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ACUERDO NÚMERO

                                   NOVIEMBRE ---- DE 2012

     “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL
     MUNICIPIO DE AMAGÁ ANTIOQUIA PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2013”
                 EL CONCEJO MUNICIPAL DE AMAGÁ ANTIOQUIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en
numeral 5 del artículo 313 de la Constitución Política, Ley 136 de 1994, ley 617 de
2000, Ley 819 de 2003, Ley 715 de 2001, Decreto 111 de 1996, Estatuto Orgánico
del Presupuesto Municipal, y demás normas concordantes,
                                            ACUERDA:
                                         PRIMERA PARTE
             PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL


ARTÍCULO PRIMERO. Determinase el presupuesto de rentas y recursos de capital
del MUNICIPIO DE AMAGÁ para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre
del año 2013 en la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CINCUENTA PESOS M/L
($11.447`692.050.oo), según el siguiente detalle:

1           INGRESOS TOTALES                                         11.447.692.050,00
11          INGRESOS NIVEL CENTRAL                                   11.171.892.050,00
111         INGRESOS CORRIENTES                                       3.927.102.743,00
1111        INGRESOS TRIBUTARIOS                                      2.486.016.511,00
11111       IMPUESTOS DIRECTOS                                         893.038.188,00
1111101     IMPUESTOS Y SOBRETASAS                                     893.038.188,00
111110101   Impuesto Predial Unificado                       1001      769.243.620,00
111110102   Impuesto de Circulación y Tránsito               1001         1.148.553,00
111110103   Impuesto de Vehículos Automotores                1001                 0,00
111110104   Sobretasa Ambiental                              1002      122.646.015,00
111110105   Sobretasa Bomberil                               1003                 0,00
11112       IMPUESTOS INDIRECTOS                                      1.592.978.323,00
1111201     IMPUESTOS AL COMERCIO                                     1.592.978.323,00
111120101   Impuesto de Industria y Comercio                 1001     1.033.526.477,00
111120102   Anticipo por Retención de Industria y Comercio   1001         3.223.334,00
111120103   Sobretasa Bomberil                               1003         5.012.740,00
111120104   Avisos y Tableros                                1001       67.603.247,00
111120105   Sobretasa a la Gasolina                          1001      399.682.230,00
111120106   Delineación Urbana, Estudios, planos, usos de suelos   1001         74.160,00
111120107   Visto Bueno de Vías y Lotes                            1001              0,00
111120108   Impuestos a la Construcción (Licencias)                1001     83.213.315,00
111120109   Rifas y Apuestas                                       1001              0,00
111120110   Espectáculos Públicos                                  1001        386.250,00
111120111   Impuesto de Publicación Externa Visual                 1001        256.570,00
111120112   Impuesto a las Ventas por el Sistema de Club           1001              0,00
111120113   Impuesto de Degüello Ganado Menor                      1001              0,00
1112        INGRESOS NO TRIBUTARIOS                                       1.441.086.232,00
11121       TASAS                                                          402.045.252,00
1112101     TASAS                                                          402.045.252,00
111210101   Alumbrado Público                                      1001    375.720.862,00
111210102   Publicaciones                                          1001     12.507.161,00
111210103   Estacionamiento (Parqueaderos sobre Vías Públicas)     1001              0,00
111210104   Música                                                 1001      6.222.704,00
111210105   Juegos Permitidos                                      1001      7.594.525,00
111210106   Ocupación de Espacio Público                           1001              0,00
111210107   Tasa Servicios Técnicos de Planeación                  1001              0,00
111210108   Registro, Marcas y Herretes                            1001              0,00
11122       MULTAS Y MORAS                                                 243.696.729,00
1112201     MULTAS                                                         199.535.187,00
111220101   Multas de Tránsito Municipal Simit                     1506     84.371.738,00
111220102   Multas Policía de Carreteras Polca                     1504     96.053.988,00
111220103   Multas 90% Recaudo Simit Fuera de Jurisdicción         1001     18.869.445,00
111220104   Multas Establecimientos de Comercio                    1001              0,00
111220105   Multas Contravenciones de Policía                                  240.016,00
1112202     INTERESES MORATORIOS                                            44.161.542,00
111220201   Intereses por Mora Impuesto Predial                    1001      8.861.266,00
111220202   Intereses por Mora Ley 99/93 Sobretasa Ambiental       1002     14.470.869,00
111220203   Intereses Industria y Comercio                         1001     20.829.407,00
111220204   Intereses de Mora Por Avisos y Tableros                1001              0,00
111220205   Intereses de Mora Sobretasa Bomberil                   1003              0,00
11123       DERECHOS                                                        20.333.306,00
1112301     VENTA DE BIENES Y SERVICIOS                                     20.333.306,00
111230101   Certificados                                           1001     15.832.556,00
111230102   Formularios y Paz y Salvos                             1001      4.500.750,00
11124       OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS                                  189.531.315,00
1112401     PLAZA DE MERCADO                                               146.948.875,00
111240101   Administración Plaza de Mercado                        1001     54.779.080,00
111240102   Arrendamiento Plaza de Mercado                            1001     92.169.795,00
1112402     OTROS INGRESOS                                                     42.582.440,00
111240201   Arrendamientos Bienes Inmuebles                           1001     18.890.778,00
111220402   Arrendamientos Bienes Muebles                             1001              0,00
111220403   Dividendos Acciones EPAMA                                 1001              0,00
111220404   Aprovechamientos y reintegros                             1001     23.691.662,00
11125       TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO                                585.479.630,00
1112501     SGP LIBRE DESTINACION                                             585.479.630,00
111250101   Transferencia SGP Libre Destinación para funcionamiento   1001    585.479.630,00
            Ultima Doceava 2012 SGP Libre destinación para
111250102   Funcionamiento                                            1001              0,00
112         TRANSFERENCIAS Y APORTES                                         7.139.789.307,00
1121        ORDEN NACIONAL                                                   6.899.505.932,00
11211       SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES                               4.244.589.534,00
1121101     EDUCACION                                                         390.246.448,00
112110101   SGP. Educación Calidad                                    1101    390.246.448,00
112110102   SGP. Gratuidad Matriculas Oficiales Sisbén                1101              0,00
112110103   Ultima Doceava SGP Educación Calidad                      1101              0,00
112110104   Ultima Doceava Gratuidad Matriculas Sisbén                1101              0,00
1121102     SALUD                                                            2.397.333.614,00
112110201   SGP. Régimen Subsidiado Continuidad                       1201   1.838.805.574,00
112110202   SGP. Salud Pública - PAB                                  1203    173.379.639,00
112110203   SGP. Aportes Patronales                                   1202    385.148.401,00
112110204   Ultima Doceava Régimen Subsidiado C.                      1201                ,00
112110205   Ultima Doceava Salud Pública - PAB                        1203              0,00
112110206   Ultima Doceava Aportes Patronales                         1202              0,00
1121103     AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                                 678.553.219,00
112110301   SGP Agua Potable y Saneamiento Básico                     1102    678.553.219,00
112110302   Ultima Doceava SGP AP y SB                                1102              0,00
1121104     SGP. PROPOSITO GENERAL FORZOSA INVERSION                          711.095.438,00
112110401   SGP. Deportes                                             1103     76.392.396,00
112110402   SGP. Cultura                                              1104     57.294.298,00
112110403   SGP. Otros Sectores de Inversión                          1105    577.408.744,00
112110404   Ultima Doceava SGP. Deportes                              1103              0,00
112110405   Ultima Doceava SGP. Cultura                               1104              0,00
112110406   Ultima Doceava SGP. Otros Sectores de Inversión           1105              0,00
1121105     SGP. ALIMENTACIÓN ESCOLAR                                          67.360.815,00
11210501    SGP. Alimentación Escolar                                 1106     67.360.815,00
112110502   Ultima Doceava Alimentación Escolar                       1106              0,00
1121106     SGP. FONPET                                                                 0,00
112110601   SGP. Fonpet                                                               0,00
112110602   Ultima Doceava SGP. Fonpet                                                0,00
1121107     SGP. ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA                                   0,00
112110701   SGP. Atención Integral Primera Infancia                 1107              0,00
112110702   Ultima Doceava SGP Atención Integral Primera Infancia   1107              0,00
11212       OTRAS TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL                        2.654.916.398,00
1121201     SALUD                                                          2.654.916.398,00
112120101   FOSIGA Corriente Régimen Subsidiado                     1201   1.972.369.189,00
112120102   ETESA 75% Inversión                                     1205     56.354.592,00
112120103   ETESA 25% Funcionamiento en Salud                       1205     18.784.865,00
112120104   FOSIGA Población Pobre No Asegurada                     1201    607.407.752,00
1121202     VIAS                                                                      0,00
112120201   Recuperación y Reparación de Vías                       1303              0,00
1121203     DEPORTES                                                                  0,00
112120301   Recursos Ley del Tabaco 1289 de 2009                    1307              0,00
1121204     ICBF                                                                      0,00
112120401   Atención a Grupos Vulnerables                           1442              0,00
1121205     VIVIENDA                                                                  0,00
112120501   Vivienda de Interés Social y Prioritaria                1440              0,00
1122        DEL ORDEN DEPARTAMENTAL                                         240.283.375,00
11221       APORTES DEPARTAMENTALES                                         240.283.375,00
1122101     SALUD                                                           240.283.375,00
112210101   Régimen subsidiad Rentas Cedidas Dpto.                  1201    240.283.375,00
1122102     VIVIENDA                                                                  0,00
112210201   Vivienda de Interés Social y Prioritaria                1440              0,00
1122103     DAPARD                                                                    0,00
112210301   Atención Grupos Vulnerables                             1442              0,00
113         SISTEMA GENERAL DE REGALIAS (SGR)                               105.000.000,00
1131        SGR. REGALIAS MINERAS                                           100.000.000,00
11311       MINERALES                                                       100.000.000,00
1131101     POR EXPLOTACION DE CARBON                                       100.000.000,00
113110101   SGR. Asignación Directa                                 1701    100.000.000,00
113110102   SGR. Proyectos de Impacto Local                         1701              0,00
113110103   SGR. Ahorro Pensional                                   1701              0,00
1132        RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES                                  5.000.000,00
11321       MEDIO AMBIENTE                                                    5.000.000,00
1132101     MATERIALES DE CONSTRUCC                                           5.000.000,00
113210101   Regalías Explotación Materiales Const.                  1701      5.000.000,00
12          FONDOS ESPECIALES                                               275.800.000,00
121         FONDOS ESPECIALES Y ESTAMPILLAS                                     275.800.000,00
1211        FONDOS ESPECIALES                                                    85.800.000,00
12111       FONDOS ESPECIALES MUNICIPALES                                        85.800.000,00
1211101     VIVIENDA                                                             18.500.000,00
121110101   Amortización Créditos de Vivienda                            1501    18.000.000,00
121110102   Intereses Créditos de Vivienda                               1501      500.000,00
1211102     IDEAR                                                                 3.300.000,00
121110201   Recursos Funcionamiento Idear                                1503     3.300.000,00
1211103     FONDO DE SEGURIDAD                                                   50.000.000,00
121110301   Contribución 5% Contrato Obra Pública (Fondo de Seguridad)   1502    50.000.000,00
1211104     CONVENIO ICA                                                         14.000.000,00
121110401   Convenio ICA Movilización de Ganado                          1505    14.000.000,00
1212        ESTAMPILLAS                                                         190.000.000,00
12121       ESTAMPILLAS MUNICIPALES                                             190.000.000,00
1212101     ESTAMPILLA ADULTO MAYOR                                             140.000.000,00
121210101   Funcionamiento, Mantenimiento CBA 30%                        1603    42.000.000,00
121210102   Centros de Vida 70%                                          1603    98.000.000,00
1212102     ESTAMPILLA PRO-CULTURA                                               30.000.000,00
121210201   Estampilla Pro-Cultura                                       1601    30.000.000,00
1212103     ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL                                              20.000.000,00
121210301   Estampilla Pro-Hospital                                      1602    20.000.000,00
13          CAPITAL                                                                       0,00
131         RECURSOS DE CAPITAL                                                           0,00
1311        BALANCE                                                                       0,00
13111       RECURSOS DEL BALANCE                                                          0,00
1311101     VIGENCIAS ANTERIORES IMPTOS                                                   0,00
131110101   Vigencia Anterior Impuesto Predial                           1001             0,00
131110102   Vigencia Anterior Ley 99/93 Sobretasa Ambiental              1002             0,00
131110103   Vigencia Anterior Impuesto Industria y Comercio              1001             0,00
131110104   Vigencia Anterior Impuesto Avisos y Tableros                 1001             0,00
131110105   Vigencia Anterior Sobretasa a la Gasolina                    1001             0,00
131110106   Vigencia Anterior Sobretasa Bomberil                         1003             0,00
131110107   Vigencia Anterior Alumbrado Público                          1001             0,00
1311102     APORTES Y TRANSFERENCIAS POR COBRAR                                           0,00
            FOSIGA Corriente Régimen Subsidiado Sin Situación de
131110201   Fondos                                                       1201             0,00
1311103     EXISTENCIA EN CAJA Y BANCOS                                                   0,00
131110301   Fondos Comunes                                               1001             0,00
131110302   Sobretasa Ambiental                                          1002             0,00
131110303   Sobretasa Bomberil                                           1003             0,00
131110304    SGP. Educación Calidad                                1101                 0,00
131110305    SGP. Agua Potable y Saneamiento Básico                1102                 0,00
131110306    SGP. Deportes                                         1103                 0,00
131110307    SGP. Cultura                                          1104                 0,00
1311104      RENDIMIENTOS FINANCIEROS                                                   0,00
131110401    Intereses Fondos Comunes                              1001                  ,00
131110402    Intereses SGP. Educación Calidad                      1101                  ,00
13112        RECURSOS DEL CREDITO                                                       0,00
1311201      RECURSOS DEL CREDITO                                                       0,00
131120101    Empréstito                                            1801                 0,00




                                           SEGUNDA PARTE

 PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO, INVERSIÓN Y SERVICIO DE LA
                          DEUDA PÚBLICA



ARTÍCULO SEGUNDO: Apropiase para atender gastos de funcionamiento, el servicio de la
deuda pública y los gastos de inversión en el Presupuesto General del MUNICIPIO DE
AMAGÁ, durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
año 2013, en la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CINCUENTA PESOS M/L ($11.447.692.050.oo),
según el siguiente detalle:

                                     PRESUPUESTO DE EGRESOS 2013
     RUBRO    FONDO                             DESCRIPCIÓN                  VALOR

2                         EGRESOS                                          11.447.692.050,00

21                        GASTOS DE FUNCIONAMIENTO                          2.690.037.569,00

211                       RECURSOS PROPIOS                                  2.690.037.569,00

21101                     CONCEJO                                            169.315.285,00

211011                    GASTOS DE PERSONAL                                 140.229.072,00

21101101                  SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA          21.960.961,00

21101101101 1001          Sueldos Personal de Nomina                          13.335.462,00

21101101102 1001          Prima de Servicios.                                    555.644,00

21101101103 1001          Prima de Vacaciones                                    555.644,00

21101101104 1001          Vacaciones                                             741.229,00
21101101105 1001   Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones     1.296.874,00

21101101106 1001   Auxilio de Transporte                                  2.000.000,00

21101101107 1001   Bonificación Por Recreación                               74.086,00

21101101108 1001   Prima de Navidad                                       1.343.383,00

21101101109 1001   Subsidio de Alimentación                                562.560,00

21101101110 1001   Cesantías                                              1.362.724,00

21101101112 1001   Intereses a las Cesantías                               133.355,00

21101102           SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS                      114.264.540,00

21101102117 1001   Honorarios Concejales                                114.264.540,00

21101103           CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA                  4.003.571,00

21101103121 1001   EPS Salud                                              1.133.514,00

21101103126 1001   Fondo de Pensiones                                     1.600.255,00

21101103127 1001   ARP Riesgos Profesionales                                 69.611,00

21101103128 1001   Caja de Compensación Familiar                           533.418,00

21101103129 1001   ICBF                                                    400.064,00

21101103130 1001   SENA                                                      66.677,00

21101103131 1001   ESAP                                                      66.677,00

21101103132 1001   Escuelas de Institutos Técnicos                         133.355,00

211012             GASTOS GENERALES                                      29.086.213,00

21101201           ADQUISICION DE BIENES                                 13.507.153,00

21101201133 1001   Materiales y Suministros                               5.507.153,00

21101201134 1001   Mantenimiento                                          3.000.000,00

21101201146 1001   Impresos y Publicaciones                               4.000.000,00

21101201158 1001   Afiliación Asociación de Concejales                    1.000.000,00

21101202           ADQUISICION DE SERVICIOS                              15.579.060,00

21101202139 1001   Gastos de Transporte                                   3.000.000,00

21101202143 1001   Comunicaciones                                         7.000.000,00

21101202144 1001   Servicios Púbicos                                      5.579.060,00

21102              PERSONERIA                                            88.405.200,00

211021             GASTOS DE PERSONAL                                    84.151.993,00
21102101           SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA           69.808.493,00

21102101101 1001   Sueldos Personal de Nomina                           47.776.630,00

21102101102 1001   Prima de Servicios                                    1.990.693,00

21102101103 1001   Prima de Vacaciones                                   1.990.693,00

21102101104 1001   Vacaciones                                            2.655.584,00

21102101105 1001   Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones    4.646.277,00

21102101106 1001   Bonificación Por Recreación                            265.426,00

21102101107 1001   Prima de Navidad                                      4.691.830,00

21102101108 1001   Subsidio de Alimentación                               562.560,00

21102101110 1001   Cesantías                                             4.751.034,00

21102101112 1001   Intereses a las Cesantías                              477.766,00

21102102           SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS                                  -

21102102118 1001   Servicios Personales Indirectos                                  -

21102103           SERVICIOS PERSONALES INHERENTES A LA NOMINA          14.343.500,00

21102103121 1001   EPS Salud                                             4.061.014,00

21102103126 1001   Fondo de Pensiones                                    5.733.196,00

21102103127 1001   ARP Riesgos Profesionales                              249.394,00

21102103128 1001   Caja de Compensación Familiar                         1.911.065,00

21102103129 1001   ICBF                                                  1.433.299,00

21102103130 1001   SENA                                                   238.883,00

21102103131 1001   ESAP                                                   238.883,00

21102103132 1001   Escuelas de Institutos Técnicos                        477.766,00

211022             GASTOS GENERALES                                      4.253.207,00

21102201           ADQUISICION DE BIENES                                            -
21102201133 1001   Materiales y Suministros
21102201134 1001   Mantenimiento

21102202           ADQUISICION DE SERVICIOS                              4.253.207,00

21102202137 1001   Seguros de Vida                                        828.182,00

21102202139 1001   Viáticos y Gastos de Viaje                             425.025,00
21102202143 1001   Comunicación y Transporte

21102202145 1001   Telefonía                                             1.900.000,00
21102202150 1001   Desarrollo Institucional

21102202160 1001   Servicios Públicos                                      1.100.000,00

