Este documento presenta un resumen de un caso sobre la resolución de conflictos relacionados con un proceso de cobro de deuda a través de un pagaré y una hipoteca. Se plantean 4 preguntas: 1) si la declaración de abandono puede generar cosa juzgada, 2) por qué la demanda de cobro de pagaré es una acción personal, 3) por qué la demanda de ejecución de hipoteca es una acción real, 4) si solicitar pago y remate significa cobrar el doble.
La naturaleza-del-requerimiento-de-pago-en-el-juicio-ejecutivoLuis Navarrete
El documento discute la naturaleza del requerimiento de pago en el juicio ejecutivo. Argumenta que la demanda ejecutiva no se notifica al demandado, sino que el juez dicta una sentencia interlocutoria ordenando el requerimiento de pago sin audiencia previa del demandado. El único modo que tiene el demandado de impugnar es mediante una oposición al mandamiento de ejecución y embargo, ya que la demanda no se contesta.
El documento presenta información sobre derecho procesal y la organización judicial. Explica conceptos como derecho procesal, competencia de los órganos jurisdiccionales, la acción y la pretensión procesal. Define derecho procesal como el conjunto de normas que regulan el proceso judicial. Describe la clasificación de la competencia en territorial, objetiva y funcional. Finalmente, define la pretensión como la declaración de voluntad en la que se solicita una actuación del órgano jurisdiccional y distingue entre pretensión, acción y demanda
Este documento resume las diferentes actitudes que puede adoptar un demandado frente a una demanda, como la rebeldía, el allanamiento, la contestación de la demanda, la reconvención y la interposición de excepciones previas o dilatorias. Explica cada una de estas actitudes y los fundamentos legales correspondientes en el Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala.
Este documento presenta un resumen de las posibles actitudes que puede adoptar un demandado frente a una demanda, así como las excepciones previas que puede interponer. Describe las actitudes de rebeldía, allanamiento, contestación de la demanda, reconvención e interposición de excepciones previas como litispendencia, incompetencia, demanda defectuosa, falta de capacidad legal, entre otras. Explica cada una de estas excepciones con detalle y los fundamentos legales correspondientes. También incluye un ejemplo de escrito de interposición de ex
Este documento presenta un resumen sobre los embargos preventivos y aseguramientos de bienes litigiosos. Explica conceptos clave como embargo, sus clases y naturaleza jurídica. También cubre aspectos como los ámbitos cualitativos y cuantitativos de los bienes que pueden ser objeto de embargo, así como las excepciones a la embargabilidad. El documento fue elaborado por estudiantes de derecho de la Universidad Martín Lutero en Nicaragua como parte de un trabajo académico.
Este documento presenta un resumen sobre los embargos preventivos y aseguramientos de bienes litigiosos. Explica conceptos clave como embargo, sus clases y naturaleza jurídica. También cubre aspectos como los ámbitos cualitativos y cuantitativos de los bienes que pueden ser objeto de embargo, así como las excepciones a la embargabilidad. El documento fue elaborado por estudiantes de derecho de la Universidad Martín Lutero en Nicaragua.
2 mapa conceptual - prescripción adquisitiva y su procedimiento-joenJoen Araujo
1) El documento describe los requisitos y procedimiento para la prescripción adquisitiva, que es la adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo establecido por la ley.
2) Se requiere posesión legítima continua y pacífica por 20 años para bienes inmuebles o 10 años para bienes muebles.
3) El proceso involucra presentar una demanda, citar a los demandados, publicar un edicto, y emitir una sentencia firme que declare la prescripción y se registre.
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdfMILTONFREDES
Este documento presenta una introducción al tema de la resciliación en los contratos cumplidos. Brevemente resume el concepto de obligación y sus elementos fundamentales según el Código Civil chileno. Luego, introduce conceptos básicos sobre los contratos como fuente de obligaciones. El objetivo general es argumentar que la resciliación puede aplicarse no solo como modo de extinguir obligaciones, sino también para invalidar contratos cumplidos.
La naturaleza-del-requerimiento-de-pago-en-el-juicio-ejecutivoLuis Navarrete
El documento discute la naturaleza del requerimiento de pago en el juicio ejecutivo. Argumenta que la demanda ejecutiva no se notifica al demandado, sino que el juez dicta una sentencia interlocutoria ordenando el requerimiento de pago sin audiencia previa del demandado. El único modo que tiene el demandado de impugnar es mediante una oposición al mandamiento de ejecución y embargo, ya que la demanda no se contesta.
El documento presenta información sobre derecho procesal y la organización judicial. Explica conceptos como derecho procesal, competencia de los órganos jurisdiccionales, la acción y la pretensión procesal. Define derecho procesal como el conjunto de normas que regulan el proceso judicial. Describe la clasificación de la competencia en territorial, objetiva y funcional. Finalmente, define la pretensión como la declaración de voluntad en la que se solicita una actuación del órgano jurisdiccional y distingue entre pretensión, acción y demanda
Este documento resume las diferentes actitudes que puede adoptar un demandado frente a una demanda, como la rebeldía, el allanamiento, la contestación de la demanda, la reconvención y la interposición de excepciones previas o dilatorias. Explica cada una de estas actitudes y los fundamentos legales correspondientes en el Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala.
