Este documento establece el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de Medio Ambiente de Jerez de la Frontera. Describe la composición y funciones del Consejo y de sus órganos como el Pleno y la Comisión Permanente. También especifica los procedimientos para la elección de cargos como la Presidencia, Vicepresidencias y Vocales, así como las normas que regirán el funcionamiento del Consejo.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo Local de Mayores de Jerez de la Frontera. Establece la composición, funciones y estructura del Consejo. El Consejo estará formado por representantes políticos municipales y de asociaciones ciudadanas relacionadas con personas mayores. Tendrá como funciones principales asesorar al ayuntamiento sobre políticas de mayores, fomentar la participación ciudadana, y promover el bienestar de las personas mayores en la ciudad. Su estructura incluye un Pleno, una Comisión Per
Este documento presenta el reglamento interno del Consejo Local de Bienestar Social. Establece que el Consejo es un órgano consultivo del ayuntamiento encargado de promover la participación ciudadana en políticas de bienestar social. Describe su composición, que incluye representantes políticos, asociaciones ciudadanas y vecinos electos por sorteo. También define sus funciones, como asesorar al ayuntamiento sobre programas de bienestar social y promover la implicación de la ciudadanía en este ámbito.
Este documento establece el reglamento interno del Consejo Local de Voluntariado de Jerez de la Frontera. Define la naturaleza, funciones y estructura del Consejo, incluyendo la composición de sus órganos como el Pleno y la Comisión Permanente. También especifica las funciones y atribuciones de los cargos como la Presidencia, Vicepresidencias y Secretaría, así como los procedimientos de elección y cese de los miembros del Consejo.
Este documento establece el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de Deportes de Jerez de la Frontera. El Consejo tiene como objetivo promover el deporte como instrumento educativo y de salud. Se compone de representantes municipales, asociaciones deportivas, instituciones y vecinos sorteados. Sus funciones incluyen asesorar sobre políticas deportivas municipales y promover la participación ciudadana en este ámbito.
El documento presenta el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Toluca. Incluye antecedentes, fundamentación jurídica y objetivos generales como diagnosticar la dinámica urbana municipal, proponer un ordenamiento urbano que promueva el bienestar social, y contribuir al desarrollo económico y social del municipio de acuerdo a su realidad. También describe los alcances del plan, que comprende desde el diagnóstico hasta la instrumentación, con el fin de orientar de manera sustentable el crecimiento urbano de Toluca y
Este documento presenta el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de la Mujer de Jerez de la Frontera. El consejo tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. El reglamento describe la composición, funciones y estructura del consejo, incluyendo la presidencia, vicepresidencias, vocales y secretaría. También establece normas sobre sesiones, grupos de trabajo y cese de cargos. El consejo busca asesorar al ayuntamiento sobre políticas de género e impulsar la
El documento presenta el contexto del municipio de Guayaramerín en Bolivia. Brevemente describe su historia, división político-administrativa con 4 distritos urbanos y 3 cantones rurales. Limita al norte con Pando, al sur y este con Brasil, y al oeste con Riberalta. Tiene un área de 6,100 km2 y una población dedicada principalmente a la explotación de recursos naturales como caucho, quinina y madera. El municipio ha enfrentado procesos de colonización que han afectado a los pueblos indí
Política pública ecourbanismo construccion sostenibleGG_Docus
Este documento presenta la Política Pública de Ecourbanismo y Construcción Sostenible de Bogotá. En primer lugar, establece el marco conceptual basado en el desarrollo sostenible según la Comisión Brundtland de 1987. Luego, realiza un diagnóstico de las problemáticas ambientales, sociales y económicas de la ciudad en materia de urbanismo y construcción. Finalmente, propone la política con objetivos, ejes de acción y estrategias orientadas a lograr un desarrollo territorial sostenible que satisfaga las necesidades de
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo Local de Mayores de Jerez de la Frontera. Establece la composición, funciones y estructura del Consejo. El Consejo estará formado por representantes políticos municipales y de asociaciones ciudadanas relacionadas con personas mayores. Tendrá como funciones principales asesorar al ayuntamiento sobre políticas de mayores, fomentar la participación ciudadana, y promover el bienestar de las personas mayores en la ciudad. Su estructura incluye un Pleno, una Comisión Per
Este documento presenta el reglamento interno del Consejo Local de Bienestar Social. Establece que el Consejo es un órgano consultivo del ayuntamiento encargado de promover la participación ciudadana en políticas de bienestar social. Describe su composición, que incluye representantes políticos, asociaciones ciudadanas y vecinos electos por sorteo. También define sus funciones, como asesorar al ayuntamiento sobre programas de bienestar social y promover la implicación de la ciudadanía en este ámbito.
Este documento establece el reglamento interno del Consejo Local de Voluntariado de Jerez de la Frontera. Define la naturaleza, funciones y estructura del Consejo, incluyendo la composición de sus órganos como el Pleno y la Comisión Permanente. También especifica las funciones y atribuciones de los cargos como la Presidencia, Vicepresidencias y Secretaría, así como los procedimientos de elección y cese de los miembros del Consejo.
Este documento establece el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de Deportes de Jerez de la Frontera. El Consejo tiene como objetivo promover el deporte como instrumento educativo y de salud. Se compone de representantes municipales, asociaciones deportivas, instituciones y vecinos sorteados. Sus funciones incluyen asesorar sobre políticas deportivas municipales y promover la participación ciudadana en este ámbito.
El documento presenta el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Toluca. Incluye antecedentes, fundamentación jurídica y objetivos generales como diagnosticar la dinámica urbana municipal, proponer un ordenamiento urbano que promueva el bienestar social, y contribuir al desarrollo económico y social del municipio de acuerdo a su realidad. También describe los alcances del plan, que comprende desde el diagnóstico hasta la instrumentación, con el fin de orientar de manera sustentable el crecimiento urbano de Toluca y
Este documento presenta el reglamento interno de funcionamiento del Consejo Local de la Mujer de Jerez de la Frontera. El consejo tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. El reglamento describe la composición, funciones y estructura del consejo, incluyendo la presidencia, vicepresidencias, vocales y secretaría. También establece normas sobre sesiones, grupos de trabajo y cese de cargos. El consejo busca asesorar al ayuntamiento sobre políticas de género e impulsar la
El documento presenta el contexto del municipio de Guayaramerín en Bolivia. Brevemente describe su historia, división político-administrativa con 4 distritos urbanos y 3 cantones rurales. Limita al norte con Pando, al sur y este con Brasil, y al oeste con Riberalta. Tiene un área de 6,100 km2 y una población dedicada principalmente a la explotación de recursos naturales como caucho, quinina y madera. El municipio ha enfrentado procesos de colonización que han afectado a los pueblos indí
Política pública ecourbanismo construccion sostenibleGG_Docus
Este documento presenta la Política Pública de Ecourbanismo y Construcción Sostenible de Bogotá. En primer lugar, establece el marco conceptual basado en el desarrollo sostenible según la Comisión Brundtland de 1987. Luego, realiza un diagnóstico de las problemáticas ambientales, sociales y económicas de la ciudad en materia de urbanismo y construcción. Finalmente, propone la política con objetivos, ejes de acción y estrategias orientadas a lograr un desarrollo territorial sostenible que satisfaga las necesidades de
Sintesis diagnostica pot norte villavicencio marzo 25 2013 (1)Paula López
Este documento presenta un resumen del diagnóstico de la situación actual del municipio de Villavicencio. Describe las características físicas, demográficas, económicas y administrativas del municipio. Explica que el documento fue construido a través de un proceso de participación ciudadana y contiene información sobre aspectos como la geografía, el clima, la población, la economía y la estructura política administrativa de Villavicencio. El objetivo es proveer información relevante para la formulación de un nuevo plan de
Plan de ordenamiento territorial villavicencio (pot)maoks
Este documento es un decreto que adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Villavicencio. Explica que el Concejo Municipal introdujo modificaciones al proyecto de Plan de Ordenamiento sin seguir los procedimientos legales requeridos y rechazó las objeciones presentadas por la Alcaldía. Debido a esto, y habiendo transcurrido más de 60 días desde la presentación del proyecto al Concejo, la Alcaldía adopta el Plan de Ordenamiento Territorial mediante decreto, de acuerdo con la ley. El decreto
Este documento presenta el diagnóstico municipal de Trinidad, Beni, Bolivia entre 2007-2011. Resume los aspectos físicos, de infraestructura, ambientales, humanos, económicos y financieros del municipio. Identifica problemas como falta de servicios básicos, degradación ambiental, bajos niveles educativos y económicos vulnerables, con el objetivo de desarrollar un plan estratégico para mejorar el desarrollo humano, infraestructura, economía y medio ambiente en la región.
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadanalaspalmasgces
Este documento presenta el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. El reglamento establece los derechos de participación de los ciudadanos, como el derecho a la información, iniciativa popular y consulta. También describe la organización municipal para la participación, incluyendo sistemas de información, registros, órganos como el Consejo Social de la Ciudad y consejos de distrito. El objetivo es promover una mayor y mejor participación ciudadana en los asuntos públicos municipales.
Este documento presenta un diagnóstico socioeconómico del municipio de Huacaraje en Bolivia. Describe aspectos como la ubicación geográfica, división político-administrativa, aspectos físico-naturales como clima, suelos, flora y fauna, y aspectos socio-culturales como demografía, educación y salud. También analiza aspectos económico-productivos como tenencia de la tierra, sistemas de producción agrícola, pecuaria, forestal y artesanal. El diagnóstico ofrece inform
Este documento presenta el índice de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En el Título I, se establecen las disposiciones generales, incluyendo las normas de competencia de los organismos involucrados en la planificación urbana, urbanización y construcción. El Título II aborda la planificación urbana, el Título III la construcción, y el Título IV las viviendas económicas.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Municipalidades del Perú. Establece normas sobre la creación, organización, funciones y competencias de los gobiernos locales a nivel provincial y distrital. Reconoce su autonomía política, económica y administrativa. Describe sus órganos como el concejo municipal y la alcaldía, y sus funciones como la prestación de servicios, el desarrollo local y la planificación territorial participativa.
