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ÍNDICE
Página
1 Base normativa 3
2 Objetivo 3
3 Ámbito de aplicación 4
4 Definiciones 4
5 Políticas Generales 5
6 Descripción de actividades 12
7 Diagrama de flujo 17
Anexos
Anexo 1 “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”. 21
Anexo 2 “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción
en la Incorporación Voluntaria al Régimen
Obligatorio”.
25
Anexo 3 “Oficio circular 0952179000/UFC/USE/UISS/23 del
28 de septiembre 20182”.
28
Anexo 4 “ACUERDO relativo a la Autorización del pago
bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona
física por el aseguramiento de los trabajadores
domésticos” publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de agosto de 20142.
32
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1 Base normativa
 Artículos 1, 2, 4, 5, 5 A, 6, 7, 11, 13 fracción II, 22, 26, 84, 91, 93, 106 fracción III, 222,
223, 224, 225, 226, 227, 228, 230, 231 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 y sus reformas;
 Artículos 1, 3, 5, 9, 12, 110 fracción VI y 113 fracción I de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 9 de mayo de 2016;
 Artículos 1, 48 y 49 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión
de los Sujetos Obligados publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de
2017;
 Artículos 1 fracción II, 3, 4, 12 fracción III, 67, 76, 77, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88,
y 89 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de
Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1°
de noviembre de 2002 y sus reformas;
 Artículos 1, 2 fracciones IV inciso a), V, VI incisos b) y c),3 fracción II incisos c), 4, 5,
71, 72 fracciones I inciso d), III y VIII; 139, 142, 144 fracción XVII inciso i), 149, 150 fracción
XVIII y XXVI, 152, 153 y 155 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro
Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006 y sus
reformas;
 Manual de Organización de las Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro
Social, de fecha 18 de diciembre de 2017.
 Circular 09 5217 9000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre 2018
 “ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del
patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos” publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2014.
2 Objetivo
Establecer las políticas y actividades que el personal de las áreas de afiliación deberá
observar para atender de manera correcta el trámite para la incorporación voluntaria al
régimen obligatorio del Seguro Social (IVRO), de los trabajadores domésticos (Modalidad de
aseguramiento 34), con el propósito de que accedan a los beneficios de la Seguridad Social.
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3 Ámbito de aplicación
El presente procedimiento es de observancia obligatoria para la Jefatura de Servicios de
Afiliación y Cobranza, los Departamentos de Supervisión de Afiliación Vigencia, las
Subdelegaciones, los Departamento de Afiliación Vigencia y las Oficinas Auxiliares de
Afiliación y Cobranza.
4 Definiciones
Para efectos del presente procedimiento se entenderá por:
4.1 AFIL-05 A: Aviso de inscripción. Formato definido por el Instituto que será utilizado
como comprobante de la incorporación voluntaria al seguro social.
4.2 asegurados o asegurado: El trabajador o sujeto de aseguramiento inscrito ante el
Instituto, en los términos de la Ley.
4.3 beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina
o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o
pensionado, señalados en la Ley.
4.4 cuotas de la IVRO: Las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a
cargo del patrón persona física del trabajador o trabajadora doméstica.
4.5 IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.6 IVRO: Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social.
4.7 Ley: Ley del Seguro Social.
4.8 movimiento de reingreso: Es el aviso afiliatorio que se presenta con el fin de inscribir
el alta al trabajador en el Seguro Social.
4.9 NRP: Número de Registro Patronal
4.10 NSS: Número de Seguridad Social; es el número de control que el IMSS le asigna a
una persona, cuando es registrado por primera vez ante el IMSS, dicho número es único,
permanente e intransferible.
4.11 RACERF: Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación,
Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
4.12 RIIMSS: Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.13 SINDO: Sistema Integral de Derechos y Obligaciones.
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4.14 SIPARE: Sistema de pago referenciado
4.15 SUE: Sistema Único de Emisión
4.16 trabajadores domésticos: Sujetos de aseguramiento, comprendidos en la fracción II
del artículo 13 de la Ley.
5 Políticas
Generales
5.1 El personal del Departamento de Afiliación y Vigencia realizará sus funciones en
materia de incorporación a la IVRO, modalidad de trabajadores domésticos, en estricto
apego a lo establecido en el presente procedimiento.
5.2 Los titulares de la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, del Departamento de
Supervisión de Afiliación y Vigencia, del Departamento de Afiliación y Vigencia, y de la
Oficina de Afiliación difundirán a su personal operativo el presente procedimiento, para su
debida observancia.
5.3 El Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia y/o el Jefe de Oficina de Afiliación,
previa capacitación sobre la materia del presente procedimiento, deberán designar a los
responsables del trámite en materia de IVRO, en la modalidad de trabajador o trabajador
doméstico.
5.4 Toda consulta relativa a las disposiciones de este procedimiento deberá ser
presentada de conformidad con lo establecido en el Oficio Circular 09 52 17
9000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre de 2018.
Cualquier sugerencia de modificación o adición al contenido del presente procedimiento, se
comunicará vía oficio por el Jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza a la Coordinación de
Afiliación, para que se proceda a su revisión y en su caso aprobación.
5.5 La entrada en vigor de este procedimiento será a partir de la fecha de su registro en el
catálogo institucional y podrá ser consultado en la sección de Normas y Publicaciones de la
Intranet, o bien accediendo a la siguiente dirección electrónica:
http://intranet/normatividad/Paginas/procedimientos.aspx por lo que se dejarán sin efectos
todos los oficios circulares que se opongan a su contenido.
5.6 El incumplimiento, de las disposiciones incluidas en el presente documento, por los
servidores públicos involucrados, será causal de las responsabilidades que resulten
conforme a Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones
aplicables al respecto.
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5.7 El personal realizará sus labores con apego al Código de Conducta y Prevención de
Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos del Instituto Mexicano del Seguro
Social, utilizando el lenguaje incluyente y salvaguardando los principios de igualdad,
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público, así como
con pleno respeto a los derechos humanos y a la no discriminación aprobado por el Consejo
Técnico mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.011215/283.P.DA, de fecha 01 de diciembre de
2015.
5.8 El lenguaje empleado en el presente documento, no busca generar ninguna distinción
ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la
redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.
5.9 Corresponde a la Coordinación de Afiliación, por medio de División de Incorporación
Voluntaria y Convenios, interpretar para efectos administrativos la presente norma y resolver
los casos especiales y no previstos en la misma
5.10 Los titulares de la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, del Departamento de
Supervisión de Afiliación y Vigencia, del Departamento de Afiliación y Vigencia, y de la
Oficina de Afiliación, de conformidad con el artículo 22 de la Ley, no podrá comunicar o dar a
conocer en forma nominativa e individual los documentos que proporcionen al IMSS, ya que
son estrictamente confidenciales.
De la incorporación de los Trabajadores Domésticos.
5.11 En la modalidad de trabajador doméstico el responsable del trámite, deberá considerar
los siguientes elementos:
a) La incorporación voluntaria al régimen obligatorio de los trabajadores
domésticos, se realiza a solicitud expresa del patrón persona física y se hará en
forma individual.
b) Corresponden a este aseguramiento en términos del artículo 222, fracción II de
la Ley, las prestaciones en especie de los seguros de riesgos de trabajo y de
enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez
y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
c) En todos los casos y previamente al aseguramiento, los sujetos de referencia y
sus beneficiaros legales deberán llenar y firmar individualmente el cuestionario
médico que para tal efecto será proporcionado por el IMSS. Tratándose de
menores de edad o en su caso de incapacitados, el llenado y firma del
cuestionario estará a cargo del padre o tutor.
d) Los beneficiarios en esta modalidad de aseguramiento, serán el asegurado
trabajador doméstico y sus beneficiarios legales establecidos en el artículo 84
de la Ley (Esposa o concubina e hijos, estos últimos hasta los 16 años o hasta
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los 25 si se encuentran estudiado en planteles del sistema educativo nacional,
padres del asegurado, siempre y cuando exista convivencia y dependencia),
mismos que deberán someterse a los exámenes y estudios que se determine
para constatar su estado de salud.
e) Se iniciarán los servicios para las incorporaciones en esta modalidad, a partir
del día primero del mes calendario siguiente al de la inscripción, siempre que se
haya concluido correctamente los trámites de incorporación o renovación de
conformidad con el artículo 103 del RACERF.
5.12 El responsable del trámite, proporcionará orientación al patrón del trabajador
doméstico que manifieste su interés en realizar la incorporación, sobre la aplicación de
cuestionarios, exámenes y estudios para constatar el estado de salud del trabajador; sobre
las enfermedades preexistentes y los tiempos de espera, así como las limitaciones de
cobertura, conforme lo establecen los artículos 81, 82, 83 y 84 del RACERF.
5.13 Las disposiciones señaladas en los artículos 81,82 y 83 del RACERF no se aplicarán a
las incorporaciones solicitadas dentro de un plazo de 12 meses posteriores a la baja del
solicitante sea con el carácter de asegurado o de beneficiario legal registrado en el Régimen
Obligatorio del Seguro Social o en el Seguro de Salud para la Familia, siempre que hubiera
estado bajo seguro 52 semanas previas a dicha baja, con fundamento en lo dispuesto en el
artículo 85 del RACERF.
5.14 Tampoco serán aplicables las disposiciones señaladas en el párrafo anterior, para
aquellos sujetos que hubieren estado afiliados a través de Decreto Presidencial y soliciten su
aseguramiento en la IVRO dentro del plazo de 12 meses, contado a partir de la fecha en que
hubiere dejado de ser sujeto del decreto.
5.15 El responsable del trámite informará al patrón del trabajador doméstico, que este tipo
de aseguramiento no tiene conservación de derechos.
5.16 Respecto al periodo, cobertura y costo de las cuotas de aseguramiento en la IVRO
modalidad de trabajador doméstico el responsable del trámite debe considerar:
a) La cuota se determina en función de las primas de financiamiento de los
seguros que ampara el esquema, con base en el salario diario integrado en el
momento de la incorporación, de conformidad con lo establecido en el artículo
27 de la Ley.
b) El pago de la cuota debe cubrirse por anualidades adelantadas o por bimestre
adelantado, a elección, y debe realizarse el mismo mes en que se realiza el
trámite de incorporación.
c) En caso de que el patrón del trabajador doméstico realice el pago de forma
posterior, el inicio del aseguramiento será a partir del día primero del mes
calendario posterior al pago.
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d) El IMSS otorgará facilidades administrativas al patrón del trabajador doméstico
para realizar el pago anticipado de forma bimestral, la cual se puede obtener
únicamente mediante el aplicativo disponible en la página del IMSS, mediante
el servicio de IMSS Digital.
5.17 El responsable del trámite debe solicitar al patrón del trabajador doméstico a inscribir,
la siguiente información y documentación:
a) Requerir únicamente la documentación que se establece en la ficha registrada
ante la CONAMER, y por ningún motivo solicitar información adicional.
b) La ficha está disponible para consulta en la dirección electrónica:
https://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/580662ed8217e64263000086
c) A los trabajadores domésticos se solicitarán los siguientes datos:
 Nombre(s) apellido paterno y materno.
