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QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS:
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres
humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia,
sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin
discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados,
interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en
la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho
internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes
del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos
humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de
tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de
actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger
los derechos humanos y las libertades fundamentales de los
individuos o grupos.
NACIMIENTO:
Evolución histórica de los derechos humanos y antecedentes en su
positivación. De inspiración
francesa “derechos del hombre”, se remonta a las últimas décadas
del sigloXVIII.
Tienen su origen en la Europa de finales del siglo XVI, en vuelta en
interminables guerras de religión, para otros losderechos humanos
han sido una constante histórica cuyas raíces empalman con el
mundo clásico antiguo, y para otros empiezan con la moral cristiana.
Pensamiento greco-romano.- no existía la idea de dignidad ni
igualdad entre los seres humanos por lo que no se puede su distinto
valor como hombre dependiendo del lugar que ocupase en la escala
social.
Quienes primero apuntaron la idea de igualdad entre los seres
humanos fueron los
sofistas Se oponían a la discriminación entre griegos y bárbaros
considerando la llamada nobleza de sangre como una necedad y
consideraban la esclavitud como una práctica ilícita.
En ROMA ofrece un patrón subjetivo para juzgar la conducta desde el
punto de
vista de los derechos y libertades individuales.
El pensamiento cristiano. Los derechos naturales comunes a todos los
humanos.
iusnaturalista Y contractualista.
El iusnaturalis poner límites al poder del estado y a la arbitrariedad
de los
gobernantes, y la teoría contractualista afirmación de unos límites
estructurales del poder estatal de derechos de los gobernados.
Los efectos de estas teorías en el reconocimiento de los derechos
humanos fueron los
siguientes: • “El iusnaturalismo fundamenta el reconocimiento de
unos derechos que ostenta todo ser humano. • “Plantear la existencia
de un contrato social entre el estado de naturaleza y posterior estado
de
Sociedad.
La Historia Derechos Humanos
Los derechos humanos surgen a raíz de una historia cargada de
sufrimiento para la humanidad, elfascismo y nazismo de
la segunda guerra mundial forman parte de este origen.
Tras la concepción de estos derechos se encuentra el esfuerzo y
sufrimiento de muchas personas solitarias o pueblos completos, en
donde muchos de ellos dieron la vida en busca de su reconocimiento.
La declaración universal ubica su origen en el mero nacimiento de los
seres humanos "libres e iguales en dignidad y derechos".
Los derechos humanos no admiten discriminación alguna y son
completamente universales, formando parte de un todo, en donde la
violación de uno de estos derechos, implica la trasgresión de otros.
El estado de derecho es aquel que se funda en la universalidad e
imparcialidad de la ley, generada en la voluntad del pueblo
libremente expresada, es por ello que la inexistencia de
la democracia(completamente necesaria para la conformación de
un estado de derecho), hace casi impracticable el cumplimiento de los
derechos humanos.
En todas las épocas los gobiernos han cometido atropellos contra los
DDHH, pero durante el siglo XX se han producido las violaciones más
atroces contra la dignidad del ser humano; de allí la importancia de
seguir luchando por el respeto a los DDHH
DESARROLLO:
El derecho al desarrollo es a la vez un derecho humano individual y
colectivo que tiene una estrecha relación con el conjunto de derechos
humanos, que comprenden tanto los derechos civiles y políticos como
los culturales, sociales y económicos. El derecho al desarrollo no es sólo
un derecho fundamental, sino también una necesidad esencial del ser
humano, que responde a las aspiraciones de los individuos y de los
pueblos a asegurarse en mayor grado la libertad y la dignidad. El goce
de todos los derechos constituye a la vez la condición y la finalidad del
derecho al desarrollo. Esa relación quedó reflejada en la Declaración y
Programa de Acción de Viena, aprobado en la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos en junio de 1993, que proclama que "la
democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y las
libertades fundamen–tales son interdependientes y se refuerzan entre
sí"
Por una parte, hace más de 50 años la Carta de las Naciones
Unidas reconoció la vinculación entre el desarrollo social y la justicia
social como elementos indispensables para la consecución y el
mantenimiento de la paz y la seguridad en el interior y entre las
naciones. Por otra, la Declaración de Copenhague sobre el Desarrollo
Social, fruto de la Cumbre celebrada en 1995, subrayó que el
desarrollo económico y social, así como la protección del medio
ambiente son componentes del desarrollo humano sostenible y que las
personas pobres deben tener el poder necesario para utilizar de modo
sostenible los recursos ambientales para satisfacer sus necesidades
más inmediatas y evitar el sufrimiento humano.
