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PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL
MUNDO LABORAL
UNIVERSIDAD CATOLICA DE
HONDURAS
“CAMPUS DIOS ESPIRITU
SANTO”
ABOGADA: DARIELA N. MEJIA BU
1
UNIVERSIDAD CATOLICA
DE HONDURAS
“CAMPUS DIOS ESPIRITU SANTO”
CONCEPTOS
 LA DISCAPACIDAD: es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan deficiencias
físicas, mentales, intelectuales o sensoriales que, al interactuar con diversas barreras, puedan
impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, y en igualdad de condiciones con las
demás.
 DISCAPACIDAD FÍSICA: Esta es la clasificación que cuenta con las alteraciones más frecuentes,
las cuales son secuelas de poliomielitis, lesión medular (parapléjico o cuadripléjico ) y
amputaciones.
 DISCAPACIDAD INTELECTUAL: Se caracteriza por una disminución de las funciones mentales
superiores (inteligencia, lenguaje, aprendizaje, entre otros), así como de las funciones motoras.
Esta discapacidad abarca toda una serie de enfermedades y trastornos, dentro de los cuales se
encuentra el retraso mental, el síndrome Down y la parálisis cerebral.
 DISCAPACIDAD PSÍQUICA: Las personas sufren alteraciones neurológicas y trastornos
cerebrales.
 DISCAPACIDAD SENSORIAL: Comprende a las personas con deficiencias visuales, a los sordos y a
quienes presentan problemas en la comunicación y el lenguaje.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
2
LEY DE EQUIDAD Y DESARROLLO INTEGRAL PARA LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD|
TRABAJO
 ARTICULO 31.- DERECHO AL TRABAJO. El Estado garantiza a las personas con discapacidad en todo el
país, el derecho a un empleo digno y adecuado a sus condiciones necesarias personales.
 ARTÍCULO 32.- DISCRIMINACIÓN LABORAL. Se consideran actos de discriminación laboral adoptar
criterios de selección de personal o establecer condiciones de trabajos no adecuados a las condiciones de
los aspirantes. Así como solicitar requisitos adicionales a los establecidos para cualquier otro solicitante y,
no emplear, por razones de discapacidad, cuando se es idóneo para desempeñar el cargo o labor
solicitado.
 ARTÍCULO 33.- FACILITACION DE TRÁMITES. Las instituciones públicas privadas, de cualquier índole,
deberán facilitar a las personas discapacitadas en el ejercicio de su profesión independiente, la
tramitación expedita de sus respectivas solicitudes, para evitar poner en peligro su fuente de trabajo. El
retraso innecesario o injustificado se considera un acto de discriminación.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
3
ARTICULO 34.- DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Además de la responsabilidades señaladas
en otras leyes la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, será responsable de:
1) Fomentar y apoyar la participación de organizaciones empresariales, sindicales y d organizaciones de y, para
personas con discapacidad en materia de rehabilitación y reinserción laboral; Centro Electrónico de Documentación
e Información Judicial Poder Judicial de Honduras
2) Gestionar medidas especiales de apoyo que faciliten la integración laboral, que podrá consistir en subvenciones,
convenio de cooperación y otros análogos.
3) Incluir en los reglamentos internos de trabajo, de higiene y seguridad social, cláusulas equitativas a las personas
con discapacidad;
4) Promover la realización de investigaciones referente a la situación socio laboral de la personas
con discapacidad;
5) Velar por la salud y seguridad ocupacional de las personas con discapacidad y, la prevención, de las discapacidades
por riesgo profesional y accidentes de trabajo;
6) Establecer normas y disposiciones para la reubicación laboral en las empresas en que el trabajador sufra un
accidente de trabajo o una enfermedad profesional, siempre y cuando el trabajador esté apto para desempeñar otra
actividad laboral;
7) Velar porque las personas con discapacidad gocen de sus derechos laborales;
8) Establecer mecanismos para garantizar el ejercicio de los derechos a personas que adolecen o en situación de
adquirir una discapacidad por riesgos profesionales, cuando no puedan ejercer por sí mismos las acciones
necesarias;
9) Fomentar, Coordinar y apoyar con organismos nacionales e internacionales la educación profesional para que las
personas con discapacidad, puedan acceder al ejercicio laboral y empresarial;
10) Promover programas de inversión, capacitación y servicios de intermediación para la inserción laboral;
11) Asesorar en coordinación con las organizaciones de y, para, personas con discapacidad, a los empleadores para
que estos puedan adaptar el empleo y su contorno a las condiciones y necesidades de las personas con discapacidad.
