La Misión Electoral Especial hace las recomendaciones para la Reforma Política y Electoral en Colombia. Ahora el Gobierno debe elegir cuáles propone al Congreso.
Este documento presenta información sobre el servicio de asesoría y solución de ejercicios de Maestros Online en diversas materias como Derecho electoral. Incluye cinco actividades relacionadas con este tema, que abordan conceptos como elecciones democráticas, sistemas políticos y electorales, el proceso electoral en México y los medios de impugnación.
El documento describe la evolución histórica de las autoridades electorales en México desde 1810 hasta la actualidad. Se establecieron diversas instituciones como la Junta Empadronadora en 1917 y la Comisión Federal Electoral en 1973 para organizar las elecciones. En 1990 se creó el Instituto Federal Electoral para garantizar procesos electorales justos, transparentes y legales. Finalmente, en 2014 se transformó en el Instituto Nacional Electoral para fortalecer la democracia en México.
1. El documento analiza las áreas de oportunidad y riesgos en la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) en México. Identifica 17 posibles nichos de oportunidad para el INE, como trasladar la educación cívica a las universidades, enfocarse más en la participación ciudadana, y eliminar procedimientos que consumen mucho tiempo y recursos. También señala 18 posibles riesgos, como que las grandes reformas generen conflictos y que no se resuelvan problemas previos con los medios de comunicación.
Este documento presenta una introducción al sistema electoral peruano, definiendo sus principios, normas y procedimientos. Explica los cuatro modelos básicos de sistemas electorales y cómo el Perú ha adoptado elementos de cada uno a lo largo de su historia. Además, describe las funciones de los tres organismos que componen el sistema electoral peruano: el Jurado Nacional de Elecciones, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Este documento describe los sistemas electorales y sus principales características. Explica que existen dos dimensiones importantes: la fórmula electoral y las candidaturas. Las fórmulas principales son el sistema de pluralidad distrital de miembro único y el sistema de representación proporcional. Las candidaturas pueden ser individuales o colectivas a través de listas electorales. También cubre las funciones de los sistemas electorales y los principios de universalidad, igualdad, secreto y libertad.
Este documento describe los partidos políticos en Costa Rica. Explica que los partidos políticos son agrupaciones de ciudadanos que buscan incidir en el sistema político y participar en las elecciones. Detalla la estructura mínima de los partidos políticos en Costa Rica, que incluye comités ejecutivos y asambleas a nivel distrital, cantonal, provincial y nacional. Además, cubre temas como la inscripción de partidos, sus fusiones y coaliciones, así como los derechos y deberes de los afiliados
El poder electoral en Venezuela se ejerce principalmente por el Consejo Nacional Electoral. Este organismo cuenta con organismos subordinados como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. El Consejo Nacional Electoral debe garantizar procesos electorales justos, imparciales y transparentes. También debe supervisar el registro electoral y organizar elecciones.
El documento describe el sistema electoral de Chile. Los principales organismos responsables son el Servicio Electoral, las Juntas Electorales, las Juntas Inscriptoras y los Colegios Escrutadores. Los ciudadanos eligen al Presidente cada 4 años, 120 diputados cada 4 años, 38 senadores que se renuevan alternadamente cada 4 años, y alcaldes y concejales municipales cada 4 años.
Este documento presenta información sobre el servicio de asesoría y solución de ejercicios de Maestros Online en diversas materias como Derecho electoral. Incluye cinco actividades relacionadas con este tema, que abordan conceptos como elecciones democráticas, sistemas políticos y electorales, el proceso electoral en México y los medios de impugnación.
El documento describe la evolución histórica de las autoridades electorales en México desde 1810 hasta la actualidad. Se establecieron diversas instituciones como la Junta Empadronadora en 1917 y la Comisión Federal Electoral en 1973 para organizar las elecciones. En 1990 se creó el Instituto Federal Electoral para garantizar procesos electorales justos, transparentes y legales. Finalmente, en 2014 se transformó en el Instituto Nacional Electoral para fortalecer la democracia en México.
1. El documento analiza las áreas de oportunidad y riesgos en la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) en México. Identifica 17 posibles nichos de oportunidad para el INE, como trasladar la educación cívica a las universidades, enfocarse más en la participación ciudadana, y eliminar procedimientos que consumen mucho tiempo y recursos. También señala 18 posibles riesgos, como que las grandes reformas generen conflictos y que no se resuelvan problemas previos con los medios de comunicación.
Este documento presenta una introducción al sistema electoral peruano, definiendo sus principios, normas y procedimientos. Explica los cuatro modelos básicos de sistemas electorales y cómo el Perú ha adoptado elementos de cada uno a lo largo de su historia. Además, describe las funciones de los tres organismos que componen el sistema electoral peruano: el Jurado Nacional de Elecciones, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Este documento describe los sistemas electorales y sus principales características. Explica que existen dos dimensiones importantes: la fórmula electoral y las candidaturas. Las fórmulas principales son el sistema de pluralidad distrital de miembro único y el sistema de representación proporcional. Las candidaturas pueden ser individuales o colectivas a través de listas electorales. También cubre las funciones de los sistemas electorales y los principios de universalidad, igualdad, secreto y libertad.
Este documento describe los partidos políticos en Costa Rica. Explica que los partidos políticos son agrupaciones de ciudadanos que buscan incidir en el sistema político y participar en las elecciones. Detalla la estructura mínima de los partidos políticos en Costa Rica, que incluye comités ejecutivos y asambleas a nivel distrital, cantonal, provincial y nacional. Además, cubre temas como la inscripción de partidos, sus fusiones y coaliciones, así como los derechos y deberes de los afiliados
El poder electoral en Venezuela se ejerce principalmente por el Consejo Nacional Electoral. Este organismo cuenta con organismos subordinados como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. El Consejo Nacional Electoral debe garantizar procesos electorales justos, imparciales y transparentes. También debe supervisar el registro electoral y organizar elecciones.
El documento describe el sistema electoral de Chile. Los principales organismos responsables son el Servicio Electoral, las Juntas Electorales, las Juntas Inscriptoras y los Colegios Escrutadores. Los ciudadanos eligen al Presidente cada 4 años, 120 diputados cada 4 años, 38 senadores que se renuevan alternadamente cada 4 años, y alcaldes y concejales municipales cada 4 años.
