El documento presenta un portafolio de una empresa llamada Comunica S.A. que ofrece servicios de telecomunicaciones. Describe los objetivos de la empresa, los servicios que ofrece como diseño de redes e infraestructura, y las legislaciones y normativas nacionales e internacionales sobre el espectro radioeléctrico y las bandas de frecuencias autorizadas para su uso.
Este documento presenta la legislación que regula los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana en Colombia. Describe los objetivos y usos permitidos de estos servicios, así como las frecuencias autorizadas. También presenta la empresa Telecomunicaciones Innovación S.A., la cual desea mostrar en su página web que cuenta con la licencia necesaria para operar legalmente servicios de banda ciudadana en el país.
PORTAFOLIO DE SERVICIOS TELECOMUNICACIONES AL DIA S.A Grupo 208020_6mabonillaca
Este documento presenta un proyecto final sobre legislación de telecomunicaciones que incluye los objetivos, un portafolio de servicios propuesto para una empresa llamada "Telecomunicaciones al Día S.A." y detalles sobre las frecuencias autorizadas y los servicios permitidos según la resolución 1704 de 2002. El portafolio de servicios se enfoca en instalación, mantenimiento y asesoría legal sobre sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
El documento presenta información sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Explica que la legislación establece normas, servicios, bandas de frecuencia, características técnicas, obligaciones de los operadores y requisitos para obtener una licencia para operar sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana. La licencia es otorgada por el Ministerio de Comunicaciones por un periodo de 5 años y es renovable por periodos iguales mediante el pago de una contraprestación.
Este documento presenta los aspectos legales para crear una empresa prestadora de servicios de telecomunicaciones en Colombia mediante el uso de la banda ciudadana. Describe los objetivos, servicios, características técnicas, obligaciones de los operadores y cómo obtener una licencia de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002. La empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. ofrece servicios de radiocomunicación en la banda ciudadana con fines educativos y comunitarios.
Proyecto final legislacióndetelecomunicacionesejperezmar
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos de la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Describe las características técnicas y legales autorizadas para el uso del espectro radioeléctrico, incluyendo los requisitos de habilitación general, acceso al uso del espectro y contraprestación económica. También resume las obligaciones generales y específicas de los operadores de sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
Este documento resume la Resolución 1704 de 2002 de Colombia sobre la legislación de las telecomunicaciones de banda ciudadana. Explica que los sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana deben usarse para actividades de prevención, vigilancia y emergencias. Detalla los requisitos para obtener una licencia como operador de banda ciudadana, incluyendo la presentación de documentos personales o de la empresa y el pago de tasas. También describe las obligaciones de los operadores como establecer comunicación con otros para apoyar a la comunidad y cooperar en
Act 10 trabajo colaborativo aporte portafolio de servicios nuevonilade
Este documento presenta la información sobre Comunica S.A., una empresa colombiana que ofrece servicios de banda ciudadana y sistemas de radiocomunicación. Describe los servicios que ofrece la empresa, incluyendo el montaje y sumistro de equipos para sistemas de radiocomunicación autorizados por la ley colombiana. También resume la regulación que rige las telecomunicaciones en Colombia y las obligaciones de los operadores de sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
Trabajo colaborativo 2.legislacion 208020 4anny0207
Este documento resume la resolución 1704 de 2002 sobre legislación de telecomunicaciones en Colombia. Explica que Comunica S.A es una empresa que ofrece servicios especiales de telecomunicaciones sin fines de lucro para actividades cívicas, recreativas, educativas y de emergencia. Detalla los derechos y obligaciones de los operadores de estas redes ciudadanas de banda, como el uso compartido de frecuencias y colaboración en emergencias. Finalmente, concluye que se aplicó correctamente la resolución para crear este tipo de empresas y entender
Este documento presenta la legislación que regula los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana en Colombia. Describe los objetivos y usos permitidos de estos servicios, así como las frecuencias autorizadas. También presenta la empresa Telecomunicaciones Innovación S.A., la cual desea mostrar en su página web que cuenta con la licencia necesaria para operar legalmente servicios de banda ciudadana en el país.
PORTAFOLIO DE SERVICIOS TELECOMUNICACIONES AL DIA S.A Grupo 208020_6mabonillaca
Este documento presenta un proyecto final sobre legislación de telecomunicaciones que incluye los objetivos, un portafolio de servicios propuesto para una empresa llamada "Telecomunicaciones al Día S.A." y detalles sobre las frecuencias autorizadas y los servicios permitidos según la resolución 1704 de 2002. El portafolio de servicios se enfoca en instalación, mantenimiento y asesoría legal sobre sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
El documento presenta información sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Explica que la legislación establece normas, servicios, bandas de frecuencia, características técnicas, obligaciones de los operadores y requisitos para obtener una licencia para operar sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana. La licencia es otorgada por el Ministerio de Comunicaciones por un periodo de 5 años y es renovable por periodos iguales mediante el pago de una contraprestación.
Este documento presenta los aspectos legales para crear una empresa prestadora de servicios de telecomunicaciones en Colombia mediante el uso de la banda ciudadana. Describe los objetivos, servicios, características técnicas, obligaciones de los operadores y cómo obtener una licencia de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002. La empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. ofrece servicios de radiocomunicación en la banda ciudadana con fines educativos y comunitarios.
Proyecto final legislacióndetelecomunicacionesejperezmar
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos de la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Describe las características técnicas y legales autorizadas para el uso del espectro radioeléctrico, incluyendo los requisitos de habilitación general, acceso al uso del espectro y contraprestación económica. También resume las obligaciones generales y específicas de los operadores de sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
Este documento resume la Resolución 1704 de 2002 de Colombia sobre la legislación de las telecomunicaciones de banda ciudadana. Explica que los sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana deben usarse para actividades de prevención, vigilancia y emergencias. Detalla los requisitos para obtener una licencia como operador de banda ciudadana, incluyendo la presentación de documentos personales o de la empresa y el pago de tasas. También describe las obligaciones de los operadores como establecer comunicación con otros para apoyar a la comunidad y cooperar en
Act 10 trabajo colaborativo aporte portafolio de servicios nuevonilade
Este documento presenta la información sobre Comunica S.A., una empresa colombiana que ofrece servicios de banda ciudadana y sistemas de radiocomunicación. Describe los servicios que ofrece la empresa, incluyendo el montaje y sumistro de equipos para sistemas de radiocomunicación autorizados por la ley colombiana. También resume la regulación que rige las telecomunicaciones en Colombia y las obligaciones de los operadores de sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
Trabajo colaborativo 2.legislacion 208020 4anny0207
Este documento resume la resolución 1704 de 2002 sobre legislación de telecomunicaciones en Colombia. Explica que Comunica S.A es una empresa que ofrece servicios especiales de telecomunicaciones sin fines de lucro para actividades cívicas, recreativas, educativas y de emergencia. Detalla los derechos y obligaciones de los operadores de estas redes ciudadanas de banda, como el uso compartido de frecuencias y colaboración en emergencias. Finalmente, concluye que se aplicó correctamente la resolución para crear este tipo de empresas y entender
Este documento presenta información sobre los servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana de la empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. La empresa ofrece asesoría sobre la normatividad de banda ciudadana, capacitación, y procedimientos para obtener licencias. También explica conceptos clave como los sistemas de banda ciudadana, sus usos, y los canales y equipos disponibles para comunicaciones en esta banda.