Este documento describe los consejos comunales y las cooperativas en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que buscan resolver problemas locales y mejorar las comunidades a través de proyectos. También describe el proceso de formación legal de un consejo comunal y sus órganos internos. Finalmente, explica las diferentes formas de cooperativas y su fundamento legal.
Este documento presenta el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Establece su naturaleza jurídica, finalidad, jurisdicción y objetivos. Describe su estructura organizativa a través de diferentes órganos de gobierno, asesoría, apoyo y línea. Finalmente, presenta las bases legales que rigen su funcionamiento.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Establece las normas generales sobre contratación en el sector público, incluyendo los tipos de contratos, los umbrales para su regulación armonizada y el régimen de invalidez. Además, regula aspectos como la libertad de pactos, el contenido mínimo de los contratos y la forma y perfección de los mismos.
El documento describe la creación y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela según la Constitución y la ley. Estos consejos están presididos por los alcaldes e integrados por concejales, juntas parroquiales y representantes comunitarios. Tienen la función de recopilar propuestas vecinales, impulsar el plan municipal de desarrollo y aprobar el presupuesto de inversiones municipal.
Este documento presenta la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y los municipios aledaños. La ley establece el marco institucional y técnico para la planificación coordinada del desarrollo urbano en esta región, incluyendo la creación de cuatro organismos (COAMSS, CODEMET, OPAMSS y COPLAMSS) y el Plan Metropolitano de Ordenamiento Territorial. Además, busca regular el uso del suelo y dotar de servicios públicos a la región de manera
Este documento presenta un anteproyecto de ley general de desarrollo urbano. Establece disposiciones generales sobre objetivos, principios y definiciones clave. Describe los componentes y instrumentos de planificación urbana como planes nacional, metropolitanos, locales y específicos. Clasifica el suelo en urbano, urbanizable, rústico y de protección. Detalla elementos de soporte urbano como espacios públicos, infraestructura, equipamiento, servicios y paisaje. Incluye capítulos sobre gestión urbana, conc
Este documento establece la normativa para la organización y funcionamiento de los distritos municipales de Donostia/San Sebastián. Se dividen el municipio en cuatro distritos con el fin de facilitar la participación ciudadana y descentralizar la gestión municipal. Cada distrito contará con una Junta Municipal de Distrito como órgano de gobierno, compuesta por concejales y representantes vecinales. Los distritos tendrán competencias en materias como servicios públicos, obras y licencias para mejorar la gestión a nivel local.
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...participacion
Este documento describe el procedimiento para establecer y operar un Consejo Local de Planificación Pública. Explica que el Alcalde notificará sobre el proceso de planificación municipal y establecerá fechas para las asambleas ciudadanas, elección de representantes al Consejo, e instalación del Consejo. Luego, el Consejo se instalará formalmente, elaborará un cronograma de actividades y ordenanzas para su funcionamiento, y coordinará la elaboración participativa del Plan Municipal de Desarrollo. El Consejo se reunirá mensualmente para super
Este documento presenta un diagnóstico de la situación actual del municipio de Subachoque, Colombia. Incluye análisis de la población, vivienda, suelo, estructura ecológica, servicios públicos y otros factores. La población ha crecido rápidamente y existe déficit de vivienda y suelo urbano. Los ecosistemas han sido degradados pero aún quedan zonas ambientalmente importantes. Se requiere mejorar la planificación territorial para equilibrar el desarrollo humano y la protección ambiental.
El acta resume la sesión extraordinaria del pleno del ayuntamiento de Trescasas celebrada el 23 de junio de 2011. Se aprobaron varios acuerdos incluyendo la aprobación del acta anterior, establecer la periodicidad de las sesiones del pleno, nombrar representantes de la corporación en diferentes órganos, crear una comisión especial de cuentas y hacienda, y conocer las resoluciones del alcalde sobre nombramientos y delegaciones.
Este documento presenta el Plan de Desarrollo Municipal del municipio de El Puente para el período 2007-2011. El plan fue elaborado mediante un proceso participativo que incluyó talleres comunales, distritales y municipales para diagnosticar las necesidades y prioridades de las comunidades. El plan contiene un diagnóstico del municipio, una visión y objetivos estratégicos, y programas y proyectos enfocados en el desarrollo económico, recursos naturales, desarrollo humano e institucional. El plan busca mejorar las con
Este documento presenta el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Naucalpan de Juárez. Incluye un diagnóstico del territorio municipal que analiza aspectos físicos, demográficos, socioeconómicos y de desarrollo urbano. También establece políticas y estrategias de ordenamiento territorial, y normas para el uso del suelo. El objetivo general es regular el crecimiento urbano y mejorar la calidad de vida de los habitantes de Naucalpan de Juárez.
Este documento enumera las 35 funciones principales del alcalde municipal. Entre ellas se encuentran dirigir la formulación del plan de desarrollo local, presidir sesiones del concejo municipal, proponer proyectos de ordenanza, aprobar el presupuesto municipal, designar funcionarios, supervisar empresas e inversiones municipales, y atender las necesidades y pedidos de la comunidad. También describe los procesos de reemplazo en caso de ausencia del alcalde o concejales.
Este documento presenta el Plan Municipal de Generación de Empleo para el año 2000. El plan incluye subvenciones para la creación de empleo estable, la transformación de contratos temporales a indefinidos, la creación de empleo temporal, la inserción laboral de personas sin titulación o recién tituladas, el autoempleo, la creación de empresas de economía social, y el desarrollo del mundo rural. El objetivo es favorecer el empleo de colectivos con dificultades y apoyar la creación de nuevas empresas. El plan actualiza
Este documento establece las normas sobre el uso de bicicletas en España. Define qué es una bicicleta y establece los requisitos de frenos, timbre y alumbrado. También cubre el transporte de niños y carga, y las normas para circular por la calzada y vías ciclistas. Finalmente, describe diferentes tipos de vías ciclistas y las normas de prioridad y circulación en zonas pacificadas.
Sintesis diagnostica pot norte villavicencio marzo 25 2013 (1)Paula López
Este documento presenta un resumen del diagnóstico de la situación actual del municipio de Villavicencio. Describe las características físicas, demográficas, económicas y administrativas del municipio. Explica que el documento fue construido a través de un proceso de participación ciudadana y contiene información sobre aspectos como la geografía, el clima, la población, la economía y la estructura política administrativa de Villavicencio. El objetivo es proveer información relevante para la formulación de un nuevo plan de
Plan de ordenamiento territorial villavicencio (pot)maoks
Este documento es un decreto que adopta el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Villavicencio. Explica que el Concejo Municipal introdujo modificaciones al proyecto de Plan de Ordenamiento sin seguir los procedimientos legales requeridos y rechazó las objeciones presentadas por la Alcaldía. Debido a esto, y habiendo transcurrido más de 60 días desde la presentación del proyecto al Concejo, la Alcaldía adopta el Plan de Ordenamiento Territorial mediante decreto, de acuerdo con la ley. El decreto
Este documento presenta el diagnóstico municipal de Trinidad, Beni, Bolivia entre 2007-2011. Resume los aspectos físicos, de infraestructura, ambientales, humanos, económicos y financieros del municipio. Identifica problemas como falta de servicios básicos, degradación ambiental, bajos niveles educativos y económicos vulnerables, con el objetivo de desarrollar un plan estratégico para mejorar el desarrollo humano, infraestructura, economía y medio ambiente en la región.
Reglamento Orgánico de Participación Ciudadanalaspalmasgces
Este documento presenta el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. El reglamento establece los derechos de participación de los ciudadanos, como el derecho a la información, iniciativa popular y consulta. También describe la organización municipal para la participación, incluyendo sistemas de información, registros, órganos como el Consejo Social de la Ciudad y consejos de distrito. El objetivo es promover una mayor y mejor participación ciudadana en los asuntos públicos municipales.
Este documento presenta un diagnóstico socioeconómico del municipio de Huacaraje en Bolivia. Describe aspectos como la ubicación geográfica, división político-administrativa, aspectos físico-naturales como clima, suelos, flora y fauna, y aspectos socio-culturales como demografía, educación y salud. También analiza aspectos económico-productivos como tenencia de la tierra, sistemas de producción agrícola, pecuaria, forestal y artesanal. El diagnóstico ofrece inform
Este documento presenta el índice de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En el Título I, se establecen las disposiciones generales, incluyendo las normas de competencia de los organismos involucrados en la planificación urbana, urbanización y construcción. El Título II aborda la planificación urbana, el Título III la construcción, y el Título IV las viviendas económicas.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Municipalidades del Perú. Establece normas sobre la creación, organización, funciones y competencias de los gobiernos locales a nivel provincial y distrital. Reconoce su autonomía política, económica y administrativa. Describe sus órganos como el concejo municipal y la alcaldía, y sus funciones como la prestación de servicios, el desarrollo local y la planificación territorial participativa.
Este documento describe los consejos comunales y las cooperativas en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que buscan resolver problemas locales y mejorar las comunidades a través de proyectos. También describe el proceso de formación legal de un consejo comunal y sus órganos internos. Finalmente, explica las diferentes formas de cooperativas y su fundamento legal.
Este documento presenta el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Establece su naturaleza jurídica, finalidad, jurisdicción y objetivos. Describe su estructura organizativa a través de diferentes órganos de gobierno, asesoría, apoyo y línea. Finalmente, presenta las bases legales que rigen su funcionamiento.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Establece las normas generales sobre contratación en el sector público, incluyendo los tipos de contratos, los umbrales para su regulación armonizada y el régimen de invalidez. Además, regula aspectos como la libertad de pactos, el contenido mínimo de los contratos y la forma y perfección de los mismos.