12) Incluir en el plan operativo anual medidas de acción concretas sobre su labor e cumplimiento de sus
obligaciones relacionadas con el tema de discapacidad.
4
ARTÍCULO 35.- EMPLEOS. Las entidades de la administración pública y las empresas de carácter
privado están obligadas a contratar un número mínimo de personas con discapacidad de acuerdo
con la tabla siguiente:
1)De veinte (20) a cuarenta y nueve (49) trabajadores, una (1) personas con discapacidad;
2) De cincuenta (50) a setenta y cuatro (74) trabajadores, dos (2) personas con discapacidad;
3) DE setenta y cinco (75) a noventa y nueve (99) trabajadores, tres (3) personas con
discapacidad; y,
4) Por cada cien (100) trabajadores, (4) personas con discapacidad.
ARTICULO 36.- INCENTIVOS FISCALES. Será deducible del impuesto sobre la renta:
Las donaciones o aportes destinados a instituciones públicas o privadas que trabajen en beneficio
del sector de discapacidad; y,
2) Los salarios pagados a las personas con discapacidad.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
5
VENTAJAS O RAZONES PARA LA CONTRATACION
DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
 SE HA DEMOSTRADO QUE LAS PERSONAS CON INCAPACIDAD TIENEN UN GRAN COMPROMISO
CON LA EMPRESA YA QUE SIENTEN QUE SE HA APOSTADO POR EL O ELLA, OBTENIENDO DE ESTA
MANERA : UNA DISMINUCION DE ROTACION DEL PERSONAL, AHORO DE TIEMPO EN
ADAPTACION Y FORMACION Y FIDELIDAD A LA EMPRESA.
 FOMENTO A UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
 ELIMINAR LA DISCRIMINACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ES IMPORTANTE PARA LA
COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS Y EL FUNCIONAMIENTO EFICAZ DE LOS MERCADOS DE
TRABAJO
 LA DONACION O PARTE DESTINADOS A INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS QUE TRABAJEN
EN BENEFIO DEL SECTOR DISCAPACIDAD SERA DEDUCIDO DEL PAGO DE IMPUESTOS.
 LOS SALARIOS PAGADOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SE DEDUCEN DEL IMPUESTO
SOBRE RENTA QUE PAGA LA EMPRESA.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
6
 EN MUY POCO TIEMPO , LA PERSONAS CON DISCAPACIDAD LE DEMPOSTRARA QUE ES CAPAZ DE REALIZAR SU
TRABAJO CON IDENTICA EFICACIA DEL RESTO DE SUS EMPLEADOS.
 LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDADES ADQUIEREN UN COMPROMISO CON EL EMPRESARIO MUCHO MAS
INTENSO Y DURADERO QUE EL RESTO; MOTIVADO, QUIZAS POR EL CONVENCIMIENTO DEL GRAN ESFUERZO QUE
LE HA COSTADO CONSEGUIR SU EMPLEO: SU LEALTAD ES DEFINITIVA.
 LOS COSTOS LABORLES SON SENSIBLEMENTE INFERIORES .
 LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ATRAVES DE LA DIRECCION GENERAL DE EMPLEO LE
GARANTIZA UN PROCESO TECNICO DE PRE-SELECCIÓN Y EL APOYO PARA LA FORMACION Y CAPACITACION
PROFESIOANL DEL CANDIDATO SIN NINGUN COSTO ADICIONAL PARA LA EMPRESA.
 AL CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD SE CUMPLE LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 35 DE LA LEY DE
EQUIDAD Y DESARROLLO INTEGARAL
 LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD REPRESENTAN UNA FUENTE DE HABILIDADES Y TALENTO
SIN EXPLOTAR
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
COMO TRATAR A UNA PERSONA CON
DISCAPACIDAD FISICA
 CUANDO SE DISPONGA A CONVERSAR CON EL; SITUESE DE FRENTE Y A SU MISMA
ALTURA.
 SI POR CASUALIDAD A OBSERVADO QUE ALGUNA PARTE DE SU ROPA SOBRESALE,
HAGASELO SABER CON NATURALIDAD PARA QUE NO QUEDE ATRAPADO ENTRE LAS
RUEDAS.
