El documento trata sobre los derechos humanos y su aplicación en los servicios de seguridad ciudadana. Explica que los derechos humanos son garantías jurídicas que protegen a las personas de los actos gubernamentales que atentan contra sus libertades fundamentales o dignidad. Además, describe las diferentes generaciones de derechos humanos y establece reglas para el uso apropiado de la fuerza y las armas de fuego por parte de los agentes de seguridad.
TÉCNICAS DE PATRULLAJE URBANO 2
AUTOR PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS- INSTRUCTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y PRIVADA- TELEFONO 2768760- DICTADO DE CURSOS, CAPACITACION PARA GRUPOS, PERSONAS JURÍDICAS INTERESADAS- ORGANIZACIÓN DE ÁREA DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD PRIVADA PARA EMPRESAS- CONSTITUCION DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA-PIDA INFORMES.
El respeto de los derechos humanos son para todas las personas, diga con ello, que los servidores públicos ocupados del respeto de la ley, y la seguridad de las personas tienen derechos humanos.
TÉCNICAS DE PATRULLAJE URBANO 2
AUTOR PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS- INSTRUCTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y PRIVADA- TELEFONO 2768760- DICTADO DE CURSOS, CAPACITACION PARA GRUPOS, PERSONAS JURÍDICAS INTERESADAS- ORGANIZACIÓN DE ÁREA DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD PRIVADA PARA EMPRESAS- CONSTITUCION DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA-PIDA INFORMES.
El respeto de los derechos humanos son para todas las personas, diga con ello, que los servidores públicos ocupados del respeto de la ley, y la seguridad de las personas tienen derechos humanos.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. DERECHOS HUMANOS EN EL SERVICIOS DE
SEGURIDAD CIUDADANA
PRIMER TENIENTE HERIBERTO PARRA, FARD
3. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS
HUMANOS?
GARANTÍAS JURÍDICAS QUE PROTEGEN A LA
PERSONA Y GRUPO DE PERSONAS CONTRAS
LOS ACTOS DE LOS GOBIERNOS QUE LESIONAN
SUS LIBERTADES FUNDAMENTALES Y LA
DIGNIDAD HUMANA.
4. DERECHOS HUMANOS EN EL SERVICIOS DE
SEGURIDAD CIUDADANA
PRIMER GENERACION
CIVILES Y POLÍTICOS
A LA VIDA
A LIBERTAD
A SEGURIDAD
A NO TORTURA
A UN NOMBRE
A NO CAER PRESO
A CASARME
AL TRANSITO
SEGUNDA GENERACION
ECONOMICOS, CULTURALES
Y SOCIALES
• A SEGURIDAD SOCIAL
• AL TRABAJO
• AL SALARIO
• A DÍAS LIBRES
• BIENESTAR SOCIAL
• A LA EDUCACIÓN
• A CASARME
• AL CARNABAL
5. DERECHOS HUMANOS EN EL SERVICIOS DE
SEGURIDAD CIUDADANA
TERCERA GENERACION
SOLIDARIDAD Y DE LOS
PUEBLOS
A LA ECOLOGÍA
AL DESARROLLO
COOPERACIÓN
SOLIDARIDAD
A LA PAZ
SEGURIDAD
CUARTA GENERACION
LIBERTAD DE
EXPRESIÓN
AL SUFRAGIO
A LA INFORMACIÓN
PLURALISMO
AL INTERNET
A LA SEGURIDAD
INFORMÁTICA
6. DELITO, CONTRAVENSION, CRIMEN
- La infracción que las leyes castigan con
penas de policía es una contravención. La
infracción que las leyes castigan con penas
correccionales, es un delito. La infracción
que las leyes castigan con una pena aflictiva
o infamante, es un crimen.
7. USO DEL ARMA DE FUEGO
1. El ciudadano no es el enemigo
2. No se puede matar arbitrariamente
3. La respuesta es proporcional a la agresión
4. No se le dispara al vehículo que huye
5. No se apunta indiscriminadamente a personas.
6. No llevar municiones en la recamara de sus armas salvo excepciones.
7. No realizar disparos al aire o superficie plana con el propósito de disuadir o amedrentar.
8. En ningún caso se debe dispar en ráfagas.
9. i. El uso de armas de fuego es una medida extrema, solamente está autorizado su uso como
último recurso, cuando resulten insuficientes medidas menos extremas para proteger la
vida y únicamente cuando su vida o la de un tercero se encuentre en peligro o cuando el
infractor constituya una amenaza letal y sea previamente avisado del uso del arma.
