Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
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1. La Discapacidad y la Inclusión
Laboral
Natacha Salazar Harvey
Psicóloga U. de Chile
Vicepresidenta Corfausam RM
Tesorera Orcodis La Reina
Miembro de Asociación Nacional del Sindrome de Prader Willi
Santiago, Noviembre 2015
2. Antecedentes Generales:
La ENDISC 2004, información con que se cuenta por ahora,
señala:
En Chile 2.068.072 de Personas tienen algún tipo de
Discapacidad, es decir, el 12.60 % de la población; 1 de
cada 8 personas presenta alguna condición distinta.
De esta cifra, alrededor del 20% corresponde a
discapacidad mental (psiquiátrica e intelectual); y existe
otro 9% de discapacidades múltiples, que
mayoritariamente comprometen también la salud mental.
Composición de la población de PeSD: los mayores grados
de discapacidad se dan en los niveles socioeconómicos
más bajos. En Chile, el 39.5% de las personas con
discapacidad presenta condiciones socioeconómicas
bajas.
3. Sexo de la PeSD: el 58,2% son mujeres y el 41,8% son
hombres, siendo la tasa de prevalencia de discapacidad
mayor en las mujeres, 14,9% (1 de cada 7 mujeres),
mientras que en los hombres es de 10,9% (1 de cada 9
varones).
Acceso al empleo de las PeSD: mientras que el 48,1% de
la población total del país mayor de 15 años realiza algún
trabajo remunerado, sólo un 29,2% de las personas con
discapacidad lo hace. O sea, siete de cada diez personas
con discapacidad no logran generar ingresos autónomos.
Esta situación se complejiza cuando las personas con
discapacidad son jefes de hogar.
Antecedentes Generales:
4.
5. Ley 19.284 de Integración Social
En el año 1994 se dicta una ley histórica para la discapacidad , la
Ley 19.284, de Integración Social de las PcD . Ella establece
normas para la plena integración social de las personas con
discapacidad.
Esta ley:
Tiene como Misión Institucional: contribuir a la integración
social y a la equiparación de oportunidades de las
personas con discapacidad, mediante la administración
eficiente de los recursos financieros que se ponen a su
disposición.
Crea el Fondo Nacional de la Discapacidad, Fonadis,
Define sus dos tareas fundamentales: financiar total o
parcialmente la adquisición de ayudas técnicas para PeSD;
y financiar total o parcialmente planes, programas y
proyectos en favor de PeSD que sean ejecutados por terceros.
6. Ley N°20.422: normas sobre
igualdad de oportunidades de
inclusión social de PcD
La ley N°20.422, en el año 2010, establece normas sobre igualdad de
oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.
Sus principios son:
Vida Independiente
Accesibilidad Universal / Diseño Universal
Intersectorialidad (Comité de 7 ministros: Desarrollo Social que
lo preside, Salud, Educación, Justicia, Trabajo, Vivienda y
Transportes).
Participación y Diálogo Social.
Creación de los Consejos Consultivos de la Discapacidad,
cuya misión es hacer efectiva la participación y el diálogo social en
el proceso de igualdad de oportunidades, inclusión social,
participación y accesibilidad de las personas con discapacidad.
8. 2. El Modelo de inserción social hoy es la INCLUSION
9. Coincidente con la legislación que se ha ido definiendo en
nuestro país:
La OEA, Organización de Estados Americanos, en su
Programa de Acción para el Decenio de las Américas por los
Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad
2006-2016, establece como uno de sus objetivos centrales
la “promoción de una inclusión laboral plena, digna,
productiva y remunerativa de las personas con
discapacidad, ya sea de forma dependiente o
independiente, tanto en los sectores públicos como
privados”, siendo el Estado chileno protector del
derecho que tienen las personas con discapacidad al
trabajo decente, en igualdad de condiciones y sin
discriminación, brindando la oportunidad de generar
recursos propios mediante un trabajo libremente
elegido o aceptado, en un mercado y un entorno
laboral que sea abierto, inclusivo y accesible.
10. Por su parte, la Organización Internacional del
Trabajo, OIT, señala:
Obligaciones generales de las autoridades
competentes:
“ propugnar la adopción por parte de los empleadores de
estrategias de gestión de las discapacidades en el lugar
de trabajo, como parte integrante de una política nacional
encaminada a promover las oportunidades de empleo
para las personas discapacitadas en los sectores público y
privado”.
11. Derechos y obligaciones generales
de los empleadores:
“ adoptar una estrategia de gestión de las discapacidades
que forme parte integrante de su política general de
empleo.”
“ considerar la gestión de las cuestiones relativas a las
discapacidades en el lugar de trabajo como una tarea
prioritaria que contribuye al éxito de la empresa.”
“ respetar el principio de no discriminación durante todo
el proceso de contratación a fin de garantizar el máximo
beneficio para el empleador y la igualdad de
oportunidades para los candidatos, con o sin
discapacidades.”