 UN VICIO MUY FRECUENTE ES ELUDIR EL DIALOGO DIRECTO CON EL PROCURE NO
HACERLO HABLELE DIRECTAMENTE Y NO ATRAVES DE LAS PERSONAS QUE LO
ACOMPAÑAN
 EVITE SIEMPRE EMPUJAR LA SILLA SIN DECIRSELO PREVIAMENTE
 EN CASO QUE NO SEPA COMO ACTUAR Y QUE HACER LO MAS ACONSEJABLE ES QUE LE
PREGUNTE CON NATURALIDAD SI QUIERE SU AYUDA Y COMO HACERLO
 CUANDO VAYAN LOS DOS CAMINANDO AJUSTE SUS PASOS AL DE LA PERSONA CON
DISCAPACIDAD
 EVITE QUE LO EMPUJEN AUNQUE LO HAGAN CON BUENA INTENCION
 SI EL TRABAJADOR USA PROTESIS PROCURE NO FIJAR SU MIRADA EN ELLAS Y
MUESTRESE CON TOTAL NATURALIDAD.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
8
COMO TRATAR A LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD AUDITIVA
 CUANDO DESEE HABLAR GESTICULE PARA LLAMAR SU ATENCION, O TOQUE
SU BRAZO ; NO GRITE NI LEVANTE LA VOZ
 PROCURE HABLAR DESPACIO Y CON CLARIDAD SOBRE TODO SI EL
TRABAJADOR PUEDE LEER LOS LABIOS
 CUANDO HABLE CON EL TRABAJADOR UTILICE PALABRAS SENCILLAS Y
FACILES DE LEER EN LOS LABIOS
 ES RECOMENDABLE QUE VERIFIQUE QUE EL TRABAJADOR LE HA
COMPRENDIDO CORRECTAMENTE
 LE ACONSEJAMOS QUE PROCURE DEMOSTRAR INTERES EN LA
CONVERSACION; ELLO CONTRIBUIRA QUE SE SIENTA CONSIDERADO Y ELEVE
SU AUTOESTIMA
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
9
COMO TRATAR UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD
VISUAL
 LO PRIMERO QUE DEBE DE HACER ES IDENTIFICARSE INMEDIATAMENTE Y SI OBSERVA QUE
VASILA EN IDENTIFICAR QUIEN LE ESTA HABLANDO OFRESCALE SU AYUDA.
 SI SU INTENCION ES CAMINAR O DESPLAZARSE JUNTO A EL OFRESACALE EL BRAZO NO LO
TOME DEL SUYO EL SABE COMO SUJETARSE CON MUCHA MAYOR COMODIDAD
 SI DURANTE LA CONVERSACION SE REFIERE A ALGUN OBJETO ACUERDESE DE DESCRIBIRLO
EN VES DE SEÑALARLO.
 CUANDO TENGA QUE INDICARLE ALGUNA DIRECCION LO MAS RECOMENDABLE ES QUE
UTILICE LA PALABRA COMO: IZQUIERDA, DERECHA, ARRIBA, ABAJO, ADELANTE, ATRÁS
 SI POR ALGUNA CIRCUNSTANCIAS SE QUEDA SOLO, ADVIERTALE ANTES DE TAL SITUACION;
EL AL SER CONCIENTE DE ELLO, SE ORIENTARA POR SI MISMO RAPIDAMENTE.
 DENTRO DEL TRABAJO Y EN SU ENTORNO, ORDENE QUE SE EVITE QUE SE DEJEN
OBSTACULOS.
 PROCURE QUE NADIE MUEVA LOS OBJETOS DE TRABAJO DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.
 PROCURE MANTENER LAS PUERTAS CERRADAS O COMPLETAMENTE ABIERTAS.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
10
COMO TRATAR PERSONAS CON
DISCAPACIDAD INTELECTUAL
 COMPORTESE DE UNA MANERA SENCILLA Y NATURAL CUANDO SE RELACIONE CON EL. SEA ESPONTANEO Y
SENCILLO. TRATELE EN TODO MOMENTO CON RESPETO Y CONSIDERACION.