Este documento presenta un resumen de las posibles actitudes que puede adoptar un demandado frente a una demanda, así como las excepciones previas que puede interponer. Describe las actitudes de rebeldía, allanamiento, contestación de la demanda, reconvención e interposición de excepciones previas como litispendencia, incompetencia, demanda defectuosa, falta de capacidad legal, entre otras. Explica cada una de estas excepciones con detalle y los fundamentos legales correspondientes. También incluye un ejemplo de escrito de interposición de ex
Este documento presenta un resumen sobre los embargos preventivos y aseguramientos de bienes litigiosos. Explica conceptos clave como embargo, sus clases y naturaleza jurídica. También cubre aspectos como los ámbitos cualitativos y cuantitativos de los bienes que pueden ser objeto de embargo, así como las excepciones a la embargabilidad. El documento fue elaborado por estudiantes de derecho de la Universidad Martín Lutero en Nicaragua como parte de un trabajo académico.
Este documento presenta un resumen sobre los embargos preventivos y aseguramientos de bienes litigiosos. Explica conceptos clave como embargo, sus clases y naturaleza jurídica. También cubre aspectos como los ámbitos cualitativos y cuantitativos de los bienes que pueden ser objeto de embargo, así como las excepciones a la embargabilidad. El documento fue elaborado por estudiantes de derecho de la Universidad Martín Lutero en Nicaragua.
2 mapa conceptual - prescripción adquisitiva y su procedimiento-joenJoen Araujo
1) El documento describe los requisitos y procedimiento para la prescripción adquisitiva, que es la adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo establecido por la ley.
2) Se requiere posesión legítima continua y pacífica por 20 años para bienes inmuebles o 10 años para bienes muebles.
3) El proceso involucra presentar una demanda, citar a los demandados, publicar un edicto, y emitir una sentencia firme que declare la prescripción y se registre.
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdfMILTONFREDES
Este documento presenta una introducción al tema de la resciliación en los contratos cumplidos. Brevemente resume el concepto de obligación y sus elementos fundamentales según el Código Civil chileno. Luego, introduce conceptos básicos sobre los contratos como fuente de obligaciones. El objetivo general es argumentar que la resciliación puede aplicarse no solo como modo de extinguir obligaciones, sino también para invalidar contratos cumplidos.
Este documento discute el requerimiento notarial según el Código Orgánico General de Procesos de Ecuador. Explica que ahora los trámites de jurisdicción voluntaria como los requerimientos deben realizarse exclusivamente en notarías para descongestionar los tribunales. Sin embargo, existe confusión sobre si son los notarios o los jueces quienes constituyen formalmente la mora, dado que el Código requiere primero pasar por un notario como requisito previo antes de acudir a los tribunales.
El documento describe los orígenes y evolución histórica de la hipoteca desde el derecho romano hasta la actualidad, explicando que originalmente requería la entrega física del bien al acreedor y ahora es un derecho real que garantiza el cumplimiento de obligaciones a favor del acreedor sobre un inmueble del deudor. También define la hipoteca como un contrato que grava un inmueble a favor del acreedor y establece el procedimiento para su constitución mediante escritura pública e inscripción registral.
El documento trata sobre el embargo ejecutivo en el procedimiento civil ordinario. Explica que existen diferentes tipos de embargo como el preventivo y el ejecutivo. El preventivo es temporal para asegurar el derecho mientras que el ejecutivo da lugar a la ejecución de la sentencia y puede recaer sobre bienes muebles o inmuebles. También describe los bienes que son susceptibles de embargo y las etapas del proceso de ejecución.
En defensa de la propiedad indebidamente embargadaEdul Ragard
Este documento describe la figura legal de la tercería de propiedad. La tercería de propiedad es una acción que permite al propietario de un bien recuperar su propiedad si fue embargada indebidamente en un proceso judicial en el que no era parte. El documento explica el concepto, fundamentos y tipos de tercería de propiedad, así como los requisitos y efectos de esta acción legal.
El documento resume el tema de los sujetos procesales, específicamente el rol del abogado. Explica que el abogado asume responsabilidad legal y es un auxiliar de justicia. También cubre la acumulación de procesos, litis pendencia y cosa juzgada. Para que estos institutos apliquen, deben darse dos de los tres elementos de conexión: sujeto, objeto y causa. La acumulación y litis pendencia pueden declararse de oficio.
El documento discute los efectos de la nulidad de un contrato frente a terceros. Explica que cuando un contrato es declarado nulo por un tribunal, se produce una retroactividad que deja la situación como si el contrato nunca se hubiera realizado. Esto significa que la propiedad de los bienes involucrados vuelve a su propietario original y cualquier gravamen o transacción posterior también se anula. Sin embargo, la sentencia que declara la nulidad no afecta a terceros que no fueron parte del caso a menos que sean demandados en un juicio reiv
Este documento presenta un resumen de un caso judicial relacionado con la nulidad de un acto jurídico de compraventa. El demandante solicita la nulidad del contrato alegando que el inmueble vendido no pertenecía a la vendedora. El juez analiza si el objeto del contrato era física y jurídicamente posible y determina que la venta de un bien ajeno constituye un acto nulo por ser el objeto jurídicamente imposible y tener un fin ilícito, declarando fundada la demanda.