 NSS.
 CURP.
 Sexo.
 Domicilio (Puede ser del patrón, si sus labores implican la pernocta en el
domicilio donde labora).
 Teléfono, en su caso.
 Lugar y Fecha de Nacimiento (Entidad Federativa o País de nacimiento, Día,
Mes, Año).
 Salario Diario Integrado que perciba.
 Nombre(s) apellido(s) paterno y materno de los padres (aun finados).
 Firma o huella dactilar.
d) Documentos de los trabajadores domésticos:
 Identificación oficial, copia y original para su cotejo.
 Comprobante de domicilio, copia y original para su cotejo (Puede ser el del
patrón, si sus labores implican la pernocta en el domicilio donde labora).
 Copia certificada de acta de nacimiento para su cotejo y copia simple.
 CURP, copia.
 Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación
Voluntaria al Régimen Obligatorio (Anexo 2) proporcionado por el IMSS,
llenado por el solicitante y por cada beneficiario a asegurar, excepto a
aquellos que cumplan con lo establecido en el artículo 85 del RACERF.
e) Documentos del patrón de los trabajadores domésticos:
 Identificación Oficial, original y copia.
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 NRP o Tarjeta de Identificación Patronal, original.
 Comprobante del pago de la cuota anual o bimestral anticipada por el
aseguramiento, copia
5.18 El responsable del trámite deberá observar lo siguiente:
a) Se asignará al patrón del trabajador doméstico, un NRP ordinario de modalidad
34 IVRO para trabajador doméstico.
b) El número de serie que corresponde al registro patronal deberá ser solicitado
por el Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia, mediante correo electrónico
a la División de Incorporación Voluntaria y Convenios indicando la clave del
municipio en el que se registrará, a efecto de que le sea comunicado por la
misma vía el número de serie que corresponda.
c) El trámite de incorporación se podrá realizar cualquier día del año a través de
IMSS Digital y en días y horarios hábiles en las ventanillas de atención de las
Subdelegaciones, sin embargo, el inicio de los servicios institucionales será a
partir del primer día del mes calendario siguiente al de la inscripción
5.19 El responsable del trámite, para la inscripción utilizará el formato “Aviso de Inscripción
AFIL-05 A” (Anexo 1) con los datos del trabajador doméstico.
5.20 El patrón del trabajador doméstico, solicitará a la Oficina de Emisión y Pago Oportuno
de la Subdelegación, calcular el monto que debe pagarse por concepto de las cuotas obrero
patronales, conforme al salario diario integrado.
5.21 La terminación de la incorporación en la modalidad de trabajador o trabajadora
doméstica se dará cuando se presente cualquiera de los supuestos mencionados en el
artículo 76 segundo párrafo, 87 y 88 fracción I del RACERF.
5.22 Las incorporaciones voluntarias en la modalidad de trabajador doméstico, que hayan
concluido su periodo anual de cobertura, serán enviados a proceso de baja, lo anterior con
independencia de que se procese el movimiento de reingreso en aquellos que se haya
celebrado la renovación de su incorporación. Ninguna incorporación debe tener periodo
abierto mayor a un año.
5.23 La documentación generada por la incorporación para trabajadores domésticos deberá
ser resguardada en un expediente por trabajador y sus beneficiarios legales asegurados:
La identificación de dicho expediente deberá realizarse conforme a la siguiente
nomenclatura “MM-DD-SS-XXXX Nombre del trabajador”
Dónde: MM: corresponde al mes de contratación en número (dos dígitos)
DD: Corresponde al número de la Delegación (dos dígitos)
SS: Corresponde al número de la Subdelegación (dos dígitos)
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XXXX: Corresponde al número consecutivo que se asigna a cada contratación (cuatro
dígitos)
Nombre del asegurado: iniciando por el primer apellido, segundo apellido y
nombre(s).
Ejemplo: “06-1422-0001 Hernández Téllez Claudia”
De la Renovación
5.24 En el proceso de renovación en la modalidad de trabajador doméstico, el responsable
del trámite deberá considerar que la renovación oportuna debe realizarse dentro del plazo de
los 30 días naturales anteriores a la fecha del vencimiento.
5.25 En el caso de la renovación extemporánea el titular de la Subdelegación podrá
autorizar la misma si se solicita dentro de un plazo de treinta días naturales posteriores al
vencimiento del aseguramiento, dicha renovación surtirá efectos a partir del día siguiente al
de la conclusión del periodo asegurado inmediato anterior, de conformidad con el artículo 80
del RACERF y 150 del RIMSS fracción XXVI.
5.26 De no realizarse la renovación en los plazos señalados la siguiente inscripción se
considerará como inicial para todos los efectos legales.
5.27 En caso de presentarse en la renovación alguna modificación de los documentos
exhibidos durante la incorporación, el responsable del trámite deberá actualizar el expediente
del contratante.
5.28 Los expedientes de las IVRO en la modalidad de trabajador doméstico que no
renueven su incorporación, se conservarán en el archivo de trámite de la Subdelegación por
dos años, a partir del vencimiento del periodo asegurado, al término del cual serán enviados
al archivo de concentración.
5.29 El Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia será el responsable del control de los
expedientes correspondientes a esta modalidad de aseguramiento.
Seguimiento
5.30 El Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia integrará mensualmente una relación
de las personas que se hayan incorporado a los que se aplicarán las disposiciones
contenidas en los artículos 81, 82 y 83 del RACERF desde el ámbito de su competencia de
afiliación. Será enviada en un plazo que no exceda de los 3 días previo al inicio de vigencia
de los servicios, a la Jefatura de Supervisión de Afiliación Vigencia delegacional.
5.31 El Jefe de Supervisión de Afiliación Vigencia consolidará las relaciones recibidas de
las Subdelegaciones que estén en el ámbito de su circunscripción y las remitirá mediante
oficio dentro de los siguientes dos días hábiles al Jefe de Servicio Médicos Delegacional, a
efecto de que dicha área asuma las medidas que correspondan en el ámbito de las
atribuciones que le otorga el RIIMSS.
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Del proceso de inscripción a la IVRO en la modalidad de trabajador doméstico en el
servicio de IMSS Digital:
5.32 El Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia, o el Jefe de Oficina o el responsable
del trámite, informará al patrón del trabajador domestico interesado en realizar el trámite de
incorporación voluntaria, que el IMSS cuenta con un canal no presencial denominado IMSS
Digital. Su acceso es mediante la siguiente dirección electrónica:
https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home
5.33 El responsable del trámite deberá hacer énfasis en la siguiente información :
 Se debe pagar en el estricto orden que establecen las líneas de pago que le
sean generadas en el aplicativo, cuando es en forma bimestral, en caso
contrario, se afectará la vigencia de la cobertura.
 De ser el caso, la renovación oportuna se deberá realizar en la
Subdelegación, en el plazo establecido para tal efecto en el RACERF.
5.34 En caso de que se tenga conocimiento de una incidencia originada en algún trámite
realizado en IMSS Digital, el Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia deberá
reportarla a la Mesa de servicio http://mst.imss.gob.mx/shared/login.jsp?/ a efecto de
generar un ticket para su atención, el cual deberán enviar mediante correo electrónico a
la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, para su revisión y gestión de
solución ante las áreas involucradas.
Responsable Actividades
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6. Descripción de actividades
Responsable del trámite 1 Recibe del patrón del trabajador doméstico
interesado, escrito libre y la documentación necesaria
para la incorporación, en original y en copia de
acuerdo con la política 5.17 del presente
procedimiento.
2 Verificar si el patrón del trabajador doméstico, cuenta
con NRP en modalidad 34.
El patrón de trabajador doméstico no cuenta con
NRP en modalidad 34
3 Solicita vía correo electrónico a la División de
Incorporación Voluntaria y Convenios de la
Coordinación de Afiliación se genere NRP en
modalidad 34.
Nota: Al solicitar el NRP se deberá incluir la clave de municipio.
4 Recibe de la División de Incorporación Voluntaria y
Convenios el NRP en modalidad 34, disponible para
su asignación.
5 Asigna nombre o denominación al NRP en modalidad
34.
6 Entrega la “Tarjeta de Identificación patronal” clave
9210-009-106.
El patrón de trabajador doméstico sí cuenta con NRP
en modalidad 34.
7 Revisa los datos de identificación y documentación de
los trabajadores domésticos de acuerdo a la política
5.17, y verifica en SINDO si el trabajador domestico
cuenta con NSS.
Los trabajadores domésticos no cuentan con
NSS
8 Localiza y asigna de conformidad con lo establecido
en el “Procedimiento para la asignación o localización
de Número de Seguridad Social”, clave 9210-003-
Responsable Actividades
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201, o en su caso, lo obtiene a través de la página
web del IMSS,
http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02008
Los trabajadores domésticos sí cuentan con
NSS
Responsable del trámite 9 Revisa en SINDO los antecedentes de los
trabajadores domésticos, como asegurado e identifica
con base en el último periodo de aseguramiento la
aplicación o no del “Cuestionario Médico Individual
para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al
Régimen Obligatorio” (Anexo 2), tiempos de espera y
enfermedades preexistentes. De conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del RACERF.
Los trabajadores domésticos son sujetos a la
aplicación del llenado del cuestionario médico,
aplicación de restricciones y tiempos de
espera.
10 Entrega al patrón de trabajador doméstico el
“Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en
la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio”
(Anexo 2) para que sea llenado y firmado en forma
individual por el sujeto de aseguramiento y sus
beneficiarios legales.
NOTA: Tratándose de menores de edad o, en su caso, de
incapacitados, el llenado y firmado del cuestionario estará a
cargo del asegurado.
11 Recibe del patrón de trabajador doméstico el
“Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en
la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio”
(Anexo 2), en original y copia debidamente llenado
por el sujeto de aseguramiento.
Los trabajadores domésticos no son sujetos a la
aplicación del llenado del cuestionario médico,
aplicación de restricciones y tiempos de espera.
12 Procede al llenado del “Aviso de Inscripción AFIL-05
A” (Anexo 1) en original y copia, con los datos del
NRP, así como la información y documentación de los
trabajadores domésticos y entrega el original al patrón
de trabajador doméstico, para que éste solicite en la
Oficina de Emisiones y Pago Oportuno, el monto que
Responsable Actividades
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debe pagar por concepto de cuotas obrero
patronales.
Patrón del trabajador
doméstico
13 Solicita a la oficina de emisiones y pago oportuno, el
monto a pagar por concepto de cuota anual o
bimestral anticipada de acuerdo al salario reportado
por el patrón del trabajador doméstico
NOTA: Las cuotas obrero patronales correspondientes se
cubrirán conforme al salario diario integrado de acuerdo con el
artículo 27 de la Ley.
14 Recibe de la Oficina de emisiones y pago oportuno el
archivo de pago con el monto a pagar por concepto
de la cuota anual o bimestral anticipada de acuerdo
con el salario reportado por él.
