El documento presenta el reglamento estudiantil de la Universidad UNIMINUTO. Establece 12 títulos que describen aspectos generales, derechos y deberes de los estudiantes, el ingreso a la universidad, la matrícula, la transferencia entre programas, el régimen académico, distinciones y becas, grados, propiedad intelectual, participación estudiantil, el régimen disciplinario y disposiciones finales. El reglamento define los procesos y requisitos para que los estudiantes se matriculen, cursen sus estud
3. Título I. Aspectos Generales
Objeto. Regular las relaciones académico-administrativas, de
convivencia y disciplinarias entre UNIMINUTO y los
estudiantes de los programas de todas las modalidades.
Ámbito de Aplicación. Rige para los estudiantes
de los programas académicos de Educación Superior y de los
programas no conducentes a título universitario de todas las
modalidades en sus distintas Sedes y persona que adelante
estudios en UNIMINUTO, mediante alianza o convenio. En
caso de que exista reglamentación específica para un grupo de
estudiantes o modalidad se expresará mediante disposición
interna.
Reglamento 2021
4. Estudiante: Es un actor
fundamental de la comunidad
educativa de UNIMINUTO, a él se
encaminan todos los procesos con
el fin de acompañarlo en el
desarrollo del ser.
• Estudiante de Educación Superior.
• Estudiante en otra oferta académica.
• Estudiante visitante.
• Estudiantes en articulación.
Egresado: Estudiante que ha culminado
su formación en un programa
académico ofrecido por la institución y
ha obtenido un título correspondiente.
El estudiante podrá continuar sus
estudios a pesar del bajo rendimiento
académico puesto que contará con el
acompañamiento de la Institución para
el mejoramiento de su desempeño.
Título II. Estudiantes, sus derechos y deberes
Reglamento 2021
Egresado no graduado: Persona que culmina los
créditos del plan de estudios para el cual se
matriculó, mientras cumple los requisitos para la
obtención del título correspondiente mediante el
grado.
Pierde el estatus de estudiante UNIMINUTO, y
adquiere aquella condición por un periodo máximo
de (3) años.
5. DERECHOS
• Recibir una formación integral de calidad.
• Solicitar la revisión de sus calificaciones.
• Tener su historia académica actualizada periódicamente.
• Participar en el proceso de evaluación de los profesores asignados para el desarrollo de
sus cursos.
• Utilizar los medios tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, respetando los
protocolos de etiqueta.
• Exigir el reconocimiento de los derechos que se deriven de sus creaciones intelectuales.
• Acceder a los sistemas y fuentes de información científica y tecnológica puestas a su
disposición por UNIMINUTO.
• Solicitar y recibir certificados académicos y de conducta en los tiempos y bajo los
derechos pecuniarios que establezca UNIMINUTO.
• Exigir por parte de UNIMINUTO el tratamiento de sus datos personales, así como, de su
conducta, sus registros académicos y su salud, de conformidad con las normas que
regulan la materia.
• Elegir y ser elegido para integrar los órganos colegiados que determinan los Estatutos y
la normatividad interna de UNIMINUTO y participar allí en las deliberaciones y toma de
decisiones.
• Recibir un trato justo de acuerdo con el debido proceso, en caso de ser sujeto de un
procedimiento académico, administrativo o disciplinario.
Título II. Estudiantes, sus derechos y deberes
Reglamento 2021
6. DEBERES
• Conocer y acatar el calendario académico y
financiero dispuesto por la Sede.
• Realizar seguimiento a sus procesos y trámites
académicos.
• Entregar las actividades académicas de manera
oportuna en las fechas acordadas en el
programa de cada curso al inicio del periodo
académico.
• Gestionar las excusas de acuerdo con el
procedimiento establecido para ello.
• Realizar adecuada y oportunamente su
inscripción a las Pruebas de Estado.
• Evaluar a los profesores con quienes han
tomado cursos en el respectivo periodo
académico.
• Realizar personalmente las evaluaciones,
investigaciones, trabajos y prácticas que les
correspondan haciendo uso de sus
conocimientos, su esfuerzo personal,
creatividad y autoría propia.
• Seguir el conducto regular para el trámite de
derechos de petición, quejas, inquietudes y
reclamos en general.
• Recibir y usar correctamente los
elementos de seguridad ocupacional y
bioseguridad, para la protección de su
integridad física, en los entornos
académicos de UNIMINUTO o de otras
entidades y lugares donde se preste la
formación.
• Respetar las disposiciones normativas de
las Instituciones públicas, privadas y del
tercer sector para el desarrollo adecuado
de las prácticas de responsabilidad social y
profesionales.
• Los estudiantes extranjeros tienen la
obligación de mantener vigente su visado
o autorización que les permita adelantar
estudios en Colombia según la legislación
migratoria vigente.
• Abstenerse de presentar como propios,
escritos, documentos o ideas que no sean
de su autoría o sin las debidas
autorizaciones de terceros.
DEBERES
Título II. Estudiantes, sus derechos y deberes
Reglamento 2021
7. Selección. Es el proceso interno mediante el cual se conoce,
analiza y evalúa si las condiciones en cuanto a intereses,
competencias y aptitudes del aspirante están acordes con las
exigencias y requerimientos del programa.
