LOMCE aprobada en el Congreso 28 Noviembre 2013 (pag 21)
Rechazo prueba5adef
1. Att: DIRECCIÓN CEIP y/o
Att. DIRECCIÓN ÁREA TERRITORIAL MADRID-
Consejería de Educación, Junventud y Deporte
Comunidad de Madrid
C/
28 MADRID
- (nombre)
- (dirección)
- DNI:
Como padre/madre y tutor/a responsable de mi hijo/a de años , vengo a
manifestar mi RECHAZO a la prueba de evaluación externa de habilidades lecto-escritoras y de
conocimiento de operaciones numéricas y de cálculo, que se realizará el día de en el colegio, o en
cualquier otro momento que la autoridad educativa considera no tener que informarme previamente.
He sido informado/a de tal prueba como “ficha de Educación Infantil de cálculo y lectoescritura,
destinada a hacer un estudio general de funcionamiento de esta etapa en la Comunidad de
Madrid”, en los últimos días.
Que “dicha ficha la realizará mi hijo/a con el inspector que corresponde a nuestro centro junto
con la tutora”.
“Que no aparecerá en ella el nombre de los alumnos, ya que es anónima, y la corregirá
posteriormente la propia tutora”.
Conozco también que esta prueba de evaluación externa se aplicará sólo a una de las dos
aulas de Educación Infantil de 5 años del colegio.
Considere mi rechazo, PORQUE:
La Educación Infantil tiene carácter voluntario (artículo 2.2. Decreto 17/2008 de la
Comunidad de Madrid) y no es etapa obligatoria ni certifica titulación académica.
El artículo 15.2, afirma que la evaluación del aprendizaje del alumnado será “global, continua
y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del
proceso de evaluación”. En ningún momento se habla de pruebas evaluadoras externas, que
midan el grado de aprendizaje de estas dos materias de enseñanza.
El artículo 15.5 afirma que “la Consejería de Educación establecerá los criterios sobre el
proceso de evaluación del alumnado y sobre las decisiones que se deriven de dicho
proceso”. Pero no se habla en ningún momento de pruebas evaluadoras externas, sino de
criterios y decisiones.
El ANEXO I del Decreto 17/2008, habla de “lograr los objetivos propuestos al final del
segundo ciclo de la Educación Infantil y de llevar a cabo una valoración cualitativa de los
objetivos conseguidos y del nivel de madurez alcanzado por cada niño, como referencia
para la planificación e inicio de la Educación Primaria”. En ningún momento se cita una
prueba evaluadora externa.
Esta prueba convertida en “ficha” injustificada, carece de valor ni entiende de utilidad (al menos nadie
me la ha contado). La valoración cualitativa es un proceso continuo, no una prueba/dictado de
escritura, no una prueba/examen sobre series numéricas de números o sumas sencillas.
Si no sirve para nada; para qué.
Y si sirve la autoridad educativa nos habría explicado; su utilidad y seguimiento para la etapa de
Educación Primaria, ¿cómo afectará esta decisión a mi hijo/a? ¿Servirá para clasificarle y destinarle a
centros que discriminen entre niños y niñas que sepan leer y escribir sin faltas de ortografía y sepan
sumar sin equivocarse?, por qué una clase sí y otra no, qué utilidad tiene la prueba para niños/as con
capacidades diferentes/necesidades educativas desde los 3 años hasta aquí,…
Por todas estas razones, como representante legal de , me opongo y no
autorizo a que se pase esta prueba externa, evaluación externa, ficha,… o cuantos otras
denominaciones pudiera adoptar. Informándole que tomaré cuantass acciones legales sean
necesarias en caso que se realice sin mi consentimiento.
Así se lo hago constar en , a de 201 .
Firmado: