Este documento describe el programa de prevención de la irregularidad del dominio de la propiedad del Ministerio de Bienes Nacionales de Chile. Explica que la irregularidad ocurre cuando la propiedad de un bien raíz no está inscrita a nombre de su dueño y los problemas que esto puede causar. También resume los pasos para transferir la propiedad legalmente y mantener un título de dominio regularizado.
Recupera impuestos por escrituras de infonavitAbogado Morelos
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Recupera tu DINERO $$$ que pagas por impuestos de escrituración pagados al adquirir un Inmueble. Servicio disponible en "DF, Edo. Morelos y Puebla", INFÓRMATE.
(Tienes 15 días siguientes a la firma de escrituras)
Es posible recuperar las contribuciones (ISABI ó ISAI y Derechos de Registro) pagados al Notario al Adquirir un inmueble (compraventa, donación, adjudicación, cesión); incluso cuando adquieres con Fovissste, Infonavit, Instituto de Crédito, Prestamos Hipotecarios (recuerda que te los descuentan directamente de tu ahorro del fondo de vivienda).
La devolución de impuestos es un tramite legal, pues el calculo realizado por la autoridad actualmente es incorrecto, ya que se realiza tomando variables indeterminadas en la Ley ó sin contemplar excepciones legales (ISABI ó ISAI); o tomando en cuenta el valor del inmueble como base para de las contribuciones o una tarifa diferenciada, sin considerar el costo del servicio (Derechos de Registro).
Lo conveniente solicitar la devolución dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura.
Requisitos:
1.- Copia escritura (pídela al momento de firmar con el Notario, es posible que no la quieran proporcionar para entorpecer tu trámite, recuerda anotar el número y fecha de escritura, la ubicación y valor del inmueble),
2.- Copia de la identificación del adquirente,
3.- Firma del adquirente y
4.- Si es posible copia del recibo Notaria (pídela al momento de pagar en la Notaría o cuando te hagan los descuentos del Fondo de Vivienda, es posible que el notario te la retrase para entorpecer el trámite).
Nuestros servicios son:
* Sin cobro de gastos o viáticos
* Honorarios hasta el resultado contra la entrega de tu cheque.
Nota. En algunas ocasiones cuando NO SE EXPLICÓ al contribuyente el CONCEPTO Y FUNDAMENTO LEGAL del cobro de esas contribuciones por parte del Notario, es posible pedirlo con posterioridad, pero les recomendamos no confiarse, pues ya es muy complicado.
¡¡NO PIERDAS TU DINERO!!. Finalmente es tu Derecho pedirlo, más aún cuando el cobro de esas contribuciones no esta bien sustentado y tu ahorro del fondo de la vivienda es producto de una vida de trabajo.
Teléfonos
Cuernavaca. 01 (777) 2792042
D.F. 01 (55) 84217704
Puebla. 01 (222) 690 3190
Pagina Web:
http://abogadomorelos.com/
síguenos en
https://www.facebook.com/abogadomorelos
Oficinas D.F. OfIcina 8, Nivel 8, Wolrd Trade Center, Montecito 38, Nápoles, Benito Juárez, 03810, Méx. D.F.
Oficinas Morelos. No Reelección #7-104, 1er Piso, Edif. Anexo Bella Vista, Centro, 62000, Cuernavaca, Morelos
P.D. En la pagina de Facebook encontraras más información acerca de recuperar Intereses de tu crédito hipotecario.
Pablo Ivelic: Acerca del Plan de Reconstrucción en Vivienda | Gobierno de ChileMauricio Ramirez Molina
Ciclo de Conferencias "Tecnología para la Reconstrucción" | Escuela de Arquitectura | Universidad de Talca | Sesión 5: Viviendas y edificios de calidad | 02 de octubre de 2010
Introducción a las normas y leyes que deben conocerse para la creación de una empresa, entendiendo cada tramite y aspecto legal a considerar para lograr el éxito de nuestro emprendimiento
Documentos que requieres tramitar al poner un negocioFactura-E
Cuando tenemos la idea de empezar un negocio, nos hacemos muchas preguntas, por ejemplo:
¿Por dónde debo empezar?
¿A qué instituciones hay que solicitar permisos?
¿En dónde hay realizar dichos trámites?
Recupera impuestos por escrituras de infonavitAbogado Morelos
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Lo conveniente solicitar la devolución dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura.
