra las personas
basada en desigualdades estructurales”.
Ana Peláez Narváez
Presidenta del Comité de Mujeres
del Foro Europeo de la Discapacidad
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
1. Es necesario garantizar que las mujeres y
niñas con discapacidad puedan disfrutar de
manera autónoma y participar plenamente
en todos los aspectos de la cultura, el deporte
y el ocio en igualdad de condiciones con las
demás personas, especialmente con respecto
a sus poblaciones de referencia (hombres
con discapacidad y mujeres en general).
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
2. A fin de incorporar una correcta transversalidad d
el género en las medidas, planificación, proyectos,
programas y auditorías en materia de accesibilidad
a la cultura, al deporte y al ocio, se debe asegurar
la participación de las mujeres con discapacidad y
de las organizaciones que las representan en las
instancias correspondientes (preferiblemente
como consultoras, asesoras o expertas), velando
porque los diseños de entornos, bienes y servicios
relacionados directamente con estas esferas tomen en
consideración las necesidades y demandas específicas
de la población femenina con discapacidad.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
3. Tomando en consideración que las mujeres con
discapacidad disponen de bajos ingresos, escasa
participación en la vida laboral, dificultades para
vivir de forma independiente, frecuente ausencia
de vehículo privado, así como mayor longevidad
con respecto a sus iguales masculinos, se ha de
favorecer la proximidad de los entornos de la
oferta cultural, deportiva y recreativa a sus
domicilios habituales, incluidos los centros de día,
residencias de mayores o geriátricos, entre otros.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
4. Se debe garantizar la plena inclusión y
participación de las mujeres y niñas con
discapacidad en las actividades culturales,
en igualdad de condiciones con las demás
personas, y velar por que puedan desarrollar
y utilizar su potencial creativo, artístico e
intelectual, no sólo en su propio beneficio,
sino también para el enriquecimiento
de la sociedad.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
5. Es preciso fomentar un desarrollo artístico
equilibrado, adoptando para ello las medidas
precisas para apoyar la creación artística
realizada por mujeres y niñas con discapacidad,
emprendiendo acciones encaminadas a hacer
posible que, si es su interés, se conviertan
en artistas profesionales en las diferentes
ramas de las artes.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
6. Es imprescindible que dentro de la oferta
cultural se incorporen productos que también
respondan a intereses específicos de las mujeres
y de las niñas, y tomar las medidas necesarias
para que dicha oferta específica de mujeres
sea accesible para las que tienen discapacidad.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
7. Se deben fomentar aquellos proyectos
culturales en los que las mujeres y niñas con
discapacidad puedan desarrollar su creatividad.
Las mujeres y niñas con discapacidad tendrán
derecho, en igualdad de condiciones con las
demás personas, al reconocimiento y el apoyo de su
identidad cultural y lingüística específica, incluidas
la lengua de signos y la cultura de las personas sordas.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
- Acceso al deporte
8. Es un hecho constatado que las mujeres y niñas
con discapacidad tienen dificultades para acceder
en igualdad con sus iguales de referencia a la
práctica deportiva.
Es necesario asegurar la incorporación, permanencia y
promoción de las niñas y adolescentes con discapacidad
de la práctica deportiva desde el deporte escolar y
el deporte de base, tanto individual, como colectivo.
Es necesario, igualmente, potenciar el deporte de
élite en la práctica femenina, favoreciendo becas
para la preparación de competiciones paralímpicas.
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Acceso a la cultura, al deporte y al ocio
- Acceso al ocio y a la vida recreativa
9. Las mujeres y niñas con discapacidad deben
tener las mismas oportunidades de participar en
actividades recreativas, deportivas y de ocio, ya
sean de carácter general o específicas para las
personas con discapacidad, y de acceder a las
instalaciones destinadas a tal fin. Las personas
que organizan estas actividades o se encargan
de estas instalaciones deben ser conscientes
de este hecho y deben garantizar que sean
accesibles para las mujeres y niñas con
discapacidad, incluso en el entorno escolar.
10. No debe olvidarse, finalmente, la necesaria
accesibilidad que deben reunir los entornos y
ofertas culturales especialmente concebidos
para el público infantil.
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http://www.cermi.es/es-ES/MujeresDiscapacidad/Publicaciones/Lists/Manifiestos/Attachments/14/2%C2%BA%20Manifiesto%20de%20los%20Derechos%20de%20las%20Mujeres%20y%20Ni%C3%B1as%20con%20Discapacidad%20de%20La%20Uni%C3%B3n%20Europea%20accesible.pdf
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http://riberdis.cedd.net/bitstream/handle/11181/3198/estrategia_integral_espanola_de_cultura_para_todos.pdf?sequence=1&rd=0031226528336264

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Mujer y discapacidad. cultura, ocio y deporte.

