LO QUE USTED DEBE SABER
SOBRE LOS DERECHOS DE AUTOR
LO QUE USTED DEBE SABER SOBRE EL DERECHO DE AUTOR

MAESTROS EN FORMACIÓN

NINY BARRETO
SAURIS TERAN

III SEMESTRE

PRESENTADO A

MARLON FIGUEROA

ESCUELA NORMALL SUPERIOR DEL DISTRITO DE BARRANQUILLA
OCTUBRE 2013
El derecho de autor según el artículo se entiende como el conjunto de normas
cuyo fin es proteger a los autores y a los titulares de sus obras, concediéndoles a
éstos el control en cuanto al uso y aprovechamiento de estas. Este derecho brinda
a los autores reconocimiento por sus obras, el cual a su vez protege toda obra
literaria y artística que se pueda reproducir o imprimir como folletos, libros, obras
musicales, coreografías, entre otros; cabe resaltar que el derecho de autor no
protege ideas.
Este derecho se caracteriza por ser individualista, en el caso de nuestro país
Colombia solo puede ser autor el individuo y no las empresas ni las instituciones, a
su vez concede al autor en primer lugar los derechos morales que son de carácter
personal, intransferibles, perpetuos, irrenunciables, no se venden ni se transfieren
y se hacen efectivos legalmente, su vulneración puede generar conflictos que
llevan a la indemnización.
Este derecho moral concede al autor las siguientes facultades: el derecho a la
paternidad, el derecho a retirar la obra o al arrepentimiento, el derecho a la
integridad, el derecho a conservar la obra inédita, el derecho a modificarla.
El derecho a la paternidad en el cual el autor reconoce la obra como suya
comunicándola al público con su nombre, con un nombre ficticio o como anónimo.
El derecho al arrepentimiento en el cual el autor puede retirar o suspender su obra
porque quiere modificarla o porque desea que sea utilizada de distinta forma.
El derecho a la integridad en el cual el autor puede impedir la deformación o
atentado de su obra que perjudique su honor, cuando se quiera corregir esta solo
puede ser autorizado por el autor.
El derecho a conservar la obra inédita en la que el autor tiene el poder de no
divulgar su obra e impedir el conocimiento de esta a otros.
También encontramos los derechos patrimoniales en los que se les permite al
autor, persona natural o jurídica que tenga los derechos de autor , controlar su
obra y beneficiarse económicamente por permitir su uso; estos derechos autorizan
o prohíben la reproducción, traducción, adaptación, modificación, publicación por
cualquier medio y distribución de la obra, es por ello, que cuando se toma el tema
de reproducción, se puntualiza que se realice por cualquier medio o procedimiento
conocido o por conocerse y esta debe tener la autorización del autor o titular.
Este derecho se caracteriza por ser exclusivo porque solo el autor puede autorizar
su uso, transferible ya que puede cederse a terceros, renunciable en la que el
autor puede prescindir de estos, independiente ya que la forma de explotarse debe
ser autorizada por el titular de los derechos, de duración limitada ya que tiene
períodos de tiempo paras gozar de ella.
Cabe resaltar que en

Colombia estos derechos patrimoniales tiene vigencia

durante la vida del autor y ochenta años más después de su muerte. Cuando una
obra ya no tiene derechos patrimoniales se pueden utilizar libremente. Es
importante tener en cuenta que estos derechos patrimoniales conceden a los
autores el derecho de reproducción, comunicación pública, transformación,
importación y distribución.
En cuanto a la originalidad y mérito de las obras tiene que ver con el sello personal
que el autor le da a su obra, el derecho de autor no determina ningún juicio sobre
el valor artístico o literario de estas, ya que este se encarga solo de proteger a la
obra. Un punto importante que no se debe dejar de lado es la naturaleza y las
clases de obras pues hay una gran diversidad de ellas como por ejemplo la obra
oral en la cual se expresan de forma verbal las ideas , las conferencias , sermones
entre otras, al igual las expresiones no verbales en las que se relacionan los
movimientos como las coreografías, estas obras gozan del mismo derecho de las
obra escritas; tenemos las obras literarias que son todos los escritos originales y
también entran en esta lista los programas de computación que son asimilados
como obras literarias; están a su vez las obras artísticas en las que se encuentran
los dibujos, los grabados, las pinturas entre otros, las obras musicales también se
consideran artísticas; en cuanto a las obras derivadas es la que resulta de la
transformación realizada a una obra original, para la realización de estas obras se
requiere autorización previa y expresa del autor o titular de la obra cuando se
encuentra en el dominio privado y no cuando son del dominio público.
Entre las obras derivadas podemos encontrar adaptaciones en las que no cambian
la esencia de la obra original;

