El documento describe el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Este registro tiene como objetivo registrar y actualizar la constitución, modificación, disolución o extinción de personas jurídicas sin fines de lucro. El documento también explica los procedimientos para la migración de datos de organizaciones a este registro desde las municipalidades, así como los requisitos y formularios necesarios para realizar inscripciones, modificaciones y disoluciones en el registro.
El documento describe la importancia del Registro Nacional de Turismo en Colombia. 1) El registro es obligatorio para los prestadores de servicios turísticos y debe actualizarse anualmente. 2) La actualización del registro se realiza del 1 de enero al 31 de marzo a través de la página web RUE o en las Cámaras de Comercio. 3) El trámite de inscripción no tiene costo pero se debe pagar un impuesto de registro departamental que varía entre 2 y 4 salarios mínimos diarios.
El documento describe los pasos para constituir una empresa en Perú, incluyendo la inscripción en los Registros Públicos, obtener el RUC de la SUNAT, y la licencia de funcionamiento de la municipalidad. Se requieren documentos como la escritura pública, el RUC, y comprobantes de pago para cada trámite. Los trámites toman aproximadamente 35 días y permiten a la empresa funcionar legalmente.
Diana carolina leon umbarila - actividad de construccion aplicada 2 - AMISPDiana Leon
El documento describe varios sistemas de información del sector público colombiano como SIGEP, SIIF, Secop, SUIFP y la Metodología General Ajustada. SIGEP contiene información sobre el talento humano al servicio de las organizaciones públicas. SIIF integra los procesos relacionados con la programación y ejecución presupuestal de las entidades públicas. Secop permite consultar información sobre procesos de contratación del Estado. SUIFP integra la información de los proyectos de inversión pública y SIIF los articula
Novedades legislativas en entidades sin finalidad lucrativaJDA SFAI
La reforma fiscal introduce cambios en las deducciones por donaciones, añade una nueva deducción por apoyo a espectáculos en vivo, y equipara las asociaciones a las entidades mercantiles para el Impuesto sobre Sociedades. Además, obliga a todas las entidades a presentar declaración del impuesto y llevar contabilidad oficial según criterio de devengo. Finalmente, la ley de transparencia requiere publicar información a aquellas entidades que reciban fondos públicos superiores a ciertos umbrales.
Para crear una empresa en España, se deben realizar varios trámites con diferentes organismos como el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria, el Ministerio de Trabajo e Inmigración, el Registro Mercantil y la Cámara de Comercio. Estos trámites incluyen obtener una certificación negativa de denominación social, abrir una cuenta bancaria, solicitar licencias, darse de alta en la seguridad social y en impuestos, y registrar la empresa.
1. Para constituir legalmente una sociedad mercantil se requiere obtener un certificado negativo de denominación, realizar una escritura pública de constitución ante notario, presentar una autoliquidación de impuestos, solicitar un número de identificación fiscal y registrar la sociedad en el Registro Mercantil.
2. Una vez constituida legalmente la sociedad, se deben realizar trámites fiscales como darse de alta en el impuesto de actividades económicas y presentar declaraciones censales, así como trámites socio-laborales como dar
El documento habla sobre la Agenda Digital 2.0 y la Administración Tributaria en el Perú. La Agenda 2.0 define una visión para desarrollar la sociedad de la información en el país a través de objetivos y estrategias de las instituciones públicas. La Administración Tributaria (SUNAT) es una institución pública encargada de recaudar impuestos y facilitar el comercio exterior. Tiene como objetivos promover el cumplimiento tributario voluntario, facilitar el comercio exterior, reducir el incumplimiento tributario y fortalec
El documento describe la importancia del Registro Nacional de Turismo en Colombia. 1) El registro es obligatorio para los prestadores de servicios turísticos y debe actualizarse anualmente. 2) La actualización del registro se realiza del 1 de enero al 31 de marzo a través de la página web RUE o en las Cámaras de Comercio. 3) El trámite de inscripción no tiene costo pero se debe pagar un impuesto de registro departamental que varía entre 2 y 4 salarios mínimos diarios.
El documento describe los pasos para constituir una empresa en Perú, incluyendo la inscripción en los Registros Públicos, obtener el RUC de la SUNAT, y la licencia de funcionamiento de la municipalidad. Se requieren documentos como la escritura pública, el RUC, y comprobantes de pago para cada trámite. Los trámites toman aproximadamente 35 días y permiten a la empresa funcionar legalmente.
