Saltillo, Coahuila de Zaragoza a 21 de febrero del 2015.- Para actualizar la estructura y organización de algunas áreas de la administración pública y garantizar el desempeño eficaz de sus funciones, el Gobernador Rubén Moreira Valdez promulgó la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública.
1. DI-199-15
PROMULGA GOBIERNO DEL ESTADO REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Saltillo, Coahuila de Zaragoza a 21 de febrero del 2015.- Para actualizar la estructura y
organización de algunas áreas de la administración pública y garantizar el desempeño eficaz de
sus funciones, el Gobernador Rubén Moreira Valdez promulgó la reforma a la Ley Orgánica de
la Administración Pública.
Con ello se transfieren las funciones de la Jefatura de Oficina a la Secretaría Técnica y de
Planeación del Ejecutivo; la Secretaría Técnica y la Unidad de Comunicación Social quedarán
bajo el mando del titular del Ejecutivo y se sumarán a la Consejería Jurídica y la Secretaría
Particular.
Además, se transfieren a la Secretaría Técnica y de Planeación la Unidad de Derechos
Humanos, la Unidad de Administración, la Unidad de Representación del Gobierno del Estado
en el Distrito Federal y la Unidad de Acceso a la Información Pública.
El Ejecutivo del Estado que encabeza Moreira Valdez firmó el documento de promulgación
donde se anexan las firmas del Secretario de Gobierno, Víctor Zamora Rodríguez; la Consejera
Jurídica Sandra Rodríguez Wong; el Secretario Técnico Iván Garza y el Secretario de Fomento
Económico y Competitividad, Antonio Gutiérrez Jardón una vez que la LX Legislatura del
Congreso del Estado aprobó el decreto el pasado 19 de febrero.
Entre otras facultades, la Secretaría Técnica y de Planeación contará con algunas relacionadas
con la inversión pública, absorberá las que le correspondían a la Jefatura de la Oficina del
Gobernador a excepción de la de Comunicación Social.
También conocerá e integrará las propuestas de gasto de inversión pública formuladas por las
dependencias, además de autorizar los montos globales de inversión pública del Estado, en el
ámbito de su competencia.
Con la Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública también se modifican las
facultades de la Secretaría de Finanzas, donde se eliminan las que corresponden a la inversión
pública, evitando así la duplicidad de funciones con la Secretaría Técnica y de Planeación.
2. Mientras tanto, las atribuciones que correspondían a la Secretaría de Turismo formarán ahora
parte de la Secretaría de Desarrollo Económico y Competitividad, que a su vez, se denominará
Secretaría de Desarrollo Económico, Competitividad y Turismo.
Se fortalece también a la Secretaría de Gestión Urbana, Agua y Ordenamiento Territorial, al
otorgarle nuevas facultades como el apoyo y asesoramiento de los ayuntamientos sobre
desarrollo urbano, transporte público, desarrollo metropolitano, coordinación regional e
infraestructura y equipamiento urbano.
La SEGU promoverá políticas y acciones de coordinación institucional para el mejoramiento,
operación y uso eficiente de los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado y
saneamiento; asesorará y otorgará asistencia técnica para la creación y funcionamiento de los
organismos descentralizados estatales y municipales encargados de los servicios públicos
anteriores.
Formulará, ejecutará y evaluará el Plan Estatal de Movilidad Sustentable, brindará asesoría y
apoyo a los ayuntamientos en la formulación e instrumentación de planes de movilidad
municipal y realizará acciones para que el transporte público sea cuente con eficiencia, calidad
y seguridad para los usuarios.
Tras la promulgación de esta reforma, el Gobierno estatal estipuló un plazo de 15 días para que
las dependencias estatales adecuen la reglamentación correspondiente.