Este documento resume la posición de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria sobre si los aguinaldos y gratificaciones de los pensionistas del Decreto Ley N°20530 están exentos del pago de la Contribución Solidaria de Asistencia Previsional (COSAP) desde la vigencia de la Ley N°29351 o a partir de la Ley N°29714. La SUNAT ratifica que dichos pagos están exentos desde la Ley N°29351 según una interpretación sistemática y coherente con disposiciones anteriores y posteriores.
Dic. Contraloría sobre Reajuste y Asignaciones del Sector Público 2014Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR Imparte instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la ley N° 20.799, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica.
Artículo 1 ·del Decreto de Urgencia N° 037-94 estableció que "A partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesantes de la administración Pública no será menor de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00)". Beneficiarios del Decreto de Urgencia Nº 037-94
Bonificación D.U. Nº 37·94 e intereses legales
El pago de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N"
37-94, al constituir una obligación laboral, genera automáticamente que se
devengue e! interés legal laboral señalado en el Decreto Ley N" 25920 a partir del
día siguiente de producido el incumplimiento, encontrándose obligado el
empleador a pagarlo, sin que el servidor deba exigirlo judicial o
extrajudicialmente. De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de
Urgencia
Nº 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N<> 276,
ubicados en
las escalas señaladas en el presente vinculante del Tribunal Constitucional. CONCLUSION
De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de Urgencia N 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N 276, ubicados en las escalas señaladas en el presente vinculante
La ley sobre exonerados políticos establece beneficios previsionales como abonos de tiempo de afiliación y pensiones no contributivas para quienes fueron privados de su trabajo por motivos políticos entre 1973 y 1990. Los beneficios incluyen sumar tiempo de afiliación para calcular pensiones y una pensión mensual de por vida. Las pensiones no son compatibles con otros beneficios salvo excepciones y causan beneficios al fallecimiento del exonerado como pensiones de sobrevivencia.
Este documento resume las principales medidas de una nueva ley catalana que afectan al mundo laboral y universitario. La ley modifica la regulación de la renta mínima de inserción y limita las subvenciones sociales debido a recortes presupuestarios. También suspende acuerdos laborales para racionalizar los recursos humanos de la administración. El documento analiza estas medidas y plantea algunas dudas jurídicas sobre su adecuación.
MOVILIDAD Y REFRIGERIO EN EL SECTOR PÚBLICO: Se hace un análisis de la jurisprudencia judicial y administrativa que se ha dado en el Perú sobre este beneficio (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento establece que los empleados públicos que no puedan disfrutar de su feriado anual debido a que se encuentran de licencia médica o descanso por maternidad tienen derecho a acumular ese feriado. Se reconsideran dictámenes previos que no permitían dicha acumulación.
La ley establece criterios de priorización para el pago de sentencias judiciales por parte del Estado. Se dará prioridad a las deudas de naturaleza laboral, previsional, de víctimas de violaciones de derechos humanos y otras de carácter social. Asimismo, se priorizará el pago de acreedores con montos menores a 5 UIT antes que los mayores. Se autoriza al Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias para iniciar el pago de sentencias menores a 50,000 soles.
Este documento es el decreto supremo que aprueba el texto único ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios de Perú. El decreto establece que se aprueba el texto único ordenado de la ley, que consta de 58 artículos y disposiciones transitorias y finales. Además, indica que la ley será reglamentada por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social en un plazo de 60 días desde la entrada en vigencia del decreto.
Dic. Contraloría sobre Reajuste y Asignaciones del Sector Público 2014Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR Imparte instrucciones para la aplicación de las normas contenidas en la ley N° 20.799, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica.
Artículo 1 ·del Decreto de Urgencia N° 037-94 estableció que "A partir del 1 de julio de 1994, el Ingreso Total Permanente percibido por los servidores activos y cesantes de la administración Pública no será menor de TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300.00)". Beneficiarios del Decreto de Urgencia Nº 037-94
Bonificación D.U. Nº 37·94 e intereses legales
El pago de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N"
37-94, al constituir una obligación laboral, genera automáticamente que se
devengue e! interés legal laboral señalado en el Decreto Ley N" 25920 a partir del
día siguiente de producido el incumplimiento, encontrándose obligado el
empleador a pagarlo, sin que el servidor deba exigirlo judicial o
extrajudicialmente. De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de
Urgencia
Nº 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N<> 276,
ubicados en
las escalas señaladas en el presente vinculante del Tribunal Constitucional. CONCLUSION
De lo expresado, se concluye que la bonificación establecida en el Decreto de Urgencia N 037-94 es otorgada a los servidores bajo el Decreto Legislativo N 276, ubicados en las escalas señaladas en el presente vinculante
La ley sobre exonerados políticos establece beneficios previsionales como abonos de tiempo de afiliación y pensiones no contributivas para quienes fueron privados de su trabajo por motivos políticos entre 1973 y 1990. Los beneficios incluyen sumar tiempo de afiliación para calcular pensiones y una pensión mensual de por vida. Las pensiones no son compatibles con otros beneficios salvo excepciones y causan beneficios al fallecimiento del exonerado como pensiones de sobrevivencia.