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El documento describe varios sistemas de información del sector público colombiano como SIGEP, SIIF, Secop, SUIFP y la Metodología General Ajustada. SIGEP contiene información sobre el talento humano al servicio de las organizaciones públicas. SIIF integra los procesos relacionados con la programación y ejecución presupuestal de las entidades públicas. Secop permite consultar información sobre procesos de contratación del Estado. SUIFP integra la información de los proyectos de inversión pública y SIIF los articula
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Para crear una empresa en España, se deben realizar varios trámites con diferentes organismos como el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria, el Ministerio de Trabajo e Inmigración, el Registro Mercantil y la Cámara de Comercio. Estos trámites incluyen obtener una certificación negativa de denominación social, abrir una cuenta bancaria, solicitar licencias, darse de alta en la seguridad social y en impuestos, y registrar la empresa.
1. Para constituir legalmente una sociedad mercantil se requiere obtener un certificado negativo de denominación, realizar una escritura pública de constitución ante notario, presentar una autoliquidación de impuestos, solicitar un número de identificación fiscal y registrar la sociedad en el Registro Mercantil.
2. Una vez constituida legalmente la sociedad, se deben realizar trámites fiscales como darse de alta en el impuesto de actividades económicas y presentar declaraciones censales, así como trámites socio-laborales como dar
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Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos del contenido del documento sobre el diplomado "Gestión de procesos contables en municipios". Explica los principales procesos contables como la contabilización de ingresos, egresos y recursos recibidos. También cubre temas como la normativa legal, tipos de cuentas, decretos de pago y la contabilización de servicios incorporados o traspasados a las municipalidades.
Pasos para legalizar una empresa en colombiadariobarreram
Este documento describe los pasos para legalizar una empresa en Colombia, incluyendo la creación de una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio. Detalla los requisitos como el Registro Único Tributario, Registro Único Empresarial, y registro mercantil ante la Cámara de Comercio, así como consultas requeridas sobre el nombre, actividad económica y uso de suelo.
El documento proporciona información sobre los pasos para registrar una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio ante la Cámara de Comercio. Describe los documentos necesarios como el formulario RUT, RUE y de matrícula mercantil, y los trámites como consultas de nombre, código CIIU y uso de suelo.
El documento proporciona información sobre los pasos para registrar una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio ante la Cámara de Comercio. Describe los documentos necesarios como el formulario RUT, RUE y de matrícula mercantil, y los trámites como consultas de nombre, código CIIU y uso de suelo.
Este documento describe los requisitos y procedimientos para solicitar y mantener la declaración de utilidad pública para una asociación en España. Explica que las asociaciones deben solicitar formalmente la declaración y presentar documentación como memorias de actividades, cuentas anuales y certificaciones. También deben rendir cuentas anualmente dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio para mantener su estado.
Este documento explica los requisitos y procedimientos para que una asociación sea declarada de utilidad pública en España. Detalla los pasos para solicitar la declaración, incluyendo la documentación requerida como memorias de actividades, cuentas anuales, y certificaciones tributarias y de la Seguridad Social. También explica la obligación anual de las asociaciones declaradas de utilidad pública de rendir cuentas dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio económico.
Gestion Municipal Subdere Academia Municipal y RegionalNelson Leiva®
La Subdere creó esta academia con la finalidad de capacitar tanto a funcionarios, autoridades políticas y Cores para lograr una eficiente cobertura de servicios que beneficien a la comunidad de todo el país.
Sistemas de informacion del sector publicoasael2013
El documento describe los sistemas de información del sector público en Colombia. Explica que el Gobierno en Línea ofrece acceso unificado a información, trámites y servicios estatales a través de portales web. También compara los avances de Colombia con otros países y describe servicios disponibles como consultas de trámites. Finalmente, analiza ventajas como acceso a la administración pública y desventajas como falta de cobertura de internet.
Informe de Gestión Coordinación Nal Eliana Santos Echavarría octubre 2013Eliana Santos
El informe de gestión resume las actividades realizadas por la Coordinadora Nacional de la Red Colombiana de Semilleros de Investigación (RedCOLSI) entre 2012 y 2013. Durante este periodo se actualizó la situación legal de la organización, se ampliaron los sistemas de información, y se fortaleció el trabajo en red entre los diferentes nodos del país.
Las entidades estatales o instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro presentan ante las diferentes sedes administrativas de la SUNAT .
Pasos para constituir su empresa como persona jurídicacies
Para crear una empresa jurídica en Bogotá se deben seguir 6 pasos: 1) Recibir asesoría, 2) Hacer consultas previas y reunir documentos, 3) Obtener el Registro Único Tributario (RUT) de la DIAN, 4) Elaborar el documento de constitución ya sea por minuta o escritura pública, 5) Diligenciar formularios como el Registro Único Empresarial y Social (RUES), y 6) Formalizar el registro en la Cámara de Comercio de Bogotá y cancelar los
El documento resume los pasos para constituir una empresa en Perú. Explica que primero se debe registrar la empresa en los Registros Públicos, obteniendo el RUC de la Sunat, y la licencia municipal. Luego, detalla cada uno de estos trámites, incluyendo los requisitos, formularios, tasas y plazos para la inscripción registral, obtención del RUC, y licencia municipal de funcionamiento.
