Este documento establece el reglamento interno de organización y funcionamiento del Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez. Define la naturaleza, objetivos, funciones y composición del Observatorio. Sus objetivos principales son conocer la realidad de la violencia de género en Jerez, formular recomendaciones para mejorar la prevención y atención, y proponer medidas para la erradicación. El Observatorio estará compuesto por un Pleno, comisiones de trabajo, una Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría.
Este documento establece el reglamento de organización y funcionamiento del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Ribarroja del Túria. Define los órganos de gobierno como el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno. Detalla las competencias y funciones del Alcalde como presidente de la corporación, representante del Ayuntamiento, convocante de sesiones y órganos, responsable de servicios, personal, policía local y más. También explica el nombramiento y funciones
Creacion De La Mesa Interistitucional Para Erradicar La Violencia Contra Las ...clarianata
Este decreto crea una Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" con el objetivo de coordinar las acciones de las entidades gubernamentales para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. La Comisión estará integrada por representantes de varios ministerios y entidades gubernamentales. Tendrá la función de coordinar estrategias, revisar planes de acción, promover la difusión de normativas, y adoptar decisiones para prevenir y atender a mujeres víctimas de viol
Ordenanza de convivencia ciudadana (final)Iván Yáñez
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES
-----------------------
Presentación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sanción de Infracciones Menores, se basa en regular el comportamiento de los ciudadanos en el Municipio Caroní del Estado Bolívar prevaleciendo la tranquilidad pública y las relaciones de convivencia dentro del territorio.
Incluye la Exposición de Motivos de la creación de esta Ordenanza; el Índice para el apoyo al ciudadano al momento de su lectura ya que contiene sus Capítulos y respectivos Títulos.
Ley sobre el estatuto de la función públicaHugo Araujo
La ley establece el marco legal para las relaciones laborales entre los funcionarios públicos y las administraciones públicas nacionales, estadales y municipales. Regula aspectos como la dirección y gestión de la función pública, el sistema de administración de personal, derechos y deberes de los funcionarios, y el régimen disciplinario. El Presidente dirige la función pública a nivel nacional, mientras que los gobernadores y alcaldes lo hacen a nivel estatal y municipal. Corresponde al Ministerio de Planificación aprobar los planes de personal y evaluar la
El documento describe la estructura del Estado colombiano. Está organizado en tres ramas de poder público (ejecutiva, legislativa y judicial) y organismos del Estado como entidades de control y electoral. El gobierno nacional está formado por el Presidente, ministros y departamentos administrativos. El Ministerio del Interior se encarga de la coordinación de políticas y asuntos como participación ciudadana y descentralización.
La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral aprueba modificaciones a la denominación, integración, objetivo y atribuciones del Grupo de Trabajo de Género, No Discriminación y Cultura Laboral. Se modifica la denominación a "Grupo de Trabajo de Género, No Discriminación y Cultura Laboral" y se establece como la instancia rectora para la institucionalización de la perspectiva de género y no discriminación. Adicionalmente, se define la coordinación entre este Grupo de Trabajo y la Un
El documento presenta información sobre la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) de Ecuador. Explica que la LOSEP establece los derechos, funciones y obligaciones de todos los servidores públicos del país. También indica que la norma es obligatoria para todas las instituciones del Estado y sus funcionarios, y establece los principios, ámbito de aplicación y contenidos generales de la ley.
Este documento establece el reglamento de organización y funcionamiento del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Ribarroja del Túria. Define los órganos de gobierno como el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno. Detalla las competencias y funciones del Alcalde como presidente de la corporación, representante del Ayuntamiento, convocante de sesiones y órganos, responsable de servicios, personal, policía local y más. También explica el nombramiento y funciones
Creacion De La Mesa Interistitucional Para Erradicar La Violencia Contra Las ...clarianata
Este decreto crea una Comisión Intersectorial denominada "Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra las Mujeres" con el objetivo de coordinar las acciones de las entidades gubernamentales para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. La Comisión estará integrada por representantes de varios ministerios y entidades gubernamentales. Tendrá la función de coordinar estrategias, revisar planes de acción, promover la difusión de normativas, y adoptar decisiones para prevenir y atender a mujeres víctimas de viol
Ordenanza de convivencia ciudadana (final)Iván Yáñez
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES
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Presentación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sanción de Infracciones Menores, se basa en regular el comportamiento de los ciudadanos en el Municipio Caroní del Estado Bolívar prevaleciendo la tranquilidad pública y las relaciones de convivencia dentro del territorio.
Incluye la Exposición de Motivos de la creación de esta Ordenanza; el Índice para el apoyo al ciudadano al momento de su lectura ya que contiene sus Capítulos y respectivos Títulos.
Ley sobre el estatuto de la función públicaHugo Araujo
La ley establece el marco legal para las relaciones laborales entre los funcionarios públicos y las administraciones públicas nacionales, estadales y municipales. Regula aspectos como la dirección y gestión de la función pública, el sistema de administración de personal, derechos y deberes de los funcionarios, y el régimen disciplinario. El Presidente dirige la función pública a nivel nacional, mientras que los gobernadores y alcaldes lo hacen a nivel estatal y municipal. Corresponde al Ministerio de Planificación aprobar los planes de personal y evaluar la
El documento describe la estructura del Estado colombiano. Está organizado en tres ramas de poder público (ejecutiva, legislativa y judicial) y organismos del Estado como entidades de control y electoral. El gobierno nacional está formado por el Presidente, ministros y departamentos administrativos. El Ministerio del Interior se encarga de la coordinación de políticas y asuntos como participación ciudadana y descentralización.
La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral aprueba modificaciones a la denominación, integración, objetivo y atribuciones del Grupo de Trabajo de Género, No Discriminación y Cultura Laboral. Se modifica la denominación a "Grupo de Trabajo de Género, No Discriminación y Cultura Laboral" y se establece como la instancia rectora para la institucionalización de la perspectiva de género y no discriminación. Adicionalmente, se define la coordinación entre este Grupo de Trabajo y la Un
El documento presenta información sobre la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) de Ecuador. Explica que la LOSEP establece los derechos, funciones y obligaciones de todos los servidores públicos del país. También indica que la norma es obligatoria para todas las instituciones del Estado y sus funcionarios, y establece los principios, ámbito de aplicación y contenidos generales de la ley.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica del Servicio Público de Ecuador. Explica que la ley determina los derechos, funciones y obligaciones de todos los servidores públicos del país. Luego describe algunos de los principales artículos de la ley, incluidos los requisitos para el ingreso al servicio público, las inhabilidades y prohibiciones como el nepotismo, y los contenidos generales de la ley.
Este documento resume las siguientes cosas:
1. Publica la Ley del Estatuto de la Función Pública de Venezuela, que regula las relaciones laborales entre funcionarios públicos y el gobierno.
2. Establece que el Ministerio de Planificación y Desarrollo será responsable de planificar el desarrollo de la función pública y aprobar planes de personal de cada agencia gubernamental.
3. Explica que cada agencia tendrá una oficina de recursos humanos responsable de implementar las políticas de personal de acuerdo con la ley y las direct
Este documento contiene varias resoluciones y ordenanzas de diferentes entidades gubernamentales en Perú. Declara feriados en la región de Junín, autoriza el traslado de una agencia bancaria, prorroga plazos para pagos tributarios en la municipalidad de Ancón, y dispone el embanderamiento de distritos para conmemorar aniversarios. También incluye la publicación de una nueva ley del servicio civil que establece los principios, organización y clasificación de los servidores públicos en Perú.
Dictamen comisión de puntos constitucionales ref 15febUNAM
El documento presenta una iniciativa para reformar los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Mexicana para tipificar el delito de trata de personas. Explica que la trata es una forma de esclavitud moderna que viola derechos humanos. Revisa los antecedentes normativos en México y el marco internacional sobre el tema, incluyendo varios convenios internacionales. Concluye que la legislación actual es deficiente y propone reformas constitucionales para prevenir la trata de personas y ordenar una ley general sobre el tema.