Este documento resume las principales medidas de una nueva ley catalana que afectan al mundo laboral y universitario. La ley modifica la regulación de la renta mínima de inserción y limita las subvenciones sociales debido a recortes presupuestarios. También suspende acuerdos laborales para racionalizar los recursos humanos de la administración. El documento analiza estas medidas y plantea algunas dudas jurídicas sobre su adecuación.
MOVILIDAD Y REFRIGERIO EN EL SECTOR PÚBLICO: Se hace un análisis de la jurisprudencia judicial y administrativa que se ha dado en el Perú sobre este beneficio (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento establece que los empleados públicos que no puedan disfrutar de su feriado anual debido a que se encuentran de licencia médica o descanso por maternidad tienen derecho a acumular ese feriado. Se reconsideran dictámenes previos que no permitían dicha acumulación.
La ley establece criterios de priorización para el pago de sentencias judiciales por parte del Estado. Se dará prioridad a las deudas de naturaleza laboral, previsional, de víctimas de violaciones de derechos humanos y otras de carácter social. Asimismo, se priorizará el pago de acreedores con montos menores a 5 UIT antes que los mayores. Se autoriza al Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias para iniciar el pago de sentencias menores a 50,000 soles.
Este documento es el decreto supremo que aprueba el texto único ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios de Perú. El decreto establece que se aprueba el texto único ordenado de la ley, que consta de 58 artículos y disposiciones transitorias y finales. Además, indica que la ley será reglamentada por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social en un plazo de 60 días desde la entrada en vigencia del decreto.
El documento establece que, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19, las autoridades pueden permitir de manera extraordinaria la acumulación de feriados no gozados del año 2019 para ser usados en 2021, aunque se superen los límites normales. También pueden autorizar el fraccionamiento de los descansos. Los trabajos extraordinarios realizados se deben retribuir mediante un recargo en las remuneraciones si no es posible otorgar los descansos compensatorios.
Proyecto Sector Público Incentivo al Retiro (Incluye Funcionarios Municipales)Nelson Leiva®
Este documento presenta un proyecto de ley que introduce modificaciones en materias de personal para funcionarios públicos de varias instituciones. Propone otorgar un bono compensatorio a jornales del Ejército, pagar la asignación variable máxima a directivos de CONAF y SERCOTEC cuando no hayan sido evaluados, aumentar el número de operadores de maquinaria pesada con derecho a asignación, y reasignar cupos para bonificaciones de retiro de funcionarios municipales.
Vacaciones adelantadas cas informe legal_0125-2013-servir-gpgscCésar Raúl Avila
Este documento resume los principales aspectos relacionados al derecho a vacaciones en el régimen CAS (Contrato Administrativo de Servicios). Indica que los trabajadores CAS tienen derecho a 30 días de vacaciones luego de cumplir un año de servicios, pero aquellos que cumplieron un año antes del 7 de abril de 2012 solo tienen derecho a 15 días. Asimismo, explica que no es posible acumular periodos laborados bajo contratos distintos, y que el adelanto de vacaciones está permitido solo por matrimonio o enfermedad grave de familia
La resolución declara el año 2014 como el Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático. Resuelve acumular varios expedientes administrativos presentados por servidores públicos que solicitan el pago de una bonificación especial, ya que cumplen con los requisitos para ser resueltos en un único proceso. También reconoce el derecho de petición de los servidores y establece que cualquier acuerdo salarial debe darse mediante negociación bilateral.
Este documento presenta un proyecto de ley que modifica el Título II de la ley N° 19.882 para establecer un plan de incentivo al retiro voluntario para funcionarios públicos. El plan aumenta los meses del beneficio de bonificación por retiro de 11 meses para ambos géneros. También otorga una bonificación adicional de 395 unidades de fomento para aquellos con 20 o más años de servicio y afiliados a las AFP. Finalmente, establece bonos especiales de permanencia y antigüedad, y posibilidad de reba
LICITUD DEL PAGO POR 25 Y 30 AÑOS AL PERSONAL DE SALUD: Se analiza la licitud del pago de esta entrega económica a partir de una interpretación normativa favorable al trabajador (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta una codificación actualizada del Código del Trabajo de Ecuador. Explica que la codificación incluye reformas legales anteriores, observaciones de un diputado, y armonización con convenios de la OIT y otras leyes nacionales. También indica artículos que no se incluyeron, ya sea porque fueron derogados o porque tratan temas ahora regulados por otras leyes. El objetivo general es mantener la legislación laboral actualizada y en concordancia con la Constitución y el derecho internacional.
Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
1. El demandante solicita la nulidad de dos resoluciones administrativas que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida en un decreto de urgencia.
2. Alega que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación.
3. Solicita que se emita una nueva resolución reconociendo el pago de la bonificación, así como el reintegro de los montos no pagados e intereses legales.
LAS VACACIONES EN EL DECRETO LEG. 276: Se muestran los principales temas de la regulación de las vacaciones para los servidores de carrera (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Decreto de austeridad firmado por el gobierno de Alfredo Cornejo. Limita las contrataciones, firmas de convenios y restringe la cantidad de teléfonos móviles en el Estado.