21103              ADMINISTRACIÓN CENTRAL                               2.432.317.084,00

211031             GASTOS DE PERSONAL                                   1.420.961.756,00

21103101           SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA           1.093.007.675,00

21103101101 1001   Sueldos Personal de Nomina                            711.565.117,00

21103101102 1001   Prima de Servicios                                     28.136.888,00

21103101103 1001   Prima de Vacaciones                                    29.648.546,00

21103101104 1001   Vacaciones                                             39.551.161,00

21103101105 1001   Auxilio de Transporte                                   8.000.000,00

21103101106 1001   Bonificación Por Recreación                             4.156.787,00

21103101107 1001   Prima de Navidad                                       70.319.731,00

21103101108 1001   Subsidio de Alimentación                               15.189.120,00

21103101109 1001   Prima de Dirección                                     24.186.523,00

21103101110 1001   Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones     69.199.707,00

21103101111 1001   Cesantías                                              71.238.283,00

21103101112 1001   Intereses a las Cesantías                               7.115.652,00

21103101113 1001   Gastos de Representación                                  500.000,00

21103101114 1001   Derechos Convencionales                                   600.160,00

21103101115 1001   Horas Extras                                            6.600.000,00

21103101116 1001   Dotación de Personal                                    7.000.000,00

21103102           SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS                       104.328.000,00

21103102119 1001   Honorarios                                             83.835.000,00

21103102162 1001   Jornales                                                            -

21103102169 1001   Prestación de servicios                                20.493.000,00

21103103           SERVICIOS PERSONALES INHERENTES A LA NOMINA           223.626.081,00

21103103121 1001   EPS Salud                                              60.483.036,00

21103103126 1001   Fondo de Pensiones                                     85.387.814,00

21103103127 1001   ARP Riesgos Profesionales                               3.714.370,00

21103103128 1001   Caja de Compensación Familiar                          28.462.605,00
21103103129 1001   ICBF
21.346.954,00

21103103130 1001   SENA                                                       3.557.825,00

21103103131 1001   ESAP                                                       3.557.825,00

21103103132 1001   Escuelas de Institutos Técnicos                            7.115.652,00

21103103161 1001   Seguridad Social en Salud Concejo Municipal               10.000.000,00

211032             GASTOS GENERALES                                         423.562.245,00

21103201           ADQUISICION DE BIENES                                    157.462.245,00

21103201133 1001   Materiales y Suministros                                 117.462.245,00

21103201134 1001   Mantenimiento                                             25.000.000,00

21103201135 1001   Suministro y Mantenimiento de Vehículos                   15.000.000,00

21103202           ADQUISICION DE SERVICIOS                                 266.100.000,00

21103202139 1001   Viáticos y gastos de viaje                                30.000.000,00

21103202140 1001   Comisiones y Otros Gastos Bancarios                        8.500.000,00

21103202141 1001   Servicio de Parqueadero                                    8.500.000,00

21103202142 1001   Fotocopias, Impresos y Publicaciones                       6.000.000,00

21103202143 1001   Comunicaciones y Transporte                                9.500.000,00

21103202147 1001   Gastos Varios e Imprevistos                                1.400.000,00

21103202148 1001   Servicio de telefonía                                     60.000.000,00

21103202149 1001   Servicios Públicos – Energía                              70.000.000,00

21103202151 1001   Servicios Públicos – Acueducto                            30.000.000,00

21103202152 1001   Seguros de Vida, de manejo, Pólizas y otros               25.200.000,00

21103202153 1001   Gastos Funerarios Personas Escasos Recursos                5.000.000,00

21103202154 1001   Otros Gastos Funerarios                                    2.000.000,00

21103202155 1001   Seguros de Vida del Concejo Municipal                     10.000.000,00

211033             TRANSFERENCIAS                                           481.487.334,00

21103301           OTRAS TRASFERENCIAS                                      481.487.334,00
                   Pensionados (Salarios + Contribuciones Inherentes a la
21103301155 1001   Nomina)                                                  223.417.886,00

21103301156 1001   Cuotas Partes Pensiónales                                 12.000.000,00

21103301157 1001   Sentencias y Conciliaciones                                1.500.000,00

21103301163 1504   Multas de Policía de carreteras Polca                     96.053.988,00
21103301164 1506   Multas de Policía Municipio Simit
18.869.445,00

21103301165 1002   Sobretasa Ambiental CORANTIOQUIA                              122.646.015,00

21103301166 1505   Transferencia ICA 50% Licencia Movilización Ganado              7.000.000,00

211034             PLAZA DE MERCADO                                              106.305.749,00

21103401           PLAZA DE MERCADO FUNCIONAMIENTO                               106.305.749,00

21103401167 1001   Funcionamiento Plaza de Mercado                                20.812.130,00

21103401168 1001   Servicios Públicos                                             47.500.000,00

21103401169 1001   Personal supernumerario                                                    -

21103401170 1001   Vigilancia                                                     11.235.271,00

21103401171 1001   Mantenimiento                                                  26.757.348,00

22                 SERVICIO DE LA DEUDA                                          445.577.038,00

221                RECURSOS PROPIOS                                               99.623.066,00

22101              ENTIDADES PUBLICAS                                             99.623.066,00

221011             AMORTIZACIÓN CAPITAL                                           78.217.682,00

22101101           CONSTRUCCION VIVIENDA URBANA Y RURAL                           46.839.221,00

22101101201 1001   Amortización Capital de Vivienda                               46.839.221,00

22101102           ADQUISICION DE BIENES                                          31.378.461,00

22101102210 1001   Amortización Capital Construcción Central de Abastos           26.653.379,00

22101102211 1001   Amortización Capital Terminación Casa de la Cultura             4.725.082,00

221012             AMORTIZACION INTERESES                                         21.405.384,00

22101201           CONSTRUCCION VIVIENDA URBANA Y RURAL                           20.507.283,00

22101201220 1001   Amortización Intereses de Vivienda                             20.507.283,00

22101202           ADQUISICION DE BIENES                                            898.101,00

22101202230 1001   Amortización Intereses Construcción Central de Abastos           804.701,00

22101202231 1001   Amortización Intereses Terminación Casa de la Cultura              93.400,00

22101202232 1001   Amortización Intereses Créditos de Tesorería                               -

222                RECURSOS SGP                                                  345.953.972,00

22201              ENTIDADES PUBLICAS                                            345.953.972,00

222011             AMORTIZACION CAPITAL                                          250.015.445,00

22201101           RECURSOS SGP EDUCACION                                                     -
22201101240 1101   Amortización Capital Construcción Infraestructura Educativa
-

22201102           SGP AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                        122.414.519,00

22201102250 1102   Amortización Capital Plan Maestro                             28.736.076,00
                   Amortización Capital Obras Complementarias Proyecto
                   Reubicación de 100 Viviendas Zona de Alto Riesgo Falla
22201102251 1102   Geológica (Urbanismo, Acueducto y Alcantarillado)             93.678.443,00

22201103           SGP OTROS SECTORES                                           127.600.926,00

22201103260 1105   Amortización Capital Construcción Central de Abastos          33.922.483,00

22201103261 1105   Amortización Capital Compra Lote Vivienda Interés Social      93.678.443,00

222012             AMORTIZACION A INTERESES                                      95.938.527,00

22201201           RECURSOS SGP EDUCACION                                                    -
                   Amortización Intereses Construcción Infraestructura
22201201270 1101   Educativa                                                                 -

22201202           SGP AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                         53.899.795,00

22201202280 1102   Amortización Intereses Plan Maestro                           12.885.229,00
                   Amortización Intereses Obras Complementarias Proyecto
                   Reubicación de 100 Viviendas Zona de Alto Riesgo Falla
22201202281 1102   Geológica (Urbanismo, Acueducto y Alcantarillado)             41.014.566,00

22201203           SGP OTROS SECTORES                                            42.038.732,00

22201203290 1105   Amortización Intereses Construcción Central de Abastos         1.024.166,00

22201203291 1105   Amortización Intereses Compra Lote Vivienda Interés Social    41.014.566,00

231                RECURSOS PROPIOS LIBRE DESTINACIÓN                           775.493.371,00

23101              EDUCACION RECURSOS PROPIOS                                    92.108.034,00

231011             INVERSION EDUCACION                                           92.108.034,00

23101101           CALIDAD EDUCATIVA                                             92.108.034,00

23101101301 1001   Eventos Educativos                                                        -

23101101302 1001   Seguros Equipos Sala de Computo                                           -

23101101303 1001   Programa UAI                                                  48.127.500,00

23101101304 1001   Pago Personal Operativo                                       14.904.000,00

23101101305 1001   Coordinación Sala de Computo                                  13.206.600,00

23101101306 1001   Apoyo Emergencia I.E Rural Guaimaral                           6.706.800,00

23101101528 1001   Programas y Proyectos Calidad de la Educación                             -

23101101531 1001   Interventoria Proyectos de Educación                           3.000.000,00

23101101532 1001   Subsidio de Transporte                                         6.163.134,00
23102              SALUD RECURSOS PROPIOS
60.992.648,00

231021             INVERSION SALUD                                                60.992.648,00

23102101           SALUD PUBLICA                                                  60.992.648,00

23102101306 1001   Inversión Sistemas de Información                              18.401.783,00

23102101307 1001   Apoyo Personal Operativo                                       12.006.000,00

23102101529 1001   Interventoría Contratos de Salud                                5.000.000,00

23102101530 1001   ETESA Funcionamiento                                           18.784.865,00

23102101531 1001   Por Su Salud Muévase Pues                                       6.800.000,00

23103              AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                             171.582.189,00

231031             INVERSION AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                   171.582.189,00

23103101           AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                             171.582.189,00

23103101447 1001   Subsidios Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso   125.255.589.oo

23103101448 1001   Rehabilitación del Sistema de Alcantarillado                               -

23103101449 1001   Plan Maestro de Alcantarillado                                 15.742.350,00

23103101450 1001   Mantenimiento de Alcantarillado                                16.508.250,00

23103101451 1001   Apoyo y Seguimiento al PGIRS                                   14.076.000,00

23104              DEPORTES RECURSOS PROPIOS                                      55.640.100,00

231041             INVERSION DEPORTES                                             55.640.100,00

23104101           DEPORTES                                                       55.640.100,00

23104101308 1001   Inversión en Fomento y Apoyo a la Práctica del Deporte          1.000.000,00

23104101309 1001   Construcción y mantenimiento de Escenarios Deportivos            500.000,00

23104101310 1001   Dotación de Escenarios e Implementación Deportiva                500.000,00

23104101452 1001   Apoyo Juegos de la Calle                                         500.000,00

23104101453 1001   Pago de Instructor y Monitores Deportivos                      52.640.100,00

23104101530 1001   Interventoría Proyectos Deportivos                               500.000,00

23105              CULTURA RECURSOS PROPIOS                                       30.135.250,00

231051             INVERSION CULTURA                                              30.135.250,00

23105101           CULTURA                                                        30.135.250,00

23105101311 1001   Apoyo a las Prácticas y Manifestaciones Culturales             29.135.250,00

23105101312 1001   Mantenimiento y Dotación Banda de Música                         500.000,00
23105101313 1001   Pólizas, Seguros, Publicaciones y Cofinanciación proyectos
Culturales                                                    500.000,00

23105101314 1001   Elaboración Plan Cultural Municipal                                     -

23106              INVERSION OTROS SECTRORES                                  365.035.150,00

231061             INVERSION OTROS SECTRORES RECURSOS PROPIOS                 365.035.150,00

23106101           INVERSION SECTOR VIVIENDA                                   21.000.000,00

23106101314 1001   Subsidio Para Mejoramiento de Vivienda de Interés Social      500.000,00

23106101315 1001   Programa de Construcción y Mejoramiento de Vivienda         10.000.000,00

23106101316 1001   Pre _ Inversión en Infraestructura                           5.000.000,00

23106101317 1001   Legalización de Predios                                      5.000.000,00

23106101318 1001   Mejoramiento de Vivienda                                      500.000,00

23106102           INVERSION SECTOR AGOPECUARIO                                 2.000.000,00
                   Promoción de Mecanismos de Asociación y alianzas de
23106102319 1001   Cooperación                                                   500.000,00

23106102320 1001   Personal de Asistencia Técnica Agropecuaria                   500.000,00
                   Programa y Proyectos de Fomento al Desarrollo
23106102321 1001   Agropecuario                                                  500.000,00
                   Proyectos de Sensibilización y Protección a la Siembra
23106102322 1001   Limpia                                                        500.000,00

23106103           TRANSPORTE Y VÍAS                                            7.500.000,00

23106103323 1001   Mantenimiento de Vías                                        4.000.000,00

23106103324 1001   Interventoria de Vías                                        2.500.000,00

23106103325 1001   Pago de Transporte                                           1.000.000,00

23106104           AMBIENTAL                                                   44.506.000,00
23106104325 1001   Irrigación, Drenaje y Recuperación de Tierras                          0
23106104326 1001   Reforestación y Control de Erosión                                     0
23106104327 1001   Planes, programas y Proyectos Eco turísticos                           0
23106104328 1001   Mantenimiento de Micro cuencas                                         0

23106104329 1001   Compra de Tierras                                           32.500.000,00

23106104330 1001   Apoyo Ambiental y Minero                                    12.006.000,00

23106105           CENTROS DE RECLUSIÓN                                        42.000.000,00

23106105454 1001   Dotación de Centros Carcelarios                              3.000.000,00

23106105455 1001   Personal de la Guardia Penitenciaria                        23.000.000,00

23106105456 1001   Alimentación y Transporte para personal detenido            12.000.000,00

23106105457 1001   Salud Personas detenidas                                     4.000.000,00
23106106           PREVENCIÓN Y ATENCION DE DESASTRES
6.000.000,00

23106106326 1001   Atención y Prevención de Desastres                             3.000.000,00

23106106327 1001   Apoyo al Cuerpo de Bomberos                                    3.000.000,00

23106107           PROMOCIÓN Y DESARROLLO                                         3.000.000,00

23106107328 1001   Promoción y Capacitación para el Empleo                        1.000.000,00

23106107329 1001   Asesoría y Apoyo a Proyectos Mineros                           1.500.000,00

23106107330 1001   Programas de Sensibilización y Organización Comunitaria         500.000,00

23106108           ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES                                 14.000.000,00

23106108331 1001   Programas de Atención para la Población Infantil y Juvenil     1.500.000,00

23106108332 1001   Programa de Atención para los Ancianos                          500.000,00

23106108333 1001   Programas de Atención para la Población Desplazada             3.500.000,00

23106108334 1001   Programa de Atención para la Población Discapacitada           2.500.000,00

23106108335 1001   Apoyo al Hogar Juvenil Campesino                               1.000.000,00

23106108336 1001   Programas de Atención a Grupos Vulnerables                     2.000.000,00

23106108337 1001   Programas Familias en Acción                                   1.500.000,00

23106108338 1001   Apoyo a Mujeres Cabeza de Familia                              1.000.000,00

23106108339 1001   Programas de Atención Adulto Mayor                              500.000,00

23106109           EQUIPAMENTO MUNICIPAL                                          3.000.000,00

23106109340 1001   Mantenimiento Dependencias Municipales                         3.000.000,00

23106110           DESARROLLO COMUNITARIO                                         2.000.000,00

23106110341 1001   Programas de Promoción de Espacio de Participación             1.000.000,00

23106110342 1001   Programas de Resocialización y Participación Comunitaria       1.000.000,00

23106111           FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL                                170.798.150,00

23106111343 1001   Apoyo a la Gestión Administrativa                             98.832.150,00

23106111344 1001   Mejoramiento Archivo Municipal                                  500.000,00

23106111345 1001   Jornadas de Bienestar Laboral                                  1.000.000,00

23106111346 1001   Fortalecimiento de Desarrollo Institucional                   55.558.800,00

23106111347 1001   Pasivocol (Administración Pasivo Pensional)                   14.407.200,00

23106111348 1001   Publicidad y Difusión de Campañas Institucionales               500.000,00

23106112           JUSTICIA                                                      36.225.000,00
23106112348 1001   Equipo Interdisciplinario Comisaria de Familia
36.225.000,00

23106113           INVERSIÓN INFRAESTRUCTURA FISICA                                1.000.000,00

23106113349 1001   Interventoria                                                    500.000,00

23106113350 1001   Construcción y Mantenimiento de Vías                             500.000,00

23106114           INVERSION SOCIAL                                               12.006.000,00

23106114351 1001   Inversión Programas Sociales (Operativo Sisbén)                12.006.000,00
                   INVERSIÓN RECURSOS PROPIOS DESTINACION
232                ESPECIAL                                                      656.533.602,00

23201              ESTAMPILLA PRO-CULTURA                                         30.000.000,00

232011             INVERSION ESTAMPILLA PRO-CULTURA                               30.000.000,00

23201101           INVERSION CULTURA                                              30.000.000,00

23201101352 1601   Inversión en Eventos Culturales                                 3.000.000,00

23201101353 1601   Dotación de Escenarios Culturales                               5.000.000,00
                   Pago de Instructor Personal Contratado para la Ejecución de
23201101354 1601   Proyectos                                                       3.000.000,00

23201101355 1601   Protección del Patrimonio Cultural del Municipio                3.000.000,00

23201101356 1601   Manteamiento y Dotación Biblioteca                              4.000.000,00

23201101357 1601   Estampillas Pro-cultura 10% Seguridad Artistas                  3.000.000,00

23201101358 1601   Estampilla Pro-cultura Fonpet                                   6.000.000,00

23201101359 1601   Promoción de la Cultura                                         3.000.000,00

23201101360 1601   Elaboración Plan Cultural Municipal                                        -

23202              FONDO TERRITORIAL DE SEGURIDAD LEY 1106                        50.000.000,00

232021             INVERSIONES FONDO DE SEGURIDAD                                 50.000.000,00

23202101           JUSTICIA                                                       50.000.000,00

23202101360 1502   Programa y Proyecto de Inversión Fondo de Seguridad            50.000.000,00

23203              ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA                              140.000.000,00

232031             ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA                              140.000.000,00

23203101           ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES                                   140.000.000,00

23202101361 1603   Apoyo Centro de Bienestar del Anciano (30%)                    42.000.000,00
                   Programas Prevención, Promoción y Sostenimiento Centros
23202101362 1603   de Vida                                                        98.000.000,00

23204              FONDO DE VIVIENDA                                              18.500.000,00

232041             FONDO DE VIVIENDA (FOVIS)                                      18.500.000,00
23204101           VIVIENDA
18.500.000,00

23204101362 1501   Póliza de Vivienda                                                      -

23204101363 1501   Mejoramiento de Vivienda                                                -

23204101364 1501   Subsidio para Vivienda en Zona de Alto Riesgo               18.500.000,00

23205              IDEAR                                                        3.300.000,00

232051             IDEAR                                                        3.300.000,00

23205101           DEPORTES                                                     3.300.000,00

23205101365 1503   Servicios Públicos Establecimientos Deportivos               3.300.000,00

23205101366 1503   Apoyo a Eventos y a la Práctica del Deporte                             -

