ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES
-----------------------
Presentación de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sanción de Infracciones Menores, se basa en regular el comportamiento de los ciudadanos en el Municipio Caroní del Estado Bolívar prevaleciendo la tranquilidad pública y las relaciones de convivencia dentro del territorio.
Incluye la Exposición de Motivos de la creación de esta Ordenanza; el Índice para el apoyo al ciudadano al momento de su lectura ya que contiene sus Capítulos y respectivos Títulos.
Este documento presenta un proyecto de ordenanza sobre pacificación, convivencia, seguridad ciudadana y sanciones de infracciones menores en el Municipio Libertador del estado Carabobo, Venezuela. La ordenanza tiene como objetivo consolidar las bases para la paz y convivencia ciudadana a través de garantizar la seguridad, los derechos, el orden público y la protección del medio ambiente. El documento explica los motivos para la ordenanza y establece sus diferentes títulos, capítulos y artículos para regular el comportamiento ciudadano y establecer s
Ley OrgáNica Del Poder Publico Municipalgueste5b59e
Este documento presenta la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de Venezuela. Establece las disposiciones generales sobre la organización y funcionamiento de los municipios y otras entidades locales, incluyendo su creación, fusión y segregación. También define la autonomía municipal y los mecanismos para garantizar la participación ciudadana en la gestión pública a nivel local.
Este documento presenta una reforma total de la ordenanza sobre la organización y funcionamiento de la rama legislativa del municipio Libertador en Venezuela. Establece la estructura administrativa del concejo municipal, incluyendo dependencias como la presidencia, vicepresidencia, secretaría, dirección general de consultoría jurídica y unidad de auditoría interna. Define las atribuciones de cada una de estas dependencias y los cargos que las componen, con el objetivo de optimizar el funcionamiento del concejo municipal de acuerdo a la ley orgánica del poder público municipal.
El documento analiza la propuesta de Ley de Comunas en Venezuela. Establece que la Comuna es un concepto ideológico inspirado en modelos comunistas, que busca imponer la propiedad social sobre la individual. Además, pretende sustituir progresivamente la institucionalidad local y estatal existente para facilitar un mayor control centralizado desde el gobierno nacional. El proceso de constitución de las Comunas es complejo e involucra diversas instancias designadas de forma indirecta, lo que permite un control político por parte del gobierno.
La ordenanza establece normas para promover y regular la actividad turística en el Municipio Libertador del Estado Mérida. Designa al Departamento de Turismo de la Alcaldía como el órgano encargado de planificar, supervisar y ejecutar las políticas de turismo. Define el sistema turístico del municipio y los roles de los prestadores de servicios turísticos, con el objetivo de fomentar un desarrollo turístico sustentable.
Este documento presenta la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de Venezuela. Establece que los Consejos Comunales son instancias de participación ciudadana que permiten a la comunidad organizar el gobierno local y gestionar proyectos para satisfacer las necesidades de la comunidad. Define los principios y valores, así como los roles de los equipos promotores, asambleas de ciudadanos, voceros y otras posiciones. El objetivo es regular la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos Comunales para promover la democracia participativa a nivel
El presente proyecto tuvo como objetivo evaluar un Manual de Funciones Administrativas dirigido al Consejo Comunal Sector 4 Urbanización La Carucieña. Se realizó mediante una investigación de campo descriptiva con una muestra de 51 voceros y voceras del Consejo Comunal, a quienes se les aplicaron un cuestionario y una encuesta para indagar sobre la aplicación de las funciones establecidas en el Manual. Los resultados mostraron que si bien los voceros conocen el Manual, su implementación es escasa, pues se observó poca información para ofrec
Este documento presenta un proyecto de ordenanza sobre pacificación, convivencia, seguridad ciudadana y sanciones de infracciones menores en el Municipio Libertador del estado Carabobo, Venezuela. La ordenanza tiene como objetivo consolidar las bases para la paz y convivencia ciudadana a través de garantizar la seguridad, los derechos, el orden público y la protección del medio ambiente. El documento explica los motivos para la ordenanza y establece sus diferentes títulos, capítulos y artículos para regular el comportamiento ciudadano y establecer s
Ley OrgáNica Del Poder Publico Municipalgueste5b59e
Este documento presenta la Ley Orgánica del Poder Público Municipal de Venezuela. Establece las disposiciones generales sobre la organización y funcionamiento de los municipios y otras entidades locales, incluyendo su creación, fusión y segregación. También define la autonomía municipal y los mecanismos para garantizar la participación ciudadana en la gestión pública a nivel local.
Este documento presenta una reforma total de la ordenanza sobre la organización y funcionamiento de la rama legislativa del municipio Libertador en Venezuela. Establece la estructura administrativa del concejo municipal, incluyendo dependencias como la presidencia, vicepresidencia, secretaría, dirección general de consultoría jurídica y unidad de auditoría interna. Define las atribuciones de cada una de estas dependencias y los cargos que las componen, con el objetivo de optimizar el funcionamiento del concejo municipal de acuerdo a la ley orgánica del poder público municipal.
El documento analiza la propuesta de Ley de Comunas en Venezuela. Establece que la Comuna es un concepto ideológico inspirado en modelos comunistas, que busca imponer la propiedad social sobre la individual. Además, pretende sustituir progresivamente la institucionalidad local y estatal existente para facilitar un mayor control centralizado desde el gobierno nacional. El proceso de constitución de las Comunas es complejo e involucra diversas instancias designadas de forma indirecta, lo que permite un control político por parte del gobierno.
La ordenanza establece normas para promover y regular la actividad turística en el Municipio Libertador del Estado Mérida. Designa al Departamento de Turismo de la Alcaldía como el órgano encargado de planificar, supervisar y ejecutar las políticas de turismo. Define el sistema turístico del municipio y los roles de los prestadores de servicios turísticos, con el objetivo de fomentar un desarrollo turístico sustentable.
Este documento presenta la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de Venezuela. Establece que los Consejos Comunales son instancias de participación ciudadana que permiten a la comunidad organizar el gobierno local y gestionar proyectos para satisfacer las necesidades de la comunidad. Define los principios y valores, así como los roles de los equipos promotores, asambleas de ciudadanos, voceros y otras posiciones. El objetivo es regular la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos Comunales para promover la democracia participativa a nivel
El presente proyecto tuvo como objetivo evaluar un Manual de Funciones Administrativas dirigido al Consejo Comunal Sector 4 Urbanización La Carucieña. Se realizó mediante una investigación de campo descriptiva con una muestra de 51 voceros y voceras del Consejo Comunal, a quienes se les aplicaron un cuestionario y una encuesta para indagar sobre la aplicación de las funciones establecidas en el Manual. Los resultados mostraron que si bien los voceros conocen el Manual, su implementación es escasa, pues se observó poca información para ofrec
Normas de Convivencia para el Consejo Comunal Simón Bolívar en la Zona 9 del Complejo Habilitación Ezequiel Zamora. Trabajo desarrollado por el equipo de Servicio Comunitario del Programa de Derecho en la UNELLEZ/VIPI
Nº 03. año 2007. gaceta municipal extraordinaria (ordenanza botón al mérito y...María Linares
Este documento presenta dos ordenanzas. La primera crea la "Orden Guillermo Soto Rosa" para premiar logros deportivos en el municipio Libertador del estado Mérida. La segunda reforma parcialmente la ordenanza sobre el servicio del Instituto Autónomo de Policía de Circulación Vial y Administrativa del mismo municipio para actualizar sus funciones de acuerdo a las nuevas leyes.
Este documento propone la creación del Instituto Autónomo de la Mujer del Municipio Libertador del Estado Carabobo para promover la igualdad de género y los derechos de las mujeres. El instituto tendrá como objetivo planificar, ejecutar y supervisar políticas públicas para el desarrollo integral de las mujeres. Entre sus funciones se encuentra brindar servicios jurídicos a mujeres, promover su participación política y social, y combatir la discriminación y violencia de género. El documento establece los fines, atribuciones y estructura
Este documento describe el funcionamiento de los Consejos Comunales en Venezuela. Estos consejos se encargan de promover la participación ciudadana y resolver problemas comunitarios. El documento explica la estructura de los consejos, incluyendo las unidades ejecutiva, administrativa, financiera y de control social. También describe el proceso electoral, las funciones de cada unidad y cómo el ministerio apoya y supervisa a los consejos comunales.
El documento presenta información sobre la corrupción en Venezuela. Detalla las definiciones de corrupción en la Constitución venezolana y en la Ley Contra la Corrupción. Explica las sanciones administrativas y penales por actos de corrupción como peculado, cohecho y enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. Finalmente, establece que los funcionarios condenados por corrupción quedarán inhabilitados para cargos públicos.
ORDENANZA DE MERCADOS PÚBLICOS MUNICIPALES
------------------------
Se propone la nueva Ordenanza de Mercados Públicos Municipales con objeto de regular todo lo relacionado con el establecimiento y funcionamiento de los mercados municipales del municipio Caroní.
En dicha ordenanza se presenta la Exposición de Motivos; Índice; Disposiciones Generales y los Artículos de la Ordenanza propiamente dicha.
