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PEQUEÑA EMPRESA
LEY 28015
(03/07/2003)(28/06/2008)
No obstante, el 02 de julio de 2013, el Congreso aprobó la Ley N° 30056, Ley que modifica
diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento
empresarial.
Puede ser constituida por Persona Natural o Persona Jurídica para tener como objetivo
desarrollar actividades de extracción, transformación, producción y comercialización o
prestación de bienes y servicios.
CARACTERISCAS
-Tiene como mínimo 1 trabajador y como máximo 100 trabajadores.
-Debe tener ventas anuales hasta el máximo de 1700 UIT (4950).
REGISTRO OBLIGATORIO
1.PORTAL WEB DEL MTPE Y ELEGIR LA OPCION “REGISTRO NACIONAL DE MICRO Y PEQUEÑA
EMPRESA ” _ REMYPE (http://www.mintra.gob.pe/remype )
2 . IGRESAR AL MODULO UTILIZANDO RUC, USUARIO Y CLAVE.
3 . INGRESAR AL MODULO DEL REGISTRO
4 . INGRESAR A LA IMFORMACION SOLICITADA
5. IMPRIMIR EL FORMULARIO ( 7 DIAS DESPUES DE LA INSCRIPCION )
6 .VISUALIZACION DE FORMULARIO
SITUACIONES POR LA QUE SE ORIGINA LAS PEQUEÑAS EMPRESAS
-Oportunidad laboral en el mercado.
-La tendencia de un producto o un servicio que apasionan al emprendedor.
-Desempleo.
-La formación de trabajo en familia.
De acuerdo a la a INEI en el año 2021 la mayoría de empresas que se formo fue de micro y
pequeña empresa constituidas por el empresario peruano. A raíz de la crisis causada por la
COVID-19, las mypes se vieron fuertemente afectadas; sin embargo, con la reapertura de la
economía y la reactivación de los diferentes sectores, empezaron a recuperarse.
BENEFICIOS
SEGÚN EL TIPO DE EMPRESA
DERECHO /BENEFICIO MICROEMPRESA PEQUEÑA EMPRESA
Descanso semanal obligatorio SI SI
Descanso en día feriado SI SI
Descanso vacacional(15 días) SI SI
Jornada máximo de trabajo SI SI
Pago por trabajo en sobretiempo SI SI
Remuneración mínima en horario nocturno NO NO
Horario de refrigerio SI SI
Gratificación Fiestas Patrias y navidad NO SI (50% DE LAS
REMUNERACIONES
COMPUTABLES )
Compensación por tiempo de Servicio NO SI
Indemnización por Despido Arbitrario SI (10
REMUNERACIONES
DIARIAS POR AÑO)
SI (20
REMUNERACIONES
DIARIAS POR AÑO)
Participación en Utilidades NO SI
Asignación Familiar NO NO
Seguro Vida Ley NO SI
SCTR NO SI
Remuneración Mínima Vital SI SI
Descanso Pre y Post Natal SI SI
Certificado de trabajo SI SI
Derechos colectivos SI SI
Periodo de lactancia SI SI
¿CUANDO LA MICRO EMPRESA PASA A SER PEQUEÑA EMPRESA?
- Cuando sus ventas anuales durante 2 años consecutivos superen el límite de 150 UIT, podrá
Conservar su condición de micro empresa por un año calendario adicional.
¿CUANDO LA PEQUEÑA EMPRESA PASA AL REGIMEN GENERAL?
-Cuando sus ventas anuales durante 2 años consecutivos supere el límite de 1700 UIT. Podrá
mantenerse como pequeña empresa hasta un tercer año y luego debe pasar al régimen
general.
VENTAJAS
-Son suficientemente capaces para poder adaptarse a los cambio del país.
-Pueden llegar a fabricar sus productos individualmente.
-Estas también son contratados por las grandes empresas.
-Participaciones de los derechos a los trabajadores.
-Emitir cualquier comprobante de pago según su actividad.
-Tributar de acuerdo a las ganancias Obtenidas.
-Llevar libros contables en función a sus ingresos.
-Suele ser más innovadora.
-Punto de entrada en la economía.
DESVENTAJAS
-Poco acceso a préstamos.
-Debido a las competencias no pueden ingresar mercados globales.
-Tienen poder de poca negociación.
-Menor cantidad de clientes.
-Acceso a personal no muy capacitado.
-No se emplean controles de calidad.
¿A QUE REGIMEN SE ACOGE?
NRUS
NUEVO REGIMEN
UNICO
SIMPLIFICADO
RER
REGIMEN ESPECIAL
DE LA RENTA
RMT
REGIMEN MYPE
TRIBUTARIO
RG
REGIMEN
GENERALDE RENTA
REGIMEN MYPE TRIBUTARIO
DIRIGIDO: A las Micro y Pequeñas empresas con ingresos que no superen los 1700 UIT.