Este documento presenta información sobre los servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana de la empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. Detalla la misión y visión de la empresa, sus servicios de asesoría en normatividad y licencias de banda ciudadana, y conceptos clave como los sistemas de banda ciudadana, sus usos, el procedimiento para obtener una licencia y las obligaciones de los operadores.
Proyecto final legislación_telecomunicacionesMCBUITRAGOP
Este documento presenta la información sobre la empresa TELECOMUNICACIONES AL DIA S.A., una empresa sin ánimo de lucro que ofrece servicios de comunicación y radiodifusión para la comunidad. Describe la misión, visión, objetivos y servicios de la empresa, así como los requisitos técnicos y legales para operar en las frecuencias de banda ciudadana entre 26,96 MHz y 27,41 MHz de acuerdo con la legislación colombiana y normas de la UIT.
El documento presenta el portafolio de servicios de Comunica S.A., una empresa dedicada a prestar servicios de radiocomunicación de banda ciudadana de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002. Describe la misión, visión y objetivos de la empresa, así como los servicios especiales y auxiliares de ayuda que ofrece. También explica las obligaciones de Comunica S.A. como operador y los requisitos para obtener una licencia de banda ciudadana.
La empresa Telecomunicaciones al día S.A. ofrece una variedad de servicios de telecomunicaciones legales como una estación de banda ciudadana, sistema de radiocomunicación de banda ciudadana, estación móvil, servicios especiales, de telecomunicaciones y auxiliares de ayuda. La empresa busca cumplir con la legislación colombiana y proporcionar servicios de comunicación cívicos, recreativos, educativos y de asistencia a la comunidad.
Este documento presenta un estudio sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia y los requisitos para crear una empresa prestadora de servicios de radiocomunicación de banda ciudadana. Se describen los objetivos de estudiar la normativa sobre bandas de frecuencias y operación de sistemas de banda ciudadana, crear el portafolio de servicios de la empresa Telecomunicaciones al Día S.A. y demostrar que cumple con los requisitos legales. Se incluye información sobre la misión, visión y servicios ofrecidos por la empresa de acuerdo
Opsitel y los servicios de telecomunicacionesLuis Yallerco
Este documento clasifica y define los diferentes tipos de servicios de telecomunicaciones según la Ley General de Telecomunicaciones del Perú y su reglamento. Describe los servicios portadores, teleservicios o servicios finales, servicios de valor añadido, y establece que todos los servicios deben operar bajo libre competencia supervisada por el ente regulador OSIPTEL.
COMUNICA S.A es una empresa sin ánimo de lucro que opera en la banda ciudadana de 11 metros en Colombia para proporcionar comunicaciones cívicas, recreativas, educativas y de emergencia. La empresa está autorizada por el Ministerio de Comunicaciones para operar en la frecuencia 27.385 MHz y cumple con todas las regulaciones técnicas y de licencias. COMUNICA S.A ofrece servicios de radiocomunicación para emergencias y eventos comunitarios sin fines comerciales o políticos.
El documento describe el proceso de apertura del sector de telecomunicaciones en Venezuela, incluyendo los objetivos de promover nuevas inversiones, facilitar el posicionamiento regional y promover el desarrollo social. También resume varios decretos y reglamentos relacionados con la regulación de servicios de radiodifusión, televisión y espectro radioeléctrico.
EL SALVADOR: Ley de Telecomunicaciones (actualizada nov.10) - 1447Observacom
Este documento presenta un resumen de la Ley de Telecomunicaciones de un país. Establece que la SIGET será responsable de aplicar y hacer cumplir las normas de telecomunicaciones. Define términos clave como operador, espectro radioeléctrico, servicios de acceso e intermedios. También establece que se requiere una concesión de la SIGET para proveer servicios públicos de telefonía.
Portafolio servicios TELECOMUNICACIONES AL DIA S.AHarold Vidal
1) La empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. presenta un portafolio de servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana y pretende posicionarse como una empresa confiable para el manejo de información. 2) Ofrece servicios como emisoras móviles y fijas de banda ciudadana para difundir contenidos educativos y comunitarios. 3) Para operar legalmente, la empresa debe cumplir con regulaciones técnicas y obtener una licencia del Ministerio de Comunicaciones que autorice el uso de frecuencias y canales especí
HONDURAS: Ley Marco de Telecomunicaciones - Decreto 185 1995Observacom
Este documento presenta la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones de Honduras. Establece normas para regular los servicios de telecomunicaciones en el país y crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) como la entidad reguladora del sector. Asigna a CONATEL facultades como otorgar concesiones, establecer regulaciones técnicas y de tarifas, administrar el espectro radioeléctrico y resolver conflictos entre operadores. El objetivo general es promover la competencia, eficiencia y universalización de los servicios de telecomunic
Aplicación del Estatuto del Consumidor a ESP y TICAndesco
Carmen Ligia Valderrama, Superintendente Delegada para la Protección al Consumidor, SIC
Congreso Andesco de Servicios Públicos y TIC 14º Nacional y 5º Internacional, Cartagena Colombia, Junio 27, 28 y 29 de 2012
HONDURAS: Reglamento Ley Marco de TelecomunicacionesObservacom
Este documento presenta el Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones de Honduras. El reglamento establece definiciones clave para términos relacionados con las telecomunicaciones y principios rectores como el acceso abierto, la libre competencia y el servicio equitativo. El documento también describe las diferentes secciones y capítulos que componen el reglamento general y cubre temas como clasificación de servicios, concesiones, permisos, licencias y más.
Este documento describe las organizaciones de telecomunicaciones en Ecuador. Explica que las telecomunicaciones implican la transmisión y recepción de señales electromagnéticas y que empresas como Pacifictel y Andinatel se encargan de proveer servicios de telefonía fija, internet y telefonía pública. También resume los principales reglamentos, convenios y contratos que rigen las telecomunicaciones en el país.
Este documento presenta los servicios y características de SECOM INTEGRAL, una empresa que brinda asesoría y soluciones de telecomunicaciones a través de equipos de radio digitales de doble vía. La empresa ofrece servicios como asesoría, instalación y mantenimiento de redes de radiocomunicación, venta de equipos de radio, e implementa proyectos de telecomunicaciones en zonas apartadas para apoyar entidades del estado y la conservación ambiental. SECOM INTEGRAL opera bajo la normativa colombiana para sistemas de banda
La ley establece el marco legal para las telecomunicaciones, tecnologías de la información y comunicación, y el servicio postal en Bolivia. El objetivo es garantizar el acceso universal a estos servicios como un derecho humano fundamental, respetando la diversidad cultural del país. La ley define principios como el acceso universal, la calidad, la continuidad y la protección de la privacidad de las comunicaciones. También establece definiciones clave y los roles del Estado y el sector privado en la prestación de servicios.
El documento resume la legislación de telecomunicaciones en Colombia, en particular la Resolución 1704 de 2002. Explica que la resolución regula los sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana para servicios especiales y de ayuda sin fines de lucro. Detalla los objetivos, servicios permitidos, obligaciones de los operadores como el uso compartido de frecuencias y cooperación en emergencias. Además, asigna el rango de frecuencias de 26.96-27.41 MHz para estos sistemas.