-Para la educación continua y cursos libres, no hay procesos
de selección.
- El Consejo General Académico podrá exigir la presentación
de pruebas de selección para determinados programas.
Admisión. La admisión es el proceso mediante el cual
UNIMINUTO le otorga al aspirante el derecho a
matricularse en un programa académico, una vez haya
cumplido con todos los requisitos establecidos en la etapa
de selección.
Ingreso. Para el ingreso a cualquiera de los
programas académicos conducentes a título en
educación superior que ofrezca la Institución, el
aspirante debe seguir las etapas de inscripción,
selección y admisión.
Inscripción. acción mediante la cual un aspirante
formaliza su interés de ser admitido en uno de los
programas o cursos de la oferta académica disponible
en cualquiera de las Sedes de UNIMINUTO.
Para el efecto, el aspirante deberá cumplir con los
requisitos de inscripción señalados por las
autoridades competentes, diligenciar los datos
solicitados, adjuntar los documentos de inscripción en
el sistema de información establecido para este fin y
realizar el pago de los derechos pecuniarios
correspondientes
Título III. Ingreso a UNIMINUTO
Reglamento 2021
8. Título III. Ingreso a UNIMINUTO
Reglamento 2021
Etapas para el ingreso a UNIMINUTO :
inscripción, selección y admisión.
Pregrado
• Copia del documento de identidad: cédula de
ciudadanía, tarjeta de identidad, cédula de
extranjería o pasaporte vigente.
• Copia del documento de afiliación al Sistema
de Seguridad Social en Salud o su equivalente.
• Copia del acta de grado o diploma de bachiller.
• Copia del resultado de la prueba de Estado o
equivalente según la normatividad vigente.
Técnico profesional
• Haber culminado y aprobado la
educación básica secundaria.
• Ser mayor de 16 años.
Tecnológico por ciclos propedéuticos
El acta de grado o diploma obtenido
en el nivel Técnico Profesional.
Educación continua y otros
cursos libres.
Copia del documento de identidad. Para
aspirantes extranjeros copia de la cédula
de extranjería o pasaporte vigente.
• Ya no se exige prueba de Estado.
• Para adelantar programas de posgrado no se
requiere la convalidación del título del pregrado
obtenido en el extranjero, salvo que, el
programa así lo exija.
Posgrado
Nota: el estudiante extranjero cuya lengua materna no sea el español,
deberá acreditar la suficiencia mínima requerida, establecida por el
programa. La documentación provisional tendrá un plazo de seis (6)
meses para la entrega de los documentos solicitados a la Unidad de
Registro Académico.
Requisitos de ingreso
9. Calidad de estudiante
Matrícula según oportunidad de pago
Acto contractual mediante el cual un
estudiante, bien sea nuevo o continuo,
formaliza su vinculación a un periodo
académico en un determinado programa de
educación superior ofrecido por la
Institución.
Pago de créditos adicionales: Matrícula plena más
cuatro (4) créditos (aplica para pregrado y posgrado).
Matrícula en dos programas académicos: se
presentan las disposiciones y requisitos.
Matricula
Ordinaria. La que se realiza dentro de las fechas
estipuladas del calendario financiero de la Sede.
Extraordinaria. La que se realiza después de la
matrícula ordinaria y antes del inicio de clases.
Extemporánea. Es aquella que se efectúa después del
primer día de inicio de clases y antes de la segunda
semana.
Matrícula según la carga académica
• Matrícula plena. Corresponde al 100% de los
créditos permitidos en la ruta académica sugerida.
• Media matrícula. Corresponde al 50% de los créditos
académicos. ( Si la cantidad es impar, se toma la
mitad más uno de los créditos)
• Cuarto de matrícula. Corresponde al 25% del valor de
la matrícula y aplica hasta cuatro (4) créditos
académicos
Aplica exclusivamente para los estudiantes que
pertenecen a programas académicos con
periodicidad de matrícula semestral.
Habilita para cursar máximo (6) seis créditos
académicos e implica el pago del valor
establecido por la Institución.
Matricula en Periodo Intersemestral
Reglamento 2021
Título IV. Matrícula
Inscripción académica
Procede una vez se haya realizado el pago
del valor de los derechos pecuniarios
correspondientes, dentro del calendario
establecido para ello en la respectiva Sede,
y con tal inscripción se formaliza la
matrícula en UNIMINUTO.
10. Cancelación del periodo académico
-El estudiante que cancele el periodo
académico no tiene derecho a reembolso
de lo pagado, salvo que demuestre estar
en una de las causales contempladas en el
artículo 27 del Reglamento.
-La cancelación del periodo académico
será autorizada por la secretaria
académica o quien haga sus veces.
Cambio de sede
- UNIMINUTO se reserva el derecho de
cancelar y modificar la inscripción de
cursos, siempre y cuando se notifique
debidamente al estudiante, quien
dispondrá de un término de cinco (5) días
hábiles para resolver la situación.
- Si la cancelación de los cursos implica un
cambio en la carga académica, podrá
solicitar la devolución de un porcentaje del
valor de la matrícula.
