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 Para mejorar la calidad de vida



Individuo                 Sociedad
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SS: Eventos que nos brinda

 SALUD:

  - Cotizante
  - Subsidiado
  - Vinculado


 RIESGOS PROFESIONALES:

  - Pensión por invalides
  - Muerte


 PENSION:

  - Invalides
  - Vejez
  - Muerte
REGIMEN CONTRIBUTIVO
  ¿Quiénes DEBEN afiliarse a este Régimen?

  A este Régimen se deben afiliar las personas que tienen un empleo o
  poseen capacidad de pago para afiliarse a una Empresa Promotora de
  Salud (EPS)

  ¿Cómo Afiliarse?

 Elegir bien la EPS donde desea ser atendido y comuníquele a su patrón o
  empleador cual eligió
 Diríjase a la EPS y diligencie el formulario de afiliación junto con su
  empleador. Incluya a todos los beneficiarios y anexe fotocopia de los
  documentos de identidad requeridos: documento de identidad, registro civil
  de matrimonio o certificado de convivencia.
 Si es trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de
  pago, diríjase a la EPS que elija y diligencie el formulario de afiliación, afilie
  a sus beneficiarios presentando fotocopia del los documentos de identidad.
 Trabajador dependiente: debe asistir
  acompañado(a) por su empleador(a) y
  presentar tres fotocopias de su documento de
  identidad y tres fotocopias del documento de
  identidad de su empleador(a), así como una
  fotocopia del documento de identificación de
  cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil,
  Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía).

 Trabajador independiente: Presentar original y
  dos copias de su documento de identidad, así
  como una fotocopia del documento de
  identificación de cada uno de sus beneficiarios
  (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de
  Ciudadanía
¿Cuánto se debe aportar?

El porcentaje establecido por norma para salud y pensiones es el mismo
tanto para los trabajadores dependientes como independientes.
Para un empleado dependiente el aporte que le corresponde hacer en salud
es de 12.5 %, del cual el 8.5% le corresponde al patrón y el 4.5% al
empleado.

Para pensión, igualmente la cotización se realiza sobre la PRESUNCIÓN
DE INGRESOS del trabajador y es del 15.5%, del cual el 11.625% le
corresponde al patrón y el 3.875% al empleado;

El valor a pagar por riesgos profesionales depende de la profesión que
desempeñe el trabajador y el riesgo al cual esta expuesto, lo cubre el patrón
en un 100%.

Los trabajadores independientes, tienen que cancelar en su totalidad la
afiliación en salud y pensión, teniendo en cuenta su PRESUNCIÓN DE
INGRESOS.
VALOR COTIZACIÓN SOBRE 1 Salario Mínimo
      Mensual Legal Vigente $433.700

   AFILIACIÓN                                                                     TRABAJADOR
                              TRABAJADOR DEPENDIENTE
    ENTIDAD                                                                      INDEPENDIENTE
                          PATRÓN                      EMPLEADO                       TOTAL
    SALUD       8.5% ---------------- $36.890      4% ---------------           12.5%-----------
                                                      $17.360                       $54.213

   PENSIÓN      11.625% ------------$50.453                                  15.5% --------- $67.224
                                                   3.875% ---------
                                                       $16.818

      ARP       100% Depende del oficio o       --------------------------    Cancela el 100% por
                 labor que desempeñe el                     -                       ciento
                        empleado

    TOTAL                 $87.343                       $34.178                    $121.437
Por las atenciones que se reciben se deben realizar algunos aportes,
  que son:

 ¿Qué son cuotas moderadoras?

  Son aportes económicos que deben pagarse por la prestación de
  algunos servicios de salud y que buscan regular su utilización y
  estimular su buen uso. Estas cuotas se aplican a los cotizantes y sus
  beneficiarios.

 ¿Qué son Copagos?

  Son aportes en dinero que corresponden a una parte del servicio
  requerido y que realizan única y exclusivamente los beneficiarios de
  las atenciones de carácter hospitalario.
¿Cuáles son los derechos en el Régimen Contributivo?