Pese a la existencia de abundantes instrumentos internacionales
para la protección de los derechos humanos, la realidad de los hechos
exige un análisis de los problemas actuales que impiden su plena
realización y la consecución de un mundo en paz. Según la opinión
generalizada de muchos analistas internacionales, "la paz no es la
simple ausencia de guerra". La paz, en su concepción positiva, implica
la construcción de la justicia en las relaciones entre las sociedades y el
reconocimiento de la igualdad de todos los pueblos y culturas. También
es sinónimo de respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales, de la libre determinación de los pueblos, de bienestar y
desarrollo, no sólo económico o social, sino esencialmente humano. El
reconocimiento del desarrollo como un derechos de las personas y de
los pueblos tiene implicaciones políticas y económicas profundas
Si bien la paz entraña un proceso progresivo de justicia y de
respeto mutuo entre los pueblos, destinado a garantizar la construcción
de una sociedad internacional en la que cada cual pueda gozar de los
recursos que le corresponden, como se recoge en el artículo 28 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, la negación de tales
derechos engendra, inevitablemente, violencia. Ésta se manifiesta, bien
a través de convulsiones sociales y enfrentamientos armados o a
través de la persistencia de graves conflictos estructurales. Por ello, el
respeto de los derechos humanos resulta esen–cial para una paz
enraizada en el progreso y el desarrollo social y económico.
Globalización y derechos humanos:
Lo primero que habría que señalar cuando se relaciona la
“globalización” económica con el respeto a los Derechos Humanos es
que con ellos se hace referencia a una situación y a unas aspiraciones
que no tienen nada que ver entre sí o, cuando menos, que no son
incompatibles.
Leonardo Boff, para desmitificar la “globalización”, ha dicho que ésta
comenzó en 1519 / 22, cuando la expedición de Fernando Magallanes
completó por primer vez la vuelta al mundo. Pero aun si admitimos
que la “globalización” es un fenómeno nuevo, caracterizado por unas
crecientes y muy intensas relaciones económica de todos los países,
no existen, sobre el papel, razones para que este nuevo estado de
cosas, cuyo impulso último viene dado por el desarrollo de las fuerzas
productivas, afectara al cumplimiento de los Derechos Humanos.
El desarrollo de las comunicaciones y el transporte, la aparición de
nuevos productos, la modernización de los procesos productivos, las
técnicas de preservación de las mercancías, estos y otros avances,
ciertamente maravillosos, podrían dar lugar a un intercambio
creciente y a una dependencia cada vez mayor entre todos los países,
que podrían resultar beneficiosos para el conjunto de todos ellos,
permitiendo que las posibilidades que otorga la ciencia y la tecnología
hicieran más fácil, plena y, si cabe la palabra, más feliz, la existencia
de toda la humanidad.
El problema surge porque, para empezar, la globalización es una
nueva fase del desarrollo del capitalismo, y hablando de un sistema
que descansa en la división de clases y en la desigualdad no cabe
pensar en la neutralidad del fenómeno. Y, para seguir, porque la
globalización es en gran medida fruto del neoliberalismo, una doctrina
que exacerba los aspectos más aberrantes del sistema y bajo cuya
hegemonía está hoy concebido el orden económico mundial.
Recuerda este asunto de la relación entre el neoliberalismo y el
respeto a los Derechos Humanos el viejo debate y los conflictos que
se dieron entre el maquinismo y el empleo a lo largo del siglo XIX en
los primeros países industrializados, con los ludistas británicos, que
aconsejaban la destrucción de las maquinas, como el movimiento
más genuino.
Nada objetivamente negativo aportaban las máquinas para crear
riqueza y para liberar al hombre de los trabajos más penosos y
embrutecedores, sino todo lo contrario, salvo que en manos de los
patronos y con los criterios de la gestión capitalista las máquinas
arrojaban a la miseria y al desempleo a masas ingentes de
trabajadores.
De la misma manera, la globalización podría rendir beneficios
espléndidos a la humanidad, si no fuera porque no está concebida
para ello, sino para servir los intereses de las clases dominantes y
para la perpetuación del propio sistema a través del solo mecanismo
en que lo puede hacer: aumentando la explotación de los
trabajadores en cada país y la explotación de los países del Tercer
Mundo por las potencias económicas mundiales.
Es por lo tanto más que pertinente relacionar la “globalización” con
los Derechos Humanos.
Detengámonos primero en desentrañar, caracterizar y resaltar las
consecuencias de la “globalización”, porque luego será fácil, resulta
inmediato, deducir el modo en que afecta al respeto a los Derechos
Humanos.
Decíamos que, por un lado, la “globalización” es una nueva fase del
desarrollo del capitalismo. La “globalización” es la expresión actual de
una tendencia permanente a favor de la concentración y la
centralización del capital, como predijo Marx. En el estadio alcanzado
el capitalismo, esa tendencia ha desbordado de forma turbulenta los
limites de los espacios económicos que representan los Estados.
Derechos colectivos o difusos:
“DERECHOS O INTERESES DIFUSOS: se refieren a un bien
que atañe a todo el mundo (pluralidad de sujetos), esto es,
a personas que -en principio- no conforman un sector
poblacional identificable e individualizado, y que sin vínculo
jurídico entre ellos, se ven lesionados o amenazados de
lesión.