23206              SOBRETASA BOMBERIL                                           5.012.740,00

232061             SOBRETASA BOMBERIL                                           5.012.740,00

23206101           PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES                           5.012.740,00
                   Apoyo al cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de
23206101367 1003   Amagá                                                        5.012.740,00

23207              ALUMBRADO PÚBLICO                                          375.720.862,00

232071             ALUMBRADO PÚBLICO                                          375.720.862,00

23207101           ALUMBRADO PÚBLICO                                          375.720.862,00

23207101368 1001   Mantenimiento y Ampliación del Alumbrado Público           112.000.000,00

23207101458 1001   Suministro de Energía                                      248.000.000,00

23207101459 1001   Costo Facturación Alumbrado Público                         15.720.862,00

23208              CONVENIO ICA                                                14.000.000,00

232081             CONVENIO ICA                                                14.000.000,00

23208101           CONVENIO ICA                                                14.000.000,00

23208101369 1505   Apoya Actividad Agropecuaria ICA                             7.000.000,00

23208101370 1505   Transferencia                                                7.000.000,00

23209              ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL                                     20.000.000,00

232091             ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL                                     20.000.000,00

23209101           INVERSIÓN EN SALUD                                          20.000.000,00

23209101460 1602   Transferencia Estampilla Pro-Hospital                       20.000.000,00

233                SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS                                105.000.000,00

23301              SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS MINERAS                        105.000.000,00
233011             POR EXPLOTACION DE CARBÓN
100.000.000,00

23301101           EDUCACIÓN                                                                     -

23301101371 1701   Mantenimiento de Establecimientos Educativos                                  -

23301101372 1701   Construcción de Infraestructura Educativa                                     -

23301101373 1701   Interventoria de Proyectos Educativos                                         -

23301102           SALUD                                                                         -

23301102374 1701   Ampliación de Cobertura Régimen Subsidiado                                    -

23301102375 1701   Interventoría Régimen Subsidiado                                              -

23301103           AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                               100.000.000,00

23301103376 1701   Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado                      100.000.000,00
                   Construcción, Ampliación y Rehabilitación de los sistemas de
                   Acueducto, Alcantarillado y Potabilización del Agua y el
23301103377 1701   Tratamiento de Aguas residuales.                                              -

233012             POR RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES                               5.000.000,00

23301201           MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN                                         5.000.000,00

23301201378 1701   Mantenimiento de Alcantarillados                                   5.000.000,00

23301201379 1701   Transferencias al FONPET, DNP, FNR y al Departamento                          -

234                RECURSOS DEL CREDITO                                                          -

23401              INVERSION CON RECURSOS DEL CRÉDITO                                            -

234011             INVERSION CON RECURSOS DEL CRÉDITO IDEA                                       -

23401101           CREDITOS IDEA                                                                 -

23401101380        Prestamos                                                                     -

234012             CREDITOS BANCA PRIVADA                                                        -

23401201           CREDITOS BANCA PRIVADA                                                        -

23401201386        Prestamos                                                                     -

235                SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES                             3.898.635.562,00

23501              SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES EDUCACIÓN                    390.246.448,00

235011             S.G.P. EDUCACIÓN                                                390.246.448,00

23501101           EDUCACION                                                       390.246.448,00

23501101380 1101   Construcción Infraestructura Educativa                           40.000.000,00

23501101381 1101   Pre inversión, Estudios y Diseños                                10.000.000,00

23501101382 1101   Mantenimiento Establecimientos Educativos                        20.000.000,00
Dotación Material Didáctico, Textos, Equipos Audiovisuales y
23501101383 1101   Otros                                                            20.837.448,00

23501101384 1101   Servicios Públicos Instituciones Educativas                      94.000.000,00

23501101385 1101   Transporte Escolar                                              110.000.000,00
23501101386 1101   Capacitación Personal Docente                                                0

23501101387 1101   Sistema de Información SIMAT                                     13.206.600,00
23501101388 1101   Seguros Estudiantiles                                                        0

23501101389 1101   Dotación Establecimientos Educativos                             30.000.000,00

23501101390 1101   Actualización Plan Educativo Municipal                           10.000.000,00

23501101391 1101   Gratuidad de la Educación                                                     -

23501101392 1101   Eventos Educativos                                               42.202.400,00

23502              SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SALUD                       2.397.333.614,00

235021             S.G.P. SALUD                                                   2.397.333.614,00

23502101           RÉGIMEN SUBSIDIADO                                             1.838.805.574,00

23502101392 1201   Régimen Subsidiado Continuidad                                 1.838.805.574,00

23502101458 1201   Régimen Subsidiado Continuidad. SGP Fondos 2012                               -

23502102           SALUD PÚBLICA                                                   173.379.639,00

23502102393 1203   Contratación de Servicios con la IPS                            173.379.639,00
                   PRESTACION DE SERVICIOS POBLACION POBRE NO
23502103           ASEGURADA                                                       385.148.401,00

23502103    1202   Aportes Patronales                                              385.148.401,00

23503              SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES AP Y SB                      502.238.905,00

235031             S.G.P. AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                        502.238.905,00

23503101           AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                               502.238.905,00

23503101395 1102   Susidios Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso      242.616.876,00

23503101396 1102   Plan Departamental de Agua (Pignoración de Rentas)              259.622.029,00

23503101397 1102   Saneamiento Básico, Acueductos y Alcantarillados Rurales                      -
                   SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DEPORTES Y
23504              RECREACIÓN                                                       76.392.396,00

235041             S.G.P. DEPORTES Y RECREACIÓN                                     76.392.396,00

23504101           DEPORTES Y RECREACIÓN                                            76.392.396,00

23504101397 1103   Programas de Fomento y Apoyo a la Práctica del Deporte           19.000.000,00

23504101398 1103   Construcción de Escenarios Deportivos                                         -

23504101399 1103   Pre inversión, Estudios y Diseños en Infraestructura                          -
23504101400 1103   Mantenimiento Escenarios Deportivos                              4.752.296,00
                   Dotación Escenarios Deportivos e Implementos para la
23504101401 1103   Práctica del deporte                                                        -
                   Pago de Instructores y Monitores para la Práctica del
23504101402 1103   Deporte                                                         52.640.100,00

23505              SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES CULTURA                      57.294.298,00

235051             S.G.P. CULTURA                                                  57.294.298,00

23505101           CULTURA                                                         57.294.298,00

23505101403 1104   Programas de Fomento y Apoyo a Eventos Culturales               29.135.250,00

23505101404 1104   Mantenimiento Escenarios Culturales                              9.965.518,00

23505101405 1104   Dotación de Escenarios Culturales                                5.693.530,00

23505101406 1104   Mantenimiento y Protección del Patrimonio Cultural              12.500.000,00

23505101407 1104   Elaboración del Plan Municipal Cultural                                     -
                   SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
23506              ALIMENTACIÓN ESCOLAR                                            67.360.815,00

235061             S.G.P. ALIMENTACIÓN ESCOLAR                                     67.360.815,00

23506101           ALIMENTACIÓN ESCOLAR                                            67.360.815,00

23506101407 1106   Alimentación Escolar                                            67.360.815,00
                   SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PRIMERA
23507              INFANCIA                                                                    -

235071             S.G.P. ATENCIÓN INTEGRAL PRIMERA INFANCIA                                   -

23507101           ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA                                     -
23507101408 1107   Atención Integral a la Primera Infancia
                   SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES                     OTROS
23508              SECTORES DE INVERSIÓN                                          407.769.086,00

235081             S.G.P. OTROS SECTORES DE INVERSIÓN                             407.769.086,00

23508101           SECTOR VIVIENDA                                                 75.000.000,00

23508101409 1105   Programas de Construcción y Mejoramiento de Vivienda            40.000.000,00
                   Subsidios para Reubicación de Vivienda en Zona de Alto
23508401410 1105   Riesgo                                                          35.000.000,00

23508102           SECTOR AGROPECUARIO                                             27.003.285,00

23508102411 1105   Construcción, Mantenimiento y Reparación de Granjas              3.353.535,00

23508102412 1105   Programas y proyectos de Asistencia Técnica Agropecuaria        12.006.000,00
                   Programas y Proyectos de Fomento de Desarrollo
23508102413 1105   Agropecuario                                                    11.643.750,00

23508103           SECTOR VIAS Y TRANSPORTE                                        17.000.000,00

23508103414 1105   Mantenimiento de Vías                                           10.000.000,00
23508103415 1105   Pre inversión, Estudios y Diseños en Infraestructura
2.000.000,00

23508103416 1105   Pago de transporte                                                 5.000.000,00

23508104           SECTOR AMBIENTAL                                                   8.000.000,00

23508104416 1105   Mantenimiento de Micro cuencas                                     5.000.000,00
                   Reforestación y Control de Erosión para la Prevención de
23508104417 1105   Desastres                                                          3.000.000,00

23508105           SECTOR CENTROS DE RECLUSIÓN                                       70.000.000,00

23508105418 1105   Mantenimiento de Infraestructura Carcelaria                        5.000.000,00

23508105419 1105   Dotación Centros Carcelarios                                       5.000.000,00

23508105420 1105   Pago Personal de la Guardia Penitenciaria                         30.000.000,00

23508105421 1105   Alimentación y Transporte para los internos                       30.000.000,00

23508106           SECTOR PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESATRES                           4.000.000,00

23508106422 1105   Programas de Reubicación de Familias en Alto Riesgo                1.000.000,00

23508106423 1105   Atención de Desastres                                              3.000.000,00

23508107           SECTOR PROMOCIÓN AL DESARROLLO                                    15.076.000,00

23508107424 1105   Promoción de Asociaciones y Alianzas para el Desarrollo            1.000.000,00

23508107425 1105   Apoyo a Grupos de Participación Ciudadana y Comunitaria           14.076.000,00

23508108           SECTOR ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES                              29.420.000,00
                   Programas de Atención para la Población Infantil y los
23508108426 1105   Jóvenes                                                            2.000.000,00

23508108427 1105   Programa de Atención para las Madres Cabeza de Familia             3.000.000,00

23508108428 1105   Apoyo funerales                                                    5.000.000,00

23508108429 1105   Programas de Atención para Población Desplazada                    3.000.000,00

23508108430 1105   Programa de Atención para Población Discapacitada                  3.000.000,00

23508108431 1105   Programa Adulto Mayor                                              1.414.000,00

23508108432 1105   Apoyo Programa Familias en Acción                                 12.006.000,00

23508109           EQUIPAMENTO MUNICIPAL                                             10.248.380,00

23508109432 1105   Mantenimiento Bienes del Municipio                                10.248.380,00

23508110           DESARROLLO COMUNITARIO                                             3.875.126,00
                   Programas de Promoción de Espacios de Participación
23508110433 1105   Comunitaria                                                        3.875.126,00

23508111           FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL                                     33.619.209,00
                   Procesos Integrales de Evaluación             Institucional   y
23508111434 1105   Reorganización Administrativa                                      1.000.000,00
23508111435 1105   Programas de Organización y Fortalecimiento Institucional
1.000.000,00
                   Programas de Publicidad y Difusión de Campañas
23508111436 1105   Institucionales                                              31.619.209,00

23508112           JUSTICIA                                                     77.287.228,00

23508112436 1105   Apoyo a la Policía Nacional                                    3.000.000,00

23508112437 1105   Apoyo a la Inspección de Policía Municipal                   33.776.527,00

23508112438 1105   Apoyo a la Comisaría Municipal                               40.510.701,00

23508113           INFANCIA Y ADOLESCENCIA                                      13.000.000,00

23508113439 1105   Sistema Penal de la Adolescencia                               3.000.000,00

23508113440 1105   Hogar de Paso                                                10.000.000,00

23508114           SALUD                                                        13.206.600,00

23508114401 1105   Por Su Salud Muévase Pues                                    13.206.600,00

23508115           DEPORTES                                                     11.033.258,00

23508115501 1105   Fomento a las Actividades Deportivas y Recreativas           11.033.258,00

23509              S.G.P. FONPET                                                             -

235091             S.G.P. FONPET                                                             -

23509101           FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL                                             -

23509101441 1105   Pensiones                                                                 -

236                INVERSION CON TRANSFERENCIAS                               2.876.414.908,00

23601              TRANSFERENCIAS DIFERENTES AL S.G.P.                        2.876.414.908,00

236011             DEL ORDEN NACIONAL                                         2.636.131.533,00

23601101           FOSYGA                                                     2.579.776.941,00

23601101442 1201   Fosyga Vigencia Corriente                                  1.972.369.189,00

23601101443 1201   Fosyga Población Pobre no Asegurada                         607.407.752,00

23601101530 1201   Fosyga Vigencia Corriente saldos 2012                                     -

23601102           ETESA                                                        56.354.592,00
23601102444 1205   Etesa Funcionamiento

23601102445 1205   Etesa Ampliación Cobertura                                   56.354.592,00

23601103           OTROS APORTES NACIONALES                                                  -

23601103532 1303   Recuperación y Rehabilitación Vías Terciarias                             -
                   Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños y
23601103533 1305   Quebradas                                                                 -
                   Const. Obras de Cont. Y Limpieza de Caños y Quebradas La
23601103534 1306   Ceibala, La Chilo y San Pedro                                             -
23601103535 1307    Recursos Impuesto del Tabaco Ley 1289 de 2009                             -

236012              DEL ORDEN DEPARTAMENTAL                                      240.283.375,00

2360121             SALUD                                                        240.283.375,00

236012101    1201   Régimen Subsidiado Rentas Cedidas Departamento               240.283.375,00

236012102    1201   S.G.P. Conpes 151 Régimen Subsidiado Departamento                         -

2360122             VIVIENDA                                                                  -

236012201    1440   Recursos de VIVA                                                          -

236012202    1440   Otrosí Nro. 3 Contrato nro. 2011-CF-26-0029                               -

2360123             OTROS APORTES DEPARTAMENTALES                                             -

2360123535   1441   Recursos In deportes Antioquia                                            -
                    Convenio Inter administrativo 388 de 2011 Mejoramiento Vía
2360123536   1434   el Cedro                                                                  -
                    Convenio Inter. 833-2012 Intervención de apoyo General por
2360123537   1442   Condiciones de Amenaza a población Vulnerable.                            -

26                  RECURSOS DEL BALANCE                                                      -

261                 EXISTENCIA CAJA Y BANCOS                                                  -

26101               RECURSOS PROPIOS DE LIBRE DESTINACIÓN                                     -

261011              FONDOS COMUNES                                                            -
26101101     1001   Funcionamiento
26101102     1001   Educación
26101103     1001   Salud
26101104     1001   Deportes
26101105     1001   Cultura
26101106     1001   Otros Sectores de Inversión
                    INVERSION       CON       RECURSOS         PROPIOS     DE
26102               DESTINACION ESPECIFICA                                                    -

261021              FONDOS ESPECIALES                                                         -

26102101            ESTAMPILLA PRO-CULTURA                                                    -
26102101527 1601    Inversión en eventos culturales
26102101528 1601    10% Para los Artistas

26102102            FONDO DE SEGURIDAD                                                        -
26102102447 1502    Apoyo a la Policía Nacional
26102101448 1502    Programas y Proyectos del Fondo de Seguridad

26102103            ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA                                          -
26102103449 1603    Apoyo al Centro de Bienestar del Anciano
26102103460 1603    Apoyo a los Centros de Vida
26102104           ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL                                         -
26102104450 1602   Estampillas Pro-Hospital

26102105           FONDO DE VIVIENDA (FOVIS)                                       -
26102105451 1501   Programas de Construcción y Mejoramiento de Vivienda

26102106           IDEAR                                                           -
26102106452 1503   Apoyo a Eventos a la Práctica del Deporte y la Recreación

26102107           SOBRETASA BOMBERIL                                              -
26102107453 1003   Sobretasa Bomberil

26102108           MULTAS POLICIA DE CARRETERA                                     -
26102108454 1504   Multas Policía de Carretera Polca - Simit

26102109           AGROPECUARIO ICA                                                -
26102109455 1505   Transferencia ICA

26103              SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES                              -

261031             S.G.P. EDUCACION                                                -

26103101           EDUCACION                                                       -
26103101456 1101   Construcción Infraestructura Educativa
26103101457 1101   Pre inversión, estudios , diseños y asesorías e Interventoría
26103101458 1101   Mantenimiento Establecimientos Educativos
26103101459 1101   Programas y Proyectos Calidad de la Educación

261032             S.G.P. SALUD                                                    -

26103201           S.G.P. SALUD PUBLICA                                            -
26103201460 1203   Programas y Proyectos de Salud Pública

26103202           S.G.P. PRESTACION DE SERVICIOS                                  -
26103202461 1204   Proyectos de Salud Población Pobre no Asegurada

261033             S.G.P AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                         -

26103301           AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO                               -
26103301462 1102   Contribuciones para Subsidios Triple A
26103301463 1102   Construcción de Sistema de Acueducto y Alcantarillado
26103301464 1102   Mantenimiento de Sistema de Acueducto y Alcantarillado
26103301466 1102   Plan Departamental de Aguas
26103301467 1102   Comisión fiduciarias Administración de recursos FIA

261034             S.G.P. DEPORTES Y RECREACION                                    -

26103401           DEPORTES Y RECREACION                                           -
26103401467 1103   Estudios, Diseños e Interventoría
26103401468 1103   Programas de Fomento, Apoyo a la Práctica del Deporte y
Recreación

261035             S.G.P. CULTURA

26103501           CULTURA                                                      -
26103501469 1104   Programas de Fomento y Apoyo a Eventos Culturales

261036             S.G.P. ALIMENTACION ESCOLAR                                  -

26103601           ALIMENTACION ESCOLAR                                         -
26103601470 1106   Alimentación Escolar

261037             S.G.P. ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA                    -

26103701           ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA                           -
26103701471 1107   Atención Integral a la Primera Infancia

26104              APORTES NACIONALES                                           -

261041             INVERSION EN SALUD                                           -

26104101           FOSYGA                                                       -
26104101528 1201   Fosyga Corriente y Régimen Subsidiado

26104102           ETESA                                                        -
26104102473 1205   Ampliación Cobertura ETESA
26104102474 1205   ETESA Funcionamiento 25%
26104102475 1205   Continuidad Régimen Subsidiado
26104102476 1205   Programa y Proyectos en Salud Recursos ETESA

261042             OTROS APORTES NACIONALES                                     -

26104201           DEL NIVEL NACIONAL                                           -
26104201477 1301   Subsidio Arrendamiento
26104201478 1302   S.G.P. Primera Infancia
                   Adquisición Maquinaria Retroexcavadora para Rehabilitación
26104201479 1304   Vial
26104201480 1305   Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños
26104201481 1306   Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños

26105              APORTES DEPARTAMENTALES                                      -

261051             INVERSION SALUD                                              -

26105101           REGIMEN SUBSIDIADO                                           -
26105101527 1201   Rentas cedidas Recursos del Departamento