El documento describe la creación y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública en Venezuela según la Constitución y la ley. Estos consejos están presididos por los alcaldes e integrados por concejales, juntas parroquiales y representantes comunitarios. Tienen la función de recopilar propuestas vecinales, impulsar el plan municipal de desarrollo y aprobar el presupuesto de inversiones municipal.
Este documento presenta la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y los municipios aledaños. La ley establece el marco institucional y técnico para la planificación coordinada del desarrollo urbano en esta región, incluyendo la creación de cuatro organismos (COAMSS, CODEMET, OPAMSS y COPLAMSS) y el Plan Metropolitano de Ordenamiento Territorial. Además, busca regular el uso del suelo y dotar de servicios públicos a la región de manera
Este documento presenta un anteproyecto de ley general de desarrollo urbano. Establece disposiciones generales sobre objetivos, principios y definiciones clave. Describe los componentes y instrumentos de planificación urbana como planes nacional, metropolitanos, locales y específicos. Clasifica el suelo en urbano, urbanizable, rústico y de protección. Detalla elementos de soporte urbano como espacios públicos, infraestructura, equipamiento, servicios y paisaje. Incluye capítulos sobre gestión urbana, conc
Este documento establece la normativa para la organización y funcionamiento de los distritos municipales de Donostia/San Sebastián. Se dividen el municipio en cuatro distritos con el fin de facilitar la participación ciudadana y descentralizar la gestión municipal. Cada distrito contará con una Junta Municipal de Distrito como órgano de gobierno, compuesta por concejales y representantes vecinales. Los distritos tendrán competencias en materias como servicios públicos, obras y licencias para mejorar la gestión a nivel local.
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...participacion
Este documento describe el procedimiento para establecer y operar un Consejo Local de Planificación Pública. Explica que el Alcalde notificará sobre el proceso de planificación municipal y establecerá fechas para las asambleas ciudadanas, elección de representantes al Consejo, e instalación del Consejo. Luego, el Consejo se instalará formalmente, elaborará un cronograma de actividades y ordenanzas para su funcionamiento, y coordinará la elaboración participativa del Plan Municipal de Desarrollo. El Consejo se reunirá mensualmente para super
Este documento presenta un diagnóstico de la situación actual del municipio de Subachoque, Colombia. Incluye análisis de la población, vivienda, suelo, estructura ecológica, servicios públicos y otros factores. La población ha crecido rápidamente y existe déficit de vivienda y suelo urbano. Los ecosistemas han sido degradados pero aún quedan zonas ambientalmente importantes. Se requiere mejorar la planificación territorial para equilibrar el desarrollo humano y la protección ambiental.
El acta resume la sesión extraordinaria del pleno del ayuntamiento de Trescasas celebrada el 23 de junio de 2011. Se aprobaron varios acuerdos incluyendo la aprobación del acta anterior, establecer la periodicidad de las sesiones del pleno, nombrar representantes de la corporación en diferentes órganos, crear una comisión especial de cuentas y hacienda, y conocer las resoluciones del alcalde sobre nombramientos y delegaciones.
Este documento presenta el Plan de Desarrollo Municipal del municipio de El Puente para el período 2007-2011. El plan fue elaborado mediante un proceso participativo que incluyó talleres comunales, distritales y municipales para diagnosticar las necesidades y prioridades de las comunidades. El plan contiene un diagnóstico del municipio, una visión y objetivos estratégicos, y programas y proyectos enfocados en el desarrollo económico, recursos naturales, desarrollo humano e institucional. El plan busca mejorar las con
Este documento presenta el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Naucalpan de Juárez. Incluye un diagnóstico del territorio municipal que analiza aspectos físicos, demográficos, socioeconómicos y de desarrollo urbano. También establece políticas y estrategias de ordenamiento territorial, y normas para el uso del suelo. El objetivo general es regular el crecimiento urbano y mejorar la calidad de vida de los habitantes de Naucalpan de Juárez.
Este documento enumera las 35 funciones principales del alcalde municipal. Entre ellas se encuentran dirigir la formulación del plan de desarrollo local, presidir sesiones del concejo municipal, proponer proyectos de ordenanza, aprobar el presupuesto municipal, designar funcionarios, supervisar empresas e inversiones municipales, y atender las necesidades y pedidos de la comunidad. También describe los procesos de reemplazo en caso de ausencia del alcalde o concejales.
Este documento presenta el Plan Municipal de Generación de Empleo para el año 2000. El plan incluye subvenciones para la creación de empleo estable, la transformación de contratos temporales a indefinidos, la creación de empleo temporal, la inserción laboral de personas sin titulación o recién tituladas, el autoempleo, la creación de empresas de economía social, y el desarrollo del mundo rural. El objetivo es favorecer el empleo de colectivos con dificultades y apoyar la creación de nuevas empresas. El plan actualiza
Este documento establece las normas sobre el uso de bicicletas en España. Define qué es una bicicleta y establece los requisitos de frenos, timbre y alumbrado. También cubre el transporte de niños y carga, y las normas para circular por la calzada y vías ciclistas. Finalmente, describe diferentes tipos de vías ciclistas y las normas de prioridad y circulación en zonas pacificadas.
The Digital Pompidou Centre project aims to create a new website for the Centre Pompidou using semantic web and linked data principles. This will replace the current website and create a central digital library. The project involves linking cultural data from the museum, libraries, and archives into a unified data model. Key challenges include improving scalability, updating data daily, and gaining institutional support for opening the data.
This document provides tips for boosting sales and marketing outcomes with minimal budgets. It discusses using persuasion nudges based on principles of social and positive psychology. Specific tips mentioned include appreciating customers and employees, personalizing outreach, using social proof and imagery, being specific about opportunity costs, and leveraging individual strengths. The overall message is that small changes focused on strengths, appreciation, and persuasion can help compete effectively with limited resources.
La cromatografía es un método de separación física que separa los componentes de una mezcla entre dos fases, una fase estacionaria inmóvil y una fase móvil. Los componentes se mueven a través de la fase estacionaria a diferentes velocidades debido a las diferencias en cómo interactúan con las dos fases, lo que permite su separación. Existen varios tipos de cromatografía como cromatografía en papel, cromatografía en columna, cromatografía de gases y cromatografía de líqu
Este documento presenta la Ordenanza Municipal de Circulación de un municipio. Establece normas sobre el tráfico rodado, peatonal y de estacionamiento en vías públicas, incluyendo límites de velocidad, sentidos de circulación, prioridad de paso, zonas peatonales, carga y descarga, paradas de transporte público, y accesibilidad para personas con discapacidad. La ordenanza contiene 80 artículos organizados en 19 secciones que regulan todos los aspectos de la circulación vial en el municipio.
This document discusses how funders can encourage good measurement practices among grantees. It outlines the impact cycle that funders should follow, which includes agreeing on a measurement plan, collecting impact data, analyzing findings, and sharing lessons learned. The document also notes that while most funders currently collect outcome data and support measurement, grantee capacity is often an issue. Finally, it describes different models of funding - responsive, targeted, and single goal oriented - and which types of impact measurement each approach should focus on or ensure.
This document provides an event marketing guide for the CIOshared community website. It outlines the website's features for sharing content, questions and answers, research, and events. It then describes the growing membership base in terms of country, company size, industry, and job roles. Various marketing support options are listed, including announcements, blog posts, banners, and market research. Targeting criteria and data provided for lead generation are also summarized. Sample marketing packages with guaranteed results for downloads, webinars, trials, and advertising are presented. Premium sponsorship packages are outlined at the end.
Este documento presenta diferentes técnicas de síntesis para estudiar, incluyendo el subrayado, resumen, cuadro sinóptico, mapa conceptual y mapa mental. Explica que la síntesis presenta las ideas principales de un texto de manera narrativa, a diferencia de un resumen. Luego, describe brevemente cada técnica y proporciona un ejemplo de mapa conceptual.
Reglamento Interno del Comité de Gestión plancomuna2
1) El documento establece el reglamento interno del Comité de Gestión del Plan de Desarrollo Local de la Comuna 2 de Medellín. 2) El Comité tiene como objetivos articular el desarrollo local con los niveles municipal, departamental y nacional, y participar en la planificación y toma de decisiones del gobierno municipal. 3) El Comité estará integrado por representantes de la Junta Administradora Local, Asocomunal, las comisiones temáticas del consejo consultivo y el delegado al consejo municipal de planeación.
Este documento presenta los estatutos de la Agrupación Empresarial Txorierri. Establece que la asociación tiene como objetivo representar y defender los intereses comunes de las empresas asociadas en la comarca de Txorierri. Los estatutos describen la estructura de gobierno de la asociación, incluyendo una Asamblea General y una Junta Directiva. También especifican los derechos y deberes de los socios, así como los procedimientos para modificar los estatutos y disolver la asociación.
Este documento discute los fundamentos legales y limitaciones de las ordenanzas municipales ambientales en Chile. Explica que las municipalidades están facultadas para dictar este tipo de ordenanzas de acuerdo a la ley, siempre que no contradigan la Constitución o la ley. También resume el estado actual de las ordenanzas ambientales en las municipalidades chilenas.
Propuesta de creación de la Comarca sierra Norte de Madrid. Elección directa de los consejeros por los ciudadanos.
Elección de los Consejeros: cada partido presenta una lista con 42 consejeros electos, no tiene por qué haber un electo por municipio
Elección del Presidente: entre los consejeros elegidos se procede a votar al que hará de presidente
Elección de los Consejeros de Zona (sierra de la Cabrera, Sierra del Rincón, Valle alto del Lozoya, Valle medio del Lozoya, Valle bajo del Lozoya, Valle del Jarama)
en función de la población de cada zona se determinará el número de consejeros de la zona. Mediante acuerdo, los 42 consejeros se asignarán a las 6 zonas y representarán los intereses de cada una de las zonas.