El documento describe el proceso de negociación entre países de las Américas para construir un Marco Referencial de criterios comunes y procedimientos óptimos para la gestión y control de los procesos electorales. Venezuela lideró tres Encuentros Interamericanos entre 2008 y 2010 con participación de la mayoría de países. El objetivo era compilar dichos criterios y procedimientos a través del diálogo y el intercambio de experiencias. Actualmente, Venezuela está elaborando un compendio con estos lineamientos para su consulta y publicación, cumpliendo el acuerdo alcanz
Constitución 2008 y la Función ElectoralRED PAIS 35
El próximo proceso electoral que se desarrollará el 23 de febrero de 2014, continuará realizándose de forma manual, similar a las Elecciones Generales 2013. Esta condición "artesanal" aumenta los riesgos de manipulación y alteración de los escrutinios reales en cada una de las Juntas Receptoras del Voto a nivel nacional.
Por este motivo se torna indispensable que los Defensores del Voto del Movimiento Alianza PAIS consoliden los conocimientos necesarios para reducir al máximo los intentos de fraude electoral antes, durante y después de los comicios.
Este curso-taller está orientado a los coordinadores e integrantes de los Comités de la Revolución Ciudadana que formen parte de las brigadas electorales, representando al Movimiento Alianza PAIS en los recintos electorales como observadores o veedores.
Aquí encontrará los recursos necesarios para liderar un proceso electoral transparente, oportuno y fidedigno, y además podrá compartir sus experiencias para enriquecer los conocimientos de los demás participantes.
El documento describe el sistema electoral peruano. Explica que está conformado por tres organismos: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Luego, se detalla las funciones del JNE, que incluyen fiscalizar los procesos electorales, proclamar resultados, resolver disputas electorales y promover la educación cívica.
Este documento analiza el papel que podría desempeñar el Canal del Congreso en la mejora de la democracia y los procesos electorales en México. Argumenta que la transmisión pública del Canal podría: 1) Aumentar la transparencia legislativa y rendición de cuentas; 2) Fortalecer la responsabilización de los legisladores ante los ciudadanos; 3) Mejorar las capacidades cívicas de los ciudadanos de cara a las elecciones; 4) Cualificar las instituciones democráticas. El documento sostiene
La presente iniciativa tiene por objeto establecer un nuevo procedimiento para el nombramiento del Auditor Superior y de los Directores de área de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco, que garantice la transparencia y la imparcialidad requeridas, a fin de que los actores políticos y partidistas, y los grupos de interés que en algún momento podrían resultar beneficiados o perjudicados con la actuación del titular del órgano de fiscalización y control, tengan la menor intervención posible en la selección de las personas a cuyo control deberán someterse.
En Venezuela al transcurrir el tiempo y con el pasar de los años luego de los diferentes Regímenes dictatoriales se fue iniciando la perspectiva de crear o de ofrecer más poder a su pueblo, libertad al expresar su voz y ocurrieron diferentes cambios de forma positiva a los ciudadanos venezolanos. De allí nace la interrogante de ¿Qué es el Poder Electoral?, el poder electoral no es más que el encargado de dirigir, organizar, y vigilar todos los actos referentes a la elección de los cargos de representación popular, de los cargos públicos, así como referendos y nombramientos para altos cargos; que serán los encargados de algún poder o área en específico. Luego de aclarar este punto se debe entender que quien está bajo
La Función Electoral en Ecuador está conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. El Consejo Nacional Electoral se encarga de organizar los procesos electorales, mantener el registro de organizaciones políticas y fiscalizar el financiamiento de campañas. El Tribunal Contencioso Electoral resuelve recursos electorales y sanciona incumplimientos de normas electorales. Ambos órganos gozan de autonomía e independencia para garantizar procesos electorales democráticos, transparentes y equitativos.
El documento describe el proceso electoral en México. Consta de cuatro etapas: 1) preparación de la elección, 2) jornada electoral, 3) resultados y declaraciones de validez, y 4) dictamen y declaraciones de presidente electo. El organismo encargado es el Instituto Federal Electoral, que supervisa cada una de las etapas para garantizar elecciones justas, libres y periódicas.
El documento describe las funciones del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral en Ecuador. El Consejo Nacional Electoral se encarga de organizar los procesos electorales y promover la democracia, mientras que el Tribunal Contencioso Electoral administra justicia en asuntos electorales y tutela los derechos políticos de los ciudadanos. Ambos órganos gozan de autonomía y deben regirse por principios como la independencia y transparencia.
Este documento describe la estructura y funciones del Poder Electoral en Venezuela. El Poder Electoral está compuesto por el Consejo Nacional Electoral y varios organismos subordinados como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. El documento explica las atribuciones de cada uno de estos organismos en el proceso electoral venezolano.
El documento describe las diferentes instituciones que componen el Poder Electoral en Venezuela, incluyendo el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Explica las funciones de cada una de estas instituciones en relación con la organización y supervisión de los procesos electorales en el país.
El documento describe el Consejo Nacional Electoral de Venezuela, el órgano autónomo encargado de los procesos electorales en el país. Explica que el CNE debe trabajar según su marco jurídico y normativo para garantizar elecciones democráticas, transparentes y participativas. También presenta opiniones de expertos sobre principios como la igualdad y la especialización en la jurisdicción electoral.
Ensayo sobre El Consejo Nacional ElectoralRama Judicial
El documento describe el Consejo Nacional Electoral de Colombia y su función de regular el proceso electoral. Explica que actualmente los miembros del Consejo son elegidos por el Congreso a propuesta de los partidos políticos, lo que pone en riesgo su imparcialidad. Se argumenta que se necesita una nueva forma de elección para que el Consejo sea independiente y garantice elecciones justas.
Este documento presenta información sobre sistemas electorales. Explica conceptos como democracia directa e indirecta, acto de votar, formas electorales según Duverger, teoría de la representación, sufragio universal y restringido, y técnicas electorales como la representación proporcional. También cubre temas de sociología electoral, mercadotecnia electoral, demoscopia y las instituciones electorales en Perú.
Este documento describe la Función Electoral en Ecuador, que está compuesta por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. El Consejo Nacional Electoral organiza y controla las elecciones y castiga las infracciones electorales, mientras que el Tribunal Contencioso Electoral resuelve disputas electorales y garantiza los derechos políticos de los ciudadanos. La Constitución ecuatoriana de 2008 creó estos organismos para despolitizar la administración electoral y aumentar la transparencia y participación ciudadana.
