El documento presenta los marcos jurídicos y normativos nacionales e internacionales que sustentan la Educación Intercultural Bilingüe en México. Entre ellos se encuentran el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural, la Constitución Política de México, la Ley General de Educación, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y varios programas nacionales que reconocen el carácter pluricultural de México y promueven el resp
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Derecho a la educación intercultural
1. Puedo no estar de acuerdo con tus ideas, sin
embargo, defenderé a muerte tu derecho a
hablar.
Voltaire
La validez de mis argumentos, no desvalidan tus
argumentos.
Lyotard
2. SESION II (A). Marcos jurídico‐ normativos de la
diversidad y la Educación Intercultural
Bilingüe, en los ámbitos nacional e internacional.
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3. INTRODUCCION
En esta sesión se realizan actividades
para el conocimiento y análisis de los
marcos jurídicos‐normativos en los que
se sustenta la Educación Intercultural
Bilingüe, para confrontarlos con su
práctica.
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4. PROPOSITO ESPECIFICO
Identificar los marcos jurídico‐
normativos que sustentan a la
Educación con Enfoque Intercultural,
con el fin de orientar la praxis y la
practica educativa, a nivel de escuela y
aula.
Retroalimentación
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5. El diálogo es reciproco encuentro humano, donde
hombres y mujeres pronuncian su mundo
admirable, y al pronunciarlo, se atreven a
humanizarlo.
P. Freire
Te smelelul jk´opka´yejtike ma stak´ ya swalpatinbey
sk´opya´yej te yantik antswineketike, melel junpajal
ay sk´oplalul te jk´opka´yejtik ta jujujtule, jun pajal
ay stoyolul, junpajal ay slumilal, ja yu’ un aka jkich’
batik ta muk’ ta lek.
Javier López Sánchez
6. En la vida yo participo en lo cotidiano, en las
costumbres, en la Nación, el Estado, la humanidad,
el mundo de Dios; es allí donde yo vivo
valorativamente en el otro y para otros, donde
estoy revestido valorativamente de la carne del
otro.
Yo me conozco y llego a ser yo mismo sólo al
manifestarme para el otro, a través del otro y con la
ayuda del otro. Los actos más importantes que
constituyen la autoconciencia se determinan por la
relación con la otra conciencia.
M. Bajtin
7. No hay posibilidad de transformar la
educación sin transformar nuestro
pensamiento arraigado fuertemente en
nosotros desde hace tres o cuatro siglos.
Edgar Morin
8. La dominación suele ser muy compleja cuando
se le vincula con el concepto de poder y su
manifestación en la imposición de la voluntad,
sea esta necesaria o caprichosa, pues la
dominación se justifica a sí misma cuando se le
da obediencia.
M. Weber
10. Organizados en equipos los
participantes comentan qué normas,
leyes y reglamentos conocen sobre la
atención a la diversidad.
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11. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
INTERCULTURAL Y BILINGÜE
MARCO JURÍDICO POLÍTICO
DE LA EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y
BILINGÜE EN MÉXICO
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12. Presentación
• La EIB, como derecho y como proyecto
estratégico para alcanzar un ideal de
país, está contemplada en diversos
instrumentos jurídicos y normativos. En
este apartado se esbozan algunos de
los instrumentos jurídicos y normativos
que legitiman su desarrollo en México,
mediante una descripción sucinta de
sus principales planteamientos.
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13. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
El Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países
independientes
Es un trascendental instrumento jurídico internacional que desde su
promulgación se ha invocado para la defensa de los derechos de los
Pueblos indígenas. Tan solo citaremos algunos artículos:
Artículo 2. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar,
con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y
sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a
garantizar el respeto de su integridad...
Artículo 21. Los miembros de los pueblos interesados deberán poder
disponer de medios de formación profesional por lo menos iguales a los
demás ciudadanos.
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14. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Artículo 22.2 Cuando los programas de formación profesional y
aplicación general existentes no respondan a las necesidades
especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán
asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se
pongan a su disposición programas y medios especiales de
formación...
Artículo 27.
1. Los programas y los servicios de educación destinados a los
pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en
cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades
particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos
y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás
aspiraciones sociales, económicas y culturales.
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15. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Artículo 27.
2. La autoridad competente deberá asegurar la formación de
miembros de estos pueblos y su participación en la
formulación y ejecución de programas de educación, con
miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la
responsabilidad de realización de esos programas, cuando
haya lugar...