Plan estrategico RIPAVFS Ayacucho 2010 2015Cesar Canales
Este documento presenta el plan estratégico de la Red Interinstitucional para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y Sexual de la región de Ayacucho para el año 2010. La red busca coordinar las acciones de las instituciones estatales y de la sociedad civil para prevenir y atender la violencia de género en la región a través de una estrategia integral. El plan incluye un diagnóstico de la situación de la violencia en la región, los marcos legales nacionales e internacionales, y objetivos y activ
La ley establece un nuevo marco para los servicios sociales en Extremadura para hacer frente a los cambios sociales. Se crea un sistema público de servicios sociales que garantiza los derechos de los ciudadanos a recibir asistencia y protección social. La ley define los principios, organización, financiación y calidad de los servicios sociales, así como las competencias de las diferentes administraciones públicas.
Presentación ordenanza contra las violencias hacia las mujeresIván Flores Poveda
La ordenanza propone la creación de una ordenanza metropolitana para prevenir, atender y erradicar las violencias contra las mujeres diversas en el Distrito Metropolitano de Quito. La ordenanza consta de cinco capítulos que definen objetivos, principios, tipos de violencia, roles de las instituciones, estrategias de atención a víctimas y mecanismos de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres. De manera integral, la ordenanza busca establecer una política pública y un marco legal para prote
La Procuraduría General de la Nación expidió la Directiva 016 en la cual señala diferentes aspectos que deben ser tenidos en cuenta al momento de la contratación pública dentro del actual contexto de emergencia.
Esta ley establece normas para prevenir la corrupción y salvaguardar el patrimonio público en Venezuela. Define funcionarios públicos, patrimonio público y principios como la transparencia y rendición de cuentas. También tipifica delitos contra el patrimonio público y establece sanciones.
Este documento contiene varias resoluciones y ordenanzas de diferentes entidades gubernamentales en Perú. Incluye resoluciones del Ministerio Público designando fiscales, una ordenanza declarando feriados en la región de Junín, y varias ordenanzas de municipalidades locales. También presenta una ley recientemente aprobada por el Congreso sobre el Servicio Civil.
La ley define 16 formas de violencia contra las mujeres y establece nuevos tipos penales como el feminicidio y la violencia doméstica. Asigna responsabilidades a varias instituciones públicas para crear servicios de atención e implementar medidas de prevención. Sin embargo, existen desafíos como garantizar la asignación de recursos suficientes y mecanismos para asegurar la implementación efectiva de la ley y la protección de las mujeres.
Este documento establece los delitos y penas relacionados con diferentes tipos de violencia contra la mujer, incluyendo violencia psicológica, amenazas, violencia física y sexual, prostitución y trata forzadas, y acoso sexual y laboral. Asimismo, contempla indemnizaciones para las víctimas y la aplicación supletoria del código penal.
Reglamento de la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de vio...Secundaria Tecnica Uno
Este documento presenta el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en México. Establece disposiciones generales como definiciones clave y responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno. También describe los cuatro ejes de acción requeridos por la ley: prevención, atención, sanciones y erradicación. Cada capítulo proporciona más detalles sobre las acciones, principios y mecanismos necesarios para implementar dichos ejes a nivel federal, estatal y municipal.
Este documento reglamenta la conformación y funciones de las Comisiones de Personal Municipales, Distritales, Departamentales y Nacional para la Concertación en Colombia. Establece que estas comisiones estarán integradas por representantes de la administración pública y los empleados con el fin de concertar sobre temas laborales. Además, define sus principios de actuación, funciones como propiciar acuerdos y hacer recomendaciones, y el proceso de elección de representantes de los empleados cada tres años.
Este documento presenta las normas ICONTEC para un trabajo realizado por Nathaly Guerrero Labrador, Angie Lucia Sanabria Arangule y Gina Alexandra Gomez sobre metodología de estudio para la Fundación para la Educación Superior San Mateo en Bogotá en 2013. El documento también menciona las normas ICONTEC para un trabajo realizado por Ricardo Lancheros sobre comercio internacional para la misma fundación y ubicación en el mismo año.
This document lists the experience and project descriptions of an individual or company from 2005 to 1999. It includes over 20 projects in chemical, oil, and gas industries in the Czech Republic and other countries. The projects involve areas like distillation plants, oleochemistry, hydrogen production, pipelines, and storage facilities.
Ordenanza municipal reguladora_del_servicio_urbano_de_transportes_en_automovi...Federación Solidaridad
Este documento es una ordenanza municipal que regula el servicio de taxis en la ciudad de Jerez de la Frontera. La ordenanza establece las normas para la obtención de licencias de taxi, los requisitos para los vehículos y conductores, las tarifas, y las infracciones y sanciones. Se compone de 104 artículos organizados en títulos y capítulos sobre temas como licencias, vehículos, conductores, prestación del servicio, inspección y sanciones. El objetivo principal es ordenar y regular el servicio de taxi en el municipio de
Esta ordenanza establece la obligación de realizar inspecciones técnicas de edificaciones en Jerez de la Frontera con el fin de determinar su estado de conservación y garantizar el cumplimiento del deber de mantenimiento. Estarán sujetas a inspección las edificaciones de más de 20 años o catalogadas. Los propietarios deberán obtener un informe técnico cada 10-15 años y presentarlo en el registro municipal junto a otros documentos. El objetivo es prevenir riesgos y fomentar la conservación del patrimonio edificatorio de la ciudad de
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica del Servicio Público de Ecuador. Explica que la ley determina los derechos, funciones y obligaciones de todos los servidores públicos del país. Luego describe algunos de los principales artículos de la ley, incluidos los requisitos para el ingreso al servicio público, las inhabilidades y prohibiciones como el nepotismo, y los contenidos generales de la ley.
Este documento resume las siguientes cosas:
1. Publica la Ley del Estatuto de la Función Pública de Venezuela, que regula las relaciones laborales entre funcionarios públicos y el gobierno.
2. Establece que el Ministerio de Planificación y Desarrollo será responsable de planificar el desarrollo de la función pública y aprobar planes de personal de cada agencia gubernamental.
3. Explica que cada agencia tendrá una oficina de recursos humanos responsable de implementar las políticas de personal de acuerdo con la ley y las direct
Este documento contiene varias resoluciones y ordenanzas de diferentes entidades gubernamentales en Perú. Declara feriados en la región de Junín, autoriza el traslado de una agencia bancaria, prorroga plazos para pagos tributarios en la municipalidad de Ancón, y dispone el embanderamiento de distritos para conmemorar aniversarios. También incluye la publicación de una nueva ley del servicio civil que establece los principios, organización y clasificación de los servidores públicos en Perú.
Dictamen comisión de puntos constitucionales ref 15febUNAM
El documento presenta una iniciativa para reformar los artículos 19, 20 y 73 de la Constitución Mexicana para tipificar el delito de trata de personas. Explica que la trata es una forma de esclavitud moderna que viola derechos humanos. Revisa los antecedentes normativos en México y el marco internacional sobre el tema, incluyendo varios convenios internacionales. Concluye que la legislación actual es deficiente y propone reformas constitucionales para prevenir la trata de personas y ordenar una ley general sobre el tema.
Plan estrategico RIPAVFS Ayacucho 2010 2015Cesar Canales
Este documento presenta el plan estratégico de la Red Interinstitucional para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar y Sexual de la región de Ayacucho para el año 2010. La red busca coordinar las acciones de las instituciones estatales y de la sociedad civil para prevenir y atender la violencia de género en la región a través de una estrategia integral. El plan incluye un diagnóstico de la situación de la violencia en la región, los marcos legales nacionales e internacionales, y objetivos y activ
La ley establece un nuevo marco para los servicios sociales en Extremadura para hacer frente a los cambios sociales. Se crea un sistema público de servicios sociales que garantiza los derechos de los ciudadanos a recibir asistencia y protección social. La ley define los principios, organización, financiación y calidad de los servicios sociales, así como las competencias de las diferentes administraciones públicas.
Presentación ordenanza contra las violencias hacia las mujeresIván Flores Poveda
La ordenanza propone la creación de una ordenanza metropolitana para prevenir, atender y erradicar las violencias contra las mujeres diversas en el Distrito Metropolitano de Quito. La ordenanza consta de cinco capítulos que definen objetivos, principios, tipos de violencia, roles de las instituciones, estrategias de atención a víctimas y mecanismos de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres. De manera integral, la ordenanza busca establecer una política pública y un marco legal para prote
La Procuraduría General de la Nación expidió la Directiva 016 en la cual señala diferentes aspectos que deben ser tenidos en cuenta al momento de la contratación pública dentro del actual contexto de emergencia.
