Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Ley N° 30512, publicada el 2 de noviembre de 2016, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los institutos de Educación Superior (IES) y escuelas de Educación Superior (EES) públicos y privados, a fin de que brinden una formación de calidad para el desarrollo integral de las personas, que responda a las necesidades del país, del mercado laboral y del sistema educativo y su articulación con los sectores productivos, que permita el desarrollo de la ciencia y la tecnología. Asimismo, regula el desarrollo de la carrera pública docente de los IES y EES públicos.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Ley N° 30512, publicada el 2 de noviembre de 2016, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los institutos de Educación Superior (IES) y escuelas de Educación Superior (EES) públicos y privados, a fin de que brinden una formación de calidad para el desarrollo integral de las personas, que responda a las necesidades del país, del mercado laboral y del sistema educativo y su articulación con los sectores productivos, que permita el desarrollo de la ciencia y la tecnología. Asimismo, regula el desarrollo de la carrera pública docente de los IES y EES públicos.
MINEDU publica las "Normas y Procedimientos para el Proceso de Selección, Evaluación y Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el período lectivo 2012".
Programa de Incorporacion gradual a la Carrera Publica Magisterial con Cronograma, Escala de haberes con cuadros comparativos segun el Ministerio de Educacion
Atte.
Edgar
Programa de Incorporacion Gradual a la Carrera Publica Magisterial Ley 29062, se considera Cronograma, Escala de haberes con cuadros comparativos; segun el Minesterio de Educacion.
Atte.
Edgar
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: En el Diario Oficial El Peruano del día de hoy 17 de enero de 2017 se ha publicado la Resolución Viceministerial N° 006-2017-MINEDU, mediante la que modifican Normas que regulan el Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos
Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Minsiterial N° 0617-2013-ED de 17 de diciembre de 2013 Establecen disposiciones aplicables al proceso de Reasignación por Interés Personal y Unidad Familiar, de personal docente en el cargo de profesor de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva.
ORIENTACIONES PARA LA DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE BRINDAN SERVICIOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA- MODALIDAD DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR, ÁMBITO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 05 – SAN JUAN DE LURIGANCHO – EL AGUSTINO 2009 - LIMA - PERÚ.
Normas y procedimientos para la contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el Periodo Lectivo 2009
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
1. MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD DE GESTION
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION ADMINISTRATIVA
DE LIMA METROPOLITANA AREA DE PERSONAL
Lima, 04 de Febrero del 2009
Visto, el Oficio Nº 343-2009-D-DRELM y demás
documentos, que se adjuntan en diecinueve (19) folios útiles.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-ED
de fecha 04.02.09, establecen Normas para la Contratación de Personal Docente en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva para
el año 2009 – Resolución Jefatural Nº 0161-2009-ED aprueban la Directiva Nº 013-2009-
ME/SG-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva en el Periodo
Lectivo 2009”;
Que, la contratación de Personal Docente en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico – Productiva para
el año 2009, se desarrolla en estricto orden de mérito, el cual se define mediante el
desarrollo de una Prueba Única Regional, atendiendo a los principios de calidad y capacidad
profesional, la que se elabora de acuerdo a la matriz diseñada por el Ministerio de Educación;
Que, la Séptima Disposición General del Comité de
Contratación, numeral 7.1 el Comité de Contratación está conformado por: Miembros
Titulares, el Director de la UGEL/DRE, quien lo preside, el Director/Jefe de Gestión
Pedagógica y el Especialista Administrativo en Personal como Secretario Técnico, Miembros
Alternos Director/Jefe de Gestión Institucional, Dos Especialistas en Educación de la
Dirección/Área de Gestión Pedagógica;
Que, mediante Oficio Nº 343-2009-D-DRELM, el
Despacho Directoral dispone conformar el Comité de Contratación de Personal Docente en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnica - Productiva del
ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, con la
finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Jefatural Nº 0161-2009-ED,
que aprueba la Directiva Nº 013-2009-ME/SG-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para la
Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico
– Productiva en el Periodo Lectivo 2009”;
Estando a lo dispuesto y a lo ejecutado por la
Unidad de Gestión Administrativa, Área de Personal mediante la Orden de Ejecución Nº
0156-2009-J-APER-UGA-DRELM; y,
De conformidad con la Ley Nº 28044 “Ley General
de Educación”, Ley Nº 24029 y su modificatoria Nº 25212, Ley Nº 29062 “Ley que modifica
la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial”, Ley Nº 29062, “Ley
que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial”, Ley Nº
29289 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”, D.S. Nº 019-90-ED
“Reglamento de la Ley del Profesorado”, D.S. Nº 003-2008-ED “Reglamento de la Ley Nº
29062, Resolución Jefatural Nº 0161-2009-ED, que aprueba la Directiva Nº 013-2009-
ME/SG-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva en el Periodo
Lectivo 2009” y las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 114-2001-ED
“Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Educación de Lima y del
Callao y de las Unidades de Servicios Educativos” y el Artículo 4º del D.S. Nº 023-2003-ED
que redefine la denominación de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana.
2. SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- CONFORMAR, el Comité de
Contratación de Personal Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y
Educación Técnica Productiva según lo dispuesto por la Directiva Nº 013-2009-ME/SG-OGA-
UPER “Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones
Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico – Productiva en el Periodo Lectivo 2009”,
aprobado por la Resolución Jefatural Nº 0161-2009-ED de la jurisdicción de la Dirección
Regional de Educación de Lima Metropolitana integrada de la siguiente manera:
MIEMBROS TITULARES
GUILLERMO EDITH GARCÍA SAMAMÉ PRESIDENTE
Director Regional de Educación de Lima Metropolitana
ROSA AMELIA RIVERA CORTEZ
Jefe (e) de la Unidad de Gestión Pedagógica
MIRTHA LUZ YAYA HERRERA SECRETARIO TECNICO
Jefe (e) del Área de Personal
Unidad de Gestión Administrativa
MIEMBROS ALTERNOS
EDINSÓN FERNANDO BRAVO SILVA
Jefe (e) de la Unidad de Gestión Institucional
LUZ VÁSQUEZ VALENTINO
Especialista en Educación
Unidad de Gestión Pedagógica
FELICIA CHÁVEZ PINEDA
Especialista en Educación
Unidad de Gestión Pedagógica
Establecer, que el Comité
ARTÍCULO 2°.-
conformado en el artículo precedente, dé estricto cumplimiento a lo dispuesto por la
Directiva Nº 013-2009-ME/SG-OGA-UPER.
Regístrese y Comuníquese.
ORIGINAL FIRMADO
GUILLERMO GARCÍA SAMAMÉ
Director Regional de Educación de Lima Metropolitana
GEGS/DRELM
LAVD/(E)JUGA
MLYH/(E)APER
Srdb
Proyecto Nº 0130-09