261052             OTROS DEPARTAMENTALES                                        -

26105201           DEL NIVEL DEPARTAMENTAL                                      -
                   Convenio Ínter administrativo 2011-CF-37-0115 Reposición
26105201483 1435   Tramo de Red Acueducto
                   Convenio Inter administrativo 2011-CF-15-0172 Cambio
26105201484 1436   Techo I.E. San Fernando
Convenio Inter administrativo 2011-CF-26-0029, 30 Viviendas
26105201486 1433   Portal de Oro
26105201488 1402   Contrato Aporte 1218 – 2010
26105201489 1403   Convenio Vigilancia y Control
26105201490 1404   Compra de Tierra
26105201491 1405   Aporte Banda de Música
26105201492 1406   Plan Maestro de Acueducto Urbano
26105201493 1407   Generación de Empleo
26105201494 1408   Aporte Construcción Placa Polideportiva Camilo C
26105201495 1409   Fortalecimiento Gerontológico
26105201497 1411   Construcción 6 Aulas I.E. La Ferrería
26105201498 1412   Construcción 8 Aulas Normal Superior
26105201499 1413   Mantenimiento I.E. San Fernando
26105201500 1414   Construcción Casa Cultura Convenio 07-CF-150894
26105201501 1415   Comisaría de Familia
26105201502 1416   Convenio 457 Estudio Geológico Barrio La Esmeralda
26105201503 1417   Reforestación Quebrada La Clarita y Paja
26105201504 1418   Construcción Puente Los Álvarez
26105201505 1419   Mejoramiento Vías Rurales
26105201506 1420   Mejoramiento Placas La Clarita y Paso nivel
26105201507 1421   Terminación Espacios Mult. Antigua Ruinas La Ferrería
26105201508 1422   Proyecto Capacitación Organización Comunales
26105201509 1423   Construcción 37 Viviendas Interés Social Urbana
26105201510 1424   Construcción 8217-07 Mitigación Daños Barrio La Esmeralda
26105201511 1425   Convenio Inter administrativo 20092434 SISBEN III
26105201512 1426   Convenio Inter administrativo 2009-CF-20-298
                   Convenio Inter administrativo 2009-CF-34-0049 Compra de
26105201513 1427   Vehículo
26105201514 1428   Convenio Inter administrativo 2010-CF-20-142 Vías Terciarias
26105201515 1429   Convenio 494 Segunda Etapa Mitigación Barrio La Esmeralda
26105201516 1430   Convenio Inter administrativo 2010-CF-15-0186
26105201517 1431   Convenio Inter administrativo 2010-CF-15-0187
26105201518 1437   Otros Gastos de Salud
26105201519 1438   Convenio Interadministrativo 2011-CF-34-0092-45 Estufas
26105201520 1439   Aportes

26106              SISTEMA GENERAL DE REGALIAS                                    -

261061             POR EXTRACCION DE CARBON                                       -

26106101           EDUCACION                                                      -
26106101521 1701
26106101522 1701
TERCERA PARTE



                           DISPOSICONES GENERALES

ARTÍCULO 3º. Las disposiciones generales del presente acuerdo, están establecidas
de conformidad con el Decreto 111 de 1996, Ley 819 de 2003, Ley 715 de 2001, Ley
617 de 2000, Ley 1167 de 2007, Acto Legislativo Nº 5 de 2011, Decretos 4923 y
4950 de 2011, Ley 1474 de 2011 y el Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal; y
deben aplicarse en armonía con estas y con las demás que las modifiquen o
complementen.

                                    CAPITULO I.

                             CAMPO DE APLICACIÓN

ARTÍCULO 4º. Las disposiciones generales rigen para: Concejo Municipal,
Personería, Alcaldía, Secretaria de Hacienda, Secretaria de Gobierno, Secretaria de
Planeación y Obras Públicas, Secretaria de salud y demás unidades administrativas.



                                    CAPITULO II.

                          DE LAS RENTAS Y RECURSOS

ARTÍCULO 5º. La Secretaria de Hacienda Municipal en coordinación con el Consejo
de Gobierno, fijara los criterios técnicos para el manejo de los excedentes de liquidez
del Tesoro Municipal acorde con los objetivos financieros del Municipio y la tasa de
interés a corto y largo plazo.

ARTÍCULO 6º. Los ingresos corrientes del Municipio y aquellas contribuciones y
recursos que en las normas legales no se haya autorizado su manejo a otro órgano,
deberán ser consignados en la Secretaría de Hacienda Municipal, por quienes estén
encargados de su recaudo.

ARTÍCULO 7º. Los rendimientos financieros que generen las inversiones con
recursos de los servidores públicos correspondientes a cesantías y pensiones, se
utilizaran exclusivamente en la constitución de reservas técnicas para el pago de
dichas prestaciones sociales.
CAPITULO III.

                                  DE LOS GASTOS

ARTÍCULO 8º. Todos los Actos Administrativos que afecten las apropiaciones
presupuestales, deberán contar con certificados de disponibilidad previos que
garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender estos gastos.

Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que
los recursos con el financiados no sean desviados a ningún otro fin. En este registro
se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las pretensiones a que haya lugar,
esta operación es un requisito de perfeccionamiento de estos Actos Administrativos.

En consecuencia, ninguna autoridad podrá contraer obligaciones sobre
apropiaciones inexistentes, o en exceso del saldo disponible, o sin la autorización
previa del Concejo Municipal para comprometer vigencias futuras.

Cualquier compromiso que se adquiera sin el lleno de estos requisitos creará
responsabilidad personal y pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones.

PARAGRAFO: Las obligaciones con cargo al Tesoro Municipal que se adquieran
con violación a este precepto, no tendrán validez alguna.

ARTÍCULO 9º. Las afectaciones al Presupuesto General se harán teniendo en
cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con
cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios.

Con cargo a las apropiaciones que implica cada rubro presupuestal, que sean
afectadas con los compromisos iníciales, se atenderán las obligaciones derivadas de
los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios, derivados
de estos compromisos.

ARTÍCULO 10º. Prohíbase tramitar o legalizar Actos Administrativos u obligaciones
que afecten el Presupuesto de Gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se
configuren como hechos cumplidos. Los ordenadores de gastos, responderán
disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma.

ARTÍCULO 11º. Cuando se provean vacantes de personal se requerirá de la
certificación de su previsión en el Presupuesto General de la vigencia fiscal del año
2013. Para tal efecto, el Secretario de Hacienda Municipal o quien haga sus veces,
garantizará la existencia de los rubros del 1º de enero al 31 de diciembre de dicha
vigencia.

ARTÍCULO 12º. Toda provisión de empleo de los servidores públicos, deberá
corresponder a empleos previstos en la planta de personal.
Toda provisión de cargos que se haga con violación a este mandato, carecerá de
validez y no creará derecho adquirido.

ARTÍCULO 13º. Las obligaciones por concepto de servicios medico-asistenciales,
pensiones, indemnización por vacaciones, servicios públicos, comunicaciones y
transporte e impuestos, tasas y multas, se podrán pagar con los recursos de la
vigencia fiscal del año 2013, cualquiera que sea el momento de su causación.

ARTÍCULO 14º. Los recursos destinados a programas de capacitación y Bienestar
Social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones,
sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o
estímulos pecuniarios ocasionales que la Ley o los Acuerdos no hayan establecido
para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios directos en dinero o en
especie.

Los programas de capacitación podrán comprender matriculas de los funcionarios,
que se giraran directamente a los establecimientos educativos; su otorgamiento se
hará en virtud de la reglamentación interna del Municipio.

Los programas de Bienestar Social y capacitación, que autoricen las disposiciones
legales, incluirán los elementos necesarios para llevarlos a cabo.

ARTÍCULO 15º. El ordenador del gasto será el competente para expedir la
Resolución que regirá la constitución y funcionamiento de las cajas menores y la
utilización de los avances en los órganos que conforman el Presupuesto general del
Municipio.

                                    CAPITULO IV

            EL PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA- PAC-

ARTÍCULO 16. La ejecución de los gastos del Presupuesto General del Municipio se
hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja. PAC-. Este es el
instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos
disponibles en la Secretaría de Hacienda Municipal y el monto máximo mensual de
pagos que esta puede hacer, con el fin de cumplir los compromisos a cargo de la
Administración.

El programa Anual de Caja estará clasificado en las misma forma del presupuesto y
será elaborado por los diferentes órganos incluidos en el Presupuesto General del
Municipio, con la asesoría de la Secretaría de Hacienda Municipal y teniendo en
cuenta las metas financieras establecidas por el Consejo de Gobierno.
El PAC correspondiente a las apropiaciones de la vigencia fiscal, tendrá como límite
máximo el valor del presupuesto aprobado por el Concejo Municipal y sancionado
por el Alcalde Municipal.

Las modificaciones al Programa Anual de Caja serán aprobadas por el Consejo de
Gobierno con base en las metas financieras establecidas. Este podrá reducir el PAC
en caso de detectarse una deficiencia en su ejecución.

Las apropiaciones suspendidas, incluidas las que se financien con los recursos
adicionales a que hace referencia el artículo 347 de la constitución política, lo mismo
que aquellas financiadas con recursos del crédito no perfeccionados, solo se
incluirán en el Programa Anual de Caja cuando cese en sus efectos las suspensión o
cuando lo autorice el Consejo de Gobierno, mientras se perfeccionan los contratos
de empréstito.

ARTÍCULO 17. La Secretaría de Hacienda Municipal comunicará a cada uno de los
órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio, las metas anuales
mensualizadas de pago para la elaboración del Programa Anual Mensualizado de
Caja con fundamento en las metas financieras determinadas por el Concejo de
Gobierno. A través de las asesorías que la Secretaría de Hacienda Municipal brinde,
en la elaboración del Programa Anual de Caja, se velará porque esta meta se
cumpla.

La Secretaría de Hacienda Municipal coordinará con Planeación Municipal la
elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja de Inversión.

ARTÍCULO 18º. En la elaboración y ejecución del Programa Anual Mensualizado de
Caja, los órganos que conforman el Presupuesto general atenderán prioritaria y
oportunamente los pagos para servir la deuda pública, los servicios públicos
domiciliarios, los servicios personales, las pensiones y cesantías y las transferencias
relacionada con la nómina.

ARTÍCULO 19º. Los órganos que conforman secciones del Presupuesto General del
Municipio presentarán el Programa Anual Mensualizado de Caja a la Secretaría de
Hacienda Municipal, antes del veinte (20) de enero de 2013, clasificando el
funcionamiento en servicios personales, gastos generales y transferencias. Así
mismo, deberán presentar por separado el PAC del servicios de la deuda y de los
gastos de inversión que estén financiado con recursos provenientes de la
participación en el Sistema General de Participaciones.

ARTÍCULO 20º. Cuando la Secretaría de Hacienda Municipal consolide el Programa
Anual Mensualizado de Caja con solicitudes presentadas por los órganos que
conforman el Presupuesto General, hará la verificación frente a las metas financieras
y su respectiva mensualización. En caso de presentarse diferencias efectuará los
ajustes necesarios para darle coherencia y someterá el PAC a aprobación del
Consejo de Gobierno, Una vez aprobado lo comunicará a los órganos respectivos.

ARTÍCULO 21º. Los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio,
registrarán y mantendrán actualizado en la Secretaría de Hacienda Municipal, por
conducto del ordenador del gasto, el nombre del Pagador o Tesorero respectivo, a
quienes se les podrá girar los recursos asignados a cada órgano en el PAC.

ARTÍCULO 22º. Las solicitudes de modificación al Programa Anual Mensualizado de
Caja, serán presentados por el ordenador del gasto al Secretario de Hacienda
Municipal, para que él las someta a aprobación del Consejo de Gobierno.

En las modificaciones al PAC de inversión, se tendrán en cuenta las
recomendaciones de la Secretaría de Planeación como resultado del seguimiento de
la ejecución de la Inversión.

ARTÍCULO 23º. La Secretaría de Hacienda Municipal solo podrá transferir recursos
del Municipio a través de las cuentas registradas.

ARTÍCULO 24º. Los recursos que la Secretaría de Hacienda Municipal, transfiera a
las cuentas en cada órgano, no tendrán por objeto proveer de fondos a entidades
financieras, sino atender compromisos y obligaciones asumidos por ellos frente a su
personal y a terceros, en desarrollo de las apropiaciones presupuéstales.

Mientras se desarrolla el objeto de la apropiación y se crea la exigencia de situar los
recursos, la Secretaría de Hacienda Municipal, deberá efectuar inversiones que
garanticen seguridad y rendimiento.

Los rendimiento así generados, cualquiera sea la fuente que los produce, deberán
ser apropiados en el presupuesto con el fin de satisfacer las necesidades del gasto
público.

ARTÍCULO 25º. Los recursos que formen parte del Presupuesto General del
Municipio, girados por la Secretaría de Hacienda Municipal, no podrán mantenerse
en cuentas corrientes por más de cinco (5) días promedio mensual, contados a partir
de la fecha de los giros respectivos, sin prejuicio de aquellos recursos
correspondientes a cheques entregados al beneficiario y no cobrados.

Los saldos de meses anteriores que se mantengan sin utilizar harán parte del cálculo
anterior en el mes respectivo, mientras persista esta situación.
CAPÍTULO V

                 DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES

ARTÍCULO 26º. Si durante la ejecución de la Presupuesto General del Municipio
fuese necesario modificar el monto del presupuesto para complementar los recursos
insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios
autorizados por la Ley, el Alcalde Municipal mediante Acto Administrativo motivará
tales efectos.

La modificación se realizará preferiblemente mediante un contra crédito en la
vigencia en curso. Cuando no sea posible, las adiciones presupuéstales podrán
efectuarse cuando se cumpla con alguno de los siguientes requisitos:

      Tener el carácter de extraordinarios e imprevisibles, frente a la estimación
       inicial de gastos.
     Contar con mayores ingresos.
En caso de que ninguno de los requisitos antes previstos se cumpla y se requiera la
respectiva adición, la Secretaria de Hacienda Municipal preparará una actualización
del Marco Fiscal de Mediano Plazo, un análisis de las implicaciones de dicha adición
y un conjunto de recomendaciones.

ARTÍCULO 27º. Los recursos del Municipio provenientes de saldos de vigencias
anteriores que no se encuentren amparando reservas presupuestales o las cuentas
por pagar, deberán reintegrarse a la Secretaría de Hacienda Municipal antes del 31
de enero del año 2013.

ARTÍCULO 28º. En cualquier mes del año fiscal, el Alcalde Municipal, previo
concepto del Consejo de Gobierno podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las
apropiaciones presupuestales, en caso de ocurrir uno de los siguientes eventos:

     Que la Secretaría de Hacienda Municipal estime que los recaudos del año
      puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas con
      cargo a tales recursos.
    Que no fueran aprobados los nuevos recursos por el Concejo Municipal o que
      los aprobados fueran insuficientes para atender los gastos a que refiere el
      artículo 347 de la Constitución Política.
    Que no se perfeccionen los recursos del crédito autorizados.
En tales casos, el Alcalde Municipal podrá prohibir o someter a condiciones
especiales, la asunción de nuevos compromisos y obligaciones.

ARTÍCULO 29º. Cuando el Alcalde Municipal se viere precisado a reducir las
apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará por medio de
Decreto la medida a aplicar.
Expedido el Decreto se procederá a reformar, si fuere el caso, el Plan Anual
Mensualizado de Caja.

ARTÍCULO 30º. El Alcalde Municipal quedará facultado para que mediante Decreto
realice traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando durante la ejecución
del Presupuesto General del Municipio sea indispensable aumentar el monto de las
apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o
establecer nuevos servicios autorizados por la Ley y los Acuerdos.

ARTÍCULO 31º. Las modificaciones al anexo del Decreto de liquidación que no
modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda aprobadas por el Concejo Municipal, se harán
mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los
establecimientos públicos del orden municipal, estas modificaciones al anexo del
decreto de liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las juntas o Consejos
Directivos.

Estos Actos Administrativos, requieren para su validez, de la aprobación de la
Secretaría de Hacienda Municipal o quien haga sus veces.

ARTÍCULO 32º. Autorizase al Alcalde Municipal para adicionar por Decreto al
Presupuesto General del Municipio los recursos del crédito aprobados y los ingresos
provenientes de convenios, contratos y aportes con destinación especifica que se
obtengan o celebren con entidades del Gobierno Nacional y Departamental, así
como los gastos que se deban financiar con dichos recursos, de conformidad con lo
establecido en el Articulo 313 numeral 3 y articulo 150 numeral 10 de la Constitución
Política.

ARTÍCULO 33º. El presupuesto aprobado para la Personería y el Concejo Municipal,
solo podrá ser modificado a solicitud del ordenador del gasto de estos organismos.
Para este caso, el ordenador del gasto, deberá presentar el proyecto de
modificación al Alcalde Municipal para que este las incorpore en el proyecto de
acuerdo que debe presentar al Concejo Municipal, de conformidad con lo establecido
en la Ley Orgánica del Presupuesto.

                                   CAPITULO VI

         DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL Y CUENTAS POR PAGAR

ARTÍCULO 34. En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 49 de la ley 179 de
1994, 10 y 12 de la ley 819 de 2003, cuando se requiera exceder la anualidad, se
debe contar previamente con una autorización por parte del Concejo Municipal, de
acuerdo con lo establecido en la Ley, para asumir obligaciones con cargo a
presupuestos de vigencias futuras.
De conformidad con el artículo 8 de la ley 819 de 2003, los órganos que hacen parte
del Presupuesto General de la Nación solo podrán adquirir compromisos cuya
ejecución, entendida como entrega de bienes o prestación de servicios, se realice en
la respectiva vigencia fiscal. En los eventos en que se encuentre en trámite una
licitación, concurso de meritos o cualquier otro proceso de selección del contratista
con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su
perfeccionamiento se efectué en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el
presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los ajustes
presupuestales correspondientes.

ARTÍCULO 35º. Cada órgano constituirá al 31 de diciembre del año cuentas por
pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los
contratos y la entrega de bienes y servicios.

Las cuentas por pagar serán constituidas a más tardar el 20 de enero de cada año y
deben remitirse a la Secretará de Hacienda Municipal al día siguiente de la
constitución. Estas serán constituidas por los empleados de manejo de la Secretaría
de Hacienda Municipal con la aprobación del ordenador del gasto.

                                   CAPÍTULO VII

                             DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 36º. El Alcalde Municipal deberá expedir el Decreto de liquidación del
Presupuesto Municipal aprobado, de conformidad con lo establecido en la ley 179 de
1994 y en un anexo a él se clasificarán y definirán los gastos.

ARTÍCULO 37º. Los recursos correspondientes a las apropiaciones de gastos de
inversión financiados con el sistema general de participaciones y los
correspondientes a las rentas de destinación especifica no ejecutados durante la
vigencia año 2012, se incorporaran por Decreto al Presupuesto de la vigencia fiscal
año 2013, destinándolos a los mismos proyectos que estaban presupuestados en la
vigencia anterior.

ARTÍCULO 38º. El Alcalde Municipal, de oficio o a petición del jefe del órgano
respectivo hará por Decreto las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias
para enmendar los errores de trascripción y aritméticos que figuren en el
Presupuesto General del Municipio para la vigencia año 2013. Lo anterior, no implica
cambio en la leyenda del rubro presupuestal ni en su objeto y cuantía. Autorizase al
Secretario de Hacienda para que codifique el Presupuesto de Acuerdo a las normas
vigentes.