compilaciones son las que pueden estar

conformadas por obras originales o por datos que tengan elementos creativos y
las traducciones en las que existe aporte creativo exige dominio de recursos
técnicos y literarios.
Las obras de dominio privado están bajo el control de su autor o titular es
necesaria la autorización de este o de estos para su aprovechamiento, una obra
de dominio público puede ser explotada por cualquier persona sin autorización,
una obra anónima es en la se desconoce su autoría, la propiedad intelectual de
una obra anónima es de la persona que la publica, una obra seudónima es en la
que el autor se oculta bajo un nombre ficticio, una obra póstuma es la que ha sido
dada al conocimiento público después de la muerte de su autor, los derechos de
autor de esta clase de obra son de los herederos del autor legítimamente
reconocidos por la ley, una obra audiovisual es toda creación expresada mediante
una serie de imágenes destinada a mostrarse en aparatos de proyección u otro
medio de comunicación, el titular de los derechos de autor de esta clase de obra
se reconocen a favor del productor, también encontramos la obra en colaboración
que es la que se realiza en conjunto, los derechos de autor de esta obra son todos
los autores participantes en su elaboración, y la obra por encargo es aquella en la
cual uno o varios autores, mediante contrato de servicios, elaboran una obra de
acuerdo con un plan y lineamientos específicos, señalados por una persona
natural o jurídica, el titular del derecho de autor de esta en cuanto a los derechos
patrimoniales corresponden a quien encargó la obra y los morales el autor
conserva. En una obra colectiva es la realizada por un grupo de autores, una tesis
de grado es una obra literaria, resultado de una investigación original en la cual la
autoría es del alumno o alumnos que la realizan y sus derechos corresponden
tanto los derechos (morales y patrimoniales) son de el o los alumnos que la
realizan.
Niny