Responsable del trámite 15 Recibe del patrón el archivo de pago y le entrega el
original del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”, (Anexo
1) con los datos del NRP y del sujeto de
aseguramiento, para su firma.
16 Recibe del patrón del trabajador doméstico, original y
copia el “Comprobante del pago de las cuotas obrero
patronales”, con sello y firma de la entidad receptora,
así como “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1).
17 Impone sello de recibido en el “Aviso de Inscripción
AFIL-05 A” (Anexo 1).
En el caso de las incorporaciones que apliquen las
disposiciones de los artículos 81, 82 y 83 del
RACERF, se deberá imponer la leyenda “Sin
restricciones” o bien “Con restricciones y tiempos de
espera”, en todos los tantos de los avisos de
incorporación, según corresponda.
Nota: Las leyendas se deben aplicar de conformidad con el artículo del
RACERF y el 83 del mismo ordenamiento, para los tiempos de espera.
Recaba nombre y firma del Jefe de Departamento de
Afiliación Vigencia y lo entrega al patrón del
trabajador doméstico, como comprobante de la
incorporación.
18 Comunica al patrón del trabajador doméstico:
 Período de vigencia del seguro y fecha de inicio y
Responsable Actividades
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fin de los servicios médicos.
 Número y ubicación física de la UMF a la que fue o
fueron adscritos él y sus beneficiarios.
 Los documentos que debe presentar en la UMF.
 Realizar su registro en la UMF, para que se le(s)
asigne consultorio y turno de consulta.
 Fecha de renovación oportuna y que deberá
realizarla en la Subdelegación que le corresponda.
Responsable del trámite 19 Envía al área de captura Delegacional con la guía
372, copia legible del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”
(Anexo 1) debidamente firmado y sellado, para su
impacto en la cuenta individual del asegurado en
SINDO.
20 Recibe del área de captura de la Delegación los
siguientes documentos:
 La copia del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”
(Anexo 1).
Los reportes del SINDO:
 “AFIL-67 de Cifras Control”
 “AFIL-32 Cifras de Control de Movimientos de
Asegurados por Guía”
 “AFIL-14 Total de errores de Asegurados por
movimiento y tipo de error “
 “AFIL-40 Total de errores de Asegurados por
movimientos y tipo de error por Guía”.
21 Verifica, con base en los reportes recibidos, que los
trabajadores domésticos inscritos se encuentren
registrados de manera correcta en SINDO. Es decir,
en tiempo y forma.
Los reportes no están reflejados de manera
correcta en SINDO
22 Corrige la información inconsistente mediante la
opción de consulta en SINDO y envía al área de
Responsable Actividades
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Captura Delegacional con la “guía 372”, para su
proceso.
Responsable del trámite 23 Recibe del área de captura “AFIL-24 Movimientos
operados de Asegurados” por corrección.
Los reportes están reflejados de manera
correcta en SINDO
24 Integra “Expediente del asegurado”, con original del
“Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1) copia
del(os) cuestionario(s) médico(s), así como la copia
de los documentos personales y los archiva de
acuerdo con la política 5.24.
25 Revisa los últimos dos días de cada mes la fecha del
término del aseguramiento anual de las
incorporaciones voluntarias, elabora para los grupos
con periodos concluidos el “Aviso de Baja” AFIL-04 y
lo envía al área de captura Delegacional para su
proceso.
26 Recibe la “Solicitud de renovación oportuna” de la
IVRO de trabajador doméstico, en el periodo de los
30 días naturales anteriores a la fecha de vencimiento
del aseguramiento.
Continúa en la actividad 12.
27 El Subdelegado podrá autorizar extemporáneamente
la renovación del aseguramiento, si se solicita dentro
de un plazo de treinta días naturales posteriores al
vencimiento del mismo, dicha renovación surtirá sus
efectos a partir del día siguiente al de la conclusión de
la incorporación anterior.
Fin del procedimiento
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7. Diagrama de flujo
Número de
registro
patronal
modalidad 34
1O1C
Documentación
INICIO
RESPONSABLE DEL
TRAMITE
Recibe del patrón de los
trabajadores domésticos
la documentación de
acuerdo a la política 5.15
Verifica que el patrón
cuente con registro
patronal en modalidad
34
¿Cuenta con
registro patronal en
modalidad 34?
Solicita a la División de
Incorporación Voluntaria
y Convenios, genere
número modalidad 34
NOTA
7
SI
1
2
3
NO
Recibe de la División de
Incorporación Voluntaria
y Convenios, número de
registro patronal
modalidad 34
4
Asigna nombre o
denominación al número
de registro patronal en
modalidad 34
5
Tarjeta de
Identificación
patronal
9210-009-106
Entrega la Tarjeta
6
Revisa datos de
identificación de los
trabajadores domésticos
de acuerdo a la política
5.15, y verifica si cuenta
con NSS
7
¿Cuenta con NSS?
No
Si
2
Localiza y asigna de
conformidad con
procedimiento
8
9210-
003-201
a
a
Cuestionario
Médico
(Anexo 2)
7
Revisa en SINDO
antecedentes e identifica
aplicación Cuestionario
médico
NOTA
9
¿Son sujetos a la
aplicación del
cuestionario?
12
SI
A
NO
Página 18 de 33 Clave: 9210-003-608
Cuestionario
Médico
(Anexo 2)
Cuestionario
Médico
(Anexo 2)
Entrega al patrón
cuestionario para llenado
y firmado individual por
el sujeto de
aseguramiento
NOTA
Recibe del patrón
Cuestionario requisitado
por el sujeto de
aseguramiento
10
11
A
Archivo de
pago
1O1C
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
9
Procede al llenado del
Aviso del registro
patronal y de los
trabajadores y entrega al
patrón
12
Solicita al Departamento
de emisiones el monto a
pagar
NOTA
13
Recibe del
Departamento el archivo
de pago con el monto a
pagar
14
O1
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
Archivo de
pago
Entrega al patrón
persona archivo de pago
y AFIL con datos del
registro patronal y sujeto
de aseguramiento para
firma
NOTA
15
b
b
O1
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
1O1C
Comprobante del
pago
Recibe del patrón
Comprobante del pago
con sello y firma de la
entidad receptora y AFIL
16
O1
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
Impone sello al AFIL
recaba firma Del
Departamento de
Afiliación Vigencia y
entrega al patrón como
comprobante de
incorporación inicial
NOTA
17
Comunica al patrón
Periodo, UMF,
documentos y
renovación
18
B
Página 19 de 33 Clave: 9210-003-608
AFIL 24
Movimientos
operados de
Asegurados
Documentación
C1
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
Envía al área de captura
de la subdelegación con
la guía 372, AFIL
firmado y sellado, para la
cuenta en SINDO
B
19
Recibe del área de
captura de la
subdelegación los
documentos
20
Verifica con base en
reportes que los
trabajadores se
encuentre registrado de
manera correcta en
SINDO
21
¿Los reportes están
reflejados correctos
en SINDO?
24
SI
Corrige la información
mediante SINDO y envía
al área de captura
delegacional con la guía
372, para su proceso
22
NO
Recibe del área de
captura AFIL por
corrección
23
C
Página 20 de 33 Clave: 9210-003-608
Solicitud de
renovación
AFIL-04
Expediente del
Asegurado
C1
Documentación
C1
Cuestionario
Médico
(Anexo 2)
O1
Aviso de
Inscripción AFIL-
05 A
(Anexo 1)
Integra Expediente,
AFIL, cuestionario y
documentos
24
21
Temporal
Revisa los primeros dos
días de cada mes fecha
del término elabora para
los concluidos AFILenvía
al área de captura para
su proceso
25
Recibe la Solicitud de
renovación del patrón
persona física de los
trabajadores, en el
periodo de 30 días
previos a la baja
NOTA
26
FIN
C
Solicitud de
renovación
extemporánea
Recibe solicitud para
consideración de
autorización
27
Página 21 de 33 Clave: 9210-003-608
ANEXO 1
“Aviso de Inscripción en los Seguros Especiales”
AFIL-05 A
Página 22 de 33 Clave: 9210-003-608
1
2
3
4
5 6 7
8
9
10
11
12
13 14
15
16
18
20
Página 23 de 33 Clave: 9210-003-608
LOS SUJETOS DE ASEGURAMIENTO OBJETO DE ESTE AVISO, SON LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULO 13, 235 Y 240 DE LA LEY DEL SEGURO
SOCIAL.
EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, SEGÚN EL ESQUEMA DE ASEGURAMIENTO DE
QUE SE TRATE, SE SOMETERÁN A LOS EXAMENES Y ESTUDIOS QUE EL INSTITUTO DETERMINE PARA CONSTATAR SU ESTADO DE SALUD.
PREVIO AL ASEGURMIENTO, EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, DEBERÁN LLENAR Y
FIRMAR INDIVIDUALMENTE EL CUESTIONARIO MÉDICO, EL CUAL SERÁ PROPORCIONADO POR EL INSTITUTO. PARA EL CASO DE MENORES DE
EDAD E INCAPACITADOS, EL LLENADO Y FIRMA DEL CUESTIONARIO MÉDICO ESTARÁ A CARGO DEL PADRE O TUTOR.
EL INSTITUTO OTORGARÁ AL CONTRATANTE Y A SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, LAS PRESTACIONES
EN ESPECIE DEL SEGURO DE ENFERMEDADES Y MATERNIDAD, QUE CONSISTEN EN: ASISTENCIA MEDICO-QUIRURGICA, FARMACEÚTICA Y
HOSPITALARIA, EN LA UNIDAD MÉDICA QUE CORRESPONDA A SU DOMICILIO.
EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES PRESENTEN DURANTE EL
PRIMER AÑO DE VIGENCIA, ALGUNA DE LAS ENFERMEDADES PREEXISTENTES, SEÑALADAS EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO
SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN Y NO HUBIERA SIDO DECLARADA AL
MOMENTO DE LLENAR EL CUESTIONARIO MÉDICO, SERÁ EXLUIDO DEL ASEGURAMIENTO.
CONFORME AL REGLAMENTO ANTES CITADO, QUEDAN CONDICIONADOS LOS SERVICIOS INSTITUCIONALES POR LOS PADECIMIENTOS O
TRATAMIENTOS QUE SE SEÑALAN, DURANTE LOS TIEMPOS DE ESPERA QUE EN EL MISMO SE ESTABLECEN, ASIMISMO SE EXCLUIRAN DE LOS
SERVICIOS INSTITUCIONALES LOS PADECIMIENTOS O TRATAMIENTOS CONTEMPLADOS EN EL MISMO ORDENAMIENTO.
EL ASEGURAMIENTO TERMINA POR VENCIMIENTO DE LA ANUALIDAD CONTRATADA, SI NO SE RENUEVA DENTRO DEL PLAZO ANOTADO EN ESTE
AVISO.