Esta ley establece normas para prevenir la corrupción y salvaguardar el patrimonio público en Venezuela. Define funcionarios públicos, patrimonio público y principios como la transparencia y rendición de cuentas. También tipifica delitos contra el patrimonio público y establece sanciones.
Este documento contiene varias resoluciones y ordenanzas de diferentes entidades gubernamentales en Perú. Incluye resoluciones del Ministerio Público designando fiscales, una ordenanza declarando feriados en la región de Junín, y varias ordenanzas de municipalidades locales. También presenta una ley recientemente aprobada por el Congreso sobre el Servicio Civil.
La ley define 16 formas de violencia contra las mujeres y establece nuevos tipos penales como el feminicidio y la violencia doméstica. Asigna responsabilidades a varias instituciones públicas para crear servicios de atención e implementar medidas de prevención. Sin embargo, existen desafíos como garantizar la asignación de recursos suficientes y mecanismos para asegurar la implementación efectiva de la ley y la protección de las mujeres.
Este documento establece los delitos y penas relacionados con diferentes tipos de violencia contra la mujer, incluyendo violencia psicológica, amenazas, violencia física y sexual, prostitución y trata forzadas, y acoso sexual y laboral. Asimismo, contempla indemnizaciones para las víctimas y la aplicación supletoria del código penal.
Reglamento de la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de vio...Secundaria Tecnica Uno
Este documento presenta el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en México. Establece disposiciones generales como definiciones clave y responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno. También describe los cuatro ejes de acción requeridos por la ley: prevención, atención, sanciones y erradicación. Cada capítulo proporciona más detalles sobre las acciones, principios y mecanismos necesarios para implementar dichos ejes a nivel federal, estatal y municipal.
Este documento reglamenta la conformación y funciones de las Comisiones de Personal Municipales, Distritales, Departamentales y Nacional para la Concertación en Colombia. Establece que estas comisiones estarán integradas por representantes de la administración pública y los empleados con el fin de concertar sobre temas laborales. Además, define sus principios de actuación, funciones como propiciar acuerdos y hacer recomendaciones, y el proceso de elección de representantes de los empleados cada tres años.
Este documento presenta las normas ICONTEC para un trabajo realizado por Nathaly Guerrero Labrador, Angie Lucia Sanabria Arangule y Gina Alexandra Gomez sobre metodología de estudio para la Fundación para la Educación Superior San Mateo en Bogotá en 2013. El documento también menciona las normas ICONTEC para un trabajo realizado por Ricardo Lancheros sobre comercio internacional para la misma fundación y ubicación en el mismo año.
This document lists the experience and project descriptions of an individual or company from 2005 to 1999. It includes over 20 projects in chemical, oil, and gas industries in the Czech Republic and other countries. The projects involve areas like distillation plants, oleochemistry, hydrogen production, pipelines, and storage facilities.
Ordenanza municipal reguladora_del_servicio_urbano_de_transportes_en_automovi...Federación Solidaridad
Este documento es una ordenanza municipal que regula el servicio de taxis en la ciudad de Jerez de la Frontera. La ordenanza establece las normas para la obtención de licencias de taxi, los requisitos para los vehículos y conductores, las tarifas, y las infracciones y sanciones. Se compone de 104 artículos organizados en títulos y capítulos sobre temas como licencias, vehículos, conductores, prestación del servicio, inspección y sanciones. El objetivo principal es ordenar y regular el servicio de taxi en el municipio de
Esta ordenanza establece la obligación de realizar inspecciones técnicas de edificaciones en Jerez de la Frontera con el fin de determinar su estado de conservación y garantizar el cumplimiento del deber de mantenimiento. Estarán sujetas a inspección las edificaciones de más de 20 años o catalogadas. Los propietarios deberán obtener un informe técnico cada 10-15 años y presentarlo en el registro municipal junto a otros documentos. El objetivo es prevenir riesgos y fomentar la conservación del patrimonio edificatorio de la ciudad de
Demand Generation Solutions for Technology ResellersMike Kelly
Review Impertion's dedicated solutions for IT Resellers. This presentation outlines our IT sales leads generation solution for VAR's, System Integrators and ISV's worldwide.
This document discusses strategies for effectively creating change and leading as a "rebel" within an organization. It provides discussion questions addressing how to gain credibility for new ideas, navigate organizational culture and politics, communicate ideas to others, manage conflict, deal with fears and doubts, care for one's well-being, and how managers can better support rebels in their organization. The overall aim is to provide rebels with tools to drive positive change while navigating challenges within their workplace.
Coral bleaching response guide 2016 (Western Indian Ocean)David Obura
Coral bleaching is expected to be severe in the Western Indian Ocean in early 2016 due to high ocean temperatures associated with a strong El Niño event and climate change. This document outlines a four-step plan for monitoring and responding to coral bleaching in the region: (A) Preparation, (B) Initial observations, (C) Monitoring bleaching and mortality levels, and (D) Communication. It provides guidance on monitoring methods at basic, intermediate and advanced levels depending on available resources and expertise. The goal is to track bleaching progression and engage stakeholders to facilitate response and reporting of impacts across the Western Indian Ocean.
Ley 26485 y decreto reglamentario. Violencia de género Claudia Richter
Este documento presenta la Ley No 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Argentina. El decreto reglamentario establece políticas y procedimientos para implementar la ley, incluida la creación de un Observatorio de Violencia y un Consejo Consultivo de la Sociedad Civil. El objetivo es promover la eliminación de la discriminación de género y garantizar los derechos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia en todos los ámbitos.
Este documento presenta la Ley No 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Argentina. La ley define la violencia contra las mujeres y establece políticas públicas, procedimientos y disposiciones para prevenir y combatir la violencia doméstica, física, psicológica, sexual, económica y simbólica contra las mujeres. También crea un marco para proteger los derechos de las mujeres y garantizar su acceso a la justicia.
Este documento presenta el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de la Mujer de Jerez de la Frontera. El consejo tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. El reglamento describe la composición, funciones y estructura del consejo, incluyendo la presidencia, vicepresidencias, vocales y secretaría. También establece normas sobre sesiones, grupos de trabajo y cese de cargos. El consejo busca asesorar al ayuntamiento sobre políticas de género e impulsar la
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA P...OVSGAgs
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Aguascalientes. El reglamento establece disposiciones generales, así como lineamientos para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres a través de la implementación de modelos en coordinación entre el estado y los municipios. Se crean comisiones para cada área y se especifican los principios y servicios que deberán seguir los centros de atención para brindar apoyo integral a
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIO...OVSGAgs
Este documento presenta el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en México. Establece los ejes de acción, modelos y responsabilidades de las instituciones gubernamentales para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres a través de la implementación de políticas públicas con perspectiva de género.
ONU MUJERES: BOLETÍN DERECHOS DE LAS MUJERES FAST TRACKCasa de la Mujer
Por medio de esta sencilla herramienta de Boletines Fast Track, continuamos informando sobre el seguimiento a las provisiones de derechos de las mujeres y con enfoque de género contenidas en el “Acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”, en las diferentes medidas normativas que se adelantan en el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz. Proposiciones, avances, programación de debates, compartimos en esta y próximas ediciones de este Boletín
Marco juridico de los ddhh de la mujer_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento establece el reglamento interno del Consejo Local de Voluntariado de Jerez de la Frontera. Define la naturaleza, funciones y estructura del Consejo, incluyendo la composición de sus órganos como el Pleno y la Comisión Permanente. También especifica las funciones y atribuciones de los cargos como la Presidencia, Vicepresidencias y Secretaría, así como los procedimientos de elección y cese de los miembros del Consejo.
Informe de la sociedad civil 2da ronda seguimiento cicc poder ciudadanoPoder Ciudadano
Este documento presenta el informe de la sociedad civil argentina en el marco de la segunda ronda del mecanismo de seguimiento de la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción. El informe analiza los sistemas de contratación de funcionarios públicos, adquisición de bienes y servicios por parte del Estado, y protección de denunciantes de corrupción en Argentina. También incluye un seguimiento de las recomendaciones de la primera ronda e información sobre el proceso de monitoreo de la convención.
