El documento habla sobre la transformación de las sociedades mercantiles. Explica que una sociedad constituida bajo el código de comercio puede transformarse en cualquier otro tipo de sociedad mercantil mientras mantenga la misma personalidad jurídica. También detalla que la responsabilidad ilimitada de los socios no cesa con la transformación con respecto a obligaciones anteriores. Además, indica que la fusión debe ser resuelta por el órgano correspondiente de cada sociedad y los acuerdos deben inscribirse en el registro mercantil.