    Al afiliarse al Régimen Contributivo el usuario tiene DERECHO a
    incluir como beneficiarios a:

 Cónyuge, compañera(o) permanente, siempre y cuando la unión sea
    superior a dos años, presentando declaración juramentada del
    cotizante.
   El Recién Nacido presentando el registro civil a la EPS, dentro de los
    treinta días posteriores a su nacimiento.
   Los hijos menores de 18 años, incluso si son adoptivos.
   Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y
    dependan económicamente del afiliado.
   Los hijos entre los 18 y 25 años, cuando sean estudiantes de tiempo
    completo y dependan económicamente del afiliado.
   Los hijos del cónyuge o compañera(o) permanente del afiliado que
    se encuentren en las situaciones definidas en los numerales 3 y 4.
   Cuando no se tenga cónyuge o compañera(o) permanente o hijos,
    puede afiliar a los padres que no estén pensionados y dependan
    económicamente de éste.
¿Cuáles son los deberes del empleador?

   Los empleadores que al no tener afiliado a sus trabajadores deben asumir los gastos
   que se generen en caso de enfermedad, accidente o muerte, además de las
   sanciones que pueda imponerle la Superintendencia Nacional de Salud por
   incumplimiento de sus deberes.

   Además es un deber:

 Inscribir a una EPS a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, ya
  sea verbal o escrita, temporal o permanente.
 Respetar la libre elección de EPS por parte del empleado.
 Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden.
 Descontar de los ingresos laborales el porcentaje de cotización que le corresponde
  pagar a los trabajadores a la entidad a la cual están afiliados e informar a los
  trabajadores sobre las garantías que tienen en el Sistema General de Seguridad
  Social en Salud.
 Asumir el costo completo de la atención del trabajador y su núcleo familiar cuando se
  le suspenda la afiliación por no pagar oportunamente los aportes.
 Cancelar el valor total de las cotizaciones atrasadas de la totalidad de sus
  trabajadores.
 Cancelar el valor de las incapacidades y licencias por todo el tiempo de duración de
  las mismas.
REGIMEN SUBSIDIADO
  El Régimen Subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más
  pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud
  a través de un subsidio que ofrece el Estado.

¿Quiénes tienen derecho a los Subsidios de Salud del Régimen
  Subsidiado?

  Las personas pertenecientes a los niveles 1 y 2 del SISBEN, quienes
  podrán acceder a través de un subsidio total y las personas del área urbana
  pertenecientes a los niveles 2 y 3 del SISBEN, quienes podrán acceder a
  través de un subsidio parcial.

 Subsidios Totales: tendrán derecho a recibir el conjunto básico de
  servicios de atención en salud POS.

 Subsidios Parciales: tendrán derecho a recibir los siguientes beneficios del
  POS-S: Atención integral de enfermedades de alto costo, atención integral
  en traumatología y ortopedia, incluida la rehabilitación física necesaria en
  estos casos, atención integral del embarazo, parto y puerperio, y sus
  complicaciones, atención integral al menor de un año, los medicamentos
  que sean formulado
¿Qué entidades realizan el proceso de selección de
potenciales afiliados al régimen subsidiado?

Las alcaldías de cada municipio, las Gobernaciones (en
el caso de los corregimientos departamentales) y la
Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.

¿Quiénes deben garantizar la prestación de servicios
de salud a los afiliados al Régimen Subsidiado?

Las Administradoras de Régimen Subsidiado
ARS, debidamente autorizadas por la Superintendencia
Nacional de Salud, están obligadas a garantizar la
prestación de los servicios de salud a que tiene derecho
todo afiliado.
REGIMEN VINCULADO
  El Régimen de vinculados es aquel donde se encuentran las personas a
  quienes se les ha realizado la encuesta Sisbén pero que aún no han
  obtenido un cupo para pertenecer al régimen subsidiado.

   ¿Quiénes son los participantes vinculados?

  Las personas que no tienen capacidad de pago y que mientras logran ser
  beneficiarios del Régimen Subsidiado, tienen derecho a los servicios de
  atención en salud en IPS públicas y privadas contratadas por la Secretaría
  Locales de Salud.

 1. Población identificada en nivel 1, 2 y 3 SISBEN NO afiliada a una EPS-S
 2. Afiliados a EPS-S para eventos no incluidos en el Plan Obligatorio de
  Salud Subsidiado.
 3. Población especial NO afiliada al Régimen Subsidiado: indígenas,
  indigentes, menores en protección, desmovilizados y/o reincorporados,
  ingresan al SGSSS por listado censal como población especial.
¿Cuáles son los derechos de los participantes
    vinculados?