Este documento presenta la información que una empresa de telecomunicaciones desea incluir en su página web para demostrar que está legalmente constituida. Incluye los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana autorizados, las frecuencias permitidas, las obligaciones legales como operador, y la licencia otorgada por el Ministerio de Comunicaciones de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002 sobre radiocomunicación de banda ciudadana.
Trabajo colaborativo 2_legislacion_de_telecomunicacionesbellameli9
Este documento presenta un resumen de la resolución 1704 de 2002 que regula los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana en Colombia. Explica que estos servicios pueden ser utilizados por cualquier persona para propósitos personales o de negocios y que su objetivo es prestar socorro a la comunidad en situaciones de emergencia. También resume los objetivos generales de crear una empresa de telecomunicaciones que ofrezca estos servicios de acuerdo a la ley, así como las características técnicas y obligaciones requeridas para su oper
El documento describe los servicios auxiliares de ayuda que incluyen radiocomunicaciones para socorro y seguridad de la vida humana, ayuda a la meteorología y navegación aérea o marítima. También describe el servicio móvil marítimo y aeronáutico, así como las entidades que pueden acceder a estos servicios como la Cruz Roja y organismos de emergencia. Finalmente, explica cómo acceder a estos servicios a través de licencias y permisos otorgados por el Ministerio de Comunicaciones.
Este documento presenta información sobre los servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana de la empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. La empresa ofrece asesoría sobre la normatividad de banda ciudadana, capacitación, y procedimientos para obtener licencias. También explica conceptos clave como los sistemas de banda ciudadana, sus usos, y los canales y equipos disponibles para comunicaciones en esta banda.
Este documento presenta información sobre los servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana de la empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. Detalla la misión y visión de la empresa, sus servicios de asesoría en normatividad y licencias de banda ciudadana, y conceptos clave como los sistemas de banda ciudadana, sus usos, el procedimiento para obtener una licencia y las obligaciones de los operadores.
Proyecto final legislación_telecomunicacionesMCBUITRAGOP
Este documento presenta la información sobre la empresa TELECOMUNICACIONES AL DIA S.A., una empresa sin ánimo de lucro que ofrece servicios de comunicación y radiodifusión para la comunidad. Describe la misión, visión, objetivos y servicios de la empresa, así como los requisitos técnicos y legales para operar en las frecuencias de banda ciudadana entre 26,96 MHz y 27,41 MHz de acuerdo con la legislación colombiana y normas de la UIT.
El documento presenta el portafolio de servicios de Comunica S.A., una empresa dedicada a prestar servicios de radiocomunicación de banda ciudadana de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002. Describe la misión, visión y objetivos de la empresa, así como los servicios especiales y auxiliares de ayuda que ofrece. También explica las obligaciones de Comunica S.A. como operador y los requisitos para obtener una licencia de banda ciudadana.
La empresa Telecomunicaciones al día S.A. ofrece una variedad de servicios de telecomunicaciones legales como una estación de banda ciudadana, sistema de radiocomunicación de banda ciudadana, estación móvil, servicios especiales, de telecomunicaciones y auxiliares de ayuda. La empresa busca cumplir con la legislación colombiana y proporcionar servicios de comunicación cívicos, recreativos, educativos y de asistencia a la comunidad.
Este documento presenta un estudio sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia y los requisitos para crear una empresa prestadora de servicios de radiocomunicación de banda ciudadana. Se describen los objetivos de estudiar la normativa sobre bandas de frecuencias y operación de sistemas de banda ciudadana, crear el portafolio de servicios de la empresa Telecomunicaciones al Día S.A. y demostrar que cumple con los requisitos legales. Se incluye información sobre la misión, visión y servicios ofrecidos por la empresa de acuerdo
Opsitel y los servicios de telecomunicacionesLuis Yallerco
Este documento clasifica y define los diferentes tipos de servicios de telecomunicaciones según la Ley General de Telecomunicaciones del Perú y su reglamento. Describe los servicios portadores, teleservicios o servicios finales, servicios de valor añadido, y establece que todos los servicios deben operar bajo libre competencia supervisada por el ente regulador OSIPTEL.
COMUNICA S.A es una empresa sin ánimo de lucro que opera en la banda ciudadana de 11 metros en Colombia para proporcionar comunicaciones cívicas, recreativas, educativas y de emergencia. La empresa está autorizada por el Ministerio de Comunicaciones para operar en la frecuencia 27.385 MHz y cumple con todas las regulaciones técnicas y de licencias. COMUNICA S.A ofrece servicios de radiocomunicación para emergencias y eventos comunitarios sin fines comerciales o políticos.
El documento describe el proceso de apertura del sector de telecomunicaciones en Venezuela, incluyendo los objetivos de promover nuevas inversiones, facilitar el posicionamiento regional y promover el desarrollo social. También resume varios decretos y reglamentos relacionados con la regulación de servicios de radiodifusión, televisión y espectro radioeléctrico.
EL SALVADOR: Ley de Telecomunicaciones (actualizada nov.10) - 1447Observacom
Este documento presenta un resumen de la Ley de Telecomunicaciones de un país. Establece que la SIGET será responsable de aplicar y hacer cumplir las normas de telecomunicaciones. Define términos clave como operador, espectro radioeléctrico, servicios de acceso e intermedios. También establece que se requiere una concesión de la SIGET para proveer servicios públicos de telefonía.
Portafolio servicios TELECOMUNICACIONES AL DIA S.AHarold Vidal
1) La empresa Telecomunicaciones Al Día S.A. presenta un portafolio de servicios legales de radiocomunicación de banda ciudadana y pretende posicionarse como una empresa confiable para el manejo de información. 2) Ofrece servicios como emisoras móviles y fijas de banda ciudadana para difundir contenidos educativos y comunitarios. 3) Para operar legalmente, la empresa debe cumplir con regulaciones técnicas y obtener una licencia del Ministerio de Comunicaciones que autorice el uso de frecuencias y canales especí
HONDURAS: Ley Marco de Telecomunicaciones - Decreto 185 1995Observacom
Este documento presenta la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones de Honduras. Establece normas para regular los servicios de telecomunicaciones en el país y crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) como la entidad reguladora del sector. Asigna a CONATEL facultades como otorgar concesiones, establecer regulaciones técnicas y de tarifas, administrar el espectro radioeléctrico y resolver conflictos entre operadores. El objetivo general es promover la competencia, eficiencia y universalización de los servicios de telecomunic
Aplicación del Estatuto del Consumidor a ESP y TICAndesco
Carmen Ligia Valderrama, Superintendente Delegada para la Protección al Consumidor, SIC
Congreso Andesco de Servicios Públicos y TIC 14º Nacional y 5º Internacional, Cartagena Colombia, Junio 27, 28 y 29 de 2012
HONDURAS: Reglamento Ley Marco de TelecomunicacionesObservacom
Este documento presenta el Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones de Honduras. El reglamento establece definiciones clave para términos relacionados con las telecomunicaciones y principios rectores como el acceso abierto, la libre competencia y el servicio equitativo. El documento también describe las diferentes secciones y capítulos que componen el reglamento general y cubre temas como clasificación de servicios, concesiones, permisos, licencias y más.
Este documento describe las organizaciones de telecomunicaciones en Ecuador. Explica que las telecomunicaciones implican la transmisión y recepción de señales electromagnéticas y que empresas como Pacifictel y Andinatel se encargan de proveer servicios de telefonía fija, internet y telefonía pública. También resume los principales reglamentos, convenios y contratos que rigen las telecomunicaciones en el país.