El documento analiza la tensión entre la prescripción adquisitiva de dominio y los derechos hipotecarios inscritos sobre un predio. Actualmente la ley no especifica qué sucede con los gravámenes cuando se declara la prescripción. Esto ha creado conflictos cuando el poseedor declarado propietario aún debe soportar una hipoteca. Se plantean dos posiciones: privilegiar el registro e invalidar la prescripción, o privilegiar la prescripción y cancelar la hipoteca. Una tercera opción es establecer parámetros
El documento describe los procedimientos civiles especiales en Venezuela, incluyendo los juicios ejecutivos. Explica que los juicios ejecutivos permiten que un acreedor obtenga el pago de una deuda liquida directamente de los bienes de un deudor moroso si existe un título ejecutivo que cumple con ciertos requisitos, como una obligación de pago, deuda liquida, y plazo vencido. También describe los requisitos para decretar el embargo de bienes como medida preventiva en un juicio ejecutivo.
El documento trata sobre el derecho de acción y sus condiciones. Explica que el derecho de acción se refiere al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, independientemente de si el demandante tiene o no razón. También cubre conceptos como la legitimidad para obrar y el interés para obrar, que son condiciones necesarias para presentar una demanda válida.
El documento describe las 18 excepciones que el ejecutado puede oponer contra el mandamiento de ejecución según el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil chileno. Estas excepciones incluyen incompetencia del tribunal, falta de capacidad del demandante, litis pendencia, ineptitud del libelo, beneficio de excusión, falsedad del título, falta de requisitos para la fuerza ejecutiva del título, exceso de avalúo, pago de la deuda, remisión de la deuda, concesión de esperas
El documento explica conceptos fundamentales del derecho procesal como la acción, pretensión y demanda. Define la acción como el derecho subjetivo de reclamar ante el órgano jurisdiccional un derecho determinado. La pretensión es lo que se exige de otro mediante el proceso. La demanda es el acto procesal mediante el cual se ejerce la acción y se deduce la pretensión. Para ejercer la acción se requiere posibilidad jurídica, interés y legitimación.
El documento explica conceptos fundamentales del derecho procesal como la acción, pretensión y demanda. En resumen: 1) La acción es el derecho subjetivo de reclamar ante el órgano jurisdiccional un determinado derecho. 2) La pretensión es lo que se exige de otro mediante el proceso. 3) La demanda es el acto procesal mediante el cual se ejercita la acción y se deduce la pretensión ante el tribunal.
El documento define el proceso como el medio para resolver conflictos de relevancia jurídica ante un tercero imparcial. Para que el tercero pueda resolver, debe estar investido de la función pública de jurisdicción. El proceso se pone en movimiento cuando una parte ejerce una acción para solicitar la resolución de un conflicto. Esto puede generar una reacción por parte del demandado y dar lugar a un litigio que debe resolverse a través de un debido proceso que respete los derechos de las partes.
Hipoteca y prenda cuadro comparativo diana torrealbaRicardo Vinzo
1) El documento describe los procedimientos especiales de ejecución de hipoteca y prenda. 2) La ejecución de hipoteca se lleva a cabo según lo establecido en los artículos 660 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, mientras que la ejecución de prenda requiere el depósito de los bienes dados en prenda ante el juez y la posterior subasta si el deudor no paga. 3) Ambos procedimientos son monitorios e invierten la carga de la prueba, dejando al demandado la iniciativa de
Codigo civil libro 5_exposicion_motivosYuhry Gándara
Este documento presenta los motivos detrás del Libro Quinto del Código Civil de Guatemala sobre las obligaciones. Explica que se introdujo el término "negocio jurídico" para referirse a cualquier declaración de voluntad válida. Define los requisitos para la validez de un negocio jurídico como el consentimiento, la capacidad legal y el objeto lícito, eliminando la causa. También establece que la incapacidad de una parte no puede ser invocada por la otra si conocía dicha incapacidad. Finalmente, discute las
El procedimiento por intimación es un proceso sumario para que una persona con derechos de crédito haga valer su reclamo ante un juez. El juez puede emitir un decreto sin escuchar a la otra parte, intimando al deudor a pagar la deuda en 10 días bajo apercibimiento de ejecución. Si el deudor no se opone en el plazo legal, el decreto se convierte en definitivo con fuerza ejecutiva. La finalidad del procedimiento es lograr el pago de la deuda sin necesidad de un proceso ordinario si el deudor
Pce 03 analisis sobre la finalidad del procedimiento de intimacionRomer Crespo
El procedimiento por intimación es un proceso sumario para que una persona con derechos de crédito haga valer su reclamo ante un juez. El juez puede emitir un decreto sin escuchar a la otra parte, requiriendo que el deudor pague la deuda. Si el deudor no se opone dentro de 10 días, el decreto se convierte en sentencia ejecutable. La finalidad del procedimiento es lograr el pago de la deuda de manera rápida si el deudor no se opone formalmente, agilizando así los juicios de condena.