ARTÍCULO 39º. Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Municipio
deberán llevar el registro y el control de la ejecución presupuestal. La Secretaria de
Hacienda Municipal ejercerá el control financiero y económico, sin perjuicio del
control fiscal que le corresponde ejercer a la Contraloría Departamental en los
términos de la Ley 42 de 1993.

                                  CAPÍTULO VIII

                              DE LAS FACULTADES

ARTÍCULO 40º. El Alcalde Municipal de Amagá, Antioquia queda autorizado para
contratar recursos del crédito, operaciones de crédito asimiladas y a otorgar las
garantías necesarias conforme a las normas de contratación vigente en materia de
crédito público, para financiar los programas y proyectos del plan Operativo Anual de
Inversiones de la vigencia 2013.

Así mismo el Alcalde Municipal queda facultado para celebrar los contratos a que
haya lugar de conformidad con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, Decreto 734 de
2012, sus Decretos Reglamentarios y demás normas vigentes, a otorgar las
garantías necesarias para el cabal cumplimiento de programas y proyectos
contemplados en el Presupuesto Municipal, Plan Anual de Inversiones y en el Plan
de Desarrollo Municipal.

Además, podrá celebrar otros contratos tales como interadministrativos, de
comodato, de administración del espacio público y en general todos aquellos
contratos que sean necesarios para la buena marcha de la Administración Municipal,
debiéndose ceñir en todos a las normas de Contratación Públicas, el Presupuesto y
la Constitución Política.

ARTÍCULO 41º. El Alcalde Municipal podrá efectuar Créditos de Tesorería para
atender insuficiencia de caja de carácter temporal. Estos créditos no tendrán ningún
registró presupuestal y deberán cumplir adicionalmente las siguientes exigencias:

      No podrán exceder la doceava de los ingresos corrientes del año fiscal.
      Serán pagados con recursos diferentes del crédito.
      Deben ser pagados con intereses y otros cargos financieros antes del 20 de
       diciembre de la misma vigencia en que se contraten.
      No podrán contraerse en cuanto existan créditos de tesorería en mora o
       sobregiros.

ARTICULO 42: Autorícese al Alcalde Municipal para la asunción de obligaciones y
compromisos que afecten el presupuesto de la vigencia 2013, para aquellos
compromisos cuya ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el
objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas.