Los derechos o intereses difusos se fundan en hechos
genéricos, contingentes, accidentales o mutantes que
afectan a un número indeterminado de personas y que
emanan de sujetos que deben una prestación genérica o
indeterminada, en cuanto a los posibles beneficiarios de la
actividad de la cual deriva tal asistencia, como ocurre en el
caso de los derechos positivos como el derecho a la salud, a
la educación o a la obtención de una vivienda digna,
protegidos por la Constitución y por el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
DERECHOS O INTERESES COLECTIVOS: están referidos a
un sector poblacional determinado (aunque no cuantificado)
e identificable, aunque individualmente, dentro del conjunto
de esas personas existe o puede existir un vínculo jurídico
que los une entre ellos. Su lesión se localiza concretamente
en un grupo determinable como tal, como serían los grupos
profesionales, los grupos de vecinos, los gremios, o los
habitantes de un área determinada, etc.
Los derechos colectivos deben distinguirse de los derechos
de las personas colectivas, ya que estos últimos son
análogos a los derechos individuales, pues no se refieren a
una agrupación de individuos sino a la persona jurídica o
moral a quien se atribuyan los derechos. Mientras las
personas jurídicas actúan por organicidad, las agrupaciones
de individuos que tienen un interés colectivo obran por
representación, aun en el caso de que ésta sea ejercida por
un grupo de personas, pues el carácter colectivo de los
derechos cuya tutela se invoca siempre excede al interés de
aquél.
La Historia del constitucionalismo venezolano, mejor dic
ho laa Constitución, enV e n e z u e l a , e s l a n o r m a f u n
d a m e n t a l o C a r t a M a g n a , e s t a b l e c i d a p a r a r e g i
r jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones
entre los poderes dela federación: poder legislativo, ejecutivo,
judicial, ciudadano y electoral entre los tresniveles diferenciados
del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre
todosaquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases
para el gobierno y para laorganización de las instituciones en que
el poder se asienta; y garantiza finalmente, entanto que pacto social
supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberesdel
pueblo.V e n e z u e l a h a t e n i d o d i v e r s a s c o n s t i t u c i o n e s a
l o l a r g o d e s u h i s t o r i a . C o n l a Constitución Federal de los
Estados de Venezuela de 1811, hasta nuestros días.La Constitución de
carácter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso
dela República durante la presidencia de Rómulo Betancourt.
Estuvo vigente 38
añoshasta que fue derogada por la aprobación de la Con
stitución de 1999 medianteR e f e r é n d u m p o p u l a r e l 1
5 d e d i c i e m b r e d e 1 9 9 9 , E s t a b l e c e e l p r i n c i p i o
d e inviolabilidad de la Constitución
El país se llamó Republica de Venezuela, conformada por 252 artículos, tiene los
3mismos poderes; poder ejecutivo, Presidente, ministros, poder legislativo,
Congresolegislativo nacional se divide en--cámara de diputados--cámara de
senadores, poder judicial, corte suprema de justicia, el periodo presidencial de
5 años, por el voto directoy secreto, estuvo constituida por 19 estados--
Anzoátegui, Apure, Barinas, Bolívar,Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara,
Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta,Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo,
Yaracuy y Zulia. A esta Constitución le fueronaprobadas la dos Enmiendas
por el Congreso Nacional.La Constitución de 1999, ha tenido un origen
distinto; ha sido el resultado de unaconmoción social debida al deterioro
persistente del estado económico del país, en particulardelasclasespopulares
Texto constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediant
e referéndum popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea
Constituyente el30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de
Hugo Chávez. Establece queVenezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia,
Democrático y Federal.El país cambia de nombre por Republica Bolivariana de Venezuela,
tiene 350 artículos,y ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo--
Legislativo--Judicial--Electoral— Ciudadano; poder ejecutivo,
presidente, vicepresidente, ministros, poder
legislativo,asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia,
poder electoral,consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo mora
l republicano y fiscalíageneral de la republica, y el periodo
presidencial de 6 años, por el voto directo,universal, secreto y con derecho a
votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, estáconformada por 26 estados.A esta
Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificaciónde 5
artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con
el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección
popular de maneracontinua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y
aprobada en Referéndum popular el 15 de febrero de 2009.