Ejecucion de la sentencia costas procesales slidesharemariacastillou
Este documento describe los conceptos y procesos relacionados con la ejecución de sentencias en Venezuela. Explica que la ejecución hace efectivo el derecho reconocido en la sentencia y requiere la presencia de un título ejecutivo, la acción de lo juzgado, y bienes sobre los cuales recaer. También distingue entre ejecución voluntaria, cuando el deudor cumple, y ejecución forzada, cuando no cumple y se embargan sus bienes. Finalmente, aborda el tema de las costas pro
Este documento describe la nulidad absoluta en el derecho civil venezolano. Explica que la nulidad absoluta se refiere a actos celebrados sin cumplir con requisitos legales esenciales, y puede ser declarada por cualquier parte interesada o por un juez de oficio. También describe los efectos de la nulidad absoluta, que incluyen liberar a las partes de obligaciones, restituir prestaciones realizadas, e indemnizar daños en algunos casos. Finalmente, distingue la nulidad absoluta de la nulidad relativa
Este documento discute el requerimiento notarial según el Código Orgánico General de Procesos de Ecuador. Explica que ahora los trámites de jurisdicción voluntaria como los requerimientos deben realizarse exclusivamente en notarías para descongestionar los tribunales. Sin embargo, existe confusión sobre si son los notarios o los jueces quienes constituyen formalmente la mora, dado que el Código requiere primero pasar por un notario como requisito previo antes de acudir a los tribunales.
El documento describe los orígenes y evolución histórica de la hipoteca desde el derecho romano hasta la actualidad, explicando que originalmente requería la entrega física del bien al acreedor y ahora es un derecho real que garantiza el cumplimiento de obligaciones a favor del acreedor sobre un inmueble del deudor. También define la hipoteca como un contrato que grava un inmueble a favor del acreedor y establece el procedimiento para su constitución mediante escritura pública e inscripción registral.
El documento trata sobre el embargo ejecutivo en el procedimiento civil ordinario. Explica que existen diferentes tipos de embargo como el preventivo y el ejecutivo. El preventivo es temporal para asegurar el derecho mientras que el ejecutivo da lugar a la ejecución de la sentencia y puede recaer sobre bienes muebles o inmuebles. También describe los bienes que son susceptibles de embargo y las etapas del proceso de ejecución.
En defensa de la propiedad indebidamente embargadaEdul Ragard
Este documento describe la figura legal de la tercería de propiedad. La tercería de propiedad es una acción que permite al propietario de un bien recuperar su propiedad si fue embargada indebidamente en un proceso judicial en el que no era parte. El documento explica el concepto, fundamentos y tipos de tercería de propiedad, así como los requisitos y efectos de esta acción legal.
El documento resume el tema de los sujetos procesales, específicamente el rol del abogado. Explica que el abogado asume responsabilidad legal y es un auxiliar de justicia. También cubre la acumulación de procesos, litis pendencia y cosa juzgada. Para que estos institutos apliquen, deben darse dos de los tres elementos de conexión: sujeto, objeto y causa. La acumulación y litis pendencia pueden declararse de oficio.
El documento discute los efectos de la nulidad de un contrato frente a terceros. Explica que cuando un contrato es declarado nulo por un tribunal, se produce una retroactividad que deja la situación como si el contrato nunca se hubiera realizado. Esto significa que la propiedad de los bienes involucrados vuelve a su propietario original y cualquier gravamen o transacción posterior también se anula. Sin embargo, la sentencia que declara la nulidad no afecta a terceros que no fueron parte del caso a menos que sean demandados en un juicio reiv
Este documento presenta un resumen de un caso judicial relacionado con la nulidad de un acto jurídico de compraventa. El demandante solicita la nulidad del contrato alegando que el inmueble vendido no pertenecía a la vendedora. El juez analiza si el objeto del contrato era física y jurídicamente posible y determina que la venta de un bien ajeno constituye un acto nulo por ser el objeto jurídicamente imposible y tener un fin ilícito, declarando fundada la demanda.
El documento analiza la tensión entre la prescripción adquisitiva de dominio y los derechos hipotecarios inscritos sobre un predio. Actualmente la ley no especifica qué sucede con los gravámenes cuando se declara la prescripción. Esto ha creado conflictos cuando el poseedor declarado propietario aún debe soportar una hipoteca. Se plantean dos posiciones: privilegiar el registro e invalidar la prescripción, o privilegiar la prescripción y cancelar la hipoteca. Una tercera opción es establecer parámetros
El documento describe los procedimientos civiles especiales en Venezuela, incluyendo los juicios ejecutivos. Explica que los juicios ejecutivos permiten que un acreedor obtenga el pago de una deuda liquida directamente de los bienes de un deudor moroso si existe un título ejecutivo que cumple con ciertos requisitos, como una obligación de pago, deuda liquida, y plazo vencido. También describe los requisitos para decretar el embargo de bienes como medida preventiva en un juicio ejecutivo.
El documento trata sobre el derecho de acción y sus condiciones. Explica que el derecho de acción se refiere al derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, independientemente de si el demandante tiene o no razón. También cubre conceptos como la legitimidad para obrar y el interés para obrar, que son condiciones necesarias para presentar una demanda válida.
El documento describe las 18 excepciones que el ejecutado puede oponer contra el mandamiento de ejecución según el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil chileno. Estas excepciones incluyen incompetencia del tribunal, falta de capacidad del demandante, litis pendencia, ineptitud del libelo, beneficio de excusión, falsedad del título, falta de requisitos para la fuerza ejecutiva del título, exceso de avalúo, pago de la deuda, remisión de la deuda, concesión de esperas
El documento explica conceptos fundamentales del derecho procesal como la acción, pretensión y demanda. Define la acción como el derecho subjetivo de reclamar ante el órgano jurisdiccional un derecho determinado. La pretensión es lo que se exige de otro mediante el proceso. La demanda es el acto procesal mediante el cual se ejerce la acción y se deduce la pretensión. Para ejercer la acción se requiere posibilidad jurídica, interés y legitimación.