Este documento presenta el reglamento interno del Consejo Local de Bienestar Social. Establece que el Consejo es un órgano consultivo del ayuntamiento encargado de promover la participación ciudadana en políticas de bienestar social. Describe su composición, que incluye representantes políticos, asociaciones ciudadanas y vecinos electos por sorteo. También define sus funciones, como asesorar al ayuntamiento sobre programas de bienestar social y promover la implicación de la ciudadanía en este ámbito.
Este documento presenta tres puntos principales:
1. Explica las normas internacionales más relevantes para el proceso penal juvenil, como la Convención sobre los Derechos del Niño y sus protocolos, así como las Reglas de Beijing y las Directrices de Riad.
2. Describe que la respuesta estatal a un delito cometido por un niño debe ser diferente a la de un adulto, siguiendo el principio de especialidad, con autoridades y procedimientos específicos para niños.
3. Señala que el proceso penal juvenil const
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del decreto que expide la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en México. El decreto establece los principios rectores de igualdad, no discriminación y equidad. Designa a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de promover la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Además, describe la Política Nacional que debe establecer acciones para lograr la igualdad en los ámbitos económico, político, social y cultural.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer una política de Estado para asistir, atender, proteger y reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos o infracciones al derecho internacional humanitario. El proyecto de ley busca crear un marco integral para garantizar los derechos de las víctimas, incluyendo asistencia, atención, prevención, protección, reparación y acceso a la justicia. El proyecto de ley consolida la normatividad existente sobre víctimas en un solo
Este documento resume las leyes penales especiales en Venezuela, incluyendo la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Drogas. Explica que las leyes penales especiales complementan el Código Penal al regular delitos no contemplados. La Ley sobre Violencia contra la Mujer protege los derechos de las mujeres y tipifica diferentes formas de violencia. La Ley de Drogas establece controles sobre drogas y sanciones por tráfico de drogas que varían dependiendo de la cantidad involucrada.
Este documento presenta una ordenanza municipal para la igualdad de mujeres y hombres en el ayuntamiento de Tolosa. La ordenanza establece el marco normativo para la intervención del gobierno local en esta materia y consta de veintidós capítulos que regulan aspectos como la representación política equilibrada, la creación de un servicio para la igualdad, la elaboración de un plan para la igualdad, la formación en igualdad del personal municipal y medidas para fomentar la igualdad en diferentes áreas como empleo, contratación pública, subvenciones, medios de comunic
Esta ley establece el marco legal para garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en México. Designa al Instituto Nacional de las Mujeres como el organismo coordinador del Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. También crea instrumentos como la Política Nacional en Materia de Igualdad y el Programa Nacional para la Igualdad, y establece las responsabilidades de los gobiernos federal, estatales y municipales para promover la igualdad de género.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer establece que el derecho de toda mujer a una vida
libre de violencia incluye, entre otros, el derecho a ser libre de toda forma de
discriminación, y a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados
de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de
inferioridad o subordinación.
Este documento presenta la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en México. Establece los principios de igualdad, no discriminación y equidad. Define las responsabilidades de los diferentes niveles de gobierno, incluyendo el federal, estatal, del Distrito Federal y municipal para promover la igualdad de género. También describe las instituciones clave como el Instituto Nacional de las Mujeres y sus funciones para coordinar las políticas y programas relacionados con la igualdad entre mujeres y hombres.
Similar a Reglamento interno de_organizacion_y_funcionamiento_del_observatorio_local_de_la_violencia_de_genero_en_jerez_01 (20)
Esta ordenanza municipal regula la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas en el término municipal de Jerez de la Frontera. Establece normas sobre planificación, limitaciones, licencias, conservación y mantenimiento de las instalaciones, así como sobre infracciones y sanciones. El objetivo es compatibilizar el desarrollo de estas infraestructuras con la preservación del paisaje urbano y la minimización de su impacto, de acuerdo con la legislación sobre telecomunicaciones.
Este documento es el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. Establece la estructura y funcionamiento de los órganos municipales como el Alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno, así como los derechos, deberes y responsabilidades de los miembros de la corporación. También regula aspectos como la participación ciudadana, los mecanismos de control político y la organización administrativa municipal. El reglamento se basa en la legislación sobre el régimen local establecida en la Constitución
Este documento establece las normas para la participación ciudadana en el Ayuntamiento de Jerez. Regula el derecho a la información de los ciudadanos, incluyendo canales como la web municipal, redes sociales y oficinas de atención. También regula formas de participación como peticiones, consultas populares, iniciativas ciudadanas y audiencias públicas. El objetivo es promover la transparencia y facilitar la implicación de los vecinos en los asuntos municipales.
Este documento presenta el reglamento de uso y convivencia de los Centros de Barrio. Establece normas para el buen funcionamiento y gestión compartida de los locales entre las asociaciones cesionarias, incluyendo la constitución de una Comisión Gestora, el calendario de actividades, las responsabilidades sobre limpieza y mantenimiento, y la necesidad de un seguro de responsabilidad civil. El objetivo es promover el desarrollo social y cultural a través de la participación ciudadana en dichos espacios municipales.
Este documento establece el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de Deportes de Jerez de la Frontera. El Consejo tiene como objetivo promover el deporte como instrumento educativo y de salud. Se compone de representantes municipales, asociaciones deportivas, instituciones y vecinos sorteados. Sus funciones incluyen asesorar sobre políticas deportivas municipales y promover la participación ciudadana en este ámbito.
Este documento establece el reglamento de la Junta Arbitral de Consumo del municipio de Jerez de la Frontera. La junta tiene como objetivo resolver de forma vinculante las quejas y reclamaciones de los consumidores sobre empresas. La junta estará compuesta por un presidente y secretario designados por el ayuntamiento. Sus funciones incluyen fomentar los convenios arbitrales, mediar en controversias, mantener un censo de empresas adheridas y nombrar árbitros para resolver casos específicos. El reglamento busca equilibrar la
Este documento presenta el reglamento del Consejo Municipal de Educación. Establece que el Consejo estará compuesto por representantes del Ayuntamiento, la administración autonómica, profesores, padres de alumnos, alumnos y personal no docente. Sus funciones incluyen participar en la planificación educativa municipal, coordinar el uso de los centros escolares después del horario lectivo, y elevar propuestas sobre necesidades educativas al Ayuntamiento y otras administraciones.
Este documento establece el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de Medio Ambiente de Jerez de la Frontera. Describe la composición y funciones del Consejo y de sus órganos como el Pleno y la Comisión Permanente. También especifica los procedimientos para la elección de cargos como la Presidencia, Vicepresidencias y Vocales, así como las normas que regirán el funcionamiento del Consejo.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo Local de Mayores de Jerez de la Frontera. Establece la composición, funciones y estructura del Consejo. El Consejo estará formado por representantes políticos municipales y de asociaciones ciudadanas relacionadas con personas mayores. Tendrá como funciones principales asesorar al ayuntamiento sobre políticas de mayores, fomentar la participación ciudadana, y promover el bienestar de las personas mayores en la ciudad. Su estructura incluye un Pleno, una Comisión Per
Este documento presenta el Plan Municipal de Generación de Empleo para el año 2000. El plan incluye subvenciones para la creación de empleo estable, la transformación de contratos temporales a indefinidos, la creación de empleo temporal, la inserción laboral de personas sin titulación o recién tituladas, el autoempleo, la creación de empresas de economía social, y el desarrollo del mundo rural. El objetivo es favorecer el empleo de colectivos con dificultades y apoyar la creación de nuevas empresas. El plan actualiza
Este documento contiene una ordenanza municipal sobre protección del medio ambiente. Se divide en varios títulos que regulan diferentes aspectos como la contaminación atmosférica, residuos líquidos y calidad acústica. Incluye artículos sobre niveles máximos de emisión e inmisión, autorizaciones para vertidos, inspecciones, infracciones y sanciones. El objetivo general es establecer normas para proteger el medio ambiente y la salud pública en el municipio.
Este documento contiene las Ordenanzas de Policía y Buen Gobierno de un municipio. Está dividido en 13 secciones que regulan diferentes aspectos como el tráfico, la construcción, la limpieza pública, los establecimientos comerciales, y la prevención de ruidos y vibraciones. Cada sección contiene varios artículos que establecen normas específicas sobre cada tema. El objetivo general es promover el orden, la seguridad y la convivencia en el municipio.