Este documento presenta los servicios y características de SECOM INTEGRAL, una empresa que brinda asesoría y soluciones de telecomunicaciones a través de equipos de radio digitales de doble vía. La empresa ofrece servicios como asesoría, instalación y mantenimiento de redes de radiocomunicación, venta de equipos de radio, e implementa proyectos de telecomunicaciones en zonas apartadas para apoyar entidades del estado y la conservación ambiental. SECOM INTEGRAL opera bajo la normativa colombiana para sistemas de banda
La ley establece el marco legal para las telecomunicaciones, tecnologías de la información y comunicación, y el servicio postal en Bolivia. El objetivo es garantizar el acceso universal a estos servicios como un derecho humano fundamental, respetando la diversidad cultural del país. La ley define principios como el acceso universal, la calidad, la continuidad y la protección de la privacidad de las comunicaciones. También establece definiciones clave y los roles del Estado y el sector privado en la prestación de servicios.
El documento resume la legislación de telecomunicaciones en Colombia, en particular la Resolución 1704 de 2002. Explica que la resolución regula los sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana para servicios especiales y de ayuda sin fines de lucro. Detalla los objetivos, servicios permitidos, obligaciones de los operadores como el uso compartido de frecuencias y cooperación en emergencias. Además, asigna el rango de frecuencias de 26.96-27.41 MHz para estos sistemas.
Este documento presenta la información que una empresa de telecomunicaciones desea incluir en su página web para demostrar que está legalmente constituida. Incluye los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana autorizados, las frecuencias permitidas, las obligaciones legales como operador, y la licencia otorgada por el Ministerio de Comunicaciones de acuerdo con la Resolución 1704 de 2002 sobre radiocomunicación de banda ciudadana.
Trabajo colaborativo 2_legislacion_de_telecomunicacionesbellameli9
Este documento presenta un resumen de la resolución 1704 de 2002 que regula los servicios de radiocomunicación de banda ciudadana en Colombia. Explica que estos servicios pueden ser utilizados por cualquier persona para propósitos personales o de negocios y que su objetivo es prestar socorro a la comunidad en situaciones de emergencia. También resume los objetivos generales de crear una empresa de telecomunicaciones que ofrezca estos servicios de acuerdo a la ley, así como las características técnicas y obligaciones requeridas para su oper
El documento describe los servicios auxiliares de ayuda que incluyen radiocomunicaciones para socorro y seguridad de la vida humana, ayuda a la meteorología y navegación aérea o marítima. También describe el servicio móvil marítimo y aeronáutico, así como las entidades que pueden acceder a estos servicios como la Cruz Roja y organismos de emergencia. Finalmente, explica cómo acceder a estos servicios a través de licencias y permisos otorgados por el Ministerio de Comunicaciones.
Portafolio de servicios diseñado
LEGISLACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
CURSO
TRABAJO COLABORATIVO FINAL lll
GRUPO 208020_10
LUIS ALEJANDRO QUEMBA MARTINEZ
JAIRO UMBARILA PRIETO
WILSON TELLEZ FIGUEROA
Este documento presenta el trabajo final de un curso de Legislación de Telecomunicaciones. Se crea una empresa ficticia llamada TELECOMUNICACIONES AL DIA S.A. para ilustrar cómo se regula el sector de las telecomunicaciones en Colombia de acuerdo con la resolución 1704 de 2002. El documento explica los objetivos, servicios, características técnicas y trámites requeridos para obtener una licencia de acuerdo con la legislación colombiana. Concluye que se logró aplicar correctamente los conocimientos adquiridos en
Este documento presenta información sobre la legislación de telecomunicaciones en Colombia. Introduce el servicio de telefonía básica y su historia. Explica que el Ministerio de Comunicaciones es responsable de planificar y regular el espectro radioeléctrico. Luego describe una empresa ficticia de telecomunicaciones llamada Comunica S.A., incluyendo su misión, objetivos y portafolio de productos y servicios. Finalmente, presenta conclusiones sobre la aplicación de la Resolución 1704 de 2002.
El documento presenta la propuesta de un proyecto final para la creación de una empresa de telecomunicaciones llamada Télécommunications France. El objetivo es estudiar los aspectos legales necesarios para ofrecer servicios de radiocomunicación de banda ciudadana de acuerdo a la resolución 1704 de 2002. Se describen los servicios, objetivos, misión, visión y oferta de la empresa, así como aspectos técnicos sobre infraestructura de redes, frecuencias autorizadas y obligaciones legales.
El documento presenta un proyecto final sobre legislación de telecomunicaciones que incluye la creación de una empresa llamada Unidos Somos Mas. El proyecto describe los objetivos, servicios, normas, bandas de frecuencia, equipos y licencias de la empresa, la cual ofrecerá servicios de radiocomunicación de banda ciudadana de acuerdo a la resolución 1704 de 2002.
Este documento presenta el portafolio de servicios de una empresa llamada Comunica S.A. que ofrece servicios relacionados con la banda ciudadana. Describe la misión, visión y objetivos de la empresa, así como los servicios que ofrece como la instalación y operación de sistemas de radiocomunicación en la banda ciudadana de 27 MHz. También presenta las especificaciones técnicas requeridas para los equipos y las instalaciones de acuerdo con la regulación colombiana.
El documento presenta información sobre Telecomunicaciones al Día S.A., una empresa que ofrece servicios de telecomunicaciones en Colombia. La empresa fue fundada en 2010 y cuenta con personal calificado para asesorar en temas de telecomunicaciones. El documento también describe los objetivos, portafolio de servicios, características técnicas legales y licencias de la empresa para operar sistemas de radiocomunicación de banda ciudadana.
El documento describe los servicios de telecomunicaciones establecidos en Colombia por la empresa COMUNICA S.A., incluyendo servicios de banda ciudadana, servicios autorizados por la UIT, y las obligaciones y licencias para operadores. COMUNICA S.A. ofrece servicios de radiocomunicación sin fines de lucro en la banda de 27 MHz para usos cívicos, recreativos, educativos y de emergencia. El documento explica las frecuencias asignadas, los requisitos para operadores, y la necesidad de permiso del Ministerio de Com
Creative Telecomunication, es una empresa especializada en legislación de telecomunicaciones en el territorio Colombiano, brindando asesorías y consultaría a empresas dedicadas al ámbito de telecomunicaciones. Nuestros servicios se basan en generar pautas jurídicas en las normas que establecidas por el Gobierno de la República de Colombia a través del ministerio de las TICs y asesorar la creación de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) a empresa de telecomunicaciones
La resolución dispone el inicio del proceso de consulta pública para modificar el Plan Nacional de Asignación de Frecuencias de la República Dominicana. Se propone esta modificación para adaptar el plan a las necesidades actuales y futuras del país, así como a las normas y recomendaciones internacionales acordadas en las conferencias mundiales de radiocomunicaciones de 2012 y 2015. Durante el proceso de consulta, los interesados podrán presentar comentarios y observaciones al proyecto de modificación.