Elección de la comisión de Zona: estará formada por los consejeros asignados a cada zona, que elegirán al presidente de cada comisión
Junta de Coordinación, estará integrada por los presidentes de las Comisiones de Zona
Comisión especial de cuentas: compuesta por un consejero por cada partido político
En resumen:
42 consejeros
1 presidente
6 comisiones de zona con 6 presidentes de Comisión de Zona que forman la Junta de Coordinación
1 Comisión Especial de cuentas, con un representante por partido político
Este documento presenta un nuevo Reglamento de Participación Ciudadana para la ciudad de Córdoba. El Reglamento tiene como objetivo implicar a la ciudadanía en la construcción colectiva de su comunidad de una manera inclusiva y transformadora, mejorando las condiciones para la participación ciudadana y profundizando en los cauces para que la ciudadanía participe en temas de interés común. El Reglamento también busca incorporar las necesidades y conocimientos ciudadanos en la toma de decisiones políticas a través de la formación, el desarrollo de pro
Acuerdo no. 06 de agosto 30 de 2013, cmdrmannotazs
Este documento modifica el acuerdo No. 05 de 2008 que creó el Consejo Municipal de Desarrollo Rural de Cocorná, Antioquia. Se amplía e incluye nuevos integrantes en el consejo y se añaden funciones como conformar la Comisión Municipal de Tecnología y Asistencia Técnica y seleccionar entidades prestadoras de servicios de asistencia técnica rural. El consejo coordinará acciones y recursos para el desarrollo rural local y priorizará proyectos de cofinanciación.
Ordenanza de convivencia ciudadana (final)Iván Yáñez
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES
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Presentación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sanción de Infracciones Menores, se basa en regular el comportamiento de los ciudadanos en el Municipio Caroní del Estado Bolívar prevaleciendo la tranquilidad pública y las relaciones de convivencia dentro del territorio.
Incluye la Exposición de Motivos de la creación de esta Ordenanza; el Índice para el apoyo al ciudadano al momento de su lectura ya que contiene sus Capítulos y respectivos Títulos.
Este documento es una ley que regula las bases del régimen local en España. Establece disposiciones generales sobre el municipio, la provincia y otras entidades locales, incluyendo su organización, competencias, funcionamiento y personal. La ley contiene 11 títulos y varias disposiciones adicionales, transitorias y finales para regular distintos aspectos de las administraciones locales.
Este documento presenta los componentes de un proyecto de investigación sobre el COOTAD (Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización) realizado por 7 estudiantes y su docente. Incluye la introducción del proyecto, los capítulos sobre los gobiernos autónomos descentralizados regionales y provinciales, definiendo sus funciones, competencias y autoridades.
Base Legal Para la Supervisión EFA DistritalDSKUQUIAN
Este documento establece la base legal para la supervisión de gobiernos locales (distritales) en Perú. Describe las leyes y decretos que otorgan a las municipalidades distritales y provinciales la autoridad para supervisar temas como gestión ambiental, calidad ambiental, áreas verdes, residuos sólidos, y recibir denuncias ambientales. También establece los planes y contenidos requeridos para instrumentos de planificación urbana como los Planes de Desarrollo Urbano y los Planes Urbanos Distritales.
Este documento presenta el Código de Derecho Administrativo de España. Incluye 29 secciones que cubren temas como la ley de procedimiento administrativo, el gobierno y la administración, la administración electrónica, la reutilización de información, la contratación pública, la expropiación forzosa, la jurisdicción contencioso-administrativa y las propiedades públicas. El código proporciona un marco legal integral para el funcionamiento de la administración pública española.
Este decreto supremo regula la implementación de las leyes de participación popular y descentralización administrativa en Bolivia. Define las organizaciones territoriales de base como sujetos de la participación popular y establece sus derechos y deberes. También regula los comités de vigilancia, los gobiernos municipales y la creación de distritos municipales para promover una gestión administrativa más efectiva a nivel local.
Este documento es el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. Establece la estructura y funcionamiento de los órganos municipales como el Alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno, así como los derechos, deberes y responsabilidades de los miembros de la corporación. También regula aspectos como la participación ciudadana, los mecanismos de control político y la organización administrativa municipal. El reglamento se basa en la legislación sobre el régimen local establecida en la Constitución
Este documento presenta el reglamento interno del Comité de Prevención de Accidentes y Seguridad Vial del Municipio de Tizimín, Yucatán. El reglamento establece el objetivo y organización del comité, las facultades y obligaciones de sus miembros, las sesiones, los grupos de trabajo y las disposiciones sobre suplencias y modificaciones al reglamento. Adicionalmente, modifica el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tizimín en materia de nombre y escudo del municipio.
Este documento presenta la Ley de Obras Públicas y Servicios del Estado de Guerrero, la cual regula las acciones relacionadas con la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución y control de obras públicas y servicios conexos realizados por dependencias y entidades del gobierno estatal y ayuntamientos. La ley establece los conceptos básicos de obras públicas y servicios conexos, y los lineamientos para el desarrollo de obras públicas de manera ordenada, eficiente y responsable.
Este documento presenta el proyecto de estatuto autonómico departamental de Cochabamba. Establece la organización del gobierno autónomo departamental, dividiéndolo en un órgano legislativo (Asamblea Legislativa Departamental), un órgano ejecutivo (Gobernación) y definiendo sus competencias y relaciones. También determina las bases de la planificación, economía, finanzas y ordenamiento jurídico interno del departamento de Cochabamba.
Reglamento Para La RegulacióN De Los ComitéS Comunitarios En Materia De Segur...sergio
Este documento presenta el Reglamento para la Regulación de los Comités Comunitarios en Materia de Seguridad Pública del Municipio de Apodaca, Nuevo León. El reglamento establece las disposiciones generales, incluyendo las definiciones y la integración de los comités. También describe la participación ciudadana a través de los comités comunitarios y su función en la prevención del delito en coordinación con las autoridades locales.
Este documento presenta un sumario de la legislación administrativa española. Incluye secciones sobre la Constitución, la Unión Europea, la organización y régimen jurídico de las administraciones públicas en España, las comunidades autónomas, y la administración local. Resume los principales textos legales que rigen estas áreas en el ordenamiento jurídico español.
Este documento presenta un código de urbanismo de Castilla-La Mancha que incluye decretos y normas relacionadas con la ordenación del territorio y la actividad urbanística en la región. Contiene un texto refundido de la ley de ordenación del territorio y la actividad urbanística, decretos sobre catálogos de suelo residencial, reglamentos de suelo rústico y planeamiento, y normas técnicas de planeamiento. El código proporciona una visión general de la legislación y regulación urbanística aplicable en Castilla
Este documento presenta una ordenanza municipal para la igualdad de mujeres y hombres en el ayuntamiento de Tolosa. La ordenanza establece el marco normativo para la intervención del gobierno local en esta materia y consta de veintidós capítulos que regulan aspectos como la representación política equilibrada, la creación de un servicio para la igualdad, la elaboración de un plan para la igualdad, la formación en igualdad del personal municipal y medidas para fomentar la igualdad en diferentes áreas como empleo, contratación pública, subvenciones, medios de comunic
Esta ordenanza municipal regula la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas en el término municipal de Jerez de la Frontera. Establece normas sobre planificación, limitaciones, licencias, conservación y mantenimiento de las instalaciones, así como sobre infracciones y sanciones. El objetivo es compatibilizar el desarrollo de estas infraestructuras con la preservación del paisaje urbano y la minimización de su impacto, de acuerdo con la legislación sobre telecomunicaciones.
Este documento establece el reglamento interno de organización y funcionamiento del Observatorio Local de la Violencia de Género en Jerez. Define la naturaleza, objetivos, funciones y composición del Observatorio. Sus objetivos principales son conocer la realidad de la violencia de género en Jerez, formular recomendaciones para mejorar la prevención y atención, y proponer medidas para la erradicación. El Observatorio estará compuesto por un Pleno, comisiones de trabajo, una Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría.
Este documento establece las normas para la participación ciudadana en el Ayuntamiento de Jerez. Regula el derecho a la información de los ciudadanos, incluyendo canales como la web municipal, redes sociales y oficinas de atención. También regula formas de participación como peticiones, consultas populares, iniciativas ciudadanas y audiencias públicas. El objetivo es promover la transparencia y facilitar la implicación de los vecinos en los asuntos municipales.
Este documento presenta el reglamento de uso y convivencia de los Centros de Barrio. Establece normas para el buen funcionamiento y gestión compartida de los locales entre las asociaciones cesionarias, incluyendo la constitución de una Comisión Gestora, el calendario de actividades, las responsabilidades sobre limpieza y mantenimiento, y la necesidad de un seguro de responsabilidad civil. El objetivo es promover el desarrollo social y cultural a través de la participación ciudadana en dichos espacios municipales.
Este documento establece el reglamento de la Junta Arbitral de Consumo del municipio de Jerez de la Frontera. La junta tiene como objetivo resolver de forma vinculante las quejas y reclamaciones de los consumidores sobre empresas. La junta estará compuesta por un presidente y secretario designados por el ayuntamiento. Sus funciones incluyen fomentar los convenios arbitrales, mediar en controversias, mantener un censo de empresas adheridas y nombrar árbitros para resolver casos específicos. El reglamento busca equilibrar la
Este documento presenta el reglamento del Consejo Municipal de Educación. Establece que el Consejo estará compuesto por representantes del Ayuntamiento, la administración autonómica, profesores, padres de alumnos, alumnos y personal no docente. Sus funciones incluyen participar en la planificación educativa municipal, coordinar el uso de los centros escolares después del horario lectivo, y elevar propuestas sobre necesidades educativas al Ayuntamiento y otras administraciones.