Niny

  • 1.
    LO QUE USTEDDEBE SABER SOBRE LOS DERECHOS DE AUTOR
  • 2.
    LO QUE USTEDDEBE SABER SOBRE EL DERECHO DE AUTOR MAESTROS EN FORMACIÓN NINY BARRETO SAURIS TERAN III SEMESTRE PRESENTADO A MARLON FIGUEROA ESCUELA NORMALL SUPERIOR DEL DISTRITO DE BARRANQUILLA OCTUBRE 2013
  • 3.
    El derecho deautor según el artículo se entiende como el conjunto de normas cuyo fin es proteger a los autores y a los titulares de sus obras, concediéndoles a éstos el control en cuanto al uso y aprovechamiento de estas. Este derecho brinda a los autores reconocimiento por sus obras, el cual a su vez protege toda obra literaria y artística que se pueda reproducir o imprimir como folletos, libros, obras musicales, coreografías, entre otros; cabe resaltar que el derecho de autor no protege ideas. Este derecho se caracteriza por ser individualista, en el caso de nuestro país Colombia solo puede ser autor el individuo y no las empresas ni las instituciones, a su vez concede al autor en primer lugar los derechos morales que son de carácter personal, intransferibles, perpetuos, irrenunciables, no se venden ni se transfieren y se hacen efectivos legalmente, su vulneración puede generar conflictos que llevan a la indemnización. Este derecho moral concede al autor las siguientes facultades: el derecho a la paternidad, el derecho a retirar la obra o al arrepentimiento, el derecho a la integridad, el derecho a conservar la obra inédita, el derecho a modificarla. El derecho a la paternidad en el cual el autor reconoce la obra como suya comunicándola al público con su nombre, con un nombre ficticio o como anónimo. El derecho al arrepentimiento en el cual el autor puede retirar o suspender su obra porque quiere modificarla o porque desea que sea utilizada de distinta forma. El derecho a la integridad en el cual el autor puede impedir la deformación o atentado de su obra que perjudique su honor, cuando se quiera corregir esta solo puede ser autorizado por el autor. El derecho a conservar la obra inédita en la que el autor tiene el poder de no divulgar su obra e impedir el conocimiento de esta a otros. También encontramos los derechos patrimoniales en los que se les permite al autor, persona natural o jurídica que tenga los derechos de autor , controlar su obra y beneficiarse económicamente por permitir su uso; estos derechos autorizan
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    o prohíben lareproducción, traducción, adaptación, modificación, publicación por cualquier medio y distribución de la obra, es por ello, que cuando se toma el tema de reproducción, se puntualiza que se realice por cualquier medio o procedimiento conocido o por conocerse y esta debe tener la autorización del autor o titular. Este derecho se caracteriza por ser exclusivo porque solo el autor puede autorizar su uso, transferible ya que puede cederse a terceros, renunciable en la que el autor puede prescindir de estos, independiente ya que la forma de explotarse debe ser autorizada por el titular de los derechos, de duración limitada ya que tiene períodos de tiempo paras gozar de ella. Cabe resaltar que en Colombia estos derechos patrimoniales tiene vigencia durante la vida del autor y ochenta años más después de su muerte. Cuando una obra ya no tiene derechos patrimoniales se pueden utilizar libremente. Es importante tener en cuenta que estos derechos patrimoniales conceden a los autores el derecho de reproducción, comunicación pública, transformación, importación y distribución. En cuanto a la originalidad y mérito de las obras tiene que ver con el sello personal que el autor le da a su obra, el derecho de autor no determina ningún juicio sobre el valor artístico o literario de estas, ya que este se encarga solo de proteger a la obra. Un punto importante que no se debe dejar de lado es la naturaleza y las clases de obras pues hay una gran diversidad de ellas como por ejemplo la obra oral en la cual se expresan de forma verbal las ideas , las conferencias , sermones entre otras, al igual las expresiones no verbales en las que se relacionan los movimientos como las coreografías, estas obras gozan del mismo derecho de las obra escritas; tenemos las obras literarias que son todos los escritos originales y también entran en esta lista los programas de computación que son asimilados como obras literarias; están a su vez las obras artísticas en las que se encuentran los dibujos, los grabados, las pinturas entre otros, las obras musicales también se consideran artísticas; en cuanto a las obras derivadas es la que resulta de la transformación realizada a una obra original, para la realización de estas obras se
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    requiere autorización previay expresa del autor o titular de la obra cuando se encuentra en el dominio privado y no cuando son del dominio público. Entre las obras derivadas podemos encontrar adaptaciones en las que no cambian la esencia de la obra original; compilaciones son las que pueden estar conformadas por obras originales o por datos que tengan elementos creativos y las traducciones en las que existe aporte creativo exige dominio de recursos técnicos y literarios. Las obras de dominio privado están bajo el control de su autor o titular es necesaria la autorización de este o de estos para su aprovechamiento, una obra de dominio público puede ser explotada por cualquier persona sin autorización, una obra anónima es en la se desconoce su autoría, la propiedad intelectual de una obra anónima es de la persona que la publica, una obra seudónima es en la que el autor se oculta bajo un nombre ficticio, una obra póstuma es la que ha sido dada al conocimiento público después de la muerte de su autor, los derechos de autor de esta clase de obra son de los herederos del autor legítimamente reconocidos por la ley, una obra audiovisual es toda creación expresada mediante una serie de imágenes destinada a mostrarse en aparatos de proyección u otro medio de comunicación, el titular de los derechos de autor de esta clase de obra se reconocen a favor del productor, también encontramos la obra en colaboración que es la que se realiza en conjunto, los derechos de autor de esta obra son todos los autores participantes en su elaboración, y la obra por encargo es aquella en la cual uno o varios autores, mediante contrato de servicios, elaboran una obra de acuerdo con un plan y lineamientos específicos, señalados por una persona natural o jurídica, el titular del derecho de autor de esta en cuanto a los derechos patrimoniales corresponden a quien encargó la obra y los morales el autor conserva. En una obra colectiva es la realizada por un grupo de autores, una tesis de grado es una obra literaria, resultado de una investigación original en la cual la autoría es del alumno o alumnos que la realizan y sus derechos corresponden tanto los derechos (morales y patrimoniales) son de el o los alumnos que la realizan.