La condonación a Entes públicos retenedores del ISR a cargo de trabajadores n...Soy Ejecutivo Fiscal
El 10 de abril, se publicó una jurisprudencia que señala que no hay distinción entre entes públicos retenedores y los patrones particulares retenedores, tratándose de estímulos fiscales.
Visitanos y suscribete: http://soyejecutivofiscal.mx
Twitter: https://twitter.com/soyejecutivof
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El documento resume que la compensación por tiempo de servicios (CTS) en el régimen de carrera administrativa se calcula en función a la remuneración principal del servidor público al momento de su cese, sin considerar el incremento dispuesto por el Decreto de Urgencia No. 105-2001. Se explica que aunque dicho decreto aumentó la remuneración básica, otros beneficios como la CTS no se ven afectados y deben calcularse según los montos previos al incremento. Finalmente, se concluye que para el cálculo de la CTS no
Boletin revista laboral actualizate al 21 setiembre 2018 1Ricardo Candela
Richard Candel <revistactualizate@gmail.com>
Archivos adjuntosjue., 20 sept. 14:13 (hace 18 horas)
para yo
---- Contenido -----
1.- Despido incausado
===================
Afectación del debidoproceso por incurrir en falta de motivación y transgredir el principio de congruencia procesal
2.- Facultades legislativas al Poder Ejecutivo
===================
DECRETOS LEGISLATIVOS APROBADOS EN VIRTUD DE LA LEY 30823
En materia laboral ...
3.- Permisos laborales
===================
¿ Existe algún permiso laboral establecido en las normas vigentes que aun no se pueda
aplicar ?
BONIFICACIÓN DIFERENCIAL: Es un derecho de los servidores públicos que laboran en especiales condiciones de trabajo ya sea en un cargo de responsabilidad directiva o en una situación geográfica especial (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta un proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.882 para establecer condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario de funcionarios públicos entre agosto de 2010 y junio de 2014. El proyecto aumenta los meses de bonificación por retiro, otorga bonificaciones adicionales para quienes tienen más de 20 años de servicio y trabajos pesados, y permite que mujeres mayores de 60 años extiendan su permanencia en el servicio público. También contempla 200 cupos laborales reservados y bonificaciones para ex
Comentarios a la normatividad sobre vacaciones en el sector público%2c partic...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
El desgaste de energías como consecuencia de la prestación de servicios a cargo del trabajador conllevó a la necesidad de regular determinados periodos de descanso remunerados con el objeto de que este recuperase sus fuerzas para lograr una mejor prestación del servicio, uno de estos periodos precisamente es el descanso vacacional.
Sin embargo, como resultado de la fragmentación de nuestro empleo público y dadas las particularidades de los derechos existentes entre los servidores del Estado, es que los regímenes laborales regulados por los D.Legs. Nros. 276, 728, y 1057, disponen en forma diferenciada su otorgamiento, acumulación y pago del descanso vacacional ganado y no gozado.
Este documento presenta una sentencia judicial que resuelve una demanda contenciosa administrativa. La demanda solicita el reajuste de varias bonificaciones y beneficios de acuerdo al Decreto de Urgencia No 105-2001. La entidad demandada se opone alegando que dicho reajuste no procede según normas legales. En la sentencia, el juez determina si corresponde ordenar a la entidad demandada el reajuste solicitado o declarar improcedente la demanda.
LICENCIA SINDICAL EN EL DERECHO LABORAL PÚBLICO: análisis aplicable a todos los regímenes laboral que se encuentran en las entidades públicas (Autor José María Pacori Cari)
El documento es una solicitud de un profesor a un maestro titular para que permita que dos estudiantes realicen observaciones de clase como parte de su práctica docente. El profesor pide permiso para que los estudiantes observen las clases del maestro titular entre las fechas especificadas. El profesor asegura que los estudiantes operarán de manera ética y responsable durante las observaciones.
Copia del documento original de certificación único de zonificación de uso de suelo del inmueble ubicado en Presidente Mazarik N° 8, Col. Chapultepec Morales, Delegación Miguel Hidalgo, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
El documento establece que, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19, las autoridades pueden permitir de manera extraordinaria la acumulación de feriados no gozados del año 2019 para ser usados en 2021, aunque se superen los límites normales. También pueden autorizar el fraccionamiento de los descansos. Los trabajos extraordinarios realizados se deben retribuir mediante un recargo en las remuneraciones si no es posible otorgar los descansos compensatorios.
Proyecto Sector Público Incentivo al Retiro (Incluye Funcionarios Municipales)Nelson Leiva®
Este documento presenta un proyecto de ley que introduce modificaciones en materias de personal para funcionarios públicos de varias instituciones. Propone otorgar un bono compensatorio a jornales del Ejército, pagar la asignación variable máxima a directivos de CONAF y SERCOTEC cuando no hayan sido evaluados, aumentar el número de operadores de maquinaria pesada con derecho a asignación, y reasignar cupos para bonificaciones de retiro de funcionarios municipales.