El documento resume los pasos para constituir una empresa en Perú. Explica que primero se debe registrar la empresa en los Registros Públicos, obteniendo el RUC de la Sunat, y la licencia municipal. Luego, detalla cada paso requerido como presentar formularios específicos, pagar tasas, cumplir con plazos de aprobación, y obtener comprobantes de pago autorizados.
El documento explica el proceso de constitución de una empresa en Perú. Define los tipos de sociedades y empresas individuales reconocidas legalmente, y describe los pasos y requisitos para registrar una empresa, incluyendo la inscripción en los registros públicos y la obtención del RUC ante la Sunat.
El documento describe los pasos para constituir una empresa en Perú. Define los tipos de sociedades y empresas individuales reconocidas legalmente y explica los requisitos para registrar una empresa, incluyendo la presentación de documentos ante los Registros Públicos y la Sunat para obtener el RUC.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos del contenido del documento sobre el diplomado "Gestión de procesos contables en municipios". Explica los principales procesos contables como la contabilización de ingresos, egresos y recursos recibidos. También cubre temas como la normativa legal, tipos de cuentas, decretos de pago y la contabilización de servicios incorporados o traspasados a las municipalidades.
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Este documento describe los pasos para legalizar una empresa en Colombia, incluyendo la creación de una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio. Detalla los requisitos como el Registro Único Tributario, Registro Único Empresarial, y registro mercantil ante la Cámara de Comercio, así como consultas requeridas sobre el nombre, actividad económica y uso de suelo.
El documento proporciona información sobre los pasos para registrar una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio ante la Cámara de Comercio. Describe los documentos necesarios como el formulario RUT, RUE y de matrícula mercantil, y los trámites como consultas de nombre, código CIIU y uso de suelo.
El documento proporciona información sobre los pasos para registrar una persona natural, persona jurídica o establecimiento de comercio ante la Cámara de Comercio. Describe los documentos necesarios como el formulario RUT, RUE y de matrícula mercantil, y los trámites como consultas de nombre, código CIIU y uso de suelo.
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Las entidades estatales o instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro presentan ante las diferentes sedes administrativas de la SUNAT .
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El documento resume los pasos para constituir una empresa en Perú. Explica que primero se debe registrar la empresa en los Registros Públicos, obteniendo el RUC de la Sunat, y la licencia municipal. Luego, detalla cada uno de estos trámites, incluyendo los requisitos, formularios, tasas y plazos para la inscripción registral, obtención del RUC, y licencia municipal de funcionamiento.
El documento resume los pasos para constituir una empresa en Perú. Explica que primero se debe registrar la empresa en los Registros Públicos, obteniendo el RUC de la Sunat, y la licencia municipal. Luego, detalla cada paso requerido como presentar formularios específicos, pagar tasas, cumplir con plazos de aprobación, y obtener comprobantes de pago autorizados.
El documento explica el proceso de constitución de una empresa en Perú. Define los tipos de sociedades y empresas individuales reconocidas legalmente, y describe los pasos y requisitos para registrar una empresa, incluyendo la inscripción en los registros públicos y la obtención del RUC ante la Sunat.
El documento describe los pasos para constituir una empresa en Perú. Define los tipos de sociedades y empresas individuales reconocidas legalmente y explica los requisitos para registrar una empresa, incluyendo la presentación de documentos ante los Registros Públicos y la Sunat para obtener el RUC.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
2. I. Ley N° 20.500 y Función del
Servicio de Registro Civil e
Identificación.
3. I. Aspectos Generales
LEY 20.500
• El Servicio de Registro Civil e Identificación tendrá a su cargo
el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro,
cuyo objetivo será registrar y actualizar los antecedentes
relativos a la constitución, modificación, disolución o extinción
de las personas jurídicas.
• Este Registro tendrá el carácter de electrónico y centralizado.
• El Servicio certificará, a petición de cualquier interesado, la
vigencia de las personas jurídicas registradas, así como la
composición de sus órganos de dirección y administración.
4. REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS JURÍDICAS
SIN FINES DE LUCRO
Creado a partir de Ley N° 20.500 “Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública“.
A cargo de este Servicio a partir del 16 de febrero del
año 2012, fecha de entrada en vigencia de la Ley N°
20.500.
Su Reglamento mediante el Decreto N°84-2013 del
Ministerio de Justicia. Publicado el 18 de Julio de 2013.
La Unidad depende del Departamento de Archivo
General desde enero 2016.