DE LA MISMA MANERA PODRÁ DARSE POR TERMINADO EL ASEGURAMIENTO, SIN PERJUICIO DE QUE EL INSTITUTO PUEDA COBRAR LA
ATENCIÓN MÉDICA QUE SE OTORGÓ, SI COMPRUEBA QUE EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y
ADICIONALES, HICIERON USO INDEBIDO DEL DOCUMENTO QUE ACREDITA LA CALIDAD DE ASEGURADO.
EN NINGÚN CASO DE TERMINACIÓN DEL ASEGURAMIENTO ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PERIODO CUBIERTO POR LA CUOTA, EL INSTITUTO
HARÁ DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD PAGADA.
TODOS LOS ASPECTOS NO CONSIDERADOS EN ESTE DOCUMENTO, SE SUJETARÁN A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL
SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN.
ENTERADO .
_____________________________________________
FIRMA DEL CONTRATANTE .
Página 24 de 33 Clave: 9210-003-608
Página 25 de 33 Clave: 9210-003-608
ANEXO 2
“Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al
Régimen Obligatorio”
Página 26 de 33 Clave: 9210-003-608
Antes de llenar el presente formato deberá tomar en consideración lo siguiente:
1.-LAS PARTES SOMBREADAS SON PARA USO EXCLUSIVO DEL IMSS. FAVOR DE NO ESCRIBIR SOBRE ELLAS.
2.-LLENAR LOS ESPACIOS CON TODOS LOS DATOS SOLICITADOS SIN OMITIR INFORMACIÓN.
Para evitar tachaduras o enmendaduras, sugerimos leer cuidadosamente las siguientes instrucciones utilizando letra de molde y
bolígrafo de tinta negra en las áreas no sombreadas.
1.-DATOS DEL TITULAR O BENEFICIARIO LEGAL
Inicie señalando si el cuestionario es del titular del seguro o especifique el beneficiario legal, prosiga con su apellido paterno,
materno y nombre(s), el domicilio con la calle, número y colonia; ciudad/población, municipio/delegación, estado, código postal y
teléfono. Lugar y fecha de nacimiento señalando día, mes, año, edad actual. Marque con una "X", en la (H) si es hombre o en la (M)
si es mujer, siguiendo con el estado civil. Igualmente marque con una "X" su nivel mas alto de estudios e indique su ocupación.
2.-MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO
Las partes sombreadas son para uso exclusivo del IMSS. En ella se especifica el tipo de contratación, y el nombre y
firma del empleado que verifica la información.
3.-HISTORIA DE HÁBITOS PERSONALES
Lea cuidadosamente y responda tachando el círculo correspondiente y/o poniendo con número la información que se requiere.
Este apartado tiene por objeto saber un poco más acerca de su condición física y alguno de sus hábitos personales.
4.-HISTORIA DE ENFERMEDADES
En el siguiente cuadro tiene que tachar con una "X" si tiene o padeció alguna de las enfermedades que se enlistan. En caso de que
usted no haya tenido alguna de ellas deje el espacio en blanco.
1.-Presentarse en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde, con la copia del cuestionario médico. Para realizar
su registro como derechohabiente así como para cada uno de los familiares inscritos. Se les proporcionará su Cartilla Nacional
de Salud.
Lea cuidadosamente lo siguiente:
1.-No procede la contratación de la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio, para el integrante del núcleo familiar asegurado
que al llenar la solicitud de inscripción, padece alguna de las enfermedades contenidas en el presente cuestionario médico.
2.-El seguro será cancelado cuando el Instituto Mexicano del Seguro Social diagnostique alguno de estos padecimientos y se
precise que es preexistente, durante el primer año de vigencia de su inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen
Obligatorio.
3.-En todos los casos, cuando se presente la situación arriba mencionada, no habrá devolución de cuota.
4.-En todos los casos, perderá el seguro únicamente quien presente el padecimiento, manteniéndose el aseguramiento para el
resto de la familia inscrita.
5.-Todos los miembros del núcleo familiar asegurado deberán presentarse a revisión médica durante los primeros seis meses de
su aseguramiento.
6.-Declaro decir la verdad en el presente cuestionario y estoy de acuerdo, en caso de haber faltado a la misma,
que sea cancelado el seguro, el aseguramiento del miembro o miembros que hubieran incurrido en falsedad,
sin responsabilidad para el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Después de leer y llenar el Cuestionario Médico, bajo protesta de decir verdad, suscribo el presente y acepto mi incorporación al
Instituto Mexicano del Seguro Social en los términos que indica el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación,
Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 1º de noviembre
de 2002.
FIRMA DEL TITULAR DEL SEGURO
Y/O PADRE O TUTOR EN CASO DE M ENORES DE EDAD
LUGAR Y FECHA
ACEPTO LAS CONDICIONES ARRIBA MENCIONADAS
FIRMA DEL INTERESADO
CUESTIONARIO MÉDICO INDIVIDUAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN LA INCORPORACIÓN
VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
INSTRUCCIONES DE LLENADO
REQUISITOS PARA RECIBIR SERVICIO MÉDICO
CONDICIONES
Página 27 de 33 Clave: 9210-003-608
1. DATOS DEL TITULAR O BENEFICIARIO LEGAL
TITULAR ESPOSA(O) CONCUBINA(RIO) HIJO(A) BENEFICIARIO PADRE BENEFICIARIA MADRE
PRIM ARIA SECUNDARIA PREPARATORIA
ESCUELA TECNICA PROFESIONAL
2. MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO
3. HISTORIA DE HABITOS PERSONALES MARQUE CON UNA X (CON NUMERO EN SU CASO)
SI NO 3. ¿FUMA CIGARRILLOS? SI NO
1. ¿REALIZA ACTIVIDAD FISICA PERIODICA? SI LA RESPUESTA ES SI:
2. ¿TOMA BEBIDAS ALCOHOLICAS? A) CUANTOS CIGARRILLOS AL DÍA ?
SI LA RESPUESTA ES SI: B) DESDE HACE CUANTO TIEMPO? AÑOS
A) ¿CUÁNTAS COPAS POR SEMANA? 4. ¿ACOSTUMBRA AUTOMEDICARSE?
B) ¿DESDE HACE CUANTO TIEMPO? AÑOS 5. ESTATURA MTS. PESO KG.
4. HISTORIA DE ENFERMEDADES MARQUE CON UNA X SI TIENE O PADECE ALGUNA DE LAS ENFERMEDADES SIGUIENTES:
1. ALERGIA O ASMA 9. REUMAT ISMO O ART RIT IS
2. ENFERMEDADES CRÓNICAS DE LA SANGRE 10. T UBERCULOSIS
3. CANCER O T UMORES 11. ULCERA DEL EST OMAGO
4. DIABET ES MELLIT US CON: 12. SIDA
A) INSUFICIENCIA RENAL 13. V.I.H. POSIT IVO
B) RET INOPAT ÍA 14. ENFERMEDADES CONGÉNIT AS (DESDE EL NACIMIENT O)
C) NEUROPAT ÍA 15. BRONQUIT IS CRÓNICA
D) INSUFICIENCIA CIRCULAT ORIA PERIFÉRICA 16. ACCIDENT E VASCULAR O EMBOLIA
5. ENFERMEDADES DEL CORAZÓN 17. DEFORMACIONES O LIMIT ACIONES DE MOVIMIENT O POR
6. ENFERMEDADES DEL HIGADO ACCIDENT ES O ENFERMEDADES
7. ENF. NERVIOSAS O PSIQUIÁT RICAS CRÓNICAS 18. ALCOHOLISMO ADICT IVO (FRECUENT E)
8. PRESIÓN ART ERIAL ALT A 19. ADICCIÓN POR SUST ANCIAS T ÓXICAS (FRECUENT E)
Antes de llenar el presente formato deberá tomar en consideración lo siguiente:
1.-LAS PARTES SOMBREADAS SON PARA USO EXCLUSIVO DEL IMSS. FAVOR DE NO ESCRIBIR SOBRE ELLAS.
2.-LLENAR LOS ESPACIOS CON TODOS LOS DATOS SOLICITADOS SIN OMITIR INFORMACIÓN.
ESCOLARIDAD
APLICA DISPOSICIONES DE EXCLUSION POR
ENFERMEDADES PREEXIST ENT ES Y
T IEMPOS PARA RECIBIR LOS SERVICIOS
INST IT UCIONALES
TIPO DE CONTRATACION
(individual/c olec tivo)
MODALIDAD
H M
CLAVE DELEGACION DE
ADSCRIPCION
UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR
OCUPACION
CP.E.P.E.
S I NO
R.T.
XX
RCV
XX
XX
43 INCORPORACION VOLUNT ARIA DEL CAMPO AL REGIMEN OBLIGAT ORIO
XX XX XX XX
35 PAT RON PERSONA FISICA CON T RABAJADORES ASEG. A SU SERVICIO
XX XX XX
38 T RABAJADOR AL SERV. DEL GOB. DE LOS EST ADOS O MUNICIPIOS
42 T RABAJADOR DE LAS ADMINIST RACIONES PUBLICAS
XX
R.T . RIESGO DE T RABAJO E . y M . ENFERMEDADES Y MAT ERNIDAD I.V . INVALIDEZ Y VIDA R. RET IRO C. CESANT IA EN EDAD
AVANZADA V . VEJEZ P .D. PREST ACIONES EN DINERO P .E . PREST ACIONES EN ESPECIE
XX
CUESTIONARIO MÉDICO INDIVIDUAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN LA INCORPORACIÓN
VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
XX XX44 T RABAJADOR INDEPENDIENT E
XX
XX
XX
XXXX XX XX XX
XX XXXX
XX XX34 T RABAJADOR DOMEST ICO XX XX
LUGAR DE NACIMIENTO FECHA DE NACIMIENTO EDAD ESTADO CIVIL
DÍA MES AÑO
SEXO
NOM BRE Y FIRM A DEL EM PLEADO QUE VERIFICA LA INFORM ACIÓNF EC HA D E IN IC IO D E SER V IC IOS
P.D.
POBLACION ESTADO CODIGO POSTAL TELEFONO
CALLE Y/O MANZANA NUMERO COLONIA Y/O POBLACION CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACION
P.D.
E. y M . I.V
R V
AGREGADO MEDICOAPELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE (S ) No. DE SEGURIDAD SOCIAL
Página 28 de 33 Clave: 9210-003-608
ANEXO 3
Oficio Circular 0952179000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre 2018.
Página 29 de 33 Clave: 9210-003-608
Página 30 de 33 Clave: 9210-003-608
Página 31 de 33 Clave: 9210-003-608
Página 32 de 33 Clave: 9210-003-608
ANEXO 4
“ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón
persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos” publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2014.”