El documento describe los consejos comunales y comunas como instancias del ejercicio directo de la participación ciudadana en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que permiten a la gente ejercer el autogobierno a nivel local y participar en la gestión de políticas públicas. Las comunas se forman a través de la integración de varios consejos comunales y comunidades vecinas y tienen autonomía para promover la democracia participativa a nivel regional.
Ordenanza sobre terrenos municipales y su administracionTAYPP
La ordenanza unifica el régimen sobre los terrenos municipales en el municipio de Palavecino, Venezuela. Establece mecanismos para facilitar el acceso a la tierra y vivienda a través de la adjudicación, concesión, venta y otros métodos. También fortalece la participación ciudadana y simplifica los trámites administrativos relacionados con los terrenos municipales de acuerdo con la legislación venezolana.
Monografia tenencia de tierras urbanas definitivaNelson Izaguirre
Tenencia de la tierra es la relación, definida en forma jurídica o consuetudinaria, entre personas, en cuanto individuos o grupos, con respecto a la tierra (por razones de comodidad, «tierra» se utiliza aquí para englobar otros recursos naturales, como el agua y los árboles). La tenencia de la tierra es una institución, es decir, un conjunto de normas inventadas por las sociedades para regular el comportamiento. Las reglas sobre la tenencia definen de qué manera pueden asignarse dentro de las sociedades los derechos de propiedad de la tierra. Definen cómo se otorga el acceso a los derechos de utilizar, controlar y transferir la tierra, así como las pertinentes responsabilidades y limitaciones. En otras palabras, los sistemas de tenencia de la tierra determinan quién puede utilizar qué recursos, durante cuánto tiempo y bajo qué circunstancias.
Este documento presenta la unidad curricular "Resolución Judicial del Conflicto" para el Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídicos de la Universidad Bolivariana de Venezuela. La unidad curricular tiene una duración anual con encuentros semanales de tres horas y busca investigar la resolución judicial de conflictos surgidos en el "Proyecto IV Justicia Comunitaria" a través de procesos civiles, contenciosos especiales o acciones colectivas. El objetivo es vincular la teoría con casos prácticos y desarroll
Este documento presenta la Ley de las Comunas de Venezuela. Establece la Comuna como una nueva instancia de gobierno territorial donde los ciudadanos ejercen el poder popular a través de la participación y el autogobierno. Describe la organización de las Comunas incluyendo la Asamblea Constitutiva, el Parlamento Comunal y el Consejo de Cumplimiento. También explica que las Comunas tendrán un Plan Comunal de Desarrollo y un Banco de la Comuna para administrar los recursos asignados y promover proyectos comunales. El objetivo final es constru
Este documento presenta una reforma parcial del reglamento de interior y debates del concejo municipal de Libertador, Estado Carabobo, Venezuela. Se modifican varios artículos para adecuar el reglamento a la constitución venezolana y a la ley orgánica del poder público municipal. Entre los cambios se incluyen ajustes a los procedimientos de instalación del concejo, elección de la junta directiva, y funciones del presidente del concejo.
La Ley 1448 de 2011 establece medidas de reparación integral para las víctimas del conflicto armado interno en Colombia, incluyendo asistencia humanitaria, salud, educación, reunificación familiar, restitución de tierras, e indemnización. El documento explica el sistema nacional creado para implementar estas medidas y garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargosIECSAM Edgar Mariño
Este documento presenta un resumen de las principales debilidades y contravenciones cometidas por los auditores de estado según la normativa. En primer lugar, no discutir los hallazgos con las áreas auditadas al culminar la auditoría. En segundo lugar, actuar sin estar acreditado o fuera del alcance autorizado. Y en tercer lugar, incluir juicios de valor, calificaciones y presunciones en la redacción de los hallazgos en vez de describirlos de manera objetiva e imparcial.
Exposición de José Gregorio Delgado sobre la reforma de la Ley de Consejos Comunales, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional y que irá a consulta pública el 6 de junio de 2009
Este documento presenta un borrador de ordenanzas de policía, buen gobierno y convivencia para el municipio de Pozo Alcón. Incluye 12 títulos que regulan aspectos como los derechos y deberes de los ciudadanos, la policía de la vía pública, la limpieza, el ruido, la publicidad y el uso de la vía pública. El objetivo es establecer normas que garanticen la convivencia ciudadana y el respeto mutuo entre las personas en el municipio.
sobre la entrega y recepcion de indicios Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público;
Normas de Convivencia para el Consejo Comunal Simón Bolívar en la Zona 9 del Complejo Habilitación Ezequiel Zamora. Trabajo desarrollado por el equipo de Servicio Comunitario del Programa de Derecho en la UNELLEZ/VIPI
Nº 03. año 2007. gaceta municipal extraordinaria (ordenanza botón al mérito y...María Linares
Este documento presenta dos ordenanzas. La primera crea la "Orden Guillermo Soto Rosa" para premiar logros deportivos en el municipio Libertador del estado Mérida. La segunda reforma parcialmente la ordenanza sobre el servicio del Instituto Autónomo de Policía de Circulación Vial y Administrativa del mismo municipio para actualizar sus funciones de acuerdo a las nuevas leyes.
Este documento propone la creación del Instituto Autónomo de la Mujer del Municipio Libertador del Estado Carabobo para promover la igualdad de género y los derechos de las mujeres. El instituto tendrá como objetivo planificar, ejecutar y supervisar políticas públicas para el desarrollo integral de las mujeres. Entre sus funciones se encuentra brindar servicios jurídicos a mujeres, promover su participación política y social, y combatir la discriminación y violencia de género. El documento establece los fines, atribuciones y estructura
Este documento describe el funcionamiento de los Consejos Comunales en Venezuela. Estos consejos se encargan de promover la participación ciudadana y resolver problemas comunitarios. El documento explica la estructura de los consejos, incluyendo las unidades ejecutiva, administrativa, financiera y de control social. También describe el proceso electoral, las funciones de cada unidad y cómo el ministerio apoya y supervisa a los consejos comunales.
El documento presenta información sobre la corrupción en Venezuela. Detalla las definiciones de corrupción en la Constitución venezolana y en la Ley Contra la Corrupción. Explica las sanciones administrativas y penales por actos de corrupción como peculado, cohecho y enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos. Finalmente, establece que los funcionarios condenados por corrupción quedarán inhabilitados para cargos públicos.
ORDENANZA DE MERCADOS PÚBLICOS MUNICIPALES
------------------------
Se propone la nueva Ordenanza de Mercados Públicos Municipales con objeto de regular todo lo relacionado con el establecimiento y funcionamiento de los mercados municipales del municipio Caroní.
En dicha ordenanza se presenta la Exposición de Motivos; Índice; Disposiciones Generales y los Artículos de la Ordenanza propiamente dicha.
El documento describe los consejos comunales y comunas como instancias del ejercicio directo de la participación ciudadana en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que permiten a la gente ejercer el autogobierno a nivel local y participar en la gestión de políticas públicas. Las comunas se forman a través de la integración de varios consejos comunales y comunidades vecinas y tienen autonomía para promover la democracia participativa a nivel regional.
Ordenanza sobre terrenos municipales y su administracionTAYPP
La ordenanza unifica el régimen sobre los terrenos municipales en el municipio de Palavecino, Venezuela. Establece mecanismos para facilitar el acceso a la tierra y vivienda a través de la adjudicación, concesión, venta y otros métodos. También fortalece la participación ciudadana y simplifica los trámites administrativos relacionados con los terrenos municipales de acuerdo con la legislación venezolana.
Monografia tenencia de tierras urbanas definitivaNelson Izaguirre
Tenencia de la tierra es la relación, definida en forma jurídica o consuetudinaria, entre personas, en cuanto individuos o grupos, con respecto a la tierra (por razones de comodidad, «tierra» se utiliza aquí para englobar otros recursos naturales, como el agua y los árboles). La tenencia de la tierra es una institución, es decir, un conjunto de normas inventadas por las sociedades para regular el comportamiento. Las reglas sobre la tenencia definen de qué manera pueden asignarse dentro de las sociedades los derechos de propiedad de la tierra. Definen cómo se otorga el acceso a los derechos de utilizar, controlar y transferir la tierra, así como las pertinentes responsabilidades y limitaciones. En otras palabras, los sistemas de tenencia de la tierra determinan quién puede utilizar qué recursos, durante cuánto tiempo y bajo qué circunstancias.
