3. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL.
Corrección de la Temperatura Ambiente I
Página 3
Rev. A
4. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
Corrección de la Temperatura Ambiente II
Página 4
Rev. A
5. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
Derrateo térmico de conductores
Página 5
Rev. A
6. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
IDENTIFICACIÓN DE LOS CONDUCTORES PUESTOS A TIERRA.
CAPÍTULO 2. CABLEADO Y PROTECCIÓN. RECOMENDACIONES CEN
210 19 (A)(1) 215 2(A)(4)
210.19 (A)(1)
NOTA No. 4: Los conductores para
circuitos ramales, tal como definido en la
Sección 100, dimensionados para prevenir
íd d t ió d 3 %
215.2(A)(4)
NOTA No. 2. Los conductores de circuitos
alimentadores tal como están definidos en
Sección 100, tendrán un calibre que evite una
caída de tensión superior al 3% en la salida
una caída de tensión que exceda un 3 %
en el punto más lejano del tomacorriente
de potencia, calefacción y cargas de
iluminación, o combinaciones de tales
d d l íd d t ió t t l
caída de tensión superior al 3% en la salida
más lejana de potencia, calefacción,
iluminación o cualquier combinación de estas
cargas y donde la caída máxima de tensión
en ambos circuitos alimentadores y ramales
cargas, y donde la caída de tensión total
del alimentador y el circuito ramal en su
punto más lejano no exceda el 5 %,
proveen una adecuada eficiencia de
ió Vé 215 2 íd d
en ambos circuitos alimentadores y ramales
hasta la salida más lejana no supere el 5%,
proveerán una eficiencia de funcionamiento
razonable.
Página 6
Rev. A
operación. Véase 215.2 para caída de
tensión en alimentadores.
7. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
IDENTIFICACIÓN DE LOS CONDUCTORES PUESTOS A TIERRA.
CAPÍTULO 2. CABLEADO Y PROTECCIÓN. RECOMENDACIONES CEN
Página 7
Rev. A
8. NFPA 70 CÓDIGO
ARTÍCULO 240. PROTECCIÓN
CONTRA SOBRECORRIENTE
ELÉCTRICO NACIONAL
240.4 Protección de
Conductores. Los conductores
que no sean cordones flexibles y
que no sean cordones flexibles y
cables de artefactos eléctricos,
tendrán protección de
sobrecorriente según su
ampacidad, tal como se especifica
en 310.15, excepto los casos
permitidos o exigidos en 240.4(A)
hasta (G)
Página 8
Rev. A
hasta (G).
9. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
CONEXIONES ELÉCTRICAS.
ARTÍCULO 110.
110 14 Conexiones Eléctricas
110.14 Conexiones Eléctricas.
(C) Límites de Temperatura. El régimen de temperatura asociado con la
ampacidad de un conductor, se debe elegir y coordinar de modo que no supere
el régimen de temperatura mínimo de cualquier terminación, conductor o
é
dispositivo conectado. Los conductores con régimen de temperatura superior
a la especificada para las terminaciones, podrán usarse mediante ajuste o
corrección de su corriente admisible, o ambas cosas.
III. Mayor de 600 V, Nominal
110.40 Límites de Temperatura en los Terminales. A menos que se indique
otra cosa, se permitirá que las terminaciones de los conductores se basen en
Página 9
Rev. A
90ºC (194°F) y ampacidad como se especifica en las Tablas 310.67 a 310.86.
11. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
CONEXIONES ELÉCTRICAS. ARTÍCULO 110.
110.14 Conexiones Eléctricas.
(C) Límites de Temperatura. (1) Provisiones de Equipo. La decisión de la provisión de terminales de
los equipos será basada en 110.14(A) ó (B). A menos que el equipo esté listado o marcado, la ampacidad
de los conductores usados en determinar las provisiones de terminales del equipo será basada en Tablas
310.15(B)(16) y modificada apropiadamente por 310.15(B) (7)
Página 11
Rev. A
12. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
CONEXIONES ELÉCTRICAS. ARTÍCULO 110.
ESTO SIGNIFICA QUE:
La carga de un cable THHN calibre
8 AWG, (cable de 90 °C) de cobre
está limitado a 40 amperios cuando
se conecta a un interruptor de
potencia de 60 °C. El mismo cable
THHN calibre 8 AWG, 90 °C cable
está limitada a 50 amperios en
está limitada a 50 amperios en
conectarse a un fusible interruptor
con terminales de 75 °C. La
capacidad de corriente del
conductor se selecciona de la Tabla
310 15 (B)(16)
310.15 (B)(16).