6. FUNCIONES: De acuerdo a lo dispuesto en la Res. Exenta N° 0012 de
18.01.2016:
Controlar y evaluar el ingreso automático de la información remitida por
los secretarios municipales u otros organismos públicos, a través del
Sistema Automatizado de Personas Jurídicas sin fines de lucro, como
asimismo, de aquella información recibida directamente en las Oficinas
del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Gestionar el Registro y mantener las inscripciones de Personas Jurídicas
sin fines de lucro, constituidas, modificadas, disueltas o extinguidas.
Informar a nivel nacional en todos los temas relativos a Personas
Jurídicas sin fines de lucro en coordinación con los pronunciamientos de
la Subdirección Jurídica del Servicio.
UNIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES de LUCRO
7. UNIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES de LUCRO
Gestionar correspondencia con los Tribunales de Justicia, Organismos
Públicos, Municipalidades o con cualquier interesado respecto del
contenido del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro.
Colaborar con los Directores del Servicio, las Municipalidades, y otros
organismos públicos, en todas aquellas materias relacionadas con el
Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro.
Informar mediante un “Informe de Similitud de Nombre” la existencia
de Fundaciones y Corporaciones, cuyo nombre sea idéntico o similar
con otras entidades que se encuentren inscritas en el Registro, de
conformidad al artículo 548-3 del Código Civil.
9. a) Poblamiento migratorio
En una primera etapa, el Registro fue poblado mediante un proceso de migración
de datos electrónicos, desde el Ministerio de Justicia y 345 Secretarias
Municipales.
Actualmente, en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro se
inscriben:
1. Las asociaciones y fundaciones constituidas, modificadas, disueltas o
extinguidas conforme a lo dispuesto en el Título XXXIII del Libro I del Código
Civil.
2. Las organizaciones comunitarias funcionales, juntas de vecinos y uniones
comunales constituidas, modificadas, disueltas o extinguidas conforme a la Ley
N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
3. Las demás personas jurídicas sin fines de lucro regidas por leyes especiales:
N° 19.712 (Deporte), N° 19.638 (Culto) , N° 19.253 (Indígena).
10. 4.- Demás personas jurídicas sin fines de lucro que, conforme a las normas
especiales que las regulan, deban requerir su inscripción en el Registro:
Así durante los años 2017 y 2018, se han incorporado las siguientes:
a) Ley N°20.980 Permite la transformación de los Institutos Profesionales y
Centros de Formación Técnica en personas jurídicas sin fines de lucro.
b) Ley N°20.845 de Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las
estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en
establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.
c) Ley N° 21.107 Modifica la ley N°20.248, que Establece una Subvención
Escolar Preferencial, para facilitar la transformación de las entidades
pedagógicas y técnicas de apoyo a personas jurídicas sin fines de lucro.
11. TENER PRESENTE QUE:
• Los Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, previamente, deben
registrarse en el Ministerio de Educación.
• Para efectos de ley 20.845, tratándose de sostenedores particulares, éstos deberán
estar constituidos como corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines
de lucro de acuerdo al Título XXXIII del Libro I del Código Civil.
• Para efectos de Ley 21.107, las entidades pedagógicas y técnicas de apoyo que se
hayan transformado de conformidad a esta ley, esto es, estar constituidos como
corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro de acuerdo al
Título XXXIII del Libro I del Código Civil, deberán informar y remitir al Ministerio de
Educación copia del instrumento en donde consta el acto y del certificado de
vigencia de la inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de
Lucro emitido por este Servicio de Registro Civil e Identificación e informar a la
oficina del Servicio de Impuestos Internos que corresponda.
12. b) Migración y Actualización del Registro
• Actualmente, existen 29 Secretarías Municipales
pendientes por efectuar la migración de datos.
• Mediante Oficio N°86 de fecha 06 de marzo de 2019,
se procedió a reiterar el procedimiento para efectos de
realizar la migración.
• Por otra parte, a las 316 Secretarías Municipales que
efectuaron la migración por planilla o formularios, se
les envió el Oficio N°132 de fecha 26 de marzo de
2019, reiterando el procedimiento de actualización y
respaldo digital.
13. c) Procedimiento para Migración de inscripciones
• Mediante planilla Excel, la cual contiene ciertos parámetros
necesarios para efectos de registrar la organización, su respectivo
directorio y otorgar el número de inscripción.
• Las Secretarías Municipales interesadas en efectuar la migración,
deberán solicitar la planilla al correo karagon@registrocivil.gob.cl.
• Una vez registradas las organizaciones, la Unidad procederá a enviar
la planilla con los números de inscripción, a fin que estos sean
incorporados en su propio registro y en los Formularios para
futuras modificaciones.
• El número de inscripción es nacional y correlativo, actualmente, se
otorga desde la enumeración 290.000.
14. d) Procedimiento para Migración de directorios
• Plan de contingencia meses junio-julio-agosto 2019: Planilla Excel y documentos
fundantes en CD, correspondiente a:
• Directorios pendientes años 2012 al 2018.