El documento explica conceptos fundamentales del derecho procesal como la acción, pretensión y demanda. En resumen: 1) La acción es el derecho subjetivo de reclamar ante el órgano jurisdiccional un determinado derecho. 2) La pretensión es lo que se exige de otro mediante el proceso. 3) La demanda es el acto procesal mediante el cual se ejercita la acción y se deduce la pretensión ante el tribunal.
El documento define el proceso como el medio para resolver conflictos de relevancia jurídica ante un tercero imparcial. Para que el tercero pueda resolver, debe estar investido de la función pública de jurisdicción. El proceso se pone en movimiento cuando una parte ejerce una acción para solicitar la resolución de un conflicto. Esto puede generar una reacción por parte del demandado y dar lugar a un litigio que debe resolverse a través de un debido proceso que respete los derechos de las partes.
Hipoteca y prenda cuadro comparativo diana torrealbaRicardo Vinzo
1) El documento describe los procedimientos especiales de ejecución de hipoteca y prenda. 2) La ejecución de hipoteca se lleva a cabo según lo establecido en los artículos 660 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, mientras que la ejecución de prenda requiere el depósito de los bienes dados en prenda ante el juez y la posterior subasta si el deudor no paga. 3) Ambos procedimientos son monitorios e invierten la carga de la prueba, dejando al demandado la iniciativa de
Codigo civil libro 5_exposicion_motivosYuhry Gándara
Este documento presenta los motivos detrás del Libro Quinto del Código Civil de Guatemala sobre las obligaciones. Explica que se introdujo el término "negocio jurídico" para referirse a cualquier declaración de voluntad válida. Define los requisitos para la validez de un negocio jurídico como el consentimiento, la capacidad legal y el objeto lícito, eliminando la causa. También establece que la incapacidad de una parte no puede ser invocada por la otra si conocía dicha incapacidad. Finalmente, discute las
El procedimiento por intimación es un proceso sumario para que una persona con derechos de crédito haga valer su reclamo ante un juez. El juez puede emitir un decreto sin escuchar a la otra parte, intimando al deudor a pagar la deuda en 10 días bajo apercibimiento de ejecución. Si el deudor no se opone en el plazo legal, el decreto se convierte en definitivo con fuerza ejecutiva. La finalidad del procedimiento es lograr el pago de la deuda sin necesidad de un proceso ordinario si el deudor
Pce 03 analisis sobre la finalidad del procedimiento de intimacionRomer Crespo
El procedimiento por intimación es un proceso sumario para que una persona con derechos de crédito haga valer su reclamo ante un juez. El juez puede emitir un decreto sin escuchar a la otra parte, requiriendo que el deudor pague la deuda. Si el deudor no se opone dentro de 10 días, el decreto se convierte en sentencia ejecutable. La finalidad del procedimiento es lograr el pago de la deuda de manera rápida si el deudor no se opone formalmente, agilizando así los juicios de condena.
Ejecucion de la sentencia costas procesales slidesharemariacastillou
Este documento describe los conceptos y procesos relacionados con la ejecución de sentencias en Venezuela. Explica que la ejecución hace efectivo el derecho reconocido en la sentencia y requiere la presencia de un título ejecutivo, la acción de lo juzgado, y bienes sobre los cuales recaer. También distingue entre ejecución voluntaria, cuando el deudor cumple, y ejecución forzada, cuando no cumple y se embargan sus bienes. Finalmente, aborda el tema de las costas pro
Este documento describe la nulidad absoluta en el derecho civil venezolano. Explica que la nulidad absoluta se refiere a actos celebrados sin cumplir con requisitos legales esenciales, y puede ser declarada por cualquier parte interesada o por un juez de oficio. También describe los efectos de la nulidad absoluta, que incluyen liberar a las partes de obligaciones, restituir prestaciones realizadas, e indemnizar daños en algunos casos. Finalmente, distingue la nulidad absoluta de la nulidad relativa
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
DERECHO CIVIL V: REALES (DE-442)
DOCENTE : HINOSTROZA AUCASIME, JOSÉ
TEMA : RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS N° 1
PANELISTA : GAVILÁN GRANADOS, JOFFRE RAÚL
INTEGRANTES : GUINEA BRAVO, KELVIN
GUTIÉRREZ MENDOZA, OSCAR ARTURO
GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, JHONATAN REIMER
HINOSTROZA ANCHAYHUA, NICOL MIDORI
HINOSTROZA CUADROS, FAYRUZ INGRID
HUALLANCA VILCA, JULIO ÁNGEL
HUAMAN ORE, KATHERINE NORICO
AYACUCHO – PERÚ
2022
2. Juzgado de Paz Letrado El Juezde Primerainstancia
La Sala Civilde
la Corte
Superior
La Sala Civilde la corte
Suprema
El expediente se
declaró en abandono y
se remitió al archivo
central
La cooperativa de ahorro y
crédito demanda cobro de
un pagaré
La misma cooperativa
inicia un proceso de
ejecución de garantía
hipotecaria para garantizar
referido título valor
Declara de oficio la NULIDAD de
todo lo actuado, considerando que
sobre lo peticionado existía un
proceso de cobro declarado en
abandono
Declaró de igual modo NULO
La demandante interpone
recurso de casación
Alegando que se ha
contravenido el artículo 1117
del Código Civil.