Periodo de transición, desde 1811 hasta 1999, Venezuela ha tenido 35 presidentes,
sincontar los numerosos encargados del poder ejecutivo, ni los que han presidido
juntas degobierno, como es el caso de Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950), Germán
SuárezFlamerich (1950-1952), Wolfgang Larrazábal (23 de enero a 13 de noviembre de
1958)y Edgar Sanabria (13 de noviembre de 1958 a 13 de febrero de 1959).La creación
del Estado venezolano, Venezuela se convirtió en república independiente.En el mismo
año de 1830 se firmó la Constitución. El nuevo Estado venezolano tuvo
aJosé Antonio Páez como primer magistrado. Páez gobernó durante
dos periodosconstitucionales (del 24 de marzo de 1830 al 6 de febrero de
1835 y desde el 1 defebrero de 1839 al 28 de enero de 1843). El
presidente de la federación fue JuanCrisóstomo Falcón; cumplió primero
dos periodos como presidente provisional (17 de junio al 24 de diciembre de 1863);
ratificado, asumió el poder el 21 de enero de 1864
después, desarrolló su periodo constitucional a partir del 7 de junio de 1865 hasta que
el28deabrilde1868la“revoluciónazul”acabóporsustituirle.Chávez presidente, las elecciones
legislativas fueron el preludio de las presidenciales,celebradas en diciembre. El
constitucionalismo venezolano quedó modificado con lanueva Constitución impulsada
por Chávez, aprobada por la Asamblea y ratificada por medio del referéndum que tuvo
lugar el 15 de diciembre de 1999, con el 71,9% de losvotos emitidos, si bien la
participación no llegó al 46%. La Constitución no sólo
cambióe l n o m b r e d e l p a í s ( q u e p a s ó a l l a m a r s e d e s d e s u e n t r
a d a e n v i g o r R e p ú b l i c a Bolivariana de Venezuela) sino que reforzó el poder
presidencial, entre otras medidassignificativas, como el mayor control estatal
de la actividad económica o el de losmedios de comunicación. Asimismo,
el nuevo texto constitucional proclamó que
su principal objetivo era el de “refundar la República para establec
er una sociedaddemocrática, participativa y protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado”. Chávez
juró el cargo el 19 de agosto siguiente
yanunció su decisión de afrontar una profunda transformación de l
as estructuraseconómicas y sociales del país. El 7 de noviembre de 2000
la Asamblea Nacionalaprobó la denominada Ley de Habilitación, que le facultaba
para legislar por decretodurante un año en materias económica, social y de administración
pública.El Proceso Bolivariano1.La propuesta ideológica bolivariana tiene como
base la experiencia venezolana(gobierno de Hugo Chávez, Movimiento
V República, Polo Patriótico).2.El eje bolivariano internacional (Venezuela no
puede quedar aislada si intenta uncamino antiimperialista y anticapitalista o al
menos anti neoliberal y por ello propone la Alianza Bolivariana de las
Américas, frente al ALCA)) se
orienta principalmente hacia Bolivia, Perú, Colombia, Brasil, Argentina, Par
aguay,Uruguay, Ecuador y, obviamente, Venezuela.3.En otro
frente internacional, la experiencia bolivariana hace de
la amistad ycolaboración con Cuba un eje de su política exterior. Venezuela recibe
muchoapoyo militante y profesional cubano (salud, seguridad, organización social) y
Venezuelacontribuyeapaliarlosdéficitsdelaeconomíacubana
órganos de protección y defensa de los derechos humanos
Los órganos de derechos humanos
Mecanismos para la protección y la promoción de derechos
humanos
El sistema de Naciones Unidas para la promoción y la protección de derechos humanos esta
compuesto de dos tipos principales de órgano: órganos creados en virtud de la carta de la ONU,
incluyendo la Comisión de Derechos Humanos, y órganos creados en virtud de tratados
internacionales de derechos humanos (órganos de tratados). La mayoría de estos órganos reciben
la ayuda de la Secretaría de los Tratados y de la Comisión de la Oficina del Alto Comisionado para
los Derechos Humanos (OACDH).
Órganos basados en la Carta de Naciones Unidas
 Consejo de Derechos Humanos
 Comisión de Derechos Humanos (CDH/CHR)
 Procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos
 Subcomisión para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos
Órganos de tratados
Hay siete órganos creados en virtud de los tratados de los derechos humanos que supervisan la
implementación de los tratados internacionales de los derechos humanos:
 Comité de Derechos Humanos (CCPR)
 Comité de Derechos Económicas, Sociales y Culturales (CESCR)
 Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD)
 Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
 Comité contra la Tortura (CAT)
 Comité de los Derechos del Niño (CRC)
 Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus
Familiares (CMW)
 Comité de los derechos de las personas con discapacidad (CRPD)
Chasque aquí para una descripción general de los órganos de tratados de derechos humanos.
Cuatro de los comités (CCPR, CERD, CAT y CEDAW) pueden, bajo ciertas condiciones, recibir
peticiones de individuos que reclaman que los sus derechos bajo los tratados se han sido
violados. Más información.
Estos órganos coordinan sus actividades mediante una reunión anual de los presidentes de los
órganos creados de tratados de derechos humanos y con la reunión entre comités'. Más
información.
Los órganos de tratados buscan continuamente maneras de realzar su eficacia a través de la
racionalización y la armonización de sus métodos y prácticas de funcionamiento. Más información.