Este documento contiene una ordenanza municipal sobre protección del medio ambiente. Se divide en varios títulos que regulan diferentes aspectos como la contaminación atmosférica, residuos líquidos y calidad acústica. Incluye artículos sobre niveles máximos de emisión e inmisión, autorizaciones para vertidos, inspecciones, infracciones y sanciones. El objetivo general es establecer normas para proteger el medio ambiente y la salud pública en el municipio.
Este documento contiene las Ordenanzas de Policía y Buen Gobierno de un municipio. Está dividido en 13 secciones que regulan diferentes aspectos como el tráfico, la construcción, la limpieza pública, los establecimientos comerciales, y la prevención de ruidos y vibraciones. Cada sección contiene varios artículos que establecen normas específicas sobre cada tema. El objetivo general es promover el orden, la seguridad y la convivencia en el municipio.
Ordenanza municipal sobre_proteccion_y_tenencia_de_animales_de_compania_y_pot...Federación Solidaridad
Este documento presenta una ordenanza municipal sobre la protección y tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos en Jerez de la Frontera. Establece normas para el bienestar y cuidado de animales, así como para la tenencia de animales potencialmente peligrosos requiriendo una licencia. También define infracciones y sanciones aplicables. El objetivo es regular la convivencia entre personas y animales de forma que se garantice la seguridad pública y el bienestar de los animales.
Ordenanza municipal reguladora_del_servicio_urbano_de_transportes_en_automovi...Federación Solidaridad
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Este documento presenta una ordenanza municipal sobre la gestión y protección del arbolado urbano y las zonas verdes en la ciudad de Jerez de la Frontera, España. La ordenanza tiene como objetivos regular la planificación, gestión y protección del arbolado urbano y las zonas verdes, así como mejorar el derecho de los ciudadanos al uso y disfrute de estos espacios. La ordenanza es aplicable a distintos espacios públicos y privados de la ciudad que contienen arbolado o zonas verdes.
Esta ordenanza establece la obligación de realizar inspecciones técnicas de edificaciones en Jerez de la Frontera con el fin de determinar su estado de conservación y garantizar el cumplimiento del deber de mantenimiento. Estarán sujetas a inspección las edificaciones de más de 20 años o catalogadas. Los propietarios deberán obtener un informe técnico cada 10-15 años y presentarlo en el registro municipal junto a otros documentos. El objetivo es prevenir riesgos y fomentar la conservación del patrimonio edificatorio de la ciudad de
Esta ordenanza municipal regula la instalación y funcionamiento de infraestructuras radioeléctricas en el término municipal de Jerez de la Frontera. Establece normas sobre planificación, limitaciones, licencias, conservación y mantenimiento de las instalaciones, así como sobre infracciones y sanciones. El objetivo es compatibilizar el desarrollo de estas infraestructuras con la preservación del paisaje urbano y la minimización de su impacto.
Este documento presenta una ordenanza general que regula las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento y sus organismos. Establece normas sobre los conceptos y ámbitos de aplicación de las subvenciones, la financiación, los beneficiarios, los procedimientos para la concesión y gestión, y los mecanismos de reintegro y sanción. Se compone de seis capítulos que describen estas diferentes secciones y los artículos correspondientes a cada una.
Este documento establece una ordenanza municipal para promover la accesibilidad y eliminación de barreras en el transporte y la comunicación en la ciudad de Jerez. El objetivo es garantizar el derecho a la movilidad y la información de todos los ciudadanos, especialmente de personas con discapacidad. Se propone hacer accesibles los autobuses urbanos, paradas y marquesinas, así como incluir criterios de accesibilidad en concesiones de transporte público.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...
R consejo l_medio_ambiente
1. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente
CONSEJO LOCAL DE MEDIO
AMBIENTE
REGLAMENTO INTERNO DE
FUNCIONAMIENTO
2. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente
CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE
REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO
ÍNDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.................................................................................................Pág.1
TÍTULO I - NATURALEZA Y FUNCIONES
Artículo 1 - - Definición......................................................................................................Pág.2
Artículo 2 – Régimen Jurídico ............................................................................................Pág.2
Artículo 3 – Ámbito de actuación .......................................................................................Pág.2
Artículo 4 – Funciones .......................................................................................................Pág.2
TÍTULO II - DE LOS-AS MIEMBROS DEL CONSEJO
Artículo 5 – Composición del Consejo ................................................................................Pág.3
Artículo 6 – Vicepresidencia Ciudadana .............................................................................Pág.4
Artículo 7 – Duración de los cargos ...................................................................................Pág.4
Artículo 8 – Elección o designación de los cargos ........................................................ Pág.4 y 5
Artículo 9 – Cese de los cargos ..........................................................................................Pág.5
TÍTULO III - ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO
CAPÍTULO I - EL PLENO
Artículo 10 – Composición del Pleno..................................................................................Pág.6
Artículo 11 – Funciones del Pleno......................................................................................Pág.6
Artículo 12 –Régimen de Sesiones.....................................................................................Pág.7
Artículo 13 – Régimen y publicidad de acuerdos................................................................Pág.7
CAPÍTULO II – LA COMISIÓN PERMANENTE
Artículo 14 – Composición de la Comisión Permanente................................................ Pág.7 Y 8
Artículo 15 – Elección o designación y renovación de Vocales miembros de la
Comisión Permanente...................................................................................Pág.8
Artículo 16 – Funciones de la Comisión Permanente..........................................................Pág.8
3. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente
Artículo 17 – Régimen de sesiones y adopción de acuerdos ............................................. Pág. 9
CAPÍTULO III – LOS GRUPOS DE TRABAJO
Artículo 18 –Constitución, finalidad y composición............................................................Pág.9
Artículo 19 – Régimen de sesiones y adopción de acuerdos ..............................................Pág.9
CAPÍTULO IV: - FUNCIONES Y ATRIBUCIONES ESPECIFICAS DE LOS ÓRGANOS
UNIPERSONALES DEL CONSEJO
Artículo 20 –De la Presidencia .......................................................................................... Pág. 9
Artículo 21 –De la Vicepresidencia Primera ..................................................................... Pág.10
Artículo 22 – De la Vicepresidencia Segunda ...................................................................Pág.10
Artículo 23 – De la Vicepresidencia Tercera..................................................................... Pág.10
Artículo 24 – De los-as Vocales............................................................................... Pág. 10 Y 11
Artículo 25 – De la Secretaría del Consejo ...................................................................... Pág. 11
Disposición Transitoria ....................................................................................................Pág.11
Disposición Derogatoria...................................................................................................Pág.12
4. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 1
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Consejos Sectoriales son una de las formas más comunes de estructurar el derecho a la
participación ciudadana directa en los asuntos de interés público, instituido en virtud del artículo
23 de la Constitución Española y el artículo 30.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
La participación ciudadana es un hecho tenido en consideración a diversos niveles, tanto
Europeo como Nacional y Autonómico. En todos ellos se fomenta promover la participación de
los ciudadanos en la elaboración de las diferentes políticas medioambientales. Así, a nivel
europeo se crea el Foro Consultivo general, en materia de medio ambiente por parte de la
Comisión Europea.
A nivel nacional se crea el Consejo Asesor de Medio Ambiente, órgano colegiado que tiene por
objeto la participación y seguimiento de las políticas ambientales generales orientadas al
desarrollo sostenible, regulado en el artículo 19 y Anexo de la Ley 27/2006 de 18 de julio. Por
último, a nivel andaluz se crea el Consejo Andaluz de Medio Ambiente, cuyas principales
funciones son: emitir informes en materia medioambiental a iniciativa propia o promovido por la
Consejería de Medio Ambiente, recabar del Consejero de Medio Ambiente la información
necesaria para el ejercicio de sus funciones, acciones de sensibilización, investigación,
conocimiento y divulgación.
La normativa básica reguladora de dichos órganos en el ámbito local se halla establecida en los
artículos 130 y 131 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las
Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre), que el Reglamento Orgánico
Municipal del Ayuntamiento de Jerez incorpora en el artículo 49, estableciendo la posibilidad de
creación de “órganos de participación sectorial en relación a todos los ámbitos de actuación
pública municipal, con la finalidad de integrar la participación de los-as ciudadanos-as y sus
asociaciones”.
El marco normativo común para dichos órganos de participación sectorial, bajo la denominación
de Consejos Sectoriales, se encuentra establecido en el capítulo I del Título III del Reglamento
de Participación Ciudadana (en lo sucesivo RPC), aprobado por acuerdo de Pleno de 29 de
noviembre de 2002 y modificado igualmente por acuerdo de Pleno de 28 de enero de 2008
(BOP nº 39 de 27 de febrero de 2008). Dicho marco normativo común concreta en los artículos
47 al 53 del RPC la definición y finalidad específicas atribuidas a los Consejos Sectoriales, la
competencia del Pleno de la Corporación para su creación y para el nombramiento de sus
miembros, la composición mínima y duración de sus cargos, sus funciones, normas generales
de funcionamiento interno y la atribución de potestades para la determinación de dichas
normas.
Asimismo, el artículo 53 del RPC reconoce a los propios Consejos Sectoriales la potestad para
dotarse de su propio Reglamento Interno de Funcionamiento y al Pleno de la Corporación la
competencia para su ratificación. En el ejercicio de estas competencias, y conforme a las
disposiciones contenidas en el capítulo I del Título III del RPC, se establece el Reglamento
Interno de Funcionamiento del Consejo local de Medio Ambiente en los términos que siguen.
5. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 2
TÍTULO I - NATURALEZA Y FUNCIONES
Artículo 1.- Definición.