• Directorios actuales: Mediante planilla Excel cada 10 días.
• Las Secretarías Municipales interesadas en efectuar la migración, deberán solicitar
la planilla al correo karagon@registrocivil.gob.cl.
• Remitir el CD por carta certificada a Catedral N°1772-Santiago, o por Oficina
comunal, a nombre de Katty Aragón-Unidad de Personas Jurídicas sin fines de
lucro.
• Una vez registradas las organizaciones, la Unidad procederá a enviar la planilla con
los números de inscripción, a fin que estos sean incorporados en su propio registro
y al Portal de Transparencia, o bien, la planilla de directorios cargada para efectos
de emitir los certificados.
• El número de inscripción es nacional y correlativo, actualmente, se otorga desde la
enumeración 290.000.
20. c) Procedimiento para Respaldo Digital
• La Ley N°21.146 publicada recientemente, en su artículo 2°, letra d) ordena que:
“Será obligación de las municipalidades enviar mensualmente al Servicio de
Registro Civil e Identificación una copia con respaldo digital de los registros
públicos señalados en los incisos primero y segundo de este artículo, para efectos
de mantener actualizado el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de
Lucro”.
• Se trata del mismo respaldo digital semestral que las Secretarías Municipales
remiten actualmente al Servicio, el cual contiene las organizaciones comunitarias
que fueron actualizadas y remitidas mediante el formulario físico durante ese
periodo, y que de conformidad a la nueva normativa deberá remitirse en forma
mensual.
• Se trata de un respaldo para archivo.
• Remitir el CD por carta certificada a Catedral N°1772-Santiago, o por Oficina
comunal, a nombre de Katty Aragón-Unidad de Personas Jurídicas sin fines de
lucro.
• La planilla Excel, puede ser el mismo formato de la migración, actualizado
mensualmente.
24. LLENADO DEL FORMULARIO
• Remitir Formularios con todos los datos debidamente completados, incluyendo el
N° de inscripción otorgado por el Servicio. No alterar el formato. Disponible en PDF
modificable, gratuito, por pagina web.
• Previo a remitir actualizaciones, se sugiere verificar que la organización se
encuentre inscrita, mediante la planilla publicada en www.registrocivil.cl
• Al no registrar inscrita, se deben adjuntar los documentos de constitución y el
último directorio, mediante un solo Formulario, y marcar ambas opciones.
• Verificar además, el último directorio registrado en este Servicio, mediante la
emisión gratuita del certificado disponible en www.registrocivil.cl, a fin que sean
remitidas las modificaciones que correspondan al directorio.
• Verificar N° RUN de los miembros del directorio, con la respectiva cédula de
identidad o certificado de antecedentes.
• Verificar el domicilio registrado en el certificado, si es necesario actualizar, debe
indicarse en el mismo Formulario.
• El Registro se actualiza según lo que se requiera en el respectivo Formulario, y
autorizado por la Secretaría Municipal.
25. a) Requisitos de Solicitud
INSCRIPCIÓN
CORPORACIONES, FUNDACIONES U ONG.
a) Formulario de Inscripción.
b) Copia de los Estatutos autorizada por Notario Público,
Oficial Civil o Secretario(a) Municipal.
c) Copia del Acta de Constitución autorizada por Notario
Público, Oficial Civil o Secretario(a) Municipal.
d) Copia del Acta de Elección del Directorio autorizada por
Notario Público, Oficial Civil o Secretario(a) Municipal.
e) Autorización del (la) Secretario(a) Municipal para que el (la)
interesado solicite directamente la inscripción o
subinscripción.
26. INSCRIPCIÓN
ORGANIZACIONES COMUNITARIAS VECINALES LEY 19.418
a) Formulario de Inscripción.
b) Copia de los Estatutos autorizada por Notario Público, Oficial Civil o
Secretario(a) Municipal.
c) Copia del Acta de Constitución autorizada por Notario Público, Oficial
Civil o Secretario(a) Municipal.
d) Copia del Acta de Elección del Directorio autorizada por Notario Público,
Oficial Civil o Secretario(a) Municipal.
e) Autorización del (la) Secretario(a) Municipal para que el (la)
interesado(a) solicite directamente la inscripción o subinscripción.
f) Certificado de Adquisición de la Persona Jurídica o Certificado de
Depósito otorgado por el (la) Secretario(a) Municipal.
27. ACTUALIZACION DE DIRECTORIO
CORPORACIONES, FUNDACIONES U ONG
a) Formulario de Inscripción.
b) Copia del Acta de Elección del Directorio
autorizada por Notario Público u Oficial Civil.
c) Autorización del (la) Presidente(a) para que un
tercero solicite directamente la modificación y/o
actualización.
