2. LOGRO DE LA SESION
Al concluir la sesión de aprendizaje, el estudiante es capaz de identificar los
conceptos básicos del Derecho Constitucional, comprendiendo la
trascendencia e importancia de la disciplina en el desarrollo de la persona
humana y el país.
8. 5
La sociedad debe ser entendida como un conjunto de
relaciones sociales en las que cada acción humana se
encuentra inspirada en la unión de intereses consolidados
por su racionalidad y voluntad.
No puede concebirse a la persona fuera de la sociedad, ni mucho menos en
contra de ella, pues es a través de las relaciones sociales que podemos
complementar nuestra condición de carestía biológica (necesidades)
establecemos comunicación (lenguaje), desarrollamos valores éticos
(fraternidad) y obtenemos seguridad y bienestar (justicia).
9. SOCIEDAD POLÍTICA
(ESTATAL)
Surge como consecuencia de:
A. La delimitación territorial y poblacional.
B. La aparición de dos grupos sociales:
GOBERNANTES GOBERNADOS
10. EL DERECHO
7
Es el conjunto de normas que imponen deberes y confieren
facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo
fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos
elementos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.
DERECHO COMO:
- Fenómeno social
- Ordenamiento
- Argumentación
- Valor
11. INSTITUCIONALIDAD
“La vida político-democrática está ordenada por INSTITUCIONES.
Una institución es un conjunto relativamente estable de reglas y
prácticas, que hacen posible la acción organizativa, financiera y
administrativa, permitiendo justificar el funcionamiento,
identidades, pertenencias, propósitos comunes y creencias
normativas en una sociedad”.
James March y Johan Olsen
“El ejercicio del poder desde una lógica institucional ”
Universidad de Oxford (2009)
12. INSTITUCIONES Y ORGANIZACIONES
• Reducen la
incertidumbre del
comportamiento en
sociedad, pues son
las “REGLAS DE
JUEGO”. Existen
dos tipos de reglas:
FORMALES como
las leyes escritas y
las INFORMALES
que evolucionan
lentamente son
producto de la
cultura, los valores y
la tradición.
Douglas North
(Premio Nobel de Economía, 1993)
LAS INSTITUCIONES LAS ORGANIZACIONES
• Son los
JUGADORES que
se desempeñan
dentro de unas
reglas (instituciones)
y pueden ser de
índole: política,
económica, social,
educativa, etc.
• Crean individuos que
actúan como
ciudadanos,
funcionarios,
profesionales, amas
de casa, estudiantes
universitarios, etc.
13. 10
TODA SOCIEDAD POLÍTICA ESTATAL,
requiere:
INSTITUCIONES
“REGLAS DE JUEGO”
¿Cuáles?
ORGANIZACIONES
“JUGADORES”
¿Quiénes?
14. FÁBULA DE ESOPO
“El zorro y el erizo”
Cuando el zorro y el erizo, hablan de lo que harían en caso de que
vinieran cazadores por ellos, el primero se jacta de tener muchas
artimañas para poder escapar; el segundo, en cambio, reconoce tener
solo una. Poco después llegan los cazadores y el erizo lleva a cabo su
táctica subiéndose a un árbol, mientras que el zorro, que no sabe por
cuál decidirse, es rápidamente capturado por los sabuesos.
“EL ZORRO SABE MUCHAS COSAS, PERO EL ERIZO SABE
MUCHO DE UNA SOLA COSA”.
15. El filósofo, Isaiah Berlin, propone que las
personas pueden razonar como zorros o
erizos.
12
Los ZORROS son personas que han logrado acumular un vasto
conocimiento, gracias a su insaciable curiosidad intelectual. Su
acendrado espíritu crítico los ha llevado a cuestionarlo todo, a
criticar todo lo criticable y a preguntarse incesantemente por el
sentido último de las cosas.
Los ERIZOS en cambio, son personas que tienen la habilidad de
identificar una sola gran verdad y de defenderla hasta las
últimas consecuencias. La convicción y la fe que los erizos
depositan en esa gran verdad que han encontrado los hace, por
ejemplo, excelentes líderes políticos o religiosos pues son
capaces, entre otras cosas, de dar un sentido de misión a sus
actos y a los de sus seguidores.
16. ¿Y TÚ QUÉ CREES QUE
NECESITAMOS COMO
SOCIEDAD, MÁS
ZORROS O ERIZOS?
18. 1. CONCEPTO
“El Derecho Constitucional, es la principal rama del derecho
público.
Estudia en términos generales, la organización y funcionamiento del Estado, es
decir su estructura jurídica, los órganos del poder público, sus funciones y
atribuciones, en sus aspectos principales, el establecimiento de las bases de
la estructura política, los derechos y libertades de que son titulares los
asociados, ya sea individual o colectivamente, frente al Estado, y la manera
de garantizarlos por parte de este”.