 Acciones de promoción de la salud y prevención de
    la enfermedad.
   Diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la
    enfermedad en sus diferentes niveles de
    complejidad.
   Suministro de medicamentos.
   Atención inicial en el servicio de urgencias, en
    cualquier
    lugar del país.
   Atención por enfermedades de alto costo.
Son organizaciones que en su conjunto se
    encargan de:

   Supervisión del sistema
   Oferta y Afiliación al sistema
   Prestación servicios
   Cotización para recibir el servicio
   Beneficiar a personas del sistema
Organismos de Dirección, Vigilancia y
             Control
   Ministerios de Salud y Trabajo
            (MinSalud y W)

 Se encarga de la
 orientación, regulación, supervisión, vi
 gilancia, control y atenderá las
 políticas, planes, programas y
 prioridades del Gobierno en la lucha
 contra las enfermedades y en el
 mantenimiento y
 educación, información y fomento de
 la salud.
 Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
 (CNSSS)

 Es el organismo de concertación entre los diferentes
 integrantes del Sistema General de Seguridad Social en
 Salud. Sus decisiones serán obligatorias, podrán ser
 revisadas periódicamente por el mismo Consejo y
 deberán ser adoptadas por el Gobierno Nacional.

 La Superintendencia Nacional en Salud (SNS)


 Formular, dirigir y coordinar la política de inspección,
 vigilancia y control del Sector Salud y del Sistema
 General de Seguridad Social en Salud.
Organismos de Administración y
           Financiación
 Entidades Promotoras de Salud (EPS)


 Son las responsables de la afiliación, el registro de
 los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por
 delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su
 función básica será organizar y garantizar, directa o
 indirectamente, la prestación del Plan de Salud
 Obligatorio a los afiliados
 Direcciones Seccionales, Distritales y Locales de
 Salud (DSS - DDS-DLS)

 Se encargan de la formulación de los planes,
 estrategias, programas y proyectos de salud y en la
 orientación de los sistemas territoriales de seguridad
 social en salud que desarrollen las políticas
 definidas por el Consejo Nacional de Seguridad
 Social en Salud.

 Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSIGA)

 Esta encargado del recaudo de las cotizaciones, que
 delega en las Entidades Promotoras de Salud.
Las institucionales Prestadoras de
      servicios de Salud (IPS)
Son:
                 Están encargadas de la prestación de
 Oficiales      los servicios de salud a los afiliados del
 Mixtas         Sistema General de Seguridad Social
                 en Salud dentro de las entidades
 Privadas
                 promotoras de salud o fuera de ellas.
 Comunitarias
 Solidarias
EMPLEADORES Y TRABAJADORES

 El empleador esta encargado del pago de su aporte
 y del aporte de los trabajadores a las EPS. Para tal
 efecto, descontará del salario de cada afiliado, al
 momento de su pago, el monto de las cotizaciones
 obligatorias y el de las voluntarias que
 expresamente haya autorizado por escrito el afiliado,
 y trasladará éstas sumas a la entidad elegida por el
 trabajador, junto con las correspondientes a su
 aporte.
BENEFICIARIOS DEL SISTEMA GENERAL
  DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
 SERÁN BENEFICIARIOS DEL SISTEMA el (o la)
 cónyuge o el compañero o la compañera permanente del
 afiliado cuya unión sea superior a 2 años; los hijos
 menores de 18 años de cualquiera de los cónyuges, que
 haga parte del núcleo familiar y que dependan
 económicamente de éste; los hijos mayores de 18 años
 con incapacidad permanente o aquellos que tengan
 menos de 25 años, sean estudiantes con dedicación
 exclusiva y dependan económicamente del afiliado. A
 falta de cónyuge, compañero o compañera permanente,
 e hijos con derecho, la cobertura familiar podrá
 extenderse a los padres del afiliado no pensionados que
COMITES DE PARTICIPACIÓN
          CIUDADANA EN SALUD
 ¿Qué se entiende por participación social?

  Es el proceso de formación y acción permanente mediante el cual
  las comunidades intervienen la realidad organizándose,
  estableciendo prioridades conforme sus necesidades, con la
  finalidad de mejorar la calidad de vida y encontrar bienestar,
  fortaleciendo además el tejido social. Las personas se convierten en
  protagonistas del desarrollo social y global de la comunidad.


 En Qué consiste la participación ciudadana en salud?