 CUANDO SE ENCUENTRE CON EL; NO LE IGNORE SALUDELO Y DESPIDASE NORMALMENTE
 LE RECOMENDAMOS QUE NO SUBESTIME SU INTELIGENCIA
 PROCURE EN TODO MOMENTO SE DESENVUELVA EN UN AMBIENTE DE CONFIANZA Y ARMONIA CON EL RESTO
DE LOS TRABAJADORES
 PROCURE DEMOSTRARLE SU INTERES POR LO QUE ESTA HACIENDO, EVITE SITUACIONES QUE PUEDAN
GENERAR VIOLENCIA O DISCUSIONES INNECESARIAS
 EN TODAS LAS CONVERSACIONES QUE MANTENGA HABLELE LENTA Y CLARAMENTE
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
11
AYUDA TECNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
AYUDA TECNICA: Asistencia requerida por las personas con
discapacidad para lograr mejor desempeño, habilidad y
autonomía en la ejecución de sus actividades regulares.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
12
PROTESIS
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
13
ORTESIS
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
14
CIRCULO VICIOSO DE POBREZA Y DISCAPACIDAD
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
15
QUE HACER SI QUIERO CONTRATAR UNA PERSONA CON
DISCPACIDAD
 LAS EMPRESAS QUE DESEEN CONTRATAR PERSONAS CON
DISCAPACIDAD PUEDEN ABOCARSE A LA OFICINA DE
COLOCACION SELECTIVA EN LA DIRECCION GENERAL DE
EMPLEO DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
 GRATUITAMENTE LES BRINDARAN LA INFORMACION SOBRE
LOS PERFILES OCUPACIONALES REGISTRADOS EN LA BOLSA
ELECTRONICA DE TRABAJO
 SE DEJARA UNA VACANTE DISPONIBLE ( LA EMPRESA
DEBERA EXPRESAR LAS CARACTERISTICAS Y EL TIPO DE
FORMACION DE LA PERSONA QUE DESEA CONTRATAR.)
 SE DARA COMIENZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE
ACUERDO LAS CARACTERISTICAS PERSONALES Y DE
FORMACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
16
CONVENIOS INTERNACIONALES
 CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.-
La Convención y cada uno de sus artículos se basan en ocho principios rectores:
1. El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de
tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
2. La no discriminación;
3. La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
4. El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como
parte de la diversidad y la condición humanas;
5. La igualdad de oportunidades;
6. La accesibilidad;
7. La igualdad entre el hombre y la mujer;
8. El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad
y de su derecho a preservar su identidad.
 CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS
DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (1999)FUE
aprobada el 7 de junio de 1999. Define el término "discapacidad" así como la frase
"discriminación contra personas con discapacidad". Está concebida para permitir
a las personas discapacitadas integrarse en forma completa a la sociedad sin ser
injustamente excluidos basándose en su discapacidad.
DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
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  • 1. PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MUNDO LABORAL UNIVERSIDAD CATOLICA DE HONDURAS “CAMPUS DIOS ESPIRITU SANTO” ABOGADA: DARIELA N. MEJIA BU 1 UNIVERSIDAD CATOLICA DE HONDURAS “CAMPUS DIOS ESPIRITU SANTO”
  • 2. CONCEPTOS  LA DISCAPACIDAD: es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, y en igualdad de condiciones con las demás.  DISCAPACIDAD FÍSICA: Esta es la clasificación que cuenta con las alteraciones más frecuentes, las cuales son secuelas de poliomielitis, lesión medular (parapléjico o cuadripléjico ) y amputaciones.  DISCAPACIDAD INTELECTUAL: Se caracteriza por una disminución de las funciones mentales superiores (inteligencia, lenguaje, aprendizaje, entre otros), así como de las funciones motoras. Esta discapacidad abarca toda una serie de enfermedades y trastornos, dentro de los cuales se encuentra el retraso mental, el síndrome Down y la parálisis cerebral.  DISCAPACIDAD PSÍQUICA: Las personas sufren alteraciones neurológicas y trastornos cerebrales.  DISCAPACIDAD SENSORIAL: Comprende a las personas con deficiencias visuales, a los sordos y a quienes presentan problemas en la comunicación y el lenguaje. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 2