Este documento presenta la unidad curricular "Resolución Judicial del Conflicto" para el Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídicos de la Universidad Bolivariana de Venezuela. La unidad curricular tiene una duración anual con encuentros semanales de tres horas y busca investigar la resolución judicial de conflictos surgidos en el "Proyecto IV Justicia Comunitaria" a través de procesos civiles, contenciosos especiales o acciones colectivas. El objetivo es vincular la teoría con casos prácticos y desarroll
Este documento presenta la Ley de las Comunas de Venezuela. Establece la Comuna como una nueva instancia de gobierno territorial donde los ciudadanos ejercen el poder popular a través de la participación y el autogobierno. Describe la organización de las Comunas incluyendo la Asamblea Constitutiva, el Parlamento Comunal y el Consejo de Cumplimiento. También explica que las Comunas tendrán un Plan Comunal de Desarrollo y un Banco de la Comuna para administrar los recursos asignados y promover proyectos comunales. El objetivo final es constru
Este documento presenta una reforma parcial del reglamento de interior y debates del concejo municipal de Libertador, Estado Carabobo, Venezuela. Se modifican varios artículos para adecuar el reglamento a la constitución venezolana y a la ley orgánica del poder público municipal. Entre los cambios se incluyen ajustes a los procedimientos de instalación del concejo, elección de la junta directiva, y funciones del presidente del concejo.
La Ley 1448 de 2011 establece medidas de reparación integral para las víctimas del conflicto armado interno en Colombia, incluyendo asistencia humanitaria, salud, educación, reunificación familiar, restitución de tierras, e indemnización. El documento explica el sistema nacional creado para implementar estas medidas y garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargosIECSAM Edgar Mariño
Este documento presenta un resumen de las principales debilidades y contravenciones cometidas por los auditores de estado según la normativa. En primer lugar, no discutir los hallazgos con las áreas auditadas al culminar la auditoría. En segundo lugar, actuar sin estar acreditado o fuera del alcance autorizado. Y en tercer lugar, incluir juicios de valor, calificaciones y presunciones en la redacción de los hallazgos en vez de describirlos de manera objetiva e imparcial.
Exposición de José Gregorio Delgado sobre la reforma de la Ley de Consejos Comunales, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional y que irá a consulta pública el 6 de junio de 2009
Este documento presenta un borrador de ordenanzas de policía, buen gobierno y convivencia para el municipio de Pozo Alcón. Incluye 12 títulos que regulan aspectos como los derechos y deberes de los ciudadanos, la policía de la vía pública, la limpieza, el ruido, la publicidad y el uso de la vía pública. El objetivo es establecer normas que garanticen la convivencia ciudadana y el respeto mutuo entre las personas en el municipio.
sobre la entrega y recepcion de indicios Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público; Garantizar la protección y la seguridad ciudadana, la
conservación del orden, la tranquilidad y la seguridad en el
Estado, y disponer de las corporaciones policiales estatales
y municipales, en aquellos casos de fuerza mayor o alteración
grave del orden público;
Nº 33 año 2008, gaceta municipal extraordinaria (ordenanzas contraloría socia...María Linares
Este documento presenta una ordenanza municipal para establecer la Contraloría Social Comunitaria en el Municipio Libertador del estado Mérida, Venezuela. La ordenanza define la Contraloría Social Comunitaria como un órgano de participación ciudadana encargado de supervisar obras, servicios y programas sociales a nivel comunitario. Establece los procedimientos para la elección y organización de los miembros de la Contraloría Social Comunitaria, así como sus funciones y deberes en materia de control y supervisión de la gestión pública municipal.
Ordenanza de Convivencia Ciudadana de Santiago TexacuangosArturo Rojas
Este documento es un decreto municipal que establece una ordenanza contravencional para regular conductas que afectan la convivencia ciudadana en el municipio de Santiago Texacuangos. El decreto cita la constitución y leyes nacionales relevantes, y establece las autoridades competentes, obligaciones, impedimentos y atribuciones del delegado contravencional municipal. El objetivo es promover el orden, el bienestar colectivo y una cultura de respeto a través de normas que tipifiquen infracciones comunes.
Este documento presenta el Reglamento de Justicia Cívica Administrativa para el Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro. Establece las disposiciones generales, la estructura y funciones del Juzgado Cívico Municipal, así como las infracciones administrativas que puede conocer. El Juzgado Cívico es el órgano responsable de aplicar sanciones por alteraciones al orden público de manera sencilla, imparcial y gratuita. Se compone de jueces, secretarios, médicos y defensores, cada uno con
Víctimas de crímenes de Estado presentan constancia con sus aportes a la JEPCrónicas del despojo
Ante el rechazo del Gobierno a la proposición que formalizaba la participación de las víctimas de crímenes de Estado en los debates de implementación del Acuerdo de Paz, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar) presentamos el día de ayer una constancia con las consideraciones y aportes al proyecto de Acto Legislativo Especial para la Paz 02 y 03, cuyo debate continuó este miércoles 22 de febrero, tras su inicio el día anterior.
El documento describe la cooperación y coordinación entre los actores involucrados en la protección de menores en España, incluyendo las competencias del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales. También cubre el papel de las entidades privadas sin ánimo de lucro y el Observatorio de Infancia, cuyo objetivo es garantizar la mayor protección de los menores a través de la coordinación de las administraciones públicas y otros agentes.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del documento proporcionado:
El documento presenta el Código de Ética de las Servidoras y los Servidores Públicos, el cual establece los principios rectores y deberes éticos que deben guiar la conducta de quienes trabajan en el sector público, incluyendo la honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad, puntualidad y transparencia. Asimismo, el Código describe el ámbito de
Ley orga nica_municipal_para_el_estado_de_guanajuato_con_decreto_168_p.o._9_m...Daii Villanueva
Este documento presenta la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Establece las bases generales para la organización del ámbito municipal de gobierno de acuerdo con la Constitución mexicana y estatal. Define al municipio como una institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. Dispone que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento electo. También regula aspectos como los derechos y obligaciones de los habitantes, la participación ciudadana, y la división territorial de los municipios en el estado.
Ordenanaza Municipal de Seguridad y Convivencia CiudadanaTalayuelaBlog
Este documento presenta la Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Talayuela. Explica que la ordenanza tiene como objetivo preservar el espacio público y promover la convivencia ciudadana. También busca prevenir conductas perturbadoras y proteger bienes públicos. La ordenanza se basa en la autonomía municipal reconocida en la Constitución española y en la Ley de Régimen Local. Regula derechos, deberes y sanciones para velar por la seguridad y buen uso de los espacios públicos.
1) El decreto establece una nueva Ley Orgánica del Trabajo en Venezuela. 2) La ley tiene el objetivo de proteger el trabajo como un hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores. 3) La ley regula las relaciones laborales en Venezuela de acuerdo con la Constitución y principios como la justicia social, solidaridad e igualdad.
Este documento presenta el Decreto 8.938, una ley orgánica del trabajo en Venezuela. Establece normas y principios constitucionales para proteger el trabajo como un hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores. Regula las relaciones laborales y aplica principios como la justicia social, solidaridad e igualdad. Explica el ámbito de aplicación de la ley y las instituciones responsables de hacer cumplir sus disposiciones.
Este documento presenta el Decreto 8.938, una ley orgánica del trabajo en Venezuela. Establece normas y principios constitucionales para proteger el trabajo como un hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores. Regula las relaciones laborales y aplica principios como la justicia social, solidaridad e igualdad. Explica el ámbito de aplicación de la ley y las instituciones responsables de hacer cumplir sus disposiciones.
Este documento presenta el Decreto 8.938, una ley orgánica del trabajo en Venezuela. Establece principios como la justicia social, la solidaridad y la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Regula las relaciones laborales y garantiza los derechos de los trabajadores. Explica que se aplica a trabajadores venezolanos y extranjeros, y exceptúa a los miembros de fuerzas armadas que tendrán su propia regulación.
Este documento presenta el Decreto 8.938, una ley orgánica del trabajo en Venezuela. Establece normas y principios constitucionales para proteger el trabajo como un hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores. Regula las relaciones laborales y aplica principios como la justicia social, solidaridad e igualdad. Explica el ámbito de aplicación de la ley y las instituciones responsables de hacer cumplir sus disposiciones.
1) El decreto establece una nueva Ley Orgánica del Trabajo en Venezuela para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar el trabajo como un hecho social fundamental. 2) La ley regula las relaciones laborales y distribución de la riqueza para satisfacer las necesidades del pueblo de acuerdo con la Constitución venezolana. 3) Se aplicarán principios de justicia social, solidaridad e igualdad y se prohíbe la discriminación y explotación de adolescentes.
1) El decreto establece una nueva Ley Orgánica del Trabajo en Venezuela para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar el trabajo como un hecho social fundamental. 2) La ley regula las relaciones laborales y distribución de la riqueza para satisfacer las necesidades del pueblo de acuerdo con la Constitución venezolana. 3) Se aplicarán principios de justicia social, solidaridad e igualdad y se prohíbe la discriminación y explotación de adolescentes.
Este documento presenta el Decreto 8.938, una ley orgánica del trabajo en Venezuela. Establece normas y principios constitucionales para proteger el trabajo como un hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores. Regula las relaciones laborales y aplica principios como la justicia social, solidaridad e igualdad. Explica el ámbito de aplicación de la ley y las instituciones responsables de hacer cumplir sus disposiciones.