Requisitos:
1.- Copia escritura (pídela al momento de firmar con el Notario, es posible que no la quieran proporcionar para entorpecer tu trámite, recuerda anotar el número y fecha de escritura, la ubicación y valor del inmueble),
2.- Copia de la identificación del adquirente,
3.- Firma del adquirente y
4.- Si es posible copia del recibo Notaria (pídela al momento de pagar en la Notaría o cuando te hagan los descuentos del Fondo de Vivienda, es posible que el notario te la retrase para entorpecer el trámite).
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Pablo Ivelic: Acerca del Plan de Reconstrucción en Vivienda | Gobierno de ChileMauricio Ramirez Molina
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¿En dónde hay realizar dichos trámites?
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
2. La irregularidad del dominio de la propiedad
IRREGULARIDAD:
Es la tenencia material (directa o
indirecta a través de otra
persona) de un
bien raíz, que NO ESTÁ
INSCRITO en el
Conservador de Bienes
Raíces respectivo, a
nombre de quien
actúa como dueño
o propietario del
mismo.
2Gobierno de Chile | Ministerio del Interior
3. Problemas que se producen al no
contar con su Título de Dominio
En el inmueble:
• Disminución en su valor comercial
• Induce a transferencias imperfectas
• Riesgo de pérdida de la inversión efectuada
Otros:
• Dificultad de acceder a la red social del Estado
• Imposibilidad de acceder a subsidios estatales donde el
Título de Dominio es requisito
4. Situaciones de que deriva la irregularidad
• Cuando se produce una transferencia oCuando se produce una transferencia o
transmisión mal efectuada o inconclusa,transmisión mal efectuada o inconclusa,
es decir, existe un título, pero éste sees decir, existe un título, pero éste se
encuentra imperfecto. Por ejemplo,encuentra imperfecto. Por ejemplo,
escritura pública de compraventa sinescritura pública de compraventa sin
inscripcióninscripción
• Simple situación de hecho: posesión sinSimple situación de hecho: posesión sin
documento que la avaledocumento que la avale
• Para los efectos en comento podemosPara los efectos en comento podemos
afirmar que para transferir un bien raízafirmar que para transferir un bien raíz
es necesario la escritura pública yes necesario la escritura pública y
posterior modificación de inscripción enposterior modificación de inscripción en
el Conservador de Bienes Raícesel Conservador de Bienes Raíces
5. ¿Qué es un
Título de Dominio?
Un Título de
Dominio es un
documento
que le permite
adquirir derechos
de propiedad
sobre un sitio o
terreno
6. Si tengo uno de esos títulos ¿soy dueño?
• No. En Chile y en muchos
países del mundo, SÓLO ES
DUEÑO el que tiene uno de
estos títulos inscrito en el
CONSERVADOR DE BIENES
RAÍCES del territorio en que
se encuentra el inmueble.
• Los futuros poseedores del
inmueble siempre deberán
inscribirlo a su nombre en el
Conservador de Bienes
Raíces respectivo para ser
propietarios.
• Si no lo hacen, NUNCA serán
dueños de verdad.
7. La importancia de
contar con un
Título de Dominio
- Mi terreno vale más
- Soy dueño y nadie puede quitarme el
inmueble o una parte de él
- En caso de expropiación (cuando mi sitio
sea considerado necesario para ejecutar
una obra pública) deben indemnizarme
- Puedo acceder a créditos estatales o
bancarios si los necesito, porque acredito
tener bienes para responder por la deuda
- Puedo acceder a los beneficios que me
ofrece el Estado a través de sus distintos
organismos o programas, como
mejoramiento de vivienda, pavimentación,
entre otros
- Puedo dejar a mis hijos u otros herederos
el terreno en caso de fallecimiento
8. Registro de Prohibición
Los Títulos de Dominio
regularizados por el
Ministerio de Bienes
Nacionales, están
sujetos a la prohibición
de un año.
O sea, no pueden
venderse, regalarse ni
cederse antes del año
inscrito en el CBR
Foja
Registro de Propiedad
Año
Número
9. ¿Existe un plano o
bosquejo en que mi
sitio aparezca?
• En el caso de los títulos
que entrega el
Ministerio de Bienes
Nacionales, siempre
queda el plano de su
sitio en el Conservador
de Bienes Raíces.
• Si usted muestra su
título inscrito le dirán
donde se encuentra el
plano y si usted quiere
se lo mostrarán
10. ¿A qué beneficios sociales puedo acceder si
tengo Título de Dominio inscrito a mi
nombre?
• El Título de Dominio no
es el fin del camino,
sólo es la llave a más
beneficios.
