La iniciativa propone reformar los artículos 6o y 73 de la Constitución Mexicana para facultar al Congreso de la Unión a expedir una Ley General de Acceso a la Información Pública. Esto permitiría regular de manera unificada el derecho ciudadano al acceso de la información pública en poder de cualquier autoridad u organismo público federal, estatal o municipal. Asimismo, la iniciativa busca ampliar el alcance de la obligación de transparencia a cualquier sujeto que ejerza recursos públicos, independientemente de su naturaleza públic
Iniciativa de reforma a los articulos 6 y 73 de la ConstituciónPérez Esquer
El documento presenta una iniciativa de reforma a los artículos 6 y 73 de la Constitución Mexicana para fortalecer el derecho de acceso a la información pública. Propone facultar al Congreso para expedir una Ley General de Acceso a la Información y ampliar el alcance de los sujetos obligados a transparentar el uso de recursos públicos. También busca establecer organismos autónomos estatales e instancias revisoras nacionales para garantizar el derecho a la información.
Iniciativa de Ley General de TransparenciaPérez Esquer
El diputado Marcos Pérez Esquer presenta una iniciativa para expedir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. La iniciativa busca homologar la normatividad en esta materia a nivel nacional e institucionalizar el derecho de acceso a la información pública. La propuesta establece los principios de máxima publicidad, protección de datos personales, y crea un Instituto Nacional de Acceso a la Información para garantizar el cumplimiento de la ley.
Mensaje Acceso a la Información Pública Santa FeMariano Bär
El documento presenta un proyecto de ley para garantizar el derecho de acceso a la información pública en la provincia de Santa Fe. El proyecto establece el derecho de acceso a la información pública y la obligación de los organismos estatales de proveer dicha información. Se divide en nueve capítulos que tratan temas como las definiciones clave, los sujetos obligados, la transparencia activa, las excepciones a la divulgación de información, los procedimientos de solicitud y respuesta, y las autoridades de aplicación. El
El documento presenta la agenda legislativa del Grupo Parlamentario del PRD para el primer periodo ordinario de sesiones. Incluye 12 temas prioritarios como la transparencia, anticorrupción, seguridad pública, reforma del poder judicial, salarios, derechos de migrantes y trabajadores del hogar. El objetivo es impulsar iniciativas y reformas constitucionales y legales para fortalecer las instituciones democráticas, combatir la corrupción y proteger los derechos humanos.
Este documento resume un decreto con fuerza de ley que establece el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado. Define que la administración del estado está constituida por ministerios, intendencias, gobernaciones y otros organismos públicos. Establece que deben actuar conforme a la constitución y leyes y servir al bien común de forma eficiente. También regula aspectos como la responsabilidad estatal, el control jerárquico de funcionarios, y la impugnabilidad de
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Perú. Requiere que todas las entidades públicas publiquen información en sus portales de internet, como presupuestos, contratos y actividades oficiales. También establece procedimientos para que el público solicite y reciba información de cualquier entidad pública dentro de un plazo de 7 días. Las entidades privadas que prestan servicios públicos también deben proveer información bajo esta ley.
4 2ª DiscusióN Del Proyecto De Ley OrgáNica Del Sistema De Justiciaguest6cb7b43
Este documento presenta el informe de la Comisión Permanente de Política Interior, Justicia, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales de la Asamblea Nacional sobre el proyecto de ley orgánica del sistema de justicia. El informe analiza las observaciones recibidas durante la consulta pública y propone algunas modificaciones a los artículos aprobados en primera discusión, con el objetivo de mejorar la coordinación entre los órganos del sistema de justicia y garantizar el acceso universal a la justicia.
Iniciativa de reforma a los articulos 6 y 73 de la ConstituciónPérez Esquer
El documento presenta una iniciativa de reforma a los artículos 6 y 73 de la Constitución Mexicana para fortalecer el derecho de acceso a la información pública. Propone facultar al Congreso para expedir una Ley General de Acceso a la Información y ampliar el alcance de los sujetos obligados a transparentar el uso de recursos públicos. También busca establecer organismos autónomos estatales e instancias revisoras nacionales para garantizar el derecho a la información.
Iniciativa de Ley General de TransparenciaPérez Esquer
El diputado Marcos Pérez Esquer presenta una iniciativa para expedir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. La iniciativa busca homologar la normatividad en esta materia a nivel nacional e institucionalizar el derecho de acceso a la información pública. La propuesta establece los principios de máxima publicidad, protección de datos personales, y crea un Instituto Nacional de Acceso a la Información para garantizar el cumplimiento de la ley.
Mensaje Acceso a la Información Pública Santa FeMariano Bär
El documento presenta un proyecto de ley para garantizar el derecho de acceso a la información pública en la provincia de Santa Fe. El proyecto establece el derecho de acceso a la información pública y la obligación de los organismos estatales de proveer dicha información. Se divide en nueve capítulos que tratan temas como las definiciones clave, los sujetos obligados, la transparencia activa, las excepciones a la divulgación de información, los procedimientos de solicitud y respuesta, y las autoridades de aplicación. El
El documento presenta la agenda legislativa del Grupo Parlamentario del PRD para el primer periodo ordinario de sesiones. Incluye 12 temas prioritarios como la transparencia, anticorrupción, seguridad pública, reforma del poder judicial, salarios, derechos de migrantes y trabajadores del hogar. El objetivo es impulsar iniciativas y reformas constitucionales y legales para fortalecer las instituciones democráticas, combatir la corrupción y proteger los derechos humanos.
Este documento resume un decreto con fuerza de ley que establece el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado. Define que la administración del estado está constituida por ministerios, intendencias, gobernaciones y otros organismos públicos. Establece que deben actuar conforme a la constitución y leyes y servir al bien común de forma eficiente. También regula aspectos como la responsabilidad estatal, el control jerárquico de funcionarios, y la impugnabilidad de
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Perú. Requiere que todas las entidades públicas publiquen información en sus portales de internet, como presupuestos, contratos y actividades oficiales. También establece procedimientos para que el público solicite y reciba información de cualquier entidad pública dentro de un plazo de 7 días. Las entidades privadas que prestan servicios públicos también deben proveer información bajo esta ley.