El Consejo Local de Medio Ambiente es un órgano complementario del Ayuntamiento de Jerez
de la Frontera, adscrito a la Delegación Municipal competente en esta materia, que se instituye
para ejercer de forma colegiada funciones de carácter consultivo, capacitado para la
formulación de propuestas y sugerencias en relación a las políticas públicas que el
Ayuntamiento de Jerez de la Frontera despliega en el ámbito de Medio Ambiente, con la
finalidad de canalizar la participación ciudadana directa en la gestión municipal en dicho ámbito.
Artículo 2.- Régimen jurídico.
1. La constitución del Consejo Local de Medio Ambiente se fundamenta en los artículos 130 y
131 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, así como en el artículo 49 del Reglamento Orgánico Municipal y en el Título III,
Capítulo I, del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Jerez de la
Frontera.
2. En su funcionamiento y actuación, se regirá por lo dispuesto en el presente Reglamento y
supletoriamente por lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 3.- Ámbito de actuación.
El ámbito de actuación del Consejo Local de Medio Ambiente será el término municipal de Jerez
de la Frontera.
Artículo 4.- Funciones.
En consecuencia con su dimensión como órgano de participación ciudadana en la esfera pública
local, el Consejo Local de Medio Ambiente ejercerá las funciones siguientes:
1. Asesorar al Municipio en relación con los diferentes programas y actuaciones que puedan
desarrollarse en materia de Medio Ambiente, debiendo concretarse este cometido en un
dictamen anual al plan de actuación municipal en dicha materia.
2. Desplegar y asegurar la existencia de los mecanismos necesarios para facilitar la más amplia
información ciudadana en relación a las políticas públicas en materia de Medio Ambiente.
3. Promover y fomentar el asociacionismo, las relaciones entre colectivos ciudadanos, la
implicación ciudadana voluntaria y la cooperación entre entidades y gobierno local en materia
de Medio Ambiente.
4. Actuar como instancia de dinamización y seguimiento de los procesos participativos que
puedan abrirse en relación a las políticas públicas locales en materia de Medio Ambiente.
5. Asegurar la implicación de los sectores sociales y asociativos representados en el Consejo en
procesos de participación estructurados a cuestiones de interés general de la ciudad.
6. Velar por su coordinación con los restantes órganos y estructuras de participación instituidas
en la ciudad.
7. Impulsar programas de formación y autoformación para la participación en beneficio de los-
as miembros integrantes del Consejo y de las entidades y sectores sociales representados en su
seno.
8. Desarrollar y aplicar mecanismos de autoanálisis y evaluación de sus propios rendimientos
como espacios de participación.
6. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 3
TÍTULO II - DE LOS-AS MIEMBROS DEL CONSEJO
Artículo 5.- Composición del Consejo.
El Consejo Local de Medio Ambiente estará formado por:
1. El-la Alcalde-sa Presidente-a de la Corporación, que ejercerá la Presidencia del Consejo.
2. El-la Concejal-a Delegado-a con competencias atribuidas en materia de Medio Ambiente o
bien, en su defecto, la persona designada por parte de la Alcaldía-Presidencia de la Corporación,
que ostentará la Vicepresidencia Primera.
3. El-la Concejal-a Delegado-a con competencias atribuidas en materia de participación
ciudadana o bien, en su defecto, la persona designada por parte de la Alcaldía-Presidencia de la
Corporación, que ejercerá la Vicepresidencia Segunda.
4. Un-a Vocal titular y suplente por cada uno de los grupos políticos representados en la
Corporación Municipal.
5. Un cupo de Vocales titulares y suplentes en representación de las asociaciones ciudadanas
que operen en el término municipal de Jerez de la Frontera en materia de Medio Ambiente,
conforme a la siguiente relación:
a) Dos Vocales en representación de Asociaciones Ecologistas.
b) Dos Vocales en representación de Organizaciones Agrícolas y Ganaderas.
c) Un-a vocal en representación de las Asociaciones de Pedanías y Barriadas Rurales
relacionados con el Medio Ambiente.
d) Un-a vocal en representación de las Federaciones Locales de Asociaciones de Vecinos.
e) Dos vocales en representación de Asociación Protectora de Animales y Plantas.
f) Dos vocales en representación de Asociaciones Deportivas relacionadas con la naturaleza.
g) Un-a vocal en representación Asociaciones Juveniles y de Centros de Tiempo Libre.
6. Un cupo de Vocales titulares y suplentes en representación de las entidades e instituciones
que se indican conforme a la siguiente relación:
a) Un-a vocal en representación de Confederación de Empresarios de Cádiz.
b) Un-a vocal en representación de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.
c) Dos vocales en representación de la Comunidad Educativa.
d) Un-a vocal en representación de la Comunidad Científica.
e) Un-a vocal en representación de la Cámara de Comercio e Industria.
f) Tres vocales en representación de las Organizaciones Sindicales.
7. Un cupo de tres Vocales que se incorporan al Consejo en virtud del sorteo que se realice a
estos efectos entre las personas mayores de edad empadronadas en el término municipal de
Jerez de la Frontera.
8. Un-a empleado-a municipal adscrito-a al área municipal con competencias en materia de
Medio Ambiente, que ejercerá como Secretario-a del Consejo, con voz pero sin voto.
9. El Consejo será asistido por Técnicos Municipales pertenecientes a la Delegación Municipal
con competencias atribuidas en materia de Medio Ambiente, además de un-a Técnico-a a
7. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 4
designar por la Delegación Provincial de la Consejería de la Junta de Andalucía con
competencias atribuidas en materia de Medio Ambiente, que podrán participar en los órganos
del Consejo con voz pero sin voto.
Artículo 6.- Vicepresidencia Ciudadana.
Además de las Vicepresidencias Primera y Segunda que se indican en los apartados 2 y 3 del
artículo anterior, se instituye una Vicepresidencia Tercera o Vicepresidencia Ciudadana que
recaerá en la persona que resulte elegida de entre los-as Vocales que integran los cupos
descritos en los anteriores artículos 5.5, 5.6 y 5.7, conforme al procedimiento establecido en el
artículo 8.2.
Artículo 7.- Duración de los cargos.
1. Como regla general, la duración de los cargos será la de la correspondiente Corporación.
2. Se exceptúan de la regla general los-as Vocales elegidos-as por sorteo, que ejercerán como
miembros del Consejo durante un período máximo de dos años.
Artículo 8.- Elección o designación de los cargos.
1. La Presidencia o Vicepresidencias Primera y Segunda del Consejo se entienden
automáticamente asociadas al ejercicio de los correspondientes cargos en el gobierno local o
derivadas del procedimiento de designación por parte de la Alcaldía-Presidencia de la
Corporación, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 y 5.3.
2. La elección del-la Vicepresidente-a tercero-a se realizará mediante votación de los-as Vocales
integrantes de los cupos descritos en los artículos 5.5, 5.6 y 5.7, conforme al procedimiento
siguiente:
a) La elección tendrá lugar en la sesión constituyente del Consejo al inicio del período de
mandato de la correspondiente Corporación. En el supuesto de que durante dicho período el
cargo quede vacante por cualquier posible circunstancia, se procederá a nueva elección en
la primera sesión ordinaria posterior a la concurrencia de este hecho.
b) Se tendrán en cuenta todas las posibles candidaturas, pudiendo presentarse
indistintamente en nombre propio o a propuesta de cualquier otro-a Vocal integrante de los
dos cupos de representación ciudadana con derecho a voto a efectos de la elección de este
cargo descritos en los artículos 5.5, 5.6 y 5.7, sin que se considere preceptiva la efectiva
asistencia del-la candidato-a en la sesión en que se efectúe la votación, aunque debiendo
existir constancia cierta del consentimiento de la persona afectada por dicha propuesta.
c) La presentación de candidaturas podrá efectuarse indistintamente por escrito o de viva
voz.
d) El plazo de presentación de candidaturas estará abierto hasta el mismo momento previo
al inicio de la votación.
e) Sólo podrán ejercer su derecho a voto los-as Vocales integrantes de los cupos descritos
en los artículos 5.5, 5.6 y 5.7 que se hallen presentes en el momento en que se efectúa la
votación, sin posible delegación.
f) El procedimiento de votación será el que decidan los-as Vocales con derecho a voto
asistentes a la sesión, pudiendo optarse indistintamente por el voto de viva voz, a mano
alzada o mediante voto secreto.
g) Cada vocal con derecho a voto podrá emitir un único voto a favor de cualquiera de las
candidaturas presentadas.
h) Resultará elegido-a el-la candidata-o con mayor número de votos emitidos en su favor.
i) En el supuesto de que se presente una única candidatura, la elección se producirá de
forma automática sin necesidad de votación.
8. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 5
j) En el supuesto de no presentarse ninguna candidatura, el puesto quedará desierto,
pudiendo no obstante ocuparse si posteriormente se presentase alguna candidatura,
dirimiéndose la elección mediante el procedimiento que acuerden en la sesión
correspondiente los-as Vocales con derecho a voto.
3. Los-as Vocales que ejercen como miembros del Consejo en representación de los grupos
políticos municipales serán designados-as por sus respectivos grupos con arreglo a las normas y
criterios que libremente determinen, no teniendo porqué ser los Concejales de los grupos
políticos a los que representan.
4. Los-as Vocales que ejercen en representación de una única asociación o entidad de entre las
descritas en el artículo 5.5 serán elegidos-as o designados-as por dichas entidades conforme a
sus propias reglas de funcionamiento.
5. Los-as vocales que ejercen en representación de agrupaciones de entidades serán elegidos-
as en acto previo conforme al procedimiento siguiente:
a) El acto será convocado y estará presidido por el-la Vicepresidente-a Primero-a.
b) Sólo podrán ejercer su derecho a voto las entidades presentes en el acto, sin posible
delegación.
c) El procedimiento para la presentación de candidaturas y, en su caso, para la realización
de la votación será igual al que se describe anteriormente para la elección del-la
vicepresidente tercero-a.
d) Cada entidad presente podrá emitir un único voto a favor de cualquiera de las
candidaturas presentadas.
e) Resultarán elegidos los-as candidatos-as con mayor número de votos emitidos en su
favor.
