El documento describe el régimen de reembarque según la ley y reglamento aduanero peruanos. El régimen permite la salida de mercancías al exterior desde el territorio aduanero si no están en situación de abandono. Las mercancías deben salir del país dentro de los 30 días de la declaración de reembarque. Se pueden reembarcar mercancías prohibidas, restringidas, deterioradas o que no cumplan con el fin de su importación.