4 2ª DiscusióN Del Proyecto De Ley OrgáNica Del Sistema De Justiciaguest6cb7b43
Este documento presenta el informe de la Comisión Permanente de Política Interior, Justicia, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales de la Asamblea Nacional sobre el proyecto de ley orgánica del sistema de justicia. El informe analiza las observaciones recibidas durante la consulta pública y propone algunas modificaciones a los artículos aprobados en primera discusión, con el objetivo de mejorar la coordinación entre los órganos del sistema de justicia y garantizar el acceso universal a la justicia.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea un Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
El documento describe una reforma constitucional en México que crea un nuevo órgano constitucional autónomo encargado del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. El órgano tendrá autonomía técnica y de gestión, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. Su Junta de Gobierno estará compuesta por cinco miembros nombrados por el Ejecutivo y aprobados por el Legislativo. El órgano deberá operar bajo principios de accesibilidad, transpare
Las fuentes del derecho tributario venezolano incluyen la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos administrativos y contratos de estabilidad jurídica. La ley tributaria entra en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifique otra fecha. Las leyes tributarias se interpretan de acuerdo con la intención del legislador y el significado de las palabras, y las exenciones se interpretan de manera restrictiva.
1) El documento describe las fuentes formales e informales del derecho tributario en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Tributario. 2) Explica que las leyes, tratados, reglamentos y contratos de estabilidad jurídica son las fuentes formales mientras que factores sociales que influyen en las normas son las fuentes informales. 3) También analiza conceptos como la entrada en vigencia de las leyes tributarias, la interpretación de las mismas, y define un tributo como una prestación monetaria exigida por el estado
Los actos administrativos son aquellos emitidos por la administración pública en el ejercicio de sus funciones. Deben cumplir con requisitos de forma como ser por escrito y motivados, y de contenido como ser determinados, posibles y lícitos. También deben dictarse por el órgano competente y siguiendo el procedimiento establecido.
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRDSenadores PRD
Este documento presenta las propuestas del GPPRD para la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa clasificadas como "negociables" o "irreductibles". Las propuestas calificadas como "irreductibles" incluyen establecer que los Magistrados sólo puedan ser removidos por causas graves y otorgarles autonomía, así como establecer sanciones ejemplares para particulares culpables de faltas administrativas graves. Las propuestas "negociables" incluyen dotar al Tribunal de facultades para combatir la corrupción y
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Perú. Requiere que todas las entidades públicas publiquen información en sus portales de internet, como presupuestos, contratos y actividades oficiales. También establece procedimientos para que el público solicite y reciba información de cualquier entidad pública dentro de un plazo de 7 días. Las entidades privadas que prestan servicios públicos también deben proveer información bajo esta ley.
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observacionesSenadores PRD
El documento presenta tres iniciativas de ley para regular la organización y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de México. Todas las iniciativas establecen que el Tribunal será un órgano jurisdiccional independiente encargado de dirimir controversias entre particulares y autoridades federales. También tendrá facultades sancionatorias para determinar responsabilidades administrativas de servidores públicos. Cada iniciativa propone disposiciones específicas sobre la integración, presupuesto y principios rectores del Tribunal.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en España. Regula los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios de la iniciativa legislativa y potestad reglamentaria. Aplica al sector público, incluyendo las diferentes administraciones públicas y entidades. Define conceptos como interesados, representación y capacidad de obrar, así como los derechos de las personas en sus
La Ley Foral 15/2004 establece los principios generales de la organización y funcionamiento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con esta. La Administración de Navarra actúa con personalidad jurídica única bajo la dirección del Gobierno de Navarra para servir con objetividad los intereses generales de acuerdo a la legalidad. La ley también determina las potestades y prerrogativas de que disfruta la Administración en el ejercicio de sus competencias.
El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las fuentes formales como la Constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos emitidos por órganos administrativos. Explica que las leyes tributarias entran en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifiquen otra fecha. También cubre temas como la interpretación de leyes tributarias, su aplicación territorial y la naturaleza de los tributos.
El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentaciones. Explica que las leyes tributarias entran en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifiquen otra fecha, y que no pueden aplicarse de manera retroactiva excepto para reducir sanciones. También establece que las leyes tributarias aplican dentro del territorio de Venezuela, pero pueden gravar ingresos generados parcialmente fuera del país si el contribuyente es venezolano o está domicili
Este documento presenta un resumen de la Ley 20285 sobre Acceso a la Información Pública de Chile. La ley establece el derecho de acceso de cualquier persona a la información en poder de los órganos de la administración del estado, salvo excepciones legales. También requiere que los organismos públicos mantengan información actualizada en sus sitios web sobre su estructura, funcionamiento y decisiones, y crea un Consejo de Transparencia para velar por el cumplimiento de la ley.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Las plazas públicas son lugares importantes para la vida comunitaria. Sin embargo, la presencia de personas sin hogar en las plazas ha generado controversia. Las ciudades deben encontrar un equilibrio entre el uso público de las plazas y la necesidad de ayudar a las personas sin hogar.
El documento habla sobre las normas de buena conducta en internet conocidas como "netiqueta". Explica las 10 reglas propuestas por Virginia Shea para comportarse respetuosamente en los espacios virtuales. También menciona algunas recomendaciones específicas para usar de manera adecuada redes sociales, foros, chats, correo electrónico y otros servicios en línea.
La Web 3.0 se refiere a la evolución futura de la interacción en la red a través de una base de datos transformada accesible por múltiples aplicaciones, el empuje de tecnologías como la inteligencia artificial y la web semántica, y el uso a pequeña escala de programas inteligentes y datos semánticos por compañías para una manipulación de datos más eficiente.
Este documento describe algunos de los edificios más altos del mundo, incluyendo el Burj Dubai en Dubái, que actualmente es la estructura más alta construida por el hombre con 818 metros de altura. Otro edificio destacado es la Turning Torso en Suecia, diseñada por Santiago Calatrava y que con 190 metros es la construcción residencial más alta del norte de Europa. Finalmente, se mencionan otras torres notables como las Torres Petronas en Malasia y la Torre Mayor en la Ciudad de México.