Ordenanza municipal sobre_proteccion_y_tenencia_de_animales_de_compania_y_pot...Federación Solidaridad
Este documento presenta una ordenanza municipal sobre la protección y tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos en Jerez de la Frontera. Establece normas para el bienestar y cuidado de animales, así como para la tenencia de animales potencialmente peligrosos requiriendo una licencia. También define infracciones y sanciones aplicables. El objetivo es regular la convivencia entre personas y animales de forma que se garantice la seguridad pública y el bienestar de los animales.
Este documento presenta la Ordenanza Municipal de Circulación de un municipio. Establece normas sobre el tráfico rodado, peatonal y de estacionamiento en vías públicas, incluyendo límites de velocidad, sentidos de circulación, prioridad de paso, zonas peatonales, carga y descarga, paradas de transporte público, y accesibilidad para personas con discapacidad. La ordenanza contiene 80 artículos organizados en 19 secciones que regulan todos los aspectos de la circulación vial en el municipio.
Este documento presenta una ordenanza municipal sobre la gestión y protección del arbolado urbano y las zonas verdes en la ciudad de Jerez de la Frontera, España. La ordenanza tiene como objetivos regular la planificación, gestión y protección del arbolado urbano y las zonas verdes, así como mejorar el derecho de los ciudadanos al uso y disfrute de estos espacios. La ordenanza es aplicable a distintos espacios públicos y privados de la ciudad que contienen arbolado o zonas verdes.
Esta ordenanza municipal regula la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas en el término municipal de Jerez de la Frontera. Establece normas sobre planificación, limitaciones, licencias, conservación y mantenimiento de las instalaciones, así como sobre infracciones y sanciones. El objetivo es compatibilizar el desarrollo de estas infraestructuras con la preservación del paisaje urbano y la minimización de su impacto.
Este documento presenta una ordenanza general que regula las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento y sus organismos. Establece normas sobre los conceptos y ámbitos de aplicación de las subvenciones, la financiación, los beneficiarios, los procedimientos para la concesión y gestión, y los mecanismos de reintegro y sanción. Se compone de seis capítulos que describen estas diferentes secciones y los artículos correspondientes a cada una.
Este documento establece una ordenanza municipal para promover la accesibilidad y eliminación de barreras en el transporte y la comunicación en la ciudad de Jerez. El objetivo es garantizar el derecho a la movilidad y la información de todos los ciudadanos, especialmente de personas con discapacidad. Se propone hacer accesibles los autobuses urbanos, paradas y marquesinas, así como incluir criterios de accesibilidad en concesiones de transporte público.
Este documento establece las normas sobre el uso de bicicletas en España. Define qué es una bicicleta y establece los requisitos de frenos, timbre y alumbrado. También cubre el transporte de niños y carga, y las normas para circular por la calzada y vías ciclistas. Finalmente, describe diferentes tipos de vías ciclistas y las normas de prioridad y circulación en zonas pacificadas.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
1. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez
REGLAMENTO INTERNO DE
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL
OBSERVATORIO LOCAL DE LA
VIOLENCIA DE GENERO EN JEREZ
2. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez
REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIOMANIENTO DEL OBSERVATORIO LOCAL
DE LA VIOLENCIA DE GENERO EN JEREZ
INDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.- ....................................................................................... Pág. 1 y 2
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo. 1.- Naturaleza y régimen jurídico. ...................................................................... Pág. 2
Artículo. 2.- Ámbito de actuación y sede........................................................................... Pág. 2
Artículo. 3.- Objetivos................................................................................................. Pág. 2 y 3
Artículo. 4.- Funciones...................................................................................................... Pág. 3
Artículo. 5.- Composición............................................................................................ Pág. 3 y 4
TITULO II. DE LOS MIEMBROS DEL OBSERVATORIO
Artículo. 6.- Designación y nombramiento de los cargos .................................................. Pág. 5
Artículo. 7.- Duración de los cargos.................................................................................. Pág. 5
Artículo. 8.- Suplencias de los miembros del Observatorio ............................................... Pág. 6
Artículo. 9.- Derechos de los vocales del Observatorio ..................................................... Pág. 6
Artículo. 10.- Deberes de los vocales miembros del Observatorio .................................... Pág. 6
TITULO III. ORGANIZACIÓN Y RESULTADO
CAPITULO I. EL PLENO
Artículo. 11.- Definición y composición............................................................................. Pág. 7
Artículo. 12.- Funciones.................................................................................................... Pág. 7
Artículo. 13.- Clases de sesiones ................................................................................ Pág. 7 y 8
Artículo. 14.- Convocatoria ............................................................................................... Pág. 8
Artículo. 15.- Orden del día............................................................................................... Pág. 8
CAPITULO IV. EL DERECHO A LA INFORMACION
3. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez
Artículo. 16.- Quórum....................................................................................................... Pág. 8
Artículo. 17.- Adopción de acuerdos…………………………………………………………………Pág.8
Artículo. 18.- Acta de las sesiones .................................................................................... Pág. 9
CAPITULO II. LAS COMISIONES O GRUPOS DE TRABAJO
Artículo. 19.- Creación, composición, fines y funcionamiento........................................... Pág. 9
Artículo. 20.- Composición................................................................................................ Pág. 9
Artículo. 21.- Funciones.................................................................................................... Pág. 9
Artículo. 22.- Régimen de funcionamiento...................................................................... Pág. 10
CAPITULO III. LA PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIA
Artículo. 23.- De la presidencia....................................................................................... Pág. 10
Artículo. 24.- De la vicepresidencia ................................................................................ Pág. 10
CAPITULO IV. LA SECRETARIA
Artículo. 25.- Secretaría ................................................................................................. Pág. 11
TITULO IV. LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO
Artículo. 26.- Procedimiento................................................................................... Pág. 11 y 12
TITULO V. GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo. 27.- Asistencia técnica y administrativa del Observatorio ................................ Pág. 12
4. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 1
REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
OBSERVATORIO LOCAL DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN JEREZ
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La violencia de género es un mal endémico que padecen todas las sociedades y culturas, y, tal y como
aseveró la Asamblea General de Naciones Unidas, es la manifestación más brutal de la desigualdad entre
hombres y mujeres.
Así mismo, Naciones Unidas, en el seno de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, expuso que la
violencia de género es un claro obstáculo para el logro de objetivos tan fundamentales como son la
igualdad, la paz y el desarrollo mundial, así como una violación flagrante de los derechos humanos.
La OMS afirma que la violencia de género es la primera causa de muerte en el mundo de las mujeres de
entre 15 y 44 años, por encima de las guerras, el cáncer o los accidentes de tráfico. De hecho, esta
organización manifiesta que cada 18 segundos una mujer es maltratada en el mundo.
A estas alturas del siglo XXI, nadie duda de que la violencia de género es un grave problema social y
como tal, los poderes públicos tienen la obligación de poner en marcha cuantas medidas y recursos sean
necesarios para su erradicación.
A lo largo de los últimos años se han producido en nuestro país importantes avances legislativos en
materia de violencia de género, tanto a nivel estatal como autonómico. Así mismo, se han atendido
recomendaciones de la Unión Europea y de otros organismos internacionales como la ONU, cuyas
Convenciones, aprobadas en el seno de su Asamblea General, son el marco de referencia y, cabría
afirmar, el punto de partida de nuestra legislación estatal en la lucha contra este tipo de lacra social. De
ellas, cabe destacar la CEDAW, Convención para la eliminación de todas las de discriminación contra las
mujeres, aprobada en 1979 y ratificada por España en 1984, y la Plataforma de Acción de la IV
Conferencia Mundial sobre las Mujeres aprobada en 1995, mediante la que los países firmantes, entre
ellos España, se comprometían a luchar activamente contra este tipo de violencia.
Por otro lado, las distintas normativas aprobadas, han determinado la creación de nuevos recursos y
organismos, destinados exclusivamente a atender a las mujeres y sus hijas/os, a lo largo del proceso.
Así mismo, han recogido en su articulado la creación de nuevos órganos destinados, fundamentalmente,
a analizar la eficacia de las respuestas institucionales frente a la realidad del fenómeno de la violencia, a
la vez que a aportar a las diferentes administraciones propuestas, de cara a optimizar la calidad de la
atención que se ofrece a las mujeres que sufren violencia y, en su caso, a sus hijas e hijos; así como a
sugerir planes y programas para la prevención de este mal.
Concretamente, tanto la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género como la Ley 13/2007 de 26 de noviembre de Medidas de Prevención y
Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía disponen la creación de un órgano
encargado de recoger y analizar cuantos datos sean necesarios al objeto de proponer medidas concretas
para la prevención y erradicación de este tipo de violencia. Al mismo tiempo, dicho órgano establecerá
cuantas líneas de investigación y estudio sean necesarias para avanzar en el conocimiento de la etiología
y consecuencias de la violencia.
El municipio, al ser la institución más cercana a la ciudadanía, se convierte en el ente idóneo para la
instauración de cuantas medidas y recursos sean necesarios en aras de prevenir y erradicar la violencia
de género.
El Ayuntamiento de Jerez, consciente de la gravedad del problema, y decidido a no escatimar esfuerzos
para la puesta en marcha y ejecución de cuantas medidas sean necesarias, dispone la creación de un
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez, como instrumento de análisis e investigación que
permita un conocimiento más profundo de este tipo de violencia, así como sus consecuencias y
evolución; al objeto de optimizar las diferentes líneas de prevención e intervención en el municipio.
5. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 2
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Naturaleza y régimen jurídico.
1. El Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez es un órgano colegiado
interdepartamental de carácter consultivo, adscrito a la Delegación Municipal con competencias
en materia de igualdad de oportunidades, cuyos fines fundamentales serán investigar, analizar
y evaluar acerca del fenómeno de la violencia de género en Jerez, y asesorar y proponer
actuaciones en dicha materia en el municipio de Jerez de la Frontera.
2. En cuanto a su funcionamiento el Observatorio Local de Violencia de Género en Jerez se regirá
por lo dispuesto en el Acuerdo de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jerez adoptado en Sesión
Ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2011, al particular Catorce de su Orden del Día, por el
que se procede a la creación del Observatorio, así como por lo dispuesto en el presente
Reglamento. Con carácter supletorio será de aplicación lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Artículo 2.- Ámbito de actuación y Sede.
1. El ámbito de actuación del Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez es el término
municipal de Jerez de la Frontera.
2. El Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez tiene su sede en las dependencias,
sitas en Jerez, del Servicio de Igualdad de la Delegación de Bienestar Social Igualdad y Salud,
del Ayuntamiento de Jerez o, en caso de modificación, de la Delegación competente en materia
de Igualdad.
3. Podrán celebrarse sesiones en cualquier otro lugar del municipio de Jerez de la Frontera por
decisión de su Presidente/a.
Artículo 3.- Objetivos.
El Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez tendrá como objetivos:
1. Conocer la realidad, así como analizar la incidencia y evolución de la violencia de género en
Jerez.
2. Formular recomendaciones y propuestas de mejora en los servicios y prestaciones ofertados por
las administraciones públicas.
3. Recomendar medidas tendentes a la prevención, atención y erradicación de la violencia de
género en el municipio de Jerez.
4. Denunciar aquellas actuaciones que, por acción u omisión, perjudiquen o impidan la debida
atención a las Mujeres víctimas de violencia de género.
Artículo 4.- Funciones.
Para la consecución de sus fines, el Observatorio tendrá atribuidas las siguientes funciones:
6. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 3
1. Diseño y puesta en funcionamiento de una herramienta informática de recogida de datos,
garantizando el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales, contenida
en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2. Ejercer como órgano de recogida, análisis e interpretación y difusión de datos e información en
materia de violencia de género.
3. Promover la coordinación entre todas las instituciones que intervienen en el tratamiento y
prevención de la violencia de género en Jerez y colaborar con las mismas.
4. Recabar información sobre medidas y actuaciones concretas puestas en marcha por otras
administraciones, así como hacerlas llegar al ámbito competente en cada caso.
5. Proponer la realización de estudios e informes técnicos de diagnóstico y evolución de la
violencia de género en Jerez.
6. Promover la formación de sus miembros en materias de igualdad de oportunidades y en
prevención y tratamiento de la violencia de género.
7. Formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar programas y recursos para la
prevención y tratamiento de este tipo de violencia, incidiendo especialmente en el colectivo de
mujeres en riesgo de exclusión social, minorías étnicas, mujeres con discapacidad etc.
8. Elaborar un protocolo de Evaluación de cada una de las Instituciones y personal respectivo que
intervengan en todo el proceso del tratamiento a Mujeres víctimas de violencia de género.
9. Elaborar una memoria anual con las acciones ejecutadas por el Observatorio.
10. Dar difusión a los resultados de estudios e informes que se realicen.
Artículo 5.- Composición.
1. En cuanto a su organización y funcionamiento, el Observatorio de la Violencia de Género en Jerez
está integrado por los siguientes órganos:
a) Órganos colegiados:
El Pleno.
Comisiones o grupos de trabajo específicos.
b) Órganos unipersonales:
Presidencia.
Vicepresidencia.
Secretaría.
2. La composición del Observatorio Local contra la Violencia de Género será la siguiente:
o Presidencia. Corresponderá a el/la Alcalde/sa-Presidente/a de la Corporación municipal.
o Vicepresidencia. Corresponderá a el/la Concejal/a del Gobierno Municipal competente en
materia de Igualdad. Así mismo, dicho cargo, ejercerá la coordinación general del Observatorio.
o Secretaría. Será ejercida por Personal técnico de la Delegación Municipal competente en
materia de igualdad, que actuará con voz pero sin voto.
o Vocalías. Serán vocales con voz y voto los siguientes:
• Un/a representante de cada una de las Delegaciones Municipales siguientes:
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Delegación con competencias en materia de Seguridad.
Delegación con competencias en materia de Vivienda.
Delegación con competencias en materia de Servicios Sociales.
Delegación con competencias en materia de Educación.
Delegación con competencias en materia de Juventud.
Delegación con competencias en Medio Rural.
Delegación con competencias en materia de Empleo.
• Un/a representante de cada una de las siguientes instituciones firmantes del Protocolo de
Coordinación Interinstitucional en Materia de Violencia de Género:
Decanato de los Juzgados de Jerez de la Frontera
Hospital del SAS de Jerez
Distrito Sanitario Jerez Costa Noroeste del SAS
Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Jerez
Guardia Civil
Colegio Abogados de Jerez
Asociación de Mujeres Unidas contra la Violencia de Género
• Un/a representante de la Jefatura de la Unidad contra la Violencia sobre la Mujer de la
Subdelegación del Gobierno en Cádiz.
• Un/a representante del Consejo Local de la Mujer de Jerez.
• Un/a representante del Centro del Profesorado de Jerez.
• Un/a representante de la Universidad de Cádiz.
• Un/a representante de cada uno de los grupos políticos con representación municipal.
TITULO II. DE LOS MIEMBROS DEL OBSERVATORIO
Artículo 6.- Designación y nombramiento de los cargos.
1. La Presidencia y Vicepresidencia del Observatorio se entienden automáticamente
asociadas al ejercicio de los correspondientes cargos en el gobierno local, conforme a lo
dispuesto en el artículo 5.2.a y 5.2.b.
2. La Secretaria del Consejo será designada por el titular del área municipal competente en
materia de igualdad de oportunidades.
3. Designación/nombramiento de las vocalías.
a. Las vocalías del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez serán las
relacionadas en el artículo 5.2.d.
b. Cada una de la Entidades con representación en el Observatorio de la Violencia de
Género en Jerez procederá a poner en conocimiento del titular de la Delegación
Municipal competente en materia de igualdad de oportunidades la designación de
su/s representante/s y suplente/s, así como de las revocaciones y nuevas
designaciones de los/as mismos/as, a efectos de su nombramiento.
c. Una vez que sean designadas, serán nombradas por el/la Presidente/a del
Observatorio.
d. En el supuesto que siendo requeridas -al menos en dos ocasiones- las instituciones
integrantes del Observatorio para la designación de un representante en el mismo,
éstas no lo realicen, se entenderá que desisten de formar parte en la composición de
dicho organismo.
4. El carácter de los cargos será NO RETRIBUIDO.
8. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 5
Artículo 7.- Duración de los cargos.