Este es el criterio de selección del
calibre mínimo del conductor por
terminales, otros criterios deben ser
Página 12
Rev. A
tomados.
13. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
CONEXIONES ELÉCTRICAS. ARTÍCULO 110.
110.14 Conexiones Eléctricas.
(C) Límites de Temperatura. (1) Provisiones de Equipo.
(a) La provisión de terminales de equipo para circuitos de 100 A de
régimen o menos, o conductores marcados del 14 AWG al 1
AWG, será usada solamente para uno de los siguientes casos:
(1) Conductores de 60 °C (140 °F) de régimen
(b) Lo establecido para las terminaciones de
equipos para circuitos mayores a 100 A, ó
marcados para conductores mayores del
número 1 AWG, se usará sólo para uno
de los siguientes casos:
(1) Conductores de 60 °C (140 °F) de régimen.
(2) Conductores con régimen de temperatura mayores, siempre y
cuando la capacidad de corriente de estos conductores se determine
tomando como base la capacidad de corriente a 60 °C (140 °F) del
calibre del conductor usado, ó
(3) C d t é i d t t i l i
de los siguientes casos:
(1) Conductores de 75°C (167°F) de régimen.
(2) Conductores con temperatura de régimen
más altas siempre que la ampacidad de tales
d t d l id d d
(3) Conductores con régimen de temperatura mayores, si el equipo
está listado e identificado para uso con estos conductores, ó
(4) Para motores marcados con las letras de diseño B, C, D o E, se
permitirá el uso de conductores con régimen de aislamiento de 75°C
(167°F) ó superior, siempre y cuando la capacidad de corriente de
t d t d l id d d i t 75°C
conductores no exceda la capacidad de
corriente del conductor usado a 75°C (167°F),
o superior a su capacidad si el equipo está
listado e identificado para uso con tales
conductores.
Página 13
Rev. A
estos conductores no exceda la capacidad de corriente a 75°C
(167°F).
17. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
240.6 Regímenes de Corriente Normalizados.
(A) Fusibles e Interruptores Automáticos de Caja Moldeada. Los
regímenes de corriente normalizados de los fusibles e interruptores
automáticos de caja moldeada de tiempo inverso, serán de 15, 20, 25,
30 3 40 4 0 60 0 80 90 100 110 12 1 0 1 200 22 2 0
Página 17
Rev. A
30, 35, 40, 45, 50, 60, 70, 80, 90, 100, 110, 125, 150, 175, 200, 225, 250,
300, 350, 400, 450, 500, 600, 700, 800, 1.000, 1.200, 1.600, 2.000,
2.500, 3.000, 4.000, 5.000 y 6.000 A…………….
18. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
310.15(B)(3)(a)(2) Factores de Ajuste.
(a) Más de Tres Conductores Portadores de
Corriente en una Canalización o Cable. Cuando el
número de conductores portadores de corriente en
una canalización o en un cable es mayor de tres, o
cuando los conductores unipolares o cables > 610mm
multiconductores estén instalados sin mantener
separación por una distancia continua de más de
610 mm (24”) y no estén instalados en
canalizaciones, la ampacidad de cada conductor se
6 0
reducirá como se ilustra en la Tabla 310.15(B)(3)(a).
Cada conductor portador de corriente de un
conjunto de conductores en paralelo debe ser
contado como un conductor portador de corriente.
Página 18
Rev. A
20. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
x 0 70
x 0.70
Página 20
Rev. A
POR CAPACIDAD DE CORRIENTE
21. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
35 °C
35 C
Página 21
Rev. A
22. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
x 0.70
x 0 91 x 0 94 x 0 96
Página 22
Rev. A
POR CAPACIDAD DE CORRIENTE
x 0.91 x 0.94 x 0.96
23. NFPA 70 CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL
110.14 Conexiones Eléctricas.
(C) Límites de Temperatura. (1) Provisiones de Equipo. La decisión de la provisión de terminales
de los equipos será basada en 110.14(A) ó (B). A menos que el equipo esté listado o marcado, la
ampacidad de los conductores usados en determinar las provisiones de terminales del equipo será
basada en Tablas 310.15(B)(16) y modificada apropiadamente por 310.15(B) (7)
310.15(B)(16)
Página 23
Rev. A