  • 1. José María Olayo olayo.blogspot.com Derechos de las mujeres y niñas con discapacidad de la unión Europea Acceso a la Cultura, Ocio y deporte
  • 2. José María Olayo olayo.blogspot.com En el siglo XXI la conceptualización del modelo social de la discapacidad se asienta en unos principios que se ajustan más a la diversidad humana y el consiguiente derecho a la diferencia: normalización, vida independiente, integración y equiparación de oportunidades. Una nueva realidad que pasa por el reconocimiento de los derechos de las personas con diversidad funcional, y su necesidad a los recursos y ayudas técnicas que les permitan vivir la vida de la forma más autónoma y libre posible.
  • 3. José María Olayo olayo.blogspot.com Las mujeres con discapacidad llevan decenios luchando por su reconocimento e igual trato, reivindicando de forma personal y colectiva la necesidad de erradicar los prejuicios y mitos negativos de una imagen social que nada tiene que ver con sus características, necesidades y aspiraciones como mujeres igaules ante la ley. Con sus esfuerzos a lo largo del siglo XX, lograron avanzar en el cambio de roles formulando ideas y propuestas transformadoras para la sociedad, de forma que todas las niñas y mujeres con discapacidad puedan, hoy, disfrutar de los mismos derechos que el resto de ciudadanos.
  • 4. José María Olayo olayo.blogspot.com A pesar de los avances evidentes, hoy la mujer con discapacidad sigue sufriendo discriminación no solo por su condición de discapacidad, sino por la de mujer. La invisibilidad y falta de presencia de las mujeres con discapacidaden el imaginario de la discapacidad y, también, en el imaginario feminista, provova que una evidente y terrible falta de oportunidades para que puedan disfrutar de los bienes, servicios y oportunidades sociales como cualquier otra mujer.
  • 5. José María Olayo olayo.blogspot.com En el «Manifiesto de las Mujeres con Discapacidad en Europa» (Bruselas 1997), las firmantes expresaron su más firme compromiso con la promoción de la igualdad entre los géneros; este documento constituye una llamada a la toma de conciencia y a la cooperación tanto en el seno del movimiento a favor de las personas con discapacidad, como en el movimiento femenino y en la sociedad en general. En el llamamiento está contenido el diagnostico de la situación y también la perspectiva desde la cual observar e intervenir.
  • 6. José María Olayo olayo.blogspot.com La Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, tiene como objetivo proteger, garantizar y promover la efectividad y pleno goce, en condiciones de igualdad, de todos sus derechos y libertades, promover el respeto de su dignidad inherente y avanzar hacia la consecución de su efectiva igualdad de oportunidades. En este sentido, la ley se enmarca en un contexto de modernización y adaptación de los servicios sociales a los nuevos requerimientos de las personas más vulnerables de nuestra sociedad.
  • 7. José María Olayo olayo.blogspot.com El reconocimiento del derecho a una vida digna para todas las mujeres y niñas con discapacidad incluye todos los derechos sociales a los que los ciudadanos tenemos derecho, y entre ellos se incluyen el derecho a la cultura, ocio y deporte. La falta de oportunidades y la desigualdad es también latente en la cultura, el arte y el deporte. La aceptación de una misma es la base para llevar una vida plena, base para la creación y desarrollo del ámbito cultural y artístico. Las disciplinas culturales, artísticas y deportivas, junto con la tecnología son herramientas para la socialización e inclusión. Suponen un avance para la historia de la discapacidad y de la humanidad. Es necesario fomentar nuevas políticas para la diversidad cultural en clave de igualdad.
  • 8. José María Olayo olayo.blogspot.com Las niñas y mujeres con discapacidad también tienen derecho a su desarrollo integral, en igualdad de condiciones con el resto de sus  conciudadanos, y en todos los ámbitos de la vida  social: empleo, educación, salud, ocio o cultura. El libre desarrollo de la personalidad y la igualdad  de oportunidades, constitucionalmente reconocidos, deben ser el resultado final de un proceso en el que, aun partiendo de circunstancias personales  diferentes, se pongan en marcha los medios  necesarios para garantizar una plena equiparación  real en el ejercicio de los derechos, y una abolición  de las barreras y dificultades existentes en el entorno. Ese proceso requiere del compromiso activo de los poderes públicos y de la sociedad.
  • 9. José María Olayo olayo.blogspot.com El acceso a la cultura, el ocio y el deporte constituye uno de los elementos esenciales  en el libre desarrollo de la personalidad de  todos los ciudadanos. No obstante, todavía hoy muchas personas con discapacidad encuentran enormes dificultades para poder acceder y disfrutar de los espacios, actividades culturales y creaciones artísticas. Hablamos de barreras físicas y sensoriales que  excluyen de la participación, como espectadores  y también como artistas, a las personas con discapacidad; una realidad que obliga a los  poderes públicos a intervenir en la realidad  social y a suprimir cualquier impedimento que pueda limitar su ejercicio.
