El 99.94% de los ayuntamientos españoles presentaron proyectos para el Fondo Estatal de Inversión Local de 8,000€ creado por el gobierno para financiar proyectos y crear empleo. Se recibieron cerca de 31,000 proyectos que generarán 400,000 empleos y utilizarán la totalidad de los 8,000€ disponibles. Los proyectos se presentaron y gestionaron de forma electrónica a través de la página web del Ministerio de Administraciones Públicas.
La Fundación Renovables promueve el Manifiesto de Málaga “Las ciudades se renuevan con energía”, en el que se llama a las ciudades y a los ciudadanos a asumir su responsabilidad como principales consumidores de energía. Señala la necesidad de Planes de Acción Municipal Energía-Clima 2020-2030 y propone un Plan Municipal de choque Energía-Clima con 29 medidas concretas.
Presentación Ramón Torrá - Área Metropolitana de BarcelonaProBogotá Región
Presentación del Gerente del Área Metropolitana de Barcelona, durante la presentación de la propuesta de ProBogotá sobre la Región Metropolitana de la Sabana de Bogotá
La Fundación Renovables promueve el Manifiesto de Málaga “Las ciudades se renuevan con energía”, en el que se llama a las ciudades y a los ciudadanos a asumir su responsabilidad como principales consumidores de energía. Señala la necesidad de Planes de Acción Municipal Energía-Clima 2020-2030 y propone un Plan Municipal de choque Energía-Clima con 29 medidas concretas.
Presentación Ramón Torrá - Área Metropolitana de BarcelonaProBogotá Región
Presentación del Gerente del Área Metropolitana de Barcelona, durante la presentación de la propuesta de ProBogotá sobre la Región Metropolitana de la Sabana de Bogotá
Presupuestos generales para el estado 2023 - España
Los Presupuestos Generales del Estado fundamentan su marco normativo básico en nuestra Carta Magna, la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, así como en la Ley General Presupuestaria y en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El Tribunal Constitucional ha ido precisando el contenido posible de la ley anual de Presupuestos Generales del Estado y ha venido a manifestar que existe un contenido necesario, constituido por la determinación de la previsión de ingresos y la autorización de gastos que pueden realizar el Estado y los Entes a él vinculados o de él dependientes en el ejercicio de que se trate. Junto a este contenido necesario, cabe la posibilidad de que se añada un contenido eventual, aunque estrictamente limitado a las materias o cuestiones que guarden directa relación con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general, que sean complemento necesario para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los Presupuestos Generales del Estado y de la política económica del Gobierno.
Por otra parte, el Tribunal Constitucional señala que el criterio de temporalidad no resulta determinante de la constitucionalidad o no de una norma desde la perspectiva de su inclusión en una Ley de Presupuestos. Por ello, si bien la Ley de Presupuestos puede calificarse como una norma esencialmente temporal, nada impide que accidentalmente puedan formar parte de la misma, preceptos de carácter plurianual o indefinido.
De otro lado, en materia tributaria, el apartado 7 del artículo 134 de la Constitución dispone que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos aunque sí modificarlos cuando una Ley tributaria sustantiva así lo prevea.
Las materias que queden al margen de estas previsiones son materias ajenas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, el contenido de la Ley está constitucionalmente acotado –a diferencia de lo que sucede con las demás Leyes, cuyo contenido resulta, en principio, ilimitado– dentro del ámbito competencial del Estado y con las exclusiones propias de la materia reservada a Ley Orgánica.
Consecuentemente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 regula únicamente, junto a su contenido necesario, aquellas disposiciones que respetan la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el contenido eventual.
El año 2021 estuvo marcado por la recuperación económica tras la pandemia de la COVID-19. En 2022 este proceso de recuperación y crecimiento económico se está viendo afectado por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que ha alterado considerablemente el contexto geopolítico y económico. El conflicto bélico ha impactado de lleno en las perspectivas económicas de la Unión Europea en términos de menor crecimiento económico y mayor inflación e incertidumbre.
Presupuestos generales para el estado 2023 - España
Los Presupuestos Generales del Estado fundamentan su marco normativo básico en nuestra Carta Magna, la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, así como en la Ley General Presupuestaria y en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
El Tribunal Constitucional ha ido precisando el contenido posible de la ley anual de Presupuestos Generales del Estado y ha venido a manifestar que existe un contenido necesario, constituido por la determinación de la previsión de ingresos y la autorización de gastos que pueden realizar el Estado y los Entes a él vinculados o de él dependientes en el ejercicio de que se trate. Junto a este contenido necesario, cabe la posibilidad de que se añada un contenido eventual, aunque estrictamente limitado a las materias o cuestiones que guarden directa relación con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general, que sean complemento necesario para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los Presupuestos Generales del Estado y de la política económica del Gobierno.
