Este documento resume varias enmiendas propuestas a un convenio colectivo para empresas de servicios de campo. Algunas de las enmiendas propuestas incluyen igualar el radio de acción en los artículos 29 y 35 a 20 km, pagar los salarios en los primeros cinco días del mes según el artículo 31, establecer una jornada máxima diaria de 9 horas según el artículo 35, y regular el trabajo nocturno entre las 22 y 6 horas con un recargo del 25% según el artículo 37. Otras enmiendas cubren temas