Declara fundada la
demanda
Sin embargo
LINEA DE TIEMPO
3. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Nº 1
PREGUNTAS:
1. ¿La declaración de abandono puede generar el estado procesal de cosa juzgada?
Para responder esta interrogante, iniciamos definiendo la declaración de abandono,
que se entiende como una caducidad de la instancia, que supone el cese voluntario
del trámite procesal. Esta institución jurídica se encuentra regulado en el artículo 346
del Código Procesal Civil, en que señala: “Cuando el proceso permanezca en primera
instancia durante cuatro meses sin que se realice acto que lo impulse, el juez
declarará su abandono de oficio o a solicitud de parte o de tercero legitimado. Para el
cómputo, no se toma en cuenta el periodo durante el cual el proceso hubiere estado
paralizado por acuerdo de partes aprobado por el juez”. En relación con el concepto
de abandono procesal, Ledesma (2003), indica que:
“Es un modo de extinción del proceso que tiene lugar después de
transcurrir un cierto período de tiempo en estado de inactividad. El
abandono o llamado perención opera en la instancia. Es el
aniquilamiento de esta por la inacción del demandante durante el tiempo
marcado por la ley. La perención es calificada como la regulación legal
de la situación anómala en que cae el proceso al detenerse
excesivamente”.
Del autor citado, se observa que el abandono constituye una de las formas anormales
de conclusión del proceso surgido como consecuencia de la inactividad o inacción de
las partes en el proceso y uno de los principales efectos que trae consigo el abandono
procesal es que pone fin al proceso sin afectar la pretensión. Sin embargo, su
declaración dista de la finalidad propia del proceso judicial, es decir, resolver un
conflicto de intereses.
Asimismo, la Cas. N°1269-2014 Arequipa, señala que el abandono es una conclusión
especial del proceso y que se produce después de un periodo de tiempo en virtud de
la inactividad de las partes. Por ser una figura especial que pone fin al proceso, la
declaración de ella solo está prevista en forma específica en la ley procesal.
Por ende, la declaración de abandono sí puede generar el estado procesal de cosa
juzgada; ya que la Cosa Juzgada según Landoni (citado por Alejandro Cardoza,
2020), “es la cualidad de inimpugnable e inmutable asignada por la ley a la decisión
contenida en una sentencia firme dictada en un proceso contencioso con relación a
todo proceso posterior entre las mismas partes que verse sobre el mismo objeto y se
funde sobre la misma causa”
En palabras simples cuando un proceso judicial es declarado como cosa juzgada
tiene potestad de ser inimpugnable, porque es una garantía que asegura que el objeto
material de un proceso ha sido resuelto por resolución judicial firme y contra la cual
no procede medio impugnatorio alguno, ya sea ventilado dentro del mismo proceso o
4. mediante otro.
A partir de ello, resulta inevitable cuestionarnos cuál ha sido la tesis adoptada por
nuestro ordenamiento jurídico, en lo que concierne a los procesos civiles. Para ello,
debemos remitirnos al artículo 123 del Código Procesal Civil peruano el cual establece
que una resolución judicial, no necesariamente una sentencia, tendrá la autoridad de
cosa juzgada cuando ya no proceda interponer recursos impugnatorios contra ella.
Asimismo, señala que dicha resolución judicial será inmutable.
Considerando dichas disposiciones, podemos decir que la declaración de abandono
es una materia mediante el cual se concluye el proceso por la inactividad de las partes
y posterior archivamiento del caso, generando la cosa juzgada, es decir, el juez
finaliza de las actuaciones y diligencias suponiendo que el caso ya será cerrado,
siempre y cuando, ya se hayan agotado todos los medios impugnatorios pertinentes.
2. ¿Por cuáles razones la demanda de cobro de soles de un pagaré es una acción
personal?
Para empezar a responder esta interrogante es necesario desarrollar algunos
términos, así tenemos a Díez-Picazo (1993), respecto a los derechos personales
señala: (…) “Los derechos personales o de crédito son aquellos que atribuyen a su
titular un poder que le permite dirigirse a otra persona y reclamar de ella una acción o
una omisión”. Es así que del derecho personal surge la acción personal, es decir
respecto a una determinada persona.
El Código civil peruano, señala en el artículo 1117 la acción personal (..) El acreedor
puede exigir el pago al deudor, por la acción personal.
Ahora es necesario saber lo que significa el pagaré, es así que, en el diccionario
jurídico elemental de Guillermo Cabanellas, pagaré es la promesa escrita de pago por
cantidad determinada y para tiempo cierto, a favor de determinada persona (pagaré
nominativo), a la orden de la misma (pagaré a la orden) o exigible por cualquiera
(pagaré al portador). A LA ORDEN. Promesa escrita de pagar cierta cantidad a
determinada persona o a su orden, en el plazo que se establezca.
Para poder determinar por cuáles razones la demanda de cobro de soles de un pagaré
es una acción personal debemos establecer e identificar si se cumple con los
elementos característicos de las acciones personales que son las siguientes:
- Se ejercita exclusivamente contra quien no cumple la obligación
contraída, ya sea de dar, de hacer o de no hacer.
En este caso de la demanda de cobro de soles de un pagaré, la cooperativa de ahorro
y crédito presenta esta demanda contra quien no cumple un pago establecido de un
título valor (obligación).
- La acción se extingue con el cumplimiento de la obligación.