Este documento presenta los servicios de asesoría que ofrece la firma Comunica S.A. para proyectos de utilización de banda ciudadana. Explica que brindan asesoría legal, de tecnología, planeación y regulación para el montaje y licitación de sistemas de banda ciudadana. También proveen capacitación y acompañamiento en gestión de frecuencias, características técnicas de equipos e instalaciones, y obligaciones legales para operadores de banda ciudadana.
portafolio servicios grupo 3 legislación de telecomunicacionesNora Delgado
En el presente trabajo corresponde al cumplimiento del proyecto final del curso, donde se pretende a través de la estrategia de aprendizaje (Resolución de problemas), Identificar los aspectos relacionados a la normativa colombiana relacionada a la infraestructura de telecomunicaciones y establecer las responsabilidades de las telecomunicaciones en Colombia.
Bajo esta propuesta se trata de resolver el planteamiento del problema y como grupo colaborativo se debe crear un portafolio de servicios que brinde la información necesaria a los futuros clientes en el área de asesoría en Telecomunicaciones. De igual forma se busca hacer esta presentación utilizando recursos tecnológicos como lo es la página web.
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones de Perú, el cual consta de un título preliminar, cuatro títulos, 101 artículos, 3 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias y una disposición final. El documento clasifica y regula los diferentes tipos de servicios de telecomunicaciones en Perú, como servicios portadores, teleservicios, servicios de difusión y servicios de valor añadido. Además, establece normas para promover la libre competencia y
Portafolio de servicios curso 208020 grupo 5nilade
TELECOMUNICACIONES AL DÍA S.A es una empresa que ofrece servicios integrales en telecomunicaciones, como el mantenimiento e instalación de equipos, con el objetivo de satisfacer las necesidades de los clientes y promover el desarrollo de la comunidad. Como operador de banda ciudadana, la empresa debe cumplir con obligaciones como establecer comunicación con otros operadores para asistir en emergencias, usar los canales de manera eficiente y racional, y cooperar en actividades comunitarias.
Trabajo final en grupo portafolio de serviciosUNAD
El documento presenta el portafolio de servicios de Telecomunicaciones al Día S.A., una empresa colombiana de telecomunicaciones. La empresa ofrece una variedad de servicios relacionados con las telecomunicaciones, incluyendo asesoría legal, planificación de redes, evaluación de ofertas, administración del espectro radioeléctrico y más. Además, la empresa cumple con toda la normativa colombiana y trabaja en convenio con organizaciones como ASETA para promover el desarrollo del sector de las telecomunicaciones en Colombia.
Proyecto Final del curso Legislación de Telecomunicaciones de la UNAD. La actividad consiste en crear un portafolio para una empresa de Telecomunicaciones donde se incluira todos los lineamientos legales y lo que concierne a una empresa como tal.
Similar a Portafolio comunica.s.a grupo_9_final (20)
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
1. PORTAFOLIO COMUNICA SA
TRABAJO COLABORATIVO 2
LEGISLACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES
POR
GUSTAVO ALBERTO ANGULO
ANDRÉS FELIPE AGUIRRE
TAY SING YU CANO
LEGISLACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES-208020
GRUPO 9
PRESENTADO A
HAROLD EMILIO CABRERA MEZA
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
UNAD
COLOMBIA - ISRAEL
NOVIEMBRE -20
2. PORTAFOLIO COMUNICA SA
2
OBJETIVOS GENERALES
Estudiar los aspectos básicos necesarios para crear una empresa prestadora de
servicios de telecomunicaciones mediante la aplicación de la resolución 1704 de 2002.
Utilizar las normas aplicadas a nivel internacional en la consecución de empresas de
telecomunicación.
Conocer los parámetros en los cuales se rige un espectro de bandas de
telecomunicación aplicado al sector en general.
DESARROLLO DEL PORTAFOLIO
COMUNICA S. A
¿QUIENES SOMOS?
Comunica S.A., es una empresa comprometida con el sector de las
telecomunicaciones a nivel nacional e internacional. Nuestro mayor propósito es
ofrecer los servicios mas indicados en el sector industrial y educativo. Contamos con
personal altamente capacitado en las mejores instituciones de enseñanza
internacional. Especialistas en el tendido de redes, diseño de antenas de transmisión,
como también el servicio técnico y logístico que su empresa necesita.
SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACION BANDA CIUDADANA
3. PORTAFOLIO COMUNICA SA
3
RESOLUCIÓN 001704 DE 2002
(Noviembre 20)
"Por la cual se atribuye y planifica la banda de frecuencias radioeléctricas y se
adoptan medidas para la operación de los sistemas de radiocomunicación de
Banda Ciudadana".
LA MINISTRA DE COMUNICACIONES,
En uso de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 72 de
1989 y el Decreto-ley 1900 de 1990, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Ley 72 de 1989 expresa que el Gobierno nacional, por medio
del Ministerio de comunicaciones, adoptará la política general del sector de
comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación, regulación y control de todos
los servicios de dicho sector, que comprende, entre otros: los servicios de
telecomunicaciones, los servicios informáticos y de telemática, los servicios
especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado y los servicios
Postales;
Que el artículo 5º de la Ley 72 de 1989 expresa que las telecomunicaciones son un
servicio público que el Estado prestará directamente o a través de concesiones que
podrá otorgar en forma exclusiva, a personas naturales o jurídicas colombianas,
reservándose, en todo caso, la facultad de control y vigilancia;
Que el artículo 5º del Decreto-ley 1990 de 1990, establece que el Gobierno Nacional, a
través del Ministerio de Comunicaciones, ejercerá las funciones de planeación,
regulación y control de las telecomunicaciones;
Que el artículo 18 del Decreto-ley 1990 de 1990, establece que el espectro
electromagnético es de propiedad exclusiva del Estado y como tal constituye un bien
de dominio público, inenajenable e imprescriptible, cuya gestión, administración y
control corresponde al Ministerio de Comunicaciones;
Que el artículo 19 del Decreto-ley 1990 de 1990, determina las facultades de gestión,
administración y control del espectro electromagnético comprenden, entre otras, las
actividades de planeación y coordinación, la fijación del cuadro de frecuencias, la
asignación y verificación de frecuencias, el otorgamiento de permisos para su
utilización, la protección y defensa del espectro radioeléctrico, la comprobación técnica
de emisiones radioeléctricas, el establecimiento de condiciones técnicas de equipos
terminales y redes que utilicen en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la
4. PORTAFOLIO COMUNICA SA
4
detección de irregularidades y perturbaciones, y la adopción de medidas tendientes a
establecer el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico, y a restablecerlo en
caso de perturbación o irregularidades;
Que el Decreto 2696 del 20 de noviembre de 2002 derogó el decreto 2618 de 1991 por
el cual se reglamenta el servicio de banda ciudadana y el Decreto 1029 de 1993 por el
cual se reglamenta un servicio auxiliar de ayuda;
Que en atención a las necesidades de telecomunicación de la ciudadanía para realizar
actividades de prevención y coordinación de emergencias y de seguridad pública, el
Ministerio de Comunicaciones considera necesario adoptar medidas para la correcta
operación de los sistemas de radiocomunicación de Banda Ciudadana;
Que en consideración a lo anterior,
RESUELVE:
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º. Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar medidas para la
operación de los sistemas de radiocomunicación de Banda Ciudadana, atribuir y
planificar las bandas de frecuencias radioeléctricas, dentro del territorio nacional para
la operación de los mismos, y establecer las condiciones para el otorgamiento de la
licencia.