  • 10. José María Olayo olayo.blogspot.com La Convención Internacional sobre los derechos  de las personas con discapacidad, vigente en  España desde 2008, en su artículo 30, conmina  a los Poderes Públicos para que adopten todas  las medidas pertinentes para asegurar que las  personas con discapacidad tengan acceso a materiales y actividades culturales en formatos  accesibles, así como a los lugares en los que  se ofrezcan servicios culturales, y para que las  personas con discapacidad desarrollen y utilicen  su potencial creativo, artístico e intelectual.
  • 11. José María Olayo olayo.blogspot.com El 2º Manifiesto de los Derechos de las Mujeres y Niñas con Discapacidad de la Unión Europea. Una herramienta para activistas y responsables políticos, fue adoptado en Budapest los días 28 y 29 de Mayo de 2011, por la Asamblea General del Foro Europeo de la Discapacidad, a propuesta de su Comité de Mujeres Con el respaldo del Lobby Europeo de Mujeres. La Revisión fue efectuada a la luz de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
  • 12. José María Olayo olayo.blogspot.com “ Promover la igualdad de derechos de las mujeres y niñas con discapacidad es uno de los aspectos más importante de la labor del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF), y estoy convencido de que este manifiesto se convertirá en una herramienta fundamental para garantizar que se respeten estos derechos en la práctica ...
  • 13. José María Olayo olayo.blogspot.com Es necesario este segundo manifiesto tras la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, la primera convención de derechos humanos que aprueba y ratifica la Unión Europea como organismo, además de hacerlo sus Estados Miembros. Es un honor para el EDF que el Lobby Europeo de Mujeres (EWL), del cual nuestra organización es miembro de pleno derecho, haya respaldado oficialmente este manifiesto. Su apoyo es crucial para eliminar la discriminación múltiple que aún sufren las mujeres y niñas con discapacidad en muchos ámbitos de la vida …
  • 14. José María Olayo olayo.blogspot.com Animo a los responsables políticos, como a todas las personas implicadas en el movimiento asociativo de la discapacidad - y las que no lo están- a que utilicen este manifiesto. A través de la incorporación de manera transversal del género y la discapacidad en todas las políticas podremos, todos juntos, crear una sociedad en la que la discriminación no tenga cabida; en definitiva, una sociedad basada en el respeto de los derechos humanos y civiles de todas las personas”. Yannis Vardakastanis Presidente del EDF Julio de 2011
  • 15. José María Olayo olayo.blogspot.com El 22 de febrero de 1997, el Foro Europeo de la Discapacidad, aprobada el Manifiesto de las Mujeres con Discapacidad, con el firme propósito de asegurar la presencia y participación de este sector en el marco de la sociedad civil y sentar las bases para tomar en consideración sus demandas y necesidades fundamentales para la promoción de su igualdad y no discriminación en la Unión Europea y en sus Estados Miembros.
  • 16. José María Olayo olayo.blogspot.com Para ello, el documento se basó en la revisión de las recomendaciones del Seminario de Expertos de la ONU sobre Mujeres con Discapacidad, celebrado en Viena en 1990, así como en las Reglas Uniformes de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación de las Personas con discapacidad, aprobadas por la ONU en 1993. Todo ello, gracias al apoyo recibido directamente por la Comisión Europea a través del programa Helios II, que también sirvió para establecer de manera permanente y definitiva un comité de mujeres en el seno del Foro Europeo de la Discapacidad.
  • 17. José María Olayo olayo.blogspot.com Para la elaboración de este 2º Manifiesto, se ha contado directamente con las valiosas aportaciones del Comité de Mujeres del EDF, las de otras muchas mujeres con discapacidad y madres de personas con discapacidad de su base asociativa, así como las realizadas por no pocas asociaciones presentes en la Asamblea Anual del EDF. Este Manifiesto se estructura en dieciocho áreas temáticas, cada una de las cuales procura aludir a los distintos artículos de la CDPD, buscando responder a cinco cuestiones clave: presentar la situación de las mujeres y niñas con discapacidad en el ámbito referenciado, incorporar sus demandas en lo que se refiere a su atención directa, proponer mejores en el entorno comunitario, plantear estudios e investigaciones que serían precisos para conocer la situación específica de esta población y esbozar un somero análisis de las cuestiones legislativas de mayor interés en el tema.