Cancelación y modificación de cursos
Inscripción académica
La inscripción académica de los estudiantes que inicien el
primer periodo académico del programa será realizada
directamente por UNIMINUTO; a partir del segundo
periodo académico, la inscripción será responsabilidad
de cada estudiante de acuerdo con el calendario
establecido.
Reglamento 2021
Título IV. Matrícula
11. Transferencia interna
• Solicitud de cambio a otro programa académico con
registro calificado diferente.
• Posibilita la homologación de los cursos aprobados
equivalentes para la validación de competencias.
• UNIMINUTO concederá la transferencia interna de
un programa académico a otro hasta por tres (3)
veces.
• Cambio de sede: se presenta cuando un estudiante
manifiesta su intención de trasladarse a otra Sede,
bien sea para continuar con su programa académico
o en el marco de una transferencia interna.
• Solicitud de un estudiante proveniente de otra
institución de educación superior o ente
certificador nacional o internacional, solicita
de acuerdo con las fechas establecidas en el
calendario académico, el ingreso a un
programa de UNIMINUTO.
• Posibilita la homologación de los cursos
aprobados que sean equivalentes entre los
programas o la validación de las
competencias.
Transferencia externa
Reglamento 2021
Título V. Transferencia
Cambio de Sede
Se presenta cuando un estudiante manifiesta su intención de trasladarse a otra Sede de UNIMINUTO, bien sea para continuar
con su programa académico o en el marco de una transferencia interna. La Sede a la cual desea vincularse, estudiará la
viabilidad de dicha solicitud y emitirá concepto de aprobación o rechazo.
12. Título VI. Régimen Académico
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Reglamento 2021
Programa académico: Es el conjunto
de fundamentos, saberes, didácticas,
innovaciones educativas, procesos de
enseñanza – aprendizaje, y escenarios
formativos tendientes a la formación
integral del estudiante y la obtención
de un título de educación superior.
Modalidades: UNIMINUTO podrá
ofertar programas académicos bajo la
modalidad dual u otros desarrollos
que combinen e integren las diversas
modalidades, según lo previsto por la
ley..
Crédito académico. Es la unidad de
medida de trabajo académico del
estudiante que indica el esfuerzo a
realizar para alcanzar los resultados
de aprendizaje previstos. El crédito
equivale a cuarenta y ocho (48) horas
para un periodo académico.
Períodos académicos: Los programas
académicos en UNIMINUTO se
desarrollarán en periodicidad semestral
o cuatrimestral.
Los estudiantes presenciales pueden
desarrollar cursos bajo las modalidades
distancia, virtual, dual u otra, según lo
establezca el Consejo Superior de Sede.
Se define las modalidades de
formación: presencial, virtual y
distancia tradicional.
Cadena de Formación. Es la posibilidad
que tienen los estudiantes de transitar
entre los diferentes niveles de
formación y modalidades u otros
procesos formativos desarrollados en
Instituciones educativas.
13. Título VI. Régimen Académico
Reglamento 2021
Trayectorias de Aprendizaje: Son
los caminos formativos integrales
y de progreso a lo largo de la vida
que permite a los estudiantes
alcanzar los aprendizajes en
coherencia con la diversidad de
los conceptos
Rutas de Aprendizaje: Son opciones
curriculares flexibles que atienden a
sus experiencias conocimientos y
proyectos de vida de tal manera que
se posibilite una experiencia
académica acorde a sus necesidades
y realidades.
CADENA DE FORMACIÓN
UNIMINUTO
Trayectorias de
Aprendizaje
Rutas de
Aprendizaje
El momento donde se realiza el
reconocimiento de saberes,
habilidades, experiencias y
títulos. Ingreso a la educación
superior diferencial
Son opciones académicas
extracurriculares que permiten
una formación académica
diferencial en el estudiante
Es la alternativa que tienen los
estudiantes de UNIMINUTO para
dar continuidad a su ruta de
formación de acuerdo a sus
intereses académicos
Ingreso Desarrollo Salida
MOMENTOS
Ingreso a la
Educación Superior
diversificada
Perfil de Ingreso
diferencial
Reconocimiento de
la diversidad
Innovación pedagógica
y curricular
14. Evaluación de los aprendizajes
Reglamento 2021
Título VI. Régimen Académico
15. Evaluación de los aprendizajes
Reglamento 2021
Título VI. Régimen Académico
16. Evaluación de los aprendizajes
Reglamento 2021
Evaluación de los aprendizajes
Proceso sistemático, didáctico, pedagógico,
formativo, continuo y reflexivo, que centra su
atención en el logro de los aprendizajes y las
competencias declaradas en el perfil profesional.
Excusa por inasistencia a las actividades
evaluativas
El estudiante que no pueda asistir a una sesión
programada que implique la presentación de una
evidencia de aprendizaje, debe solicitar el tramite
de validación de la excusa ante el programa
académico.
Trámite de excusa por inasistencia a las
actividades evaluativas
Se realiza en los primeros 5 días hábiles, en caso
contrario la calificación será cero.
Inasistencia a prácticas profesionales,
pedagógicas y educativas, y de responsabilidad
social.
El Consejo General Académico establecerá los
lineamientos correspondientes.