Las actualizaciones de directorio de las Asociaciones, Fundaciones u
ONG, NO requieren autorización del Secretario Municipal.
28. ACTUALIZACION DE DIRECTORIO
ORGANIZACIONES COMUNITARIAS VECINALES LEY
19.418
a) Formulario de Inscripción.
b) Copia del Acta de Elección del Directorio
autorizada por Notario Público, Oficial Civil o
Secretario(a) Municipal.
c) Autorización del (la) Secretario(a) Municipal para
que el (la) interesado(a) solicite directamente la
modificación o actualización del directorio.
29. ACTUALIZACION DE DIRECTORIO
LEYES ESPECIALES: N° 19.712 (Deporte), N° 19.638
(Culto), N°19.253 (Indígena)
a) Formulario de Inscripción.
b) Copia del Acta de Elección del Directorio autorizada por
Notario Público u Oficial Civil.
c) Autorización del órgano competente para que el (la)
interesado(a) solicite directamente la modificación o
actualización del directorio.
30. Procedimiento
Inscripción o
Subinscripción en
el Registro de
Personas
Jurídicas
INGRESO DE SOLICITUD, MODIFICACIÓN O DISOLUCIÓN DE UNA PERSONA JURÍDICA SIN FINES DE
LUCRO
Oficina SRCeI
Municipalidad, Organismo
Público o Interesado(a)
Unidad Persona Jurídica
F
a
s
e
Fase
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN,
MODIFICACIÓN O DISOLUCUÓN
DE PERSONA JURÍDICA
COMPLETA FORMULARIO
RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE
FORMULARIO Y
DOCUMENTOS
FUNDANTES
PRE-INGRESO A LA BASE
DE DATOS
DESPACHO DE FORMULARIO
Y DOCUMENTOS
FUNDANTES DE UNIDAD
PERSONA JURÍDICA
RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE
FORMULARIO Y
DOCUMENTOS
FUNDANTES
INGRESO A LA BASE
DE DATOS
CUMPLE CON LOS
REQUISITOS
RECEPCIÓN DE
FORMULARIO Y
DOCUMENTACIÓN
RECHAZADA
ARCHIVO DE LA
DOCUMENTACIÓN
SI
DEVUELVE A QUIEN
CORRESPONDA (SECRETARIO(A)
MUNICIPAL O INTERESADO)
PROCEDE CON LA
INSCRIPCIÓN,
MODIFICACIÓN O
DISOLUCIÓN DE LA
PERSONA JURÍDICA
NO
32. a) Ingreso de Solicitudes en Oficinas
• El (la) funcionario(a) recibirá el formulario y los documentos que lo
acompañan, y realizará un pre-ingreso a la base de datos, mediante
la aplicación propia de la Oficina
• Una vez que se ingresa la solicitud, el sistema asignará un Folio
(número) , correlativo por año y para cada Oficina del Servicio.
• “TIPO DE SOLICITUD”, el Sistema, en ocasiones no permite ingresar
“modificaciones” al anotar el número de inscripción. No reconoce el
N° con el Nombre de la Persona Jurídica.
• En este caso, se debe ingresar como “Inscripción” y anotar con lápiz
el Número de Inscripción.
33. • Ingresada la solicitud a la base de datos, el sistema emitirá 2
comprobantes uno de ellos debe ser entregado al (la) solicitante como
respaldo de su actuación y el otro se deberá remitir junto con la
documentación a la Unidad de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, en
forma diaria.
34. El seguimiento del despacho desde la Oficina hasta la recepción de
la Unidad de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, se realiza a
través del Folio, Fecha y Oficina, los cuales son generados por
sistema computacional, no a través del memorándum conductor.
El plazo es dentro de 15 días hábiles, contados desde que se
recepcionan las solicitudes en la Unidad.
35. Tener presente:
Las Secretarias Municipales que remitan una cantidad de
solicitudes diarias, y que la Oficina genere los
comprobantes durante la jornada laboral, y no en forma
inmediata, es necesario que concurran a retirar los
comprobantes, previa coordinación con la Oficina.
Las suspensiones de las solicitudes, que requieran
subsanación por parte de la Secretaría Municipal, se
remiten en sobre blanco dirigido a la misma Secretaría,
funcionando como buzón nuestras Oficinas, por tanto, es
necesario que concurran a retirar la correspondencia.
36. b)Ingreso de Solicitudes en Unidad
• La Unidad de Personas Jurídicas, una vez que recepciona la
documentación, verificará la procedencia, y determinara la factibilidad
de la inscripción, modificación o disolución, o bien, la suspensión del
procedimiento (por ejemplo: la omisión de algún dato o documento
indispensable que permita su ingreso al Registro de Personas Jurídicas
sin Fines de Lucro), notificando al órgano de origen de la solicitud, esto
es, Oficina o Secretaría Municipal, mediante oficio conductor que indica
la causal de suspensión y devuelve documentos.