Este documento describe la función electoral en Ecuador. Establece que la función electoral garantizará los derechos políticos de los ciudadanos a través del sufragio y la organización política. La función electoral estará conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Describe la composición, atribuciones y funciones de ambos organismos electorales.
El documento describe la función y estructura del poder electoral en Venezuela. El poder electoral se encarga de garantizar la transparencia de las elecciones a través de su órgano rector, el Consejo Nacional Electoral. El Consejo Nacional Electoral está integrado por 5 personas y tiene varias suborganizaciones como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, cada una con funciones específicas para organizar y supervisar las elecciones de manera justa.
El documento describe el sistema electoral peruano, incluyendo sus organismos principales como el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Explica que el sistema electoral se encarga de organizar y ejecutar los procesos electorales a nivel nacional, regional y local para garantizar la voluntad popular a través de elecciones justas y transparentes.
El documento presenta una iniciativa del Partido Acción Nacional para reformar varios artículos de la Constitución Mexicana con el objetivo de fortalecer la democracia en México. La iniciativa propone crear un Instituto Nacional Electoral autónomo que sustituya al IFE y los organismos electorales estatales, y que sea responsable de organizar todas las elecciones en el país. También propone que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelva todas las impugnaciones electorales. El objetivo es estandarizar los procesos elector
Los delitos electorales estatales y federalesjoshimar86
Este documento presenta un resumen de 3 capítulos de una tesis sobre los delitos electorales estatales y federales en México. El Capítulo 1 define el derecho electoral y describe los sistemas electorales. El Capítulo 2 explica el marco jurídico y las etapas de los procesos electorales estatales y federales. El Capítulo 3 introduce la teoría del delito.
El documento describe el proceso de negociación entre países de las Américas para construir un Marco Referencial de criterios comunes y procedimientos óptimos para la gestión y control de los procesos electorales. Venezuela lideró tres Encuentros Interamericanos entre 2008 y 2010 con participación de la mayoría de países. El objetivo era compilar dichos criterios y procedimientos a través del diálogo y el intercambio de experiencias. Actualmente, Venezuela está elaborando un compendio con estos lineamientos para su consulta y publicación, cumpliendo el acuerdo alcanz
Constitución 2008 y la Función ElectoralRED PAIS 35
El próximo proceso electoral que se desarrollará el 23 de febrero de 2014, continuará realizándose de forma manual, similar a las Elecciones Generales 2013. Esta condición "artesanal" aumenta los riesgos de manipulación y alteración de los escrutinios reales en cada una de las Juntas Receptoras del Voto a nivel nacional.
Por este motivo se torna indispensable que los Defensores del Voto del Movimiento Alianza PAIS consoliden los conocimientos necesarios para reducir al máximo los intentos de fraude electoral antes, durante y después de los comicios.
Este curso-taller está orientado a los coordinadores e integrantes de los Comités de la Revolución Ciudadana que formen parte de las brigadas electorales, representando al Movimiento Alianza PAIS en los recintos electorales como observadores o veedores.
Aquí encontrará los recursos necesarios para liderar un proceso electoral transparente, oportuno y fidedigno, y además podrá compartir sus experiencias para enriquecer los conocimientos de los demás participantes.
El documento describe el sistema electoral peruano. Explica que está conformado por tres organismos: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Luego, se detalla las funciones del JNE, que incluyen fiscalizar los procesos electorales, proclamar resultados, resolver disputas electorales y promover la educación cívica.
Este documento analiza el papel que podría desempeñar el Canal del Congreso en la mejora de la democracia y los procesos electorales en México. Argumenta que la transmisión pública del Canal podría: 1) Aumentar la transparencia legislativa y rendición de cuentas; 2) Fortalecer la responsabilización de los legisladores ante los ciudadanos; 3) Mejorar las capacidades cívicas de los ciudadanos de cara a las elecciones; 4) Cualificar las instituciones democráticas. El documento sostiene
La presente iniciativa tiene por objeto establecer un nuevo procedimiento para el nombramiento del Auditor Superior y de los Directores de área de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco, que garantice la transparencia y la imparcialidad requeridas, a fin de que los actores políticos y partidistas, y los grupos de interés que en algún momento podrían resultar beneficiados o perjudicados con la actuación del titular del órgano de fiscalización y control, tengan la menor intervención posible en la selección de las personas a cuyo control deberán someterse.
En Venezuela al transcurrir el tiempo y con el pasar de los años luego de los diferentes Regímenes dictatoriales se fue iniciando la perspectiva de crear o de ofrecer más poder a su pueblo, libertad al expresar su voz y ocurrieron diferentes cambios de forma positiva a los ciudadanos venezolanos. De allí nace la interrogante de ¿Qué es el Poder Electoral?, el poder electoral no es más que el encargado de dirigir, organizar, y vigilar todos los actos referentes a la elección de los cargos de representación popular, de los cargos públicos, así como referendos y nombramientos para altos cargos; que serán los encargados de algún poder o área en específico. Luego de aclarar este punto se debe entender que quien está bajo
La Función Electoral en Ecuador está conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. El Consejo Nacional Electoral se encarga de organizar los procesos electorales, mantener el registro de organizaciones políticas y fiscalizar el financiamiento de campañas. El Tribunal Contencioso Electoral resuelve recursos electorales y sanciona incumplimientos de normas electorales. Ambos órganos gozan de autonomía e independencia para garantizar procesos electorales democráticos, transparentes y equitativos.
El documento describe el proceso electoral en México. Consta de cuatro etapas: 1) preparación de la elección, 2) jornada electoral, 3) resultados y declaraciones de validez, y 4) dictamen y declaraciones de presidente electo. El organismo encargado es el Instituto Federal Electoral, que supervisa cada una de las etapas para garantizar elecciones justas, libres y periódicas.
El documento describe las funciones del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral en Ecuador. El Consejo Nacional Electoral se encarga de organizar los procesos electorales y promover la democracia, mientras que el Tribunal Contencioso Electoral administra justicia en asuntos electorales y tutela los derechos políticos de los ciudadanos. Ambos órganos gozan de autonomía y deben regirse por principios como la independencia y transparencia.
Este documento describe la estructura y funciones del Poder Electoral en Venezuela. El Poder Electoral está compuesto por el Consejo Nacional Electoral y varios organismos subordinados como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. El documento explica las atribuciones de cada uno de estos organismos en el proceso electoral venezolano.