Prueba de reconocimiento de los
aprendizajes y condiciones para su
presentación
Es aquella en donde un estudiante debido a su
formación previa, saberes adquiridos o su
experiencia profesional, desea acreditar el
logro de los resultados de aprendizaje de un
curso de su plan de estudios.
La calificación mínima aprobatoria será de 3.5.
No aplica para cursos registrados en el
historial académico con calificación definitiva.
Las prácticas de responsabilidad social, las
prácticas profesionales y las pedagógicas y
educativas no serán objeto de prueba de
reconocimiento de los aprendizajes.
Pérdida académica
Pérdida de tres (3) o más cursos.
Pérdida de un (1) mismo curso por
tercera (3ª) vez o más.
Obtención de promedio ponderado
inferior a tres punto cero (3.0) en el
periodo académico.
Acompañamiento para el mejoramiento del
desempeño académico.
El estudiante que incurra en pérdida académica
deberá participar en las estrategias académicas
para el acompañamiento, la permanencia y la
retención estudiantil definidas por la Institución.
Título VI. Régimen Académico
17. Excusa por inasistencia a las actividades
evaluativas
Existen seis (6) situaciones reconocidas como justa causa:
a. Enfermedades que generan incapacidad médica.
b. Participación en eventos deportivos, culturales o académicos
en representación de UNIMINUTO.
c . Muerte del cónyuge, compañero permanente o de un familiar
hasta del cuarto grado de consanguinidad.
d. Circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito
correspondientes a aquellas situaciones imprevisibles y ante las
cuales la persona es incapaz de resistir.
e. Trámites que se deriven del cumplimiento de cualquier
participación o diligencia personal o intransferible ante entidades
públicas o privadas.
f. Por certificación de actividades laborales.
Trámite de excusa por inasistencia a las
actividades evaluativas
Debe realizar la solicitud académica, en la que debe justificar la
causa de la inasistencia, dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes al día en que cesó la causa de su inasistencia. En caso
contrario la calificación de la actividad evaluativa será de 0.0.
Pérdida académica
Un estudiante perderá el periodo académico cuando, obtenidas las
calificaciones definitivas de los cursos desarrollados en el periodo,
se encuentra en una de las siguientes situaciones:
a. Pérdida de tres (3) o más cursos
b. Pérdida de un (1) mismo curso por tercera (3ª) vez o más.
c. Obtención de promedio ponderado inferior a tres punto cero
(3.0) en el periodo académico.
Reglamento 2021
Título VI. Régimen Académico
18. Calificación. Para los cursos de programas de pregrado y posgrado, la
calificación podrá tener una valoración cuantitativa o cualitativa dependiendo
de la naturaleza del curso.
El valor para la calificación cuantitativa se expresará en una
escala de cero (0.0) a cinco (5.0), y para la calificación
cualitativa se expresará en términos de Aprobado (A) o
Reprobado (R).
Para todos los programas académicos, la
calificación aprobatoria será igual o superior a tres
punto cero (3.0) o el estatus de Aprobado (A).
Todos los programas a través del Comité Curricular o del
Proyecto Educativo de Programa definirá la cantidad de
cortes de evaluación. En ningún caso, un corte podrá
tener un peso superior al 50%.
El resultado final de un corte corresponde
al promedio ponderado de las calificaciones
referidas a las evidencias de aprendizaje.
Cuando el estudiante presente inconformidad con las
calificaciones otorgadas en cada corte tendrá un plazo de tres
(3) días hábiles después de la publicación para solicitar la
revisión ante el profesor.
En el caso que se requiera la modificación de la calificación de la
nota final del curso en el Sistema de Información Académica, esta
se realizará a través de una solicitud académica y tendrá como
plazo máximo un periodo académico.
Se mantiene la definición y cálculo del
promedio ponderado y acumulado.
Cuando persiste la inconformidad con la calificación, la Dirección o
Coordinación de Programa designará un nuevo calificador, quién
determinará la nota a otorgar en un plazo máximo de ocho (8) días
hábiles.
Calificación de los aprendizajes
Reglamento 2021
Título VI. Régimen Académico
19. Obtención de la calificación
Todo curso de programas de pregrado y posgrado tendrá una
calificación definitiva que se obtendrá en dos o tres cortes de
evaluación, de acuerdo con la tipología y el alcance de los cursos.
En este caso, ningún corte podrá tener un peso superior al 50%.
El resultado final de un corte corresponde al promedio ponderado
de las calificaciones referidas a evidencias variadas de los
aprendizajes.
Calificación definitiva del curso
Corresponde a la media aritmética de las calificaciones obtenidas en
los cortes y deberá ser publicada por el profesor en el Sistema de
Información Académica en las fechas establecidas en
el calendario académico
Aproximación de la calificación definitiva
En el cómputo final de la calificación definitiva de un curso
resultan centésimas mayores a cinco (5), estas se aproximarán a la
décima superior; si las centésimas son inferiores o iguales a cinco
(5), se eliminarán.
Revisión de las calificaciones
Cuando el estudiante presente inconformidad con las calificaciones
otorgadas en cada corte tendrá un plazo de tres (3) días hábiles
después de la publicación de estas para solicitar la revisión ante el
profesor.