Otros órganos de derechos humanos de la ONU
Existen otros órganos importantes de la Naciones Unidas que se ocupan de la promoción y
protección de derechos humanos. La OACDH trabaja estrechamente con estos órganos. Cada uno
de ellos tiene su proprio Secretariado e incluyen:
 La Asamblea General de las Naciones Unidas
 La Tercer Comisión de la Asamblea General
 El Consejo Económico y Social
 La Corte Internacional de Justicia
 Búsqueda
Otras entidades de la ONU involucradas en la promoción y la protección de derechos
humanos
Muchas agencias y socios de Naciones Unidas también están implicados en la promoción y la
protección de derechos humanos y obran recíprocamente con los órganos principales de los
derechos humanos:
 Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (UNHCR)
 Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA)
 Inter-Agency Internal Displacement Division
 Organización Internacional del Trabajo (OIT)
 Organización Mundial de la Salud (OMS)
 Organización Educativa, Científica y Cultural de las Naciones Unidas (la UNESCO)
 Programa Conjunto de la Naciones Unidas sobre HIV/AIDS (UNAIDS)
 Comité Permanente entre Organismos (IASC)
 Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DESA)
 Comisión de la Condición de la Mujer (CSW)
 Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer (OSAGI)
 División para el Adelanto de la Mujer (DAW)
 Fondo de la Población De Naciones Unidas (UNFPA)
 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
 Fondo de desarrollo de Naciones Unidas para las mujeres (UNIFEM)
 Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)
 Organización de alimento y de agricultura de los Naciones Unidas (FAO)
 Programa Humano De los Establecimientos De Naciones Unidas (HABITAT)
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Que son los derechos humanos

  • 1. QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS: Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos. NACIMIENTO: Evolución histórica de los derechos humanos y antecedentes en su positivación. De inspiración francesa “derechos del hombre”, se remonta a las últimas décadas del sigloXVIII. Tienen su origen en la Europa de finales del siglo XVI, en vuelta en interminables guerras de religión, para otros losderechos humanos han sido una constante histórica cuyas raíces empalman con el mundo clásico antiguo, y para otros empiezan con la moral cristiana. Pensamiento greco-romano.- no existía la idea de dignidad ni igualdad entre los seres humanos por lo que no se puede su distinto valor como hombre dependiendo del lugar que ocupase en la escala social. Quienes primero apuntaron la idea de igualdad entre los seres humanos fueron los sofistas Se oponían a la discriminación entre griegos y bárbaros considerando la llamada nobleza de sangre como una necedad y consideraban la esclavitud como una práctica ilícita. En ROMA ofrece un patrón subjetivo para juzgar la conducta desde el punto de vista de los derechos y libertades individuales. El pensamiento cristiano. Los derechos naturales comunes a todos los humanos. iusnaturalista Y contractualista. El iusnaturalis poner límites al poder del estado y a la arbitrariedad de los gobernantes, y la teoría contractualista afirmación de unos límites estructurales del poder estatal de derechos de los gobernados.
  • 2. Los efectos de estas teorías en el reconocimiento de los derechos humanos fueron los siguientes: • “El iusnaturalismo fundamenta el reconocimiento de unos derechos que ostenta todo ser humano. • “Plantear la existencia de un contrato social entre el estado de naturaleza y posterior estado de Sociedad. La Historia Derechos Humanos Los derechos humanos surgen a raíz de una historia cargada de sufrimiento para la humanidad, elfascismo y nazismo de la segunda guerra mundial forman parte de este origen. Tras la concepción de estos derechos se encuentra el esfuerzo y sufrimiento de muchas personas solitarias o pueblos completos, en donde muchos de ellos dieron la vida en busca de su reconocimiento. La declaración universal ubica su origen en el mero nacimiento de los seres humanos "libres e iguales en dignidad y derechos". Los derechos humanos no admiten discriminación alguna y son completamente universales, formando parte de un todo, en donde la violación de uno de estos derechos, implica la trasgresión de otros. El estado de derecho es aquel que se funda en la universalidad e imparcialidad de la ley, generada en la voluntad del pueblo libremente expresada, es por ello que la inexistencia de la democracia(completamente necesaria para la conformación de un estado de derecho), hace casi impracticable el cumplimiento de los derechos humanos. En todas las épocas los gobiernos han cometido atropellos contra los DDHH, pero durante el siglo XX se han producido las violaciones más atroces contra la dignidad del ser humano; de allí la importancia de seguir luchando por el respeto a los DDHH DESARROLLO: El derecho al desarrollo es a la vez un derecho humano individual y colectivo que tiene una estrecha relación con el conjunto de derechos humanos, que comprenden tanto los derechos civiles y políticos como los culturales, sociales y económicos. El derecho al desarrollo no es sólo un derecho fundamental, sino también una necesidad esencial del ser humano, que responde a las aspiraciones de los individuos y de los pueblos a asegurarse en mayor grado la libertad y la dignidad. El goce de todos los derechos constituye a la vez la condición y la finalidad del derecho al desarrollo. Esa relación quedó reflejada en la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobado en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en junio de 1993, que proclama que "la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y las
  • 3. libertades fundamen–tales son interdependientes y se refuerzan entre sí" Por una parte, hace más de 50 años la Carta de las Naciones Unidas reconoció la vinculación entre el desarrollo social y la justicia social como elementos indispensables para la consecución y el mantenimiento de la paz y la seguridad en el interior y entre las naciones. Por otra, la Declaración de Copenhague sobre el Desarrollo Social, fruto de la Cumbre celebrada en 1995, subrayó que el desarrollo económico y social, así como la protección del medio ambiente son componentes del desarrollo humano sostenible y que las personas pobres deben tener el poder necesario para utilizar de modo sostenible los recursos ambientales para satisfacer sus necesidades más inmediatas y evitar el sufrimiento humano. Pese a la existencia de abundantes instrumentos internacionales para la protección de los derechos humanos, la realidad de los hechos exige un análisis de los problemas actuales que impiden su plena realización y la consecución de un mundo en paz. Según la opinión generalizada de muchos analistas internacionales, "la paz no es la simple ausencia de guerra". La paz, en su concepción positiva, implica la construcción de la justicia en las relaciones entre las sociedades y el reconocimiento de la igualdad de todos los pueblos y culturas. También es sinónimo de respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, de la libre determinación de los pueblos, de bienestar y desarrollo, no sólo económico o social, sino esencialmente humano. El reconocimiento del desarrollo como un derechos de las personas y de los pueblos tiene implicaciones políticas y económicas profundas Si bien la paz entraña un proceso progresivo de justicia y de respeto mutuo entre los pueblos, destinado a garantizar la construcción de una sociedad internacional en la que cada cual pueda gozar de los recursos que le corresponden, como se recoge en el artículo 28 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la negación de tales derechos engendra, inevitablemente, violencia. Ésta se manifiesta, bien a través de convulsiones sociales y enfrentamientos armados o a través de la persistencia de graves conflictos estructurales. Por ello, el respeto de los derechos humanos resulta esen–cial para una paz enraizada en el progreso y el desarrollo social y económico. Globalización y derechos humanos: Lo primero que habría que señalar cuando se relaciona la “globalización” económica con el respeto a los Derechos Humanos es que con ellos se hace referencia a una situación y a unas aspiraciones que no tienen nada que ver entre sí o, cuando menos, que no son incompatibles.