8. ARRESTO Y DETENCION
DETENIDO ES AQUELLA PERSONA QUE PARA UNA
INVESTIGACION, REQUIZA O DEPURACION ES
PARCIALMETE PRIVADA DE LIBERTAD DE
TRANSITO POR LOS FEHCL EN LOS CENTROS DE
DETENCION LEGALMENTE ESTABLECIDOS
(PUESTO DE CHEQUEO, RETENES O
DESTACAMENTO POLICIALES Y/O MILITARES, SIN
QUE ESTO LLEGUE AL ARRESTO
9. ARRESTO O DETENCION PREVENTIVA
Es la restricción de la libertad de una persona por un
agente policial con el fin de ponerla a disposición de
la autoridad competente. La detención se presenta
en el cumplimiento de una orden de aprehensión, de
arresto, de presentación o, en su caso, por
flagrancia, a petición de parte ofendida o cualquier
otra figura prevista por las leyes aplicables.
10. ARRESTO Y DETENCION
Art. 224. Arresto. La Policía debe proceder al arresto de una persona cuando
una orden judicial así lo ordene. La Policía no necesita orden judicial cuando el
imputado:
1. Es sorprendido en el momento de cometer el hecho punible o
inmediatamente después, o mientras es perseguido, o cuando tiene objeto o
presenta rastro que hacen presumir razonablemente que acaba de participar en
una infracción;
2. Se ha evadido de un establecimiento penal o centro de detención;
3. Tiene en su poder objetos, armas, instrumentos, evidencias o papeles que
hacen presumir, razonablemente, que es autor o cómplice de una infracción y
que puede ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar;
27-06-2006
11. LECTURA DE DERECHO
DERECHO DE MIRANDA
1. Tiene derecho a guardar silencio.
2. Cualquier cosa que diga puede y será usada en su contra en
un tribunal judicial.
3. Tiene derecho a contar con un abogado.
4. Si no puede pagar un abogado, el tribunal le asignará uno.
13. LEGALIDAD DEL ARRESTO
1. IDENTIFICARSE
2. PRESENTAR AL ARRESTADO
3. ABSTENERSE DEL USO DE LA FUERZA
4. ABSTENERSE DEL USO DE LAS ARMAS
5. NO TORTURAR
6. DECIR SUS DERECHOS
7. PERMITIR UNA LLAMADA, EN EL CUARTEL
8. APUNTARLO EN EL LIBRO RECORD
14. REGLAS DE ENFRENTAMIENTO ROE
Las reglas de enfrentamiento son directivas emitidas
por una autoridad competente en las que se establecen
las circunstancias y las limitaciones bajo las cuales las
tropas pueden iniciar, para luego continuar, la lucha
contra fuerzas adversarias. Normalmente son
intrínsecas de un a unidad y su modo operandi o son
dandas dependiendo la misión a efectuarse o el tipo de
amenaza.
15. REGLAS PARA EL USO DE ARMAS
•Siempre trate cada arma como si estuviera cargada mientras no se haya
cerciorado personalmente de lo contrario por haber efectuado el
procedimiento de descargar
- Siempre mantenga el arma apuntando en dirección segura o en una
dirección donde un disparo accidental no haga daño.
- Nunca apunte con un arma a nada que no quiera destruir
- Siempre mantenga su dedo fuera del disparador hasta que esté listo
para disparar
- Siempre mantenga descargada el arma hasta que esté listo para
dispararla, con cargador fuera y martillo abatido
- Siempre utilice la munición adecuada para su arma en particular
- Siempre conozca su blanco, qué hay detrás de él y más allá
- Siempre use protección para ojos y oídos cuando dispare
- Nunca consuma alcohol, medicamentos o drogas antes o durante el
manejo de un arma
- Un arma cargada tiene el potencial de matar. Manejada
inteligentemente es segura
- Un accidente es siempre el resultado de no cumplir las reglas de
seguridad
- La prevención de accidentes es responsabilidad del usuario
- Antes de manejar y cargar un arma, asegúrese de saber cómo funciona
- Asegúrese de que su arma esté limpia; antes de cargar inspeccione el
cañón para estar seguro que está perfectamente limpio y libre de
partículas extrañas. Disparar con una obstrucción en el cañón tal como
sucio, lodo, grasa, proyectil trabado, etc. puede causar ruptura o
ensanchamiento del cañón
- Nunca dispare a superficies planas o al agua
- Evite golpes fuertes o caídas de su arma
- Los dispositivos de seguridad en las armas de fuego son extras y no
son substitutos de un manejo seguro
- Durante y después de disparar controle sus emociones
- Durante las sesiones de entrenamiento, si observa un problema de
seguridad, debe reportarlo inmediatamente al instructor.
- Cualquiera puede detener un ejercicio si ve un problema de seguridad
16. LA SEGURIDAD CIUDADANA PROTEGE AL
CIUDADANO DE HECHOS PUNIBLES
• 1) Vías de hecho;
• 2) Golpes y heridas que no causen lesión permanente;
• 3) Amenaza, salvo las proferidas contra funcionarios públicos en ocasión del ejercicio
de sus funciones;
• 4) Robo sin violencia y sin armas;
• 5) Estafa;
• 6) Abuso de con anza;
• 7) Trabajo pagado y no realizado; 8) Revelación de secretos; 9) Falsedades en
escrituras privadas.