ARTICULO 43: Autorícese al señor Alcalde Municipal a incorporar mediante Decreto
los saldos por exceso y la recuperación de cartera de los diferentes tributos que se
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  • 1. ACUERDO NÚMERO NOVIEMBRE ---- DE 2012 “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DEL MUNICIPIO DE AMAGÁ ANTIOQUIA PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 2013” EL CONCEJO MUNICIPAL DE AMAGÁ ANTIOQUIA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en numeral 5 del artículo 313 de la Constitución Política, Ley 136 de 1994, ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003, Ley 715 de 2001, Decreto 111 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Municipal, y demás normas concordantes, ACUERDA: PRIMERA PARTE PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL ARTÍCULO PRIMERO. Determinase el presupuesto de rentas y recursos de capital del MUNICIPIO DE AMAGÁ para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2013 en la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CINCUENTA PESOS M/L ($11.447`692.050.oo), según el siguiente detalle: 1 INGRESOS TOTALES 11.447.692.050,00 11 INGRESOS NIVEL CENTRAL 11.171.892.050,00 111 INGRESOS CORRIENTES 3.927.102.743,00 1111 INGRESOS TRIBUTARIOS 2.486.016.511,00 11111 IMPUESTOS DIRECTOS 893.038.188,00 1111101 IMPUESTOS Y SOBRETASAS 893.038.188,00 111110101 Impuesto Predial Unificado 1001 769.243.620,00 111110102 Impuesto de Circulación y Tránsito 1001 1.148.553,00 111110103 Impuesto de Vehículos Automotores 1001 0,00 111110104 Sobretasa Ambiental 1002 122.646.015,00 111110105 Sobretasa Bomberil 1003 0,00 11112 IMPUESTOS INDIRECTOS 1.592.978.323,00 1111201 IMPUESTOS AL COMERCIO 1.592.978.323,00 111120101 Impuesto de Industria y Comercio 1001 1.033.526.477,00 111120102 Anticipo por Retención de Industria y Comercio 1001 3.223.334,00 111120103 Sobretasa Bomberil 1003 5.012.740,00 111120104 Avisos y Tableros 1001 67.603.247,00 111120105 Sobretasa a la Gasolina 1001 399.682.230,00
  • 2. 111120106 Delineación Urbana, Estudios, planos, usos de suelos 1001 74.160,00 111120107 Visto Bueno de Vías y Lotes 1001 0,00 111120108 Impuestos a la Construcción (Licencias) 1001 83.213.315,00 111120109 Rifas y Apuestas 1001 0,00 111120110 Espectáculos Públicos 1001 386.250,00 111120111 Impuesto de Publicación Externa Visual 1001 256.570,00 111120112 Impuesto a las Ventas por el Sistema de Club 1001 0,00 111120113 Impuesto de Degüello Ganado Menor 1001 0,00 1112 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.441.086.232,00 11121 TASAS 402.045.252,00 1112101 TASAS 402.045.252,00 111210101 Alumbrado Público 1001 375.720.862,00 111210102 Publicaciones 1001 12.507.161,00 111210103 Estacionamiento (Parqueaderos sobre Vías Públicas) 1001 0,00 111210104 Música 1001 6.222.704,00 111210105 Juegos Permitidos 1001 7.594.525,00 111210106 Ocupación de Espacio Público 1001 0,00 111210107 Tasa Servicios Técnicos de Planeación 1001 0,00 111210108 Registro, Marcas y Herretes 1001 0,00 11122 MULTAS Y MORAS 243.696.729,00 1112201 MULTAS 199.535.187,00 111220101 Multas de Tránsito Municipal Simit 1506 84.371.738,00 111220102 Multas Policía de Carreteras Polca 1504 96.053.988,00 111220103 Multas 90% Recaudo Simit Fuera de Jurisdicción 1001 18.869.445,00 111220104 Multas Establecimientos de Comercio 1001 0,00 111220105 Multas Contravenciones de Policía 240.016,00 1112202 INTERESES MORATORIOS 44.161.542,00 111220201 Intereses por Mora Impuesto Predial 1001 8.861.266,00 111220202 Intereses por Mora Ley 99/93 Sobretasa Ambiental 1002 14.470.869,00 111220203 Intereses Industria y Comercio 1001 20.829.407,00 111220204 Intereses de Mora Por Avisos y Tableros 1001 0,00 111220205 Intereses de Mora Sobretasa Bomberil 1003 0,00 11123 DERECHOS 20.333.306,00 1112301 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 20.333.306,00 111230101 Certificados 1001 15.832.556,00 111230102 Formularios y Paz y Salvos 1001 4.500.750,00 11124 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 189.531.315,00 1112401 PLAZA DE MERCADO 146.948.875,00 111240101 Administración Plaza de Mercado 1001 54.779.080,00
  • 3. 111240102 Arrendamiento Plaza de Mercado 1001 92.169.795,00 1112402 OTROS INGRESOS 42.582.440,00 111240201 Arrendamientos Bienes Inmuebles 1001 18.890.778,00 111220402 Arrendamientos Bienes Muebles 1001 0,00 111220403 Dividendos Acciones EPAMA 1001 0,00 111220404 Aprovechamientos y reintegros 1001 23.691.662,00 11125 TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO 585.479.630,00 1112501 SGP LIBRE DESTINACION 585.479.630,00 111250101 Transferencia SGP Libre Destinación para funcionamiento 1001 585.479.630,00 Ultima Doceava 2012 SGP Libre destinación para 111250102 Funcionamiento 1001 0,00 112 TRANSFERENCIAS Y APORTES 7.139.789.307,00 1121 ORDEN NACIONAL 6.899.505.932,00 11211 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 4.244.589.534,00 1121101 EDUCACION 390.246.448,00 112110101 SGP. Educación Calidad 1101 390.246.448,00 112110102 SGP. Gratuidad Matriculas Oficiales Sisbén 1101 0,00 112110103 Ultima Doceava SGP Educación Calidad 1101 0,00 112110104 Ultima Doceava Gratuidad Matriculas Sisbén 1101 0,00 1121102 SALUD 2.397.333.614,00 112110201 SGP. Régimen Subsidiado Continuidad 1201 1.838.805.574,00 112110202 SGP. Salud Pública - PAB 1203 173.379.639,00 112110203 SGP. Aportes Patronales 1202 385.148.401,00 112110204 Ultima Doceava Régimen Subsidiado C. 1201 ,00 112110205 Ultima Doceava Salud Pública - PAB 1203 0,00 112110206 Ultima Doceava Aportes Patronales 1202 0,00 1121103 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 678.553.219,00 112110301 SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 1102 678.553.219,00 112110302 Ultima Doceava SGP AP y SB 1102 0,00 1121104 SGP. PROPOSITO GENERAL FORZOSA INVERSION 711.095.438,00 112110401 SGP. Deportes 1103 76.392.396,00 112110402 SGP. Cultura 1104 57.294.298,00 112110403 SGP. Otros Sectores de Inversión 1105 577.408.744,00 112110404 Ultima Doceava SGP. Deportes 1103 0,00 112110405 Ultima Doceava SGP. Cultura 1104 0,00 112110406 Ultima Doceava SGP. Otros Sectores de Inversión 1105 0,00 1121105 SGP. ALIMENTACIÓN ESCOLAR 67.360.815,00 11210501 SGP. Alimentación Escolar 1106 67.360.815,00 112110502 Ultima Doceava Alimentación Escolar 1106 0,00 1121106 SGP. FONPET 0,00
  • 4. 112110601 SGP. Fonpet 0,00 112110602 Ultima Doceava SGP. Fonpet 0,00 1121107 SGP. ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA 0,00 112110701 SGP. Atención Integral Primera Infancia 1107 0,00 112110702 Ultima Doceava SGP Atención Integral Primera Infancia 1107 0,00 11212 OTRAS TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL 2.654.916.398,00 1121201 SALUD 2.654.916.398,00 112120101 FOSIGA Corriente Régimen Subsidiado 1201 1.972.369.189,00 112120102 ETESA 75% Inversión 1205 56.354.592,00 112120103 ETESA 25% Funcionamiento en Salud 1205 18.784.865,00 112120104 FOSIGA Población Pobre No Asegurada 1201 607.407.752,00 1121202 VIAS 0,00 112120201 Recuperación y Reparación de Vías 1303 0,00 1121203 DEPORTES 0,00 112120301 Recursos Ley del Tabaco 1289 de 2009 1307 0,00 1121204 ICBF 0,00 112120401 Atención a Grupos Vulnerables 1442 0,00 1121205 VIVIENDA 0,00 112120501 Vivienda de Interés Social y Prioritaria 1440 0,00 1122 DEL ORDEN DEPARTAMENTAL 240.283.375,00 11221 APORTES DEPARTAMENTALES 240.283.375,00 1122101 SALUD 240.283.375,00 112210101 Régimen subsidiad Rentas Cedidas Dpto. 1201 240.283.375,00 1122102 VIVIENDA 0,00 112210201 Vivienda de Interés Social y Prioritaria 1440 0,00 1122103 DAPARD 0,00 112210301 Atención Grupos Vulnerables 1442 0,00 113 SISTEMA GENERAL DE REGALIAS (SGR) 105.000.000,00 1131 SGR. REGALIAS MINERAS 100.000.000,00 11311 MINERALES 100.000.000,00 1131101 POR EXPLOTACION DE CARBON 100.000.000,00 113110101 SGR. Asignación Directa 1701 100.000.000,00 113110102 SGR. Proyectos de Impacto Local 1701 0,00 113110103 SGR. Ahorro Pensional 1701 0,00 1132 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES 5.000.000,00 11321 MEDIO AMBIENTE 5.000.000,00 1132101 MATERIALES DE CONSTRUCC 5.000.000,00 113210101 Regalías Explotación Materiales Const. 1701 5.000.000,00 12 FONDOS ESPECIALES 275.800.000,00
  • 5. 121 FONDOS ESPECIALES Y ESTAMPILLAS 275.800.000,00 1211 FONDOS ESPECIALES 85.800.000,00 12111 FONDOS ESPECIALES MUNICIPALES 85.800.000,00 1211101 VIVIENDA 18.500.000,00 121110101 Amortización Créditos de Vivienda 1501 18.000.000,00 121110102 Intereses Créditos de Vivienda 1501 500.000,00 1211102 IDEAR 3.300.000,00 121110201 Recursos Funcionamiento Idear 1503 3.300.000,00 1211103 FONDO DE SEGURIDAD 50.000.000,00 121110301 Contribución 5% Contrato Obra Pública (Fondo de Seguridad) 1502 50.000.000,00 1211104 CONVENIO ICA 14.000.000,00 121110401 Convenio ICA Movilización de Ganado 1505 14.000.000,00 1212 ESTAMPILLAS 190.000.000,00 12121 ESTAMPILLAS MUNICIPALES 190.000.000,00 1212101 ESTAMPILLA ADULTO MAYOR 140.000.000,00 121210101 Funcionamiento, Mantenimiento CBA 30% 1603 42.000.000,00 121210102 Centros de Vida 70% 1603 98.000.000,00 1212102 ESTAMPILLA PRO-CULTURA 30.000.000,00 121210201 Estampilla Pro-Cultura 1601 30.000.000,00 1212103 ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL 20.000.000,00 121210301 Estampilla Pro-Hospital 1602 20.000.000,00 13 CAPITAL 0,00 131 RECURSOS DE CAPITAL 0,00 1311 BALANCE 0,00 13111 RECURSOS DEL BALANCE 0,00 1311101 VIGENCIAS ANTERIORES IMPTOS 0,00 131110101 Vigencia Anterior Impuesto Predial 1001 0,00 131110102 Vigencia Anterior Ley 99/93 Sobretasa Ambiental 1002 0,00 131110103 Vigencia Anterior Impuesto Industria y Comercio 1001 0,00 131110104 Vigencia Anterior Impuesto Avisos y Tableros 1001 0,00 131110105 Vigencia Anterior Sobretasa a la Gasolina 1001 0,00 131110106 Vigencia Anterior Sobretasa Bomberil 1003 0,00 131110107 Vigencia Anterior Alumbrado Público 1001 0,00 1311102 APORTES Y TRANSFERENCIAS POR COBRAR 0,00 FOSIGA Corriente Régimen Subsidiado Sin Situación de 131110201 Fondos 1201 0,00 1311103 EXISTENCIA EN CAJA Y BANCOS 0,00 131110301 Fondos Comunes 1001 0,00 131110302 Sobretasa Ambiental 1002 0,00 131110303 Sobretasa Bomberil 1003 0,00
  • 6. 131110304 SGP. Educación Calidad 1101 0,00 131110305 SGP. Agua Potable y Saneamiento Básico 1102 0,00 131110306 SGP. Deportes 1103 0,00 131110307 SGP. Cultura 1104 0,00 1311104 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 0,00 131110401 Intereses Fondos Comunes 1001 ,00 131110402 Intereses SGP. Educación Calidad 1101 ,00 13112 RECURSOS DEL CREDITO 0,00 1311201 RECURSOS DEL CREDITO 0,00 131120101 Empréstito 1801 0,00 SEGUNDA PARTE PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO, INVERSIÓN Y SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA ARTÍCULO SEGUNDO: Apropiase para atender gastos de funcionamiento, el servicio de la deuda pública y los gastos de inversión en el Presupuesto General del MUNICIPIO DE AMAGÁ, durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de año 2013, en la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CINCUENTA PESOS M/L ($11.447.692.050.oo), según el siguiente detalle: PRESUPUESTO DE EGRESOS 2013 RUBRO FONDO DESCRIPCIÓN VALOR 2 EGRESOS 11.447.692.050,00 21 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2.690.037.569,00 211 RECURSOS PROPIOS 2.690.037.569,00 21101 CONCEJO 169.315.285,00 211011 GASTOS DE PERSONAL 140.229.072,00 21101101 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 21.960.961,00 21101101101 1001 Sueldos Personal de Nomina 13.335.462,00 21101101102 1001 Prima de Servicios. 555.644,00 21101101103 1001 Prima de Vacaciones 555.644,00 21101101104 1001 Vacaciones 741.229,00
  • 7. 21101101105 1001 Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones 1.296.874,00 21101101106 1001 Auxilio de Transporte 2.000.000,00 21101101107 1001 Bonificación Por Recreación 74.086,00 21101101108 1001 Prima de Navidad 1.343.383,00 21101101109 1001 Subsidio de Alimentación 562.560,00 21101101110 1001 Cesantías 1.362.724,00 21101101112 1001 Intereses a las Cesantías 133.355,00 21101102 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 114.264.540,00 21101102117 1001 Honorarios Concejales 114.264.540,00 21101103 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA 4.003.571,00 21101103121 1001 EPS Salud 1.133.514,00 21101103126 1001 Fondo de Pensiones 1.600.255,00 21101103127 1001 ARP Riesgos Profesionales 69.611,00 21101103128 1001 Caja de Compensación Familiar 533.418,00 21101103129 1001 ICBF 400.064,00 21101103130 1001 SENA 66.677,00 21101103131 1001 ESAP 66.677,00 21101103132 1001 Escuelas de Institutos Técnicos 133.355,00 211012 GASTOS GENERALES 29.086.213,00 21101201 ADQUISICION DE BIENES 13.507.153,00 21101201133 1001 Materiales y Suministros 5.507.153,00 21101201134 1001 Mantenimiento 3.000.000,00 21101201146 1001 Impresos y Publicaciones 4.000.000,00 21101201158 1001 Afiliación Asociación de Concejales 1.000.000,00 21101202 ADQUISICION DE SERVICIOS 15.579.060,00 21101202139 1001 Gastos de Transporte 3.000.000,00 21101202143 1001 Comunicaciones 7.000.000,00 21101202144 1001 Servicios Púbicos 5.579.060,00 21102 PERSONERIA 88.405.200,00 211021 GASTOS DE PERSONAL 84.151.993,00
  • 8. 21102101 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 69.808.493,00 21102101101 1001 Sueldos Personal de Nomina 47.776.630,00 21102101102 1001 Prima de Servicios 1.990.693,00 21102101103 1001 Prima de Vacaciones 1.990.693,00 21102101104 1001 Vacaciones 2.655.584,00 21102101105 1001 Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones 4.646.277,00 21102101106 1001 Bonificación Por Recreación 265.426,00 21102101107 1001 Prima de Navidad 4.691.830,00 21102101108 1001 Subsidio de Alimentación 562.560,00 21102101110 1001 Cesantías 4.751.034,00 21102101112 1001 Intereses a las Cesantías 477.766,00 21102102 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS - 21102102118 1001 Servicios Personales Indirectos - 21102103 SERVICIOS PERSONALES INHERENTES A LA NOMINA 14.343.500,00 21102103121 1001 EPS Salud 4.061.014,00 21102103126 1001 Fondo de Pensiones 5.733.196,00 21102103127 1001 ARP Riesgos Profesionales 249.394,00 21102103128 1001 Caja de Compensación Familiar 1.911.065,00 21102103129 1001 ICBF 1.433.299,00 21102103130 1001 SENA 238.883,00 21102103131 1001 ESAP 238.883,00 21102103132 1001 Escuelas de Institutos Técnicos 477.766,00 211022 GASTOS GENERALES 4.253.207,00 21102201 ADQUISICION DE BIENES - 21102201133 1001 Materiales y Suministros 21102201134 1001 Mantenimiento 21102202 ADQUISICION DE SERVICIOS 4.253.207,00 21102202137 1001 Seguros de Vida 828.182,00 21102202139 1001 Viáticos y Gastos de Viaje 425.025,00 21102202143 1001 Comunicación y Transporte 21102202145 1001 Telefonía 1.900.000,00
  • 9. 21102202150 1001 Desarrollo Institucional 21102202160 1001 Servicios Públicos 1.100.000,00 21103 ADMINISTRACIÓN CENTRAL 2.432.317.084,00 211031 GASTOS DE PERSONAL 1.420.961.756,00 21103101 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA 1.093.007.675,00 21103101101 1001 Sueldos Personal de Nomina 711.565.117,00 21103101102 1001 Prima de Servicios 28.136.888,00 21103101103 1001 Prima de Vacaciones 29.648.546,00 21103101104 1001 Vacaciones 39.551.161,00 21103101105 1001 Auxilio de Transporte 8.000.000,00 21103101106 1001 Bonificación Por Recreación 4.156.787,00 21103101107 1001 Prima de Navidad 70.319.731,00 21103101108 1001 Subsidio de Alimentación 15.189.120,00 21103101109 1001 Prima de Dirección 24.186.523,00 21103101110 1001 Indemnización por Vacaciones y Prima de Vacaciones 69.199.707,00 21103101111 1001 Cesantías 71.238.283,00 21103101112 1001 Intereses a las Cesantías 7.115.652,00 21103101113 1001 Gastos de Representación 500.000,00 21103101114 1001 Derechos Convencionales 600.160,00 21103101115 1001 Horas Extras 6.600.000,00 21103101116 1001 Dotación de Personal 7.000.000,00 21103102 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 104.328.000,00 21103102119 1001 Honorarios 83.835.000,00 21103102162 1001 Jornales - 21103102169 1001 Prestación de servicios 20.493.000,00 21103103 SERVICIOS PERSONALES INHERENTES A LA NOMINA 223.626.081,00 21103103121 1001 EPS Salud 60.483.036,00 21103103126 1001 Fondo de Pensiones 85.387.814,00 21103103127 1001 ARP Riesgos Profesionales 3.714.370,00 21103103128 1001 Caja de Compensación Familiar 28.462.605,00 21103103129 1001 ICBF
  • 10. 21.346.954,00 21103103130 1001 SENA 3.557.825,00 21103103131 1001 ESAP 3.557.825,00 21103103132 1001 Escuelas de Institutos Técnicos 7.115.652,00 21103103161 1001 Seguridad Social en Salud Concejo Municipal 10.000.000,00 211032 GASTOS GENERALES 423.562.245,00 21103201 ADQUISICION DE BIENES 157.462.245,00 21103201133 1001 Materiales y Suministros 117.462.245,00 21103201134 1001 Mantenimiento 25.000.000,00 21103201135 1001 Suministro y Mantenimiento de Vehículos 15.000.000,00 21103202 ADQUISICION DE SERVICIOS 266.100.000,00 21103202139 1001 Viáticos y gastos de viaje 30.000.000,00 21103202140 1001 Comisiones y Otros Gastos Bancarios 8.500.000,00 21103202141 1001 Servicio de Parqueadero 8.500.000,00 21103202142 1001 Fotocopias, Impresos y Publicaciones 6.000.000,00 21103202143 1001 Comunicaciones y Transporte 9.500.000,00 21103202147 1001 Gastos Varios e Imprevistos 1.400.000,00 21103202148 1001 Servicio de telefonía 60.000.000,00 21103202149 1001 Servicios Públicos – Energía 70.000.000,00 21103202151 1001 Servicios Públicos – Acueducto 30.000.000,00 21103202152 1001 Seguros de Vida, de manejo, Pólizas y otros 25.200.000,00 21103202153 1001 Gastos Funerarios Personas Escasos Recursos 5.000.000,00 21103202154 1001 Otros Gastos Funerarios 2.000.000,00 21103202155 1001 Seguros de Vida del Concejo Municipal 10.000.000,00 211033 TRANSFERENCIAS 481.487.334,00 21103301 OTRAS TRASFERENCIAS 481.487.334,00 Pensionados (Salarios + Contribuciones Inherentes a la 21103301155 1001 Nomina) 223.417.886,00 21103301156 1001 Cuotas Partes Pensiónales 12.000.000,00 21103301157 1001 Sentencias y Conciliaciones 1.500.000,00 21103301163 1504 Multas de Policía de carreteras Polca 96.053.988,00 21103301164 1506 Multas de Policía Municipio Simit
  • 11. 18.869.445,00 21103301165 1002 Sobretasa Ambiental CORANTIOQUIA 122.646.015,00 21103301166 1505 Transferencia ICA 50% Licencia Movilización Ganado 7.000.000,00 211034 PLAZA DE MERCADO 106.305.749,00 21103401 PLAZA DE MERCADO FUNCIONAMIENTO 106.305.749,00 21103401167 1001 Funcionamiento Plaza de Mercado 20.812.130,00 21103401168 1001 Servicios Públicos 47.500.000,00 21103401169 1001 Personal supernumerario - 21103401170 1001 Vigilancia 11.235.271,00 21103401171 1001 Mantenimiento 26.757.348,00 22 SERVICIO DE LA DEUDA 445.577.038,00 221 RECURSOS PROPIOS 99.623.066,00 22101 ENTIDADES PUBLICAS 99.623.066,00 221011 AMORTIZACIÓN CAPITAL 78.217.682,00 22101101 CONSTRUCCION VIVIENDA URBANA Y RURAL 46.839.221,00 22101101201 1001 Amortización Capital de Vivienda 46.839.221,00 22101102 ADQUISICION DE BIENES 31.378.461,00 22101102210 1001 Amortización Capital Construcción Central de Abastos 26.653.379,00 22101102211 1001 Amortización Capital Terminación Casa de la Cultura 4.725.082,00 221012 AMORTIZACION INTERESES 21.405.384,00 22101201 CONSTRUCCION VIVIENDA URBANA Y RURAL 20.507.283,00 22101201220 1001 Amortización Intereses de Vivienda 20.507.283,00 22101202 ADQUISICION DE BIENES 898.101,00 22101202230 1001 Amortización Intereses Construcción Central de Abastos 804.701,00 22101202231 1001 Amortización Intereses Terminación Casa de la Cultura 93.400,00 22101202232 1001 Amortización Intereses Créditos de Tesorería - 222 RECURSOS SGP 345.953.972,00 22201 ENTIDADES PUBLICAS 345.953.972,00 222011 AMORTIZACION CAPITAL 250.015.445,00 22201101 RECURSOS SGP EDUCACION - 22201101240 1101 Amortización Capital Construcción Infraestructura Educativa
  • 12. - 22201102 SGP AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 122.414.519,00 22201102250 1102 Amortización Capital Plan Maestro 28.736.076,00 Amortización Capital Obras Complementarias Proyecto Reubicación de 100 Viviendas Zona de Alto Riesgo Falla 22201102251 1102 Geológica (Urbanismo, Acueducto y Alcantarillado) 93.678.443,00 22201103 SGP OTROS SECTORES 127.600.926,00 22201103260 1105 Amortización Capital Construcción Central de Abastos 33.922.483,00 22201103261 1105 Amortización Capital Compra Lote Vivienda Interés Social 93.678.443,00 222012 AMORTIZACION A INTERESES 95.938.527,00 22201201 RECURSOS SGP EDUCACION - Amortización Intereses Construcción Infraestructura 22201201270 1101 Educativa - 22201202 SGP AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 53.899.795,00 22201202280 1102 Amortización Intereses Plan Maestro 12.885.229,00 Amortización Intereses Obras Complementarias Proyecto Reubicación de 100 Viviendas Zona de Alto Riesgo Falla 22201202281 1102 Geológica (Urbanismo, Acueducto y Alcantarillado) 41.014.566,00 22201203 SGP OTROS SECTORES 42.038.732,00 22201203290 1105 Amortización Intereses Construcción Central de Abastos 1.024.166,00 22201203291 1105 Amortización Intereses Compra Lote Vivienda Interés Social 41.014.566,00 231 RECURSOS PROPIOS LIBRE DESTINACIÓN 775.493.371,00 23101 EDUCACION RECURSOS PROPIOS 92.108.034,00 231011 INVERSION EDUCACION 92.108.034,00 23101101 CALIDAD EDUCATIVA 92.108.034,00 23101101301 1001 Eventos Educativos - 23101101302 1001 Seguros Equipos Sala de Computo - 23101101303 1001 Programa UAI 48.127.500,00 23101101304 1001 Pago Personal Operativo 14.904.000,00 23101101305 1001 Coordinación Sala de Computo 13.206.600,00 23101101306 1001 Apoyo Emergencia I.E Rural Guaimaral 6.706.800,00 23101101528 1001 Programas y Proyectos Calidad de la Educación - 23101101531 1001 Interventoria Proyectos de Educación 3.000.000,00 23101101532 1001 Subsidio de Transporte 6.163.134,00 23102 SALUD RECURSOS PROPIOS