Artículo 2º. Términos y definiciones. Para los efectos de la presente Resolución, se
adoptan los términos y definiciones que en materia de telecomunicaciones ha expedido
la Unión Internacional de telecomunicaciones, UIT, a través de sus Organismos
Reguladores, y las que se establecen a continuación:
a) Estación de Banda Ciudadana: combinación de transmisor y receptor en los equipos
de los servicios fijo y móvil radioeléctricos, que incluye las instalaciones accesorias,
cables, soportes y sistema radiante, necesarios para asegurar la operación del Sistema
de Radiocomunicación de Banda Ciudadana;
b) Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana: Sistema de
radiocomunicación que opera mediante la explotación símplex de los canales
radioeléctricos para uso común en la banda 11 metros, y que proporciona en sí mismo
la capacidad completa para la comunicación y transmisión de la voz entre usuarios.
El Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana opera de acuerdo con lo
reglamentado por la presente Resolución.
5. PORTAFOLIO COMUNICA SA
5
c) Estación Fija: Estación de radiocomunicación del servicio fijo, cuyos equipos y
antena se encuentran instalados en puntos fijos determinados;
d) Estación Móvil: Estación de radiocomunicación del servicio móvil, destinada a ser
utilizada en movimiento o mientras esté detenida en puntos no determinados;
e) Banda de 11 metros: longitud de onda aproximada de las frecuencias radioeléctricas
de la banda de 27 MHz;
f) Servicios Especiales: son aquellos que se destinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni
comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter cultural o científico.
Acorde con lo establecido por Unión Internacional de telecomunicaciones, UIT, los
servicios especiales son destinados a satisfacer necesidades de interés general;
g) Servicios de Telecomunicaciones: aquellos que son prestados por personas
jurídicas, públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o sin ánimo
de lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas de telecomunicaciones a
terceros, dentro del territorio nacional o en conexión con el exterior;
h) Actividad de Telecomunicaciones: Se entiende por actividad de telecomunicaciones
el establecimiento de una red de telecomunicaciones, para uso particular y exclusivo, a
fin de satisfacer necesidades privadas de telecomunicaciones, y sin conexión a las
redes conmutadas del Estado o a otras redes privadas de telecomunicaciones;
i) Servicios Auxiliares de Ayuda: servicios de telecomunicaciones que están vinculados
a otros servicios públicos, y cuyo objetivo es la seguridad de la vida humana, la
seguridad del Estado o razones de interés humanitario;
j) Operador de Banda Ciudadana: persona autorizada para instalar, operar y gestionar
Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en virtud de licencia otorgada
por el Ministerio de Comunicaciones.
Artículo 3º. Uso y finalidad de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana. Los sistemas de radiocomunicación de Banda Ciudadana pueden utilizarse
para el desarrollo tanto de los servicios especiales como de los servicios auxiliares de
ayuda.
Los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana tienen por objeto atender
necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural, científico y asistencial,
sin fines políticos, religiosos, comerciales o de lucro, y su uso tendrá prioridad en
situaciones de socorro y seguridad de la vida humana. Los Sistemas de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana serán utilizados especialmente por la
ciudadanía para realizar actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana,
atención y coordinación de emergencias, en la forma y condiciones establecidas en la
presente Resolución.
6. PORTAFOLIO COMUNICA SA
6
SERVICIOS AUTORIZADOS POR LA UIT
Servicios y Sistemas de Radiocomunicaciones
Los servicios / sistemas de radiocomunicaciones implican la emisión y/o recepción de
ondas radioeléctricas con fines de transmisión / recepción de información, para la
cobertura de necesidades de telecomunicaciones o de tipo científico o industrial.
Los servicios se clasifican de diferentes formas, en una primera clasificación
tendremos:
1. Servicio fijo
2. Servicio móvil
3. Servicio de radiodifusión
El primer caso es un servicio típicamente del tipo punto a punto, en tanto que los otros
dos son servicios de tipo punto a zona.
Existen otras clases de servicios caracterizados por sus aplicaciones, como son:
Servicios de radiodeterminación, que incluyen a los de radionavegación y
radiolocalización.
Servicios de exploración de la Tierra por satélite.
Servicios de radioastronomía e investigación espacial.
Servicios de frecuencias patrón y señales horarias.
Servicios de aficionados.
Todos los servicios pueden explotarse en la modalidad terrenal o por satélite. Así
ocurre, por ejemplo, con los servicios móviles, que se subdividen, tanto si son
terrenales como por satélite en:
Servicio móvil terrestre.
Servicio móvil marítimo.
Servicio móvil aeronáutico.
En analogía a los servicios, las estaciones radioeléctricas se clasifican en:
Estación terrenal: aquélla que efectúa radiocomunicaciones terrenales.
Estación espacial: la que se encuentra en el espacio.
7. PORTAFOLIO COMUNICA SA
7
Estación terrena: la que situada en la superficie de la Tierra, o la atmósfera,
establece comunicaciones con estaciones espaciales.
Estación fija: estación del servicio fijo.
Estación móvil: estación del servicio móvil que se utiliza en movimiento.
En radiocomunicaciones, se distingue tres modos de explotación:
Explotación simplex: modo de explotación que permite transmitir,
alternativamente, en uno u otro sentido de un canal radioeléctrico.
Explotación dúplex: modo de explotación que permite la transmisión simultánea
en los dos sentidos de un canal radioeléctrico.
Explotación semidúplex: modo de explotación simplex en un punto del enlace de
radiocomunicaciones y dúplex en otro u otros.
La explotación dúplex y semidúplex requieren, en general, el empleo de dos
frecuencias radioeléctricas. La explotación simplex puede realizarse con una o dos
frecuencias.
CAMPO DE ACCION
Sector industrial y educativo para el diseño y mejoramiento de la infraestructura de
redes y telecomunicación.
Mantenimiento de sistemas de software y de hardware relacionados con los sistemas
de envió y transmisión de información a través de radiofrecuencia, satélite y fibra
óptica.
Asesoramiento y diseño y construcción de redes y sistemas de telecomunicación en el
sector público y privado.
8. PORTAFOLIO COMUNICA SA
8
FRECUENCIAS AUTORIZADAS
Distribución de canales del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana
Canal Frecuencia Frecuencia Frecuencia
Mhz Canal Mhz Canal Mhz
1 26.965 17 27.165 29 27.295
2 26.975 18 27.175 30 27.305
3 26.985 19 27.185 31 27.315
4 27.005 20 27.205 32 27.325
5 27.015 21 27.215 33 27.335
6 27.025 22 27.225 34 27.345
11 27.085 23 27.255 35 27.355
12 27.105 24 27.235 36 27.365
13 27.115 25 27.245 37 27.375
14 27.125 26 27.265 38 27.385
15 27.135 27 27.275 39 27.395
16 27.155 28 27.285 40 27.405
Artículo 5º. Atribución de frecuencias exclusivas al Servicio Auxiliar de Ayuda. Se
atribuyen dentro del territorio nacional, de manera exclusiva al servicio auxiliar de
ayuda, las siguientes frecuencias y canales radioeléctricos del rango de frecuencias del
9. PORTAFOLIO COMUNICA SA
9
servicio Fijo - Móvil radioeléctrico, comprendido entre 26,96 MHz y 27,41 MHz, para la
operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:
Canales de la banda ciudadana atribuidos al servicio auxiliar de ayuda
Canal Frecuencia Finalidad de los canales
radioeléctricos
7 27.035 Información y coordinación de
atención de emergencias,
desastres y seguridad
ciudadana.