• El Estado cuenta con
muchos programas y
subsidios a los que
usted puede postular si
ha regularizado su
propiedad
11. BENEFICIOS DEL ESTADO
• SUBSIDIO
HABITACIONAL El SERVIU entrega un
Subsidio para mejorar o
ampliar viviendas sociales
o mejorar su entorno
12. Pavimentación Participativa
Los vecinos pueden postular a un fondo
concursable para pavimentar o
repavimentar las calles hasta en una
extensión de mil metros
13. Subsidio al Agua Potable y alcantarillado
Se trata de subsidio equivalente
al porcentaje del gasto mensual
de agua por un período de 3
años renovable a favor de
familias de escasos recursos
14. ¿Si tengo Título de Dominio puedo caer en
irregularidad?
Hay muchos casos en que un Título de Dominio “sano” se “enferma”
• Si muero y mis hijos u herederos no piden mi posesión efectiva e inscriben elSi muero y mis hijos u herederos no piden mi posesión efectiva e inscriben el
sitio a nombre de todossitio a nombre de todos
• Si vendo, regalo o cedo una parte de mi sitio sin subdividir como lo exige laSi vendo, regalo o cedo una parte de mi sitio sin subdividir como lo exige la
leyley
• Si vendo, regalo o cedo solamente la casa, pero no el sitioSi vendo, regalo o cedo solamente la casa, pero no el sitio
• Si vendo por escrito, pero sin escritura pública notarialSi vendo por escrito, pero sin escritura pública notarial
• Si sólo firmo un contrato de promesa de ventaSi sólo firmo un contrato de promesa de venta
• Si vendo de palabra
15. ¿Qué se debe hacer en caso de fallecimiento?
• Para que los herederos sean dueños y mantengan el Título de
Dominio “sano” deben, tan pronto producido el fallecimiento,
concurrir al Servicio de Registro Civil y llenar el formulario de
solicitud de posesión efectiva
• En el formulario se debe señalar los datos del fallecido, datos de los
herederos y datos del inmueble (foja, número y año de inscripción)
• Una vez obtenida la posesión efectiva, los herederos pueden
inscribir en el Conservador de Bienes Raíces el inmueble a nombre
de todos
• - Luego, uno o más herederos pueden ceder gratuitamente o vender
sus derechos a otro heredero (por escritura pública) y este quedaría
como dueño exclusivo del sitio. De lo contrario, pueden dividirse el
sitio por partes iguales, haciendo una subdivisión.
16. ¿Qué hago si quiero vender?
• SIEMPRE la venta debe
hacerse por escritura pública
firmada por vendedor y
comprador
• En ella se señala el precio,
los datos del inmueble, y
otras menciones obligatorias
• Por ley las escrituras
públicas deben ser
redactadas por abogados
• La escritura firmada se lleva
al Conservador y se inscribe,
quedando ahora el sitio a
nombre del comprador
17. ¿Y si quiero subdividir?
• Lo primero que debe
hacerse es elaborar un
plano de subdivisión
(firmado por un
arquitecto) para luego
presentarlo en la
Dirección de Obras
Municipales para su
aprobación
• Aprobado podré firmar la escritura pública para transferir
(vender, regalar) parte del terreno
18. ¿Pierdo mi título de dominio si quiero arrendar a
otro mi sitio y casa?
No, pero no
hacerlo por
ESCRITO
podría llevar a
que el
arrendatario
se haga pasar
por dueño
19. Rol de Avaluo
Si recibió su Título de Dominio, debe realizar la gestión posterior ante el
Servicio de Impuestos Internos (SII), la activación del Rol de Avalúo. Esto es
pedir al SII que el rol que se ha asignado quede inscrito a nombre del
del propietario
Para ello hay que presentar en la Unidad
de Avaluaciones del SII dos cosas:
• Copia autorizada de inscripción de
dominio (fotocopia autorizada ante Notario)
• Copia autorizada o simple del plano
que le fue entregado en la ceremonia
o copia de la parte del plano que
grafica su sitio en el caso de que
se hubiera entregado un plano
a los dirigentes vecinales
20. • Si usted se encuentra enSi usted se encuentra en
situación de posesiónsituación de posesión
irregular, se leirregular, se le
recomienda acudir a larecomienda acudir a la
Secretaría RegionalSecretaría Regional
Ministerial de BienesMinisterial de Bienes
NacionalesNacionales
a fin de consultar pora fin de consultar por
los procedimientoslos procedimientos
de Regularizaciónde Regularización
del Dominio dedel Dominio de
la Propiedadla Propiedad