IMPUESTO: Depende a la ganancia obtenida.
OBLIGADO A LLEVAR: Registro de ventas, registro de compras y el libro diario simplificado.
LIMITE DE INGRESOS: Los ingresos no deben superar los 1700 UIT al año.
LIMITE DE COMPRAS: Sin límite.
EMITE: Cualquier comprobante de pago.
VALOR MAXIMO DE ACTIVOS: Sin límites.
¿CUANTO PAGAR ?
DECLARACION MENSUAL
MENOS A LOS 300
UIT.
1% DE LOS
INGRESOS NETOS.
A PARTIR DEL MES
QUE SUPERE LAS 300
UIT.
1.5% DE LOS
INGRESOS NETOS.
DECLARACION ANUAL
HASTA 15 UIT. 10 % MÁS DE 15 UIT. 29.5%
ITAN
(IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS)
SI LOS ACTIVOS SUPERAN LOS S/1, 000,000 CON LA TASA DEL 0.4%.
EJEMPLO PAGO IGV Y IMPUESTO A LA RENTA
EN EL MES DE OCTUBRE SE OBTIENE UN TOTAL DE :
- VENTAS: 557,190
-NOTAS DE CREDITO EN LAS VENTAS: 3,240.5
-COMPRAS 18%:324,204
-COMPRAS 10%:700
IMPUESTO IGV IMPUESTO A LA RENTA
IGVV-IGVC
VENTAS VENTAS
557190/1.18*18% 557190/1.18
84995.08 472194.92
-3240.5/1.18*18% -3240.50/1.18
-494.31 -2746.19
COMPRAS COMPRAS
324204/1.18*18% 324204/1.18
BIV-BIC
49454.85 274749.15
700/1.10*10% 700/1.10
63.64 636.36
VENTAS-COMPRAS VENTAS –COMPRAS
(84995.08-494.31)-(49454.85+63.64) (472194.92-2746.19)-(274749.15+636.36)
84500.77-49518.49 (469448.73-275385.51)
TOTAL A PAGAR: 34982.28 194063.22
TOTAL A PAGAR:194063.22/1.5%
2910.95
IGV 34982
RENTA 2911
TOTAL 37893
IGV
401101 34982.28
104101 34982.28
RENTA
167101 2911
104101 2911
María García es trabajadora de una pequeña empresa que nos consulta acerca de cálculo la
GRATIFICACION
INGRESO: 07/06/2022
REMUNERCION: 2000.
ASIGNACION FAMILIAR: 102.50.
CUENTAS CONTABLES
PDT 621 IGV Y RENTA
EJEMPLO DE GRATIFICACION
PERIODO A CALCULA 01/07/2022 AL 31/12/2022
2000+102.50
2102.50
2102.50/2
REMUNERACION COMPUTABLE: 1988.75
CALCULO DE LA GRATIFICACION
1988.75/6*6
1988.75
BONIFICACION EXTRAIODINARIA SEGÚN LA LEY Nº29351 9%
1988.75*9%
178.88
Rosario Alcántara es una trabajadora de la empresa LOS OSITOS SAC donde nos consulta sobre
el cálculo de CTS generado en el mes de noviembre del 2021
FECHA DE INGRESO: 29/04/2023
REMUNERACION BASICA: 1800
ASIGNACION FAMILIAR: 102.50
HORAS EXTRAS: 100
1/6 DE LA GRATIFICACION ANTERIOR: 625
PERIODO A CALCULAR 01/05/2021 HASTA 31/10/2021
REMUNERACION COMPUTABLE
1800+102.50+100
2002.50/2
REMUNERACION COMPUTABLE: 1001.25
REMUNERACION COMPUTABLE /6 X Nº DE MESES TRABAJADOS
EJEMPLO DE CTS
(1001.25+625)/12*6
1626.25/12*6
813.13
Un trabajador de la empresa LOS OSITOS SAC ha sido despedido injustificadamente, el percibe
de un record de 6 años 9 meses 20 dias y una remuneración de 2000¿Cuánto le corresponde
de indemnizacion?