8 27.055 Información y coordinación de
atención de emergencias,
desastres y seguridad
ciudadana.
9 27.065 Información y coordinación de
atención de emergencias,
desastres y seguridad
ciudadana.
10 27.075 Información y coordinación de
atención de emergencias,
desastres y seguridad
ciudadana.
CARACTERISTICAS TECNICAS LEGALES
Características técnicas
Artículo 7º. Red de Telecomunicaciones del Sistema de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana. Las diferentes estaciones autorizadas de banda ciudadana conforman la
10. PORTAFOLIO COMUNICA SA
10
red de telecomunicaciones del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana,
que mediante su cobertura radioeléctrica y la comunicación compartida, permite un
cubrimiento nacional, en la cual el espectro radioeléctrico atribuido es el principal
elemento.
La operación de estaciones de Banda Ciudadana, así como el uso de los canales
radioeléctricos atribuidos por la presente Resolución, requiere de autorización y
permiso previo otorgado por el ministerio de comunicaciones.
Artículo 8º. Características técnicas de los equipos. Los equipos del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán operar única y exclusivamente en
las frecuencias atribuidas por la presente Resolución, y deberán satisfacer las
siguientes características técnicas:
8.1 Frecuencia. Los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana
utilizarán equipos de frecuencias fijas en cada uno de los cuarenta (40) canales
autorizados o con oscilador de frecuencia variable (VFO), siempre y cuando se
sintonicen las frecuencias estipuladas para los 40 canales autorizados.
8.2 Modulación. Se autoriza la modulación de amplitud en equipos de la estación del
Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana en las siguientes emisiones:
- A3E: Un canal de voz con doble banda lateral.
- H3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora completa.
- R3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora reducida.
- J3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora suprimida.
8.3 Potencia de transmisión. La potencia de los equipos del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana que funcionan en modulación de amplitud no
será superior a 5 vatios de potencia de portadora, en el caso de modulación de
amplitud con doble banda lateral (A3E), ni a 15 vatios de potencia de cresta de la
envolvente en los distintos casos de modulación de amplitud con banda lateral única.
8.4 Tolerancia de frecuencia. La tolerancia de la frecuencia portadora debe ser
mantenida dentro del ± 0,005%.
8.5 Operación. La modalidad de operación de los equipos de la estación del Sistema
de Radiocomunicación de Banda Ciudadana será en modo símplex, utilizando la
misma frecuencia.
Artículo 9º. Características técnicas de las instalaciones. Las instalaciones del Sistema
de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán satisfacer las siguientes
características técnicas:
11. PORTAFOLIO COMUNICA SA
11
9.1 las estaciones de banda ciudadana podrán ser fijas, móviles o portátiles, que
operen dentro de los parámetros radioeléctricos autorizados.
9.2 Antenas. Los sistemas radiantes utilizados por las estaciones de Banda Ciudadana
tendrán una ganancia máxima de 6 db respecto al dipolo en media onda.
9.3 La instalación de las antenas de las estaciones fijas del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana se sujetará a las disposiciones de la Unidad
Administrativa especial de Aeronáutica Civil, UAEAC, sin perjuicio del cumplimiento de
las normas urbanísticas y de planeación del respectivo municipio o distrito.
Artículo 10. Distintivo de llamada. el Ministerio de Comunicaciones asignará a cada
estación de banda Ciudadana un distintivo de llamada para identificación del operador,
de acuerdo con la siguiente estructura: CB - XXX - ZZ ZZZ. Donde: CB es la sigla
internacional de la banda ciudadana; XxX es un campo que designa la zona geográfica
de operación de la estación dentro del territorio nacional y, ZZ ZZZ es el número único
correspondiente al titular de la licencia. Los dígitos distintivos XXX serán:
12. PORTAFOLIO COMUNICA SA
12
TABLA DIGITOS DISTINTIVOS XX
ZONA DTTIVO. ZONA DTTIVO. ZONA DTTIVO
Amazonas AMZ Putumayo PTY Manizales MNZ
Antioquia ANT Quindío QUD Medellín MDE
Arauca ARC Risaralda RSD Mitú MTU
Atlántico ATL San Andrés y SAP Mocoa MOC
Provcia.
Bolívar BLV Santander STR Montería MNT
Boyacá BYC Sucre SCR Neiva NVA
Caldas CLD Tolima TOL Pasto PST
Caquetá CQT Valle del Cauca VDC Pereira PER
Casanare CSR Vaupés VPS Popayán PPY
Cauca CAU Vichada VCH Puerto Carreño PTC
Cesar CSR Puerto Inírida PTI
Córdoba CDB Arauca ARA Quibdó QBD
Cundinamarca CUN Armenia ARM Riohacha RCH
Chocó CHO Barranquilla BQL San Andrés SAN
Guainía GNA Bogotá BOG Santa Marta SMT
La Guajira GJR Bucaramanga BMG S. J. del Guaviare sjg
Guaviare GVR Cali CLO Sincelejo SCL
Huila HLA Cartagena CTG Tunja TNJ
Magdalena MAG Cúcuta CCT Valledupar VDP
Meta MTA Florencia FLC Villavicencio VCO
Nariño NRÑ Ibagué IBG Yopal YPL
Norte de Santander NST Leticia LET
OBLIGACIONES COMO OPERADORES
CAPITULO IV
Obligaciones de los operadores
Artículo 11. Obligaciones generales respecto a la finalidad del sistema. son
obligaciones generales de los operadores para el desarrollo del Sistema de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, las siguientes:
13. PORTAFOLIO COMUNICA SA
13
1. Establecer comunicación con otros operadores del Sistema de Radiocomunicación
de Banda Ciudadana, a fin de procurar el fin cívico y el desarrollo recreativo, educativo,
cultural, científico y asistencial de la comunidad.
2. Cooperar mediante la operación del Sistema de Radiocomunicación de Banda
Ciudadana en actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y
coordinación de emergencias.
3. velar por el uso correcto, eficiente y racional de los canales radioeléctricos atribuidos
para la operación de los Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana
Artículo 12. Obligaciones respecto a la forma de comunicación. los operadores
autorizados deberán atender los siguientes requerimientos para la comunicación
eficiente del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana:
12.1 emitir el distintivo de llamada que se haya asignado a la estación, al inicio y al final
de cada comunicación.
12.2 utilizar un lenguaje amable, decoroso y cortés, evitando las comunicaciones que
atenten contra la moral y las buenas costumbres.
12.3 Evitar las comunicaciones que atenten contra la seguridad nacional y el orden
público.
12.4 Abstenerse de transmitir datos o señales digitales, música o sonidos ininteligibles.
12.5 Limitar la duración de las comunicaciones a un máximo de cinco (5) minutos
continuos. Al final de cada transmisión, las estaciones intervinientes no podrán cursar
otra comunicación antes de transcurrido al menos un (1) minuto. En casos de
emergencia no se aplicará esta disposición, quedando a criterio y responsabilidad del
operador el uso efectivo y moderado de los canales para informar y coordinar la
emergencia.
12.6 cesar las transmisiones en los casos de notificación de emergencias, quedando a
la escucha del canal hasta que finalice el tráfico de socorro o se requiera su
colaboración.
12.7 Utilizar los canales atribuidos al servicio Auxiliar de Ayuda para realizar
actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención e información de
emergencias.
