La mesa negociadora del convenio colectivo de merchands se ha constituido para negociar la renovación del convenio. La patronal propone renovar el convenio actual por un año debido a la crisis económica y la competencia de empresas con peores condiciones. El sindicato manifiesta que es consciente de la situación pero que es necesario modificar algunos artículos para clarificarlos y actualizarlos a la ley. Plantean modificaciones como limitar la jornada máxima a 9 horas y mejorar las condiciones para trabajos nocturnos,
1. CONSTITUIDA LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE
MERCHANDS
En el día de hoy, 29 de octubre se ha constituido la mesa negociadora del convenio colectivo de para las empresas
dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición, conocido popularmente como el convenio de
merchands.
Por parte de la patronal, se nos ha explicado la situación complicada por la que está pasando debido a la crisis
económica asi como, a la aparición de empresas de servicios que aplican unas condiciones peores que las que
recoge el convenio, haciendo así una competencia muy fuerte a las empresas del sector.
La patronal manifiesta que tras un análisis de la situación apuestan por seguir manteniendo el convenio sectorial y
dadas las circunstancias proponen renovar el convenio con el redactado actual con una vigencia de un año.
La parte social hemos manifestado que somos conscientes de la situación que atraviesa el país y somos
consecuentes y responsables, como lo hemos demostrado en muchas ocasiones, pero que entendemos que después
de un par de años que hemos mantenido el texto es hora de modificar algunas cuestiones, que fundamentalmente
clarifiquen el convenio, ya que actualmente algunos artículos del convenio dependiendo la empresa se aplica de
una manera y en otras de otra. Asi mismo hemos manifestado que en algunos de los apartados del convenio, hay
que modificarlos para actualizarlos a lo que se establece legalmente.
Una vez expuestas las manifestaciones hemos explicado alguna de nuestras reivindicaciones:
* La jornada máxima diaria ordinaria será de 9 horas. El número de domingos y/o festivos trabajados no podrá ser
superior al 50%, que se compensará con un día y medio de descanso en la semana anterior o posterior.
* Se entenderá como trabajo nocturno el que se efectúe entre las 22 y 6 horas, independientemente del tiempo en
ese periodo. Dicho trabajo nocturno se retribuirá con un recargo del 25% sobre el valor hora ordinaria.
* Los periodos de disfrute será de 21 y 10 días de vacaciones, disfrutándose los 21 días seguidos durante los meses
de junio a septiembre. Los trabajadores y trabajadoras fuera de este periodo podrán disfrutar de los 31 días
seguidos. En caso que una fiesta laborable se encuentre dentro del periodo vacacional, ésta será disfrutada bien
antes de las vacaciones o después.
* En los casos de baja abono del 100% desde el primer día en los casos de accidente laboral y enfermedad
profesional. En los casos de enfermedad común, reducción de los días a partir de los cuales se abonará el 100% del
salario.
* En materia salarial, estaríamos dispuesto a verlo en los términos del acuerdo de negociación colectiva, que marca
una subida en torno a la del año anterior.
CCOO en un convenio que año tras año no ha sufrido ninguna modificación entendemos que hay que aclarar
cuestiones que permitan que los trabajadores y trabajadoras del sector puedan disfrutar de los derechos que en él
están recogidos. Nuestro fundamental objetivo es la pervivencia del convenio colectivo como referente de la
condidiones laborales, que como sabeis con la reforma laboral tienen riesgo de poder desaparecer, y el
mantenimiento del empleo.