  • 18. José María Olayo olayo.blogspot.com “Para superar la falta de equidad y las barreras que actualmente impiden que esta población femenina con discapacidad participe plena y equitativamente en la sociedad, desde el Foro Europeo de la Discapacidad y sus organizaciones miembro queremos transformar esta realidad, buscando un compromiso firme y estable en materia de género, ya no sólo con la defensa de la no discriminación interseccional por razón de discapacidad y sexo, sino por la verdadera necesidad de impulsar un cambio político que convierta los sutiles avances que hemos venido provocando en relación con la igualdad entre la mujer y el hombre, en sólidas políticas de igualdad para todos y todas, que sirvan para luchar contra la discriminación múltiple contra las personas basada en desigualdades estructurales”. Ana Peláez Narváez Presidenta del Comité de Mujeres del Foro Europeo de la Discapacidad
  • 19. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 1. Es necesario garantizar que las mujeres y niñas con discapacidad puedan disfrutar de manera autónoma y participar plenamente en todos los aspectos de la cultura, el deporte y el ocio en igualdad de condiciones con las demás personas, especialmente con respecto a sus poblaciones de referencia (hombres con discapacidad y mujeres en general).
  • 20. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 2. A fin de incorporar una correcta transversalidad d el género en las medidas, planificación, proyectos, programas y auditorías en materia de accesibilidad a la cultura, al deporte y al ocio, se debe asegurar la participación de las mujeres con discapacidad y de las organizaciones que las representan en las instancias correspondientes (preferiblemente como consultoras, asesoras o expertas), velando porque los diseños de entornos, bienes y servicios relacionados directamente con estas esferas tomen en consideración las necesidades y demandas específicas de la población femenina con discapacidad.
  • 21. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 3. Tomando en consideración que las mujeres con discapacidad disponen de bajos ingresos, escasa participación en la vida laboral, dificultades para vivir de forma independiente, frecuente ausencia de vehículo privado, así como mayor longevidad con respecto a sus iguales masculinos, se ha de favorecer la proximidad de los entornos de la oferta cultural, deportiva y recreativa a sus domicilios habituales, incluidos los centros de día, residencias de mayores o geriátricos, entre otros.
  • 22. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 4. Se debe garantizar la plena inclusión y participación de las mujeres y niñas con discapacidad en las actividades culturales, en igualdad de condiciones con las demás personas, y velar por que puedan desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual, no sólo en su propio beneficio, sino también para el enriquecimiento de la sociedad.
  • 23. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 5. Es preciso fomentar un desarrollo artístico equilibrado, adoptando para ello las medidas precisas para apoyar la creación artística realizada por mujeres y niñas con discapacidad, emprendiendo acciones encaminadas a hacer posible que, si es su interés, se conviertan en artistas profesionales en las diferentes ramas de las artes.
  • 24. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 6. Es imprescindible que dentro de la oferta cultural se incorporen productos que también respondan a intereses específicos de las mujeres y de las niñas, y tomar las medidas necesarias para que dicha oferta específica de mujeres sea accesible para las que tienen discapacidad.
  • 25. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio 7. Se deben fomentar aquellos proyectos culturales en los que las mujeres y niñas con discapacidad puedan desarrollar su creatividad. Las mujeres y niñas con discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones con las demás personas, al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de signos y la cultura de las personas sordas.
  • 26. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio - Acceso al deporte 8. Es un hecho constatado que las mujeres y niñas con discapacidad tienen dificultades para acceder en igualdad con sus iguales de referencia a la práctica deportiva. Es necesario asegurar la incorporación, permanencia y promoción de las niñas y adolescentes con discapacidad de la práctica deportiva desde el deporte escolar y el deporte de base, tanto individual, como colectivo. Es necesario, igualmente, potenciar el deporte de élite en la práctica femenina, favoreciendo becas para la preparación de competiciones paralímpicas.
  • 27. José María Olayo olayo.blogspot.com Acceso a la cultura, al deporte y al ocio - Acceso al ocio y a la vida recreativa 9. Las mujeres y niñas con discapacidad deben tener las mismas oportunidades de participar en actividades recreativas, deportivas y de ocio, ya sean de carácter general o específicas para las personas con discapacidad, y de acceder a las instalaciones destinadas a tal fin. Las personas que organizan estas actividades o se encargan de estas instalaciones deben ser conscientes de este hecho y deben garantizar que sean accesibles para las mujeres y niñas con discapacidad, incluso en el entorno escolar. 10. No debe olvidarse, finalmente, la necesaria accesibilidad que deben reunir los entornos y ofertas culturales especialmente concebidos para el público infantil.
  • 28. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.cermi.es/es-ES/MujeresDiscapacidad/Publicaciones/Lists/Manifiestos/Attachments/14/2%C2%BA%20Manifiesto%20de%20los%20Derechos%20de%20las%20Mujeres%20y%20Ni%C3%B1as%20con%20Discapacidad%20de%20La%20Uni%C3%B3n%20Europea%20accesible.pdf
  • 29. José María Olayo olayo.blogspot.com http://riberdis.cedd.net/bitstream/handle/11181/3198/estrategia_integral_espanola_de_cultura_para_todos.pdf?sequence=1&rd=0031226528336264