La fibrilación auricular es una arritmia cardíaca que puede prevenirse manteniendo un corazón sano mediante una dieta baja en grasas, control de la presión arterial, los niveles de azúcar en la sangre y la práctica regular de ejercicio, así como dejando de fumar y limitando el consumo de alcohol.
El documento resume la situación de salud y educación de los niños en la región de Piura, Perú. Se han logrado mejoras como una reducción del 7% en desnutrición crónica y del 5.7% en comprensión lectora, pero aún queda trabajo por hacer, especialmente en mortalidad neonatal, acceso a seguros de salud e inscripción en el registro civil. El gobierno regional ha incrementado la inversión en programas clave entre 2008-2009, aunque la ejecución presupuestaria ha sido desigual entre las diferentes áreas de enfoque
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea un Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
El documento describe una reforma constitucional en México que crea un nuevo órgano constitucional autónomo encargado del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. El órgano tendrá autonomía técnica y de gestión, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. Su Junta de Gobierno estará compuesta por cinco miembros nombrados por el Ejecutivo y aprobados por el Legislativo. El órgano deberá operar bajo principios de accesibilidad, transpare
Las fuentes del derecho tributario venezolano incluyen la Constitución, tratados internacionales, leyes, reglamentos administrativos y contratos de estabilidad jurídica. La ley tributaria entra en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifique otra fecha. Las leyes tributarias se interpretan de acuerdo con la intención del legislador y el significado de las palabras, y las exenciones se interpretan de manera restrictiva.
1) El documento describe las fuentes formales e informales del derecho tributario en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Tributario. 2) Explica que las leyes, tratados, reglamentos y contratos de estabilidad jurídica son las fuentes formales mientras que factores sociales que influyen en las normas son las fuentes informales. 3) También analiza conceptos como la entrada en vigencia de las leyes tributarias, la interpretación de las mismas, y define un tributo como una prestación monetaria exigida por el estado
Los actos administrativos son aquellos emitidos por la administración pública en el ejercicio de sus funciones. Deben cumplir con requisitos de forma como ser por escrito y motivados, y de contenido como ser determinados, posibles y lícitos. También deben dictarse por el órgano competente y siguiendo el procedimiento establecido.
Irreductibles de la ley orgánica del tribunal del PRDSenadores PRD
Este documento presenta las propuestas del GPPRD para la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa clasificadas como "negociables" o "irreductibles". Las propuestas calificadas como "irreductibles" incluyen establecer que los Magistrados sólo puedan ser removidos por causas graves y otorgarles autonomía, así como establecer sanciones ejemplares para particulares culpables de faltas administrativas graves. Las propuestas "negociables" incluyen dotar al Tribunal de facultades para combatir la corrupción y
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Perú. Requiere que todas las entidades públicas publiquen información en sus portales de internet, como presupuestos, contratos y actividades oficiales. También establece procedimientos para que el público solicite y reciba información de cualquier entidad pública dentro de un plazo de 7 días. Las entidades privadas que prestan servicios públicos también deben proveer información bajo esta ley.
Comparativo tribunal dictamen PRI- PAN - PRD observacionesSenadores PRD
El documento presenta tres iniciativas de ley para regular la organización y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de México. Todas las iniciativas establecen que el Tribunal será un órgano jurisdiccional independiente encargado de dirimir controversias entre particulares y autoridades federales. También tendrá facultades sancionatorias para determinar responsabilidades administrativas de servidores públicos. Cada iniciativa propone disposiciones específicas sobre la integración, presupuesto y principios rectores del Tribunal.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en España. Regula los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios de la iniciativa legislativa y potestad reglamentaria. Aplica al sector público, incluyendo las diferentes administraciones públicas y entidades. Define conceptos como interesados, representación y capacidad de obrar, así como los derechos de las personas en sus
La Ley Foral 15/2004 establece los principios generales de la organización y funcionamiento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con esta. La Administración de Navarra actúa con personalidad jurídica única bajo la dirección del Gobierno de Navarra para servir con objetividad los intereses generales de acuerdo a la legalidad. La ley también determina las potestades y prerrogativas de que disfruta la Administración en el ejercicio de sus competencias.
El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela. Identifica las fuentes formales como la Constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos emitidos por órganos administrativos. Explica que las leyes tributarias entran en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifiquen otra fecha. También cubre temas como la interpretación de leyes tributarias, su aplicación territorial y la naturaleza de los tributos.
El documento describe las fuentes del derecho tributario en Venezuela, incluyendo la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentaciones. Explica que las leyes tributarias entran en vigor 60 días después de su publicación a menos que especifiquen otra fecha, y que no pueden aplicarse de manera retroactiva excepto para reducir sanciones. También establece que las leyes tributarias aplican dentro del territorio de Venezuela, pero pueden gravar ingresos generados parcialmente fuera del país si el contribuyente es venezolano o está domicili
Este documento presenta un resumen de la Ley 20285 sobre Acceso a la Información Pública de Chile. La ley establece el derecho de acceso de cualquier persona a la información en poder de los órganos de la administración del estado, salvo excepciones legales. También requiere que los organismos públicos mantengan información actualizada en sus sitios web sobre su estructura, funcionamiento y decisiones, y crea un Consejo de Transparencia para velar por el cumplimiento de la ley.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Las plazas públicas son lugares importantes para la vida comunitaria. Sin embargo, la presencia de personas sin hogar en las plazas ha generado controversia. Las ciudades deben encontrar un equilibrio entre el uso público de las plazas y la necesidad de ayudar a las personas sin hogar.
El documento habla sobre las normas de buena conducta en internet conocidas como "netiqueta". Explica las 10 reglas propuestas por Virginia Shea para comportarse respetuosamente en los espacios virtuales. También menciona algunas recomendaciones específicas para usar de manera adecuada redes sociales, foros, chats, correo electrónico y otros servicios en línea.
La Web 3.0 se refiere a la evolución futura de la interacción en la red a través de una base de datos transformada accesible por múltiples aplicaciones, el empuje de tecnologías como la inteligencia artificial y la web semántica, y el uso a pequeña escala de programas inteligentes y datos semánticos por compañías para una manipulación de datos más eficiente.