México ratificó este convenio en 1990 y con ello adquirió su
compromiso para legislar y hacer respetar las
recomendaciones planteadas por este instrumento jurídico.
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16. I. Marco Jurídico
Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Declaración Universal de la UNESCO sobre la
Diversidad Cultural 2 de noviembre de 2001
Artículo 4°- Los derechos humanos, garantes de la
diversidad cultural.
La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético,
inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana.
Ella supone el compromiso de respetar los derechos
humanos y las libertades fundamentales, en particular de los
derechos de las personas que perteneces a minorías y los de
los pueblos indígenas. Nadie puede invocar la diversidad
cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por
el derechos internacional, ni para limitar su alcance.
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17. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Artículo 6- Hacia una diversidad cultural accesible a todos.
Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas
mediante la palabra y la imagen, hay que procurar que todas
las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad
de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el
multilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones
artísticas, al saber científico y tecnológico –comprendida su
forma electrónico- y la posibilidad, para todas las culturas, de
estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son
los garantes de la diversidad cultural.
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18. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Artículo 7°- El patrimonio cultural, fuente de creatividad.
Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones
culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con
otras. Esta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus
formas, debe ser preservado, valorizado y transmitido a las
generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de
las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en
toda su diversidad e instaurar un verdadero diálogo entre las
culturas.
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19. I. Marco Jurídico
Político
Instrumentos Jurídicos Nacionales
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En su artículo 2° expresa que “La Nación tiene una composición
pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas” en donde
se reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades
indígenas de preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos, cultura e
identidad y asimismo, enuncia la obligación del Estado de establecer
políticas e instituciones sociales para el desarrollo integral de dichos
pueblos y comunidades con su activa participación. En lo relativo a la
educación expresa “Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad,
favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la
conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la
educación media superior y superior…”
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20. I. Marco Jurídico
Instrumentos Jurídicos Nacionales
La Ley General de Educación
Es la que rige los ordenamientos establecidos en el artículo 3° constitucional. En lo
que
respecta a la educación en y para la diversidad en cierto modo se garantiza en el
artículo 38 que a la letra dice: “La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las
adaptaciones requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales
de cada uno de los diversos grupos indígenas del país, así como de la población
rural dispersa y grupos migratorios”.
La creación de la Ley General de Derechos Lingüísticos implicó la reforma de la
fracción 4ª., del artículo 7° de la Ley General de Educación y quedó como sigue: “IV.-
Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la
Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.
“Los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la educación obligatoria en
su
propia lengua y en español”
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21. I. Marco Jurídico Político
Instrumentos Jurídicos Nacionales
La Ley General de Derechos Lingüísticos de los
Pueblos Indígenas
Esta Ley tiene por objeto garantizar el reconocimiento y la protección
de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y
comunidades indígenas, así como promover el uso y desarrollo de las
lenguas indígenas.
Establece el reconocimiento de las lenguas indígenas como lenguas
nacionales y, por tanto, poseen la misma validez que el español en el
territorio, localización y contexto en que se hablan. Esto implica que
todas sean válidas para efectos de cualquier asunto o trámite de
carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, los
servicios y la información pública.
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22. I. Marco Jurídico
Político
Instrumentos Jurídicos Nacionales
La Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los
Pueblos Indígenas
Articulo 2°. La Comisión tiene como objeto orientar, coordinar,
promover, apoyar, comentar, dar seguimiento, y evaluar los
programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el
desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades
indígenas de conformidad con el articulo 2° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos…
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23. I. Marco Jurídico
Político
Instrumentos Jurídicos Nacionales
La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Esta ley prohíbe toda práctica discriminatoria que impida o anule
el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de
oportunidades de las personas. (Artículo 9°).
A efecto de lo anterior, se consideran como conductas
discriminatorias, entre otras:
I. Impedir el acceso a la educación pública o privada, así como a
becas e incentivos para la permanencia en los centros educativos,
en los términos de las disposiciones aplicables;
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24. I. Marco Normativo
Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006
Se enfatiza que es prioridad del gobierno federal preservar las
diversas tradiciones y culturas como parte del patrimonio e
identidad nacionales, así como promover el reconocimiento del
carácter pluricultural de la nación, el respeto a la diversidad, el
fomento a la interculturalidad y la revaloración de las culturas
indígenas
Programa Nacional de Cultura 2001-2006
En este programa se reconoce que “La diversidad se
manifiesta en todos los ámbitos de la vida social y debe ser
incluida en los principios esenciales de una política cultural
de Estado ajena por completo a la homogenización y al
dogma de una corriente única de pensamiento.