REMUENRACION:2000
Nº AÑO: 6
Nº DE MESES: 9
Nº DE DIAS: 20
FORMULA
ENTONCES
2000/30*20
1333.33
CALCULO
(1333.33 X 6)+(1333.33/12X9)+(13333.33/12/30X20)
7999.98+1000+74.07
9074.05
CALCULO DE LA CTS
REMUNERACION COMPUTABLE+1/6 / 12 X Nº MESES
TRABAJADOS
EJEMPLO DE DESPIDO ARBITRARIO
REMUNERACION COMPUTABLE /30*20

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PEQUEÑA EMPRESA - CONTABILIDAD EMPRESARIAL

  • 1. PEQUEÑA EMPRESA LEY 28015 (03/07/2003)(28/06/2008) No obstante, el 02 de julio de 2013, el Congreso aprobó la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial. Puede ser constituida por Persona Natural o Persona Jurídica para tener como objetivo desarrollar actividades de extracción, transformación, producción y comercialización o prestación de bienes y servicios. CARACTERISCAS -Tiene como mínimo 1 trabajador y como máximo 100 trabajadores. -Debe tener ventas anuales hasta el máximo de 1700 UIT (4950). REGISTRO OBLIGATORIO 1.PORTAL WEB DEL MTPE Y ELEGIR LA OPCION “REGISTRO NACIONAL DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA ” _ REMYPE (http://www.mintra.gob.pe/remype )
  • 2. 2 . IGRESAR AL MODULO UTILIZANDO RUC, USUARIO Y CLAVE. 3 . INGRESAR AL MODULO DEL REGISTRO 4 . INGRESAR A LA IMFORMACION SOLICITADA
  • 3. 5. IMPRIMIR EL FORMULARIO ( 7 DIAS DESPUES DE LA INSCRIPCION ) 6 .VISUALIZACION DE FORMULARIO
  • 4. SITUACIONES POR LA QUE SE ORIGINA LAS PEQUEÑAS EMPRESAS -Oportunidad laboral en el mercado. -La tendencia de un producto o un servicio que apasionan al emprendedor. -Desempleo. -La formación de trabajo en familia. De acuerdo a la a INEI en el año 2021 la mayoría de empresas que se formo fue de micro y pequeña empresa constituidas por el empresario peruano. A raíz de la crisis causada por la COVID-19, las mypes se vieron fuertemente afectadas; sin embargo, con la reapertura de la economía y la reactivación de los diferentes sectores, empezaron a recuperarse.
  • 5. BENEFICIOS SEGÚN EL TIPO DE EMPRESA DERECHO /BENEFICIO MICROEMPRESA PEQUEÑA EMPRESA Descanso semanal obligatorio SI SI Descanso en día feriado SI SI Descanso vacacional(15 días) SI SI Jornada máximo de trabajo SI SI Pago por trabajo en sobretiempo SI SI Remuneración mínima en horario nocturno NO NO Horario de refrigerio SI SI Gratificación Fiestas Patrias y navidad NO SI (50% DE LAS REMUNERACIONES COMPUTABLES ) Compensación por tiempo de Servicio NO SI Indemnización por Despido Arbitrario SI (10 REMUNERACIONES DIARIAS POR AÑO) SI (20 REMUNERACIONES DIARIAS POR AÑO) Participación en Utilidades NO SI Asignación Familiar NO NO Seguro Vida Ley NO SI SCTR NO SI Remuneración Mínima Vital SI SI Descanso Pre y Post Natal SI SI Certificado de trabajo SI SI Derechos colectivos SI SI Periodo de lactancia SI SI ¿CUANDO LA MICRO EMPRESA PASA A SER PEQUEÑA EMPRESA? - Cuando sus ventas anuales durante 2 años consecutivos superen el límite de 150 UIT, podrá Conservar su condición de micro empresa por un año calendario adicional. ¿CUANDO LA PEQUEÑA EMPRESA PASA AL REGIMEN GENERAL? -Cuando sus ventas anuales durante 2 años consecutivos supere el límite de 1700 UIT. Podrá mantenerse como pequeña empresa hasta un tercer año y luego debe pasar al régimen general.
  • 6. VENTAJAS -Son suficientemente capaces para poder adaptarse a los cambio del país. -Pueden llegar a fabricar sus productos individualmente. -Estas también son contratados por las grandes empresas. -Participaciones de los derechos a los trabajadores. -Emitir cualquier comprobante de pago según su actividad. -Tributar de acuerdo a las ganancias Obtenidas. -Llevar libros contables en función a sus ingresos. -Suele ser más innovadora. -Punto de entrada en la economía. DESVENTAJAS -Poco acceso a préstamos. -Debido a las competencias no pueden ingresar mercados globales. -Tienen poder de poca negociación. -Menor cantidad de clientes. -Acceso a personal no muy capacitado. -No se emplean controles de calidad. ¿A QUE REGIMEN SE ACOGE? NRUS NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO RER REGIMEN ESPECIAL DE LA RENTA RMT REGIMEN MYPE TRIBUTARIO RG REGIMEN GENERALDE RENTA REGIMEN MYPE TRIBUTARIO DIRIGIDO: A las Micro y Pequeñas empresas con ingresos que no superen los 1700 UIT. IMPUESTO: Depende a la ganancia obtenida. OBLIGADO A LLEVAR: Registro de ventas, registro de compras y el libro diario simplificado. LIMITE DE INGRESOS: Los ingresos no deben superar los 1700 UIT al año. LIMITE DE COMPRAS: Sin límite.
