Este documento habla sobre las sociedades mercantiles en México. Explica que existen diferentes tipos de sociedades como sociedad en nombre colectivo, sociedad en comandita simple, sociedad en comandita por acciones, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima. También describe los requisitos para la constitución de una sociedad como registrarla ante un fedatario público e incluir en el acta constitutiva aspectos como los nombres de los socios, el objeto social, la duración y el capital social. Además, señala que el ej
Disolución de la sociedad civil comercialandresch123
La extinción de una sociedad mercantil es un fenómeno jurídico complejo. La sociedad es una colectividad que actúa en el tráfico bajo la forma de una persona jurídica que se relaciona con terceros, creando una trama de vínculos jurídicos que no pueden cortarse de golpe en el instante de la disolución social. La garantía de los que contrataron con ella exige que la liquidación de sus contratos preceda a la disolución de la sociedad y, lo que en definitiva los socios obtengan en esta disolución de los vínculos sociales, depende del resultado de la liquidación de los vínculos con terceros.
Se puede afirmar, entonces, que la disolución no es un fenómeno simple, sino complejo: con el acaecer de una causa de disolución se abre un proceso de disolución que comienza con la liquidación de los negocios sociales pendientes y termina con la división del haber social entre los socios. Cabe, por tanto, distinguir en ese fenómeno duradero tres estadios diversos: la realización de una causa de disolución, la liquidación y la división del patrimonio social. Las fases primera y tercera afectan las relaciones de los socios entre sí, mientras que la fase segunda afecta las relaciones de la sociedad con terceros.
Es preciso aclarar que durante la extinción de una sociedad mercantil ésta debe conservar su personalidad jurídica. La disolución no produce la extinción de las relaciones sociales ni la del ente jurídico. Así, el artículo 244 de la Ley General de Sociedades Mercantiles dispone que las sociedades, aún después de disueltas, conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la liquidación.
Lecciones 21 a la 24. Sociedades Anónimaskarenlgo_der
Desarrollo de las lecciones de Sociedades Anónimas contenidas en el Programa de la asignatura de Derecho Mercantil I, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales UNA
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La extinción de una sociedad mercantil es un fenómeno jurídico complejo. La sociedad es una colectividad que actúa en el tráfico bajo la forma de una persona jurídica que se relaciona con terceros, creando una trama de vínculos jurídicos que no pueden cortarse de golpe en el instante de la disolución social. La garantía de los que contrataron con ella exige que la liquidación de sus contratos preceda a la disolución de la sociedad y, lo que en definitiva los socios obtengan en esta disolución de los vínculos sociales, depende del resultado de la liquidación de los vínculos con terceros.
Se puede afirmar, entonces, que la disolución no es un fenómeno simple, sino complejo: con el acaecer de una causa de disolución se abre un proceso de disolución que comienza con la liquidación de los negocios sociales pendientes y termina con la división del haber social entre los socios. Cabe, por tanto, distinguir en ese fenómeno duradero tres estadios diversos: la realización de una causa de disolución, la liquidación y la división del patrimonio social. Las fases primera y tercera afectan las relaciones de los socios entre sí, mientras que la fase segunda afecta las relaciones de la sociedad con terceros.
Es preciso aclarar que durante la extinción de una sociedad mercantil ésta debe conservar su personalidad jurídica. La disolución no produce la extinción de las relaciones sociales ni la del ente jurídico. Así, el artículo 244 de la Ley General de Sociedades Mercantiles dispone que las sociedades, aún después de disueltas, conservarán su personalidad jurídica para los efectos de la liquidación.
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Ley 19550 de sociedades comerciales - sociedadeslegales.com.arpabloems
Sociedades Comerciales, Asesoramiento Juridico - Sociedadeslegales.com.ar
En sociedades legales brindamos asesoramiento jurídico a aquellos que deseen conformar sociedades comerciales, respecto a cuál es el tipo societario ideal para su emprendimiento comercial.
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Tags: sociedades comerciales, asesoramiento jurídico, sociedades legales, asesoramiento societario, tramites societarios
Constitucion Sociedades Anonimas (SA) y de Responsabilidad Limitada (SRL)
Ofrecemos la Constitución de Sociedades Anónimas (SA) y de Responsabilidad Limitada (SRL), efectuando el trámite completo ante la Inspección General de Justicia, en el menor tiempo posible y a bajísimo costo.
http://www.sociedadeslegales.com.ar/sociedades-comerciales.html
Tags: sociedades anónimas, sociedad responsabilidad limitada, sa, srl, constitucion de sociedades comerciales, constitucion de sociedades
Estudio Candame.
www.estudiocandame.com.ar
http://www.estudiocandame.com.ar/sociedades-comerciales.html
Tel: (011) 4374-1466
Direccion: Uruguay 766 Capital Federal - Buenos Aires - Argentina
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4. SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedad en Nombre Colectivo
Sociedad en Comandita Simple
Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad Anónima
6. Contenido del acta
Nombre, domicilio y nacionalidad de los socios
Objeto de la sociedad
Denominación o Razón social
Duración la cual podrá ser indefinida
Importe del capital social
La aportación de cada socio en efectivo o en otros
bienes y el criterio para la valoración.
domicilio
7. Contenido del acta
Forma de administrarse y las facultades de los
administradores.
Designación de los administradores y de quien va a
llevar la firma social.
Como se distribuirán las pérdidas y utilidades entre los
miembros.
El importe del fondo de Reserva.
Los casos en que se disolverá anticipadamente
8. Contenido del acta
Las bases para practicar la liquidación y como se
designarán los liquidadores cuando no se hayan
designado anteriormente.
9. EJERCICIO SOCIAL Y DISMINUCION
DEL CAPITAL SOCIAL.
El ejercicio social de las sociedades mercantiles
coincidirá con el año de calendario.
disminución de capital social por reembolso o por
liberación de exhibiciones deberán publicarse en
sistema electrónico establecido por la Secretaría de
Economía.
10. Reparto de ganancias o
pérdidas
Socios capitalistas de acuerdo a sus aportaciones.
Socios industriales la mitad de la ganancia.
Los socios industriales no participarán en las pérdidas.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_13
0614.pdf