2. La vida en México durante el siglo
XIX, fue de grandes cambios; de ser una
ciudad colonial, paso a la era de las
luces, el telégrafo, el ferrocarril, el
teléfono, dejo las velas de cebo, por la luz
eléctrica, nuevos caminos, desaparición
de acueductos, ríos ,fueron parte de ese
siglo.
Cambios en sus costumbres,
nuevos caminos y leyes.
En pocas palabras, fue una
época de grandes avances.
3. A continuación se presentan
los cambios mas
trascendentes que sufrió
nuestro país:
6. Doctrina política que se desarrolló en los
siglos XVII y XVIII.
Sus principios fundamentales son la
separación de poderes, soberanía
nacional, sufragio (derecho al voto en las
elecciones), separación de iglesia y el
estado, libertad de expresión y existencia
de una Constitución.
7. Significo:
Un profundo cambio social que garantizó el
poder de la burguesía y la
instauración de un orden clasista basado en la
riqueza y no en los
privilegios.
Ese dominio se sustentó inicialmente en el
ejercicio del
sufragio censitario, pero éste quedó superado
a raíz de las
revoluciones de 1848 y fue sustituido por otro
más amplio, de
carácter universal.
8. La plasmación práctica de esta ideología
se consiguió tras las sucesivas oleadas
revolucionarias que jalonaron la primera
mitad del siglo XIX: 1820, 1830 y 1848.
10. Ideología que atribuye
entidad propia y
diferenciada a un
territorio y a sus
ciudadanos. En ella se
sustentan aspiraciones
políticas de
carácter muy diverso.
No nació en siglo
XIX, sino que hundía
sus raíces en
los siglos bajo
medievales como
elemento de reacción
al feudalismo.
11. Se distinguen dos tipos de
nacionalismo:
Liberal
Su máximo defensor fue Mazzini.
Éste consideraba que una nación surge de
la voluntad de los individuos que la componen y el compromiso
que estos
adquieren de convivir y ser regidos por unas instituciones comunes.
Cualquier colectividad podría convertirse en nación por deseo
propio, bien
separándose de un estado ya existente o bien constituyendo un
nuevo
Estado. La nacionalidad de un individuo estaría por lo tanto sujeta
a su
exclusivo deseo. Este tipo de nacionalismo fue el que se desarrolló
en Italia
y Francia, muy influido por las ideas de la Ilustración
12. Conservador
Sus principales defensores fueron Herder y
Fichte.
Según ellos, la nación conforma un órgano vivo
que presenta unos rasgos externos
hereditarios, expresados en una lengua, una
cultura, un territorio y unas tradiciones
comunes, madurados a lo largo de un largo
proceso
histórico.
La nación existe por encima del deseo
particular de los individuos.
El que pertenece a ella lo seguirá haciendo de
por vida. Este tipo de nacionalismo, fue el
recurrido por la mayoría de los protagonistas de
la unificación
13. Otras ideas:
La acumulación del capital
El incremento de la explotación de los obreros, permiten al capitalista
incrementar sus beneficios.
La plusvalía
Parte del salario que el empresario deja de satisfacer al trabajador por
el trabajo realizado.
La dictadura del proletariado
Una vez que la clase obrera haya tomado conciencia de la
explotación y
opresión que sufre, se organizará en torno a partidos de carácter
revolucionario, empeñada en planificar la destrucción de la sociedad
de clases, y así no habrá ni opresores, ni oprimidos, tan sólo la clase
trabajadora; Se habrá alcanzado la sociedad comunista, es decir, una
sociedad sin clases.
16. Constitución de Cádiz
(19 de marzo de 1812)
Que promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de
marzo de 1812 en Cádiz. Fue la primera Constitución
promulgada en España, además de ser una de las más
liberales de su tiempo. Oficialmente estuvo en vigencia dos
años, desde su promulgación hasta el 24 de marzo de 1814,
con la vuelta a España de Fernando VII. Posteriormente estuvo
vigente durante el Trienio Liberal (1820-1823), así como durante
un breve período en 1836-1837, bajo el gobierno progresista
que preparaba la Constitución de 1837. Sin embargo, apenas si
entró en vigor de facto, puesto que en su período de gestación
buena parte de España se encontraba en manos del gobierno
pro-francés de José I, el resto en mano de juntas interinas más
preocupadas en organizar su oposición a Jose I, y el resto de
los territorios de la corona española (los virreinatos) se hallaban
en un estado de confusión y vacío de poder causado por la
invasión napoleónica.
17. Constitución de Apatzingán
(22 de octubre de 1814)
Ya declaraba la soberanía y establecía los
fundamentales órganos estatales con el nombre
de supremos: Congreso, Gobierno y Tribunal de
Justicia mexicanos.