El documento describe las diferentes instituciones que componen el Poder Electoral en Venezuela, incluyendo el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. Explica las funciones de cada una de estas instituciones en relación con la organización y supervisión de los procesos electorales en el país.
El documento describe el Consejo Nacional Electoral de Venezuela, el órgano autónomo encargado de los procesos electorales en el país. Explica que el CNE debe trabajar según su marco jurídico y normativo para garantizar elecciones democráticas, transparentes y participativas. También presenta opiniones de expertos sobre principios como la igualdad y la especialización en la jurisdicción electoral.
Ensayo sobre El Consejo Nacional ElectoralRama Judicial
El documento describe el Consejo Nacional Electoral de Colombia y su función de regular el proceso electoral. Explica que actualmente los miembros del Consejo son elegidos por el Congreso a propuesta de los partidos políticos, lo que pone en riesgo su imparcialidad. Se argumenta que se necesita una nueva forma de elección para que el Consejo sea independiente y garantice elecciones justas.
Este documento presenta información sobre sistemas electorales. Explica conceptos como democracia directa e indirecta, acto de votar, formas electorales según Duverger, teoría de la representación, sufragio universal y restringido, y técnicas electorales como la representación proporcional. También cubre temas de sociología electoral, mercadotecnia electoral, demoscopia y las instituciones electorales en Perú.
Este documento describe la Función Electoral en Ecuador, que está compuesta por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. El Consejo Nacional Electoral organiza y controla las elecciones y castiga las infracciones electorales, mientras que el Tribunal Contencioso Electoral resuelve disputas electorales y garantiza los derechos políticos de los ciudadanos. La Constitución ecuatoriana de 2008 creó estos organismos para despolitizar la administración electoral y aumentar la transparencia y participación ciudadana.
Este documento describe la función electoral en Ecuador. Establece que la función electoral garantizará los derechos políticos de los ciudadanos a través del sufragio y la organización política. La función electoral estará conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Describe la composición, atribuciones y funciones de ambos organismos electorales.
El documento describe la función y estructura del poder electoral en Venezuela. El poder electoral se encarga de garantizar la transparencia de las elecciones a través de su órgano rector, el Consejo Nacional Electoral. El Consejo Nacional Electoral está integrado por 5 personas y tiene varias suborganizaciones como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, cada una con funciones específicas para organizar y supervisar las elecciones de manera justa.
El documento describe el sistema electoral peruano, incluyendo sus organismos principales como el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Explica que el sistema electoral se encarga de organizar y ejecutar los procesos electorales a nivel nacional, regional y local para garantizar la voluntad popular a través de elecciones justas y transparentes.
El documento presenta una iniciativa del Partido Acción Nacional para reformar varios artículos de la Constitución Mexicana con el objetivo de fortalecer la democracia en México. La iniciativa propone crear un Instituto Nacional Electoral autónomo que sustituya al IFE y los organismos electorales estatales, y que sea responsable de organizar todas las elecciones en el país. También propone que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelva todas las impugnaciones electorales. El objetivo es estandarizar los procesos elector
Los delitos electorales estatales y federalesjoshimar86
Este documento presenta un resumen de 3 capítulos de una tesis sobre los delitos electorales estatales y federales en México. El Capítulo 1 define el derecho electoral y describe los sistemas electorales. El Capítulo 2 explica el marco jurídico y las etapas de los procesos electorales estatales y federales. El Capítulo 3 introduce la teoría del delito.
El documento describe el poder electoral en Venezuela. Explica que el Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del poder electoral y está compuesto por tres organismos subordinados: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. También describe las funciones y atribuciones del Consejo Nacional Electoral y la Junta Electoral Nacional.
El documento describe el poder electoral en Venezuela. Explica que el Consejo Nacional Electoral es el organismo encargado de dirigir los procesos electorales de manera transparente. Describe las diferentes ramas del Consejo Nacional Electoral como la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. También menciona que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia ejerce la jurisdicción contenciosa electoral.
Aspectos a considerar sobre el Tema: El Poder Electoral.carolinamedian25
Consejo Nacional Electoral. Organización. Atribuciones. Junta Electoral Nacional. Comisión de registro civil y electoral. Comisión de participación política y financiamiento. Jurisdicción contenciosa electoral. Legislación electoral.
El Consejo Nacional Electoral de Venezuela es uno de los cinco poderes independientes del país y es responsable de garantizar la transparencia de los procesos electorales. Está formado por cinco rectores, incluida Tibisay Lucena como presidenta. Según la constitución, ningún candidato puede tener vínculos con partidos políticos. Los rectores son seleccionados por un comité de postulaciones compuesto por diputados y otros sectores. El Consejo Nacional Electoral supervisa todos los procesos electorales a nivel nacional, regional y municipal a través de
El Instituto Federal Electoral de México realiza una fiscalización permanente de los recursos de los partidos políticos. Revisa más de 4,000 informes de gastos de precampaña y realiza más de 1,000 visitas de verificación de actos públicos. También monitorea espectaculares, prensa e inventarios de proveedores. Ha recibido 63 quejas sobre financiamiento que están siendo investigadas con autonomía e imparcialidad.
El documento explica que el Instituto Nacional Electoral (INE) es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México. Fue creado en 1990 tras reformas constitucionales para contar con una institución imparcial que garantice la transparencia y legalidad de los procesos electorales. El INE se encarga de organizar las elecciones para Presidente, diputados, senadores, así como elecciones locales en coordinación con los organismos electorales estatales.
El documento explica que el Instituto Nacional Electoral (INE) es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México. Fue creado en 1990 tras reformas constitucionales para contar con una institución imparcial que garantice la certeza, transparencia y legalidad de las elecciones. El INE asegura procesos electorales democráticos y equitativos que permiten una sucesión pacífica del poder político.
El documento explica que el Instituto Nacional Electoral (INE) es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México. Fue creado en 1990 tras reformas constitucionales para contar con una institución imparcial que garantice la transparencia y legalidad de los procesos electorales. El INE se encarga de organizar las elecciones del Presidente, diputados y senadores a nivel federal, así como de coordinar los procesos electorales estatales y locales.
El documento explica que el Instituto Nacional Electoral (INE) es el organismo público autónomo encargado de organizar las elecciones federales en México. Fue creado en 1990 tras reformas constitucionales para contar con una institución imparcial que garantice la transparencia y legalidad de los procesos electorales. El INE se encarga de organizar las elecciones del Presidente, diputados y senadores a nivel federal, así como de coordinar los procesos electorales estatales y locales.