En el referido caso la cooperativa de ahorro y crédito presenta esta demanda con el
5. objetivo de pedir su cumplimiento ante la autoridad judicial mediante el ejercicio de la
acción personal, ya que se estableció un pagaré por lo cual, el deudor contrae la
obligación de pagarle una cantidad de dinero en la fecha que establezcan, que figura
en dicho documento.
- No impone preferencia alguna en cuanto a la obligación cuyo
cumplimiento se solicita, es decir, el obligado debe cumplirla lisa y
llanamente.
3. ¿Por cuáles razones la demanda de ejecución de garantía hipotecaria es una acción
real?
En el artículo 1117 del Código Procesal Civil establece que el acreedor hipotecario
puede satisfacer dicho crédito exigiendo el pago al deudor a través de la acción
personal, y/o al adquirente del bien hipotecado ejerciendo la acción real.
Técnicamente hablando ningún acreedor puede exigir el pago de una deuda a
un tercero, por más que un bien de propiedad de este último se encuentre
garantizando la obligación; ello porque el obligado a pagar la deuda es el sujeto
pasivo de la obligación, es decir el deudor garantizado, que es la única persona
a la que se puede "exigir el pago", más en ningún caso al tercero propietario
del inmueble hipotecado si hubiere adquirido el mismo; en todo caso, respecto
del tercer adquirente solo se puede exigir el remate del bien de su propiedad
como última etapa del proceso de ejecución de garantías, a fin de satisfacer
el crédito con lo que se obtenga en el remate.
Esto supone, en buena cuenta, que al tercero le alcanza solo la acción real;
de modo que lo único que quiso decir el legislador en la segunda hipótesis
del artículo 1117 es que la hipoteca tiene efectos donde el acreedor tiene la
facultad para adquirir preferentemente la cosa gravada cuando incumpla el deudor su
obligación, de modo que a pesar de que el bien se transfiera a terceros, una
o varias veces sucesivas, el acreedor no pierde el derecho de hacerse cobro
del crédito solicitando el remate del bien, si el deudor no cumple con el pago.
La acción real, les corresponde solo a los acreedores con garantía real de realización
de valor o ejecución del bien gravado, lo que acontece con la hipoteca. Este carácter
real ha hecho suponer a un sector doctrinal (por ejemplo: Roca Sastre) que este
mecanismo se dirige exclusivamente contra el propietario de los bienes afectados,
que podría no ser el deudor, sino el tercer constituyente o el llamado “tercer
poseedor” (adquirente sucesivo del bien).
De otro lado, además de establecer que el acreedor puede ejercer la acción personal
y/o la acción real, la segunda parte del artículo 1117 del Código Procesal Civil indica
que el ejercicio de la acción personal no excluye a la real y viceversa, disposición que
puede llevar a la errónea conclusión de que el acreedor hipotecario podría
satisfacer doblemente su crédito, esto es, "cobrándole" tanto al deudor como
al adquirente del bien hipotecado.
6. Consideramos que tal disposición debe ser entendida en el sentido de que no es
excluyente en cuanto al ejercicio de las acciones, pero sí en cuanto a la satisfacción
del crédito, el mismo que solo puede serlo por una vía u otra. En otras palabras, el
hecho de que el acreedor pueda ejercer ambas acciones para satisfacer su crédito no
significa que tenga el derecho a cobrar dos veces la misma deuda, puesto que basta
que el deudor cumpla con el pago o que se produzca la venta judicial del bien del
tercer adquirente, para que la obligación se extinga; pues claro está que la ley no
ampara el ejercicio abusivo de un derecho.
4. ¿Solicitar el pago de una obligación dineraria en proceso ejecutivo y
simultáneamente pedir a través de la ejecución de garantía, el remate del inmueble,
significa que el acreedor cobre el doble de la acreencia?
Para proceder a responder esta pregunta, primero debemos saber qué se entiende
por una obligación dineraria, siendo esta la obligación de pago de dinero por un
capital prestado en un mutuo acuerdo o la amortización de capital o el servicio de
intereses bajo obligaciones negociables, los cuales, al estar en un proceso
ejecutivo tienen la necesaria suficiencia para que el acreedor solicite el
cumplimiento forzado de la obligación contenida en él, así también siempre debe
estar contenida en un documento, a lo que el artículo 688° del Código Procesal
Civil señala que:
“Sólo se puede promover ejecución en virtud de títulos ejecutivos de
naturaleza judicial o extrajudicial según sea el caso. (…)”
Del artículo precitado, puede apreciarse, que en el Código Procesal Civil se hace
mención a todos los documentos que constituyen ser títulos ejecutivos, siendo que
muchos de ellos, son susceptibles de contener obligaciones de dar sumas de
dinero. Lo cual, es materia en cuestión al ser el pagaré un instrumento donde
consta la obligación de una persona a otra de pagar cierta cantidad de dinero y por
lo mismo, constituye un título ejecutivo.
Prosiguiendo, la ejecución de garantía hipotecaria constituye el título de ejecución
de la escritura pública de constitución de hipoteca, es decir, que el desprendimiento
de lo anterior es la ejecución de la constitución de garantía hipotecaria luego de no
haberse cumplido con la obligación dineraria por parte del deudor. Facultando al
acreedor en caso se haya producido la falta de pago por parte del obligado principal
a hacer exigible el pago de su acreencia mediante la acción personal, buscando
que el obligado principal (deudor-titular del crédito), satisfaga la deuda
íntegramente; situación que es precisada en el artículo 724 del CPC, que señala:
“Cuando se acredite que el bien dado en garantía no cubriera el íntegro del
saldo deudor, se proseguirá la ejecución dentro del mismo o diferente
proceso.”