Página 33 de 33 Clave: 9210-003-608
Martes 26 de agosto de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el
aseguramiento de los trabajadores domésticos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del
Seguro Social.- Secretaría General.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio del presente año, dictó el Acuerdo
ACDO.SA2.HCT.250614/140.P.DIR, en los siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción II, 222, fracción II, inciso
b), 224, 251, fracciones I, II, IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro
Social; 3, fracción II, inciso c), 6, fracción VI, 31, fracciones IV y XX, 71, fracciones I y XXI, y 72, fracciones I y
IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento
presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante
oficio número 42 del 13 de junio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio
Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 11 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar el
pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o los trabajadores
domésticos. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso,
establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la
incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio. Tercero.- El presente Acuerdo entrará en
vigor una vez que el Instituto Mexicano del Seguro Social, ponga a disposición del patrón persona física con
trabajadores domésticos, el aplicativo que posibilite el pago bimestral, a través del portal de internet del
Instituto, www.imss.gob.mx. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios
ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario
Oficial de la Federación”.
Atentamente
México, D.F., a 26 de junio de 2014.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.
(R.- 395581)

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Procedimiento interno IMSS Inscripción a las trabajadoras domesticas

  • 1.
  • 2. Página 2 de 33 Clave: 9210-003-608 ÍNDICE Página 1 Base normativa 3 2 Objetivo 3 3 Ámbito de aplicación 4 4 Definiciones 4 5 Políticas Generales 5 6 Descripción de actividades 12 7 Diagrama de flujo 17 Anexos Anexo 1 “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”. 21 Anexo 2 “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio”. 25 Anexo 3 “Oficio circular 0952179000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre 20182”. 28 Anexo 4 “ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 20142. 32
  • 3. Página 3 de 33 Clave: 9210-003-608 1 Base normativa  Artículos 1, 2, 4, 5, 5 A, 6, 7, 11, 13 fracción II, 22, 26, 84, 91, 93, 106 fracción III, 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 230, 231 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 y sus reformas;  Artículos 1, 3, 5, 9, 12, 110 fracción VI y 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2016;  Artículos 1, 48 y 49 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017;  Artículos 1 fracción II, 3, 4, 12 fracción III, 67, 76, 77, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, y 89 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de noviembre de 2002 y sus reformas;  Artículos 1, 2 fracciones IV inciso a), V, VI incisos b) y c),3 fracción II incisos c), 4, 5, 71, 72 fracciones I inciso d), III y VIII; 139, 142, 144 fracción XVII inciso i), 149, 150 fracción XVIII y XXVI, 152, 153 y 155 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas;  Manual de Organización de las Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, de fecha 18 de diciembre de 2017.  Circular 09 5217 9000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre 2018  “ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2014. 2 Objetivo Establecer las políticas y actividades que el personal de las áreas de afiliación deberá observar para atender de manera correcta el trámite para la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social (IVRO), de los trabajadores domésticos (Modalidad de aseguramiento 34), con el propósito de que accedan a los beneficios de la Seguridad Social.
  • 4. Página 4 de 33 Clave: 9210-003-608 3 Ámbito de aplicación El presente procedimiento es de observancia obligatoria para la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, los Departamentos de Supervisión de Afiliación Vigencia, las Subdelegaciones, los Departamento de Afiliación Vigencia y las Oficinas Auxiliares de Afiliación y Cobranza. 4 Definiciones Para efectos del presente procedimiento se entenderá por: 4.1 AFIL-05 A: Aviso de inscripción. Formato definido por el Instituto que será utilizado como comprobante de la incorporación voluntaria al seguro social. 4.2 asegurados o asegurado: El trabajador o sujeto de aseguramiento inscrito ante el Instituto, en los términos de la Ley. 4.3 beneficiarios: el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado, señalados en la Ley. 4.4 cuotas de la IVRO: Las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a cargo del patrón persona física del trabajador o trabajadora doméstica. 4.5 IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.6 IVRO: Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. 4.7 Ley: Ley del Seguro Social. 4.8 movimiento de reingreso: Es el aviso afiliatorio que se presenta con el fin de inscribir el alta al trabajador en el Seguro Social. 4.9 NRP: Número de Registro Patronal 4.10 NSS: Número de Seguridad Social; es el número de control que el IMSS le asigna a una persona, cuando es registrado por primera vez ante el IMSS, dicho número es único, permanente e intransferible. 4.11 RACERF: Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. 4.12 RIIMSS: Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.13 SINDO: Sistema Integral de Derechos y Obligaciones.
  • 5. Página 5 de 33 Clave: 9210-003-608 4.14 SIPARE: Sistema de pago referenciado 4.15 SUE: Sistema Único de Emisión 4.16 trabajadores domésticos: Sujetos de aseguramiento, comprendidos en la fracción II del artículo 13 de la Ley. 5 Políticas Generales 5.1 El personal del Departamento de Afiliación y Vigencia realizará sus funciones en materia de incorporación a la IVRO, modalidad de trabajadores domésticos, en estricto apego a lo establecido en el presente procedimiento. 5.2 Los titulares de la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, del Departamento de Supervisión de Afiliación y Vigencia, del Departamento de Afiliación y Vigencia, y de la Oficina de Afiliación difundirán a su personal operativo el presente procedimiento, para su debida observancia. 5.3 El Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia y/o el Jefe de Oficina de Afiliación, previa capacitación sobre la materia del presente procedimiento, deberán designar a los responsables del trámite en materia de IVRO, en la modalidad de trabajador o trabajador doméstico. 5.4 Toda consulta relativa a las disposiciones de este procedimiento deberá ser presentada de conformidad con lo establecido en el Oficio Circular 09 52 17 9000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre de 2018. Cualquier sugerencia de modificación o adición al contenido del presente procedimiento, se comunicará vía oficio por el Jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza a la Coordinación de Afiliación, para que se proceda a su revisión y en su caso aprobación. 5.5 La entrada en vigor de este procedimiento será a partir de la fecha de su registro en el catálogo institucional y podrá ser consultado en la sección de Normas y Publicaciones de la Intranet, o bien accediendo a la siguiente dirección electrónica: http://intranet/normatividad/Paginas/procedimientos.aspx por lo que se dejarán sin efectos todos los oficios circulares que se opongan a su contenido. 5.6 El incumplimiento, de las disposiciones incluidas en el presente documento, por los servidores públicos involucrados, será causal de las responsabilidades que resulten conforme a Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables al respecto.
  • 6. Página 6 de 33 Clave: 9210-003-608 5.7 El personal realizará sus labores con apego al Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos del Instituto Mexicano del Seguro Social, utilizando el lenguaje incluyente y salvaguardando los principios de igualdad, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen el servicio público, así como con pleno respeto a los derechos humanos y a la no discriminación aprobado por el Consejo Técnico mediante Acuerdo ACDO.SA2.HCT.011215/283.P.DA, de fecha 01 de diciembre de 2015. 5.8 El lenguaje empleado en el presente documento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos. 5.9 Corresponde a la Coordinación de Afiliación, por medio de División de Incorporación Voluntaria y Convenios, interpretar para efectos administrativos la presente norma y resolver los casos especiales y no previstos en la misma 5.10 Los titulares de la Jefatura de Servicios de Afiliación y Cobranza, del Departamento de Supervisión de Afiliación y Vigencia, del Departamento de Afiliación y Vigencia, y de la Oficina de Afiliación, de conformidad con el artículo 22 de la Ley, no podrá comunicar o dar a conocer en forma nominativa e individual los documentos que proporcionen al IMSS, ya que son estrictamente confidenciales. De la incorporación de los Trabajadores Domésticos. 5.11 En la modalidad de trabajador doméstico el responsable del trámite, deberá considerar los siguientes elementos: a) La incorporación voluntaria al régimen obligatorio de los trabajadores domésticos, se realiza a solicitud expresa del patrón persona física y se hará en forma individual. b) Corresponden a este aseguramiento en términos del artículo 222, fracción II de la Ley, las prestaciones en especie de los seguros de riesgos de trabajo y de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. c) En todos los casos y previamente al aseguramiento, los sujetos de referencia y sus beneficiaros legales deberán llenar y firmar individualmente el cuestionario médico que para tal efecto será proporcionado por el IMSS. Tratándose de menores de edad o en su caso de incapacitados, el llenado y firma del cuestionario estará a cargo del padre o tutor. d) Los beneficiarios en esta modalidad de aseguramiento, serán el asegurado trabajador doméstico y sus beneficiarios legales establecidos en el artículo 84 de la Ley (Esposa o concubina e hijos, estos últimos hasta los 16 años o hasta
  • 7. Página 7 de 33 Clave: 9210-003-608 los 25 si se encuentran estudiado en planteles del sistema educativo nacional, padres del asegurado, siempre y cuando exista convivencia y dependencia), mismos que deberán someterse a los exámenes y estudios que se determine para constatar su estado de salud. e) Se iniciarán los servicios para las incorporaciones en esta modalidad, a partir del día primero del mes calendario siguiente al de la inscripción, siempre que se haya concluido correctamente los trámites de incorporación o renovación de conformidad con el artículo 103 del RACERF. 5.12 El responsable del trámite, proporcionará orientación al patrón del trabajador doméstico que manifieste su interés en realizar la incorporación, sobre la aplicación de cuestionarios, exámenes y estudios para constatar el estado de salud del trabajador; sobre las enfermedades preexistentes y los tiempos de espera, así como las limitaciones de cobertura, conforme lo establecen los artículos 81, 82, 83 y 84 del RACERF. 5.13 Las disposiciones señaladas en los artículos 81,82 y 83 del RACERF no se aplicarán a las incorporaciones solicitadas dentro de un plazo de 12 meses posteriores a la baja del solicitante sea con el carácter de asegurado o de beneficiario legal registrado en el Régimen Obligatorio del Seguro Social o en el Seguro de Salud para la Familia, siempre que hubiera estado bajo seguro 52 semanas previas a dicha baja, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 85 del RACERF. 5.14 Tampoco serán aplicables las disposiciones señaladas en el párrafo anterior, para aquellos sujetos que hubieren estado afiliados a través de Decreto Presidencial y soliciten su aseguramiento en la IVRO dentro del plazo de 12 meses, contado a partir de la fecha en que hubiere dejado de ser sujeto del decreto. 5.15 El responsable del trámite informará al patrón del trabajador doméstico, que este tipo de aseguramiento no tiene conservación de derechos. 5.16 Respecto al periodo, cobertura y costo de las cuotas de aseguramiento en la IVRO modalidad de trabajador doméstico el responsable del trámite debe considerar: a) La cuota se determina en función de las primas de financiamiento de los seguros que ampara el esquema, con base en el salario diario integrado en el momento de la incorporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley. b) El pago de la cuota debe cubrirse por anualidades adelantadas o por bimestre adelantado, a elección, y debe realizarse el mismo mes en que se realiza el trámite de incorporación. c) En caso de que el patrón del trabajador doméstico realice el pago de forma posterior, el inicio del aseguramiento será a partir del día primero del mes calendario posterior al pago.