Vacaciones adelantadas cas informe legal_0125-2013-servir-gpgscCésar Raúl Avila
Este documento resume los principales aspectos relacionados al derecho a vacaciones en el régimen CAS (Contrato Administrativo de Servicios). Indica que los trabajadores CAS tienen derecho a 30 días de vacaciones luego de cumplir un año de servicios, pero aquellos que cumplieron un año antes del 7 de abril de 2012 solo tienen derecho a 15 días. Asimismo, explica que no es posible acumular periodos laborados bajo contratos distintos, y que el adelanto de vacaciones está permitido solo por matrimonio o enfermedad grave de familia
La resolución declara el año 2014 como el Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático. Resuelve acumular varios expedientes administrativos presentados por servidores públicos que solicitan el pago de una bonificación especial, ya que cumplen con los requisitos para ser resueltos en un único proceso. También reconoce el derecho de petición de los servidores y establece que cualquier acuerdo salarial debe darse mediante negociación bilateral.
Este documento presenta un proyecto de ley que modifica el Título II de la ley N° 19.882 para establecer un plan de incentivo al retiro voluntario para funcionarios públicos. El plan aumenta los meses del beneficio de bonificación por retiro de 11 meses para ambos géneros. También otorga una bonificación adicional de 395 unidades de fomento para aquellos con 20 o más años de servicio y afiliados a las AFP. Finalmente, establece bonos especiales de permanencia y antigüedad, y posibilidad de reba
LICITUD DEL PAGO POR 25 Y 30 AÑOS AL PERSONAL DE SALUD: Se analiza la licitud del pago de esta entrega económica a partir de una interpretación normativa favorable al trabajador (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta una codificación actualizada del Código del Trabajo de Ecuador. Explica que la codificación incluye reformas legales anteriores, observaciones de un diputado, y armonización con convenios de la OIT y otras leyes nacionales. También indica artículos que no se incluyeron, ya sea porque fueron derogados o porque tratan temas ahora regulados por otras leyes. El objetivo general es mantener la legislación laboral actualizada y en concordancia con la Constitución y el derecho internacional.
Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
1. El demandante solicita la nulidad de dos resoluciones administrativas que le denegaron el pago de una bonificación especial establecida en un decreto de urgencia.
2. Alega que como técnico sanitario le correspondía recibir dicha bonificación.
3. Solicita que se emita una nueva resolución reconociendo el pago de la bonificación, así como el reintegro de los montos no pagados e intereses legales.
LAS VACACIONES EN EL DECRETO LEG. 276: Se muestran los principales temas de la regulación de las vacaciones para los servidores de carrera (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Decreto de austeridad firmado por el gobierno de Alfredo Cornejo. Limita las contrataciones, firmas de convenios y restringe la cantidad de teléfonos móviles en el Estado.
La condonación a Entes públicos retenedores del ISR a cargo de trabajadores n...Soy Ejecutivo Fiscal
El 10 de abril, se publicó una jurisprudencia que señala que no hay distinción entre entes públicos retenedores y los patrones particulares retenedores, tratándose de estímulos fiscales.
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El documento resume que la compensación por tiempo de servicios (CTS) en el régimen de carrera administrativa se calcula en función a la remuneración principal del servidor público al momento de su cese, sin considerar el incremento dispuesto por el Decreto de Urgencia No. 105-2001. Se explica que aunque dicho decreto aumentó la remuneración básica, otros beneficios como la CTS no se ven afectados y deben calcularse según los montos previos al incremento. Finalmente, se concluye que para el cálculo de la CTS no
Boletin revista laboral actualizate al 21 setiembre 2018 1Ricardo Candela
Richard Candel <revistactualizate@gmail.com>
Archivos adjuntosjue., 20 sept. 14:13 (hace 18 horas)
para yo
---- Contenido -----
1.- Despido incausado
===================
Afectación del debidoproceso por incurrir en falta de motivación y transgredir el principio de congruencia procesal
2.- Facultades legislativas al Poder Ejecutivo
===================
DECRETOS LEGISLATIVOS APROBADOS EN VIRTUD DE LA LEY 30823
En materia laboral ...
3.- Permisos laborales
===================
¿ Existe algún permiso laboral establecido en las normas vigentes que aun no se pueda
aplicar ?
BONIFICACIÓN DIFERENCIAL: Es un derecho de los servidores públicos que laboran en especiales condiciones de trabajo ya sea en un cargo de responsabilidad directiva o en una situación geográfica especial (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta un proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.882 para establecer condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario de funcionarios públicos entre agosto de 2010 y junio de 2014. El proyecto aumenta los meses de bonificación por retiro, otorga bonificaciones adicionales para quienes tienen más de 20 años de servicio y trabajos pesados, y permite que mujeres mayores de 60 años extiendan su permanencia en el servicio público. También contempla 200 cupos laborales reservados y bonificaciones para ex
Comentarios a la normatividad sobre vacaciones en el sector público%2c partic...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
El desgaste de energías como consecuencia de la prestación de servicios a cargo del trabajador conllevó a la necesidad de regular determinados periodos de descanso remunerados con el objeto de que este recuperase sus fuerzas para lograr una mejor prestación del servicio, uno de estos periodos precisamente es el descanso vacacional.