6. La elección de Vocales del cupo descrito en el artículo 5.7 se producirá de conformidad con el
procedimiento de aplicación al sorteo general para la elección de Vocales en los diferentes
órganos de participación.
7. El-la Secretario-a del Consejo será designado-a por el-la Concejal titular del área municipal
competente en materia de Medio Ambiente o bien, en ausencia de dicha Concejalía,
directamente por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación.
8. Para el nombramiento de los vocales suplentes, las entidades tendrán en lo posible en cuenta
el criterio de paridad de género.
Artículo 9.- Cese de los cargos.
Los-as miembros del Consejo cesarán en el ejercicio de su condición como tales en los
supuestos siguientes:
a) Por renuncia.
b) Por expiración de su mandato, prorrogándose éste hasta la toma de posesión del-la
titular designado-a para el siguiente mandato.
c) Por muerte o incapacidad física o psíquica sobrevenida.
d) Por sustitución o revocación acordada por la entidad que representa, conforme a sus
propias reglas de funcionamiento interno, y en el caso de tratarse de varias entidades,
mediante el procedimiento establecido en artículo 8.5.
9. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 6
TÍTULO III - ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO
CAPÍTULO I - EL PLENO
Artículo 10.- Composición del Pleno.
El Pleno del Consejo Local de Medio Ambiente estará compuesto por todos-as sus miembros,
conforme a la relación que se establece en el artículo 5 del presente Reglamento.
Artículo 11.- Funciones del Pleno.
1. Con carácter general, y en consecuencia con la finalidad primordial del Consejo como espacio
de participación, el Pleno del Consejo se constituye como el principal ámbito de deliberación
ciudadana en torno a las políticas públicas locales en materia de Medio Ambiente.
2. Específicamente, le corresponden al pleno las siguientes funciones:
a) Conocer y dictaminar el plan anual municipal en materia de Medio Ambiente, así como los
diferentes programas de actuación en que se concrete dicho plan anual.
b) Elaborar propuestas y sugerencias relativas a la actividad municipal en materia de Medio
Ambiente y elevarlas al área municipal competente para su toma en consideración y para su
eventual incorporación al plan anual de actividad en el ámbito de su competencia.
c) Conocer cuantas propuestas ciudadanas en materia de Medio Ambiente sean formuladas y
canalizadas por cualquier medio o como resultado de procesos de participación ciudadana y,
en su caso, debatir dichas propuestas y elevarlas al área municipal competente para su
toma en consideración y para su eventual incorporación al plan anual de actividad en el
ámbito de su competencia.
d) Realizar propuestas relativas a la implementación de medios e instrumentos para la
información ciudadana acerca de la gestión municipal en materia de Medio Ambiente y
evaluar el funcionamiento y rendimiento efectivos de los medios dispuestos con esta
finalidad.
e) Recabar y analizar información relativa a la actividad de otros órganos de participación
ciudadana, con especial atención a aquellos en los que exista representación directa del
propio Consejo.
f) Desarrollar mecanismos de autoevaluación periódica del propio Consejo y analizar sus
resultados en relación a sus diversas funciones.
g) Realizar propuestas para el desarrollo de programas de formación y autoformación
dirigidas al tejido asociativo y ciudadano en materias de Medio Ambiente y de participación
ciudadana.
h) Analizar la eficacia y funcionalidad del presente Reglamento y, en su caso, elaborar
propuestas de modificación del mismo y aprobarlas, elevándolas al Pleno de la Corporación
para su ratificación.
i) Cualesquiera otras funciones adicionales relativas a la actividad municipal en materia de
Medio Ambiente que le sean expresamente atribuidas por los órganos municipales, siempre
que sean asumidas por decisión mayoritaria de los-as miembros de pleno derecho del propio
Consejo.
3. Para el desarrollo de sus funciones, y en particular para la celebración de dictámenes, los
miembros del Consejo habilitarán los procesos de trabajo que consideren oportunos, pudiendo
solicitar la colaboración y comparecencia ante cualquier posible órgano del Consejo de personas
ajenas al mismo con experiencia acreditada en el ámbito de su competencia, así como recabar
la información, asistencia técnica y administrativa que sea precisa.
10. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 7
Artículo 12.- Régimen de sesiones.
1. Las sesiones del Pleno podrán ser ordinarias o extraordinarias.
2. En cada ejercicio anual se realizarán al menos tres sesiones ordinarias y cuantas sesiones
extraordinarias se estimen convenientes, fundadas en circunstancias que lo motiven, a
propuesta de la Presidencia o Vicepresidencia Primera, de la Comisión Permanente o de un
tercio de los-as miembros del Consejo con derecho a voto que lo soliciten formalmente.
3. La convocatoria de las sesiones corresponde a la Presidencia o Vicepresidencia Primera del
Consejo y será cursada por la Secretaría y comunicada a los-as miembros del Pleno con una
antelación mínima de cinco días naturales para las sesiones ordinarias y de cuarenta y ocho
horas para las sesiones extraordinarias.
4. La convocatoria podrá cursarse indistintamente por medios impresos o telemáticos,
haciéndose constar expresamente el orden del día, fecha, hora y lugar de celebración de la
sesión y acompañándose, si procede, de la documentación relativa a los asuntos incluidos en el
orden del día.
5. Las sesiones quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando asistan la
mitad más uno de los miembros con derecho a voto, y en segunda convocatoria, media hora
después, cuando concurra un número de miembros equivalente como mínimo al de la Comisión
Permanente. Para la constitución de la sesión se considera preceptiva la asistencia del-la
Presidente-a o Vicepresidente-a Primero-a, así como la del-la Secretario-a del Consejo o
persona que le sustituya en el ejercicio de estas funciones.
6. Las sesiones estarán dirigidas por el-la Presidente-a del Consejo, que obrará a estos efectos
con la asistencia de una mesa integrada por los-as Vicepresidentes-as Primero-a, Segundo-a y
Tercero-a y por el-la Secretario-a del Consejo.
7. A propuesta de la Comisión Permanente, se podrá instituir un reglamento de sesiones para
su ordenación, que deberá ser acordado por el propio Pleno.
Artículo 13.- Régimen y publicidad de acuerdos.
1. Como regla general, los acuerdos del Pleno serán adoptados por mayoría simple de los-as
miembros presentes con derecho a voto.
2. Se exceptúan de la regla general los acuerdos relativos a los asuntos que se relacionan a
continuación, los cuales requerirán el voto favorable por mayoría cualificada, que se especifica
en cada caso:
a)El dictamen al plan anual municipal en el ámbito de competencia del Consejo, así como
posibles pronunciamientos en relación a otros planes municipales con proyección a largo
plazo y que impliquen a varias delegaciones municipales, que serán aprobados con el voto
favorable de la mitad más uno de los-as miembros presentes con derecho a voto.
b) Las modificaciones al texto del presente Reglamento, que sólo podrán aprobarse con el
voto favorable de la mitad más uno de la totalidad de los-as miembros del Consejo con
derecho a voto, computando a estos efectos los-as miembros ausentes de la sesión.
3. Las actas de todas las sesiones plenarias, así como las propuestas, informes o dictámenes
que puedan elaborar los diferentes órganos del Consejo serán públicas y remitidas de oficio a
todos-as sus miembros.
CAPÍTULO II - LA COMISIÓN PERMANENTE
Artículo 14.- Composición de la Comisión Permanente.
La Comisión Permanente del Consejo Local de Medio Ambiente estará compuesta por:
11. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 8
a) El-la Presidente-a del Consejo.
b) El-la Vicepresidente Primero-a
c) El-la Vicepresidente Tercero-a
d) Un cupo de tres Vocales que compondrán la Comisión Permanente, pertenecientes a los
vocales de representación ciudadana descritos en los artículos 5.5 y 5.6 y que serán
elegidos de entre los-as vocales que integran los cupos descritos en los anteriores artículos
5.5, 5.6 y 5.7, conforme al procedimiento que se indica en los artículos 8.2 y 15.1.
e) El-la Secretario-a del Consejo, con voz pero sin voto.
Artículo 15.- Elección o designación y renovación de Vocales miembros de la Comisión
Permanente.
1. La elección de los-as Vocales de la Comisión Permanente se realizará en la sesión plenaria
constituyente del Consejo, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 8.2 para la
elección del-la Vicepresidente-a Tercero-a.
2, Los-as miembros de la Comisión Permanente se mantendrán como tales durante todo el
período de vigencia de la correspondiente Corporación, salvo que concurran supuestos de cese
indicados en el artículo 9. Cuando en virtud de alguno de dichos supuestos quede vacante
alguna Vocalía, se procederá a nueva elección para su cobertura en la sesión ordinaria del Pleno
inmediatamente posterior.
Artículo 16.- Funciones de la Comisión Permanente.
1. Con carácter general, la Comisión Permanente se ocupará de la preparación general de los
debates del Pleno y de la ejecución y/o seguimiento en primera instancia de los acuerdos que se
adopten.
2. Específicamente, le corresponden a la Comisión Permanente las funciones siguientes:
a) Determinar los asuntos que deben ser incorporados al orden del día de las sesiones del
Pleno.
b) Analizar las propuestas relativas a asuntos de interés del Consejo que puedan ser
formuladas por cualquier miembro y determinar su posible incorporación al orden del día del
Pleno.
c) Elaborar o supervisar los informes y documentos que deban ser trasladados para
conocimiento de los-as miembros del Consejo.
d) Conocer y supervisar la actividad de la Secretaría del Consejo y de los distintos Grupos
de Trabajo.
e) Eventualmente, elaborar y someter a su aprobación por el Pleno el reglamento de
sesiones de dicho órgano.
f) Cualesquiera otras funciones que les sean expresamente delegadas o encomendadas por
el Pleno del Consejo.