  • 8. Página 8 de 33 Clave: 9210-003-608 d) El IMSS otorgará facilidades administrativas al patrón del trabajador doméstico para realizar el pago anticipado de forma bimestral, la cual se puede obtener únicamente mediante el aplicativo disponible en la página del IMSS, mediante el servicio de IMSS Digital. 5.17 El responsable del trámite debe solicitar al patrón del trabajador doméstico a inscribir, la siguiente información y documentación: a) Requerir únicamente la documentación que se establece en la ficha registrada ante la CONAMER, y por ningún motivo solicitar información adicional. b) La ficha está disponible para consulta en la dirección electrónica: https://www.gob.mx/cntse-rfts/tramite/ficha/580662ed8217e64263000086 c) A los trabajadores domésticos se solicitarán los siguientes datos:  Nombre(s) apellido paterno y materno.  NSS.  CURP.  Sexo.  Domicilio (Puede ser del patrón, si sus labores implican la pernocta en el domicilio donde labora).  Teléfono, en su caso.  Lugar y Fecha de Nacimiento (Entidad Federativa o País de nacimiento, Día, Mes, Año).  Salario Diario Integrado que perciba.  Nombre(s) apellido(s) paterno y materno de los padres (aun finados).  Firma o huella dactilar. d) Documentos de los trabajadores domésticos:  Identificación oficial, copia y original para su cotejo.  Comprobante de domicilio, copia y original para su cotejo (Puede ser el del patrón, si sus labores implican la pernocta en el domicilio donde labora).  Copia certificada de acta de nacimiento para su cotejo y copia simple.  CURP, copia.  Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio (Anexo 2) proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada beneficiario a asegurar, excepto a aquellos que cumplan con lo establecido en el artículo 85 del RACERF. e) Documentos del patrón de los trabajadores domésticos:  Identificación Oficial, original y copia.
  • 9. Página 9 de 33 Clave: 9210-003-608  NRP o Tarjeta de Identificación Patronal, original.  Comprobante del pago de la cuota anual o bimestral anticipada por el aseguramiento, copia 5.18 El responsable del trámite deberá observar lo siguiente: a) Se asignará al patrón del trabajador doméstico, un NRP ordinario de modalidad 34 IVRO para trabajador doméstico. b) El número de serie que corresponde al registro patronal deberá ser solicitado por el Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia, mediante correo electrónico a la División de Incorporación Voluntaria y Convenios indicando la clave del municipio en el que se registrará, a efecto de que le sea comunicado por la misma vía el número de serie que corresponda. c) El trámite de incorporación se podrá realizar cualquier día del año a través de IMSS Digital y en días y horarios hábiles en las ventanillas de atención de las Subdelegaciones, sin embargo, el inicio de los servicios institucionales será a partir del primer día del mes calendario siguiente al de la inscripción 5.19 El responsable del trámite, para la inscripción utilizará el formato “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1) con los datos del trabajador doméstico. 5.20 El patrón del trabajador doméstico, solicitará a la Oficina de Emisión y Pago Oportuno de la Subdelegación, calcular el monto que debe pagarse por concepto de las cuotas obrero patronales, conforme al salario diario integrado. 5.21 La terminación de la incorporación en la modalidad de trabajador o trabajadora doméstica se dará cuando se presente cualquiera de los supuestos mencionados en el artículo 76 segundo párrafo, 87 y 88 fracción I del RACERF. 5.22 Las incorporaciones voluntarias en la modalidad de trabajador doméstico, que hayan concluido su periodo anual de cobertura, serán enviados a proceso de baja, lo anterior con independencia de que se procese el movimiento de reingreso en aquellos que se haya celebrado la renovación de su incorporación. Ninguna incorporación debe tener periodo abierto mayor a un año. 5.23 La documentación generada por la incorporación para trabajadores domésticos deberá ser resguardada en un expediente por trabajador y sus beneficiarios legales asegurados: La identificación de dicho expediente deberá realizarse conforme a la siguiente nomenclatura “MM-DD-SS-XXXX Nombre del trabajador” Dónde: MM: corresponde al mes de contratación en número (dos dígitos) DD: Corresponde al número de la Delegación (dos dígitos) SS: Corresponde al número de la Subdelegación (dos dígitos)
  • 10. Página 10 de 33 Clave: 9210-003-608 XXXX: Corresponde al número consecutivo que se asigna a cada contratación (cuatro dígitos) Nombre del asegurado: iniciando por el primer apellido, segundo apellido y nombre(s). Ejemplo: “06-1422-0001 Hernández Téllez Claudia” De la Renovación 5.24 En el proceso de renovación en la modalidad de trabajador doméstico, el responsable del trámite deberá considerar que la renovación oportuna debe realizarse dentro del plazo de los 30 días naturales anteriores a la fecha del vencimiento. 5.25 En el caso de la renovación extemporánea el titular de la Subdelegación podrá autorizar la misma si se solicita dentro de un plazo de treinta días naturales posteriores al vencimiento del aseguramiento, dicha renovación surtirá efectos a partir del día siguiente al de la conclusión del periodo asegurado inmediato anterior, de conformidad con el artículo 80 del RACERF y 150 del RIMSS fracción XXVI. 5.26 De no realizarse la renovación en los plazos señalados la siguiente inscripción se considerará como inicial para todos los efectos legales. 5.27 En caso de presentarse en la renovación alguna modificación de los documentos exhibidos durante la incorporación, el responsable del trámite deberá actualizar el expediente del contratante. 5.28 Los expedientes de las IVRO en la modalidad de trabajador doméstico que no renueven su incorporación, se conservarán en el archivo de trámite de la Subdelegación por dos años, a partir del vencimiento del periodo asegurado, al término del cual serán enviados al archivo de concentración. 5.29 El Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia será el responsable del control de los expedientes correspondientes a esta modalidad de aseguramiento. Seguimiento 5.30 El Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia integrará mensualmente una relación de las personas que se hayan incorporado a los que se aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos 81, 82 y 83 del RACERF desde el ámbito de su competencia de afiliación. Será enviada en un plazo que no exceda de los 3 días previo al inicio de vigencia de los servicios, a la Jefatura de Supervisión de Afiliación Vigencia delegacional. 5.31 El Jefe de Supervisión de Afiliación Vigencia consolidará las relaciones recibidas de las Subdelegaciones que estén en el ámbito de su circunscripción y las remitirá mediante oficio dentro de los siguientes dos días hábiles al Jefe de Servicio Médicos Delegacional, a efecto de que dicha área asuma las medidas que correspondan en el ámbito de las atribuciones que le otorga el RIIMSS.
  • 11. Página 11 de 33 Clave: 9210-003-608 Del proceso de inscripción a la IVRO en la modalidad de trabajador doméstico en el servicio de IMSS Digital: 5.32 El Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia, o el Jefe de Oficina o el responsable del trámite, informará al patrón del trabajador domestico interesado en realizar el trámite de incorporación voluntaria, que el IMSS cuenta con un canal no presencial denominado IMSS Digital. Su acceso es mediante la siguiente dirección electrónica: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home 5.33 El responsable del trámite deberá hacer énfasis en la siguiente información :  Se debe pagar en el estricto orden que establecen las líneas de pago que le sean generadas en el aplicativo, cuando es en forma bimestral, en caso contrario, se afectará la vigencia de la cobertura.  De ser el caso, la renovación oportuna se deberá realizar en la Subdelegación, en el plazo establecido para tal efecto en el RACERF. 5.34 En caso de que se tenga conocimiento de una incidencia originada en algún trámite realizado en IMSS Digital, el Jefe del Departamento de Afiliación Vigencia deberá reportarla a la Mesa de servicio http://mst.imss.gob.mx/shared/login.jsp?/ a efecto de generar un ticket para su atención, el cual deberán enviar mediante correo electrónico a la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, para su revisión y gestión de solución ante las áreas involucradas.
  • 12. Responsable Actividades Página 12 de 33 Clave: 9210-003-608 6. Descripción de actividades Responsable del trámite 1 Recibe del patrón del trabajador doméstico interesado, escrito libre y la documentación necesaria para la incorporación, en original y en copia de acuerdo con la política 5.17 del presente procedimiento. 2 Verificar si el patrón del trabajador doméstico, cuenta con NRP en modalidad 34. El patrón de trabajador doméstico no cuenta con NRP en modalidad 34 3 Solicita vía correo electrónico a la División de Incorporación Voluntaria y Convenios de la Coordinación de Afiliación se genere NRP en modalidad 34. Nota: Al solicitar el NRP se deberá incluir la clave de municipio. 4 Recibe de la División de Incorporación Voluntaria y Convenios el NRP en modalidad 34, disponible para su asignación. 5 Asigna nombre o denominación al NRP en modalidad 34. 6 Entrega la “Tarjeta de Identificación patronal” clave 9210-009-106. El patrón de trabajador doméstico sí cuenta con NRP en modalidad 34. 7 Revisa los datos de identificación y documentación de los trabajadores domésticos de acuerdo a la política 5.17, y verifica en SINDO si el trabajador domestico cuenta con NSS. Los trabajadores domésticos no cuentan con NSS 8 Localiza y asigna de conformidad con lo establecido en el “Procedimiento para la asignación o localización de Número de Seguridad Social”, clave 9210-003-
  • 13. Responsable Actividades Página 13 de 33 Clave: 9210-003-608 201, o en su caso, lo obtiene a través de la página web del IMSS, http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02008 Los trabajadores domésticos sí cuentan con NSS Responsable del trámite 9 Revisa en SINDO los antecedentes de los trabajadores domésticos, como asegurado e identifica con base en el último periodo de aseguramiento la aplicación o no del “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio” (Anexo 2), tiempos de espera y enfermedades preexistentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 85 del RACERF. Los trabajadores domésticos son sujetos a la aplicación del llenado del cuestionario médico, aplicación de restricciones y tiempos de espera. 10 Entrega al patrón de trabajador doméstico el “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio” (Anexo 2) para que sea llenado y firmado en forma individual por el sujeto de aseguramiento y sus beneficiarios legales. NOTA: Tratándose de menores de edad o, en su caso, de incapacitados, el llenado y firmado del cuestionario estará a cargo del asegurado. 11 Recibe del patrón de trabajador doméstico el “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio” (Anexo 2), en original y copia debidamente llenado por el sujeto de aseguramiento. Los trabajadores domésticos no son sujetos a la aplicación del llenado del cuestionario médico, aplicación de restricciones y tiempos de espera. 12 Procede al llenado del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1) en original y copia, con los datos del NRP, así como la información y documentación de los trabajadores domésticos y entrega el original al patrón de trabajador doméstico, para que éste solicite en la Oficina de Emisiones y Pago Oportuno, el monto que