Historia del proceso electoral en MéxicoClaudiaRamn1
El documento resume la evolución del sistema electoral mexicano y el proceso electoral federal. Explica que el proceso electoral consta de cuatro etapas: 1) preparación de la elección, 2) jornada electoral, 3) resultados y declaraciones de validez, y 4) dictamen y declaraciones finales. También describe los principales órganos electorales como el IFE y sus funciones clave en el proceso electoral.
Cartilla Reglas Electorales para la Cultura DemocráticaSistemas-CNE
Este documento presenta las reglas electorales para fortalecer la cultura democrática en Colombia. Explica el rol del Consejo Nacional Electoral como autoridad electoral máxima y sus funciones de regular, inspeccionar y vigilar los procesos electorales. También describe los requisitos para que las agrupaciones políticas obtengan la personería jurídica y los derechos y deberes que esta conlleva, así como el Registro Único de Partidos que lleva el CNE.
El documento describe las principales instituciones políticas de Colombia, incluyendo los tres poderes del gobierno (ejecutivo, legislativo y judicial). Explica que el poder ejecutivo recae en un presidente elegido por voto popular por un período de cuatro años. El poder legislativo reside en el Congreso Nacional, compuesto por la Cámara de Representantes y el Senado. El poder judicial lo ejerce la Corte Suprema de Justicia y otros tribunales. También define el sufragio como el derecho al voto para elegir representantes políticos.
1. El documento discute los efectos de la reciente reforma constitucional en México que reemplazó al Instituto Federal Electoral (IFE) con el nuevo Instituto Nacional Electoral (INE). 2. Señala que la reforma busca fortalecer la legitimidad de las elecciones mediante el mejoramiento de los procedimientos electorales e instituciones de gobernanza electoral. 3. El autor analiza áreas clave como el diseño de reglas, su aplicación y la resolución de disputas que deben abordarse en la legislación secundaria para garantizar la integridad de
El documento describe la estructura y funciones del Poder Electoral en Venezuela. Está compuesto por el Consejo Nacional Electoral, la máxima autoridad, y tres organismos subordinados: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. La legislación electoral clave es la Ley Orgánica de Procesos Electorales de 2009. El Poder Electoral se rige por principios como la democracia, soberanía y transparencia para garantizar elecciones justas.
Los sistemas electorales determinan cómo se asignan escaños en función de los votos recibidos. Existen tres modelos principales: el sistema mayoritario, donde gana el candidato con más votos en cada distrito electoral, favoreciendo al bipartidismo; el sistema proporcional, donde los escaños se asignan de forma proporcional a los votos recibidos por cada partido, favoreciendo la representación de más partidos; y el sistema mixto, que combina ambos métodos. El Consejo Nacional Electoral de Venezuela es el órgano rector
El documento define los sistemas electorales y describe sus funciones. Explica que un sistema electoral es el conjunto de medios a través de los cuales la voluntad de los ciudadanos se transforma en órganos de gobierno. Las funciones de un sistema electoral incluyen regular quiénes pueden votar, las campañas electorales, cómo se emiten y cuentan los votos y cómo se resuelven conflictos.
1 fiscalizacion de los recursos de los partidos politicosEnrique Rf
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Indice latinoamericano de transparencia legislativa 2014Jesús Alanoca
Este documento presenta los resultados del Índice Latinoamericano de Transparencia Legislativa elaborado por la Red Latinoamericana por la Transparencia Legislativa. El índice evalúa el nivel de transparencia en los poderes legislativos de 9 países latinoamericanos (Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala, México, Perú y Venezuela) utilizando indicadores en 4 dimensiones. Los resultados muestran los avances y desafíos en materia de transparencia legislativa en cada país, con el objetivo de promover reformas que mej
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conformación de una Misión Electoral Especial (MEE). La MEE recibió el triple mandato de
proponer recomendaciones para “asegurar una mayor autonomía e independencia de la
organización electoral; modernizar y hacer más transparente el sistema electoral; dar mayores
garantías para la participación política en igualdad de condiciones y mejorar la calidad de la
democracia”.
Por lo tanto, en lugar de definir cuáles serían las reformas, el Acuerdo estableció más bien un
procedimiento para alcanzarlas y definió una instancia independiente de los actores que
suscribieron el Acuerdo. En efecto, el Acuerdo señaló que la MEE realizaría consultas con las
organizaciones políticas y con los organismos electorales, consideraría las buenas prácticas
nacionales e internacionales, y al término de su gestión, presentaría las recomendaciones en un
Informe final, para que en base a ellas “el Gobierno Nacional haga los ajustes normativos e
institucionales que sean necesarios”.
Se definió que la MEE contaría con siete miembros. Aparte de un representante de la Misión de
Observación Electoral (MOE), oficial y expresamente señalado en el Acuerdo, se delegó la
designación de los otros integrantes a cuatro instituciones, dos nacionales (Departamentos de
Ciencia Política de las Universidad de los Andes y Universidad Nacional de Colombia) y dos
internacionales (Centro Carter, Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria, NIMD).
Los integrantes seleccionados fueron cinco colombianos: Alejandra Barrios, como directora de
la MOE; Elisabeth Ungar, ex directora de Transparencia Colombia; Alberto Yepes, magistrado del
Consejo de Estado; Jorge Guzmán, especialista electoral de la Organización de las Naciones
Unidas; Juan Carlos Rodríguez, profesor en la Universidad de los Andes; y un internacional,
Salvador Romero Ballivián, ex presidente de la Corte Nacional Electoral de Bolivia. El séptimo
representante, el magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE) Armando Novoa, no asumió
el cargo. La MEE se instaló y sesionó con seis integrantes.
En el Acuerdo, la MEE recibió un plazo de cuatro meses para entregar sus planteamientos, pero
en la posesión de la MEE por el presidente de la República Juan Manuel Santos (16 de enero de
2017), el tiempo se recortó a tres meses.
Durante ese tiempo, la MEE trabajó con independencia en la elaboración de las propuestas de
reforma. Contó con el permanente apoyo del NIMD como secretaría técnica, y recibió valiosos
2. apoyos puntuales de organismos de cooperación, en especial del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de Management Systems International (MSI).