Proyecto de ORDENANZA QUE REGULA LA UTILIZACIÓN DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO...Juan Diego Sigüenza Rojas
La sociedad actual entiende la ciudad no sólo como un conjunto de edificios, calles, parques y plazas sino como un lugar de relación, encuentro y convivencia entre diferentes personas. Además, las nuevas sociedades urbanas incorporan nuevos modos de relación entre grupos e incrementan la complejidad de los problemas fruto de
la ocupación del espacio común y de la diversidad de intereses.
La convivencia en comunidad es la base del progreso humano y este hecho implica la aceptación y el cumplimiento de algunas normas sociales que hacen posible el ejercicio de los derechos individuales de las personas a la vez que los hacen compatibles con el ejercicio de los derechos de los demás.
La responsabilidad compartida de hacer ciudad exige seguir unas pautas de comportamiento cívico que permitan la libertad de la ciudadanía, con el límite esencial del respeto a los demás, que preserven el patrimonio urbano y natural,
como también los bienes públicos, y garanticen la convivencia ciudadana en armonía.
El objetivo primordial de esta Ordenanza es el de preservar el espacio público como lugar de encuentro, convivencia y civismo, en el cual todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades delibre circulación, ocio y recreo, con total con respecto a la dignidad y a los derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas, que enriquecen nuestra ciudad.
Similar a Ordenanza de convivencia ciudadana (final) (20)
Ordenanza "Atención Integral para personas con discapacidad o necesidades esp...Iván Yáñez
Ordenanza, establece normas que permiten la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas dirigidas a la protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, conforme a la legislación vigente.
Se presenta un Glosario de Términos que le permiten al lector interesado por distintos motivos, conocer y utilizar adecuadamente los siguientes términos:
Accesibilidad Física
Accesibilidad Para Todos
Ajustes Razonables
Comunicación Accesible
Discapacidad
Discapacidad Intelectual
Discapacidad Motora
Discapacidad Auditiva
Discapacidad Visual
Discapacidad Múltiple
Discriminación Por Motivos De Discapacidad
Diseño Universal
Guía Intérprete
Habilitación Y Rehabilitación de las PcD.
Inclusión Social
Intérprete De Lengua De Señas Venezolana
Lenguaje. Lengua De Señas Venezolana (Lsv)
Personas Autistas
Personas Con Baja Visión
Personas Ciegas
Personas Con Disfunciones Motoras
Personas De Talla Baja
Personas Sordas
Personas Sordociegas
Subtítulos
Subtítulos Abiertos
Traductor De Lengua De Señas Venezolana
PROYECTO DE ORDENANZA ILICITOS SOCIOECONOMICOS Y USO IRRACIONAL DE PAGOS POR ...Iván Yáñez
En Venezuela sin duda hay una serie de retos y dificultades que plantean la necesidad de vislumbrar en su complejidad algunos de los elementos que componen la “crisis” económica en nuestro País.
Ante este panorama, se empieza a forjar en nuestro País un escenario que coloca en un desafío a nuestro gobierno conducido porel Presidente Nicolás Maduro y que dificulta la construcción del Proyecto Bolivariano legado del Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, que como él mismo lo menciona: “la guerra económica nos ha obligado a sostener lo que él llamó “tres países”: el país de la familia venezolana, el normal que debe sostener el Estado; el país de la economía criminal constituido por la especulación y el acaparamiento, que se esfuerza sistemáticamente en cortar las líneas de abastecimiento de productos para el pueblo y por el camino los encarece; y el país del contrabando de extracción”.
-----------------------------------
En el párrafo anterior es la exposición de motivos de la bancada oficialista que promueve esta ordenanza municipal.
El Concejo Municipal Socialista de Caroní (COMSOCARONI), en cumplimiento a lo establecido en nuestra Carta Magna en su artículo 66 en concordancia con el artículo 95 ordinal 21 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y de conformidad con el articulo 15 ordinal 3 de la Reforma del Reglamento Interior y De Debates del Concejo Municipal Socialista de Caroní, presenta ante las autoridades municipales y a los electores de este Municipio el Informe de Gestión Legislativa y Política correspondiente al año 2017 apoyados en los principios de honestidad, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública y respeto a la participación ciudadana
----
Esta es la introducción descrita por el Presidente del Concejo Municipal Concejal Aquiles Campos, los invito a que detallen este informen y sean ustedes mismo contralores de esta gestión.
Parte de mi trabajo como concejal es ser contralor de las políticas públicas implementadas en el municipio y como presidente de la “Comisión de Turismo” debo mantenerme al tanto del estado de nuestra ciudad en esta temporada 2018
Esta encuesta se entrevistaron a mas de 380 Personas del Municipio Caroní – Edo. Bolívar para evaluar el desempeño del operativo “Carnavales Caroní para Vivir 2018" y poder presentar un balance real de cómo los guayaneses vivimos estos carnavales
ANTE PROYECTO: Ordenanza Creadores e Innovadores COMSOCARONIIván Yáñez
ORDENANZA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTI-VIDAD ARTESANAL DE ARTESANOS, ARTESANAS, MANUALISTAS CREADORES E INNOVADORES PO-PULARES DEL MUNIPIO CARONI
CONCEJAL PCR HERZEN MARCANO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto
Articulo1. La presente Ordenanza tiene por objeto, proteger la pre-servación, innovación, promoción, difusión para el fomento al desarrollo de la actividad, artesanal, manualistas creadores e innovadores populares, así como sus deberes, obligaciones, de diversidad étnica e identidad cultural bien sea de carácter autóctono tradicional y local.
Ámbito de Aplicación
Artículo 2. La presente Ordenanza se aplicar en todo el Territorio del Municipio Caroní, brindando especial atención a las Parroquias urbanas o extra urbanas que se caracterizan por tener tradición cultural artesanal, manualistas creadores e innovadores populares, con condiciones endógena, así como a la personas naturales o jurídica vinculada al desarrollo artesanal, bien sea de carácter autóctono tradicional y local.
Finalidad
Artículo 3. La presente Ordenanza tiene por finalidad garantizar el desarrollo planificado, coordinado de las políticas públicas, la crea-ción y ubicación del ambiente favorables de las comunidad de artesanos, artesanas, manualistas creadores e innovadores populares, que conduzcan a las formación, capacitación permanente, distribución, investigación, comercialización , financiamientos , programación, difusión y defensa del patrimonio artesanal .
Ordenanza sobre juegos y apuestas licitasIván Yáñez
Este documento es una ordenanza municipal que regula los juegos y apuestas lícitas en el Municipio Caroní del estado Bolívar, Venezuela. Establece impuestos sobre juegos de azar como loterías, casinos y máquinas tragamonedas, y crea un registro y proceso de autorización para las entidades que operan estos juegos. Designa a la Superintendencia de Administración Tributaria del municipio para administrar el registro, cobrar impuestos y regular la industria de juegos de apuesta en la jurisdicción.
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventualIván Yáñez
PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE EL EJERCICIO DEL COMERCIO EVENTUAL
------------------------------
La presente se basa en un Proyecto de Ordenanza para actualizar la ya existente que es la N° 262-99 del primero de Octubre de 1999, se realizó la Reforma necesaria de la misma debido a la realidad por la cual atraviesa el país; crisis social y económica.
Tiene por objeto recoger los requisitos, obligaciones y el procedimiento de tramitación de los permisos para ejercer el Comercio Eventual y de esta manera regular el mismo.
Dicha Reforma contiene la Exposición de motivos de la misma, y los Capítulos con sus respectivos Títulos.
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR”
----------------------------
Se presenta la Reforma Parcial de Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar, debe ser revisada por todos aquellos ciudadanos que ejerzan alguna de las actividades agravadas por la Ordenanza presentada, es decir aquellas personas que tengan establecimiento permanente en el Municipio Caroní y algunas excepciones.
Tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ordenanza, como agente de retención.
Ordenanza de impuesto sobre transacciones inmobiliariasIván Yáñez
ORDENANZA DE REFORMA DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES INMOBILIARIAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR.
------------------------------------
Presentación de la Reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Transacciones Inmobiliarias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, se basa en la Ordenanza propiamente dicha ya que anteriormente se publicaron las Disposiciones Generales de la misma.
Es relevante el conocimiento de dicha Reforma debido a que presenta la administración y busca regular la recaudación del impuesto sobre las Transacciones Inmobiliarias. Es importante para todos los ciudadanos ya que se basa en todo acto traslativo de la propiedad de bienes inmuebles y demás.
Ordenanza de impuesto sobre espectaculos públicosIván Yáñez
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO CARONÍ”
----------------------------
Presentación de la Reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Espectáculos Públicos del Municipio Caroní, se basa en la Ordenanza propiamente dicha ya que anteriormente se publicaron las Disposiciones Generales de la misma.
Dicha reforma tiene por objeto regular el régimen aplicable a la organización y presentación de los espectáculos públicos, que se realicen en la jurisdicción del Municipio Caroní del Estado Bolívar; regular el procedimiento para la obtención y otorgamiento de los correspondientes permisos y aplicar el impuesto respectivo, según su Artículo primero.
REFORMA DE LA ORDENANZA SOBRE JUEGOS Y APUESTAS LÍCITAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR - ÍNDICE.