Por otra parte, el Tribunal Constitucional señala que el criterio de temporalidad no resulta determinante de la constitucionalidad o no de una norma desde la perspectiva de su inclusión en una Ley de Presupuestos. Por ello, si bien la Ley de Presupuestos puede calificarse como una norma esencialmente temporal, nada impide que accidentalmente puedan formar parte de la misma, preceptos de carácter plurianual o indefinido.
De otro lado, en materia tributaria, el apartado 7 del artículo 134 de la Constitución dispone que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos aunque sí modificarlos cuando una Ley tributaria sustantiva así lo prevea.
Las materias que queden al margen de estas previsiones son materias ajenas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, el contenido de la Ley está constitucionalmente acotado –a diferencia de lo que sucede con las demás Leyes, cuyo contenido resulta, en principio, ilimitado– dentro del ámbito competencial del Estado y con las exclusiones propias de la materia reservada a Ley Orgánica.
Consecuentemente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 regula únicamente, junto a su contenido necesario, aquellas disposiciones que respetan la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el contenido eventual.
El año 2021 estuvo marcado por la recuperación económica tras la pandemia de la COVID-19. En 2022 este proceso de recuperación y crecimiento económico se está viendo afectado por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que ha alterado considerablemente el contexto geopolítico y económico. El conflicto bélico ha impactado de lleno en las perspectivas económicas de la Unión Europea en términos de menor crecimiento económico y mayor inflación e incertidumbre.
Paquete de 24 enmiendas de mejora de Unión Progreso y Democracia al Proyecto de Presupuesto General para el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio 2016
pablo LAMINAS A EXPONER PROYECTO FINAL 2023 sabado 28.10.23.pptxmarisela352444
Proyecto de PNF Contaduria de Diseño de herramientas en excel para mejorar el control de los registros contables de todas las operaciones relacionadas con las empresas
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
PMI sector servicios España mes de mayo 2024LuisdelBarri
Estudio PMI Sector Servicios
El Índice de Actividad Comercial del Sector Servicios subió de 56.2 registrado en abril a 56.9 en mayo, indicando el crecimiento más fuerte desde abril de 2023.
1. 26 de enero de 2009
FONDO DE 8.000 M€ PARA LOS AYUNTAMIENTOS
31.000 PROYECTOS Y 400.000 EMPLEOS
MASIVA RESPUESTA FAVORABLE DE LOS AYUNTAMIENTOS AL FONDO CREADO
POR EL GOBIERNO
La respuesta de los ayuntamientos al Fondo Estatal de Inversión Local creado por
el Gobierno, con una dotación de 8.000 M€, para financiar proyectos y crear
empleo en todo el país, ha sido masiva.
EL 99,94 % DE LOS AYUNTAMIENTOS HAN PRESENTADO PROYECTOS
A las 24:00 horas del pasado sábado, día 24, finalizó el plazo para que los ayuntamientos
pudieran presentar proyectos que serán financiados con cargo a este Fondo de inversión
extraordinaria creado por el Gobierno.
PRÁCTICAMENTE DE LOS 8.112 AYUNTAMIENTOS QUE HAY EN ESPAÑA
TODOS LOS
8.107 han presentado proyectos para ser financiados por el
AYUNTAMIENTOS
Fondo.
5 ayuntamientos no han presentado ningún
Únicamente
proyecto.
31.000
CASI
Los ayuntamientos han presentado un total de 30.907
PROYECTOS
solicitudes para desarrollar otros tantos proyectos de mejora en
UTILIZARÁN LOS
sus poblaciones, por importe total de 7.998.697 euros.
8.000 M€
PREVISTOS
ES DECIR, QUE LOS 8.000 M€ CON QUE EL GOBIERNO DOTÓ
ESTE FONDO VAN A SER UTILIZADOS EN SU TOTALIDAD.
Se estima que las inversiones en estos casi En total, en
400.000 31.000 proyectos(*) generarán 278.500 torno a
puestos de trabajo directos
empleos 400.000
nuevos empleos
Y unos 125.000 indirectos
(*) Entre marzo y abril LOS TRABAJADORES QUE TENGAN QUE SER CONTRATADOS PARA LA
comenzarán las obras EJECUCIÓN DE ESTOS PROYECTOS HABRÁN DE SER PERSONAS QUE
de todos los proyectos.
ESTÉN EN PARO
1/4
2. 26 de enero de 2009
FONDO DE 8.000 M€ PARA LOS AYUNTAMIENTOS
TODAS LAS
Todas las solicitudes han sido presentadas y gestionadas, en su
GESTIONES
totalidad, por vía electrónica, a través de la WEB del Ministerio de
SE HAN HECHO Administraciones Públicas, en poco más de un mes.