El espíritu de la propuesta
En las sesiones iniciales, la MEE decidió concentrar sus esfuerzos en tres ejes, considerados
prioritarios para cumplir con el mandato fijado por el Acuerdo: la reforma de la arquitectura
institucional, del sistema electoral, del financiamiento de la política.
Para determinar el contenido de las propuestas, la MEE estableció un diagnóstico del sistema
electoral colombiano a partir de reuniones con la mayor cantidad posible de organizaciones y
dirigentes políticos. En encuentros individualizados, se recogieron los planteamientos
partidarios. La MEE sostuvo reuniones con las autoridades electorales del Consejo Nacional
Electoral (CNE), de la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) y del Consejo de Estado,
además de citas con instituciones que aportaron valiosos elementos de juicio (como la
Procuraduría y entidades de fiscalización de recursos). Hubo igualmente sesiones de
intercambio con asociaciones de la sociedad civil vinculadas con temas electorales o políticos, y
con investigadores y analistas con experiencia en asuntos electorales, tanto colombianos como
internacionales.
La MEE expuso las recomendaciones preliminares en un evento en Cartagena (24 – 25 de marzo),
con la presidencia del Presidente de la República, los Presidentes del Senado y de la Cámara de
representantes, las máximas autoridades de los organismos electorales, ministros, senadores y
congresistas. Se recogió las reacciones de los partidos en su conjunto para proseguir con la
elaboración de las propuestas con el consenso más amplio posible.
Las recomendaciones buscan apuntalar las fortalezas del sistema electoral de Colombia y
proponen cambios en las áreas con insuficiencias y problemas, bajo cuatro premisas. La primera
fue el respeto del triple mandato recibido por la MEE en el Acuerdo. Las propuestas se inscriben
en esos lineamientos. La segunda fue modificar únicamente lo que los actores políticos e
institucionales identificaron que requiere cambios. Antes que un modelo abstracto, la propuesta
se apoya, en la medida de lo posible, en la historia y el tejido institucional colombiano, sin
considerarlo inmutable o maleable, más bien flexible con capacidad de adaptarse a nuevas
exigencias. Por último, en línea con el punto anterior, las recomendaciones plantean un
esquema adaptado por un lado a la estructura constitucional de Colombia y, por otro lado, a los
estándares latinoamericanos más elevados de elecciones íntegras. Las buenas prácticas
reconocen que se puede alcanzar altos rendimientos a través de distintas vías.
Las propuestas de la MEE se dirigen a cinco grandes objetivos. El primero es la constitución o el
fortalecimiento de organismos electorales sólidos, con legitimidad social y política, con personal
profesional, capaces de llevar adelante procesos con elevados estándares y que aumenten la
confianza ciudadana en las elecciones. El segundo es el mejoramiento de la calidad de la
3. representación política, con un énfasis en las oportunidades para jóvenes, grupos étnicos y
mujeres, cuya presencia en el ámbito de la toma de decisiones constituye un eje transversal de
la reforma. El tercero es impulsar un sistema partidario fuerte, menos personalista y clientelista,
simultáneamente abierto a nuevas expresiones políticas y con organizaciones cohesionadas,
democráticas, institucionalizadas y transparentes. El cuarto es promover un sistema de
financiamiento de la política que aumente la proporción de la contribución del Estado, reduzca
los costos de la actividad partidaria regular y de campañas, ofrezca mayor transparencia, sea
sujeto a controles más efectivos. Finalmente, como consecuencia de los propósitos anteriores,
se busca incentivar la participación y revertir los graves índices de abstención, los peores de
América Latina.
Estos objetivos se canalizan a través de tres grandes ejes de reforma, concentrada en la
arquitectura institucional electoral, el sistema electoral y el financiamiento de la política.
La arquitectura institucional electoral
El objetivo principal de las propuestas para la arquitectura institucional es el establecimiento de
un modelo fortalecido, eficiente, sin funciones duplicadas, que actúe con eficiencia, celeridad,
certeza y transparencia en el ámbito electoral, el financiamiento de la política y la supervisión
de las organizaciones políticas.
Para lograr ese propósito, se plantea una estructura de tres instituciones electorales: la RNEC,
el Consejo Electoral Colombiano (CEC) y la Corte Electoral (CE). Las tres poseen funciones
claramente separadas, pero deben trabajar de manera coordinada en plazos armonizados. El
sistema de nombramiento de las máximas autoridades de estas instituciones asegura la ausencia
de vínculos partidarios que comprometan su independencia y neutralidad, respondiendo así a
una voluntad generalizada de garantizar la imparcialidad de la estructura electoral de Colombia.
La RNEC conserva las principales funciones que hoy ejerce. Se encarga del Registro civil, la
Cedulación y el Padrón electoral, con una presencia que cubre el conjunto de los municipios.
Asimismo, se encarga de las funciones técnicas, logísticas y administrativas de planificación,
organización y ejecución de los procesos electorales representativos, de mecanismos de
participación popular y de democracia interna de las organizaciones políticas. Prepara el
material y define los centros de votación, con la recomendación de extenderlos de manera
sostenida para alcanzar áreas periféricas y facilitar el sufragio de todos los sectores, y de paso,
disminuir los costos asociados con el transporte. Asimismo, debe avanzar hacia su apropiación
de la tecnología que reduzca su dependencia frente a proveedores privados. Su máxima
autoridad es el Registrador, con un mandato de cuatro años no reelegible, y designado por el
actual concurso administrado por las altas Cortes.
Por su parte, el CEC recibe cinco grandes tipos de competencias. La primera es reglamentar el
proceso electoral. La segunda es una participación activa en la elección, con la responsabilidad
de convocar elecciones; inscribir candidatos; efectuar los escrutinios en todos niveles y resolver
4. las reclamaciones hasta la declaratoria de la elección; aprobar el censo electoral; delimitar las
circunscripciones uninominales. La tercera es el control de la vida de las organizaciones políticas:
les otorga el registro; lleva el padrón de afiliados; dirime los conflictos internos, etc. La cuarta,
otorga el financiamiento público directo e indirecto en tiempos ordinarios y de campaña a los
partidos, recibe la rendición de cuentas, audita, sanciona y acusa ante la CE. Por último, se
encarga de la educación democrática y ciudadana.