  • 3. LEY DE EQUIDAD Y DESARROLLO INTEGRAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD| TRABAJO  ARTICULO 31.- DERECHO AL TRABAJO. El Estado garantiza a las personas con discapacidad en todo el país, el derecho a un empleo digno y adecuado a sus condiciones necesarias personales.  ARTÍCULO 32.- DISCRIMINACIÓN LABORAL. Se consideran actos de discriminación laboral adoptar criterios de selección de personal o establecer condiciones de trabajos no adecuados a las condiciones de los aspirantes. Así como solicitar requisitos adicionales a los establecidos para cualquier otro solicitante y, no emplear, por razones de discapacidad, cuando se es idóneo para desempeñar el cargo o labor solicitado.  ARTÍCULO 33.- FACILITACION DE TRÁMITES. Las instituciones públicas privadas, de cualquier índole, deberán facilitar a las personas discapacitadas en el ejercicio de su profesión independiente, la tramitación expedita de sus respectivas solicitudes, para evitar poner en peligro su fuente de trabajo. El retraso innecesario o injustificado se considera un acto de discriminación. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 3
  • 4. ARTICULO 34.- DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Además de la responsabilidades señaladas en otras leyes la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, será responsable de: 1) Fomentar y apoyar la participación de organizaciones empresariales, sindicales y d organizaciones de y, para personas con discapacidad en materia de rehabilitación y reinserción laboral; Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial Poder Judicial de Honduras 2) Gestionar medidas especiales de apoyo que faciliten la integración laboral, que podrá consistir en subvenciones, convenio de cooperación y otros análogos. 3) Incluir en los reglamentos internos de trabajo, de higiene y seguridad social, cláusulas equitativas a las personas con discapacidad; 4) Promover la realización de investigaciones referente a la situación socio laboral de la personas con discapacidad; 5) Velar por la salud y seguridad ocupacional de las personas con discapacidad y, la prevención, de las discapacidades por riesgo profesional y accidentes de trabajo; 6) Establecer normas y disposiciones para la reubicación laboral en las empresas en que el trabajador sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, siempre y cuando el trabajador esté apto para desempeñar otra actividad laboral; 7) Velar porque las personas con discapacidad gocen de sus derechos laborales; 8) Establecer mecanismos para garantizar el ejercicio de los derechos a personas que adolecen o en situación de adquirir una discapacidad por riesgos profesionales, cuando no puedan ejercer por sí mismos las acciones necesarias; 9) Fomentar, Coordinar y apoyar con organismos nacionales e internacionales la educación profesional para que las personas con discapacidad, puedan acceder al ejercicio laboral y empresarial; 10) Promover programas de inversión, capacitación y servicios de intermediación para la inserción laboral; 11) Asesorar en coordinación con las organizaciones de y, para, personas con discapacidad, a los empleadores para que estos puedan adaptar el empleo y su contorno a las condiciones y necesidades de las personas con discapacidad. 12) Incluir en el plan operativo anual medidas de acción concretas sobre su labor e cumplimiento de sus obligaciones relacionadas con el tema de discapacidad. 4