--------------------------
Publicación del índice de la Reforma de la Ordenanza sobre Juegos y Apuestas Lícitas publicada anteriormente, se basa en ayudar al ciudadano que le interese sobre el tema conocer los Capítulos y respectivos Títulos que se presentan en la Reforma, guiándolo al momento de su lectura.
Este documento establece las regulaciones y procedimientos para la autorización y renovación del expendio de bebidas alcohólicas. Se dividen en 18 capítulos que definen deberes, horarios permitidos, distancias mínimas entre establecimientos, tasas aplicables, sanciones por incumplimiento y procedimientos para traslados, modificaciones y recursos. El objetivo general es regular la venta de bebidas alcohólicas a nivel municipal.
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO CARONÍ” - ÍNDICE
--------------
Presentación del Índice de la Reforma Parcial de la Ordenanza de Impuesto sobre Espectáculos Públicos publicada anteriormente, su relevancia recae en guiar al ciudadano durante la lectura de dicha Reforma, pues permite el conocimiento de los Capítulos y sus respectivos Títulos.
Indice de ordenanza de impuesto sobre transacciones inmobiliariasIván Yáñez
ORDENANZA DE REFORMA DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES INMOBILIARIAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR - INDICE
------------------------------------
Presentación del Índice de la Reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Transacciones Inmobiliarias, es de lectura relevante para guiar a los ciudadanos en la lectura de la Reforma además ayuda a entrar en el contexto de la misma a través de los Capítulos y sus títulos.
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR” - INDICE.
-------------------------------
Presentación del Indice de la Reforma de la Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de índole similar, publicado para que el ciudadano se guíe en la lectura de dicha Reforma y entre en contexto en cada Capítulo de la misma.
Exposicion de motivos sobre transaccionesIván Yáñez
Este documento propone una reforma a la ordenanza sobre el impuesto a las transacciones inmobiliarias del municipio de Caroní, Venezuela. La reforma busca actualizar la normativa para adaptarla a los cambios en la administración tributaria municipal, como la incorporación de una superintendencia encargada de la recaudación de impuestos. La nueva ordenanza propuesta contiene 12 capítulos y 39 artículos sobre aspectos como los sujetos pasivos, deberes formales y materiales, el cálculo y pago del impuesto, beneficios fiscales, y
Exposicion de motivos sobre expedio de licoresIván Yáñez
ORDENANZA DE REFORMA DE LA ORDENANZA SOBRE AUTORIZACIÓN Y EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR -
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
-----------------------------------
Dicho documento se basa en la exposición de motivos de la reforma de la Ordenanza anteriormente cargada sobre Autorización y Expendio de Bebidas Alcohólicas del Municipio Caroní, el cual debe ser revisado por todas aquellas personas que vivan de la distribución tanto temporal como permanente de bebidas alcohólicas, pues esta ordenanza tiene por objeto precisas los deberes de los contribuyentes, las sanciones y el comiso.
Exposicion de motivo sobre juegos y apuestas licitasIván Yáñez
“REFORMA DE LA ORDENANZA SOBRE JUEGOS Y APUESTAS LÍCITAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR” - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
-----------
El siguiente documento se basa en la exposición de motivos de la reforma de la ordenanza sobre Juegos y Apuestas Lícitas del Municipio Caroní del Estado Bolívar que deben seguir los ciudadanos que estén vinculados con este tipo de negocios.
Exposicion de motivo sobre agente de retencionIván Yáñez
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR” - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
----------
El siguiente documento se basa en la exposición de motivos de la reforma parcial de la Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de índole similar.
Es importante que sea revisada por todos aquellos ciudadanos de la jurisdicción del Municipio Caroní del Estado Bolívar que lleven actividades Económicas pues se basa en la recaudación del Impuesto sobre esta labor.
Exposicion de motivo espectaculos publicosIván Yáñez
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO CARONÍ”
---------
El siguiente documento se basa en la exposición de motivos de la reforma parcial de la ordenanza de impuesto sobre espectáculos públicos que se realicen en la jurisdicción del Municipio Caroní del Estado Bolívar publicado anteriormente.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiz...Andrés Retamales
Transcripción. S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, realiza Cuenta Pública 2024 [1 de junio de 2024].
Disponible en:
https://prensa.presidencia.cl/lfi-content/uploads/2024/06/01.06.2024-cuenta-publica-ante-congreso-nacional.docx.pdf
Impacto del conflicto armado en el este de la RDC (la región del Kivu).docx
Ordenanza de convivencia ciudadana (final)
1. INDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.................................................................................................2
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.........................................................................3
CAPITULO I
Del Objeto, Fundamento Legal, Ámbito de Aplicación.....................................................................2
TITULO II DE LAS INFRACCIONES MENORES.............................................................4
CAPITULO I
De las Infracciones relativas al debido comportamiento en lugares públicos
...........................................................................................................................................................5
CAPÍTULO II
De las infracciones relativas a la Tranquilidad Pública..........................................................6
CAPÍTULO III
De las infracciones relativas a la conservación del medio ambiente
.................................................................................................................................................6
CAPÍTULO IV
De las infracciones relativas a la tenencia de perros y otros animales
.................................................................................................................................................6
CAPÍTULO V
Disposiciones Comunes a los artículos precedentes
...................................................................................................................................................6
TITULO III
DE LOS TRABAJOS COMUNITARIOS Y LOS PROGRAMAS
CONCIENTIZADORES
......................................................................................................................................................4
CAPÍTULO I
De Los Trabajo Comunitarios........................................................................................................5
CAPÍTULO II
De los Programas Concientizadores .......................................................................................6
TITULO IV
DE LA FACULTAD CONCILIATORIA DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES
PÚBLICOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA PRESENTE ORDENANZA
......................................................................................................................................................4
CAPÍTULO I
De la facultad conciliatoria
...........................................................................................................................................................5
CAPÍTULO II
Del trámite administrativo de la aplicación de las sanciones..................................................6
TÍTULO V
DEL DESTINO DE LOS FONDOS RECAUDADOS
......................................................................................................................................................4
1
2. CAPÍTULO ÚNICO
De la disposición de los fondos recaudados
...........................................................................................................................................................5
TITULO VI
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
......................................................................................................................................................4
2
3. EXPOSICION DE MOTIVOS
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES
En el ejercicio de la democracia participativa y protagónica las comunidades
organizadas y todas las formas de organización de base del Poder Popular,
discuten sus necesidades y analizan sus potencialidades con el fin de construir e
impulsar el modelo de convivencia sustentable, basado en una relación
armónica entre los ciudadanos y ciudadanas así como la relación armónica del
hombre con la naturaleza.
Cualquier comunidad requiere de disposiciones que normen su convivencia, la
manera de comunicarse, de relacionarse y actuar, crear las bases para una vida
armoniosa. Todos los ciudadanos y ciudadanas están obligados a respetar los
derechos de las demás personas. Para el Estado es prioritaria la exigencia de
proveer, mantener y garantizar las condiciones que dentro de una situación de
justicia, paz y libertad las personas puedan gozar realmente de todos sus
derechos.
En este sentido bienestar común supone que se debe procurar todo lo necesario
para que, de manera paulatina, sean superadas las desigualdades y la
discriminación bajo un estado de equidad y justicia, cooperación, solidaridad.
La presente Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sancion de Infracciones
Menores del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tiene como objeto regular el
comportamiento de los ciudadanos y ciudadanas con miras a fomentar actitudes
y acciones que fortalezcan las relaciones de convivencia de sana paz, la
tranquilidad pública prevaleciendo el respeto a la dignidad humana, al buen uso
de los espacios público, impulsar el sentido de pertenencia hacia la ciudad al
medio ambiente y socio cultural.
La Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Sanciones de Infracciones Menores
del Municipio Caroní del Estado Bolívar, está conformada por Seis Títulos.
3
4. El Título I: Disposiciones Generales, Titulo II: De las Infracciones Menores,
Titulo III: De Los Trabajos Comunitarios y Los Programas Concientizadores,
Titulo IV: De la Facultad Conciliadora de los Funcionarios y Servidores
Públicos Encargados de Hacer Cumplir la Presente Ordenanza, Título V: Del
Destino de los Fondos Recaudados. Titulo VI: De la Disposiciones Finales y
Transitorias.
4
5. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO BOLÍVAR
CONCEJO MUNICIPAL SOCALISTA DEL MUNICIPIO CARONI
207º,158º Y 18º
ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA, PAZ
Y SANCIÓN DE INFRACCIONES MENORES (para corregir)
TÍTULO I
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Del Objeto, fundamentos legales, ámbito de aplicación y los Funcionarios y
Servidores Públicos encargados de hacerla cumplir
Artículo 1º
La presente ordenanza tiene por objeto regular el comportamiento de los
ciudadanos y ciudadanas en miras de fomentar actitudes y acciones que
fortalezcan las relaciones de convivencia de sana paz, la tranquilidad pública,
prevaleciendo el respeto a la dignidad humana, al buen uso de los espacios y
bienes públicos, que redunden en el desarrollo de sentido de pertenencia hacia la
ciudad y su medio ambiente natural y sociocultural.