• Una vez subsanado el reparo y presentado nuevamente la
documentación en la respectiva oficina, la oficina deberá remitirlo con
el mismo número de Folio que el sistema le asignó primitivamente.
• Independiente de la cantidad de reparos o rechazos siempre se debe
mantener el número de Folio asignado por el sistema, lo que permitirá
el seguimiento de la solicitud.
38. Emisión del Informe de no Coincidencia o
Similitud de Nombre
Es función de este Servicio, a través de la Unidad de Personas jurídicas sin
Fines de Lucro, emitir el Informe de no Coincidencia o Similitud de Nombre,
conforme lo establecido en el artículo 548-3 inciso 2° del Código Civil, el que
dispone: “El nombre de las personas jurídicas a que se refiere este Título
deberá hacer referencia a su naturaleza, objeto o finalidad.
El nombre no podrá coincidir o tener similitud susceptible de provocar
confusión con ninguna otra persona jurídica u organización vigente, sea
pública o privada, ni con personas naturales, salvo con el consentimiento
expreso del interesado o sus sucesores, o hubieren transcurrido veinte años
desde su muerte.”
El Informe de no Coincidencia o Similitud de Nombre, solo será necesario
cuando se trate de Corporaciones o Fundaciones, y debe presentarse al
momento de constituirse la Corporación o Fundación en el municipio
respectivo.
39. Emisión del Informe de no Coincidencia o
Similitud de Nombre
• El (la) requirente es quien deberá completar el formulario Solicitud de
Informe: No Coincidencia o Similitud de Nombre, el cual se encuentra
disponible en www.registrocivil.cl
• El requirente deberá presentar la solicitud directamente en la Oficina de
Registro Civil.
• El nombre se solicita indicarse con letras y/ números. Evitar caracteres como:
@ ¨, *.
• El plazo de respuesta será dentro de 07 días hábiles, contados desde la
recepción en la Unidad y será remitida al usuario en el formato que este
señale en la solicitud, para lo cual deberá marcar solo una opción: Retiro por
mano, Retiro en oficina o Correo electrónico.
• Este Informe no tiene plazo de caducidad, encontrándose sujeto a la opinión
del (la) Secretario Municipal respectivo, toda vez que, el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro es actualizado segundo a segundo.
42. Certificado de vigencia de las personas
jurídicas.
Certificado de la composición de los órganos de
dirección y administración.
Actualmente los certificados se emiten en nuestras
oficinas a nivel nacional , en sitio web Institucional, APP
Móvil y próximamente en los Tótem Civil Digital, en
forma gratuita.
Las “Reformas de Estatutos”, aun no se reflejan en los
certificados. Se emite un Oficio de Notificación al
Secretario Municipal.
Emisión de Certificados
45. Los números de inscripción se encuentran publicados en
nuestro sitio web www.registrocivil.cl
Banner:
- Se publican en planilla Excel comprimida win rar.
- Se actualiza al día 15 de cada mes.
- Es de acceso público y siempre están disponibles para su
revisión.
Número de Inscripción
51. VIII. Atención y apoyo de la Unidad
de Personas Jurídicas sin Fines de
Lucro
52. Carta de usuarios (as) y
derivaciones de otros
servicios públicos
• 16 Direcciones Regionales
• 479 Oficinas
• 345 Secretarias Municipales
• Organismos Públicos
www.registrocivil.cl
“Contáctenos”
Ley de
Transparencia
Atención de usuarios
53.
54. Atención de Secretarías Municipales
Las consultas sobre N° de Inscripción o Estado de Trámite o Reparos,
se reciben mediante correo electrónico a karagon@registrocivil.gob.cl
del Secretario Municipal, o funcionario autorizado.
Las consultas sobre procedimiento, se reciben vía telefónica
(56) 22 611 4868 / (56) 22 611 4932 // (56) 22 611 4937 y correo
electrónico.
Las solicitudes de “reconsideración” se reciben mediante el re ingreso
de la solicitud.
Los correos se responden dentro de un plazo de 5 días hábiles.
Se solicita NO reiterar los correos antes de ese plazo.
El plazo de las solicitudes de urgencia dependen de la recepción física
de la solicitud en la Unidad, y se debe indicar motivo.
55. Atención de Secretarías Municipales
Informar oportunamente los datos del o la Secretario(a) Municipal y
del funcionario responsable, al correo electrónico
karagon@registrocivil.gob.cl
Datos: Nombre, Teléfono, mail, funcionario y domicilio Secmu.
Mantener los registros actualizados, comunicándose las
organizaciones no vigentes, a fin de efectuar al disolución.
Remitir mediante Formulario u Oficio , el Decreto y listado de las
organizaciones no vigentes con su respectivo número de inscripción
en el Registro Civil.