Había sido precedida por un "Acta Solemne de la
Declaración de Independencia de América
Septentrional", por lo que quedaba "rota para
siempre jamás y disuelta la dependencia del trono
español", firmada el 6 de noviembre de 1813. Sin
embargo, esa Constitución tan progresista y
acabada para su tiempo, no llegó a regir un sólo
día.
18. El Plan de Iguala y los tratados
de Córdova
(Marzo 1, 2 y 24 de agosto de 1821)
Declaraban la independencia de la Nueva
España o de la América Septentrional y, aunque
no aspiraban a ser constituciones, sí establecían
la forma de
gobierno -monárquico, constitucional, moderad
o- por el que llamaban a Femando VII o a su
dinastía para reinar. En otras palabras, no
parece procedente calificar de mexicanos a
unos documentos, fundamentales para la
historia política del país, pero que seguían
acudiendo a un monarca de ultramar para
reconocerlo como jefe de Estado.
19. La Constitución de 1824
La primera Constitución Política de nuestro país, fue promulgada el 4
de octubre de 1824, durante el período presidencial del General
Guadalupe Victoria. El Congreso General Constituyente sancionó los
171 artículos que componían esta Carta Magna, dividiéndolos en siete
títulos. En ella se asentó la Independencia de México (Artículo 1/o.);
los Estados que conformaban su territorio y su forma de gobierno ya
sea republicano, federal o demócrata; los poderes se dividieron en
Legislativo (compuesto por dos Cámaras), Ejecutivo y
Judicial, quedando asentado en el artículo 6/o.
Se consignaban las Garantías Individuales y se hacía hincapié en la
libertad de pensamiento e imprenta. De igual manera, en el artículo
3/o. establecía como religión de la nación mexicana a la
católica, apostólica y romana, prohibiéndose el ejercicio de cualquier
otra.
Llevó el nombre oficial de "Constitución Federal de los Estados Unidos
Mexicanos" y fue firmado entre otros por Don Lorenzo de Zavala, quien
fungía en ese entonces como Presidente del Congreso.
Sin embargo la Constitución de 1824 se mantuvo sin enmiendas hasta
el año de 1835 y continuó vigente hasta el año de 1857, fecha en que
se proclamó una nueva Carta Magna.
21. En la independencia de México es
importante tomar en cuenta la labor
realizada por algunos sacerdotes durante las
guerras de independencia como Miguel
Hidalgo y José María Morelos. Agustín de
Iturbide en la declaración de independencia
menciona tres pilares en la que se fundaría el
nuevo estado mexicano, que seria la
independencia, la unión entre mexicanos y
españoles y la iglesia católica.
22. En México la iglesia poseía derecho de
patronato pero este siempre no tuvo mayor
importancia debido a que nunca se realizaba
algún pago, por diversos factores como los
problemas internos, las guerras, las crisis
económicas y otros problemas que tuvo el
estado mexicano, esta situación nunca tuvo
alguna solución, hasta 1851.
La constitución de 1824 declara que la
religión oficial de los estados unidos
mexicanos es la católica
23. “La historia de las relaciones entre iglesia
católica y la democracia se parece a la
gestación de un sólido entendimiento
que comienza primero con bastante
frialdad en un serie de
recelos, incomprensiones y cargos
mutuos, pero que avanza, por obra del
dialogo y la mutua maduración hasta
culminar en un encuentro en el que
parecen necesitarse
mutuamente” (hourton, 1975)
24. Este pequeño extracto hace resumen a
toda la historia de la iglesia católica en el
siglo xix, que tuvieron en algún momento
algunas diferencias y que
posteriormente, principalmente por la
posición de la misma iglesia que con león
xiii realiza un cambio de perspectiva en
torno a los temas políticos y sociales, junto
a una nueva relación con el estado.
27. La modernización
económica de México en
el siglo XIX no podría
entenderse sin la
Constitución de 1857 y las
Leyes de Reforma….
28. Los conservadores apostaban al libre mercado
y la iniciativa privada; los liberales a la formación
de instituciones”.
La economía posterior a la Independencia
estaba colapsada. Todo el país estaba en crisis.
La optimista visión del país, se había
desplomado,
México no era “el cuerno de la abundancia”, ni
“el granero de la Nueva España”, ni “la mina
inacabable de plata y oro”, agregó.
29. El México independiente enfrentó dos
factores en contra: su demografía de antiguo
régimen no le permitía incrementar su
población y los factores políticos la tenían en
bancarrota.
Las Leyes de Reforma permitieron un cambio
en la economía, por una parte la Ley Lerdo y
por otra la Ley de desamortización de los
bienes de la Iglesia hicieron posible cambiar
la propiedad de la tierra, se dio paso al
reparto agrario, el desarrollo de los
ferrocarriles, la colonización, la minería, la
educación y un desarrollo agrícola, finalizó.