El CEC es una institución con personalidad jurídica, autonomía presupuestaria, presidido por un
cuerpo colegiado de siete consejeros, elegidos por la misma institución a partir de ternas
enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, la Corte Suprema (dos cada
institución; una de las ternas debe estar compuesta exclusivamente por mujeres) y la
Presidencia de la República. Los consejeros ejercen un mandato de ocho años, institucional, no
reelegible, y no pueden haber tenido funciones partidarias o de elección popular por lo menos
diez años antes de la posesión. La renovación se efectúa de manera escalonada. Estas
disposiciones buscan garantizar la independencia de las autoridades electorales con respecto a
los partidos y las Ramas del Poder Público, así como preservar la memoria institucional para
garantizar la continuidad de las políticas. Posee una estructura de nivel departamental
permanente (un registrador departamental pasa a depender de la nueva institución).
Finalmente, la CE es el órgano especializado en la jurisdicción electoral. Se halla integrada en el
Poder Judicial. Sus competencias son la resolución de las demandas de nulidad de elecciones y
de los actos de contenido electoral; define la pérdida de investidura y la pérdida del cargo;
decide las sanciones disciplinarias de funcionarios elegidos popularmente cuando impliquen
separación del cargo. Por demanda y solicitud del CEC, declara la pérdida y suspensión de la
personería jurídica de las organizaciones políticas, y la privación del derecho de presentar
candidatos en una circunscripción. Representa la cúspide pues en el nivel local, se organiza con
seis tribunales regionales, compuesto cada uno por tres jueces.
La CE es un cuerpo colegiado de siete abogados, con una experiencia mínima de 15 años en
asuntos electorales. Sus miembros son elegidos por ella misma de ternas que siguen el mismo
modelo que el CEC: dos enviadas por el Consejo de Estado, dos por la Corte Constitucional, dos
por la Corte Suprema de Justicia (una terna de cada institución debe estar compuesta
exclusivamente por mujeres) y una por la Presidencia de la República. Los magistrados ejercen
durante un período de 8 años, institucional, sin reelección. Al igual que los consejeros del CEC,
su renovación es escalonada para garantizar la continuidad de las líneas jurisprudenciales,
elemento básico de la seguridad jurídica.
Sistema electoral
Las recomendaciones para el sistema electoral pretenden abrir el espacio para el ingreso de
organizaciones políticas nuevas, sin conducir a una fragmentación del sistema de partidos o la
creación de microempresas electorales, que constituyó una mala experiencia para el país.
5. Buscan igualmente fortalecer los partidos, con incentivos para la institucionalización, la
democratización interna y la inclusión de grupos subrepresentados, mientras limitan la
personalización de la política y el clientelismo. Apuntan a mejorar la calidad de la representación
política, tanto en términos territoriales como de grupos con escasa presencia en ámbitos de
decisión, como las mujeres, los grupos étnicos, los jóvenes, y generar un mayor acercamiento
entre la ciudadanía y los elegidos. Por último, proponen un sistema electoral más sencillo para
los ciudadanos, los candidatos, los organismos electorales y los encargados de las mesas de
votación. Este conjunto de medidas debería promover niveles de participación más altos en todo
tipo de escrutinios.
De manera específica, para el Senado, se propone conservar la circunscripción nacional con 100
senadores (además de aquellos que corresponden a los pueblos indígenas y Afrodescendientes,
cuyas curules podrían incrementarse en la lógica de generar mayores espacios de inclusión).
También se mantiene el método de representación proporcional, con la fórmula d’Hondt. El
cambio radica en el paso del voto preferente a la lista cerrada y bloqueada.
Esta disposición genera partidos más cohesionados, programáticos, capaces de ofrecer una voz
unificada hacia el electorado y de cara a las políticas públicas. Desaparecerían las campañas de
corte personalista, que han aumentado de manera considerable el costo de la política en
Colombia, incentivado las prácticas clientelistas para generar nichos electorales, inducido a
conflictos partidarios internos, en particular entre los aspirantes a los últimos escaños a los que
tiene derecho la organización. Con el cambio, los candidatos se reúnen en torno a un objetivo
común y hacen énfasis en los planteamientos del partido antes que en las características
individuales. El nuevo sistema es más compatible con el financiamiento público, facilita la
rendición de cuentas y el control de gastos por parte de la autoridad electoral. Ofrece
igualmente sencillez al ciudadano en el momento de la elección y facilita el cómputo de votos,
con una reducción de errores y de eventuales manipulaciones. La lista cerrada y bloqueada se
acompaña de la exigencia de la aplicación de métodos de democracia interna claros y efectivos,
que ayuden a determinar el orden de la lista.
Para la Cámara de representantes, se recomienda el sistema proporcional personalizado,
utilizado por Alemania después de la II Guerra Mundial y replicado, con ligeras variantes, en
distintos países latinoamericanos con resultados satisfactorios.
Consiste en dos votos, uno por la lista departamental del partido, cerrada y bloqueada; otra por
el candidato del partido en la circunscripción uninominal. Cada departamento tendrá dos
representantes y uno más por cada 1% de la población nacional, o fracción superior al 0.5% en
exceso del primer 1%. En términos prácticos, la disposición implica que ningún departamento
tendrá menos de tres representantes, con un efecto positivo en la integración de los
departamentos periféricos en la toma de decisiones. Por otro lado, el cambio de la base de
cálculo del número absoluto de habitantes a un porcentaje, mantiene estable el número de
representantes y facilita la actualización de las cifras con los que hoy se distribuyen con los
congresistas (la distribución en 2014 se hizo aún con los datos del censo de 1985). Para la
6. próxima elección se recomienda que ningún departamento pierda representantes con respecto
al esquema actual. La suma de estas consideraciones establece una Cámara con 173
representantes: 104 elegidos en circunscripción uninominal, 69 en lista plurinominal.
Los departamentos con 3 representantes, los eligen en un igual número de circunscripciones
uninominales (por la imposibilidad de combinarlas con el método de la lista plurinominal por la
cifra tan baja de escaños). A partir de cuatro representantes, la mitad se elige en los distritos
uninominales, la otra mitad en lista (en caso de número impar, se privilegia la lista).
El sistema electoral también incluye un aumento de la cuota de género, facilitada por la
adopción de la lista cerrada en distintos niveles. Se recomienda una aplicación inicial de 40% con
un paso en la oportunidad siguiente a la paridad, alternancia y universalidad. Aunque el
Congreso de 2014 tiene la mayor presencia femenina de la historia, el porcentaje en ambas
Cámaras se encuentra por debajo del promedio latinoamericano.