Sin embargo, como resultado de la fragmentación de nuestro empleo público y dadas las particularidades de los derechos existentes entre los servidores del Estado, es que los regímenes laborales regulados por los D.Legs. Nros. 276, 728, y 1057, disponen en forma diferenciada su otorgamiento, acumulación y pago del descanso vacacional ganado y no gozado.
Este documento presenta una sentencia judicial que resuelve una demanda contenciosa administrativa. La demanda solicita el reajuste de varias bonificaciones y beneficios de acuerdo al Decreto de Urgencia No 105-2001. La entidad demandada se opone alegando que dicho reajuste no procede según normas legales. En la sentencia, el juez determina si corresponde ordenar a la entidad demandada el reajuste solicitado o declarar improcedente la demanda.
LICENCIA SINDICAL EN EL DERECHO LABORAL PÚBLICO: análisis aplicable a todos los regímenes laboral que se encuentran en las entidades públicas (Autor José María Pacori Cari)
El documento es una solicitud de un profesor a un maestro titular para que permita que dos estudiantes realicen observaciones de clase como parte de su práctica docente. El profesor pide permiso para que los estudiantes observen las clases del maestro titular entre las fechas especificadas. El profesor asegura que los estudiantes operarán de manera ética y responsable durante las observaciones.
Copia del documento original de certificación único de zonificación de uso de suelo del inmueble ubicado en Presidente Mazarik N° 8, Col. Chapultepec Morales, Delegación Miguel Hidalgo, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
El informe resume la posesión de cargo de Cecilio Quispe Pari como Trabajador de Servicio en la Institución Educativa Secundaria "Carlos Dante Nava Chuncarcollo - Kelluyo" en Chuncarcollo, Puno. El director Juan Pablo Toma Coarita informa al director de la UGEL Chucuito-Juli sobre la presentación de Quispe Pari el 31 de enero de 2013 con su acta de adjudicación. Luego de verificar los documentos, la institución le dio la posesión de cargo a Quispe Pari para el period
Oficio mult.nº 069 invitacion a inauguracionEquicom
El documento es una invitación del alcalde de San Lucas de Colán al comandante de la Policía Nacional del Perú en Sullana a la inauguración del nuevo local de la comisaría de la PNP en San Lucas de Colán el 25 de julio de 2010. El alcalde menciona que el local se construyó con recursos propios y el apoyo de la región de Grau y la subregión Luciano Castillo, y que espera que el comandante engalane la ceremonia con su presencia.
La Institución Educativa "Alberto Escobar" envía varios oficios a la UGEL de Utcubamba y otras instituciones entre enero y abril de 2013. Los oficios incluyen informes de asistencia, inventarios, cuadros de méritos, comités conformados y solicitudes de apoyo. Adjuntan documentos como bases de datos de alumnos y relaciones de personal.
La solicitud pide al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Alas Peruanas Filial el silabus del curso de Derechos Humanos. Señala que necesita el silabus para preparar una clase como profesor invitado y adjunta su currículum vitae. Pide que se le proporcione el silabus lo antes posible.
El documento es una solicitud de 110 juguetes para el Día del Niño y 110 regalos para el Día de las Madres que serán entregados en el jardín de niños "Antonio Ramírez Contreras". La directora y el presidente del comité de padres de familia piden esta ayuda a la presidenta del DIF Municipal con motivo de las celebraciones del 30 de abril y 10 de mayo.
Oficio de peticiòn del auditorio (gestiön)Omar Esquivel
La carta solicita el uso del auditorio de la Universidad Autónoma del Estado de México el 30 de mayo de 13:00 a 15:00 hrs para realizar actividades académicas de dos asignaturas impartidas por la profesora Gabriela Bustamante Gutiérrez y la Dra. Silvia Padilla Loredo, y también solicita el uso del proyector, micrófono, audio y pantalla durante la actividad.
Este decreto supremo aprueba el texto único ordenado del Código Tributario del Perú, el cual incluye normas sobre los principios generales del derecho tributario, las fuentes de este derecho, los tributos y su aplicación. Además, establece reglas para la creación, modificación y derogación de normas tributarias, así como para la concesión de exoneraciones y otros beneficios tributarios.
TUO - Código_Tributario - Actualizado al 27_03_2022 (1).pdfJefersonCastro21
Este decreto supremo aprueba el texto único ordenado del Código Tributario del Perú, el cual incluye modificaciones realizadas a través de decretos legislativos posteriores. El código establece los principios, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico tributario del país. Además, deroga el decreto supremo anterior que aprobó la versión del código y dispone que el nuevo texto sea refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Este documento contiene tres decretos del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El primer decreto designa a un nuevo jefe de oficina en la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro. El segundo decreto aprueba el reglamento de inscripción, baja y modificación de datos de asegurados del Seguro Social de Salud. El tercer decreto refrenda el reglamento aprobado en el segundo decreto.