1. La duración del cargo de los vocales será la de la correspondiente Corporación.
2. El mandato de los miembros del Observatorio podrá expirar antes del transcurso del periodo de
duración del cargo en los siguientes supuestos:
a. Por expiración de su mandato, prorrogándose éste hasta la toma de posesión de la titular
designada para el siguiente mandato.
b. Revocación en el cargo acordada por la entidad/institución que la designó.
c. Cese en el cargo en que se fundamenta su designación.
d. Renuncia o dimisión presentada ante la Presidencia del Observatorio.
e. Resolución judicial firme que conlleve la inhabilitación o suspensión para cargos públicos.
f. Fallecimiento o incapacidad sobrevenida.
3. En los supuestos previstos en el apartado anterior, la sustitución que se produzca lo será por el
tiempo que reste de dicho mandato.
Artículo 8.- Suplencias de los miembros del Observatorio.
Junto a los/as vocales de los órganos colegiados se designarán y nombrarán los suplentes, que
ejercerán sus funciones en ausencia de las primeras.
Artículo 9.- Derechos de los vocales del Observatorio.
Los miembros del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez tienen los siguientes
derechos:
1. Participar con voz y voto en las sesiones de los órganos colegiados de los que formen
parte, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.
2. Disponer de la información de los asuntos que se traten en los órganos colegiados de
los que formen parte, así como del resto de órganos colegiados cuando así lo soliciten
expresamente.
3. Solicitar la convocatoria, con carácter extraordinario, de los órganos colegiados de los
que formen parte.
4. Presentar propuestas y sugerencias para su inclusión en el orden del día, así como para
la adopción de acuerdos en los órganos colegiados de los que formen parte, o para el
estudio de una determinada materia.
5. Ostentar, en cuantos actos hayan sido comisionadas por el Observatorio, la
representación de éste, sin perjuicio de la atribución general de representación que
corresponde a la Presidencia.
6. Conocer con la antelación que se señale para cada órgano la convocatoria y el orden
del día de las sesiones y tener a su disposición los documentos e información sobre los
temas que figuren en ellos, así como el acta de la sesión anterior.
7. Formular ruegos y preguntas.
9. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 6
Artículo 10.- Deberes de los vocales miembros del Observatorio.
Los vocales miembros del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez tienen los siguientes
deberes:
1. Asistir a las sesiones de los órganos colegiados en cuya composición participen. La
inasistencia no justificada a dos reuniones consecutivas o a tres discontinuas a lo largo del
año será causa para que el Pleno examine preceptivamente la conveniencia de proponer
su sustitución a quien designó a el/la vocal.
2. Aportar los datos relativos a materias relacionadas con Violencia de Género de las
entidades a las que representan que les sean solicitados por el Pleno del Observatorio,
cumpliendo siempre la normativa sobre protección de datos personales, contenida en la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
a. Actuar conforme al presente Reglamento y a las Directrices e Instrucciones que, en su
caso, se aprueben en desarrollo del mismo.
3. Elevar las propuestas encaminadas a conseguir los objetivos del Observatorio descritos en
el artículo 3 de este Reglamento a las sesiones del mismo para su análisis, debate y
puesta en marcha.
TITULO III. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CAPITULO I. EL PLENO
Artículo 11.- Definición y composición.
El Pleno es el órgano supremo de decisión y formación de la voluntad del Observatorio, y su
composición es la regulada por el artículo 5 del presente Reglamento.
Artículo 12.- Funciones.
1. Las funciones que el Acuerdo de Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jerez adoptado en
Sesión Ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2011, al particular Catorce de su Orden del
Día y el artículo 4 del presente Reglamento atribuyen al Observatorio de la Violencia de
Género en Jerez son asumidas íntegramente por el Pleno del mismo.
2. Además, corresponde al Pleno conocer y adoptar acuerdos sobre las materias siguientes:
a. Aprobación del programa de trabajo del Observatorio.
b. Aprobar las líneas generales de actuación del Observatorio a corto y largo plazo.
c. Aprobación de un informe anual de análisis de la gestión realizada, así como un
balance de situación en que se recojan los datos relativos a amplitud y evolución de la
violencia de género en el municipio de Jerez de la Frontera.
d. Constituir Comisiones o grupos de trabajo específicos y establecer su composición,
fines y sistema de funcionamiento.
10. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 7
e. Aprobar las directrices, instrucciones y/o recomendaciones que, en desarrollo y
aplicación de este Reglamento, sean precisas para el funcionamiento del Observatorio.
f. Decidir sobre la publicación de sus acuerdos.
g. Desarrollar mecanismos de autoevaluación periódica del propio Observatorio y analizar
sus resultados en relación a sus diversas funciones.
h. Proponer, en su caso, las modificaciones del Reglamento de organización y
funcionamiento del Observatorio. La modificación del Reglamento se realizará
conforme al procedimiento establecido en el Título IV del mismo.
i. Solicitar puntualmente el asesoramiento respecto a aquellos temas que se estime
conveniente.
Artículo 13.- Clases de sesiones.
1. Las sesiones del Pleno podrán ser ordinarias o extraordinarias.
2. El Pleno se reunirá en sesión ordinaria, preceptivamente, al menos tres veces al año.
3. El Pleno podrá reunirse con carácter extraordinario en alguno de los siguientes supuestos:
a) A instancia de la Presidencia.
b) Cuando así lo soliciten, al menos, las dos terceras partes de sus miembros, y lo hagan por
escrito dirigido a la Presidencia en el que hagan constar su identidad, firmas, la expresión de
los asuntos a tratar y los motivos que justifiquen la sesión extraordinaria que soliciten.
4. El plazo para la celebración de la sesión extraordinaria será de quince días naturales como
máximo a contar desde la fecha en que se registre la petición.
Artículo 14.- Convocatoria.
1. La convocatoria del Pleno se efectuará por la Presidencia del Observatorio y será comunicada
por escrito a todos los miembros con una antelación mínima de diez días naturales respecto a la
fecha de la sesión a convocar si fuere ordinaria, o de cinco días hábiles si fuere extraordinaria.
2. La convocatoria contendrá la fecha, hora y lugar de la reunión, el Orden del Día de la sesión, e
irá acompañada de la documentación específica sobre los asuntos a tratar salvo que mediare
causa justificada que lo imposibilite, en cuyo caso dicha documentación se remitirá con una
antelación mínima de cinco días hábiles respecto a la fecha de la sesión a convocar.
3. En todo caso, quedará válidamente constituido el Pleno, aun cuando no se hubieren cumplido
los requisitos de la convocatoria, cuando hallándose reunida la totalidad de sus miembros, lo
acuerden por unanimidad.
Artículo 15.- Orden del día.
1. El orden del día de las reuniones será fijado por la Presidencia. En las sesiones ordinarias las
sugerencias de los miembros del Pleno para tratar asuntos determinados serán debidamente
ponderadas por la Presidencia antes de la elaboración del orden del día, si bien deberán ser
incluidos en el mismo los asuntos que sean solicitados formalmente por, al menos, un tercio de
los miembros del Pleno del Observatorio.
2. En las sesiones extraordinarias el orden del día deberá integrar la totalidad de los asuntos
presentados por quienes hayan instado dicha sesión.
Artículo 16.- Quórum.
1. Las sesiones quedarán válidamente constituidas cuando asistan la mitad más uno de los
miembros con derecho a voto, entre los cuales deberán necesariamente estar incluidas la
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Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 8
Presidencia o Vicepresidencia y la Secretaría o persona que la sustituya en el ejercicio de esas
funciones
2. Las sesiones estarán dirigidas por la Presidencia o, en su ausencia, por la Vicepresidencia del
Observatorio.
3. El quórum establecido en el apartado 1 de este artículo deberá mantenerse durante toda la
sesión.
Artículo 17.- Adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos del Pleno se adoptan por el voto favorable de la mayoría simple de los miembros
presentes. En caso de empate, decide el voto de calidad de la Presidencia, y en ausencia de
esta, decidirá la Vicepresidencia.
En cuanto a los asuntos que se traten fuera del orden del día:
a) Tratándose de una sesión ordinaria, la validez del acuerdo requerirá su adopción por
la mayoría absoluta de sus miembros, no obstante se le comunicará a los miembros no
presentes en la sesión donde se adoptó el mismo, para que en el plazo de quince días,
manifiesten las objeciones que estimasen convenientes.
b) Tratándose de una sesión extraordinaria no podrá adoptarse válidamente ningún
acuerdo.
2. Los miembros del Pleno podrán hacer constar en acta los motivos que justifican el sentido de su
voto.
Artículo 18.- Acta de las sesiones.