Para tales efectos, se considerarán como el comportamiento mencionado
anteriormente en este mismo artículo, como aquellas acciones y omisiones que
se encuentra expresamente señaladas en la presente ordenanza.
Artículo 2º
El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza son todos los espacios
públicos, vías de circulación, construcciones, instalaciones, mobiliario urbano,
vehículos de transporte y los ríos ubicados en el Municipio Caroní del Estado
Bolívar. También tiene aplicación en los espacios, construcciones, instalaciones
y bienes de titularidad privada cuando desde ellos se realicen conductas o
actividades que afecten o puedan afectar negativamente a la convivencia y al
civismo, o cuando el descuido o falta de un adecuado mantenimiento de los
mismos por parte de sus propietarios, arrendatarios o usuarios o usuarias pueda
implicar igualmente consecuencias negativas para la convivencia o el civismo en
espacios públicos.
Artículo 3º
Serán competentes para hacer cumplir la presente ordenanza y aplicar las
sanciones previstas en ella, dentro del ámbito de sus atribuciones legales y en el
marco de sus respectivas competencias atribuidas en la Constitución y demás
leyes de la República Bolivariana de Venezuela:
a) El Alcalde del Municipio Caroní y el Coordinador de Seguridad y Defensa
ciudadana.
b) Los cuerpos de seguridad que hacen vida en el Municipio Caroní.
5
6. c) La Fiscalía Municipal, Defensoría del Pueblo y los Órganos de Protección
del Niño, Niña y Adolescente.
d) Los jueces de paz de las Circunscripción del Municipio Caroní.
e) Comisión Permanente de Control y Seguimiento de la Acción Municipal
del Concejo Municipal Socialista de Caroní.
f) Concejos comunales y Comunidad Organizada.
Parágrafo Único: Los funcionarios y servidores públicos señalados en el
presente artículo, se encuentran en la obligación de hacer cumplir la presente
ordenanza, so pena de la aplicación de las sanciones administrativas,
disciplinarias o penales a que hubiere lugar, el incumpliendo de esta norma
acarrea sanción de 20 a 70 Unidades Tributarias (UT).
Artículo 4º
Todas las autoridades y funcionarios públicos, se encuentran en la obligación de
prestar su colaboración a los funcionarios y servidores públicos indicados en el
artículo 3º de la presente ordenanza, con el objeto de contribuir al cumplimiento
de la misma.
Artículo 5º
Todos los particulares tienen la obligación de colaborar con los funcionarios y
servidores públicos indicados en el artículo 3º en situaciones de riesgo o
emergencia, con el fin de contribuir al correcto cumplimiento de la presente
ordenanza, salvo que, para ello, se ponga en peligro su vida o integridad física o
la de alguno de sus familiares.
Artículo 6º
El uso, deterioro o destrucción de algún bien propiedad de un particular en los
supuestos del artículo anterior será objeto de indemnización a cargo del
organismo al cual se encuentra adscrito el funcionario responsable del
procedimiento.
TÍTULO II
De las Infracciones Menores
CAPÍTULO I
De las Infracciones relativas al debido comportamiento en lugares públicos
Artículo 7º
El que realice cualquier tipo de necesidad fisiológica en lugares públicos, será
sancionado con multa de diez (10) unidades tributarias, o la realización de
alguno de los trabajos comunitarios previstos en el artículo 40 de la presente
ordenanza, por un lapso de veinticuatro (24) horas.
Artículo 8º
Los que, en lugares públicos no destinados para ello, ingieran cualquier tipo de
bebidas alcohólicas, serán sancionados con multa de diez (10) unidades
tributarias o la realización de alguno de los trabajos comunitarios establecidos en
el artículo 40 de la presente ordenanza por un lapso de veinticuatro (24) horas.
6
7. Si el infractor de la norma aquí establecida es sorprendido en estado de
embriaguez, por su seguridad y la de los demás ciudadanos, deberá ser
custodiado hasta la sede de la Policía Municipal de Caroní, donde deberá
permanecer hasta que cesen los efectos del alcohol.
Artículo 9º
Los que en lugares públicos o abiertos al público, sin contar con los permisos
correspondientes, suministren a otros, con fines de lucro, cualquier tipo de
bebidas alcohólicas, serán sancionados con multa de veinte (20) unidades
tributarias.
Artículo 10.-
El que sin la debida autorización de ley, ensucie, raye, coloque afiches o
propaganda o de cualquier modo deteriore bienes del dominio público municipal
o cualquier otro bien, será sancionado con multa de diez (10) unidades
tributarias, y deberá, además, pintar en su color original la pared o bien
deteriorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40, literal “b” de la
presente ordenanza.
El que aprovechándose de marchas o manifestaciones, aún sin participar en ellas,
incurre en la comisión de los ilícitos previstos en el presente artículo, será
sancionado con multa de quince (15) unidades tributarias, y deberá, además,
reestablecer o pintar en su color original la pared o bien deteriorado, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 40, literal “b” de la presente
ordenanza.
Queda exceptuada de esta disposición la colocación de propaganda electoral
durante los períodos permitidos y en los términos establecidos por la ley.
El Municipio a través de la Coordinación de Planificación Urbana, dispondrá
paredes para la expresión artística, en las cuales se podrán realizar libremente
tales manifestaciones, sin perjuicio de las disposiciones del Código Penal y
demás leyes de la República.
Artículo 11.-
El que fuera de los casos previstos en la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre y
su Reglamento, impida o dificulte la circulación de vehículos o peatones, a causa
de carga o descarga de mercancías de cualquier tipo, será sancionado con multa
de diez (10) unidades tributarias.
Artículo 12.-
El peatón que fuera de los casos previstos en la Ley de Tránsito y Transporte
Terrestre y su Reglamento, cruce calles o avenidas incumpliendo con la
señalización expresa de rayado de paso peatonal, pasarelas y otros similares para
tal fin, será sancionado con multa de diez (10) unidades tributaria, o la
realización de uno de los trabajo comunitarios establecidos en el artículo 39 de la
presente ordenanza por un lapso de ocho (48) horas.
7
8. Artículo 13.-
El que realice o induzca a otro a realizar competencias automovilísticas, o
cualquiera otra de las conductas previstas en la Ley de Tránsito y Transporte
Terrestre, será sancionado con multa de hasta veinte (20) unidades tributarias, o
la realización de dos de los trabajos comunitarios establecidos en el artículo 39
de la presente ordenanza, por un lapso de cuarenta y ocho (48) horas.
Artículo 14.-
El que ofrezca servicios de carácter sexual en la vía y/o espacios públicos, será
sancionado con multa de diez (10) unidades tributarias.
Articulo 15.-
Se prohíbe el consumo, la venta y promoción de bebidas alcohólicas dentro y
fuera de establecimientos comerciales no autorizados para su comercio o
expedición, al igual que la ingesta de estas bebidas mientras circulen en la vía
pública. La violación de esta normativa serán sancionadas con multa de diez (10)
unidades tributarias.
CAPÍTULO II
De las infracciones relativas a la Tranquilidad Pública
Artículo 16.-
Los funcionarios y servidores públicos investidos de autoridad pública, de
acuerdo con la presente ordenanza y dentro del marco constitucional y legal
vigente en Venezuela, tienen la facultad para aplicar las medidas necesarias,
convenientes, oportunas y proporcionales a la situación para dispersar toda
marcha o manifestación que no cumpla con los requisitos establecidos por la ley,
para prevenir que tal marcha o manifestación atente contra la integridad física de
las personas, ocasione daños a bienes públicos o privados o para restituir el
orden y tranquilidad pública.
Quienes provocaren alteraciones al orden público de modo que causen
intimidación o hagan presumir peligro inminente para la integridad física de las
personas o bienes públicos o privados, serán sancionados con multa de veinte
(20) unidades tributarias.
Artículo 17.-
El que realice marchas y manifestaciones sin cumplir con lo requisitos
establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley
de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, y demás leyes de la
República, tales como las debidas autorizaciones emanadas de los organismos
correspondientes, será sancionado con multa de quince (15) unidades tributarias.
Artículo 18.-
El que sin causa justificada, arroje contra personas, líquidos o cualquier tipo de
objetos o sustancias, aún sin causar daño, será sancionado con multa de diez (10)
unidades tributarias, o, en caso de no poder costear la mencionada multa, con la
8
9. realización de alguno de los trabajos comunitarios previstos en el artículo 39 de
la presente ordenanza, por un lapso de ocho (08) horas.
Artículo 19.-
El que simulando un hecho punible supuesto o imaginario, solicitare por vía
telefónica u otro medio, la presencia o auxilio de autoridades públicas o entes
encargados de prestar servicios públicos, será sancionado con multa de quince
(15) unidades tributarias, o la realización de dos de los trabajos comunitarios
establecidos en el artículo 39 de la presente ordenanza, por un lapso de setenta y
dos (72) horas.