Modificación Calificación final
Se realizará a través de una solicitud académica. El estudiante
tendrá máximo un periodo académico contado a partir de la
publicación de la calificación definitiva en su historia académica
para realizar dicha solicitud.
Calificación de los aprendizajes
Reglamento 2021
Título VI. Régimen Académico
20. Es el acto voluntario y suscrito por el
estudiante, mediante el cual se le reconoce
las competencias, resultados de aprendizaje
o títulos aprobados por el estudiante en otro
programa académico de la Institución, en
otras IES, SENA, ente certificador,
Instituciones de Educación para el Trabajo y
el Desarrollo Humano – ETDH.
Los cursos objeto de homologación
deben estar aprobados.
El Consejo General Académico
emitirá los lineamientos
específicos para la homologación.
El acto de homologación se
podrá realizar en cualquier
momento según las fechas del
calendario académico.
El resultado de la homologación
deberá registrarse en el Sistema
de Información Académica en el
periodo en el cual fue aprobada
la solicitud.
En caso de que el curso a
homologar tenga un mayor
número créditos que el curso
objeto de homologación, el
excedente de créditos no será
tenido en cuenta.
Cuando la homologación
corresponda a un proceso de
cambio de plan de estudio de
UNIMINUTO, esta se realizará
a partir del plan de transición y
tabla de equivalencia aprobada
por el Ministerio de Educación
Nacional.
HOMOLOGACIÓN
Título VI. Régimen Académico
Asuntos Curriculares
Reglamento 2021
21. Reingreso. Corresponde a la solicitud
académica que se realiza ante un
programa académico con el fin de
continuar regularmente los estudios en
UNIMINUTO.
Causas por las cuales podrá solicitar
reingreso:
a. Retiro voluntario.
b. Retiro por motivos disciplinarios.
El reingreso será procedente
siempre y cuando existan las
cohortes y cursos activos
requeridos para culminar el plan
de estudios.
Movilidad estudiantil. La movilidad
estudiantil es la estancia temporal,
presencial o remota, en doble vía
(entrante y saliente), que promueve el
desarrollo de competencias académicas y
multiculturales.
• La movilidad estudiantil tendrá una
duración de uno o dos periodos
académicos.
• Las convocatorias de movilidad
estudiantil serán ofertadas a través de la
Oficina de Asuntos Internacionales del
Sistema o de Sede
• La movilidad estudiantil se podrá
realizar en Instituciones de Educación
Superior – IES, Centros de
investigación, Organizaciones o
Entidades privadas o públicas,
nacionales e internacionales.
Título VI. Régimen Académico
Asuntos Curriculares
Reglamento 2021
22. Modalidad de grado. El estudiante de pregrado o
posgrado deberá optar por una de las modalidades
de grado establecidas por el programa académico
en coherencia con la reglamentación que emita el
Consejo General Académico para el cumplimiento
de los requisitos de grado.
El estudiante no podrá cambiar la
modalidad elegida sin previa validación
de la Dirección o Coordinación del
Programa.
En pregrado, el estudiante podrá
inscribir su modalidad de grado a partir
del cumplimiento del 60% de los
créditos académicos.
En posgrados el desarrollo
de la modalidad dependerá
de su diseño curricular.
El estudiante tendrá máximo dos
periodos académicos adicionales
para culminar su modalidad de
grado.
Y solo podrá solicitar el periodo de
prórroga por una única vez.
En caso de que el estudiante no apruebe
la modalidad de Grado en el periodo de
prórroga, deberá solicitar la evaluación
del caso al Consejo de facultad o del
Centro Regional de Sede.
Doble titulación. Se entiende por doble
titulación, la opción que tienen los
estudiantes de obtener simultáneamente
un título con UNIMINUTO y con otra
Institución de Educación Superior a nivel
nacional o internacional.
Título VI. Régimen Académico
Asuntos Curriculares
Reglamento 2021
23. Subsidios y Becas
Distinciones
Reglamento 2021
Título VII. Distinciones, Subsidios y Becas
Grado de Honor Subsidios
Becas socioeconómicas
Becas “Espíritu
UNIMINUTO”
Exclusión de becas
Aplazamiento de la
beca
Distinción por compromiso social*
Excelencia en Exámenes de Estado
Matrícula de Honor
Distinción por modalidad de grado*
Monitorías
Distinción por publicaciones*
Se excluye el grado póstumo como distinción y se
traslada al título de grados.
* Se incluyen nuevas distinciones.
Mantener promedio
académico igual o
superior a cuatro punto
cero (4.0) para postularse
de nuevo.
Solo podrá otorgarse una
beca en el periodo
académico.
En casos de fuerza mayor
la beca se podrá
posponer para el periodo
académico siguiente.
El Consejo de Servicios
Integrados determina las
condiciones y requisitos.
24. Matricula de Honor
Grado de honor
Reglamento 2021
Título VII. Distinciones, Subsidios y Becas
• Cumplir con todos los requisitos para la obtención
del respectivo título,
• Promedio acumulado entre cuatro puntos seis (4.6)
y cuatro punto ocho (4.8)
• No haber perdido ninguno de los cursos del plan de
estudios respectivo
• No hayan sido sancionados disciplinariamente,
dentro de los dos últimos periodos académicos.