De acuerdo con el artículo 173 de la ley 1450 de junio 16 de 2011circulodeobreros
El documento resume los cambios introducidos por la Ley 1450 de 2011 en relación con la retención en la fuente aplicable a los trabajadores independientes. La nueva ley establece que los trabajadores independientes que obtengan ingresos brutos mensuales menores a 300 UVT pagarán la misma tasa de retención que los asalariados. Además, aclara que este límite de 300 UVT se puede cumplir cada mes y no anualmente como indicaba la norma anterior.
De acuerdo con el artículo 173 de la ley 1450 de junio 16 de 2011circulodeobreros
El documento resume los cambios introducidos por la Ley 1450 de 2011 en relación con la retención en la fuente aplicable a los trabajadores independientes. La nueva ley establece que los trabajadores independientes que obtengan ingresos brutos mensuales menores a 300 UVT pagarán la misma tasa de retención que los asalariados, derogando así lo establecido anteriormente en la Ley 1429 de 2010. Además, aclara que el límite de 300 UVT puede cumplirse cada mes y no anualmente como lo interpretaba la DIAN.
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudos de acuerdo a las leyes universitarias y decretos supremos. El remitente fue cesado de la Universidad Nacional de Educación y argumenta que sus pensiones deben nivelarse con las de los magistrados judiciales según la ley. Solicita que en 10 días se atienda su petición de acuerdo a las leyes laborales citadas o presentará una demanda judicial.
Este documento es una carta notarial dirigida al Ministro de Economía y Finanzas del Perú solicitando la homologación de las remuneraciones y el pago de adeudados de acuerdo a la Ley Universitaria y otras leyes y decretos citados. El remitente afirma haber cumplido con los años de servicio requeridos y que tiene derecho a los beneficios de las leyes 20530, 23495 y otros decretos. Solicita que en un plazo de 10 días se atienda su petición de homologación y pago de remuneraciones de
El documento establece el nuevo Texto Único Ordenado del Código Tributario del Perú. El presidente aprueba este nuevo código tributario ordenado que incluye 16 normas preliminares, 4 libros con 205 artículos, 73 disposiciones finales, 27 disposiciones transitorias y 3 tablas de infracciones y sanciones. El código establece las normas generales, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario del Perú.
Mediante Ley N°. 30296, publicada el 31.12.2014 se ha aprobado el proyecto de Ley N°. 4007 y que corresponde al
cuarto paquete de medidas propuestas por el Poder Ejecutivo con la finalidad de reactivar la economía, frenar su ritmo de desaceleración e impulsar el crecimiento económico.
La referida Ley, versa sobre las disposiciones siguientes:
1. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta.
2. Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital.
3. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario.
4. Contratos de Estabilidad Tributaria en Minería.
5. Ley General de Aduanas.
En virtud a ello, a continuación efectuamos los comentarios y análisis de los aspectos más relevantes dispuestos o establecidos en virtud a la presente Ley, relacionados con los numerales 1, 2 y 3.
Dictamen de la CGR que origino el pago del Incremento Previsional a todos los funcionarios municipales que exigieron este derecho, este se encuentra aún vigente
Este documento aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios de Perú, que consta de 58 artículos y varias disposiciones transitorias y finales. El decreto busca ordenar y actualizar la ley de compensación por tiempo de servicios, incluyendo modificaciones introducidas. Se establecen normas sobre trabajadores comprendidos y excluidos, tiempo y remuneración computable, depósitos semestrales y otros aspectos de la compensación por tiempo de servicios.
Este documento aprueba el nuevo Texto Único Ordenado del Código Tributario del Perú, el cual incluye modificaciones realizadas a la legislación tributaria previa. El decreto supremo deroga el texto ordenado anterior y faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a dictar el nuevo texto ordenado del código tributario de acuerdo a las normas legales más recientes. El nuevo código tributario ordenado contiene disposiciones preliminares, cuatro libros, artículos, disposiciones finales y transitorias relacionadas a la legislación
Este documento resume las instrucciones de la Contraloría General de la República para la aplicación de la ley N° 21.050, que otorga un reajuste del 2,5% a las remuneraciones de los trabajadores del sector público. Explica el alcance del reajuste sobre sueldos, remuneraciones adicionales, beneficios educativos y de salud. También indica el personal excluido del reajuste y otros detalles sobre aguinaldos y beneficios contemplados en la ley.
Este documento aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario del Perú, el cual contiene normas que establecen los principios, instituciones, procedimientos y normas del ordenamiento jurídico-tributario del país. Se deroga el decreto supremo anterior que aprobaba el código y se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a dictar el nuevo texto único ordenado. El código contiene disposiciones sobre fuentes del derecho tributario, principio de legalidad, creación y modificación de tributos, y establece
El documento presenta tres resúmenes de documentos relacionados con la legislación laboral y de seguridad social en España. El primer resumen describe las principales modificaciones introducidas en el nuevo Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, como la incorporación de nuevos colectivos y cambios en los contratos formativos y a tiempo parcial. El segundo resumen explica cambios en el nuevo Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, incluyendo la introducción de un complemento de maternidad y un factor de sostenibilidad. El tercer res
Este documento analiza si procede aplicar el incremento previsional establecido en el Decreto Ley 3501/1980 a los funcionarios municipales sobre remuneraciones creadas con posterioridad a dicho decreto. Examina las normas legales, la jurisprudencia y los convenios de la OIT. Concluye que el incremento solo debe aplicarse a remuneraciones que estaban afectas a cotizaciones previsionales al 28 de febrero de 1981, y no a remuneraciones creadas después de esa fecha.