CAPÍTULO III
De las infracciones relativas a la conservación del medio ambiente
Artículo 20.-
El que arroje o deseche en lugares abiertos al público o en las vías de circulación
desperdicios, cosas y otros elementos o sustancias capaces de poner en peligro la
salubridad pública, dificultar la libre circulación de vehículos o transeúntes o
ensuciar a las personas, será sancionado con multa de diez (10) unidades
tributarias.
Artículo 21.-
Quien queme desechos sólidos y otros desperdicios en lugares públicos o en
sitios que afecten la salubridad pública, ocasionando interrupciones en la libre
circulación de vehículos y personas, que contamine el ambiente afectando la
salud pública, será sancionado con multa de diez (10) unidades tributarias.
Si el que incurriere en la falta establecida en este articulo es una persona jurídica,
se duplicará la sanción y en caso de reincidencia se le levantará un expediente
administrativo conjuntamente con el Ministerio del Ambiente y los Recursos
Naturales a fin de estudiar el tipo de sanción a que hubiera lugar.
Articulo 22.-
La persona natural o jurídica, que genere o posea residuos y desechos sólidos,
que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente, deberá proceder a la
eliminación de tales desperdicios, de lo contrario será sancionado con multa que
oscilará entre cincuenta (50) a cien (100) unidades tributarias.
Articulo 23.-
El que fuera de los casos previstos en el Decreto Nº 2.217, del 23 de abril de
1992, relativo a las Normas Sobre el Control de la Contaminación Emanada del
Ruido, produzca ruidos molestos o nocivos, será sancionado con multa de diez
(10) unidades tributarias, o la realización de alguno de los trabajos comunitarios
establecidos en el artículo 40 de la presente ordenanza, por un lapso de
veinticuatro (24) horas.
La sanción aquí prevista, se duplicará en caso de tratarse de horas nocturnas y de
zonas residenciales.
9
10. Artículo 24.-
A los efectos de la presente ordenanza, se entiende como ruidos molestos, todos
aquellos que sean nocivos y susceptibles de degradar o contaminar el ambiente.
Se acogen igualmente todas las definiciones y normas de carácter técnico
previstas en el en el Decreto Nº 2.217, del 23 de abril de 1992, relativo a las
Normas Sobre el Control de la Contaminación Emanada del Ruido.
Artículo 25.-
El que contaminare el ambiente con la realización de fiestas o reuniones
escandalosas, será sancionado con multa de diez (10) unidades tributarias o la
realización de alguno de los trabajos comunitarios establecidos en el artículo 40
de la presente ordenanza, por un lapso de veinticuatro (24) horas.
A los efectos del presente artículo, se tomarán en cuenta los horarios y zonas
establecidos en el Decreto Nº 2.217, del 23 de abril de 1992, relativo a las
Normas Sobre el Control de la Contaminación Emanada del Ruido.
Artículo 26.-
A los efectos de la presente ordenanza, se entenderá por contaminación del
ambiente por causa de ruido, toda exposición al ruido que origine molestias
comprobadas, riesgos para la salud o perjuicio de los bienes, los recursos
naturales y el ambiente en general.
Artículo 27.-
El que fuera de los casos previstos en la Ley Penal del Ambiente, la Ley
Orgánica del Ambiente, sus reglamentos y la Ley de Transito y Transporte
Terrestre y su reglamento, a causa de la conducción de un vehículo destinado a
cualquier uso, contamine el ambiente, será sancionado con multa de diez (10)
unidades tributarias.
La sanción aquí prevista, se duplicará en caso de tratarse de personas jurídicas en
los casos de reincidencia.
CAPÍTULO IV
De las infracciones relativas a la tenencia de perros y otros animales
Artículo 28.-
Los propietarios de animales estarán obligados a proporcionarles alimentación y
atención sanitaria adecuada, así como facilitarles un alojamiento de acuerdo con
la exigencia propia de su especie y las condiciones impuestas por las normas de
protección animal.
Los infractores de esta norma, serán sancionados con multa de diez (10)
unidades tributarias o la realización de uno de los trabajos comunitarios
establecidos en el artículo 40 de la presente ordenanza, por un lapso de ocho (8)
horas.
10
11. Artículo 29.-
La tenencia de perros y animales domésticos en general, en viviendas urbanas,
queda sujeta a las circunstancias higiénicas óptimas de las condiciones de vida al
animal de que se trate, y ajustada a las normas de condominio en los casos de
propiedad horizontal; así como a la ausencia de riesgos sanitarios y a la
inexistencia de molestias para los vecinos.
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley de Protección a la fauna Silvestre y
la Ley Penal del Ambiente, queda prohibida la tenencia de animales salvajes o
no domésticos en áreas o zonas residenciales. Los animales pertenecientes a la
fauna salvaje, no especialmente protegidos, deberán estar alojados de acuerdo
con las necesidades biológicas de su especie y, en todo caso, bajo estricto control
veterinario. Los animales no domésticos que se encuentren alojados en
condiciones no adecuadas a su naturaleza deberán ser entregados
inmediatamente a los organismos competentes, de conformidad con lo dispuesto
en las mencionadas leyes especiales.
Los infractores de esta norma, serán sancionados con multa de diez (10)
unidades tributarias, o la realización de uno de los trabajos comunitarios
previstos en el artículo 40, por un lapso de doce (12) horas.
Artículo 30.-
Los perros guardianes de viviendas, comercios, solares, obras, jardines, etc,
deberán estar bajo vigilancia de sus dueños o personas responsables, y en todo
caso, en recintos donde no puedan ocasionar daño a personas o cosas, debiendo
advertirse mediante cartel en lugar visible de la existencia de perro guardián.
Los infractores de esta norma, serán sancionados con multa de diez (10)
unidades tributarias, o la realización de uno de los trabajos comunitarios
previstos en el artículo 40, por un lapso de doce (12) horas.
Artículo 31.-
Los perros no podrán circular desprovistos de correa o cadena con collar por la
vía pública. Deben circular con bozal, todos aquellos perros que de acuerdo con
su naturaleza y carácter así lo ameriten y cuya peligrosidad sea razonablemente
previsible. El propietario del perro o animal doméstico y en forma subsidiaria, su
tenedor será responsable de los daños y desechos producidos por este en la vía
pública.
Queda prohibido a los propietarios o tenedores de animales domésticos sacarlos
para que realicen sus necesidades fisiológicas en aceras, zonas verdes o vía
pública. Los propietarios o tenedores de animales domésticos, tienen la
obligación de recoger y retirar los excrementos depuestos por los mismos,
limpiando las aceras, zonas verdes y restantes elementos de la vía pública
destinados al paso o estancia de los ciudadanos que hubiesen ensuciado.
Los excrementos recogidos podrán desecharse de la siguiente manera:
a) Incluirse en las basuras por medio de la bolsa de recogida habitual.
11
12. b) Depositarse sin envoltorio alguno en los lugares habilitados para los
perros, si los hubiese.
c) Depositarse dentro de bolsas perfectamente cerradas, en papeleras y
contenedores.
Los infractores de esta norma, serán sancionados con multa de diez (10)
unidades tributarias, o la realización de uno de los trabajos comunitarios
previstos en el artículo 40, por un lapso de doce (12) horas.
CAPÍTULO V
Disposiciones Comunes a los artículos precedentes
Artículo 32.-
El que fuera de los casos establecidos en los artículos precedentes, el Código
Penal, y demás leyes de la República, dificulte o perturbe la correcta convivencia
ciudadana mediante gritos, palabras, sonidos escandalosos o gestos que ofendan
el decoro o atenten contra la tranquilidad de las personas, será sancionado con
multa de diez (10) unidades tributaras o la realización de uno de los trabajos
comunitarios establecidos en el artículo 40 de la presente ordenanza, por un
lapso de veinticuatro (24) horas.
Artículo 33.-
El que incumpla injustificadamente con las órdenes legalmente emitidas en
aplicación de la presente ordenanza, por los funcionarios y servidores públicos
autorizados para hacerla cumplir, será sancionado con multa de quince (15)
unidades tributarias o la realización de dos de los trabajos comunitarios
establecidos en el artículo 40 de la presente ordenanza, por un lapso de cuarenta
y ocho (48) horas.
Artículo 34.-
En todos los casos de infracción de la presente ordenanza, se impondrá como
sanción la asistencia a un programa concientizador, a tenor lo dispuesto en el
artículo 40, el programa seleccionado guardará relación con la infracción
cometida, y se cumplirá simultáneamente con la realización del trabajo
comunitario de que se trate.
La charla o taller correspondiente al programa concientizador de que se trate,
será dictado por funcionarios o servidores públicos capacitados para tal fin, o por
miembros de la colectividad, quienes podrán participar en los mismos de
conformidad con lo establecido en el artículo 41. En ningún caso, el programa
concientizador podrá exceder en cuanto a su duración del lapso establecido para
la realización de los trabajos comunitarios, y deberán, en todo caso realizarse
simultáneamente.
Artículo 35.-
En caso que el infractor no pueda cancelar la multa prevista, deberá realizar los
trabajos comunitarios correspondientes por el lapso establecido para la
infracción concreta cometida.