  • 4. Leonardo Boff, para desmitificar la “globalización”, ha dicho que ésta comenzó en 1519 / 22, cuando la expedición de Fernando Magallanes completó por primer vez la vuelta al mundo. Pero aun si admitimos que la “globalización” es un fenómeno nuevo, caracterizado por unas crecientes y muy intensas relaciones económica de todos los países, no existen, sobre el papel, razones para que este nuevo estado de cosas, cuyo impulso último viene dado por el desarrollo de las fuerzas productivas, afectara al cumplimiento de los Derechos Humanos. El desarrollo de las comunicaciones y el transporte, la aparición de nuevos productos, la modernización de los procesos productivos, las técnicas de preservación de las mercancías, estos y otros avances, ciertamente maravillosos, podrían dar lugar a un intercambio creciente y a una dependencia cada vez mayor entre todos los países, que podrían resultar beneficiosos para el conjunto de todos ellos, permitiendo que las posibilidades que otorga la ciencia y la tecnología hicieran más fácil, plena y, si cabe la palabra, más feliz, la existencia de toda la humanidad. El problema surge porque, para empezar, la globalización es una nueva fase del desarrollo del capitalismo, y hablando de un sistema que descansa en la división de clases y en la desigualdad no cabe pensar en la neutralidad del fenómeno. Y, para seguir, porque la globalización es en gran medida fruto del neoliberalismo, una doctrina que exacerba los aspectos más aberrantes del sistema y bajo cuya hegemonía está hoy concebido el orden económico mundial. Recuerda este asunto de la relación entre el neoliberalismo y el respeto a los Derechos Humanos el viejo debate y los conflictos que se dieron entre el maquinismo y el empleo a lo largo del siglo XIX en los primeros países industrializados, con los ludistas británicos, que aconsejaban la destrucción de las maquinas, como el movimiento más genuino. Nada objetivamente negativo aportaban las máquinas para crear riqueza y para liberar al hombre de los trabajos más penosos y embrutecedores, sino todo lo contrario, salvo que en manos de los patronos y con los criterios de la gestión capitalista las máquinas arrojaban a la miseria y al desempleo a masas ingentes de trabajadores. De la misma manera, la globalización podría rendir beneficios espléndidos a la humanidad, si no fuera porque no está concebida para ello, sino para servir los intereses de las clases dominantes y para la perpetuación del propio sistema a través del solo mecanismo en que lo puede hacer: aumentando la explotación de los trabajadores en cada país y la explotación de los países del Tercer Mundo por las potencias económicas mundiales.
