La orden regula los procedimientos y condiciones para la presentación electrónica de autoliquidaciones y declaraciones tributarias, con el objetivo de reducir el uso del papel e impulsar métodos como la firma electrónica no avanzada. Establece formas de presentación basadas en el tipo de obligado tributario, resultado de la autoliquidación o características de la declaración. Quedan fuera declaraciones aduaneras, de no residentes e impuestos especiales, así como las gestionadas por comunidades autónomas.