Este documento describe algunos de los edificios más altos del mundo, incluyendo el Burj Dubai en Dubái, que actualmente es la estructura más alta construida por el hombre con 818 metros de altura. Otro edificio destacado es la Turning Torso en Suecia, diseñada por Santiago Calatrava y que con 190 metros es la construcción residencial más alta del norte de Europa. Finalmente, se mencionan otras torres notables como las Torres Petronas en Malasia y la Torre Mayor en la Ciudad de México.
La fibrilación auricular es una arritmia cardíaca que puede prevenirse manteniendo un corazón sano mediante una dieta baja en grasas, control de la presión arterial, los niveles de azúcar en la sangre y la práctica regular de ejercicio, así como dejando de fumar y limitando el consumo de alcohol.
El documento resume la situación de salud y educación de los niños en la región de Piura, Perú. Se han logrado mejoras como una reducción del 7% en desnutrición crónica y del 5.7% en comprensión lectora, pero aún queda trabajo por hacer, especialmente en mortalidad neonatal, acceso a seguros de salud e inscripción en el registro civil. El gobierno regional ha incrementado la inversión en programas clave entre 2008-2009, aunque la ejecución presupuestaria ha sido desigual entre las diferentes áreas de enfoque
Este documento describe 4 niveles de un juego de Pac-Man creado en Scratch. El primer nivel es básico y requiere mover Pac-Man a través de las flechas para llegar a un cuadrado rojo. El segundo nivel presenta un mapa simple donde Pac-Man debe descubrir qué camino lo lleva a la meta. El último nivel modifica el anterior para que solo haya un camino hacia la meta a pesar de que Pac-Man pueda moverse por todos los caminos. Cada nivel se controla con las mismas flechas pero con diferentes colores
Este documento presenta los resultados de un estudio sobre los costos y beneficios de diferentes escenarios de mitigación del cambio climático en América Latina y el Caribe hasta el año 2100. Se analizan 5 escenarios que van desde uno muy conservador hasta uno muy ambicioso, y se estiman los flujos de carbono, costos netos y valor presente neto asociados para cada uno. Los resultados muestran que los escenarios más ambiciosos, aunque requieren mayores esfuerzos iniciales, generan ahorros más grandes a largo plaz
El documento presenta una empresa dedicada a la venta de productos tecnológicos para casas domóticas en Bucaramanga. La empresa ofrece los mejores productos de marcas reconocidas a precios asequibles. Su visión es convertirse en la empresa más importante de Santander para el 2015 por su originalidad, exclusividad y calidad. La empresa busca satisfacer la necesidad de seguridad y automatización en los hogares gracias al desarrollo tecnológico.
Este proyecto propone enseñar el abecedario a niños de segundo año de educación básica a través de dramatizaciones e imitaciones de letras usando ilustraciones de objetos y animales. Se trabajará con grupos de 5 estudiantes por una hora semanal durante un mes para mejorar su reconocimiento y pronunciación de las letras a través de canciones, PowerPoint e imágenes visuales.
Este documento presenta ofertas de viajes de la agencia Aerolíneas Mundiales a destinos como Barcelona, Nueva York, Bariloche, Monte Hermoso, Tokio y Rusia/Ucrania, que incluyen vuelos, hoteles y autos. Proporciona detalles como precios, clases de vuelo, categorías de hoteles y duración de estadías y alquiler de autos. También incluye los datos de contacto de la agencia.
El documento trata sobre la ergonomía y sus diferentes aspectos. Explica que la ergonomía busca la adecuación entre el trabajo y la persona para mejorar la calidad de vida. Describe las diferentes clasificaciones de la ergonomía como la ergonomía ambiental, cognitiva y de diseño de puestos de trabajo. Finalmente, analiza la carga física y mental del trabajo y cómo la ergonomía se enfoca en reducir los riesgos a la salud derivados de la interacción entre el hombre y su entorno laboral.
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La aplanadora sirve para aplanar y pulir las calles pavimentadas. Yurani y Andrea son espías que pueden aplanarse como las piedras para espiar sin ser detectadas. La aplanadora aplana las calles para dejarlas lisas.
El documento resume las cantidades de usuarios en tres redes sociales populares en Paraguay en 2011, incluyendo 355,000 usuarios de Twitter, 2.2 millones de usuarios de Facebook, y resultados no especificados de búsquedas en Prezi. Proporciona URLs de sitios que ofrecen estadísticas adicionales sobre el uso de estas redes sociales en Paraguay para ese año.
El documento proporciona instrucciones en 6 pasos para crear una cuenta de Gmail. Explica que Gmail es un servicio de correo electrónico gratuito de Google que facilita la búsqueda de mensajes. Detalla cada paso para acceder a Internet Explorer, buscar Gmail, crear una nueva cuenta completando la información requerida, y finalmente acceder a la nueva cuenta de Gmail creada.
James L. Brooks habló con Matt Groening sobre crear una serie animada basada en el cómic de Groening "Life in Hell", pero Groening decidió crear en su lugar a la familia disfuncional de los Simpson, cuyos nombres estaban basados en su propia familia. Groening diseñó a Homer y al resto de la familia Simpson en la oficina de Brooks. Homer hizo su debut televisivo el 19 de abril de 1987 en un corto del programa Tracey Ullman. Hasta la décima temporada, el segundo nombre de Homer era un misterio, hasta que se revel
El documento presenta una guía sobre los elementos del escritorio en Windows XP, incluyendo el escritorio, la barra de tareas, el botón inicio y el área de notificaciones. Describe cómo personalizar cada elemento mediante propiedades y cambiar la configuración. Las actividades propuestas son leer la guía individualmente, describir los elementos de la ventana y aplicar las propiedades indicadas para realizar cambios.
Este documento presenta los estándares del primer periodo para la competencia de analizar y valorar críticamente los componentes y evolución de los sistemas tecnológicos. Incluye indicadores como explicar cómo la tecnología ha influido en los cambios sociales y culturales a lo largo de la historia, describir cómo la innovación y el desarrollo producen avances tecnológicos, e identificar ejemplos exitosos y no exitosos de transferencia tecnológica.