  • 5. Es por lo tanto más que pertinente relacionar la “globalización” con los Derechos Humanos. Detengámonos primero en desentrañar, caracterizar y resaltar las consecuencias de la “globalización”, porque luego será fácil, resulta inmediato, deducir el modo en que afecta al respeto a los Derechos Humanos. Decíamos que, por un lado, la “globalización” es una nueva fase del desarrollo del capitalismo. La “globalización” es la expresión actual de una tendencia permanente a favor de la concentración y la centralización del capital, como predijo Marx. En el estadio alcanzado el capitalismo, esa tendencia ha desbordado de forma turbulenta los limites de los espacios económicos que representan los Estados. Derechos colectivos o difusos: “DERECHOS O INTERESES DIFUSOS: se refieren a un bien que atañe a todo el mundo (pluralidad de sujetos), esto es, a personas que -en principio- no conforman un sector poblacional identificable e individualizado, y que sin vínculo jurídico entre ellos, se ven lesionados o amenazados de lesión. Los derechos o intereses difusos se fundan en hechos genéricos, contingentes, accidentales o mutantes que afectan a un número indeterminado de personas y que emanan de sujetos que deben una prestación genérica o indeterminada, en cuanto a los posibles beneficiarios de la actividad de la cual deriva tal asistencia, como ocurre en el caso de los derechos positivos como el derecho a la salud, a la educación o a la obtención de una vivienda digna, protegidos por la Constitución y por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. DERECHOS O INTERESES COLECTIVOS: están referidos a un sector poblacional determinado (aunque no cuantificado) e identificable, aunque individualmente, dentro del conjunto de esas personas existe o puede existir un vínculo jurídico que los une entre ellos. Su lesión se localiza concretamente en un grupo determinable como tal, como serían los grupos
  • 6. profesionales, los grupos de vecinos, los gremios, o los habitantes de un área determinada, etc. Los derechos colectivos deben distinguirse de los derechos de las personas colectivas, ya que estos últimos son análogos a los derechos individuales, pues no se refieren a una agrupación de individuos sino a la persona jurídica o moral a quien se atribuyan los derechos. Mientras las personas jurídicas actúan por organicidad, las agrupaciones de individuos que tienen un interés colectivo obran por representación, aun en el caso de que ésta sea ejercida por un grupo de personas, pues el carácter colectivo de los derechos cuya tutela se invoca siempre excede al interés de aquél. La Historia del constitucionalismo venezolano, mejor dic ho laa Constitución, enV e n e z u e l a , e s l a n o r m a f u n d a m e n t a l o C a r t a M a g n a , e s t a b l e c i d a p a r a r e g i r jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes dela federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tresniveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre todosaquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para laorganización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, entanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberesdel pueblo.V e n e z u e l a h a t e n i d o d i v e r s a s c o n s t i t u c i o n e s a l o l a r g o d e s u h i s t o r i a . C o n l a Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811, hasta nuestros días.La Constitución de carácter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso dela República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 añoshasta que fue derogada por la aprobación de la Con stitución de 1999 medianteR e f e r é n d u m p o p u l a r e l 1 5 d e d i c i e m b r e d e 1 9 9 9 , E s t a b l e c e e l p r i n c i p i o d e inviolabilidad de la Constitución El país se llamó Republica de Venezuela, conformada por 252 artículos, tiene los 3mismos poderes; poder ejecutivo, Presidente, ministros, poder legislativo, Congresolegislativo nacional se divide en--cámara de diputados--cámara de senadores, poder judicial, corte suprema de justicia, el periodo presidencial de
  • 7. 5 años, por el voto directoy secreto, estuvo constituida por 19 estados-- Anzoátegui, Apure, Barinas, Bolívar,Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta,Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia. A esta Constitución le fueronaprobadas la dos Enmiendas por el Congreso Nacional.La Constitución de 1999, ha tenido un origen distinto; ha sido el resultado de unaconmoción social debida al deterioro persistente del estado económico del país, en particulardelasclasespopulares Texto constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediant e referéndum popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece queVenezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.El país cambia de nombre por Republica Bolivariana de Venezuela, tiene 350 artículos,y ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo-- Legislativo--Judicial--Electoral— Ciudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo,asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral,consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo mora l republicano y fiscalíageneral de la republica, y el periodo presidencial de 6 años, por el voto directo,universal, secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, estáconformada por 26 estados.A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificaciónde 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de maneracontinua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referéndum popular el 15 de febrero de 2009. Periodo de transición, desde 1811 hasta 1999, Venezuela ha tenido 35 presidentes, sincontar los numerosos encargados del poder ejecutivo, ni los que han presidido juntas degobierno, como es el caso de Carlos Delgado Chalbaud (1948-1950), Germán SuárezFlamerich (1950-1952), Wolfgang Larrazábal (23 de enero a 13 de noviembre de 1958)y Edgar Sanabria (13 de noviembre de 1958 a 13 de febrero de 1959).La creación del Estado venezolano, Venezuela se convirtió en república independiente.En el mismo año de 1830 se firmó la Constitución. El nuevo Estado venezolano tuvo aJosé Antonio Páez como primer magistrado. Páez gobernó durante dos periodosconstitucionales (del 24 de marzo de 1830 al 6 de febrero de 1835 y desde el 1 defebrero de 1839 al 28 de enero de 1843). El presidente de la federación fue JuanCrisóstomo Falcón; cumplió primero dos periodos como presidente provisional (17 de junio al 24 de diciembre de 1863); ratificado, asumió el poder el 21 de enero de 1864