Con estas precisiones, y remitiéndose a la pregunta del caso en cuestión, es
menester señalar que el cobro de un pagaré, primero, se lleva a cabo en una etapa
prejudicial (antes de iniciar un juicio). Sin embargo, frente a un mal resultado de
7. esta primera etapa, se procede a cobrar judicialmente en un juicio ejecutivo con
embargo de bienes.
Al solicitar el pago de una obligación dineraria en proceso ejecutivo, que en este
caso viene a ser el pagaré, éste se inicia con una gestión de carácter preparatorio
o con la demanda ejecutiva, una vez que se interpone la demanda se verá si el
deudor se defiende o no, y en caso de que éste no ejerza su derecho de defensa
o aun así presentando sus defensas el tribunal no las acogiera, deberá el juez
ordenar que se requiera de pago al deudor. En caso que dicho deudor no llegase
a pagar, la Ley faculta a que se le embarguen sus bienes y así poder satisfacer la
deuda, ello según lo establecido en el artículo N°723 del CPC, que señala:
“Transcurrido el plazo sin haberse pagado la obligación o declarada
infundada la contradicción, el Juez, sin trámite previo, ordenará el remate
de los bienes dados en garantía.”
Del mismo modo, en cuanto al tiempo dentro de los requisitos del proceso de
ejecución, la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia señaló que:
Una obligación se considera cierta cuando es conocida como verdadera e
indubitable. Expresa cuando manifiesta una intención o voluntad. Y exigible
cuando se refiere a una obligación pura y simple, teniendo un plazo que
haya vencido y que no esté sujeta a condición. (Casación N° 68-2000-
Arequipa. El Peruano, 5 de mayo, 2000)
De lo señalado, tenemos el panorama de que tanto al solicitar el pago de una
obligación dineraria en un proceso ejecutivo y simultáneamente pedir a través de
la ejecución de garantía, el remate del inmueble, es imposible, porque existen
plazos que se tienen que cumplir entre lo uno y lo otro, luego de presentada la
demanda ejecutiva, antes de poner en marcha el proceso de ejecución de garantía
hipotecaria han de transcurrir 03 días según lo estipulado en el artículo 721 del
CPC el cual señala que:
“Admitida la demanda, se notificará el mandato de ejecución al ejecutado,
ordenando que pague la deuda dentro de tres días, bajo apercibimiento de
procederse al remate del bien dado en garantía.”
En conclusión, el cobro de la doble acreencia por la aplicación simultánea de la
solicitud del pago de una obligación dineraria y la ejecución de garantía hipotecaria,
no se puede llevar a cabo por las razones antes expuestas.
5. Redacte la parte resolutiva de la Casación
FUNDAMENTOS
8. El proceso sobre obligación de dar suma de dinero, se acredita que el ejecutado no
cumplió con abonar el monto del pagaré, ni sus intereses, costas y costos, lo que no
impide que a través de la acción de ejecución de garantía hipotecaria se pretenda
cobrar el monto demandado, lo que determina que no se trata de un cobro doble;
Que, el artículo mil ciento diecisiete del código civil establece que el acreedor puede
satisfacer su crédito ejerciendo la acción personal o la acción real, sin que el inicio de
una de esas acciones excluya a la otra, en ese sentido si la obligación garantizada
por la hipoteca se encuentra representada en un título valor, el acreedor puede
solicitar el pago de éste a través del proceso ejecutivo, ejerciendo de esta manera la
acción personal y simultáneamente pedir a través de la ejecución de garantía el
remate del inmueble, lo que no significa que el acreedor cobre el doble sino que la ley
le otorga mayores vías para la satisfacción de su crédito;
SE RESUELVE
DECLARAR: FUNDADO EL RECURSO DE CASACIÓN INTERPUESTO POR LA
COOPERATIVA; DE AHORRO Y CRÉDITO. CASARON DE LA SIGUIENTE
MANERA:
- SE DECLARA NULA; E INSUBSISTENTE EL AUTO APELADO DE LA
SENTENCIA ANTERIOR, SE ORDENA QUE SE EXPIDA NUEVO FALLO
CON ARREGLO A LEY; EN LA CAUSA SEGUIDA POR LA COOPERATIVA
DE AHORRO Y CRÉDITO CONTRA LA PARTE DEMANDADA, SOBRE
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; SE DISPONE SE PUBLIQUE LA PRESENTE.
BIBLIOGRAFÍA
Cardoza Ayllón, Alejandro (2020) Aspectos generales sobre la cosa juzgada en el
proceso civil peruano; recuperado en:
https://ius360.com/aspectos-generales-sobre-la-cosa-juzgada-en-el-proceso-civil-
peruano-alejandro-cardoza-ayllon/
Diez-Picazo, Luis, Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial. Volumen Primero. Editorial
Civitas, Cuarta edición, Madrid, 1993, pp. 37-38
Guillermo Cabanellas de Torres, Diccionario Jurídico elemental nueva edición actualizada,
corregida y aumentada por Guillermo Cabanellas de las Cuevas. Editorial Heliasta S.R.L.
Primera Edición. 1979 Undécima edición, 1993.