  • 5. ARTÍCULO 35.- EMPLEOS. Las entidades de la administración pública y las empresas de carácter privado están obligadas a contratar un número mínimo de personas con discapacidad de acuerdo con la tabla siguiente: 1)De veinte (20) a cuarenta y nueve (49) trabajadores, una (1) personas con discapacidad; 2) De cincuenta (50) a setenta y cuatro (74) trabajadores, dos (2) personas con discapacidad; 3) DE setenta y cinco (75) a noventa y nueve (99) trabajadores, tres (3) personas con discapacidad; y, 4) Por cada cien (100) trabajadores, (4) personas con discapacidad. ARTICULO 36.- INCENTIVOS FISCALES. Será deducible del impuesto sobre la renta: Las donaciones o aportes destinados a instituciones públicas o privadas que trabajen en beneficio del sector de discapacidad; y, 2) Los salarios pagados a las personas con discapacidad. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 5
  • 6. VENTAJAS O RAZONES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD  SE HA DEMOSTRADO QUE LAS PERSONAS CON INCAPACIDAD TIENEN UN GRAN COMPROMISO CON LA EMPRESA YA QUE SIENTEN QUE SE HA APOSTADO POR EL O ELLA, OBTENIENDO DE ESTA MANERA : UNA DISMINUCION DE ROTACION DEL PERSONAL, AHORO DE TIEMPO EN ADAPTACION Y FORMACION Y FIDELIDAD A LA EMPRESA.  FOMENTO A UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL  ELIMINAR LA DISCRIMINACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ES IMPORTANTE PARA LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS Y EL FUNCIONAMIENTO EFICAZ DE LOS MERCADOS DE TRABAJO  LA DONACION O PARTE DESTINADOS A INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS QUE TRABAJEN EN BENEFIO DEL SECTOR DISCAPACIDAD SERA DEDUCIDO DEL PAGO DE IMPUESTOS.  LOS SALARIOS PAGADOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SE DEDUCEN DEL IMPUESTO SOBRE RENTA QUE PAGA LA EMPRESA. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 6
  • 7.  EN MUY POCO TIEMPO , LA PERSONAS CON DISCAPACIDAD LE DEMPOSTRARA QUE ES CAPAZ DE REALIZAR SU TRABAJO CON IDENTICA EFICACIA DEL RESTO DE SUS EMPLEADOS.  LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDADES ADQUIEREN UN COMPROMISO CON EL EMPRESARIO MUCHO MAS INTENSO Y DURADERO QUE EL RESTO; MOTIVADO, QUIZAS POR EL CONVENCIMIENTO DEL GRAN ESFUERZO QUE LE HA COSTADO CONSEGUIR SU EMPLEO: SU LEALTAD ES DEFINITIVA.  LOS COSTOS LABORLES SON SENSIBLEMENTE INFERIORES .  LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ATRAVES DE LA DIRECCION GENERAL DE EMPLEO LE GARANTIZA UN PROCESO TECNICO DE PRE-SELECCIÓN Y EL APOYO PARA LA FORMACION Y CAPACITACION PROFESIOANL DEL CANDIDATO SIN NINGUN COSTO ADICIONAL PARA LA EMPRESA.  AL CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD SE CUMPLE LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 35 DE LA LEY DE EQUIDAD Y DESARROLLO INTEGARAL  LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD REPRESENTAN UNA FUENTE DE HABILIDADES Y TALENTO SIN EXPLOTAR DARIELA NEFERTITI MEJIA BU
  • 8. COMO TRATAR A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD FISICA  CUANDO SE DISPONGA A CONVERSAR CON EL; SITUESE DE FRENTE Y A SU MISMA ALTURA.  SI POR CASUALIDAD A OBSERVADO QUE ALGUNA PARTE DE SU ROPA SOBRESALE, HAGASELO SABER CON NATURALIDAD PARA QUE NO QUEDE ATRAPADO ENTRE LAS RUEDAS.  UN VICIO MUY FRECUENTE ES ELUDIR EL DIALOGO DIRECTO CON EL PROCURE NO HACERLO HABLELE DIRECTAMENTE Y NO ATRAVES DE LAS PERSONAS QUE LO ACOMPAÑAN  EVITE SIEMPRE EMPUJAR LA SILLA SIN DECIRSELO PREVIAMENTE  EN CASO QUE NO SEPA COMO ACTUAR Y QUE HACER LO MAS ACONSEJABLE ES QUE LE PREGUNTE CON NATURALIDAD SI QUIERE SU AYUDA Y COMO HACERLO  CUANDO VAYAN LOS DOS CAMINANDO AJUSTE SUS PASOS AL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD  EVITE QUE LO EMPUJEN AUNQUE LO HAGAN CON BUENA INTENCION  SI EL TRABAJADOR USA PROTESIS PROCURE NO FIJAR SU MIRADA EN ELLAS Y MUESTRESE CON TOTAL NATURALIDAD. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 8
  • 9. COMO TRATAR A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA  CUANDO DESEE HABLAR GESTICULE PARA LLAMAR SU ATENCION, O TOQUE SU BRAZO ; NO GRITE NI LEVANTE LA VOZ  PROCURE HABLAR DESPACIO Y CON CLARIDAD SOBRE TODO SI EL TRABAJADOR PUEDE LEER LOS LABIOS  CUANDO HABLE CON EL TRABAJADOR UTILICE PALABRAS SENCILLAS Y FACILES DE LEER EN LOS LABIOS  ES RECOMENDABLE QUE VERIFIQUE QUE EL TRABAJADOR LE HA COMPRENDIDO CORRECTAMENTE  LE ACONSEJAMOS QUE PROCURE DEMOSTRAR INTERES EN LA CONVERSACION; ELLO CONTRIBUIRA QUE SE SIENTA CONSIDERADO Y ELEVE SU AUTOESTIMA DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 9