Excelencia en Exámenes de Estado de
Calidad de la Educación
Superior.
Distinción por modalidades de Grado
La Institución eximirá del pago de los derechos de
grado a los estudiantes que obtengan los mejores
puntajes en las pruebas Saber Pro y Saber
TyT, según el listado oficial emitido por el ICFES o quien
haga sus veces.
Exención total de los derechos de matrícula del periodo
académico siguiente o de los derechos de grado. Se
conferirá a partir del segundo periodo académico, con
base en la calificación obtenida en el periodo anterior y
se le otorgará al estudiante que haya obtenido el mayor
promedio ponderado.
a. Que no haya reprobado ningún curso en el periodo
académico.
b. Que el promedio en el periodo académico sea igual o
superior a cuatro punto seis (4.6).
c. Que en el periodo académico haya inscritos todos los
créditos académicos según la ruta sugerida.
d. Que no tenga sanción disciplinaria vigente.
Serán reconocidos públicamente los estudiantes de
pregrado y posgrado que hayan presentado productos
de grado destacados. De este reconocimiento se
entregará la correspondiente certificación y se dejará
constancia en el acta general e individual de grado.
Monitorias
Es un reconocimiento que otorga el Rector de la Sede
a los estudiantes de pregrado que se destacan por su
rendimiento académico y apoyan la labor académica,
administrativa o investigativa y cuentan con amplias
capacidades humanas y competencias técnicas y
pedagógicas.
25. Presentación de prueba de Estado
en doble programa
Reglamento 2021
Título VIII. Grados
• Postulación en el Sistema de Registro Académico de
la Institución, de acuerdo con el calendario
establecido por la Sede.
• No tener vigente sanción disciplinaria por la comisión
de una falta calificada como grave o gravísima.
• Aprobación de totalidad de créditos académicos del
plan de estudios del programa.
• Tener un promedio mínimo acumulado de tres punto
cero (3.0).
• Acreditar el dominio de un nivel de un idioma
extranjero, acorde con lo establecido por el
programa académico.
• Para estudiantes de pregrado, haber presentado los
Exámenes de Estado .
• Diligenciar la encuesta para egresados dispuesta para
programas de pregrado o posgrado.
• Contar con los paz y salvos académicos, financieros y
administrativos.
• El pago de los derechos de grado.
Requisitos de grado
El estudiante que se postule para graduación de
dos programas académicos de pregrado, del mismo
nivel de formación y en el mismo año calendario,
podrá presentar la prueba que corresponda a uno
de los dos programas y graduarse de ambos.
Si la postulación al grado de cada programa se
realiza con un año de diferencia, los estudiantes
deben aplicar la prueba de Estado de cada
programa de pregrado del mismo nivel de
formación.
Si el estudiante cursa dos (2) programas
académicos de pregrado en diferentes niveles de
formación y núcleos básicos de conocimiento,
deberá presentar la prueba de Estado por cada uno
de los programas.
26. Ceremonia de Grado
Reglamento 2021
Título VIII. Grados
El egresado de programas académicos de pregrado y
posgrado que no se hubiese graduado dentro de los tres
(3) años contados a partir de la fecha en que culminó el
plan de estudios del programa cursado, deberá realizar
actualización académica en UNIMINUTO acorde con
lo definido por el Consejo de Facultad o de Centro
Regional, siempre y cuando el registro calificado del
programa se encuentre con cohortes activas. Dicha
actualización podrá realizarse en máximo dos periodos
académicos consecutivos.
Actualización Académica
Es el acto público solemne, en el cual se proclama
formalmente a los graduandos que cumplieron
con los requisitos para la obtención del título
académico y será siempre colectiva.
El Rector de Sede establecerá anualmente el
calendario para la realización de estas ceremonias.
Grado Privado Extraordinario
Excepcionalmente, por fuerza mayor o caso fortuito,
debidamente justificados ante el Rector de Sede, este
puede autorizar, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en el artículo 78, el grado privado
extraordinario a un estudiante, que consistirá en la
entrega del diploma y acta en la Secretaría de la Sede o
en el lugar que se establezca sin la realización de
ceremonia alguna.
Grado Póstumo
La Institución otorgará reconocimiento de grado
póstumo al estudiante que fallezca habiendo
cursado y aprobado por lo menos el sesenta (60%)
del plan de estudios en el que se encontraba
matriculado. Estos grados son autorizados por el
Rector de la Sede, previa petición del Decano o del
Director del Centro Regional, Unidad Académica o
por quien haga sus veces.