1. De cada sesión del Pleno se levantará acta, bajo la fe del/la Secretario/a, y en la que figurará el
visto bueno de la Presidencia.
2. Las actas de las sesiones recogerán:
a) Nombre y apellidos de los asistentes, ausentes que se hubiesen excusado y de los que
falten sin excusar, a efectos de lo previsto en el artículo 10.1. de este Reglamento.
b) Circunstancias de lugar y tiempo de la sesión.
c) Carácter ordinario o extraordinario de la sesión.
d) Orden del día de la sesión.
e) Asuntos que se examinen y puntos principales de las deliberaciones.
f) Propuestas sometidas a votación por la Presidencia.
g) Contenido de los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones.
h) En su caso, las justificaciones que los miembros del Observatorio hayan dado sobre el
sentido de su voto.
2. El acta será remitido a cada miembro del Observatorio con la convocatoria de la sesión
siguiente, donde deberá someterse a aprobación. El acta de cada sesión se aprobará al
comienzo de la siguiente, incorporándose, en su caso, las rectificaciones oportunas.
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CAPITULO II. LAS COMISIONES O GRUPOS DE TRABAJO
Artículo 19.- Creación, composición, fines y funcionamiento.
1. La creación, composición, fines y elaboración de las normas de funcionamiento de las
Comisiones o Grupos de trabajo son competencia del Pleno del Observatorio.
2. Las Comisiones o Grupos de trabajo podrán ser constituidas de modo permanente o
temporal.
Artículo 20.- Composición.
1. Las Comisiones o Grupos de trabajo estarán integradas por un mínimo de tres y un máximo
de siete miembros. Podrán formar parte de las mismas aquellos que sin ser miembros del
Observatorio, sean designadas por éste a título de expertas.
2. La Presidencia de cada una de las Comisiones o Grupos de trabajo que se constituyan será
nombrada por los integrantes de la Comisión o Grupo, de entre sus miembros.
3. Actuará como Secretario/a de las Comisiones o Grupos de trabajo, un miembro de las
mismas, con voz y voto.
Artículo 21.- Funciones.
Corresponden a las Comisiones o Grupos de trabajo las funciones que les sean encomendadas
por el Pleno.
Artículo 22.- Régimen de funcionamiento
1. La convocatoria de las Comisiones o Grupos de trabajo específicos se efectuará por la
Presidencia del Observatorio.
2. El funcionamiento será flexible y participativo, adecuado al tema que hayan de abordar y
siguiendo en su caso las indicaciones del pleno o presidencia.
CAPÍTULO III. LA PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIA
Artículo 23.- De la Presidencia.
1. La Presidencia del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez corresponderá al titular del
órgano previsto en el artículo 5.2.a.
2. La Presidencia del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez tiene atribuidas las
siguientes competencias:
a) Ostentar la representación del Observatorio.
b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno, elaborar las directrices generales para el buen
gobierno de las mismas y moderar el desarrollo de los debates.
c) Dirigir las deliberaciones según criterios de ponderada discreción, conforme a los cuales
regulará las intervenciones de los miembros del Observatorio y la duración de las mismas.
d) Formular el orden del día de las sesiones del Pleno, de acuerdo con el procedimiento
establecido en el presente Reglamento.
13. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 10
e) Refrendar con su firma las actas de las sesiones, ordenar la remisión, publicación de los
acuerdos, y disponer su cumplimiento.
f) Dirigirse en nombre del Observatorio a instituciones, organismos, entidades, asociaciones,
autoridades y particulares.
g) Cumplir y hacer cumplir este Reglamento, proponiendo al Pleno su interpretación en los
casos de dudas y su integración en los de omisión.
h) Cuantas otras funciones se le otorgue en la Ley, en el presente Reglamento, sean inherentes
a su condición de Presidente/a o asuma por delegación del Pleno del Observatorio y, en general,
todas las que no se hallen atribuidas por este Reglamento a otros órganos.
Artículo 24.- De la Vicepresidencia.
1. La Vicepresidencia del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez corresponderá al titular
del órgano previsto en el artículo 5.2.b.
2. Son funciones y atribuciones específicas de la Vicepresidenta del Observatorio:
a) Sustituir a la Presidencia en su ausencia, asumiendo todas las funciones y
atribuciones descritas en el artículo 20.2.
b) En presencia del/la Presidente/a del Consejo, asistirle en sus tareas de dirección de
las sesiones y votaciones del Pleno.
c) Designar a la Secretaria del Consejo, salvo en el caso de nombramiento expreso por
parte de la Presidencia.
CAPÍTULO IV. LA SECRETARÍA
Artículo 25.- Secretaría.
1. La Secretaría del Observatorio de la Violencia de Género en Jerez será ejercida por técnico del
Servicio Municipal competente en materia de Igualdad, que actuará con voz pero sin voto.
2. La Secretaría del Pleno del Observatorio tiene atribuidas las siguientes competencias:
a) La recepción, ordenación y preparación del despacho de todos los asuntos, informes,
propuestas o documentos que se deseen presentar al Observatorio, tanto por sus
miembros como por cualquier interesado, siendo éste el cauce reglamentario para su
tratamiento por el Pleno, y dar a todos ellos la tramitación que proceda.
b) Mantener a disposición de los miembros del observatorio para su examen, cuantos
documentos se refieran a los asuntos incluidos en el orden del día.
c) Canalizar hacia las instancias y/o interesados que proceda, la información que origine o
de que disponga el Observatorio.
d) Asistir a las sesiones del Pleno.
e) Levantar actas de las sesiones del Pleno, remitirlas a sus miembros y dar el curso
correspondiente a los acuerdos que se adopten.
f) Actuar de fedatario/a, con el visto bueno de la Presidencia, certificando las actas y los
acuerdos adoptados por el Observatorio, haciendo constar expresamente, en su caso, que
la certificación es anterior a la aprobación del acta correspondiente. También expedirá
14. Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del
Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 11
certificaciones, con el visto bueno de la Presidencia, de los dictámenes, votos particulares
y otros documentos confiados a su custodia.
g) Organizar y custodiar los expedientes y el archivo a su cargo, así como el registro de
entrada y salida de documentos, poniéndolos a disposición de sus órganos y sus miembros
cuando le sea requerida.
h) Facilitar todos los datos que sean oportunos para la preparación por el Pleno del
informe y del balance a que se refieren el artículo 11.2 c) de este Reglamento.
i) Desarrollar cuantas funciones y tareas adicionales de orden técnico y administrativo le
sean encomendadas por la Presidencia o la Vicepresidencia Primera del Consejo ligadas a
la actividad de sus diferentes órganos.
TITULO IV. LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO
Artículo 26.- Procedimiento.
La modificación del Reglamento de Funcionamiento del Observatorio de la Violencia de Género
en Jerez se ajustará al siguiente procedimiento:
- La iniciativa corresponderá a la Presidencia o al Pleno del Observatorio, en cuyo caso deberá
contar con la propuesta de, al menos, la mitad de los miembros.
- La propuesta de modificación deberá ir acompañada de un texto articulado alternativo y de la
argumentación en que se fundamente.
- La propuesta de modificación del Reglamento deberá aprobarse por la mayoría absoluta de los
miembros del Observatorio.
- Del acuerdo de propuesta de modificación se dará traslado al Pleno del Ayuntamiento de Jerez,
para su aprobación.
TITULO V. GESTION ADMINISTRATIVA
Artículo 27.- Asistencia técnica y administrativa del Observatorio.
El Observatorio de la Violencia de Género en Jerez queda adscrito a la Delegación de Bienestar
Social, Igualdad y Salud del Ayuntamiento de Jerez o, en caso de modificación, de la Delegación
competente en materia de Igualdad. Correspondiendo al Servicio de Igualdad, de dicha
Delegación, prestar la asistencia técnica y administrativa necesaria para el funcionamiento del
mismo".
Jerez de la Frontera, 8 de marzo 2013
LA ALCALDESA
Mª José García-Pelayo Jurado
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Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez Página 12
NOTA:
- REGLAMENTO PUBLICADO ÍNTEGRAMENTE EN EL B.O.P Nº 215 DE 9 DE NOVIEMBRE
DE 2012.
- REGLAMENTO MODIFICADO EN LOS ART. 5 y 7 EN EL B.O.P Nº 76 DE 24 DE ABRIL DE
2013