Este documento es el decreto 149 de la Sexagésima Legislatura del estado de Zacatecas, México, que aprueba una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado. El decreto describe el proceso legislativo para aprobar la ley, incluyendo la presentación de la iniciativa, su turno a comisiones, modificaciones propuestas y aprobadas. Finalmente, el decreto enlista las razones por las cuales la transparencia y acceso a la información son derechos fundamentales para la democracia y el
La iniciativa de ley propone reformar la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California para ampliar el acceso a la información pública de los ciudadanos. Algunas de las principales propuestas son ampliar la definición de sujetos obligados a proveer información, crear un Instituto de Transparencia como órgano garante, e implementar procedimientos más ágiles para la revisión de solicitudes de información. El objetivo general es garantizar una mayor rendición de cuentas por parte
Este documento resume la evolución del derecho de acceso a la información pública en México. Explica que el derecho a la información se incluyó por primera vez en la constitución mexicana en 1977 de forma limitada. Posteriormente, en 2007 se realizó una reforma constitucional más amplia que estableció el derecho fundamental de acceso a información pública y creó mecanismos e instituciones para garantizar dicho derecho. El documento también analiza los principios y bases que establece la constitución en materia de transparencia y acceso a la
La iniciativa propone una nueva ley de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales para el estado de Baja California. La ley actualizaría y fortalecería la legislación vigente para garantizar el derecho ciudadano a acceder a la información gubernamental. La propuesta ampliaría la definición de sujetos obligados, los catálogos de información pública, y crearía un instituto autónomo para garantizar el cumplimiento. De aprobarse, la nueva ley proporcionaría a los ciudadanos medios más efectivos
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de México. La ley tiene como objetivo garantizar el derecho de acceso a la información pública en poder de autoridades y entidades federales, y establece la obligación de estas de transparentar y permitir el acceso a la información, excepto cuando ésta puede ser clasificada como reservada temporalmente por razones de interés público o seguridad nacional. La ley también define los sujetos obligados a aplicarla y sus responsabilidades para cumplir con
Límites al Derecho de Acceso a la Información Pública: Parte IFUSADES
El estudio sobre los límites al derecho de acceso a la información pública se ha dividido en dos partes. En esta primera entrega, se presenta un análisis teórico sobre la regulación constitucional del derecho de acceso a la información pública y las recomendaciones que sobre el tema han hecho los entes regionales como la OEA y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En la segunda entrega, el análisis se enfocará en la forma como los límites al derecho de acceso a la información se están aplicando en El Salvador, a partir de una revisión de algunos casos y de los índices de información reservados publicados por las entidades obligadas, para concluir con algunas recomendaciones en materia de reformas legales que pueden dar mayor certeza jurídica en la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y sus causales de reserva.
El documento presenta un resumen de la Ley de Transparencia de Chile. Explica que la ley establece el derecho de acceso a información pública y limita las causales de reserva. También crea un Consejo para la Transparencia encargado de fiscalizar el cumplimiento de la ley y resolver reclamos cuando se niega el acceso a información.
Los organismos Públicos de Acceso a la Información en México / Christian Lari...EUROsociAL II
Este documento trata sobre los organismos públicos de acceso a la información en México. Explica la evolución histórica del derecho de acceso a la información en México desde 1977 hasta la reforma constitucional de 2007. También describe los principales aspectos de dicha reforma constitucional y las acciones de inconstitucionalidad promovidas ante algunas leyes estatales de transparencia.
El documento propone cinco medidas para proteger la democracia en el proceso electoral peruano: 1) Excluir candidatos con sentencias vigentes que incluyan inhabilitación o suspensión de derechos políticos. 2) Excluir candidatos que ocultaron antecedentes judiciales. 3) Permitir que partidos retiren candidatos con antecedentes graves. 4) Crear una "ventanilla única" con información de candidatos. 5) Establecer requisitos más estrictos para postular a cargos públicos.
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública 14 julio 2014Richard Pastor Hernandez
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. Establece que toda la información gubernamental es pública y que las personas tendrán derecho a acceder a ella, a menos que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional, relaciones internacionales u otros motivos. También obliga a los sujetos gubernamentales a publicar activamente cierta información como su estructura, presupuesto y contrataciones, y establece procedimientos para que el público solicite y ob
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y...buengobiernolocal
Este documento presenta una iniciativa de ley de transparencia y acceso a la información pública para el estado de México. La iniciativa reconoce el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública generada por el gobierno estatal y municipios. También crea un órgano autónomo encargado de supervisar el cumplimiento de la ley y garantizar el derecho de acceso a la información. La iniciativa establece procedimientos claros para que los ciudadanos puedan solicitar y recibir información de manera o
El documento habla sobre la evolución del derecho de acceso a la información en México. Brevemente describe las distintas etapas por las que ha pasado este derecho desde su inclusión en la constitución en 1977 hasta la creación de la Ley Federal de Transparencia en 2002. También analiza las características que deben tener las leyes estatales de acceso a la información de acuerdo con la reforma constitucional de 2007.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También crea el Instituto Federal de Acceso a la Información para supervisar la aplicación de la ley y promover la transparencia. La ley busca garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y mejorar la rendición de cuentas del gobierno.
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. La ley establece el derecho de acceso a la información pública generada por el gobierno y las obligaciones de transparencia de las entidades gubernamentales. También define la información que debe hacerse pública, como estructuras organizativas, presupuestos y contratos. Además, especifica la información que puede ser reservada por razones de seguridad nacional o privacidad.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, con excepción de datos personales sensibles. También crea el Consejo para la Transparencia encargado de velar por el cumplimiento de la ley.
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
La ley establece el derecho de acceso a la información pública en Chile. Define los principios de transparencia y publicidad que deben regir la función pública. Obliga a los organismos estatales a publicar activamente en sus sitios web información actualizada sobre su estructura, personal, contrataciones, transferencias de fondos, actos, trámites, programas y presupuesto, entre otros aspectos, con el fin de facilitar el acceso de la ciudadanía a los asuntos públicos. También crea un Consejo de Transparencia encargado de velar por
La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece el derecho de las personas a acceder a la información pública que se encuentra en poder de las instituciones del Estado y entidades privadas que manejen recursos públicos. La ley define la información pública como cualquier documento en poder de estas entidades y establece que toda la información es pública excepto la información confidencial personal. Además, la ley requiere que las entidades públicas difundan activamente cierta información básica a través de sus páginas web, como
La ley garantiza el derecho de acceso a la información pública de las personas. Define información pública como cualquier documento en poder de instituciones públicas o entidades privadas que manejen recursos públicos. Obliga a estas entidades a publicar información básica como su estructura, presupuesto y contratos. Busca promover la transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana.
