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SISTEMA DE GESTIÒN DE LA SEGURIDAD Y SALUD.pptx V.pptx
1. SISTEMA DE GESTIÒN
DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
DECRETO 1072 DEL 26 DE
MAYO DE 2015 LIBRO 2,
PARTE 2, TITULO 4,
CAPITULO 6.
2. LINEA NORMATIVA
DECRETO 614/1984 ART 28,
29 Y 30 Se establece la
obligación de adelantar
programas de SG-SST.
LEY 1562/ 2012
ART.1 Estableció
que el programa de
SO se cambiaria a
SG-SST.
DECRETO 1072/2015
Por medio del cual
se expide el
Decreto Único
Reglamentario del
Sector Trabajo.
LEY 9/ 1979
Titulo III Se
establecen los
programas.
3. ART. 2.2.4.6.1 OBJETO Y CAMPO DE
APLICACIÒN
• El presente decreto tiene por objeto definir las
directrices de obligatorio cumplimiento para
implementar el sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo que debe ser aplicado para
todos los empleadores públicos y privados los
contratantes del personal bajo modalidad
contrato civil comercial o administrativo las
organizaciones de la economía solidaria y del
sector cooperativo y las empresas de servicios
temporales y tener la cobertura sobre los
trabajadores dependientes contratistas
trabajadores cooperados y trabajadores en
misión.
5. ART. 2.2.4.6.3 SG-SST
• Es la disciplina
que trata de la
prevención de las
lesiones y
enfermedades
causadas por
condiciones del
trabajo y de la
protección y
promoción de la
6. ART. 2.2.4.6.4 SG-SST
• Consiste en el
desarrollo de un
proceso lógico y
por etapas basada
en la mejora
continua cuyos
principios están
basados en el ciclo
PHVA.
7. ART. 2.2.4.6.4 CICLO PHVA
Procedimiento lógico y por
etapas que permite el
mejoramiento continuo a través
de los siguientes pasos.
•PLANEAR.
•HACER.
•VERIFICAR.
•ACTUAR.
9. ART. 2.2.4.6.5- 2.2.4.6.6
Hace parte de la política de la
gestión.
Con alcance sobre todos sus centros de
trabajo y todos sus trabajadores
Debe ser comunicada al comité paritario o unidad
de seguridad y salud en el trabajo
Estar fechada y firmada por el
representante legal
Difundida todos los niveles de la organización y
de estar accesible a todos los trabajadores y
demás partes interesadas
ser revisada como mínimo una vez al año y el y
actualizarse de acuerdo a los cambios.
10. ART. 2.2.4.6.11 CAPACITACIÒN SST
• El empleado debe definir los requisitos de
conocimiento y práctica de seguridad y salud en
el trabajo y adoptar y mantener disposición
para que se cumpla.
• Se debe desarrollar un programa anual de
capacitación donde se proporcione el
conocimiento para identificar los peligros y
controlar los riesgos relacionados a sus
lugares de trabajo.
• Estar documentada.
• Debe ser revisado una vez al año con
participación del COPASST y la alta dirección
11. ART.2.2.4.6.16 EVALUACIÒN
INICIAL SG-SST
Se realiza con el fin de identificar
las prioridades en SST.
Debe ser realizada por personal
capacitado.
Ayuda establecer el plan de trabajo
anual o para actualizar el existente.
De conformidad con la normatividad vigente
12. ART.2.2.4.6.15 MATRIZ DE PELIGROS
Debe aplicar una metodología que tenga alcance
sobre todos los procesos efectividades y
centros de trabajo.
Debe ser documentada actualizada como mínimo
de manera anual o cuando ocurra un accidente
de trabajo mortal o un evento catastrófico
dentro de la organización que genere cambios
en los procesos instalaciones o máquinas.
El empleador debe informar al copas
sobre los resultados de las
evaluaciones de los ambientes de
trabajo para que emita recomendaciones
que haya lugar.