  • 14. Responsable Actividades Página 14 de 33 Clave: 9210-003-608 debe pagar por concepto de cuotas obrero patronales. Patrón del trabajador doméstico 13 Solicita a la oficina de emisiones y pago oportuno, el monto a pagar por concepto de cuota anual o bimestral anticipada de acuerdo al salario reportado por el patrón del trabajador doméstico NOTA: Las cuotas obrero patronales correspondientes se cubrirán conforme al salario diario integrado de acuerdo con el artículo 27 de la Ley. 14 Recibe de la Oficina de emisiones y pago oportuno el archivo de pago con el monto a pagar por concepto de la cuota anual o bimestral anticipada de acuerdo con el salario reportado por él. Responsable del trámite 15 Recibe del patrón el archivo de pago y le entrega el original del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A”, (Anexo 1) con los datos del NRP y del sujeto de aseguramiento, para su firma. 16 Recibe del patrón del trabajador doméstico, original y copia el “Comprobante del pago de las cuotas obrero patronales”, con sello y firma de la entidad receptora, así como “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1). 17 Impone sello de recibido en el “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1). En el caso de las incorporaciones que apliquen las disposiciones de los artículos 81, 82 y 83 del RACERF, se deberá imponer la leyenda “Sin restricciones” o bien “Con restricciones y tiempos de espera”, en todos los tantos de los avisos de incorporación, según corresponda. Nota: Las leyendas se deben aplicar de conformidad con el artículo del RACERF y el 83 del mismo ordenamiento, para los tiempos de espera. Recaba nombre y firma del Jefe de Departamento de Afiliación Vigencia y lo entrega al patrón del trabajador doméstico, como comprobante de la incorporación. 18 Comunica al patrón del trabajador doméstico:  Período de vigencia del seguro y fecha de inicio y
  • 15. Responsable Actividades Página 15 de 33 Clave: 9210-003-608 fin de los servicios médicos.  Número y ubicación física de la UMF a la que fue o fueron adscritos él y sus beneficiarios.  Los documentos que debe presentar en la UMF.  Realizar su registro en la UMF, para que se le(s) asigne consultorio y turno de consulta.  Fecha de renovación oportuna y que deberá realizarla en la Subdelegación que le corresponda. Responsable del trámite 19 Envía al área de captura Delegacional con la guía 372, copia legible del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1) debidamente firmado y sellado, para su impacto en la cuenta individual del asegurado en SINDO. 20 Recibe del área de captura de la Delegación los siguientes documentos:  La copia del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1). Los reportes del SINDO:  “AFIL-67 de Cifras Control”  “AFIL-32 Cifras de Control de Movimientos de Asegurados por Guía”  “AFIL-14 Total de errores de Asegurados por movimiento y tipo de error “  “AFIL-40 Total de errores de Asegurados por movimientos y tipo de error por Guía”. 21 Verifica, con base en los reportes recibidos, que los trabajadores domésticos inscritos se encuentren registrados de manera correcta en SINDO. Es decir, en tiempo y forma. Los reportes no están reflejados de manera correcta en SINDO 22 Corrige la información inconsistente mediante la opción de consulta en SINDO y envía al área de
  • 16. Responsable Actividades Página 16 de 33 Clave: 9210-003-608 Captura Delegacional con la “guía 372”, para su proceso. Responsable del trámite 23 Recibe del área de captura “AFIL-24 Movimientos operados de Asegurados” por corrección. Los reportes están reflejados de manera correcta en SINDO 24 Integra “Expediente del asegurado”, con original del “Aviso de Inscripción AFIL-05 A” (Anexo 1) copia del(os) cuestionario(s) médico(s), así como la copia de los documentos personales y los archiva de acuerdo con la política 5.24. 25 Revisa los últimos dos días de cada mes la fecha del término del aseguramiento anual de las incorporaciones voluntarias, elabora para los grupos con periodos concluidos el “Aviso de Baja” AFIL-04 y lo envía al área de captura Delegacional para su proceso. 26 Recibe la “Solicitud de renovación oportuna” de la IVRO de trabajador doméstico, en el periodo de los 30 días naturales anteriores a la fecha de vencimiento del aseguramiento. Continúa en la actividad 12. 27 El Subdelegado podrá autorizar extemporáneamente la renovación del aseguramiento, si se solicita dentro de un plazo de treinta días naturales posteriores al vencimiento del mismo, dicha renovación surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de la conclusión de la incorporación anterior. Fin del procedimiento
  • 17. Página 17 de 33 Clave: 9210-003-608 7. Diagrama de flujo Número de registro patronal modalidad 34 1O1C Documentación INICIO RESPONSABLE DEL TRAMITE Recibe del patrón de los trabajadores domésticos la documentación de acuerdo a la política 5.15 Verifica que el patrón cuente con registro patronal en modalidad 34 ¿Cuenta con registro patronal en modalidad 34? Solicita a la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, genere número modalidad 34 NOTA 7 SI 1 2 3 NO Recibe de la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, número de registro patronal modalidad 34 4 Asigna nombre o denominación al número de registro patronal en modalidad 34 5 Tarjeta de Identificación patronal 9210-009-106 Entrega la Tarjeta 6 Revisa datos de identificación de los trabajadores domésticos de acuerdo a la política 5.15, y verifica si cuenta con NSS 7 ¿Cuenta con NSS? No Si 2 Localiza y asigna de conformidad con procedimiento 8 9210- 003-201 a a Cuestionario Médico (Anexo 2) 7 Revisa en SINDO antecedentes e identifica aplicación Cuestionario médico NOTA 9 ¿Son sujetos a la aplicación del cuestionario? 12 SI A NO
  • 18. Página 18 de 33 Clave: 9210-003-608 Cuestionario Médico (Anexo 2) Cuestionario Médico (Anexo 2) Entrega al patrón cuestionario para llenado y firmado individual por el sujeto de aseguramiento NOTA Recibe del patrón Cuestionario requisitado por el sujeto de aseguramiento 10 11 A Archivo de pago 1O1C Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) 9 Procede al llenado del Aviso del registro patronal y de los trabajadores y entrega al patrón 12 Solicita al Departamento de emisiones el monto a pagar NOTA 13 Recibe del Departamento el archivo de pago con el monto a pagar 14 O1 Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) Archivo de pago Entrega al patrón persona archivo de pago y AFIL con datos del registro patronal y sujeto de aseguramiento para firma NOTA 15 b b O1 Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) 1O1C Comprobante del pago Recibe del patrón Comprobante del pago con sello y firma de la entidad receptora y AFIL 16 O1 Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) Impone sello al AFIL recaba firma Del Departamento de Afiliación Vigencia y entrega al patrón como comprobante de incorporación inicial NOTA 17 Comunica al patrón Periodo, UMF, documentos y renovación 18 B
  • 19. Página 19 de 33 Clave: 9210-003-608 AFIL 24 Movimientos operados de Asegurados Documentación C1 Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) Envía al área de captura de la subdelegación con la guía 372, AFIL firmado y sellado, para la cuenta en SINDO B 19 Recibe del área de captura de la subdelegación los documentos 20 Verifica con base en reportes que los trabajadores se encuentre registrado de manera correcta en SINDO 21 ¿Los reportes están reflejados correctos en SINDO? 24 SI Corrige la información mediante SINDO y envía al área de captura delegacional con la guía 372, para su proceso 22 NO Recibe del área de captura AFIL por corrección 23 C
  • 20. Página 20 de 33 Clave: 9210-003-608 Solicitud de renovación AFIL-04 Expediente del Asegurado C1 Documentación C1 Cuestionario Médico (Anexo 2) O1 Aviso de Inscripción AFIL- 05 A (Anexo 1) Integra Expediente, AFIL, cuestionario y documentos 24 21 Temporal Revisa los primeros dos días de cada mes fecha del término elabora para los concluidos AFILenvía al área de captura para su proceso 25 Recibe la Solicitud de renovación del patrón persona física de los trabajadores, en el periodo de 30 días previos a la baja NOTA 26 FIN C Solicitud de renovación extemporánea Recibe solicitud para consideración de autorización 27
  • 21. Página 21 de 33 Clave: 9210-003-608 ANEXO 1 “Aviso de Inscripción en los Seguros Especiales” AFIL-05 A
  • 22. Página 22 de 33 Clave: 9210-003-608 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 18 20
  • 23. Página 23 de 33 Clave: 9210-003-608 LOS SUJETOS DE ASEGURAMIENTO OBJETO DE ESTE AVISO, SON LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULO 13, 235 Y 240 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, SEGÚN EL ESQUEMA DE ASEGURAMIENTO DE QUE SE TRATE, SE SOMETERÁN A LOS EXAMENES Y ESTUDIOS QUE EL INSTITUTO DETERMINE PARA CONSTATAR SU ESTADO DE SALUD. PREVIO AL ASEGURMIENTO, EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, DEBERÁN LLENAR Y FIRMAR INDIVIDUALMENTE EL CUESTIONARIO MÉDICO, EL CUAL SERÁ PROPORCIONADO POR EL INSTITUTO. PARA EL CASO DE MENORES DE EDAD E INCAPACITADOS, EL LLENADO Y FIRMA DEL CUESTIONARIO MÉDICO ESTARÁ A CARGO DEL PADRE O TUTOR. EL INSTITUTO OTORGARÁ AL CONTRATANTE Y A SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, LAS PRESTACIONES EN ESPECIE DEL SEGURO DE ENFERMEDADES Y MATERNIDAD, QUE CONSISTEN EN: ASISTENCIA MEDICO-QUIRURGICA, FARMACEÚTICA Y HOSPITALARIA, EN LA UNIDAD MÉDICA QUE CORRESPONDA A SU DOMICILIO. EN CASO DE QUE EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES PRESENTEN DURANTE EL PRIMER AÑO DE VIGENCIA, ALGUNA DE LAS ENFERMEDADES PREEXISTENTES, SEÑALADAS EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN Y NO HUBIERA SIDO DECLARADA AL MOMENTO DE LLENAR EL CUESTIONARIO MÉDICO, SERÁ EXLUIDO DEL ASEGURAMIENTO. CONFORME AL REGLAMENTO ANTES CITADO, QUEDAN CONDICIONADOS LOS SERVICIOS INSTITUCIONALES POR LOS PADECIMIENTOS O TRATAMIENTOS QUE SE SEÑALAN, DURANTE LOS TIEMPOS DE ESPERA QUE EN EL MISMO SE ESTABLECEN, ASIMISMO SE EXCLUIRAN DE LOS SERVICIOS INSTITUCIONALES LOS PADECIMIENTOS O TRATAMIENTOS CONTEMPLADOS EN EL MISMO ORDENAMIENTO. EL ASEGURAMIENTO TERMINA POR VENCIMIENTO DE LA ANUALIDAD CONTRATADA, SI NO SE RENUEVA DENTRO DEL PLAZO ANOTADO EN ESTE AVISO. DE LA MISMA MANERA PODRÁ DARSE POR TERMINADO EL ASEGURAMIENTO, SIN PERJUICIO DE QUE EL INSTITUTO PUEDA COBRAR LA ATENCIÓN MÉDICA QUE SE OTORGÓ, SI COMPRUEBA QUE EL CONTRATANTE Y SUS BENEFICIARIOS LEGALES O FAMILIARES DIRECTOS Y ADICIONALES, HICIERON USO INDEBIDO DEL DOCUMENTO QUE ACREDITA LA CALIDAD DE ASEGURADO. EN NINGÚN CASO DE TERMINACIÓN DEL ASEGURAMIENTO ANTES DEL VENCIMIENTO DEL PERIODO CUBIERTO POR LA CUOTA, EL INSTITUTO HARÁ DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD PAGADA. TODOS LOS ASPECTOS NO CONSIDERADOS EN ESTE DOCUMENTO, SE SUJETARÁN A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN. ENTERADO . _____________________________________________ FIRMA DEL CONTRATANTE .
  • 24. Página 24 de 33 Clave: 9210-003-608
  • 25. Página 25 de 33 Clave: 9210-003-608 ANEXO 2 “Cuestionario Médico Individual para la Inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio”
  • 26. Página 26 de 33 Clave: 9210-003-608 Antes de llenar el presente formato deberá tomar en consideración lo siguiente: 1.-LAS PARTES SOMBREADAS SON PARA USO EXCLUSIVO DEL IMSS. FAVOR DE NO ESCRIBIR SOBRE ELLAS. 2.-LLENAR LOS ESPACIOS CON TODOS LOS DATOS SOLICITADOS SIN OMITIR INFORMACIÓN. Para evitar tachaduras o enmendaduras, sugerimos leer cuidadosamente las siguientes instrucciones utilizando letra de molde y bolígrafo de tinta negra en las áreas no sombreadas. 1.-DATOS DEL TITULAR O BENEFICIARIO LEGAL Inicie señalando si el cuestionario es del titular del seguro o especifique el beneficiario legal, prosiga con su apellido paterno, materno y nombre(s), el domicilio con la calle, número y colonia; ciudad/población, municipio/delegación, estado, código postal y teléfono. Lugar y fecha de nacimiento señalando día, mes, año, edad actual. Marque con una "X", en la (H) si es hombre o en la (M) si es mujer, siguiendo con el estado civil. Igualmente marque con una "X" su nivel mas alto de estudios e indique su ocupación. 2.-MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO Las partes sombreadas son para uso exclusivo del IMSS. En ella se especifica el tipo de contratación, y el nombre y firma del empleado que verifica la información. 3.-HISTORIA DE HÁBITOS PERSONALES Lea cuidadosamente y responda tachando el círculo correspondiente y/o poniendo con número la información que se requiere. Este apartado tiene por objeto saber un poco más acerca de su condición física y alguno de sus hábitos personales. 4.-HISTORIA DE ENFERMEDADES En el siguiente cuadro tiene que tachar con una "X" si tiene o padeció alguna de las enfermedades que se enlistan. En caso de que usted no haya tenido alguna de ellas deje el espacio en blanco. 1.-Presentarse en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde, con la copia del cuestionario médico. Para realizar su registro como derechohabiente así como para cada uno de los familiares inscritos. Se les proporcionará su Cartilla Nacional de Salud. Lea cuidadosamente lo siguiente: 1.-No procede la contratación de la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio, para el integrante del núcleo familiar asegurado que al llenar la solicitud de inscripción, padece alguna de las enfermedades contenidas en el presente cuestionario médico. 2.-El seguro será cancelado cuando el Instituto Mexicano del Seguro Social diagnostique alguno de estos padecimientos y se precise que es preexistente, durante el primer año de vigencia de su inscripción en la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio. 3.-En todos los casos, cuando se presente la situación arriba mencionada, no habrá devolución de cuota. 4.-En todos los casos, perderá el seguro únicamente quien presente el padecimiento, manteniéndose el aseguramiento para el resto de la familia inscrita. 5.-Todos los miembros del núcleo familiar asegurado deberán presentarse a revisión médica durante los primeros seis meses de su aseguramiento. 6.-Declaro decir la verdad en el presente cuestionario y estoy de acuerdo, en caso de haber faltado a la misma, que sea cancelado el seguro, el aseguramiento del miembro o miembros que hubieran incurrido en falsedad, sin responsabilidad para el Instituto Mexicano del Seguro Social. Después de leer y llenar el Cuestionario Médico, bajo protesta de decir verdad, suscribo el presente y acepto mi incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social en los términos que indica el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 1º de noviembre de 2002. FIRMA DEL TITULAR DEL SEGURO Y/O PADRE O TUTOR EN CASO DE M ENORES DE EDAD LUGAR Y FECHA ACEPTO LAS CONDICIONES ARRIBA MENCIONADAS FIRMA DEL INTERESADO CUESTIONARIO MÉDICO INDIVIDUAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN LA INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO INSTRUCCIONES DE LLENADO REQUISITOS PARA RECIBIR SERVICIO MÉDICO CONDICIONES
  • 27. Página 27 de 33 Clave: 9210-003-608 1. DATOS DEL TITULAR O BENEFICIARIO LEGAL TITULAR ESPOSA(O) CONCUBINA(RIO) HIJO(A) BENEFICIARIO PADRE BENEFICIARIA MADRE PRIM ARIA SECUNDARIA PREPARATORIA ESCUELA TECNICA PROFESIONAL 2. MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO 3. HISTORIA DE HABITOS PERSONALES MARQUE CON UNA X (CON NUMERO EN SU CASO) SI NO 3. ¿FUMA CIGARRILLOS? SI NO 1. ¿REALIZA ACTIVIDAD FISICA PERIODICA? SI LA RESPUESTA ES SI: 2. ¿TOMA BEBIDAS ALCOHOLICAS? A) CUANTOS CIGARRILLOS AL DÍA ? SI LA RESPUESTA ES SI: B) DESDE HACE CUANTO TIEMPO? AÑOS A) ¿CUÁNTAS COPAS POR SEMANA? 4. ¿ACOSTUMBRA AUTOMEDICARSE? B) ¿DESDE HACE CUANTO TIEMPO? AÑOS 5. ESTATURA MTS. PESO KG. 4. HISTORIA DE ENFERMEDADES MARQUE CON UNA X SI TIENE O PADECE ALGUNA DE LAS ENFERMEDADES SIGUIENTES: 1. ALERGIA O ASMA 9. REUMAT ISMO O ART RIT IS 2. ENFERMEDADES CRÓNICAS DE LA SANGRE 10. T UBERCULOSIS 3. CANCER O T UMORES 11. ULCERA DEL EST OMAGO 4. DIABET ES MELLIT US CON: 12. SIDA A) INSUFICIENCIA RENAL 13. V.I.H. POSIT IVO B) RET INOPAT ÍA 14. ENFERMEDADES CONGÉNIT AS (DESDE EL NACIMIENT O) C) NEUROPAT ÍA 15. BRONQUIT IS CRÓNICA D) INSUFICIENCIA CIRCULAT ORIA PERIFÉRICA 16. ACCIDENT E VASCULAR O EMBOLIA 5. ENFERMEDADES DEL CORAZÓN 17. DEFORMACIONES O LIMIT ACIONES DE MOVIMIENT O POR 6. ENFERMEDADES DEL HIGADO ACCIDENT ES O ENFERMEDADES 7. ENF. NERVIOSAS O PSIQUIÁT RICAS CRÓNICAS 18. ALCOHOLISMO ADICT IVO (FRECUENT E) 8. PRESIÓN ART ERIAL ALT A 19. ADICCIÓN POR SUST ANCIAS T ÓXICAS (FRECUENT E) Antes de llenar el presente formato deberá tomar en consideración lo siguiente: 1.-LAS PARTES SOMBREADAS SON PARA USO EXCLUSIVO DEL IMSS. FAVOR DE NO ESCRIBIR SOBRE ELLAS. 2.-LLENAR LOS ESPACIOS CON TODOS LOS DATOS SOLICITADOS SIN OMITIR INFORMACIÓN. ESCOLARIDAD APLICA DISPOSICIONES DE EXCLUSION POR ENFERMEDADES PREEXIST ENT ES Y T IEMPOS PARA RECIBIR LOS SERVICIOS INST IT UCIONALES TIPO DE CONTRATACION (individual/c olec tivo) MODALIDAD H M CLAVE DELEGACION DE ADSCRIPCION UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR OCUPACION CP.E.P.E. S I NO R.T. XX RCV XX XX 43 INCORPORACION VOLUNT ARIA DEL CAMPO AL REGIMEN OBLIGAT ORIO XX XX XX XX 35 PAT RON PERSONA FISICA CON T RABAJADORES ASEG. A SU SERVICIO XX XX XX 38 T RABAJADOR AL SERV. DEL GOB. DE LOS EST ADOS O MUNICIPIOS 42 T RABAJADOR DE LAS ADMINIST RACIONES PUBLICAS XX R.T . RIESGO DE T RABAJO E . y M . ENFERMEDADES Y MAT ERNIDAD I.V . INVALIDEZ Y VIDA R. RET IRO C. CESANT IA EN EDAD AVANZADA V . VEJEZ P .D. PREST ACIONES EN DINERO P .E . PREST ACIONES EN ESPECIE XX CUESTIONARIO MÉDICO INDIVIDUAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN LA INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO XX XX44 T RABAJADOR INDEPENDIENT E XX XX XX XXXX XX XX XX XX XXXX XX XX34 T RABAJADOR DOMEST ICO XX XX LUGAR DE NACIMIENTO FECHA DE NACIMIENTO EDAD ESTADO CIVIL DÍA MES AÑO SEXO NOM BRE Y FIRM A DEL EM PLEADO QUE VERIFICA LA INFORM ACIÓNF EC HA D E IN IC IO D E SER V IC IOS P.D. POBLACION ESTADO CODIGO POSTAL TELEFONO CALLE Y/O MANZANA NUMERO COLONIA Y/O POBLACION CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACION P.D. E. y M . I.V R V AGREGADO MEDICOAPELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE (S ) No. DE SEGURIDAD SOCIAL
  • 28. Página 28 de 33 Clave: 9210-003-608 ANEXO 3 Oficio Circular 0952179000/UFC/USE/UISS/23 del 28 de septiembre 2018.
  • 29. Página 29 de 33 Clave: 9210-003-608
  • 30. Página 30 de 33 Clave: 9210-003-608
  • 31. Página 31 de 33 Clave: 9210-003-608
  • 32. Página 32 de 33 Clave: 9210-003-608 ANEXO 4 “ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2014.”
  • 33. Página 33 de 33 Clave: 9210-003-608 Martes 26 de agosto de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ACUERDO relativo a la Autorización del pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento de los trabajadores domésticos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General. El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.250614/140.P.DIR, en los siguientes términos: “Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción II, 222, fracción II, inciso b), 224, 251, fracciones I, II, IV, XIII y XXXVII, 263 y 264, fracciones III, VII, XIV y XVII, de la Ley del Seguro Social; 3, fracción II, inciso c), 6, fracción VI, 31, fracciones IV y XX, 71, fracciones I y XXI, y 72, fracciones I y IX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, por conducto de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficio número 42 del 13 de junio de 2014, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 11 del mes y año citados, Acuerda: Primero.- Autorizar el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física por el aseguramiento del o los trabajadores domésticos. Segundo.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio. Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor una vez que el Instituto Mexicano del Seguro Social, ponga a disposición del patrón persona física con trabajadores domésticos, el aplicativo que posibilite el pago bimestral, a través del portal de internet del Instituto, www.imss.gob.mx. Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que realice los trámites necesarios ante las instancias competentes, a efecto de que se realice la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación”. Atentamente México, D.F., a 26 de junio de 2014.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica. (R.- 395581)