COMISIÓN DE SALUD SOLICITA ACLARAR SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD (boletín)UNAM
La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados presentó un Punto de Acuerdo ante la Comisión Permanente para solicitar una explicación al Gobierno Federal sobre rumores de privatización de los servicios de salud. La Comisión quiere reunirse con los titulares del IMSS, ISSSTE y Seguro Popular para conocer la situación actual del sistema de salud y aclarar los rumores sobre la supuesta privatización, ya que esto podría confundir a los ciudadanos sobre sus derechos a la salud.
SOLICITA RAQUEL JIMÉNEZ QUE GOBIERNO FEDERAL ACLARE SUPUESTA "PRIVATIZACIÓN" ...UNAM
La diputada federal Raquel Jiménez Cerrillo solicita que el Gobierno Federal aclare los rumores sobre la supuesta privatización de los servicios de salud que han circulado en redes sociales. Jiménez presentará un Punto de Acuerdo en la Comisión de Salud para exigir una explicación al respecto. Hasta ahora, la Cámara de Diputados no ha recibido ninguna iniciativa para reformar el Sistema Nacional de Salud o privatizar los servicios. La diputada pide a los ciudadanos informarse con fuentes oficiales para no ca
El documento presenta un decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de combate a la corrupción. Las reformas fortalecen la autonomía y facultades de la Auditoría Superior de la Federación y del Instituto Nacional Electoral, y crean un Tribunal Federal de Justicia Administrativa para imponer sanciones por responsabilidades administrativas graves de servidores públicos y particulares vinculados con actos de corrupción.
Los diputados del PAN condenaron la suspensión de la evaluación docente por parte de la SEP y exigieron la renuncia del titular de la SEP, Emilio Chuayffet. Argumentaron que la suspensión viola la Constitución y pone en riesgo el derecho a la educación de millones de niños. Presentarán un punto de acuerdo en la Comisión Permanente para formalizar la solicitud de remoción de Chuayffet debido a que antepuso los intereses de un grupo de maestros sobre el derecho a la educación.
La diputada federal Raquel Jiménez exigió la renuncia de Emilio Chuayffet, secretario de Educación Pública, luego de que la SEP anunciara sin sustento legal la suspensión de las Evaluaciones Docentes. Jiménez señaló que esta decisión viola la Reforma Educativa y pone en riesgo los esfuerzos para mejorar la calidad educativa. También criticó que el gobierno use la educación con fines electorales y dijo que Chuayffet, Peña Nieto y el PRI ya reprobaron la evaluación
Ley general de salud, en materia de seguridad sanguínea.UNAM
Este decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de seguridad sanguínea. Se modifican artículos relacionados con la donación y disposición de sangre, componentes sanguíneos, células troncales y otros tejidos. También se establecen nuevos requisitos para los establecimientos dedicados a estas actividades y se crea un registro nacional de sangre y células troncales.
Decreto por el que se expide la ley general para la atención y protección a p...UNAM
Este documento presenta la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista en México. La ley reconoce los derechos de las personas con autismo y establece obligaciones para las instituciones públicas y privadas para garantizar su atención, protección e inclusión en la sociedad. Además, define términos clave relacionados con el autismo y establece principios como la dignidad, igualdad e inclusión que deben guiar las políticas públicas.
Decreto por el que se expide la ley general de transparencia y acceso a la in...UNAM
Este documento presenta el decreto por el cual se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en México. La ley establece los principios, bases y procedimientos para garantizar el derecho ciudadano de acceso a la información pública generada por cualquier autoridad u organismo gubernamental. Además, define los términos clave relacionados a la transparencia, los principios rectores de los organismos garantes de transparencia, y los principios generales de la ley para promover la máxima publicidad y accesibilidad de
La Comisión de Defensa Nacional analizó una minuta que propone reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para permitir que la Secretaría de la Defensa Nacional otorgue permisos extraordinarios y temporales para portar armas de fuego a funcionarios extranjeros de aduanas y migración en instalaciones mexicanas, así como a personal de seguridad que acompañe a funcionarios de alto nivel en visitas oficiales a México. El objetivo es fortalecer la cooperación internacional y brindar protección acorde a obligaciones internacionales.
Segundo Informe de Actividades Legislativas y de Gestión de la Dip. Leonor Ro...UNAM
Se propuso eliminar el IVA al transporte foráneo pero el PRI y sus aliados ganaron la votación. También se logró que no se aplique el IVA a colegiaturas, renta o hipoteca de viviendas ni por asistir a espectáculos públicos. Se propusieron reformas a varias leyes como la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley General de Salud. Adicionalmente se exhortó al ejecutivo federal a revisar cilindros de gas LP y a implementar una camp
El documento lista 20 proyectos etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2015 para Ciudad Juárez, Chihuahua, que fueron gestionados por el Diputado Carlos Angulo. La mayoría de los proyectos involucran la construcción de techumbres en escuelas primarias públicas de la ciudad, con fondos que van de $500,000 a $1,100,000 por proyecto. Los otros proyectos incluyen canchas deportivas, rehabilitación de espacios deportivos y culturales, y mejoras de infraestructura vial y preven
El documento presenta una lista de 18 proyectos financiados por el Diputado Carlos Angulo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2015 en Ciudad Juárez, Chihuahua. La mayoría de los proyectos fueron para la construcción de techumbres en escuelas primarias públicas de la ciudad, con fondos de hasta 1,100,000 pesos para cada escuela. Los otros proyectos incluyeron canchas deportivas, eventos culturales, rehabilitación de espacios deportivos y calles, y prevención de inundaciones.
