La ley general de sociedades establece las normas aplicables a diferentes tipos de sociedades como las anónimas, colectivas, en comandita y de responsabilidad limitada. Define aspectos como los aportes de los socios, la distribución de beneficios y pérdidas, y los órganos de gobierno de las sociedades. El documento explica los contenidos de cada libro y sección de la ley para regular adecuadamente la constitución y funcionamiento de las sociedades en el Perú.
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría correspondiente a las rentas empresariales grava las operaciones o ingresos que generan las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades comerciales,de manufactura , de servicios o la explotación de recursos naturales. Generalmente, estas rentas se producen por la participación conjunta del capital y el trabajo.
El Régimen General no establece condiciones ni requisitos para acogerse por lo tanto cualquier empresa legalmente establecida, debe afectarse al impuesto a la Renta de Tercera categoría -Régimen General y al IGV.
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría correspondiente a las rentas empresariales grava las operaciones o ingresos que generan las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades comerciales,de manufactura , de servicios o la explotación de recursos naturales. Generalmente, estas rentas se producen por la participación conjunta del capital y el trabajo.
El Régimen General no establece condiciones ni requisitos para acogerse por lo tanto cualquier empresa legalmente establecida, debe afectarse al impuesto a la Renta de Tercera categoría -Régimen General y al IGV.
Ley 19550 de sociedades comerciales - sociedadeslegales.com.arpabloems
Sociedades Comerciales, Asesoramiento Juridico - Sociedadeslegales.com.ar
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Constitucion Sociedades Anonimas (SA) y de Responsabilidad Limitada (SRL)
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Introducción a las sociedades mercantiles2_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
1. FACULTAD DE : CIENCIAS EMPRESARIALES ESCUELA : CONTABILIDAD CURSO : CONTABILIDAD DE SOCIEDADES CPC CESAR RODRIGUEZ GOMEZ
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4. INTRODUCCION * Sección Sétima : Formas Especiales de la Sociedad Anónima. & Título I : Sociedad Anónima Cerrada. & Título II : Sociedad Anónima Abierta. & Título III : Adaptación a las formas de Sociedad Anónima que regula la Ley. * Libro III : Otras Formas Societarias. * Sección Primera : Sociedad Colectiva. * Sección Segunda : Sociedad en Comandita. & Título I : Disposiciones Generales. & Título II : Reglas propias de la Sociedad en comandita Simple. & Título III : Reglas propias de la Sociedad en Comandita por Acciones. * Sección Tercera : Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. * Cuarta Sección : Sociedades Civiles.
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6. INTRODUCCION * Sección Tercera : Sucursales . * Sección Cuarta : Disolución, Liquidación y Extinción de Sociedades. & Título I : Disolución. & Título II : Liquidación. & Título III : Extinción. * Sección Quinta : Sociedades Irregulares . * Sección Sexta : Registro. * Libro V : Contratos Asociativos. * Disposiciones Finales. * Disposiciones Transitorias.
9. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Aportes de los Socios en Bienes y Servicios Socio B Socio A Socio C Objeto Desarrollar Actividades Económicas Sociedad Art. 1 : LA SOCIEDAD
10. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Formas de Constitución Anónima Mediante oferta a Terceros Simultáneamente en Un solo acto Sociedades Colectiva En Comandita Responsabilidad Limitada Civiles Art. 3 : Modalidades de Constitución
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12. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Formalidad y Contenido Se constituye por Contiene el Pacto Social y Estatuto Escritura Pública Para cualquier modificación a la Escritura Pública, se sigue la misma formalidad Se Inscribe en el Registro Si no se elevó a Escritura Pública, cualquier socio puede solicitarlo por proceso sumarísimo Del domicilio de la Sociedad Se nombra a los primeros Administradores Art. 5 : Contenido y Formalidades del Acto Constitutivo.
13. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Actos Celebratorios en nombre de la Sociedad Deben ser ratificados luego de la inscripción Inscripción En el Registro Antes de la Queda ratificado Los socios responden personalmente Limitadamente frente a terceros Antes de la Se ratifica en tres meses ? No Si Art. 7 : Actos Anteriores a La Inscripción
14. LEY GENERAL DE SOCIEDADES CONVENIOS Son válidos desde el mismo momento Entre Socios Entre socios y Terceros Prevalecen Pacto Social Contradicción Estatutos Los acuerdos contrarios no valen En que sean debidamente comunicados Art. 8 : Convenios entre Socios o Entre éstos y Terceros
15. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Denominación o Razón Social El que no pertenece a la sociedad Consciente que se incluya su nombre responde solidariamente No se pueden adoptar una denominación completa o abreviada o Razón Social Que tenga Nombres De organismos e instituciones públicas Igual o Semejante De una sociedad Pre Existente Sólo si el socio separado o familiares del fallecido lo consienten Puede conservar el nombre del socio separado o fallecido Art. 9 : DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL
16. LEY GENERAL DE SOCIEDADES DOMICILIO Lugar señalado en el Estatuto O desarrolla sus actividades principales O se instala su administración En caso de la discordancia En lo efectivamente fijado Cualquiera En lo señalado en el registro Art. 20 : DOMICILIO
17. LEY GENERAL DE SOCIEDADES La sociedad constituida en el país Puede establecer Sucursales La sociedad constituida en el Extranjero Puede establecer Sucursales Cualquier lugar del país De no fijar domicilio se presume en Lima En el Pais En el Extranjero Art. 21 : SUCURSALES Y OTRAS DEPENDENCIAS
18. LEY GENERAL DE SOCIEDADES El socio está obligado a Socio Moroso De no cumplir lo puede excluir El aporte No dinerario Se cuenta al momento de efectuar La Escritura Pública Cumplir con su aporte Exige cumplimiento Transfiriendo en propiedad La Sociedad ART. 22 : LOS APORTES
19. LEY GENERAL DE SOCIEDADES APORTE DINERARIO El 1 de enero del 2007, el señor Jorge Luis Contreras Conforma un negocio con un aporte en efectivo de S/. 5,000.00 que sería el capital Inicial. El asiento responde a la ecuación contable : Activo (S/. 5000 en caja ) – Pasivo ( 0 ) = Patrimonio (S/ 5000 Capital ) 5,000.00 5,000.00 10 CAJA Y BANCOS 50 CAPITAL X/X Por el aporte del capital al inicio del ejercicio HABER DEBE --------- X----------
20. LEY GENERAL DE SOCIEDADES APORTE NO DINERARIO El 2 de enero del 2008, el señor Juan Pérez Conforma un negocio con un aporte en mercaderías valorizado S/. 8000 , Muebles y enseres valorizados en S/.15000 Y un vehículo de transporte valorizado en S/. 20000. Que sería su capital El asiento responde a la ecuación contable : Activo (S/. 8000 en Mercaderías, S/. 35000 en Inmuebles, Maquinaria y equipos ) – Pasivo ( 0 ) = Patrimonio (S/ 43000 Capital ) 43 000 8 000 35 000 20 MERCADERIAS 33 INMUEBLES, MAQ. Y EQUIPO 50 CAPITAL X/X Por el aporte del capital al inicio del ejercicio HABER DEBE --------- X----------
21. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Aporte No Dinerario Bienes Derechos de Créditos Escritura Pública (Detalle) Consta Debe incluir informe De valorización Criterios y su valor Art. 27 : VALUACION DE APORTES NO DINERARIOS
22. LEY GENERAL DE SOCIEDADES El Aportante Asume la obligación O Bloque Patrimonial Sanear el Bien Aportado Si es un conjunto De Bienes Debe sanear cada Uno de los Bienes La Sociedad Art. 28 : SANEAMIENTO DE LOS APORTES
23. LEY GENERAL DE SOCIEDADES El Aportante Si se pierde su aportes Antes de su Entrega La Sociedad Lo sustituye por otro Bien cierto Individualizado Bien Incierto Bien en Uso O usufructo No libera su obligación Esta obligado a indem- nizar si es responsable Art. 30 : PÉRDIDA DEL APORTE ANTES DE SU ENTREGA
24. LEY GENERAL DE SOCIEDADES El pacto Social Inscrita la Escritura Pública Sólo Puede ser Nula No cuenta con la Pluralidad requerida Por la Ley Por construir Actividades contrarias A las Leyes Contener pactos contrarios a la Ley o no pactar lo que la Ley exige Por omisión de obligaciones prescritas. La demanda de Nulidad Caduca a los dos años Art. 33 : NULIDAD DEL PACTO SOCIAL
25. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Son Nulos los Acuerdos Societarios Son Nulos los Acuerdos Contrario al pacto Social o Estatuto Aunque cuenten con Con la Mayoría necesaria Cuando se ha Omitidos las Formalidades de Publicidad Cuando se ha Omitidos las Formalidades de Publicidad Que lesione los intereses De la Sociedad Un beneficio de uno o Más socios. Contrarios a las leyes Al Orden público y a Las buenas costumbres Art. 38 : NULIDAD DEL ACUERDO SOCIETARIO
26. LEY GENERAL DE SOCIEDADES No puede ser mayor A las Utilidades El Pacto no puede excluir a Ningún socio Sólo se puede exceptuar al socio industrial El Pacto no puede exonerar a ningún socio En la misma Proporción de los beneficios Asume en proporción a sus aportes A Falta de Pacto Expreso Beneficios Distribución Resultados Pérdidas El Pacto Social puede fijar otras proporciones Le toca en proporción a sus aportes Art. 39 : BENEFICIOS Y PÉRDIDAS
27. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Superintendencia Nacional de los RR.PP. Diario El Peruano Dentro de los 15 Primeros días de Cada mes Relación de Sociedades Constitución Disolución Extinción Que se hayan Inscrito en el mes anterior Relación de Modificaciones Del Estatuto Pacto Social Publica Art. 44 : PUBLICACIONES
28. LEY GENERAL DE SOCIEDADES Las Copias Certificadas Lo pueden autenticar Otros que Se refiere la Ley Actos que Requieren Inscripción Por el Gerente Por el Administrador Por Notarios Art. 46 : COPIAS CERTIFICADAS
30. CASO PRACTICO N° 01 Una sociedad que se constituye en el año 1996 ha obtenido durante los últimos 10 años los Siguientes resultados 10400 2006 Año 10 10500 2005 Año 9 9500 2004 Año 8 -1260 2003 Año 7 -4200 2002 Año 6 7500 2001 Año 5 4800 2000 Año 4 -1250 1999 Año 3 -2500 1998 Año 2 -5000 1997 Año 1 RESULTADOS EJERCICIO N° AÑO
31. Los socios acordaron distribuir beneficios especiales a los fundadores que consta en la entrega de un monto adicional al 8% de la utilidad obtenida en cada ejercicio se requiere saber cuánto es el monto que le corresponde en cada ejercicio y hasta qué año tiene que cobrar. 832 10400 2006 Año 10 840 10500 2005 Año 9 760 9500 2004 Año 8 0 -1260 2003 Año 7 0 -4200 2002 Año 6 600 7500 2001 Año 5 384 4800 2000 Año 4 0 -1250 1999 Año 3 0 -2500 1998 Año 2 0 -5000 1997 Año 1 Participación 8% RESULTADOS EJERCICIO N° AÑO