  • 8. después, desarrolló su periodo constitucional a partir del 7 de junio de 1865 hasta que el28deabrilde1868la“revoluciónazul”acabóporsustituirle.Chávez presidente, las elecciones legislativas fueron el preludio de las presidenciales,celebradas en diciembre. El constitucionalismo venezolano quedó modificado con lanueva Constitución impulsada por Chávez, aprobada por la Asamblea y ratificada por medio del referéndum que tuvo lugar el 15 de diciembre de 1999, con el 71,9% de losvotos emitidos, si bien la participación no llegó al 46%. La Constitución no sólo cambióe l n o m b r e d e l p a í s ( q u e p a s ó a l l a m a r s e d e s d e s u e n t r a d a e n v i g o r R e p ú b l i c a Bolivariana de Venezuela) sino que reforzó el poder presidencial, entre otras medidassignificativas, como el mayor control estatal de la actividad económica o el de losmedios de comunicación. Asimismo, el nuevo texto constitucional proclamó que su principal objetivo era el de “refundar la República para establec er una sociedaddemocrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado”. Chávez juró el cargo el 19 de agosto siguiente yanunció su decisión de afrontar una profunda transformación de l as estructuraseconómicas y sociales del país. El 7 de noviembre de 2000 la Asamblea Nacionalaprobó la denominada Ley de Habilitación, que le facultaba para legislar por decretodurante un año en materias económica, social y de administración pública.El Proceso Bolivariano1.La propuesta ideológica bolivariana tiene como base la experiencia venezolana(gobierno de Hugo Chávez, Movimiento V República, Polo Patriótico).2.El eje bolivariano internacional (Venezuela no puede quedar aislada si intenta uncamino antiimperialista y anticapitalista o al menos anti neoliberal y por ello propone la Alianza Bolivariana de las Américas, frente al ALCA)) se orienta principalmente hacia Bolivia, Perú, Colombia, Brasil, Argentina, Par aguay,Uruguay, Ecuador y, obviamente, Venezuela.3.En otro frente internacional, la experiencia bolivariana hace de la amistad ycolaboración con Cuba un eje de su política exterior. Venezuela recibe muchoapoyo militante y profesional cubano (salud, seguridad, organización social) y Venezuelacontribuyeapaliarlosdéficitsdelaeconomíacubana órganos de protección y defensa de los derechos humanos Los órganos de derechos humanos
  • 9. Mecanismos para la protección y la promoción de derechos humanos El sistema de Naciones Unidas para la promoción y la protección de derechos humanos esta compuesto de dos tipos principales de órgano: órganos creados en virtud de la carta de la ONU, incluyendo la Comisión de Derechos Humanos, y órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos (órganos de tratados). La mayoría de estos órganos reciben la ayuda de la Secretaría de los Tratados y de la Comisión de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH). Órganos basados en la Carta de Naciones Unidas  Consejo de Derechos Humanos  Comisión de Derechos Humanos (CDH/CHR)  Procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos  Subcomisión para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos Órganos de tratados Hay siete órganos creados en virtud de los tratados de los derechos humanos que supervisan la implementación de los tratados internacionales de los derechos humanos:  Comité de Derechos Humanos (CCPR)  Comité de Derechos Económicas, Sociales y Culturales (CESCR)  Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD)  Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW)  Comité contra la Tortura (CAT)  Comité de los Derechos del Niño (CRC)  Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW)  Comité de los derechos de las personas con discapacidad (CRPD) Chasque aquí para una descripción general de los órganos de tratados de derechos humanos. Cuatro de los comités (CCPR, CERD, CAT y CEDAW) pueden, bajo ciertas condiciones, recibir peticiones de individuos que reclaman que los sus derechos bajo los tratados se han sido violados. Más información. Estos órganos coordinan sus actividades mediante una reunión anual de los presidentes de los órganos creados de tratados de derechos humanos y con la reunión entre comités'. Más información. Los órganos de tratados buscan continuamente maneras de realzar su eficacia a través de la racionalización y la armonización de sus métodos y prácticas de funcionamiento. Más información. Otros órganos de derechos humanos de la ONU Existen otros órganos importantes de la Naciones Unidas que se ocupan de la promoción y protección de derechos humanos. La OACDH trabaja estrechamente con estos órganos. Cada uno de ellos tiene su proprio Secretariado e incluyen:  La Asamblea General de las Naciones Unidas  La Tercer Comisión de la Asamblea General  El Consejo Económico y Social  La Corte Internacional de Justicia  Búsqueda Otras entidades de la ONU involucradas en la promoción y la protección de derechos humanos
  • 10. Muchas agencias y socios de Naciones Unidas también están implicados en la promoción y la protección de derechos humanos y obran recíprocamente con los órganos principales de los derechos humanos:  Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (UNHCR)  Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA)  Inter-Agency Internal Displacement Division  Organización Internacional del Trabajo (OIT)  Organización Mundial de la Salud (OMS)  Organización Educativa, Científica y Cultural de las Naciones Unidas (la UNESCO)  Programa Conjunto de la Naciones Unidas sobre HIV/AIDS (UNAIDS)  Comité Permanente entre Organismos (IASC)  Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (DESA)  Comisión de la Condición de la Mujer (CSW)  Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer (OSAGI)  División para el Adelanto de la Mujer (DAW)  Fondo de la Población De Naciones Unidas (UNFPA)  Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)  Fondo de desarrollo de Naciones Unidas para las mujeres (UNIFEM)  Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)  Organización de alimento y de agricultura de los Naciones Unidas (FAO)  Programa Humano De los Establecimientos De Naciones Unidas (HABITAT)  La Acción de las Naciones Unidas contra Minas