Proyecto de dictamen en materia del sistema nacional anticorrupcionUNAM
El documento presenta un dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales sobre varias iniciativas para crear un Sistema Nacional Anticorrupción en México. Resume las propuestas de las iniciativas, incluyendo la creación de un Comité Coordinador, un Consejo Nacional para la Ética Pública y un Comité de Participación Ciudadana para prevenir y combatir la corrupción a nivel nacional y estatal. También proponen fortalecer a la Secretaría de la Función Pública y crear una Auditoría Superior de la Federación
19 feb 2015 fraude cruzada nacional contra el hambreUNAM
La diputada federal Raquel Jiménez cuestionó un fraude de 845 millones de pesos en la Cruzada Nacional contra el Hambre y exigió una investigación completa. La Auditoría Superior de la Federación descubrió que la Secretaría de Desarrollo Social encubrió el fraude a través de contratos sin condiciones ni especificaciones. Raquel Jiménez criticó fuertemente a la secretaria Rosario Robles y dijo que "en este deporte nacional que es la corrupción, la señora Rosario Robles se lleva la medalla de oro".
Este documento critica las declaraciones del gobernador de Querétaro y del presidente de México sobre haber alcanzado cobertura total de pisos firmes en el estado. La autora argumenta que esto es falso, ya que existen familias que aún viven en viviendas con pisos de tierra. Señala que el gobernador miente sobre los resultados del programa y que no hay una instancia que los certifique. Concluye exigiendo el cumplimiento real de los programas sociales y vigilancia ante el abuso que pueden cometer los gobernantes en periodos elector
La diputada Raquel Jiménez Cerrillo reflexiona sobre la reciente salida de militantes del Partido Acción Nacional (PAN) en México. Ella argumenta que la democracia interna del PAN se ha debilitado, con la selección de candidatos ahora determinada por unos pocos en lugar de por los miembros del partido. También critica que el PAN esté considerando designar a un ex miembro de otro partido como su candidato para un puesto, en lugar de trabajar para ganarse los votos de manera justa. Ella concluye que es necesario reflexionar
La diputada Raquel Jiménez Cerrillo reflexiona sobre la reciente salida de militantes del Partido Acción Nacional (PAN) en México. Ella argumenta que la democracia interna del PAN se ha debilitado, con la selección de candidatos ahora determinada por unos pocos en lugar de por los miembros del partido. También critica la designación de un ex miembro de otro partido como candidato del PAN sin una verdadera alianza entre los partidos. Ella afirma que el PAN actualmente está secuestrado por dirigentes que persiguen sus propi
El documento describe el contexto energético en México, argumentando que la industria energética está agotada y estancada, sin beneficios para los ciudadanos. Propone una reforma energética que abra el sector a la inversión privada para hacerlo más competitivo, generando empleos, crecimiento económico y menores precios de la energía, mientras se mantienen los recursos energéticos bajo control estatal y se fortalece a PEMEX.
Boletín de la Dip. Raquel Jiménez (18 dic 2014)UNAM
La diputada federal Raquel Jiménez destacó nueve acciones a favor de la salud y el fortalecimiento de la familia, incluyendo proponer la portabilidad del servicio de salud entre instituciones, regular la reproducción asistida, y proteger el derecho a la vida desde la concepción. También defendió los derechos de niños y adolescentes y promovió temas de familia y defensa a la vida. Ella enfatizó que el PAN continuará defendiendo la democracia y los intereses de los ciudadanos.
1. Que reforma los artículos 6o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Marcos Pérez Esquer, del Grupo Parlamentario del PAN <br />El que suscribe, diputado Marcos Pérez Esquer, en ejercicio de la facultad legislativa, presenta iniciativa de reforma a los artículos 6o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con base en la siguiente<br />Exposición de Motivos<br />La transparencia y la efectiva rendición de cuentas es una aspiración permanente de la sociedad y, a su vez, condiciones indispensables de las nuevas reglas democráticas que nos hemos dado los Mexicanos. Esta aspiración es un proceso dinámico que debe ir buscando sus propias reglas; no hay recetas que garanticen indefectiblemente su cumplimiento, por ello debemos formular propuestas que atiendan a la búsqueda por encontrar un marco constitucional y legal que salvaguarde de mejor manera los derechos en estas materias de los ciudadanos.<br />En este contexto se inscribe esta iniciativa que busca, en esencia, robustecer el derecho ciudadano de acceder a la información pública, toda vez que el actual esquema lo segmenta en los tres niveles de gobierno, lo que de hecho se constituye en un serio obstáculo para el ciudadano que debe acudir a distintos cuerpos normativos, dependiendo de la instancia gubernamental de la que requiera información; así, la reforma plantea facultar a la Cámara de Diputados para que expida una Ley General de Acceso a la Información Pública, que recoja las mejores prácticas y codificarlas en un cuerpo normativo único. Asimismo, la iniciativa busca ampliar el espectro de sujetos obligados que deban transparentar la utilización de los recursos públicos que bajo cualquier denominación reciban. <br />La fiscalización y rendición de cuentas ha vivido un proceso de evolución y mejoramiento constante. Así, tenemos que recientemente se fijaron las bases para definir las facultades del Congreso de la Unión para expedir una ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, lo que se tradujo en la creación de la Auditoría Superior de la Federación, que cuenta con facultades para fiscalizar los recursos públicos con independencia del carácter público o privado de las personas que los ejerzan.<br />Otro tema que también ha visto un importante desarrollo es el alcanzado con el reconocimiento para que igualmente el Congreso de la Unión pudiera expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, así como patrimonial, para la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y, los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, a fin de garantizar su armonización a nivel nacional.<br />Se observa que han sido sostenidos los avances alcanzados, llegando a la modificación, en el año 2007, del artículo 6o. constitucional que fijó los principios y bases para el ejercicio del derecho de acceso a la información; sin embargo, en los hechos se ha observado que no obstante la incorporación al texto constitucional de los elementos mínimos que deben contener las leyes que en el ámbito de su competencia deben expedir los distintos órdenes de gobierno, aún siguen existiendo prácticas que no corresponden al espíritu democrático de la transparencia y efectiva rendición de cuentas.<br />En este contexto, antes de la reforma constitucional de 2007, los especialistas sostenían la inviabilidad de una Ley General en esta materia, argumentando sustancialmente un trastocamiento del principio federalista; la multidiversidad organizacional estatal y sobre todo municipal, pero fundamentalmente por la falta de voluntad política. A casi tres años de distancia de la reforma constitucional, no se advierten logros sustanciales en esta materia. <br />La exégesis de esta reforma constitucional a los artículos 6o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se sitúa en el contexto de una armonización de las facultades de la Cámara de Diputados, reservando a esta soberanía la potestad para legislar en materia del ejercicio del derecho de acceso a la información pública gubernamental, con el propósito de fortalecer el sistema de transparencia y rendición de cuentas en los tres poderes que integran el supremo poder de la federación, ampliando la posibilidad de incorporar otros actores sociales y políticos en el mismo sistema, basados en la premisa de que todo recurso cuyo origen sea público, independientemente del sujeto obligado que lo ejerza, debe ser fiscalizable y accesible para todo interesado mediante el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Así se presentan los dos puntos que aborda esta iniciativa de reforma constitucional, conforme a las consideraciones que a continuación se desarrollan:<br />Consideraciones<br />En razón a lo anterior, para efectos de que la materia de transparencia sea regulada de manera general, es necesario reformar el artículo 6o. y adicionar una fracción al artículo 73 de la Constitución General de la República, con lo que se estaría facultando al Congreso de la Unión para legislar en materia de acceso a la información pública, como siguiente paso en la dinámica de fortalecimiento de la transparencia y efectiva rendición de cuentas.