27. Titularidad de los derechos de autor
Derechos de autor
Reglamento 2021
Título IX. Propiedad Intelectual
Originalidad y paternidad
Responsabilidad ante terceros
Remisión normativa
Producción intelectual individual,
colectiva, en coedición o coautoría
Los derechos morales y
patrimoniales serán de titularidad
única del estudiante, salvo
coautoría u obra colectiva
Toda creación intelectual deberá
ser original e inédita y respetará
los derechos de propiedad
intelectual de otros autores
Los estudiantes deberán contar con
los permisos, licencias o
autorizaciones de terceros para uso
de su información, obras o imagen
Reglamento de Propiedad
Intelectual vigente de UNIMINUTO
y la legislación colombiana
28. Principios de la participación
Reglamento 2021
Promoción de la participación efectiva de los
estudiantes en cada una de las actividades
de la vida universitaria
Título X. Participación Estudiantil
Participación en espacios académicos
Participación en espacios culturales, deportivos y artísticos
Participación en los órganos de Gobierno General y de las Sedes
Participación Estudiantil
La Institución promueve la participación efectiva de los estudiantes en cada una de
las actividades de la vida universitaria. Para ello, incentiva la interacción de la
Comunidad Estudiantil en los diferentes escenarios, no solo de Gobierno
Institucional, sino también en espacios destinados a actividades académicas,
culturales, científicas, deportivas, artísticas, entre otras, con el fin de contribuir al
desarrollo integral, estimular el desarrollo de competencias y los valores
democráticos en los estudiantes.
29. Finalidad
Que los estudiantes, egresados no
graduados y egresados cumplan con
las obligaciones previstas en la ley y
en los reglamentos internos de la
Institución, sancionando conductas
que alteren la normalidad y el
adecuado comportamiento social.
Generar conciencia sobre la
importancia de cumplir la
normatividad, contribuir a la
convivencia en paz y a la prevención
de comportamientos que puedan
afectar el ejercicio de derechos a
cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa.
Objeto
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
Aplicable a los estudiantes, egresados no graduados y egresados de
UNIMINUTO.
Principios
orientadores
Derechos
investigado
Disposiciones
egresados
Faltas
disciplinarias
Criterios para la calificación
de la falta, agravación,
atenuación y exclusión de
la sanción
Tipos de
sanciones
Impugnaciones
Proceso
disciplinario
30. Principios orientadores del régimen disciplinario
Las autoridades con competencias disciplinarias deben observar y velar porque los procesos se desarrollen bajo los
siguientes principios:
Debido proceso. Los procesos deben
respetar las etapas que están reguladas
en el presente título y los derechos de
los investigados, para que tengan la
oportunidad real y efectiva de: ser
investigados, conocer los hechos y las
normas, ser oídos, conocer y participar,
conocer el acto, presentar la
impugnación.
Presunción de inocencia. Los procesos
parten de la base de la inocencia
del investigado.
Legalidad de las faltas y de las
sanciones. Los procesos solo pueden
ser adelantados por hechos que hayan
ocurrido y que se encuentren
previamente tipificados como faltas
disciplinarias en este régimen y en la
normatividad interna de UNIMINUTO.
Publicidad. Se deben garantizar los
medios señalados en este título para
que el investigado tenga la oportunidad
de conocer el inicio de un proceso en su
contra, su desarrollo y las decisiones
que allí se adopten.
Derecho de defensa. Los procesos
disciplinarios deberán respetar las
etapas establecidas en este título, para
que los investigados sean oídos. Todo
investigado menor de 18 años deberá
ser asistido por su acudiente o tutor
legal.
Doble instancia. Los procesos
disciplinarios deben contemplar la
facultad de los investigados de
impugnar la decisión que ponga fin al
proceso disciplinario y que les resulte
desfavorable, a través de mecanismos
que no revistan mayores formalidades.
Derecho del apelante. El proceso
disciplinario asegurará que la autoridad
de segunda instancia, al resolver la
impugnación interpuesta por el
investigado, no podrá agravar la
situación de este.
Prohibición doble sanción. El proceso
disciplinario garantizará que no se
adelanten dos (2) o más investigaciones
disciplinarias e impongan doble
sanción por la configuración de una
misma falta.
Proporcionalidad. Los procesos
disciplinarios asegurarán que las
sanciones disciplinarias correspondan a
la gravedad de la falta cometida.
Favorabilidad. se aplicará en
preferencia a la restrictiva o
desfavorable para el investigado.
Igualdad.
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
31. Derechos del investigado
1. Acceder a la investigación.
2. Rendir versión libre de manera oral o escrita, en cualquier etapa de la
actuación, hasta antes de la decisión de primera instancia.
3. Solicitar o aportar pruebas y controvertirlas, e intervenir en su práctica,
dentro de la oportunidad procesal.
4. Rendir descargos.
5. Impugnar y sustentar las decisiones cuando hubiere lugar a ello.
6. Obtener copias de la actuación.
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
32. Faltas disciplinarias
a. Incumplir los deberes y responsabilidades del estudiante consagrados en el
Reglamento o en cualquier norma interna de UNIMINUTO.
b. Realizar actos tendientes a impedir el ingreso o la libre movilización del personal
dentro de las dependencias o del entorno universitario de UNIMINUTO, sea que tal
acto se cometa colectiva o individualmente.
c. Realizar cualquier acto encaminado en forma deliberada a interrumpir el libre
ejercicio o colectivos dentro de la Institución, en su entorno o en cualquier evento
académico, deportivo o cultural.
d. Infringir, deliberadamente o con culpa, daño a personas o bienes individuales o
colectivos dentro de la Institución, en su entorno o en cualquier evento académico,
deportivo o cultural.
e. Poner en riesgo la seguridad o causar daño a la integridad personal, físico,
psicológico, moral o económica, a la libertad, la intimidad y el buen nombre, de
cualquier miembro de la comunidad educativa o visitantes de UNIMINUTO.