30. Hacia la década de los 50 del siglo XIX, los
mexicanos sabían que sin una modernización
económica el país estaba destinado a
desaparecer. El debate entre liberales y
conservadores se centra en las formas de llevar
a cabo las reformas,
Recordando las palabras de Melchor Ocampo:
“este pueblo no puede ser libre sino
cambiamos el sistema económico”.
Las finanzas públicas del XIX fueron un desastre.
El nuevo Estado nació en bancarrota. Los
ingresos sólo se daban por Aduanas o la
recolección de impuestos, la fórmula siempre
utilizada fue la deuda externa, hasta la década
de 1870, cuando Matías Romero emprendió
una limpieza del crédito internacional, apuntó.
32. El nacimiento de México a la vida
independiente, contrajo a la par una serie de
intervenciones extranjeras y el no
reconocimiento de Estados como el de la Santa
Sede y el de la Corona Española.
Como resultado de la firma de los Tratados de
Córdoba se dio la existencia legal de la nueva
nación, a la cual se agregaban, además de sus
múltiples problemas, las asechanzas del exterior.
Así, se procedió a crear la Junta Provisional de
Gobierno, fase previa a la instauración del
modelo monárquico que en esa primera
etapa de agrupación político-administrativa
adoptaría México..
33. Esta Junta Provisional designó a la Regencia
del Imperio Mexicano, órgano de carácter
ejecutivo que, en su calidad de gobernador
interino, nombró al que sería en nuestro ámbito
el primer Secretario y le confirió el título de
Secretario de Negocios y Relaciones Interiores
y Exteriores. Las funciones de éste serían
reguladas por el Decreto para el
establecimiento de los ministerios del 8 de
noviembre de 1821, en el que se señala la
creación de cuatro Secretarias de Estado y del
Despacho Universal, siendo una de ellas la
Secretaria de Estado y del Despacho de
Relaciones Exteriores e Interiores, para la que
se fijó como su ámbito de competencia el
atender y despachar todas las relaciones
diplomáticas con las partes extranjeras.
34. Para la realización de estos primeros
contactos con el exterior, se dio posesión del
cargo al doctor José Manuel de Herrera, quien
fue así consignado en los anales de la historia
nacional como el primer Secretario de
Relaciones Exteriores. Cabe destacar que de
la creación de un Ministerio de Relaciones
Exteriores, en 1822 se dio la primer disposición
del Servicio Exterior. El 7 de mayo del año
mencionado, ya habiéndose constituido un
Congreso Constituyente, se hizo un Decreto
por el cual se establecieron reglas para los
nombramientos de los miembros del servicio
exterior, así como instrucciones y sueldos del
personal diplomático. Con esta pequeña base
se estipuló el primer antecedente del Servicio
Exterior Diplomático.
35. El 5 de febrero de 1857 se adoptó una nueva Constitución
para la República Mexicana, en donde se establecieron las
facultades del Congreso General (artículo 72, fracciones XII y
XIII) y las del presidente de la República (artículo 85, fracciones
II, III, X y XI), respecto de la ratificación y aprobación de los
asuntos internacionales y del nombramiento y remoción de
secretarios, agentes diplomáticos y cónsules, así como de la
concertación de compromisos internacionales. En plena
Guerra de Reforma, la Secretaría de Estado y del Despacho
de Relaciones Exteriores emitió, el 12 de agosto de 1858, su
cuarto Reglamento Interior.
La aproximación al encuentro de soluciones positivas se hizo
tangible con la Reforma de 1858-1860, y con la resistencia a la
intervención extranjera de 1862-1867 que sentó las bases
definitivas de la República Federal. Al fracasar el segundo
Imperio, se acabaron las expectativas europeas respecto de
México.
Al consolidarse el gobierno de Benito Juárez en 1861, se dan
en forma sucesiva cuatro reformas y modificaciones a la
composición orgánica del gobierno federal, en las cuales se
manifestó la existencia del Ministerio de Relaciones
Exteriores, quedando finalmente considerado como Ministerio
de Relaciones Exteriores y de Gobernación.
36. En el periodo llamado la república restaurada y
habiendo caído el imperio de Maximiliano, se
trazaron nuevas bases para una política exterior
cimentada en el respeto a la soberanía de los
pueblos y en su igualdad jurídica, en
congruencia con el proyecto nacional; en este
sentido, se promulgó el Reglamento del cuerpo
consular de 1871; entre los avances de esta
ley, se pueden mencionar: la asignación de
tareas específicas a cada uno de los miembros
de los consulados, además de ampliar las
categorías de composición de los consulados.
Sin mayor cambio en la organización jurídico-
administrativa del gobierno de Benito
Juárez, concluyó una etapa del Estado
mexicano, dando paso al prolongado régimen
del general Porfirio Díaz.