1. “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú”
Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”
OFICIO N.°188-2013-SUNAT/200000
Lima, 29 de mayo de 2013
Señor
CARLOS PUGA POMAREDA
Gerente General
Oficina de Normalización Previsional
Presente
Ref. : Oficio N.°404-2013-GG/ONP
De mi consideración:
Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, mediante el
cual solicita se precise si los aguinaldos y/o gratificaciones de los pensionistas del
Decreto Ley N.° 20530 están inafectos a la Contribu ción Solidaria de Asistencia
Previsional (COSAP)(1
) desde la vigencia de la Ley N.° 29351( 2
), o a partir de la
mención expresa efectuada por la Ley N.°29714( 3
).
Sobre el particular, su Despacho señala que con Oficio N.° 1227-2009-
EF/60.01(4
), la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF) manifestó que la Ley N.° 29351 permi tía dos lecturas: (i) que la
inafectación también alcanza a las gratificaciones y/o aguinaldos de los
pensionistas del Sector Público, y (ii) que el beneficio es aplicable sólo a los
trabajadores. Atendiendo a ello, agrega, dicha Oficina opinó que se requería que
el Congreso de la República, en base a la facultad establecida en el numeral 1)
del artículo 102°de la Constitución Política del P erú, interprete los alcances de la
referida Ley, antes de lo cual no podría aplicarse a los aguinaldos y/o
gratificaciones de los pensionistas del Decreto Ley N.°20530.
Asimismo, menciona que la Ley N.°29351 fue modific ada por la Ley N.°29714, la
cual prorrogó su vigencia hasta el 31.12.2014, e incluyó de forma expresa entre
sus beneficiarios a los jubilados y pensionistas.
1
Conforme al artículo 5°de la Ley N.°28046, publi cada el 31.7.2003, y norma modificatoria, la COSAP grava
a las pensiones de aquellos beneficiarios que perciban como pensión por el régimen previsional del Decreto
Ley N.°20530 la suma que anualmente exceda las 14 UIT.
2
Publicada el 1.5.2009, vigente a partir del día siguiente de su publicación.
3
Publicada el 19.6.2011.
4
De fecha 17.6.2009.
2. 2/4
Con posterioridad a tal modificación, indica que la Intendencia Nacional Jurídica
de esta Administración Tributaria ha emitido el Informe N.° 003-2012-
SUNAT/4B0000(5
), en el cual se concluye que los montos correspondientes a los
aguinaldos de julio y diciembre de 2009 a la fecha, otorgados a los pensionistas
comprendidos en el Régimen de Pensiones regulado por el Decreto Ley N.°
20530, no deben ser incluidos para efecto de calcular la base imponible de la
COSAP; posición que -según sostiene- no guarda correspondencia con lo
afirmado por el MEF, toda vez que conforme a este ministerio la inafectación no
podía aplicarse por existir interpretaciones contradictorias, impedimento que se
habría mantenido hasta el 19.6.2011, fecha en que se publicó la Ley N.°29714.
Al respecto, cabe señalar que esta Superintendencia Nacional se ratifica en el
criterio vertido en el referido Informe, en tanto entendemos que la Ley N.°29714
solo incluye expresamente la interpretación que ya había sido recogida en
dispositivos anteriores a su emisión y que fluía del mismo texto de la Ley N.°
29351, habiendo sido incluso adoptada por el MEF, con posterioridad a la emisión
del Oficio N.°1227-2009-EF/60.01.
En efecto, la Ley N.° 29351 con anterioridad a la d ación de la Ley N.° 29714 ya
formaba parte del ordenamiento jurídico, y desde su vigencia su artículo 2°
disponía que los aguinaldos o gratificaciones a que se refiere el numeral 2 de la
Quinta Disposición Transitoria de la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, no se encuentran sujetos a aportaciones,
contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos
establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
Nótese que la citada norma alude a los aguinaldos o gratificaciones a que se
refiere el numeral 2 de la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N.° 28411, el
cual comprende tanto a los trabajadores en actividad como a los pensionistas del
Sector Público(6
); sin que la inclusión de estos últimos quede enervada por el
hecho que la norma emplee el término “trabajador” al mencionar los descuentos a
que sí están sujetos los aguinaldos y gratificaciones antes señalados.
Es así que la interpretación en el sentido que la Ley N.° 29351 alcanza a los
aguinaldos o gratificaciones de los pensionistas del Sector Público fue recogida
por el MEF en el Decreto Supremo N.° 151-2009-EF( 7
), mediante el cual se
establecieron las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo
por Fiestas Patrias para el año 2009, señalándose en el artículo 2° que tal
Aguinaldo se otorga a los funcionarios y servidores nombrados y contratados,
obreros permanentes y eventuales del Sector Público, al personal de las Fuerzas
Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y los pensionistas a cargo del Estado,
5
De fecha 17.2.1012.