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
33. Faltas disciplinarias
f. Cometer fraude en cualquier documento, trabajo, prueba o actividad académica o institucional o
colaborar en la comisión del fraude por otra persona.
Se consideran fraude académico, entre otras, las siguientes conductas:
• Copiar total o parcialmente en exámenes, pruebas, tareas y demás actividades académicas.
• Utilizar ayudas no autorizadas durante los exámenes o pruebas académicas.
• Usar citas o referencias falsas, o en forma que induzcan a engaño o error sobre su contenido, autoría o procedencia.
• Presentar como propia la totalidad o parte de una obra, trabajo, documento o invención realizado por otra persona.
• Presentar datos que no correspondan con la realidad o que hayan sido alterados en una actividad académica o
institucional
• Alterar total o parcialmente una prueba ya corregida, para obtener una calificación diferente.
• Sustraer, obtener, acceder o conocer, total o parcialmente, los cuestionarios o temarios de una prueba académica.
• Firmar por otro el control de asistencia, solicitar a otro estudiante que la firme en su nombre o alterar la veracidad de
la lista.
• Suplantar o permitir ser suplantado en la realización de una actividad académica o institucional.
• Incluir el nombre de otro estudiante o, permitir que se incluya su nombre o incluirse en un trabajo en el que no
participó.
• Entregar a título individual un trabajo realizado en grupo.
• Presentar documentos que no correspondan con la realidad o adulterar certificaciones, registros, firmas, entre otros.
• Presentar informes de visitas o de actividades académicas sin haber participado en ellas.
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
34. Tipos de sanciones
Las faltas disciplinarias se sancionarán con las siguientes medidas disciplinarias, así:
a. Amonestación privada. Cuando se considere que
la falta es leve, la sanción consistirá en un llamado
de atención escrito sobre la conducta con copia a su
historia académica, con el fin de prevenir al
estudiante sobre las repercusiones de esta.
b. Matrícula condicional. Cuando la falta sea
considerada como grave o amerite una sanción
consistente en el condicionamiento de la
continuidad del estudiante en la Institución, durante
un determinado tiempo sin excederla duración del
programa cursado al momento de la comisión de la
falta.
c. Suspensión. Esta sanción se aplicará por un
periodo académico determinado, durante el cual el
estudiante deberá permanecer por fuera de la
Institución, cuando la falta sea considerada como
grave o amerite una sanción que obligue al
estudiante a replantear su relación con la
Institución y la comunidad educativa de
UNIMINUTO.
Y solo podrá solicitar el periodo de
prórroga por una única vez.
d. Expulsión de la Institución. Cuando la falta cometida
amerite la imposición de la máxima sanción, el estudiante
o egresado no podrá continuar sus estudios en ningún
programa académico de UNIMINUTO, a partir de la fecha
de su imposición.
e. Cancelación de la matrícula. A las sanciones
establecidas en los literales matricula condicional y
suspensión del presente artículo, se les podrá aplicar
como consecuencia de la falta cometida la cancelación de
la matrícula.
f. Servicio social. A las sanciones establecidas en los
literales a), b), y c) del presente artículo, se les podrá
aplicar como consecuencia de la falta cometida la
realización de un número determinado de horas de un
servicio social, en el evento que se considere que la falta
leve o grave ha afectado a la comunidad UNIMINUTO o a
terceros en forma que admita una reparación.
Reglamento 2021
Título XI. Régimen Disciplinario
35. Cancelación del periodo académico
Cambio de sede
- UNIMINUTO se reserva el derecho de cancelar y
modificar la inscripción de cursos, siempre y
cuando se notifique debidamente al estudiante,
quien dispondrá de un término de cinco (5) días
hábiles para resolver la situación.
- Si la cancelación de los cursos implica un cambio
en la carga académica, podrá solicitar la devolución
de un porcentaje del valor de la matrícula.
Cancelación y modificación de cursos
Reglamento 2021
La inscripción académica de los estudiantes
visitantes será realizada directamente por
UNIMINUTO, previa solicitud de la Oficina de
Asuntos Internacionales.
Título XII. Disposiciones Finales
Complementariedad
Interpretación y reglamentación Regímenes de excepción
Regímenes especiales
Vigencia
Régimen
de transición
La reglamentación relacionada con
el desarrollo de las funciones
sustantivas y la vida estudiantil; al
igual que los Estatutos y los
reglamentos de UNIMINUTO, y
demás documentos institucionales
El Rector General será la autoridad para
resolver los aspectos no contemplados y
adoptar los procedimientos que se
requieran, con concepto previo del
Consejo General Académico
La Institución podrá establecer
un régimen especial para los
estudiantes, según modalidad o
nivel académico
El Consejo General Académico
podrá establecer excepciones a
las disposiciones de este
Reglamento
Rige a partir del 1º de
agosto de 2021 y
deroga todas las
disposiciones que
sean contrarias.
Los estudiantes que se hayan
matriculado antes de la entrada
en vigencia del Reglamento, les
aplica siempre que sea favorable.
Cuando un estudiante reingrese
le rige este Reglamento.