56. Personas Jurídicas que NO
corresponden al Registro Nacional
• Gremios
• Sindicatos
• Condominios
• Educación DFL 2 año 1998
• Especial de Damas
• Filiales(excepto con autorización de su
Corporación)
• Canónicos
57. Documentos que NO corresponden al
Registro Nacional
• Balances
• Memorias
• Listado de Socios
• Listado de Firmas
• Votos
• Fotos
59. PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Cómo puedo obtener el número de registro de la persona
jurídica?
Los números de inscripción se encuentran publicados en la
página web en el Banner de Registro Nacional de Personas
Jurídicas sin Fines de Lucro, al final de pagina está el enlace
directo a Gobierno Transparente donde puede acceder a la
Planilla RPJ.
La planilla es histórica: años 2012 a la fecha, y es actualizada
al 30 o 31 del mes anterior y publicada el día 15 de cada mes.
Antes que se actualice la planilla, el usuario podrá consultar
en la opción “Consulta” disponible en el Banner de este
Registro, o llamando por call center.
Es de acceso público.
60. PREGUNTAS FRECUENTES
2. ¿Cómo y dónde puedo obtener un Certificado de similitud?
• El Informe de Similitud se solicita en cualquier Oficina de
Registro Civil.
• El usuario deberá presentar el Formulario completado y
firmado con letra clara e imprenta.
• El Formulario se encuentra disponible en el sitio web-
Tramites “Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”.
• Plazo de respuesta: 07 días hábiles.
• El usuario podrá consultar el “estado de tramite”, ingresando
un contacto en la pagina web o llamando al call center.
61. PREGUNTAS FRECUENTES
3. ¿Qué certificará el Servicio de Registro Civil e
Identificación?
• El Registro Civil otorga certificados de vigencia de las
personas jurídicas y de directorio.
• Los cuales se solicitan: En cualquiera de las 475 oficinas
del Servicio, o a través de www.registrocivil.cl
• Para obtenerlo, debe conocer el número de registro de
la persona jurídica otorgado por este Servicio.
• Cualquier persona puede solicitar certificados y el
gratuito.
62. PREGUNTAS FRECUENTES
4. El certificado aparece con errores, ¿quién y dónde se puede
solicitar la corrección?
• El Secretario Municipal o funcionario autorizado podrá
solicitar la rectificación mediante correo a la jefatura,
señalando Nombre de la organización, N° de inscripción, el
error, folio y fecha de envío.
• Plazo respuesta: dentro de 5 días hábiles.
• El usuario podrá solicitarlo directamente, ingresando un
contacto en pagina web indicando: Nombre de la
organización, N° de inscripción y el error.
63. PREGUNTAS FRECUENTES
5. ¿Dónde se solicita la inscripción?
• En cualquiera de las oficinas del Registro Civil, para lo
cual se debe acompañar el formulario elaborado para
estos efectos junto con la documentación fundante.
• Si quien requiere la inscripción es directamente el
interesado, debe acompañar, además, la autorización
por escrito de la municipalidad u organismo público
que constituye o modifica la persona jurídica.
• El Formulario se encuentra disponible en Trámites del
sitio web.
64. PREGUNTAS FRECUENTES
6. ¿Quién puede solicitar ante el Servicio la inscripción de una
persona jurídica sin fines de lucro?
• Las municipalidades cuando se trate de personas jurídicas
sin fines de lucro constituidas, ya sea en conformidad a la
Ley N° 19.418 sobre juntas de vecinos y demás
organizaciones comunitarias o aquellas constituidas de
conformidad al Código Civil, tales como las asociaciones y
fundaciones.
• Organismos públicos que constituyan personas jurídicas sin
fines de lucro de acuerdo a leyes especiales.
• El interesado, siempre que solicite formalmente hacer la
inscripción de manera directa ante nuestro Servicio,
acompañando la autorización del órgano constitutivo.
65. PREGUNTAS FRECUENTES
7. ¿Cómo se renueva la vigencia del directorio de una
personalidad jurídica?
• Se renueva mediante una Acta de Elección.
• Si se trata de una Organización Comunitaria, el Acta
debe ser aprobada por el Secretario Municipal.
• Si se trata de una Fundación, Asociación, ONG o
Corporación, inscrita en el Ministerio de Justicia o
Municipio, el Acta debe ser autorizada por un
Ministro de Fe (Notario u Oficial Civil).
66. PREGUNTAS FRECUENTES
8. ¿Cómo y dónde se entrega informe de
balance y memoria de una fundación en el
Ministerio de Justicia o Registro Civil?
• Los balances y memorias de las de
Fundaciones, Corporaciones, Asociaciones y
ONG, se entregan en el Ministerio de Justicia,
organismo encargado de la fiscalización.