VÍA
POR Entre el 10 de diciembre de 2008 y el 24 de enero de 2009.
ELECTRÓNICA No se ha registrado ningún problema en el funcionamiento de la
aplicación informática, ni siquiera en los momentos de mayor
afluencia de peticiones.
EL ÉXITO COMPROBADO DEL SISTEMA AVALA LA GENERALIZACIÓN DEL
USO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, INTRODUCIDA POR
ESTE GOBIERNO.
TIPOS DE PROYECTOS PRESENTADOS
PORCENTAJE SOBRE EL
La distribución
DESTINO DE LAS OBRAS
de los casi TOTAL DE PROYECTOS
FINANCIADAS CON EL FONDO
31.000 PRESENTADOS
proyectos, REHABILITACIÓN Y MEJORA DE ESPACIOS PÚBLICOS 31,79%
atendiendo a
EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS 28,89%
su finalidad, es
BÁSICOS
la siguiente:
EQUIPAMIENTOS Y EDIFICIOS CULTURALES, EDUCATIVOS Y 17,47%
DEPORTIVOS
EDIFICIOS Y EQUIPAMIENTOS SOCIALES, SANITARIOS Y
8,41%
FUNERARIOS
PROMOCIÓN DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VÍAL 3,63%
CONSERVACIÓN DE PATRIMONIO HISTÓRICO Y MUNICIPAL 2,67%
AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA 2,20%
SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 2,20%
YA SE ESTÁN PAGANDO LOS PROYECTOS LOS 5 AYUNTAMIENTOS
QUE NO HAN
PRESENTADO
El pasado viernes, 23 de enero, el Gobierno –a través del
Ministerio de Administraciones Públicas– comenzó el pago de los PROYECTOS
proyectos con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local.
La Quar (Barcelona)
Ese día se realizó la primera orden de libramiento por el Arres (Lleida)
70% del importe de los primeros 32 proyectos que se van Zugarramurdi (Navarra)
a financiar con este Fondo. San Juan de la Encinilla
(Ávila)
Illán de Vacas (Toledo)
2/4
4. Fondo de 8.000 M€ para los Ayuntamientos 26 de enero de 2009
MUNICIPIOS CON PRESUPUESTO PRESUPUESTO
MUNICIPIOS Nº PROYECTOS EMPLEOS
PROVINCIA PROYECTOS SOLICITADO DISPONIBLE
TOTALES PRESENTADOS PRESENTADOS
PRESENTADOS (MILLONES DE EUROS) (MILLONES DE EUROS)
67 67 465 3.352 62,85 62,86
Lugo
179 179 1.242 23.083 1.076,10 1.076,38
Madrid
100 99 762 9.185 266,41 268,58
Málaga
1 1 21 259 12,28 12,29
Melilla
45 45 673 8.715 246,38 246,38
Murcia
272 267 602 5.006 106,99 107,23
Navarra
92 92 458 2.888 59,62 59,63
Ourense
191 191 333 1.448 30,66 30,66
Palencia
34 34 494 6.863 184,41 184,44
Palmas. Las
62 62 697 5.704 167,71 167,72
Pontevedra
174 174 284 2.111 54,67 54,68
Rioja. La
362 362 558 3.014 62,17 62,18
Salamanca
54 54 518 5.923 173,96 174,12
Santa Cruz de Tenerife
209 209 353 1.661 28,19 28,19
Segovia
105 105 1.113 12.986 327,29 327,29
Sevilla
183 183 260 1.119 16,56 16,56
Soria
183 183 509 4.435 134,11 134,12
Tarragona
236 236 328 1.091 25,49 25,49
Teruel
204 203 709 5.878 113,07 113,20
Toledo
266 266 1.273 13.953 440,05 440,07
València/Valencia
225 225 443 3.653 92,32 92,32
Valladolid
112 112 412 4.168 201,97 202,02
Vizcaya
248 248 459 2.425 34,90 34,90
Zamora
293 293 686 4.844 165,03 165,04
Zaragoza
• Esta tabla no incluye los proyectos de mancomunidades ni agrupaciones de municipios
• En las provincias de Cádiz, Huelva, Málaga, Cáceres y Asturias todos los municipios han presentado proyectos, bien de manera individual bien reunidos en
agrupaciones o mancomunidades. En Navarra, sólo una localidad no ha presentado ninguna solicitud, al igual que en Ávila, Barcelona, Lleida y Toledo; el resto de
las no contabilizadas en este listado lo han hecho a través de mancomunidades.
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