12. Derechos y obligaciones
generales de los empleadores:
“permitir que las personas con discapacidad tengan
acceso efectivo a programas generales de orientación
técnica y vocacional, servicios de colocación y formación
profesional y continua”.
“velar por que se realicen ajustes razonables para las
personas con discapacidad en los programas en el lugar
de trabajo”.
“asegurar que las personas con discapacidad puedan
ejercer sus derechos laborales y sindicales en igualdad de
condiciones con las demás”
13. Concordantemente, la Política Nacional para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad del
2013, plantea concretamente con relación a la
Inclusión Laboral:
a) Favorecer el que las personas con discapacidad sean
incluidas en igualdad de oportunidades en el mundo
laboral, en todos los ámbitos y niveles.
b) Desarrollar estrategias de sensibilización social que
eliminen las barreras de acceso al mundo laboral de las
personas con discapacidad.
c) Desarrollar estrategias productivas que consideren las
capacidades y necesidades de las personas con
discapacidad, que permitan la generación de ingresos
autónomos.
14. d) Facilitar el acceso efectivo de las personas con
discapacidad a programas de orientación técnica y
vocacional, servicios de colocación y formación profesional
y continua, a partir de los distintos niveles y modalidades
educativas con que cuenta el país.
e) Promover y desarrollar mecanismos inclusivos de
selección y contratación, así como de continuidad y
promoción en el trabajo, tanto en organismos públicos
como privados.
f) Propiciar otras iniciativas de inclusión laboral para
personas con mayores niveles de dependencia y/o
vulnerabilidad social, como talleres productivos y otros.
15. Nuestra Realidad
A nivel de nosotros, las personas en situación de discapacidad y su
entorno directo, constatamos una realidad aún muy precaria .
Prueba de ello es el diagnóstico surgido del 2° Encuentro Nacional
realizado por la CORFAUSAM en Julio del presente año. En lo
relativo al mundo laboral, las conclusiones expresadas a lo largo de
todo Chile señalan:
“Hoy día las ofertas laborales para las PeSDM son sumamente
escasas, determinadas principalmente por sensibilizaciones
individuales de personeros tanto del mundo público como privado.”
“Las ofertas laborales son muy mayoritariamente sin contratos de
trabajo y por tanto sin beneficios sociales; se argumenta para ello
que son quehaceres básicos tales como acomodador de autos,
ayudante en negocio, aseador, ayudante de cocina, vendedor
ambulante, es decir poco calificados.”
16. “Las empresas familiares son una opción para PeSDM cuando
sus familias tienen la posibilidad de crear una entidad de
este tipo, lo que por cierto no es tan frecuente”.
“Hay Talleres Protegidos de muy diversa índole, desde
algunos donde la familia paga un monto significativo para
que su hij@ asista como trabajador y a cambio de eso el
joven recibe una colaboración económica; hasta otros donde
se fabrican productos con fondos comunes y se comercializan
en ferias y similares, siempre con resultados económicos
muy magros.”
“Con respecto al Programa Más Capaz de Sence, se evalúa
que los requisitos son muy excluyentes para el perfil de
usuarios con patologías de salud mental o con discapacidad
psíquica, por la edad y por las exigencias de permanencia y
asistencia que hace”.
17. NUESTRA DEMANDA
Concretar el Derecho a un Trabajo digno, bien considerado y
con salario justo.
Mediante una ley o enmienda legal, establecer la disposición
que fije cupos de trabajo en empresas públicas y privadas
para las PeSD. Se debe superar la práctica de empresarios de
buena voluntad, estableciendo una obligación legal.
La legislación laboral debe contemplar medidas que eliminen
las barreras existentes para el empleo tanto en el sector
público como privado. Por tanto, deben considerarse ajustes
razonables en los lugares de trabajo que estén acordes a las
capacidades diferentes, los que deben ser obligatorios en los
reglamentos internos de orden, higiene y seguridad que exige
el Código del Trabajo. Ajustes razonables son por ejemplo los
horarios de trabajo; eliminar factores de estrés todo lo
posible; considerar situaciones específicas como ausencia por
descompensaciones eventuales, facilidades para acudir a
controles médicos , etc.
18. NUESTRA DEMANDA
La incorporación al trabajo de personas con capacidades diversas
debe obedecer a un proceso continuo de rehabilitación,
capacitación y empleo con apoyo. Como alternativa a la
contratación inmediata o a las oportunidades de formación en el
empleo, los empleadores podrían considerar la posibilidad de
ofrecer a las PeSDM, un empleo a prueba o un empleo asistido.
Estas alternativas proporcionan al empleador la oportunidad de
evaluar la aptitud y la capacidad de dichos trabajadores, y a estos
últimos una valiosa experiencia laboral.”
Es prioritario apoyar la creación de programas de apresto laboral
y talleres laborales protegidos como una buena alternativa
laboral para nuestra gente, particularmente para aquellos que
por tener una condición específica particular o por presentar una
discapacidad múltiple, ven más dificultados su ingreso al campo
laboral tradicional.
Muchas Gracias!!