12
13. Artículo 36.-
En los casos en que los particulares se resistan injustificadamente a la aplicación
de la presente ordenanza, se nieguen o impidan el cumplimiento de las sanciones
aquí establecidas, o irrespeten la autoridad de los funcionarios y servidores
públicos señalados en el artículo 3º, se seguirá el procedimiento de flagrancia
previsto en el Artículo 47 de la presente Ordenanza.
Artículo 37.-
En caso de que el infractor incurra, en más de una oportunidad, en la comisión
de las conductas prohibidas por la presente ordenanza, la reincidencia dará lugar
a la aplicación del doble de la multa, así como del lapso previsto para la
realización de los trabajos comunitarios.
Artículo 38.-
Los infractores de la presente ordenanza tendrán derecho de estar asistidos por
un abogado, cuando así lo requieran, al momento de la aplicación de la sanción
correspondiente, respetándose con esto el Derecho de Defensa establecido en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TITULO III
DE LOS TRABAJOS COMUNITARIOS Y LOS PROGRAMAS
CONCIENTIZADORES
CAPÍTULO I
DE LOS TRABAJO COMUNITARIOS
Artículo 39.-
A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por trabajos comunitarios,
aquellos que, como retribución a una infracción en perjuicio de la recta
convivencia ciudadana, se encuentran destinados al mejoramiento del ornato y
medio ambiente de lo lugares públicos.
Artículo 40.-
Son trabajos comunitarios:
a) La limpieza, pintura y/o restauración de escuelas y demás centros
educativos de carácter público del Municipio o Parroquia donde se haya
cometido la infracción.
b) La limpieza, pintura y/o restauración de plazas y lugares públicos del
Municipio o Parroquia donde se haya cometido la infracción.
c) La limpieza, pintura y/o restauración de los centros de salud del Municipio
donde se haya cometido la infracción.
d) La limpieza, pintura y/o restauración de las sedes de los organismos de los
cuales dependen los funcionarios y servidores públicos encargados de
hacer cumplir la presente ordenanza, señalados en el artículo 3º, tales
como: la sede de la Alcaldía y la sede de la Policía Municipal de Caroní.
13
14. e) La colaboración laboral en los comedores y demás organismos de
seguridad social dependientes de la Alcaldía.
f) La realización de actividades docentes en los centros educativos de la
colectividad, dependiendo del grado de instrucción y profesión del
infractor.
g) Cualquier otro, que a juicio de la autoridad correspondiente, pueda
contribuir con el ornato, buen mantenimiento y orden social del Municipio
o Parroquia correspondiente.
Parágrafo Único: Una vez cumplido con el trabajo comunitario señalado en
cualquiera de los literales del presente artículo, el infractor debe cumplir con el
programa de concientización que establece la presente Ordenanza.
Artículo 41.-
Se aplicarán los trabajos comunitarios establecidos en el artículo anterior en los
casos en que los infractores no puedan cancelar las multas establecidas en la
presente ordenanza, así como en las previsiones del artículo 37, referentes a la
reiteración en la realización de las conductas prohibidas.
CAPÍTULO II
De los Programas Concientizadores
Artículo 42.-
A los efectos de la presente ordenanza, se entiende como Programa
Concientizador, todo programa de educación e información, relacionado con la
falta o infracción concreta cometida, que tiene como finalidad concienciar al
infractor en cuanto al debido comportamiento dentro de la colectividad. Estos
programas estarán diseñados como charlas o talleres, según el caso y serán
dictados por personal capacitado para tal fin.
Artículo 43.-
Los miembros de la comunidad, los Jueces de Paz, las Comunidades
Organizadas, entre otros podrán participar y colaborar activamente en la
realización de las charlas, talleres, programas y foros que orienten el
comportamiento de los Ciudadanos y Ciudadanas en la vida social que
contribuyan a elevar su nivel de Civismo.
TITULO IV
De la facultad conciliatoria de los funcionarios y servidores públicos
encargados de hacer cumplir la presente ordenanza
CAPÍTULO I
De la facultad conciliatoria
Artículo 44.-
Los funcionarios, servidores públicos y Órganos Pulidos señalados en el artículo
3º de la presente ordenanza, podrán recibir denuncias por parte de los afectados
por la infracción cometida. En tal sentido estarán facultados para ejercer
14
15. funciones conciliatorias entre las partes involucradas, citando a la parte
denunciada, a fin de escuchar a ambas partes, y en caso de ser procedente,
imponiendo al infractor las sanciones correspondientes, pudiendo, además,
suscribir un acta de acuerdo entre las partes.
Artículo 45.-
Toda persona citada por cualquiera de los funcionarios y servidores públicos en
ejercicio de la atribución establecida en el artículo anterior, se encuentra
obligado a comparecer a la misma. En caso de no hacerlo, podrá ser compelido
a asistir a tal citación, so pena de incurrir en el delito de resistencia a la
autoridad, previsto en el Código Penal, caso en el cual, se seguirá el
procedimiento para el caso de delitos flagrantes previsto en el Código Orgánico
Procesal Penal.
Artículo 46.-
El que incumpla o viole el acuerdo establecido en la caución, mediación y acto
conciliatorio que se haya suscrito de conformidad con lo establecido en el
artículo 44, será sancionado con multa de quince (15) unidades tributarias, o la
realización de uno de los trabajos comunitarios establecidos en el artículo 40 de
la presente ordenanza.
CAPÍTULO II
Del trámite administrativo de la aplicación de las sanciones
Artículo 47.-
Los organismos y los Jueces de Paz encargados de hacer cumplir la presente
Ordenanza dispondrán de dos instancias administrativas: la encargada de recibir
y sustanciar el procedimiento y la encargada de decidir la procedencia o no de la
sanción prevista. Habrá dos modos de proceder, de oficio, en los casos de
flagrancia y por denuncia.
En caso de flagrancia, al momento de ser sorprendida una persona en la comisión
de cualquiera de las conductas prohibidas por la presente ordenanza, será
notificada inmediatamente de cual es la norma concreta que está infringiendo y
seguidamente, en compañía del funcionario, funcionaria o Juez, Jueza de Paz
actuante, se trasladará a la dependencia de su organismo de adscripción a la cual
se le haya atribuido la recepción del procedimiento, a fin de que, en el acta
motivada que se levante, consten los siguientes datos: fecha y hora, nombre
apellido y demás datos del funcionario, funcionaria o Juez, Jueza de Paz
actuante; nombre, apellido, cédula de identidad, dirección, grado de instrucción y
profesión del infractor, descripción de los hechos que constituyen la falta
cometida e indicación de la sanción concreta a aplicar. En caso de multa, se
incluirá en el acta la especificación del monto de la multa a cancelar y, cuando
sea el caso, si el infractor no puede costearla, se hará la mención de tal
circunstancia así como de la sanción sustitutiva aplicable. Igualmente, se
incluirán en el acta, los argumentos que tenga en su descargo la persona objeto
de sanción. Dicha acta será sometida de inmediato a la consideración de la
dependencia administrativa designada por el Alcalde o Alcaldesa para conocer
15
16. del procedimiento, la cual oirá al presunto infractor y decidirá acerca de la
procedencia de la sanción prevista de igual manera se incluirá en el acta e
cumplimiento de los programas de concientización establecidos en la presente
Ordenanza.
En caso de denuncia, ésta será tramitada por la dependencia a la cual se le haya
atribuido la recepción de procedimientos, la cual librará la citación a que se
refiere el artículo 44 para que tenga lugar el procedimiento conciliatorio. Los
jueces de paz o los titulares de la dependencia administrativa designada por el
Alcalde o Alcaldesa para conocer del procedimiento, asistirán a la audiencia de
conciliación y oídos los alegatos del denunciante y del presunto infractor, así
como los elementos de convicción que aportaren, respectivamente, resolverán
con arreglo a lo previsto en el artículo 44 de esta Ordenanza.
Para la realización de los trabajos comunitarios, se designará un supervisor ad
hoc, en el caso concreto en el que se deba realizar el mencionado trabajo. Este
supervisor, deberá informar al funcionario designado para tal fin, si
efectivamente los trabajos fueron realizados, y la duración de los mismos, a fin
de poder determinar el efectivo cumplimiento de la sanción.
La duración de los trabajos comunitarios aquí establecidos, se regirá por lo
establecido en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las
Trabajadoras.
TÍTULO V
Del destino de los fondos recaudados
CAPÍTULO ÚNICO
De la disposición de los fondos recaudados
Artículo 48.-
De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, los
montos recaudados a través de las multas impuestas como consecuencia de la
aplicación de la presente ordenanza, se consideran ingresos propios del
Municipio Caroní.
TITULO VI
Disposiciones Finales y Transitorias
Artículo 49.-
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de Publicación en la Gaceta.
Comuníquese y publíquese.- Dada, firmada y sellada en el salón donde se
celebra sus Sesiones el Concejo Municipal Socialista del Municipio Caroní del
Estado Bolívar, en San Félix de Guayana, a los ------- días del mes de ------- del
dos mil diecisiete.- AÑOS º de la Independencia y º de la
Federación.-
16