  • 13. 60.992.648,00 231021 INVERSION SALUD 60.992.648,00 23102101 SALUD PUBLICA 60.992.648,00 23102101306 1001 Inversión Sistemas de Información 18.401.783,00 23102101307 1001 Apoyo Personal Operativo 12.006.000,00 23102101529 1001 Interventoría Contratos de Salud 5.000.000,00 23102101530 1001 ETESA Funcionamiento 18.784.865,00 23102101531 1001 Por Su Salud Muévase Pues 6.800.000,00 23103 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 171.582.189,00 231031 INVERSION AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 171.582.189,00 23103101 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 171.582.189,00 23103101447 1001 Subsidios Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso 125.255.589.oo 23103101448 1001 Rehabilitación del Sistema de Alcantarillado - 23103101449 1001 Plan Maestro de Alcantarillado 15.742.350,00 23103101450 1001 Mantenimiento de Alcantarillado 16.508.250,00 23103101451 1001 Apoyo y Seguimiento al PGIRS 14.076.000,00 23104 DEPORTES RECURSOS PROPIOS 55.640.100,00 231041 INVERSION DEPORTES 55.640.100,00 23104101 DEPORTES 55.640.100,00 23104101308 1001 Inversión en Fomento y Apoyo a la Práctica del Deporte 1.000.000,00 23104101309 1001 Construcción y mantenimiento de Escenarios Deportivos 500.000,00 23104101310 1001 Dotación de Escenarios e Implementación Deportiva 500.000,00 23104101452 1001 Apoyo Juegos de la Calle 500.000,00 23104101453 1001 Pago de Instructor y Monitores Deportivos 52.640.100,00 23104101530 1001 Interventoría Proyectos Deportivos 500.000,00 23105 CULTURA RECURSOS PROPIOS 30.135.250,00 231051 INVERSION CULTURA 30.135.250,00 23105101 CULTURA 30.135.250,00 23105101311 1001 Apoyo a las Prácticas y Manifestaciones Culturales 29.135.250,00 23105101312 1001 Mantenimiento y Dotación Banda de Música 500.000,00 23105101313 1001 Pólizas, Seguros, Publicaciones y Cofinanciación proyectos
  • 14. Culturales 500.000,00 23105101314 1001 Elaboración Plan Cultural Municipal - 23106 INVERSION OTROS SECTRORES 365.035.150,00 231061 INVERSION OTROS SECTRORES RECURSOS PROPIOS 365.035.150,00 23106101 INVERSION SECTOR VIVIENDA 21.000.000,00 23106101314 1001 Subsidio Para Mejoramiento de Vivienda de Interés Social 500.000,00 23106101315 1001 Programa de Construcción y Mejoramiento de Vivienda 10.000.000,00 23106101316 1001 Pre _ Inversión en Infraestructura 5.000.000,00 23106101317 1001 Legalización de Predios 5.000.000,00 23106101318 1001 Mejoramiento de Vivienda 500.000,00 23106102 INVERSION SECTOR AGOPECUARIO 2.000.000,00 Promoción de Mecanismos de Asociación y alianzas de 23106102319 1001 Cooperación 500.000,00 23106102320 1001 Personal de Asistencia Técnica Agropecuaria 500.000,00 Programa y Proyectos de Fomento al Desarrollo 23106102321 1001 Agropecuario 500.000,00 Proyectos de Sensibilización y Protección a la Siembra 23106102322 1001 Limpia 500.000,00 23106103 TRANSPORTE Y VÍAS 7.500.000,00 23106103323 1001 Mantenimiento de Vías 4.000.000,00 23106103324 1001 Interventoria de Vías 2.500.000,00 23106103325 1001 Pago de Transporte 1.000.000,00 23106104 AMBIENTAL 44.506.000,00 23106104325 1001 Irrigación, Drenaje y Recuperación de Tierras 0 23106104326 1001 Reforestación y Control de Erosión 0 23106104327 1001 Planes, programas y Proyectos Eco turísticos 0 23106104328 1001 Mantenimiento de Micro cuencas 0 23106104329 1001 Compra de Tierras 32.500.000,00 23106104330 1001 Apoyo Ambiental y Minero 12.006.000,00 23106105 CENTROS DE RECLUSIÓN 42.000.000,00 23106105454 1001 Dotación de Centros Carcelarios 3.000.000,00 23106105455 1001 Personal de la Guardia Penitenciaria 23.000.000,00 23106105456 1001 Alimentación y Transporte para personal detenido 12.000.000,00 23106105457 1001 Salud Personas detenidas 4.000.000,00 23106106 PREVENCIÓN Y ATENCION DE DESASTRES
  • 15. 6.000.000,00 23106106326 1001 Atención y Prevención de Desastres 3.000.000,00 23106106327 1001 Apoyo al Cuerpo de Bomberos 3.000.000,00 23106107 PROMOCIÓN Y DESARROLLO 3.000.000,00 23106107328 1001 Promoción y Capacitación para el Empleo 1.000.000,00 23106107329 1001 Asesoría y Apoyo a Proyectos Mineros 1.500.000,00 23106107330 1001 Programas de Sensibilización y Organización Comunitaria 500.000,00 23106108 ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES 14.000.000,00 23106108331 1001 Programas de Atención para la Población Infantil y Juvenil 1.500.000,00 23106108332 1001 Programa de Atención para los Ancianos 500.000,00 23106108333 1001 Programas de Atención para la Población Desplazada 3.500.000,00 23106108334 1001 Programa de Atención para la Población Discapacitada 2.500.000,00 23106108335 1001 Apoyo al Hogar Juvenil Campesino 1.000.000,00 23106108336 1001 Programas de Atención a Grupos Vulnerables 2.000.000,00 23106108337 1001 Programas Familias en Acción 1.500.000,00 23106108338 1001 Apoyo a Mujeres Cabeza de Familia 1.000.000,00 23106108339 1001 Programas de Atención Adulto Mayor 500.000,00 23106109 EQUIPAMENTO MUNICIPAL 3.000.000,00 23106109340 1001 Mantenimiento Dependencias Municipales 3.000.000,00 23106110 DESARROLLO COMUNITARIO 2.000.000,00 23106110341 1001 Programas de Promoción de Espacio de Participación 1.000.000,00 23106110342 1001 Programas de Resocialización y Participación Comunitaria 1.000.000,00 23106111 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 170.798.150,00 23106111343 1001 Apoyo a la Gestión Administrativa 98.832.150,00 23106111344 1001 Mejoramiento Archivo Municipal 500.000,00 23106111345 1001 Jornadas de Bienestar Laboral 1.000.000,00 23106111346 1001 Fortalecimiento de Desarrollo Institucional 55.558.800,00 23106111347 1001 Pasivocol (Administración Pasivo Pensional) 14.407.200,00 23106111348 1001 Publicidad y Difusión de Campañas Institucionales 500.000,00 23106112 JUSTICIA 36.225.000,00 23106112348 1001 Equipo Interdisciplinario Comisaria de Familia
  • 16. 36.225.000,00 23106113 INVERSIÓN INFRAESTRUCTURA FISICA 1.000.000,00 23106113349 1001 Interventoria 500.000,00 23106113350 1001 Construcción y Mantenimiento de Vías 500.000,00 23106114 INVERSION SOCIAL 12.006.000,00 23106114351 1001 Inversión Programas Sociales (Operativo Sisbén) 12.006.000,00 INVERSIÓN RECURSOS PROPIOS DESTINACION 232 ESPECIAL 656.533.602,00 23201 ESTAMPILLA PRO-CULTURA 30.000.000,00 232011 INVERSION ESTAMPILLA PRO-CULTURA 30.000.000,00 23201101 INVERSION CULTURA 30.000.000,00 23201101352 1601 Inversión en Eventos Culturales 3.000.000,00 23201101353 1601 Dotación de Escenarios Culturales 5.000.000,00 Pago de Instructor Personal Contratado para la Ejecución de 23201101354 1601 Proyectos 3.000.000,00 23201101355 1601 Protección del Patrimonio Cultural del Municipio 3.000.000,00 23201101356 1601 Manteamiento y Dotación Biblioteca 4.000.000,00 23201101357 1601 Estampillas Pro-cultura 10% Seguridad Artistas 3.000.000,00 23201101358 1601 Estampilla Pro-cultura Fonpet 6.000.000,00 23201101359 1601 Promoción de la Cultura 3.000.000,00 23201101360 1601 Elaboración Plan Cultural Municipal - 23202 FONDO TERRITORIAL DE SEGURIDAD LEY 1106 50.000.000,00 232021 INVERSIONES FONDO DE SEGURIDAD 50.000.000,00 23202101 JUSTICIA 50.000.000,00 23202101360 1502 Programa y Proyecto de Inversión Fondo de Seguridad 50.000.000,00 23203 ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA 140.000.000,00 232031 ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA 140.000.000,00 23203101 ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES 140.000.000,00 23202101361 1603 Apoyo Centro de Bienestar del Anciano (30%) 42.000.000,00 Programas Prevención, Promoción y Sostenimiento Centros 23202101362 1603 de Vida 98.000.000,00 23204 FONDO DE VIVIENDA 18.500.000,00 232041 FONDO DE VIVIENDA (FOVIS) 18.500.000,00 23204101 VIVIENDA
  • 17. 18.500.000,00 23204101362 1501 Póliza de Vivienda - 23204101363 1501 Mejoramiento de Vivienda - 23204101364 1501 Subsidio para Vivienda en Zona de Alto Riesgo 18.500.000,00 23205 IDEAR 3.300.000,00 232051 IDEAR 3.300.000,00 23205101 DEPORTES 3.300.000,00 23205101365 1503 Servicios Públicos Establecimientos Deportivos 3.300.000,00 23205101366 1503 Apoyo a Eventos y a la Práctica del Deporte - 23206 SOBRETASA BOMBERIL 5.012.740,00 232061 SOBRETASA BOMBERIL 5.012.740,00 23206101 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES 5.012.740,00 Apoyo al cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de 23206101367 1003 Amagá 5.012.740,00 23207 ALUMBRADO PÚBLICO 375.720.862,00 232071 ALUMBRADO PÚBLICO 375.720.862,00 23207101 ALUMBRADO PÚBLICO 375.720.862,00 23207101368 1001 Mantenimiento y Ampliación del Alumbrado Público 112.000.000,00 23207101458 1001 Suministro de Energía 248.000.000,00 23207101459 1001 Costo Facturación Alumbrado Público 15.720.862,00 23208 CONVENIO ICA 14.000.000,00 232081 CONVENIO ICA 14.000.000,00 23208101 CONVENIO ICA 14.000.000,00 23208101369 1505 Apoya Actividad Agropecuaria ICA 7.000.000,00 23208101370 1505 Transferencia 7.000.000,00 23209 ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL 20.000.000,00 232091 ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL 20.000.000,00 23209101 INVERSIÓN EN SALUD 20.000.000,00 23209101460 1602 Transferencia Estampilla Pro-Hospital 20.000.000,00 233 SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 105.000.000,00 23301 SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS MINERAS 105.000.000,00 233011 POR EXPLOTACION DE CARBÓN
  • 18. 100.000.000,00 23301101 EDUCACIÓN - 23301101371 1701 Mantenimiento de Establecimientos Educativos - 23301101372 1701 Construcción de Infraestructura Educativa - 23301101373 1701 Interventoria de Proyectos Educativos - 23301102 SALUD - 23301102374 1701 Ampliación de Cobertura Régimen Subsidiado - 23301102375 1701 Interventoría Régimen Subsidiado - 23301103 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 100.000.000,00 23301103376 1701 Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado 100.000.000,00 Construcción, Ampliación y Rehabilitación de los sistemas de Acueducto, Alcantarillado y Potabilización del Agua y el 23301103377 1701 Tratamiento de Aguas residuales. - 233012 POR RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES 5.000.000,00 23301201 MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 5.000.000,00 23301201378 1701 Mantenimiento de Alcantarillados 5.000.000,00 23301201379 1701 Transferencias al FONPET, DNP, FNR y al Departamento - 234 RECURSOS DEL CREDITO - 23401 INVERSION CON RECURSOS DEL CRÉDITO - 234011 INVERSION CON RECURSOS DEL CRÉDITO IDEA - 23401101 CREDITOS IDEA - 23401101380 Prestamos - 234012 CREDITOS BANCA PRIVADA - 23401201 CREDITOS BANCA PRIVADA - 23401201386 Prestamos - 235 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 3.898.635.562,00 23501 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES EDUCACIÓN 390.246.448,00 235011 S.G.P. EDUCACIÓN 390.246.448,00 23501101 EDUCACION 390.246.448,00 23501101380 1101 Construcción Infraestructura Educativa 40.000.000,00 23501101381 1101 Pre inversión, Estudios y Diseños 10.000.000,00 23501101382 1101 Mantenimiento Establecimientos Educativos 20.000.000,00
  • 19. Dotación Material Didáctico, Textos, Equipos Audiovisuales y 23501101383 1101 Otros 20.837.448,00 23501101384 1101 Servicios Públicos Instituciones Educativas 94.000.000,00 23501101385 1101 Transporte Escolar 110.000.000,00 23501101386 1101 Capacitación Personal Docente 0 23501101387 1101 Sistema de Información SIMAT 13.206.600,00 23501101388 1101 Seguros Estudiantiles 0 23501101389 1101 Dotación Establecimientos Educativos 30.000.000,00 23501101390 1101 Actualización Plan Educativo Municipal 10.000.000,00 23501101391 1101 Gratuidad de la Educación - 23501101392 1101 Eventos Educativos 42.202.400,00 23502 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SALUD 2.397.333.614,00 235021 S.G.P. SALUD 2.397.333.614,00 23502101 RÉGIMEN SUBSIDIADO 1.838.805.574,00 23502101392 1201 Régimen Subsidiado Continuidad 1.838.805.574,00 23502101458 1201 Régimen Subsidiado Continuidad. SGP Fondos 2012 - 23502102 SALUD PÚBLICA 173.379.639,00 23502102393 1203 Contratación de Servicios con la IPS 173.379.639,00 PRESTACION DE SERVICIOS POBLACION POBRE NO 23502103 ASEGURADA 385.148.401,00 23502103 1202 Aportes Patronales 385.148.401,00 23503 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES AP Y SB 502.238.905,00 235031 S.G.P. AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 502.238.905,00 23503101 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 502.238.905,00 23503101395 1102 Susidios Fondo de Solidaridad y Redistribución del Ingreso 242.616.876,00 23503101396 1102 Plan Departamental de Agua (Pignoración de Rentas) 259.622.029,00 23503101397 1102 Saneamiento Básico, Acueductos y Alcantarillados Rurales - SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DEPORTES Y 23504 RECREACIÓN 76.392.396,00 235041 S.G.P. DEPORTES Y RECREACIÓN 76.392.396,00 23504101 DEPORTES Y RECREACIÓN 76.392.396,00 23504101397 1103 Programas de Fomento y Apoyo a la Práctica del Deporte 19.000.000,00 23504101398 1103 Construcción de Escenarios Deportivos - 23504101399 1103 Pre inversión, Estudios y Diseños en Infraestructura -
  • 20. 23504101400 1103 Mantenimiento Escenarios Deportivos 4.752.296,00 Dotación Escenarios Deportivos e Implementos para la 23504101401 1103 Práctica del deporte - Pago de Instructores y Monitores para la Práctica del 23504101402 1103 Deporte 52.640.100,00 23505 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES CULTURA 57.294.298,00 235051 S.G.P. CULTURA 57.294.298,00 23505101 CULTURA 57.294.298,00 23505101403 1104 Programas de Fomento y Apoyo a Eventos Culturales 29.135.250,00 23505101404 1104 Mantenimiento Escenarios Culturales 9.965.518,00 23505101405 1104 Dotación de Escenarios Culturales 5.693.530,00 23505101406 1104 Mantenimiento y Protección del Patrimonio Cultural 12.500.000,00 23505101407 1104 Elaboración del Plan Municipal Cultural - SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 23506 ALIMENTACIÓN ESCOLAR 67.360.815,00 235061 S.G.P. ALIMENTACIÓN ESCOLAR 67.360.815,00 23506101 ALIMENTACIÓN ESCOLAR 67.360.815,00 23506101407 1106 Alimentación Escolar 67.360.815,00 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PRIMERA 23507 INFANCIA - 235071 S.G.P. ATENCIÓN INTEGRAL PRIMERA INFANCIA - 23507101 ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA - 23507101408 1107 Atención Integral a la Primera Infancia SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES OTROS 23508 SECTORES DE INVERSIÓN 407.769.086,00 235081 S.G.P. OTROS SECTORES DE INVERSIÓN 407.769.086,00 23508101 SECTOR VIVIENDA 75.000.000,00 23508101409 1105 Programas de Construcción y Mejoramiento de Vivienda 40.000.000,00 Subsidios para Reubicación de Vivienda en Zona de Alto 23508401410 1105 Riesgo 35.000.000,00 23508102 SECTOR AGROPECUARIO 27.003.285,00 23508102411 1105 Construcción, Mantenimiento y Reparación de Granjas 3.353.535,00 23508102412 1105 Programas y proyectos de Asistencia Técnica Agropecuaria 12.006.000,00 Programas y Proyectos de Fomento de Desarrollo 23508102413 1105 Agropecuario 11.643.750,00 23508103 SECTOR VIAS Y TRANSPORTE 17.000.000,00 23508103414 1105 Mantenimiento de Vías 10.000.000,00 23508103415 1105 Pre inversión, Estudios y Diseños en Infraestructura
  • 21. 2.000.000,00 23508103416 1105 Pago de transporte 5.000.000,00 23508104 SECTOR AMBIENTAL 8.000.000,00 23508104416 1105 Mantenimiento de Micro cuencas 5.000.000,00 Reforestación y Control de Erosión para la Prevención de 23508104417 1105 Desastres 3.000.000,00 23508105 SECTOR CENTROS DE RECLUSIÓN 70.000.000,00 23508105418 1105 Mantenimiento de Infraestructura Carcelaria 5.000.000,00 23508105419 1105 Dotación Centros Carcelarios 5.000.000,00 23508105420 1105 Pago Personal de la Guardia Penitenciaria 30.000.000,00 23508105421 1105 Alimentación y Transporte para los internos 30.000.000,00 23508106 SECTOR PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESATRES 4.000.000,00 23508106422 1105 Programas de Reubicación de Familias en Alto Riesgo 1.000.000,00 23508106423 1105 Atención de Desastres 3.000.000,00 23508107 SECTOR PROMOCIÓN AL DESARROLLO 15.076.000,00 23508107424 1105 Promoción de Asociaciones y Alianzas para el Desarrollo 1.000.000,00 23508107425 1105 Apoyo a Grupos de Participación Ciudadana y Comunitaria 14.076.000,00 23508108 SECTOR ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES 29.420.000,00 Programas de Atención para la Población Infantil y los 23508108426 1105 Jóvenes 2.000.000,00 23508108427 1105 Programa de Atención para las Madres Cabeza de Familia 3.000.000,00 23508108428 1105 Apoyo funerales 5.000.000,00 23508108429 1105 Programas de Atención para Población Desplazada 3.000.000,00 23508108430 1105 Programa de Atención para Población Discapacitada 3.000.000,00 23508108431 1105 Programa Adulto Mayor 1.414.000,00 23508108432 1105 Apoyo Programa Familias en Acción 12.006.000,00 23508109 EQUIPAMENTO MUNICIPAL 10.248.380,00 23508109432 1105 Mantenimiento Bienes del Municipio 10.248.380,00 23508110 DESARROLLO COMUNITARIO 3.875.126,00 Programas de Promoción de Espacios de Participación 23508110433 1105 Comunitaria 3.875.126,00 23508111 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL 33.619.209,00 Procesos Integrales de Evaluación Institucional y 23508111434 1105 Reorganización Administrativa 1.000.000,00 23508111435 1105 Programas de Organización y Fortalecimiento Institucional
  • 22. 1.000.000,00 Programas de Publicidad y Difusión de Campañas 23508111436 1105 Institucionales 31.619.209,00 23508112 JUSTICIA 77.287.228,00 23508112436 1105 Apoyo a la Policía Nacional 3.000.000,00 23508112437 1105 Apoyo a la Inspección de Policía Municipal 33.776.527,00 23508112438 1105 Apoyo a la Comisaría Municipal 40.510.701,00 23508113 INFANCIA Y ADOLESCENCIA 13.000.000,00 23508113439 1105 Sistema Penal de la Adolescencia 3.000.000,00 23508113440 1105 Hogar de Paso 10.000.000,00 23508114 SALUD 13.206.600,00 23508114401 1105 Por Su Salud Muévase Pues 13.206.600,00 23508115 DEPORTES 11.033.258,00 23508115501 1105 Fomento a las Actividades Deportivas y Recreativas 11.033.258,00 23509 S.G.P. FONPET - 235091 S.G.P. FONPET - 23509101 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - 23509101441 1105 Pensiones - 236 INVERSION CON TRANSFERENCIAS 2.876.414.908,00 23601 TRANSFERENCIAS DIFERENTES AL S.G.P. 2.876.414.908,00 236011 DEL ORDEN NACIONAL 2.636.131.533,00 23601101 FOSYGA 2.579.776.941,00 23601101442 1201 Fosyga Vigencia Corriente 1.972.369.189,00 23601101443 1201 Fosyga Población Pobre no Asegurada 607.407.752,00 23601101530 1201 Fosyga Vigencia Corriente saldos 2012 - 23601102 ETESA 56.354.592,00 23601102444 1205 Etesa Funcionamiento 23601102445 1205 Etesa Ampliación Cobertura 56.354.592,00 23601103 OTROS APORTES NACIONALES - 23601103532 1303 Recuperación y Rehabilitación Vías Terciarias - Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños y 23601103533 1305 Quebradas - Const. Obras de Cont. Y Limpieza de Caños y Quebradas La 23601103534 1306 Ceibala, La Chilo y San Pedro -
  • 23. 23601103535 1307 Recursos Impuesto del Tabaco Ley 1289 de 2009 - 236012 DEL ORDEN DEPARTAMENTAL 240.283.375,00 2360121 SALUD 240.283.375,00 236012101 1201 Régimen Subsidiado Rentas Cedidas Departamento 240.283.375,00 236012102 1201 S.G.P. Conpes 151 Régimen Subsidiado Departamento - 2360122 VIVIENDA - 236012201 1440 Recursos de VIVA - 236012202 1440 Otrosí Nro. 3 Contrato nro. 2011-CF-26-0029 - 2360123 OTROS APORTES DEPARTAMENTALES - 2360123535 1441 Recursos In deportes Antioquia - Convenio Inter administrativo 388 de 2011 Mejoramiento Vía 2360123536 1434 el Cedro - Convenio Inter. 833-2012 Intervención de apoyo General por 2360123537 1442 Condiciones de Amenaza a población Vulnerable. - 26 RECURSOS DEL BALANCE - 261 EXISTENCIA CAJA Y BANCOS - 26101 RECURSOS PROPIOS DE LIBRE DESTINACIÓN - 261011 FONDOS COMUNES - 26101101 1001 Funcionamiento 26101102 1001 Educación 26101103 1001 Salud 26101104 1001 Deportes 26101105 1001 Cultura 26101106 1001 Otros Sectores de Inversión INVERSION CON RECURSOS PROPIOS DE 26102 DESTINACION ESPECIFICA - 261021 FONDOS ESPECIALES - 26102101 ESTAMPILLA PRO-CULTURA - 26102101527 1601 Inversión en eventos culturales 26102101528 1601 10% Para los Artistas 26102102 FONDO DE SEGURIDAD - 26102102447 1502 Apoyo a la Policía Nacional 26102101448 1502 Programas y Proyectos del Fondo de Seguridad 26102103 ESTAMPILLA CBA Y CENTROS DE VIDA - 26102103449 1603 Apoyo al Centro de Bienestar del Anciano 26102103460 1603 Apoyo a los Centros de Vida
  • 24. 26102104 ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL - 26102104450 1602 Estampillas Pro-Hospital 26102105 FONDO DE VIVIENDA (FOVIS) - 26102105451 1501 Programas de Construcción y Mejoramiento de Vivienda 26102106 IDEAR - 26102106452 1503 Apoyo a Eventos a la Práctica del Deporte y la Recreación 26102107 SOBRETASA BOMBERIL - 26102107453 1003 Sobretasa Bomberil 26102108 MULTAS POLICIA DE CARRETERA - 26102108454 1504 Multas Policía de Carretera Polca - Simit 26102109 AGROPECUARIO ICA - 26102109455 1505 Transferencia ICA 26103 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES - 261031 S.G.P. EDUCACION - 26103101 EDUCACION - 26103101456 1101 Construcción Infraestructura Educativa 26103101457 1101 Pre inversión, estudios , diseños y asesorías e Interventoría 26103101458 1101 Mantenimiento Establecimientos Educativos 26103101459 1101 Programas y Proyectos Calidad de la Educación 261032 S.G.P. SALUD - 26103201 S.G.P. SALUD PUBLICA - 26103201460 1203 Programas y Proyectos de Salud Pública 26103202 S.G.P. PRESTACION DE SERVICIOS - 26103202461 1204 Proyectos de Salud Población Pobre no Asegurada 261033 S.G.P AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO - 26103301 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO - 26103301462 1102 Contribuciones para Subsidios Triple A 26103301463 1102 Construcción de Sistema de Acueducto y Alcantarillado 26103301464 1102 Mantenimiento de Sistema de Acueducto y Alcantarillado 26103301466 1102 Plan Departamental de Aguas 26103301467 1102 Comisión fiduciarias Administración de recursos FIA 261034 S.G.P. DEPORTES Y RECREACION - 26103401 DEPORTES Y RECREACION - 26103401467 1103 Estudios, Diseños e Interventoría 26103401468 1103 Programas de Fomento, Apoyo a la Práctica del Deporte y
  • 25. Recreación 261035 S.G.P. CULTURA 26103501 CULTURA - 26103501469 1104 Programas de Fomento y Apoyo a Eventos Culturales 261036 S.G.P. ALIMENTACION ESCOLAR - 26103601 ALIMENTACION ESCOLAR - 26103601470 1106 Alimentación Escolar 261037 S.G.P. ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA - 26103701 ATENCION INTEGRAL PRIMERA INFANCIA - 26103701471 1107 Atención Integral a la Primera Infancia 26104 APORTES NACIONALES - 261041 INVERSION EN SALUD - 26104101 FOSYGA - 26104101528 1201 Fosyga Corriente y Régimen Subsidiado 26104102 ETESA - 26104102473 1205 Ampliación Cobertura ETESA 26104102474 1205 ETESA Funcionamiento 25% 26104102475 1205 Continuidad Régimen Subsidiado 26104102476 1205 Programa y Proyectos en Salud Recursos ETESA 261042 OTROS APORTES NACIONALES - 26104201 DEL NIVEL NACIONAL - 26104201477 1301 Subsidio Arrendamiento 26104201478 1302 S.G.P. Primera Infancia Adquisición Maquinaria Retroexcavadora para Rehabilitación 26104201479 1304 Vial 26104201480 1305 Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños 26104201481 1306 Construcción Obras de Contención y Limpieza de Caños 26105 APORTES DEPARTAMENTALES - 261051 INVERSION SALUD - 26105101 REGIMEN SUBSIDIADO - 26105101527 1201 Rentas cedidas Recursos del Departamento 261052 OTROS DEPARTAMENTALES - 26105201 DEL NIVEL DEPARTAMENTAL - Convenio Ínter administrativo 2011-CF-37-0115 Reposición 26105201483 1435 Tramo de Red Acueducto Convenio Inter administrativo 2011-CF-15-0172 Cambio 26105201484 1436 Techo I.E. San Fernando
  • 26. Convenio Inter administrativo 2011-CF-26-0029, 30 Viviendas 26105201486 1433 Portal de Oro 26105201488 1402 Contrato Aporte 1218 – 2010 26105201489 1403 Convenio Vigilancia y Control 26105201490 1404 Compra de Tierra 26105201491 1405 Aporte Banda de Música 26105201492 1406 Plan Maestro de Acueducto Urbano 26105201493 1407 Generación de Empleo 26105201494 1408 Aporte Construcción Placa Polideportiva Camilo C 26105201495 1409 Fortalecimiento Gerontológico 26105201497 1411 Construcción 6 Aulas I.E. La Ferrería 26105201498 1412 Construcción 8 Aulas Normal Superior 26105201499 1413 Mantenimiento I.E. San Fernando 26105201500 1414 Construcción Casa Cultura Convenio 07-CF-150894 26105201501 1415 Comisaría de Familia 26105201502 1416 Convenio 457 Estudio Geológico Barrio La Esmeralda 26105201503 1417 Reforestación Quebrada La Clarita y Paja 26105201504 1418 Construcción Puente Los Álvarez 26105201505 1419 Mejoramiento Vías Rurales 26105201506 1420 Mejoramiento Placas La Clarita y Paso nivel 26105201507 1421 Terminación Espacios Mult. Antigua Ruinas La Ferrería 26105201508 1422 Proyecto Capacitación Organización Comunales 26105201509 1423 Construcción 37 Viviendas Interés Social Urbana 26105201510 1424 Construcción 8217-07 Mitigación Daños Barrio La Esmeralda 26105201511 1425 Convenio Inter administrativo 20092434 SISBEN III 26105201512 1426 Convenio Inter administrativo 2009-CF-20-298 Convenio Inter administrativo 2009-CF-34-0049 Compra de 26105201513 1427 Vehículo 26105201514 1428 Convenio Inter administrativo 2010-CF-20-142 Vías Terciarias 26105201515 1429 Convenio 494 Segunda Etapa Mitigación Barrio La Esmeralda 26105201516 1430 Convenio Inter administrativo 2010-CF-15-0186 26105201517 1431 Convenio Inter administrativo 2010-CF-15-0187 26105201518 1437 Otros Gastos de Salud 26105201519 1438 Convenio Interadministrativo 2011-CF-34-0092-45 Estufas 26105201520 1439 Aportes 26106 SISTEMA GENERAL DE REGALIAS - 261061 POR EXTRACCION DE CARBON - 26106101 EDUCACION - 26106101521 1701 26106101522 1701
  • 27. TERCERA PARTE DISPOSICONES GENERALES ARTÍCULO 3º. Las disposiciones generales del presente acuerdo, están establecidas de conformidad con el Decreto 111 de 1996, Ley 819 de 2003, Ley 715 de 2001, Ley 617 de 2000, Ley 1167 de 2007, Acto Legislativo Nº 5 de 2011, Decretos 4923 y 4950 de 2011, Ley 1474 de 2011 y el Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal; y deben aplicarse en armonía con estas y con las demás que las modifiquen o complementen. CAPITULO I. CAMPO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 4º. Las disposiciones generales rigen para: Concejo Municipal, Personería, Alcaldía, Secretaria de Hacienda, Secretaria de Gobierno, Secretaria de Planeación y Obras Públicas, Secretaria de salud y demás unidades administrativas. CAPITULO II. DE LAS RENTAS Y RECURSOS ARTÍCULO 5º. La Secretaria de Hacienda Municipal en coordinación con el Consejo de Gobierno, fijara los criterios técnicos para el manejo de los excedentes de liquidez del Tesoro Municipal acorde con los objetivos financieros del Municipio y la tasa de interés a corto y largo plazo. ARTÍCULO 6º. Los ingresos corrientes del Municipio y aquellas contribuciones y recursos que en las normas legales no se haya autorizado su manejo a otro órgano, deberán ser consignados en la Secretaría de Hacienda Municipal, por quienes estén encargados de su recaudo. ARTÍCULO 7º. Los rendimientos financieros que generen las inversiones con recursos de los servidores públicos correspondientes a cesantías y pensiones, se utilizaran exclusivamente en la constitución de reservas técnicas para el pago de dichas prestaciones sociales.
  • 28. CAPITULO III. DE LOS GASTOS ARTÍCULO 8º. Todos los Actos Administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales, deberán contar con certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender estos gastos. Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que los recursos con el financiados no sean desviados a ningún otro fin. En este registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las pretensiones a que haya lugar, esta operación es un requisito de perfeccionamiento de estos Actos Administrativos. En consecuencia, ninguna autoridad podrá contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes, o en exceso del saldo disponible, o sin la autorización previa del Concejo Municipal para comprometer vigencias futuras. Cualquier compromiso que se adquiera sin el lleno de estos requisitos creará responsabilidad personal y pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones. PARAGRAFO: Las obligaciones con cargo al Tesoro Municipal que se adquieran con violación a este precepto, no tendrán validez alguna. ARTÍCULO 9º. Las afectaciones al Presupuesto General se harán teniendo en cuenta la prestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios. Con cargo a las apropiaciones que implica cada rubro presupuestal, que sean afectadas con los compromisos iníciales, se atenderán las obligaciones derivadas de los costos imprevistos, ajustes y revisión de valores e intereses moratorios, derivados de estos compromisos. ARTÍCULO 10º. Prohíbase tramitar o legalizar Actos Administrativos u obligaciones que afecten el Presupuesto de Gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos. Los ordenadores de gastos, responderán disciplinaria, fiscal y penalmente por incumplir lo establecido en esta norma. ARTÍCULO 11º. Cuando se provean vacantes de personal se requerirá de la certificación de su previsión en el Presupuesto General de la vigencia fiscal del año 2013. Para tal efecto, el Secretario de Hacienda Municipal o quien haga sus veces, garantizará la existencia de los rubros del 1º de enero al 31 de diciembre de dicha vigencia. ARTÍCULO 12º. Toda provisión de empleo de los servidores públicos, deberá corresponder a empleos previstos en la planta de personal.
  • 29. Toda provisión de cargos que se haga con violación a este mandato, carecerá de validez y no creará derecho adquirido. ARTÍCULO 13º. Las obligaciones por concepto de servicios medico-asistenciales, pensiones, indemnización por vacaciones, servicios públicos, comunicaciones y transporte e impuestos, tasas y multas, se podrán pagar con los recursos de la vigencia fiscal del año 2013, cualquiera que sea el momento de su causación. ARTÍCULO 14º. Los recursos destinados a programas de capacitación y Bienestar Social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la Ley o los Acuerdos no hayan establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios directos en dinero o en especie. Los programas de capacitación podrán comprender matriculas de los funcionarios, que se giraran directamente a los establecimientos educativos; su otorgamiento se hará en virtud de la reglamentación interna del Municipio. Los programas de Bienestar Social y capacitación, que autoricen las disposiciones legales, incluirán los elementos necesarios para llevarlos a cabo. ARTÍCULO 15º. El ordenador del gasto será el competente para expedir la Resolución que regirá la constitución y funcionamiento de las cajas menores y la utilización de los avances en los órganos que conforman el Presupuesto general del Municipio. CAPITULO IV EL PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA- PAC- ARTÍCULO 16. La ejecución de los gastos del Presupuesto General del Municipio se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja. PAC-. Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Secretaría de Hacienda Municipal y el monto máximo mensual de pagos que esta puede hacer, con el fin de cumplir los compromisos a cargo de la Administración. El programa Anual de Caja estará clasificado en las misma forma del presupuesto y será elaborado por los diferentes órganos incluidos en el Presupuesto General del Municipio, con la asesoría de la Secretaría de Hacienda Municipal y teniendo en cuenta las metas financieras establecidas por el Consejo de Gobierno.
  • 30. El PAC correspondiente a las apropiaciones de la vigencia fiscal, tendrá como límite máximo el valor del presupuesto aprobado por el Concejo Municipal y sancionado por el Alcalde Municipal. Las modificaciones al Programa Anual de Caja serán aprobadas por el Consejo de Gobierno con base en las metas financieras establecidas. Este podrá reducir el PAC en caso de detectarse una deficiencia en su ejecución. Las apropiaciones suspendidas, incluidas las que se financien con los recursos adicionales a que hace referencia el artículo 347 de la constitución política, lo mismo que aquellas financiadas con recursos del crédito no perfeccionados, solo se incluirán en el Programa Anual de Caja cuando cese en sus efectos las suspensión o cuando lo autorice el Consejo de Gobierno, mientras se perfeccionan los contratos de empréstito. ARTÍCULO 17. La Secretaría de Hacienda Municipal comunicará a cada uno de los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio, las metas anuales mensualizadas de pago para la elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja con fundamento en las metas financieras determinadas por el Concejo de Gobierno. A través de las asesorías que la Secretaría de Hacienda Municipal brinde, en la elaboración del Programa Anual de Caja, se velará porque esta meta se cumpla. La Secretaría de Hacienda Municipal coordinará con Planeación Municipal la elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja de Inversión. ARTÍCULO 18º. En la elaboración y ejecución del Programa Anual Mensualizado de Caja, los órganos que conforman el Presupuesto general atenderán prioritaria y oportunamente los pagos para servir la deuda pública, los servicios públicos domiciliarios, los servicios personales, las pensiones y cesantías y las transferencias relacionada con la nómina. ARTÍCULO 19º. Los órganos que conforman secciones del Presupuesto General del Municipio presentarán el Programa Anual Mensualizado de Caja a la Secretaría de Hacienda Municipal, antes del veinte (20) de enero de 2013, clasificando el funcionamiento en servicios personales, gastos generales y transferencias. Así mismo, deberán presentar por separado el PAC del servicios de la deuda y de los gastos de inversión que estén financiado con recursos provenientes de la participación en el Sistema General de Participaciones. ARTÍCULO 20º. Cuando la Secretaría de Hacienda Municipal consolide el Programa Anual Mensualizado de Caja con solicitudes presentadas por los órganos que conforman el Presupuesto General, hará la verificación frente a las metas financieras
  • 31. y su respectiva mensualización. En caso de presentarse diferencias efectuará los ajustes necesarios para darle coherencia y someterá el PAC a aprobación del Consejo de Gobierno, Una vez aprobado lo comunicará a los órganos respectivos. ARTÍCULO 21º. Los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio, registrarán y mantendrán actualizado en la Secretaría de Hacienda Municipal, por conducto del ordenador del gasto, el nombre del Pagador o Tesorero respectivo, a quienes se les podrá girar los recursos asignados a cada órgano en el PAC. ARTÍCULO 22º. Las solicitudes de modificación al Programa Anual Mensualizado de Caja, serán presentados por el ordenador del gasto al Secretario de Hacienda Municipal, para que él las someta a aprobación del Consejo de Gobierno. En las modificaciones al PAC de inversión, se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Secretaría de Planeación como resultado del seguimiento de la ejecución de la Inversión. ARTÍCULO 23º. La Secretaría de Hacienda Municipal solo podrá transferir recursos del Municipio a través de las cuentas registradas. ARTÍCULO 24º. Los recursos que la Secretaría de Hacienda Municipal, transfiera a las cuentas en cada órgano, no tendrán por objeto proveer de fondos a entidades financieras, sino atender compromisos y obligaciones asumidos por ellos frente a su personal y a terceros, en desarrollo de las apropiaciones presupuéstales. Mientras se desarrolla el objeto de la apropiación y se crea la exigencia de situar los recursos, la Secretaría de Hacienda Municipal, deberá efectuar inversiones que garanticen seguridad y rendimiento. Los rendimiento así generados, cualquiera sea la fuente que los produce, deberán ser apropiados en el presupuesto con el fin de satisfacer las necesidades del gasto público. ARTÍCULO 25º. Los recursos que formen parte del Presupuesto General del Municipio, girados por la Secretaría de Hacienda Municipal, no podrán mantenerse en cuentas corrientes por más de cinco (5) días promedio mensual, contados a partir de la fecha de los giros respectivos, sin prejuicio de aquellos recursos correspondientes a cheques entregados al beneficiario y no cobrados. Los saldos de meses anteriores que se mantengan sin utilizar harán parte del cálculo anterior en el mes respectivo, mientras persista esta situación.
  • 32. CAPÍTULO V DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES ARTÍCULO 26º. Si durante la ejecución de la Presupuesto General del Municipio fuese necesario modificar el monto del presupuesto para complementar los recursos insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, el Alcalde Municipal mediante Acto Administrativo motivará tales efectos. La modificación se realizará preferiblemente mediante un contra crédito en la vigencia en curso. Cuando no sea posible, las adiciones presupuéstales podrán efectuarse cuando se cumpla con alguno de los siguientes requisitos:  Tener el carácter de extraordinarios e imprevisibles, frente a la estimación inicial de gastos.  Contar con mayores ingresos. En caso de que ninguno de los requisitos antes previstos se cumpla y se requiera la respectiva adición, la Secretaria de Hacienda Municipal preparará una actualización del Marco Fiscal de Mediano Plazo, un análisis de las implicaciones de dicha adición y un conjunto de recomendaciones. ARTÍCULO 27º. Los recursos del Municipio provenientes de saldos de vigencias anteriores que no se encuentren amparando reservas presupuestales o las cuentas por pagar, deberán reintegrarse a la Secretaría de Hacienda Municipal antes del 31 de enero del año 2013. ARTÍCULO 28º. En cualquier mes del año fiscal, el Alcalde Municipal, previo concepto del Consejo de Gobierno podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, en caso de ocurrir uno de los siguientes eventos:  Que la Secretaría de Hacienda Municipal estime que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas con cargo a tales recursos.  Que no fueran aprobados los nuevos recursos por el Concejo Municipal o que los aprobados fueran insuficientes para atender los gastos a que refiere el artículo 347 de la Constitución Política.  Que no se perfeccionen los recursos del crédito autorizados. En tales casos, el Alcalde Municipal podrá prohibir o someter a condiciones especiales, la asunción de nuevos compromisos y obligaciones. ARTÍCULO 29º. Cuando el Alcalde Municipal se viere precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará por medio de Decreto la medida a aplicar.
  • 33. Expedido el Decreto se procederá a reformar, si fuere el caso, el Plan Anual Mensualizado de Caja. ARTÍCULO 30º. El Alcalde Municipal quedará facultado para que mediante Decreto realice traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando durante la ejecución del Presupuesto General del Municipio sea indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley y los Acuerdos. ARTÍCULO 31º. Las modificaciones al anexo del Decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda aprobadas por el Concejo Municipal, se harán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden municipal, estas modificaciones al anexo del decreto de liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las juntas o Consejos Directivos. Estos Actos Administrativos, requieren para su validez, de la aprobación de la Secretaría de Hacienda Municipal o quien haga sus veces. ARTÍCULO 32º. Autorizase al Alcalde Municipal para adicionar por Decreto al Presupuesto General del Municipio los recursos del crédito aprobados y los ingresos provenientes de convenios, contratos y aportes con destinación especifica que se obtengan o celebren con entidades del Gobierno Nacional y Departamental, así como los gastos que se deban financiar con dichos recursos, de conformidad con lo establecido en el Articulo 313 numeral 3 y articulo 150 numeral 10 de la Constitución Política. ARTÍCULO 33º. El presupuesto aprobado para la Personería y el Concejo Municipal, solo podrá ser modificado a solicitud del ordenador del gasto de estos organismos. Para este caso, el ordenador del gasto, deberá presentar el proyecto de modificación al Alcalde Municipal para que este las incorpore en el proyecto de acuerdo que debe presentar al Concejo Municipal, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto. CAPITULO VI DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL Y CUENTAS POR PAGAR ARTÍCULO 34. En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 49 de la ley 179 de 1994, 10 y 12 de la ley 819 de 2003, cuando se requiera exceder la anualidad, se debe contar previamente con una autorización por parte del Concejo Municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ley, para asumir obligaciones con cargo a presupuestos de vigencias futuras.
  • 34. De conformidad con el artículo 8 de la ley 819 de 2003, los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación solo podrán adquirir compromisos cuya ejecución, entendida como entrega de bienes o prestación de servicios, se realice en la respectiva vigencia fiscal. En los eventos en que se encuentre en trámite una licitación, concurso de meritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectué en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los ajustes presupuestales correspondientes. ARTÍCULO 35º. Cada órgano constituirá al 31 de diciembre del año cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y la entrega de bienes y servicios. Las cuentas por pagar serán constituidas a más tardar el 20 de enero de cada año y deben remitirse a la Secretará de Hacienda Municipal al día siguiente de la constitución. Estas serán constituidas por los empleados de manejo de la Secretaría de Hacienda Municipal con la aprobación del ordenador del gasto. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES VARIAS ARTÍCULO 36º. El Alcalde Municipal deberá expedir el Decreto de liquidación del Presupuesto Municipal aprobado, de conformidad con lo establecido en la ley 179 de 1994 y en un anexo a él se clasificarán y definirán los gastos. ARTÍCULO 37º. Los recursos correspondientes a las apropiaciones de gastos de inversión financiados con el sistema general de participaciones y los correspondientes a las rentas de destinación especifica no ejecutados durante la vigencia año 2012, se incorporaran por Decreto al Presupuesto de la vigencia fiscal año 2013, destinándolos a los mismos proyectos que estaban presupuestados en la vigencia anterior. ARTÍCULO 38º. El Alcalde Municipal, de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo hará por Decreto las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de trascripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General del Municipio para la vigencia año 2013. Lo anterior, no implica cambio en la leyenda del rubro presupuestal ni en su objeto y cuantía. Autorizase al Secretario de Hacienda para que codifique el Presupuesto de Acuerdo a las normas vigentes. ARTÍCULO 39º. Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Municipio deberán llevar el registro y el control de la ejecución presupuestal. La Secretaria de
  • 35. Hacienda Municipal ejercerá el control financiero y económico, sin perjuicio del control fiscal que le corresponde ejercer a la Contraloría Departamental en los términos de la Ley 42 de 1993. CAPÍTULO VIII DE LAS FACULTADES ARTÍCULO 40º. El Alcalde Municipal de Amagá, Antioquia queda autorizado para contratar recursos del crédito, operaciones de crédito asimiladas y a otorgar las garantías necesarias conforme a las normas de contratación vigente en materia de crédito público, para financiar los programas y proyectos del plan Operativo Anual de Inversiones de la vigencia 2013. Así mismo el Alcalde Municipal queda facultado para celebrar los contratos a que haya lugar de conformidad con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012, sus Decretos Reglamentarios y demás normas vigentes, a otorgar las garantías necesarias para el cabal cumplimiento de programas y proyectos contemplados en el Presupuesto Municipal, Plan Anual de Inversiones y en el Plan de Desarrollo Municipal. Además, podrá celebrar otros contratos tales como interadministrativos, de comodato, de administración del espacio público y en general todos aquellos contratos que sean necesarios para la buena marcha de la Administración Municipal, debiéndose ceñir en todos a las normas de Contratación Públicas, el Presupuesto y la Constitución Política. ARTÍCULO 41º. El Alcalde Municipal podrá efectuar Créditos de Tesorería para atender insuficiencia de caja de carácter temporal. Estos créditos no tendrán ningún registró presupuestal y deberán cumplir adicionalmente las siguientes exigencias:  No podrán exceder la doceava de los ingresos corrientes del año fiscal.  Serán pagados con recursos diferentes del crédito.  Deben ser pagados con intereses y otros cargos financieros antes del 20 de diciembre de la misma vigencia en que se contraten.  No podrán contraerse en cuanto existan créditos de tesorería en mora o sobregiros. ARTICULO 42: Autorícese al Alcalde Municipal para la asunción de obligaciones y compromisos que afecten el presupuesto de la vigencia 2013, para aquellos compromisos cuya ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas. ARTICULO 43: Autorícese al señor Alcalde Municipal a incorporar mediante Decreto los saldos por exceso y la recuperación de cartera de los diferentes tributos que se