“México es una nación integrada por grupos diferentes, y
cuya mayor riqueza es precisamente la pluralidad de sus
culturas y la variedad de formas y creaciones en las que
esas culturas se expresan.
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25. I. Marco Normativo
Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas 2001-2006
Documento que en su capítulo de cultura expresa que “La
permanencia de los pueblos indígenas y sus supervivencia histórica
en las condiciones más desventajosas ha sido posible gracias a la
cultura.
Esta es la base de la identidad, fortalece los lazos de unidad y es el
factor que mantiene, reproduce y cohesiona a los pueblos.
“Las culturas indígenas poseen maneras propias de ver y entender el
mundo, así como formas especificas de organización y cohesión
social”
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26. I. Marco Normativo
Programa Nacional de Educación 2001-2006 (PRONAE)
A la educación corresponde fortalecer el conocimiento y el orgullo
de la cultura a la que se pertenece, para poder entablar relaciones
interculturales que tengan posibilidades de simetría; le compete
enseñar la lengua propia, la que le permite nombrar el mundo y
fortalecer su cultura, así como enseñar y enriquecer el lenguaje
que nos permite comunicarnos como mexicanos; le toca hacer que
conozcamos y valoremos los aportes culturales de los pueblos que
comparten nuestro territorio; le atañe lograr que los integrantes de
diversas culturas convivan de manera respetuosa y mutuamente
enriquecedora; le corresponde por último, desarrollar una
conciencia ciudadana que se preocupe por la injusticia, y ofrecer
herramientas para combatirla en la vida cotidiana (pág. 46).
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27. I. Marco Normativo
• Programa Sectorial de Educación 2007-
2012:
Objetivo 4 “Ofrecer una educación integral
que equilibre la formación en valores
ciudadanos, el desarrollo de competencias
y la adquisición de conocimientos, a través
de actividades regulares del aula, la
práctica docente y el ambiente
institucional, para fortalecer la convivencia
democrática e intercultural”. (Pág.:43)
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29. Organizados en los mismos equipos
responder…
• ¿Cuáles leyes, normas y reglamentos hablan
sobre la atención educativa de la diversidad, a
nivel internacional, y en México?
• ¿Qué importancia reviste la atención de la
diversidad en nuestro país?
• ¿Qué implicaciones tienen estas leyes para el
ejercicio de la educación en México?
• ¿Qué se tendría que hacer en la escuela y el aula
para atender y dar cumplimiento aestas leyes?
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30. Producto 2
• Texto relativo a los ordenamientos jurídico
normativos estatales y municipales, que
atiendan la diversidad, en la entidad donde
laboran.
• Consultar Ley de Desarrollo Estatal 2007 del
Estado de Yucatán
• Tesis:
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31. UNIDAD 1. LA PRESENCIA DE LA
DIVERSIDAD EN EL ÁMBITO
SOCIAL, EN LA ESCUELA Y EL AULA
SESION II (B). Referentes conceptuales de la
educación intercultural bilingüe y el tratamiento
de la diversidad en lo social, en la escuela y el
aula.
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32. Definamos …
• Diversidad
• Identidad
• Cultura
• Lengua
• Multiculturalidad
• Interculturalidad
• Educación intercultural bilingüe
• 0tro que haya surgido desde las actividades
anteriores
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33. En plenaria respondan a las siguientes interrogantes:
• ¿Alguno de ustedes ha sido objeto de discriminación?
¿Cómo actuaron, qué sintieron?
• ¿Alguna vez ha discriminado? ¿Cómo actuaron, qué
provocó en quien discriminó?
• ¿Qué sentimientos se pueden generar en las personas
que son objeto de algún tipo de discriminación?
• ¿Conocen algún que se haya presentado en la
escuela?
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34. Producto 3
• Redacte un Texto en el que propongan
algunas estrategias educativas‐pedagógicas
para el tratamiento de la diversidad, de modo
que considere la diversidad presente en su
ámbito laboral
Para la próxima sesión: Traer por equipos periódico, revista y cinta
adhesiva. (4)
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35. Gracias por su participación
David Ernesto Mukul Domínguez
davidmukuld@hotmail.com
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