  • 10. COMO TRATAR UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD VISUAL  LO PRIMERO QUE DEBE DE HACER ES IDENTIFICARSE INMEDIATAMENTE Y SI OBSERVA QUE VASILA EN IDENTIFICAR QUIEN LE ESTA HABLANDO OFRESCALE SU AYUDA.  SI SU INTENCION ES CAMINAR O DESPLAZARSE JUNTO A EL OFRESACALE EL BRAZO NO LO TOME DEL SUYO EL SABE COMO SUJETARSE CON MUCHA MAYOR COMODIDAD  SI DURANTE LA CONVERSACION SE REFIERE A ALGUN OBJETO ACUERDESE DE DESCRIBIRLO EN VES DE SEÑALARLO.  CUANDO TENGA QUE INDICARLE ALGUNA DIRECCION LO MAS RECOMENDABLE ES QUE UTILICE LA PALABRA COMO: IZQUIERDA, DERECHA, ARRIBA, ABAJO, ADELANTE, ATRÁS  SI POR ALGUNA CIRCUNSTANCIAS SE QUEDA SOLO, ADVIERTALE ANTES DE TAL SITUACION; EL AL SER CONCIENTE DE ELLO, SE ORIENTARA POR SI MISMO RAPIDAMENTE.  DENTRO DEL TRABAJO Y EN SU ENTORNO, ORDENE QUE SE EVITE QUE SE DEJEN OBSTACULOS.  PROCURE QUE NADIE MUEVA LOS OBJETOS DE TRABAJO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.  PROCURE MANTENER LAS PUERTAS CERRADAS O COMPLETAMENTE ABIERTAS. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 10
  • 11. COMO TRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL  COMPORTESE DE UNA MANERA SENCILLA Y NATURAL CUANDO SE RELACIONE CON EL. SEA ESPONTANEO Y SENCILLO. TRATELE EN TODO MOMENTO CON RESPETO Y CONSIDERACION.  CUANDO SE ENCUENTRE CON EL; NO LE IGNORE SALUDELO Y DESPIDASE NORMALMENTE  LE RECOMENDAMOS QUE NO SUBESTIME SU INTELIGENCIA  PROCURE EN TODO MOMENTO SE DESENVUELVA EN UN AMBIENTE DE CONFIANZA Y ARMONIA CON EL RESTO DE LOS TRABAJADORES  PROCURE DEMOSTRARLE SU INTERES POR LO QUE ESTA HACIENDO, EVITE SITUACIONES QUE PUEDAN GENERAR VIOLENCIA O DISCUSIONES INNECESARIAS  EN TODAS LAS CONVERSACIONES QUE MANTENGA HABLELE LENTA Y CLARAMENTE DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 11
  • 12. AYUDA TECNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD AYUDA TECNICA: Asistencia requerida por las personas con discapacidad para lograr mejor desempeño, habilidad y autonomía en la ejecución de sus actividades regulares. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 12
  • 15. CIRCULO VICIOSO DE POBREZA Y DISCAPACIDAD DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 15
  • 16. QUE HACER SI QUIERO CONTRATAR UNA PERSONA CON DISCPACIDAD  LAS EMPRESAS QUE DESEEN CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD PUEDEN ABOCARSE A LA OFICINA DE COLOCACION SELECTIVA EN LA DIRECCION GENERAL DE EMPLEO DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  GRATUITAMENTE LES BRINDARAN LA INFORMACION SOBRE LOS PERFILES OCUPACIONALES REGISTRADOS EN LA BOLSA ELECTRONICA DE TRABAJO  SE DEJARA UNA VACANTE DISPONIBLE ( LA EMPRESA DEBERA EXPRESAR LAS CARACTERISTICAS Y EL TIPO DE FORMACION DE LA PERSONA QUE DESEA CONTRATAR.)  SE DARA COMIENZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE ACUERDO LAS CARACTERISTICAS PERSONALES Y DE FORMACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 16
  • 17. CONVENIOS INTERNACIONALES  CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.- La Convención y cada uno de sus artículos se basan en ocho principios rectores: 1. El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas; 2. La no discriminación; 3. La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; 4. El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas; 5. La igualdad de oportunidades; 6. La accesibilidad; 7. La igualdad entre el hombre y la mujer; 8. El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.  CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (1999)FUE aprobada el 7 de junio de 1999. Define el término "discapacidad" así como la frase "discriminación contra personas con discapacidad". Está concebida para permitir a las personas discapacitadas integrarse en forma completa a la sociedad sin ser injustamente excluidos basándose en su discapacidad. DARIELA NEFERTITI MEJIA BU 17