12.8 informar a la autoridad competente, mediante los canales atribuidos al servicio
Auxiliar de Ayuda, el conocimiento de una situación de emergencia, evitando crear
situaciones de ansiedad y pánico o expectativas injustificadas. En todo caso, los
canales del servicio Auxiliar de Ayuda serán de escucha permanente para las
14. PORTAFOLIO COMUNICA SA
14
estaciones de Banda Ciudadana, a efectos de prestar la debida vigilancia, notificación
y coordinación de la emergencia, en el momento oportuno.
12.9 Abstenerse de transmitir señales internacionales de socorro, tales como
"mayday", excepto cuando la estación se encuentre a bordo de naves o vehículos de
los servicios móviles terrestres, marítimos o aeronáuticos, que se encuentren en
inminente peligro.
12.10 Guardar secreto en cuanto a las comunicaciones que capte el operador y que no
le sean dirigidas.
Artículo 13. Obligaciones respecto de la operación del sistema. los operadores
autorizados deberán abstenerse de utilizar los canales radioeléctricos atribuidos en la
presente Resolución para prestar servicios de telecomunicaciones a terceras personas
o realizar actividades de telecomunicaciones. Adicionalmente son obligaciones de los
operadores para el correcto funcionamiento del Sistema de Radiocomunicación de
Banda Ciudadana, las siguientes:
13.1 Operar personalmente la estación de Banda Ciudadana con base en el uso
común y compartido de las frecuencias radioeléctricas entre los demás operadores de
Banda Ciudadana, sin perjuicio de permitir su utilización a personal autorizado, bajo la
estricta responsabilidad del operador.
13.2 Abstenerse de utilizar potencias mayores a la autorizada, de instalar repetidoras o
enlaces y de operar simultáneamente más de un (1) canal radioeléctrico.
13.3 Suspender las transmisiones cuando estén causando interferencia a estaciones
de servicios autorizados. La operación no podrá reanudarse hasta tanto se haya
subsanado la interferencia.
13.4 Abstenerse de probar o ajustar equipos utilizando canales ocupados.
13.5 Abstenerse de intercambiar comunicaciones con estaciones no autorizadas.
13.6 Abstenerse de conectar la estación de banda Ciudadana a estaciones de otros
servicios públicos o privados.
13.7 Abstenerse de utilizar la Banda Ciudadana para fines diferentes a los autorizados.
en especial, las estaciones de Banda Ciudadana no deben ser utilizadas para el
servicio de despacho por empresas de transporte o por empresas de vigilancia privada.
Artículo 14. Obligaciones respecto de la inspección de las instalaciones. Los
operadores de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana deberán permitir
el acceso de los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones a los lugares donde
existan estaciones de Banda Ciudadana para realizar inspecciones a las instalaciones.
15. PORTAFOLIO COMUNICA SA
15
el operador se encuentra obligado a prestar las facilidades requeridas para la
inspección.
LICENCIAS
CAPITULO V
Artículo 15. De la Licencia. Toda persona que pretenda ser operador de Sistemas de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, debe obtener licencia otorgada por el
Ministerio de Comunicaciones.
La licencia para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de Banda Ciudadana
se otorgará mediante carné personal e intransferible que deberá ser portado
permanentemente por su titular, el cual incluye la autorización de la red y el permiso
por el uso del espectro radioeléctrico.
El carné será título habilitante para la operación de Sistemas de Radiocomunicación de
Banda Ciudadana y será válido en todo el territorio nacional.
Artículo 16. Requisitos de la licencia. La licencia para la operación de Sistemas de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana podrá ser otorgada a personas colombianas
o extranjeras domiciliadas en Colombia. Para el efecto, el interesado deberá presentar
los siguientes documentos:
16.1 Personas Naturales
1. Formato debidamente diligenciado, en el que se indique: nombre, documento de
identificación, nacionalidad, departamento, municipio, residencia del solicitante,
equipos a utilizar y ubicación de la estación, cuando sea fija.
2. Fotocopia del documento de identificación.
3. Una foto tamaño carné, en fondo azul.
4. Comprobante de cancelación de las contraprestaciones a favor del Fondo de
Comunicaciones
16.2 Personas Jurídicas. Podrán ser titulares de licencia para la operación de Sistemas
de Radiocomunicación de Banda Ciudadana las personas jurídicas debidamente
constituidas en Colombia, cuyo objeto social se corresponda con fines cívicos,
deportivos, recreativos, culturales, humanitarios, ecologistas, asistenciales y afines. se
considerará responsable de la utilización de los equipos de Banda Ciudadana a la
persona que en cada momento ostente su representación. Para el efecto los
interesados deberán presentar los siguientes documentos:
16. PORTAFOLIO COMUNICA SA
16
1. Formato debidamente diligenciado, en el que se indique: razón social, documento de
identificación, departamento, municipio, residencia del solicitante, equipos a utilizar y
ubicación de la estación, cuando sea fija.
2. Fotocopia del certificado de existencia y representación legal.
3. Comprobante de cancelación de las contraprestaciones a favor del Fondo de
Comunicaciones.
Artículo 17. Duración y prórroga de la licencia. El término de duración de la licencia
será de cinco (5) años, prorrogables a solicitud de parte por periodos iguales.
Artículo 18. Contraprestaciones. La licencia para la operación de Sistemas de
Radiocomunicación de Banda Ciudadana tendrá un valor equivalente a cinco (5)
salarios mínimos legales diarios, y de dos (2) salarios mínimos legales diarios cada vez
que sea prorrogada.
17. PORTAFOLIO COMUNICA SA
CONCLUSIONES
CAPITULO VII
Disposiciones finales
Artículo 25. Transitorio. Los licenciatarios y operadores de equipos, sistemas o
servicios de Banda Ciudadana que cuenten con títulos habilitantes o carnés expedidos
por el Ministerio de Comunicaciones o los licenciatarios del servicio comunitario de
comunicaciones con carné expedido por las alcaldías municipales, antes de la fecha de
la vigencia de la presente Resolución, deberán solicitar al Ministerio de
Comunicaciones la renovación de sus títulos habilitantes, con el cumplimiento de los
requisitos actualizados y exigidos para las solicitudes.
Estarán exentos de pago por la renovación de la licencia, todos aquellos licenciatarios
que presenten su solicitud antes del 31 de diciembre de 2003. Con posterioridad a esta
fecha, las licencias expedidas con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución,
serán consideradas como no válidas.
Artículo 26. Infracciones y sanciones en materia de telecomunicaciones. La violación a
lo dispuesto en la presente Resolución generará las sanciones previstas en las normas
legales.
Artículo 27. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
18. PORTAFOLIO COMUNICA SA
18
REFERENCIAS
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2581#53, artículo 17,
decreto 1900 de 1990.
http://www.superservicios.gov.co/c/document_library/get_file?
folderId=65121&name=DLFE-4207.pdf, artículo 10, ley 72 de 1989.
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2581#53, artículo 53,
decreto 1900 de 1990.
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9244#12, artículo 12,
decreto 2103 de 2003.
http://www.sic.gov.co/es/c/document_library/get_file?uuid=a8d227f0-b955-493f-ba06
e65305117f32&groupId=10157.
http://www.cnc.gov.ar/infotecnica/espectro/uso/index.asp. comisión nacional de
comunicaciones. Argentina (2012).