17. USO DE LA FUERZA
Es la aplicación de técnicas, tácticas y
métodos de sometimiento sobre las
personas, de conformidad con la
Constitución de la República, la ley y las
disposiciones de este reglamento.
18. USO DE LA FUERZA Las armas y equipos son
entregadas en la dotación
policial y militar
La técnicas,
El hecho punible es una
infracción
Extinción de todos
los medios
Equilibrio de
cantidad de fuerza
Calcular las
cirscuntancias
19. USO DE LA FUERZA
RESISTENCIAACTIVA CONTACTO FISICO
20. USO DE LA FUERZA
MEDIDAS PREVENTIVAS
Presencia Física
Personal
correctamente uniformado y equipado
Verbalización
Conversar con representantes o
persona individual para que desistan
de su actitud.
21. USO DE LA FUERZA
MEDIDAS REACTIVAS
Control de Contacto Uso
mínimo de la fuerza física para remover del
área la persona(s) que no reaccionan ante la
verbalización.
Control Físico
Uso de la fuerza para mantener bajo control
a aquellos que presenten resistencia física.
(Uso de bastones, esposas, ties plásticos…)
Uso de Fuerza No Letal
Ante agresiones que no pongan en peligro
de muerte inminente a los FEHCL o a
terceros han de utilizarse medios no letales
para reestablecer el orden (Bombas
lacrimógenas, pistolas eléctricas, escopetas
que disparen balines de goma, cañones de
agua…)
Uso de Fuerza Letal
Ante situaciones donde ocurran agresiones
que ponen en peligro inminente de muerte
a los FEHCL o a terceros se permite el uso
de la fuerza letal. (Armas de fuego luego de
haber cumplido con los principios de
necesidad, legalidad, proporcionalidad y
responsabilidad.)
22. LEGITIMA DEFENSA
Se considera legítima defensa el acto dirigido a rechazar
de modo simultáneo, necesario y proporcional la agresión
actual, inminente e injustificada que está en curso de
ejecutarse en contra de sí mismo o de otra persona.
23. LEGITIMA DEFENSA
1. Cuando están entrando a tu casa con violencia de noche.
2. Cuando alguien es sorprendido en tu casa con un arma.
3. Cuando te defiendes de robos con violencia (atraco).
24. EVACION DE CENTRO DETENCION
QUIEN CORRE OBEDECE NO LE PUEDO DISPARAR
1. Durante la persecución de un infractor de la leyes se
desestima la prolongación de la persecución.
2. Si una vivienda es usada como escondite se deshace el
derecho de la privacidad de vivienda por lo que los FEHCL
tiene la potestad de entrar apresar y trasladar al infractor
aun con la protección de los residente de la misma.
25.
26. INTENCIÓN HOSTIL
• El Intento Hostil es la amenaza del inminente uso de la fuerza.
Una determinación de Intento Hostil se basa en la existencia de
una amenaza identificable.
• a. Apuntar o dirigir armas.
• b. Adoptar un perfil de ataque.
• c. Acercarse a una distancia de alcance de ataque
• d. Iluminación con designadores de radar o láser.
• e. Transferir información de blancos
• f. Colocar o prepararse para colocar minas navales.
• g. Cuando no se responde a las medidas proactivas listadas anteriormente.
27. INTENCIÓN HOSTIL
• a. Cuestionamiento Verbal
• b. Advertencia verbal
• c. Señales visuales d. Señales de ruido
• e. Barreras físicas
• f. Cambio de rumbo y velocidad para determinar si se continúa para mantener un
perfil de ataque.
• g. Iluminación con radar de control de fuego. h. Realización de disparos de
advertencia
29. COMANDO DISPARÉ
A) Actuará con moderación y en proporción a la
gravedad de la agresión o la conducta ilícita que se
trate de reprimir.
B) Evitará al mínimo los daños y lesiones que pudieran
causar al agresor.
C) Garantizará que se preste de inmediato asistencia y
servicio médico a las personas heridas o afectadas.
d) Procurará que los familiares de las personas heridas
o afectadas tomen conocimiento de lo sucedido en el
plazo más breve posible.
E) Informara a su superior y llenara el acta policial.
30. REGLAS DE ENFRENTAMIENTO
MUESTREN PORTE
VOCEEN CUANDO
DISPERSEN CUANDO
LESIONEN CUANDO
PARTAN CUANDO
DISPAREN PREVENTIVO CUANDO
DISPAREN A HERIR CUANDO
DISPAREN MATAR CUANDO
AGRESIONES
VERBAL
FÍSICA
VISUAL
PSICOLÓGICA
LETAL
RESISTENCIA
REACCIONES