<br />Primera. Se propone modificar el segundo párrafo del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de precisar que el ejercicio del derecho de acceso a la información debe regularse en un solo ordenamiento jurídico, a fin de despejar cualquier inconsistencia en cuanto a la necesidad de homologar en una ley general este ejercicio y no con la redacción actual que sugiere la existencia de diversos ordenamientos al referirse en lo plural a las leyes en la materia; esto es, la actual redacción se publicó en los siguientes términos:<br />Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. <br />Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases: <br />I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. <br />II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. <br />III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. <br />IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión. <br />V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. <br />VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. <br />VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. <br />En este sentido, se propone modificar el segundo párrafo del artículo 6o., así como realizar las precisiones correspondientes en las fracciones I, IV y VI, que aluden en lo plural a las Leyes de Acceso a la Información; por lo que se propone llevar a cabo la precisión para quedar como sigue:<br />Artículo 6o. ... <br />Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la federación, los estados y el Distrito Federal, así como los demás sujetos obligados que determine la ley que expida el Congreso de la Unión, se regirán por los siguientes principios y bases: <br />I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, así como de los demás sujetos obligados que fije la ley, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fije la ley. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. <br />II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. <br />III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación, cancelación u oposición de éstos. <br />IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante organismos estatales autónomos especializados e imparciales, cuyas resoluciones para los sujetos obligados serán definitivas. Existirá un organismo nacional, que actuará como instancia revisora de las resoluciones de los organismos estatales cuyas resoluciones serán inatacables por los sujetos obligados y por los organismos estatales. <br />V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. <br />VI. La ley determinará la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. <br />VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. <br />La iniciativa pretende que con estas reformas quede de manifiesto, desde el texto constitucional, la facultad reservada a esta soberanía legislativa para legislar en materia del ejercicio del derecho de acceso a la información pública; se puntualiza la redacción y sintaxis de las fracciones I, IV y VI, al referirse de manera singular a la ley y no en lo plural, no así en las fracciones II y VII cuyo contenido alude implícitamente a lo que será nuestra propuesta de Ley General de Acceso a la Información Pública, así como a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.<br />Segunda. Igualmente, se propone reformar el contenido del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de establecer en forma expresa la facultad de la Cámara de Diputados para legislar en materia del ejercicio del derecho de acceso a la información pública.<br />En este marco, tenemos que la iniciativa de reforma constitucional propone añadir la fracción XXIX-P del artículo 73, que incluya el ejercicio del derecho de acceso a la información pública no sólo a la que generan los distintos niveles y órdenes de gobierno, sino también la que generen el resto de los sujetos obligados, de conformidad con lo establecido en la ley general que al efecto se publique.<br />Artículo 73. El Congreso tiene facultad: <br />I. a XXIX-O. ... <br />XXIX-P. Para expedir la ley que garantice el derecho de acceso a la información en la federación, estados, municipios, Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, así como cualquier persona física o moral, pública o privada que reciba recursos públicos, de conformidad con los principios y bases contenidos en el segundo párrafo del artículo 6o. <br />XXX. ... <br />Por lo expuesto, someto a consideración de este honorable pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de <br />Decreto que reforma el segundo párrafo y las fracciones I y VI del artículo 6o., así como añadir la fracción XXIX-P al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos <br />Artículo Único. Se reforman los artículos 6o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:<br />Artículo 6o. ... <br />Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la federación, los estados y el Distrito Federal, así como los demás sujetos obligados que determine la ley que expida el Congreso de la Unión, se regirán por los siguientes principios y bases: <br />I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, así como de los demás sujetos obligados que fije la ley, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fije la ley. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. <br />II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. <br />III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación, cancelación u oposición de éstos. <br />IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante organismos estatales autónomos especializados e imparciales, cuyas resoluciones para los sujetos obligados serán definitivas. Existirá un organismo nacional que actuará como instancia revisora de las resoluciones de los organismos estatales cuyas resoluciones serán inatacables por los sujetos obligados y por los organismos estatales. <br />V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos. <br />VI. La ley determinará la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales. <br />VII. La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada en los términos que dispongan las leyes. <br />Artículo 73. El Congreso tiene facultad: <br />I. a XXIX-O. ... <br />XXIX-P. Para expedir la ley que garantice el derecho de acceso a la información en la federación, estados, municipios, Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, así como cualquier persona física o moral, pública o privada que reciba recursos públicos, de conformidad con los principios y bases contenidos en el segundo párrafo del artículo 6o. <br />XXX. ... <br />Artículos Transitorios<br />Primero. Las reformas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. <br />Segundo. El Congreso de la Unión cuenta con un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para expedir la ley reglamentaria del segundo párrafo del artículo 6o.<br />Tercero. Las disposiciones legales y administrativas en materia de transparencia, aplicables en la federación, estados, municipios, Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, continuarán vigentes hasta en tanto no se expide la ley reglamentaria señalada en el segundo artículo transitorio. <br />Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.<br />Diputado Marcos Pérez Esquer (rúbrica)<br />