Artículo 17.- Régimen de sesiones y adopción de acuerdos.
1. La Comisión Permanente se reunirá en sesión ordinaria al menos tres veces en cada ejercicio
anual para la preparación de la subsiguiente sesión ordinaria del Pleno.
2. En sesión extraordinaria, podrá reunirse cuando concurran circunstancias que lo justifiquen,
a propuesta de la Presidencia o de la Vicepresidencia Primera del Consejo, o a instancias de un
tercio de sus miembros con derecho a voto previa solicitud formal en tal sentido.
12. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 9
3. El procedimiento para realizar la convocatoria y los requisitos para la constitución de la
sesión y para la adopción de acuerdos serán los mismos que rigen para el Pleno del Consejo.
CAPÍTULO III - LOS GRUPOS DE TRABAJO
Artículo 18.- Constitución, finalidad y composición.
1. Se podrán crear Grupos de Trabajo permanentes o temporales para la realización o
preparación de tareas concretas, o bien, para el estudio de temáticas vinculadas al ámbito de
competencia del Consejo.
2. Los Grupos de Trabajo se constituirán por acuerdo del Pleno y a propuesta de la Comisión
Permanente, sin perjuicio de que la iniciativa de creación pueda ser planteada por cualquier
posible miembro del Consejo.
3. Con carácter general, los Grupos de Trabajo se constituyen como estructuras flexibles y
adaptadas tanto a la naturaleza de sus cometidos como a la disponibilidad de sus miembros.
4. El acuerdo de creación incluirá su composición con arreglo a los criterios que en tal sentido
determine el pleno, sin perjuicio de que dicha composición pueda alterarse en función de
necesidades sobrevenidas estimadas en el seno de cada Grupo.
5. Los Grupos de Trabajo podrán elaborar informes, ponencias o propuestas de acuerdo, que
deberán ser trasladados para su conocimiento y eventual toma en consideración por parte de la
Comisión Permanente y el Pleno.
6. Por decisión de sus miembros y para el mejor cumplimiento de sus fines, los Grupos de
Trabajo podrán contar con la asistencia regular u ocasional de personas ajenas al Consejo con
experiencia acreditada en el ámbito de su competencia, debiendo dar cuenta de su
incorporación y de sus posibles aportaciones a la Comisión Permanente y al pleno
7. Las tareas de Secretaría de cada Grupo de Trabajo podrán ser asignadas supletoriamente a
cualquiera de sus miembros, sin perjuicio del posible recurso al dispositivo de soporte técnico-
administrativo general habilitado para el funcionamiento general del Consejo que obra bajo la
dirección del-la Secretario-a del mismo.
Artículo 19.- Régimen de sesiones y adopción de acuerdos.
1. Los Grupos de Trabajo adoptarán el régimen de sesiones y adopción de acuerdos que
determinen sus integrantes, conforme a los criterios y procedimientos que estimen
convenientes.
2. En todo caso, no tendrán derecho a voto las personas ajenas al Consejo con experiencia
acreditada en el ámbito de su competencia que puedan formar parte de forma temporal o
permanente del Grupo de Trabajo o prestar asistencia técnica a sus integrantes.
CAPÍTULO IV: FUNCIONES Y ATRIBUCIONES ESPECIFICAS DE LOS
ÓRGANOS UNIPERSONALES DEL CONSEJO
Artículo 20.- De la Presidencia.
Son funciones específicas del-la Presidente-a del Consejo:
a) Representar institucionalmente al Consejo como tal.
b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno y la Comisión Permanente.
c) Dirigir y ordenar los debates y votaciones con asistencia de la Mesa.
13. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 10
d) Dirimir los empates que se produzcan en posibles votaciones del Pleno o de la Comisión
Permanente con su voto de calidad.
e) Trasladar a los órganos del gobierno y administración local las propuestas y sugerencias
emanadas del Consejo y, eventualmente, adoptar las medidas necesarias para su toma en
consideración.
f) Someter a la consideración de los órganos del Consejo los asuntos de interés municipal
global que estime convenientes, particularmente cuando incidan o guarden relación directa
con el ámbito de competencia del Consejo.
g) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente-a, o le sean
encomendadas por el propio Consejo.
Artículo 21.- De la Vicepresidencia Primera.
Son funciones y atribuciones específicas del-la Vicepresidente-a Primero-a del Consejo:
a) Sustituir al-la Presidente-a del Consejo en su ausencia, asumiendo todas las funciones y
atribuciones descritas en el artículo 20.
b) En presencia del-la Presidente-a del Consejo, asistirle en sus tareas de dirección de las
sesiones y votaciones del Plenario y de la Comisión Permanente.
c) Designar al-la Secretario-a del Consejo, salvo en el caso de nombramiento expreso por
parte de Alcaldía-Presidencia.
Artículo 22.- De la Vicepresidencia Segunda.
Son funciones y atribuciones específicas del-la Vicepresidente-a Segundo-a del Consejo:
a) Ejercer en el seno del Consejo la representación del área municipal competente en
materia de Participación Ciudadana.
b) Asistir al-la Presidente-a o Vicepresidente-a Primero del Consejo en sus tareas de
dirección de las sesiones y votaciones del Pleno, en su calidad de integrante de la Mesa.
c) Promover para su toma en consideración y eventual aplicación en el seno del Consejo la
realización de actividades y la implementación de metodologías que coadyuven al
cumplimiento de sus fines como órgano de participación ciudadana.
d) Constituir en el ámbito del área municipal competente en materia de participación
ciudadana un banco documental relativo a la actividad del Consejo y adoptar las medidas
necesarias para su custodia y gestión eficientes.
Artículo 23.- De la Vicepresidencia Tercera.
Son funciones y atribuciones específicas del-la Vicepresidente-a Tercero-a del Consejo:
a) Ejercer la representación pública de los sectores asociativos y ciudadanos integrantes del
Consejo.
b) Asistir al-la Presidente-a o Vicepresidente-a Primero del Consejo en sus tareas de
dirección de las sesiones y votaciones del Pleno y de la Comisión Permanente.
c) Velar por la adecuada toma en consideración por parte de la Comisión Permanente y del
Consejo de cuantas propuestas y sugerencias puedan emanar de los sectores asociativos y
ciudadanos integrantes del Consejo cuya representación ostenta.
Artículo 24.- De los-as Vocales.
Son funciones y atribuciones específicas de los-as Vocales:
14. Reglamento Interno de Funcionamiento – Consejo Local de Medio Ambiente Página 11
a) Participar con voz y voto en las sesiones del Pleno y, en su caso, de la Comisión
Permanente y Grupos de Trabajo de que puedan formar parte.
b) Formular propuestas relativas a posibles acuerdos o actividades del Consejo
consecuentes con sus fines y competencias.
c) Recibir y recabar de la Secretaría del Consejo información y documentación relativas a la
actividad y acuerdos del mismo.
d) Recabar de la Presidencia o Vicepresidencia Primera información y documentación
relativas a la actividad municipal en materia de Medio Ambiente.
e) Recabar de la Vicepresidencia Segunda información y documentación relativas a la
actividad municipal en materia de Participación Ciudadana.
f) Contribuir en la medida de sus posibilidades al cumplimiento de los acuerdos adoptados
en el Pleno y al correcto desarrollo de las actividades del Consejo.
g) En el caso de Vocales integrantes de los cupos descritos en el artículo 5.5, 5.6 y 5.7,
promover candidaturas para la ocupación del puesto de Vicepresidencia Ciudadana o
Vicepresidencia tercera y para la elección o designación del cupo de Vocales miembros de la
Comisión Permanente, conforme a los procedimientos que a tales efectos se describen en los
artículos 8.2 y 15.1 del presente reglamento.
h) Salvo en el caso de los-as Vocales integrantes del cupo de miembros elegidos por sorteo,
mantener convenientemente informadas a las entidades que representan acerca de los
acuerdos y actividad general del Consejo.
Artículo 25.- De la Secretaría del Consejo.
Son funciones y atribuciones específicas del-la Secretario-a del Consejo:
a) Efectuar la convocatoria de las sesiones del Pleno y Comisión Permanente, por orden de
la Presidencia o Vicepresidencia Primera, adjuntando la documentación necesaria.
b) Asistir, con voz pero sin voto, al-la Presidente-a o Vicepresidente-a Primero del Consejo
en sus tareas de dirección de las sesiones y votaciones del Pleno y de la Comisión
Permanente.
c) Redactar y levantar acta de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente del
Consejo y remitir dichas actas a todos-as sus miembros.
d) Mantener actualizado el registro de actas y acuerdos de todos los órganos del Consejo y
facilitar el acceso a dicho registro por parte de todos-as sus miembros.
e) Velar por el correcto funcionamiento de los medios que se instituyan para la difusión
pública de los acuerdos y de la actividad general del Consejo,
f) Dirigir y velar por el correcto funcionamiento del dispositivo de soporte técnico y
administrativo al Consejo que debe instituirse en el seno del área municipal de referencia.
g) Desarrollar cuantas funciones y tareas adicionales de orden técnico y administrativo le
sean encomendadas por la Presidencia o la Vicepresidencia Primera del Consejo ligadas a la
actividad de sus diferentes órganos.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Excepcionalmente, los-as Vocales que se incorporen al Consejo como resultado del sorteo
general para la elección de Vocales en los diferentes órganos de participación previsto para el
presente ejercicio 2008, permanecerán en sus puestos hasta la finalización del período de
vigencia de la presente Corporación.
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DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Local de Medio
Ambiente aprobado por acuerdo del Pleno de la Corporación de 27 de Septiembre de 1996”.
APROBADO POR PLENO DE 26 DE JUNIO DE 2008.