  • 7. EMITE: Cualquier comprobante de pago. VALOR MAXIMO DE ACTIVOS: Sin límites. ¿CUANTO PAGAR ? DECLARACION MENSUAL MENOS A LOS 300 UIT. 1% DE LOS INGRESOS NETOS. A PARTIR DEL MES QUE SUPERE LAS 300 UIT. 1.5% DE LOS INGRESOS NETOS. DECLARACION ANUAL HASTA 15 UIT. 10 % MÁS DE 15 UIT. 29.5% ITAN (IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS) SI LOS ACTIVOS SUPERAN LOS S/1, 000,000 CON LA TASA DEL 0.4%. EJEMPLO PAGO IGV Y IMPUESTO A LA RENTA EN EL MES DE OCTUBRE SE OBTIENE UN TOTAL DE : - VENTAS: 557,190 -NOTAS DE CREDITO EN LAS VENTAS: 3,240.5 -COMPRAS 18%:324,204 -COMPRAS 10%:700 IMPUESTO IGV IMPUESTO A LA RENTA IGVV-IGVC VENTAS VENTAS 557190/1.18*18% 557190/1.18 84995.08 472194.92 -3240.5/1.18*18% -3240.50/1.18 -494.31 -2746.19 COMPRAS COMPRAS 324204/1.18*18% 324204/1.18 BIV-BIC
  • 8. 49454.85 274749.15 700/1.10*10% 700/1.10 63.64 636.36 VENTAS-COMPRAS VENTAS –COMPRAS (84995.08-494.31)-(49454.85+63.64) (472194.92-2746.19)-(274749.15+636.36) 84500.77-49518.49 (469448.73-275385.51) TOTAL A PAGAR: 34982.28 194063.22 TOTAL A PAGAR:194063.22/1.5% 2910.95 IGV 34982 RENTA 2911 TOTAL 37893 IGV 401101 34982.28 104101 34982.28 RENTA 167101 2911 104101 2911 María García es trabajadora de una pequeña empresa que nos consulta acerca de cálculo la GRATIFICACION INGRESO: 07/06/2022 REMUNERCION: 2000. ASIGNACION FAMILIAR: 102.50. CUENTAS CONTABLES PDT 621 IGV Y RENTA EJEMPLO DE GRATIFICACION
  • 9. PERIODO A CALCULA 01/07/2022 AL 31/12/2022 2000+102.50 2102.50 2102.50/2 REMUNERACION COMPUTABLE: 1988.75 CALCULO DE LA GRATIFICACION 1988.75/6*6 1988.75 BONIFICACION EXTRAIODINARIA SEGÚN LA LEY Nº29351 9% 1988.75*9% 178.88 Rosario Alcántara es una trabajadora de la empresa LOS OSITOS SAC donde nos consulta sobre el cálculo de CTS generado en el mes de noviembre del 2021 FECHA DE INGRESO: 29/04/2023 REMUNERACION BASICA: 1800 ASIGNACION FAMILIAR: 102.50 HORAS EXTRAS: 100 1/6 DE LA GRATIFICACION ANTERIOR: 625 PERIODO A CALCULAR 01/05/2021 HASTA 31/10/2021 REMUNERACION COMPUTABLE 1800+102.50+100 2002.50/2 REMUNERACION COMPUTABLE: 1001.25 REMUNERACION COMPUTABLE /6 X Nº DE MESES TRABAJADOS EJEMPLO DE CTS
  • 10. (1001.25+625)/12*6 1626.25/12*6 813.13 Un trabajador de la empresa LOS OSITOS SAC ha sido despedido injustificadamente, el percibe de un record de 6 años 9 meses 20 dias y una remuneración de 2000¿Cuánto le corresponde de indemnizacion? REMUENRACION:2000 Nº AÑO: 6 Nº DE MESES: 9 Nº DE DIAS: 20 FORMULA ENTONCES 2000/30*20 1333.33 CALCULO (1333.33 X 6)+(1333.33/12X9)+(13333.33/12/30X20) 7999.98+1000+74.07 9074.05 CALCULO DE LA CTS REMUNERACION COMPUTABLE+1/6 / 12 X Nº MESES TRABAJADOS EJEMPLO DE DESPIDO ARBITRARIO REMUNERACION COMPUTABLE /30*20