Vladimiro Naranjo Mesa
19. IDEA PRINCIPAL
DEL
DERECHO CONSTITUCIONAL
• Tiene su origen en la práctica norteamericana, luego
francesa y posteriormente generalizada, de reunir en un
texto solemne denominado CONSTITUCIÓN las reglas de
derecho relativas a los órganos esenciales del Estado y a la
garantía de los derechos individuales.
22. Concepto
Entidad jurídico-social que organiza y asegura con vocación de
perdurabilidad la relación ente gobernantes y gobernados; es
decir, está destinada a consolidar la vida política de un grupo
social.
A través de ellos se ejerce el poder y, por ende se establece la
relación de mando-obediencia dentro de una sociedad
políticamente organizada como Estado.
El conjunto de instituciones vinculada a una determinada ideología
constituye el SISTEMA POLÍTICO de una comunidad estatal.
23. 2.2. PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES
Base principal de derecho, por esta razón, el Derecho Constitucional no es
únicamente una rama del derecho, es mucho más, es la rama fundamental, para
el derecho público y privado.
Insertados de manera expresa o tácita en todo el sistema constitucional,
están destinados a asegurar la proyección normativa de los valores o
postulados ético-políticos, así como las proposiciones de carácter técnico-
jurídico, vinculados a aspectos vitales del Estado.
25. DIGNIDAD DE LA
PERSONA
Es el fundamento de la ética pública de la modernidad,
es el principio guía del Estado, dado que se presenta en
dos sentidos, por un lado, el individuo queda libre de
ofensas y humillaciones –negativa–; mientras que, por
el otro, le permite llevar a cabo el libre desarrollo de su
propia personalidad y actuación –positiva–.
26. JUSTICIA SOCIAL
En una sociedad con
justicia social, los
derechos humanos son
respetados y las clases
sociales más
desfavorecidas cuentan
con oportunidades de
desarrollo.
-Implica el compromiso del
Estado para compensar las
desigualdades que surgen en el
mercado y en otros
mecanismos propios de la
sociedad.
-Las autoridades deben propiciar
las condiciones para que toda la
sociedad pueda desarrollarse en
términos económicos equitativos.
27. SOBERANÍA POPULAR
(Principio Político)
ROUSSEAU, en el “Contrato Social”,
argumentaba lo siguiente:
“Porque el pueblo es soberano y porque la
soberanía es inalienable, el pueblo solo debe
obedecerse a sí mismo, ejercitando directa o
inmediatamente el poder político”.
28. SOBERANÍA POPULAR
P
. DE MAYORÍA
Para que la decisión sea colectiva y
obligatoria para todos, debe ser tomada,
cuando menos, por la mayor parte de
los que deben decidir.
P
. DE
REPRESENTACIÓN
Consiste en hacer presentes las
voces, opiniones y perspectivas de
los ciudadanos en el proceso de
elaboración de políticas públicas.
29. SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
(Principio Jurídico)
Todos los poderes constituidos están por debajo de la Constitución, de ahí que se pueda
señalar que es lex superior y por tanto obliga por igual tanto a gobernantes como
gobernados.
La Constitución nació como un pacto para garantizar la libertad, reconociendo la
legitimidad de un gobierno, de lo legisladores y los jueces, a cambio que ellos respeten
nuestros derechos fundamentales. Su incumplimiento conlleva a disolver ese pacto para
nombrar a nuevos representantes.
32. PARTE DOGMÁTICA
SITUACIÓN DEL INDIVIDUO
FRENTE AL PODER
DEBERES, DERECHOS Y
GARANTÍAS
PARTE ORGÁNICA
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL
PODER
PODERES, ÓRGANOS E
INSTITUCIONES POLÍTICAS
29
4. CONTENIDO
33. 5. FINALIDAD
El fin del Derecho
Constitucional es
establecer el imperio de
la constitucionalidad.
El Derecho Constitucional
tiene como fin el estudio de
las normas supremas
contenidas en la Constitución
que no pueden prescindir de
su carácter institucional-
garantista.
34. 1.EL DC., REGULA las principales instituciones políticas, estas son las encargadas
de asegurar una relación armónica entre gobernantes y gobernados (reglas de juego
de la relación mando-obediencia). También consagra y garantiza principios
constitucionales considerados como los referentes éticos-políticos más importantes
de la sociedad en su conjunto.
2.EL DC, SE ENCARGA del estudio de la Constitución, sobre la que se asienta el
Estado, es el punto de partida de todo el Derecho esto significa que ninguna ley está
por encima de esta (Principio de Supremacía Constitucional) además brinda la
garantía de nuestros deberes y derechos fundamentales producto del acuerdo de
voluntades entre los ciudadanos (Principio de Soberanía Popular).
3.EL DC, TIENE COMO FINALIDAD establecer un orden, justicia, límites de
actuación para el Estado, en general sentar las bases del bien común, objetivos que
tienen carácter “bilateral”, es decir, requieren también del esfuerzo de la ciudadanía
para respetar y obedecer el conjunto normativo siendo necesario para ello
educación, cultura y valores.
31
6. CONCLUSIONES: