El documento establece que, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19, las autoridades pueden permitir de manera extraordinaria la acumulación de feriados no gozados del año 2019 para ser usados en 2021, aunque se superen los límites normales. También pueden autorizar el fraccionamiento de los descansos. Los trabajos extraordinarios realizados se deben retribuir mediante un recargo en las remuneraciones si no es posible otorgar los descansos compensatorios.