En el nivel local, las recomendaciones siguen los lineamientos fijados en el plano nacional pues
se busca generar las mismas dinámicas virtuosas. El primer grupo de recomendaciones plantea
el cierre de las listas para Asambleas departamentales y Concejos municipales. El segundo, la
instauración de la segunda vuelta para los 6 municipios más grandes de Colombia, salvo que el
vencedor obtenga al menos 40% de los sufragios y diez puntos de diferencia con respecto al
segundo.
Financiamiento de la política
El financiamiento ha demostrado ser uno de los puntos críticos y sensibles de la política en
Colombia. Las recomendaciones proponen, por un lado, un sistema mixto, en el cual el aporte
del Estado tenga un peso importante, creciente con respecto a la situación actual, con aportes
directos e indirectos, a la par que se reduzca la necesidad de acudir a fuentes privadas, en
particular durante las campañas. Ese sistema, más atento a la equidad, debe crear
oportunidades para nuevas organizaciones políticas. Por otro lado, las propuestas generan
mecanismos de control más efectivos y mayor transparencia en la rendición de cuentas de los
partidos.
El financiamiento en época no electoral para las organizaciones políticas debe incrementar el
actual aporte estatal. Su distribución debe efectuarse a partir de nuevos criterios, que valoren
la equidad de manera más fuerte que ahora (aumento a 25% del total del financiamiento para
las organizaciones políticas con personalidad jurídica), respeten el criterio de fuerza (55% en
función de los cargos obtenidos en el Senado, la Cámara de representantes, las Asambleas
departamentales y los Concejos municipales) y premien las políticas de inclusión (20% por la
presencia de actores tradicionalmente relegados, como jóvenes y mujeres, y una prima a la
democracia interna).
7. El financiamiento directo de la campaña también debe registrar un aumento de la participación
del Estado, facilitada por la estructura de listas cerradas y bloqueadas, que permite la entrega
de recursos a las organizaciones políticas. Ese financiamiento se distribuiría en dos etapas. Se
entregaría el 50% antes del proceso electoral como anticipo (40% en base a resultados
precedentes; 10% de manera equitativa a todas las organizaciones que compiten, sin obligación
de resultados electorales mínimos pero sí de rendición de cuentas). Los beneficiarios de los
recursos son los partidos, que son también responsables de la rendición de cuentas. El otro 50%
se otorgaría a las organizaciones después de la elección, de manera proporcional a los resultados
obtenidos por cada una.
El financiamiento indirecto de campaña pasa primero por la puesta a disposición del transporte
público el día de la elección en las grandes ciudades y sobre todo por la difusión de un mínimo
de propaganda política para todas las organizaciones través de los medios de comunicación
audiovisuales públicos y privados.
Se conservan los topes de campaña, pero se recomienda al CEC estudiar el costo real de
campañas, no necesariamente para equiparar el tope con ese gasto, sino para fijar uno que
promueva la rendición de cuentas más efectiva. Se introduce una limitación en los aportes
propios que pueden realizar los candidatos y sus familiares a sus campañas, y le corresponde al
CEC establecer ese monto según los niveles. También se restringen los montos que pueden
aportar las empresas y los individuos para generar una menor dependencia de los candidatos
con reducidos grupos de poder. Para la rendición de cuentas, se recomienda convertir en una
obligación legal la entrega de la información contable a través del mecanismo de “Cuentas
claras”.
Para las empresas que venden servicios y bienes en campaña, a partir de un cierto monto, deben
necesariamente registrarse en una base de donantes de proveedores. Sólo se autorizan las
contrataciones a las compañías que cumplan con este requisito que facilita el cruce de
información.
Para el control de los recursos que ingresan a la política, el CEC contará con una unidad capaz
de hacer un seguimiento estricto y minucioso de la circulación de fondos en las campañas y de
generar alianzas con otras instituciones del Estado que supervisan actividades financieras.
También debe efectuar un monitoreo sistemático de los principales rubros de destino de los
gastos (por ejemplo, el monitoreo de la publicidad en los medios masivos de comunicación).
Posee la facultad de contratar auditorías externas para los balances presentados por las
organizaciones políticas y abrir procesos ante la CE si comprueba violaciones de topes, ingreso
de recursos ilegales, infracciones a las normas de financiamiento.
8. La ruta a seguir y el éxito de las recomendaciones
Un importante principio de las reformas políticas y electorales es que ellas no se realicen, en la
medida de lo posible, en la inminencia de un proceso electoral. La MEE considera indispensable
la adopción de las recomendaciones que plantea para modernizar el sistema electoral, conseguir
elecciones más confiables y elevar la calidad de la democracia en Colombia. También comprende
que la cercanía de las elecciones legislativas y presidencial de 2018 hace difícil que las reformas
puedan entrar en vigencia de manera inmediata. Por lo tanto, recomienda que las reformas se
adopten en el transcurso de la legislatura de 2017 y se defina un calendario de transición que
no es uniforme sino ajustado a la posibilidad de absorción del sistema político y electoral: unas
pocas medidas pueden entrar en aplicación en 2018, otras en 2019, y para el ciclo 2022 – 2023,
todas tendrían que estar en plena aplicación.
El éxito de las reformas no depende exclusivamente de su pertinencia en el fondo, sino en la
legitimidad que les da origen. Por lo tanto, una mayoría parlamentaria lo más amplia posible,
capaz de reunir a fuerzas del oficialismo y de la oposición, en un momento clave como el
rediseño de las reglas del juego, fortalecería a las instituciones y les permitiría encarar con fuerza
los retos de sus primeros procesos electorales. En ese sentido, la obtención de la mayoría para
una reforma más que un asunto aritmético, es un principio político.
Instituciones, reglas y nombramientos con amplio consenso político, social e institucional
brindan certezas a los actores políticos, horizontes temporales de largo alcance, incentivos para
un mejor respeto de la norma, confianza en la ciudadanía. Las reformas que ayudan a tener
autoridades y procedimientos electorales idóneos son necesarias pero insuficientes sin la
voluntad política de aplicarlas de manera efectiva.
Los actores de la sociedad y la política colombiana reconocen que hoy se presenta una coyuntura
histórica excepcional para alcanzar reformas políticas y electorales de envergadura. Con la
entrega de las recomendaciones en el breve plazo asignado y que recogen un consenso amplio,
la MEE expresa su compromiso con el anhelo de una reforma que fortalezca las bases
democráticas de la sociedad y del sistema político en Colombia.
Bogotá, 17 de abril de 2017