6
Dicho numeral establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público fijan los montos que por
concepto de Aguinaldos o Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, según corresponda, y Bonificación
por Escolaridad, se otorgan a los funcionarios, servidores, obreros, personal sujeto a Carreras reguladas
por Leyes específicas, así como a los pensionistas del Sector Público.
7
Publicado el 9.7.2009.
3. 3/4
comprendidos en los regímenes de la Ley N.°15117, Decretos Leyes N.os
19846
y 20530, Decreto Supremo N.°051-88-PCM y la Ley N. °28091.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 10° del mencionado Decreto
Supremo, las aportaciones, contribuciones y descuentos que se aplicaban al
referido Aguinaldo, se sujetaban a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N.°
29351; sin que esta disposición previera distinción alguna en función a si el
aguinaldo era otorgado a un trabajador en actividad o a un pensionista. Vale decir,
la posición del MEF plasmada en dicho Decreto Supremo consideraba la
aplicación del artículo 2° de la Ley N.° 29351 tant o respecto de los trabajadores
en actividad como de los pensionistas.
Es del caso indicar que las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del
Aguinaldo de Navidad del año 2009 y de los Aguinaldos por Fiestas Patrias y
Navidad hasta el año 2012, anteriores y posteriores a la Ley N.°29714( 8
), también
contemplaron la regulación señalada en los párrafos precedentes.
Además, en la Tabla 22: “Ingresos, Tributos y Descuentos”, aprobada por la
Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR( 9
), se señala que las
“GRATIFICACIONES DE FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD – LEY 29351”, no
están afectas a la COSAP(10
).
Como se puede apreciar, la interpretación en el sentido que la Ley N.° 29351
alcanza a los aguinaldos o gratificaciones de los pensionistas del Sector Público
está enmarcada dentro de las disposiciones que forman parte del ordenamiento
jurídico dictado sobre el tema, y así también se entiende la Ley N.°29714, dictada
con posterioridad, la cual contempla expresamente la posición adoptada,
guardando de este modo correspondencia con lo que en Doctrina se conoce
como método sistemático.
Gustavo A. Krause Murguiondo(11
), al referirse a dicho método señala que el
derecho no se presenta como normas o leyes aisladas entre sí. Es por ello que la
8
Decretos Supremos N.
os
284-2009-EF, 147-2010-EF, 241-2010-EF, 138-2011-EF, 219-2011-EF, 106-
2012-EF y 243-2012-EF, publicados el 5.12.2009, 8.7.2010, 7.12.2010, 12.7.2011, 9.12.2011, 29.6.2012 y
7.12.2012, respectivamente.
9
Norma a través de la cual se aprobó la información de la planilla electrónica, las tablas paramétricas, la
estructura de los archivos de importación y se dictan medidas complementarias, publicada el 19.4.2011, y
norma modificatoria.
10
Dicha normativa fue dictada, entre otros, considerando que mediante el Decreto Supremo N.°015-2010-
TR se modifica el artículo 4° del Decreto Supremo N. ° 018-2007-TR estableciendo que el Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la SUNAT, elaborará y aprobará mediante
Resolución Ministerial la información de la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas y la estructura de
los Archivos de Importación, así como los instrumentos que resulten necesarios para el uso de la Planilla
Electrónica.
11
En “La Interpretación de la Ley y el Derecho Tributario”, Editorial La Ley S.A., Buenos Aires Argentina,
2000, página 47.
4. 4/4
introducción de una nueva ley plantea el problema de su inserción dentro del
orden jurídico total, como un sistema total estructurado.
En el mismo sentido, Aníbal Torres Vásquez(12
) considera que “En el
ordenamiento, cada norma está dispuesta de tal manera que la una se apoya en
otra u otras y, a su vez, sirve de apoyo a otras; o, lo que es lo mismo, las normas
que integran el ordenamiento son partes conectadas que se apoyan mutuamente,
de suerte que las unas se explican por medio de las otras. Creada una norma
jurídica, esta viene a integrar la totalidad del ordenamiento jurídico, y este impone
a la norma una configuración, un valor y un sentido que deben acomodarse a la
unidad del ordenamiento jurídico. Una norma solo tiene sentido en función del
conjunto del ordenamiento. Por ello, para encontrar el sentido y alcance de las
diversas normas hay que relacionarlas con las otras que componen el
ordenamiento, sobre todo con las que tratan de la misma institución”.
Así pues, en opinión de esta Administración Tributaria, los aguinaldos y/o
gratificaciones de julio y diciembre, otorgados a los pensionistas del Decreto Ley
N.°20530 están inafectos a la COSAP desde la vigen cia de la Ley N.°29351.
Es propicia la oportunidad para manifestarle los sentimientos de mi especial
estima.
Atentamente,
Original firmado por
ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ
Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos
ebb/
12
En Introducción al Derecho –Teoría General del Derecho, Editorial Temis S.A., 2
a
edición, Bogotá
Colombia, 2001, página 585.