  Es la intervención de la comunidad a través de las personas
  usuarias del sistema de seguridad social, en la organización, control,
  gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su
  conjunto.
Realizado por:

Yuly Andrea Vergara
Jenny Paola Castillo
      Cindy Johana
            Morales

  SALUD ORAL
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Sistema General De Seguridad Social En Salud

  • 1.
  • 2. Instituciones Normas ley 100 Procedimientos CONJUNTO Para mejorar la calidad de vida Individuo Sociedad Familia
  • 3. SS: Eventos que nos brinda  SALUD: - Cotizante - Subsidiado - Vinculado  RIESGOS PROFESIONALES: - Pensión por invalides - Muerte  PENSION: - Invalides - Vejez - Muerte
  • 4. REGIMEN CONTRIBUTIVO ¿Quiénes DEBEN afiliarse a este Régimen? A este Régimen se deben afiliar las personas que tienen un empleo o poseen capacidad de pago para afiliarse a una Empresa Promotora de Salud (EPS) ¿Cómo Afiliarse?  Elegir bien la EPS donde desea ser atendido y comuníquele a su patrón o empleador cual eligió  Diríjase a la EPS y diligencie el formulario de afiliación junto con su empleador. Incluya a todos los beneficiarios y anexe fotocopia de los documentos de identidad requeridos: documento de identidad, registro civil de matrimonio o certificado de convivencia.  Si es trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de pago, diríjase a la EPS que elija y diligencie el formulario de afiliación, afilie a sus beneficiarios presentando fotocopia del los documentos de identidad.
  • 5.  Trabajador dependiente: debe asistir acompañado(a) por su empleador(a) y presentar tres fotocopias de su documento de identidad y tres fotocopias del documento de identidad de su empleador(a), así como una fotocopia del documento de identificación de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía).  Trabajador independiente: Presentar original y dos copias de su documento de identidad, así como una fotocopia del documento de identificación de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía
  • 6. ¿Cuánto se debe aportar? El porcentaje establecido por norma para salud y pensiones es el mismo tanto para los trabajadores dependientes como independientes. Para un empleado dependiente el aporte que le corresponde hacer en salud es de 12.5 %, del cual el 8.5% le corresponde al patrón y el 4.5% al empleado. Para pensión, igualmente la cotización se realiza sobre la PRESUNCIÓN DE INGRESOS del trabajador y es del 15.5%, del cual el 11.625% le corresponde al patrón y el 3.875% al empleado; El valor a pagar por riesgos profesionales depende de la profesión que desempeñe el trabajador y el riesgo al cual esta expuesto, lo cubre el patrón en un 100%. Los trabajadores independientes, tienen que cancelar en su totalidad la afiliación en salud y pensión, teniendo en cuenta su PRESUNCIÓN DE INGRESOS.
  • 7. VALOR COTIZACIÓN SOBRE 1 Salario Mínimo Mensual Legal Vigente $433.700 AFILIACIÓN TRABAJADOR TRABAJADOR DEPENDIENTE ENTIDAD INDEPENDIENTE PATRÓN EMPLEADO TOTAL SALUD 8.5% ---------------- $36.890 4% --------------- 12.5%----------- $17.360 $54.213 PENSIÓN 11.625% ------------$50.453 15.5% --------- $67.224 3.875% --------- $16.818 ARP 100% Depende del oficio o -------------------------- Cancela el 100% por labor que desempeñe el - ciento empleado TOTAL $87.343 $34.178 $121.437
  • 8. Por las atenciones que se reciben se deben realizar algunos aportes, que son:  ¿Qué son cuotas moderadoras? Son aportes económicos que deben pagarse por la prestación de algunos servicios de salud y que buscan regular su utilización y estimular su buen uso. Estas cuotas se aplican a los cotizantes y sus beneficiarios.  ¿Qué son Copagos? Son aportes en dinero que corresponden a una parte del servicio requerido y que realizan única y exclusivamente los beneficiarios de las atenciones de carácter hospitalario.
  • 9. ¿Cuáles son los derechos en el Régimen Contributivo? Al afiliarse al Régimen Contributivo el usuario tiene DERECHO a incluir como beneficiarios a:  Cónyuge, compañera(o) permanente, siempre y cuando la unión sea superior a dos años, presentando declaración juramentada del cotizante.  El Recién Nacido presentando el registro civil a la EPS, dentro de los treinta días posteriores a su nacimiento.  Los hijos menores de 18 años, incluso si son adoptivos.  Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependan económicamente del afiliado.  Los hijos entre los 18 y 25 años, cuando sean estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del afiliado.  Los hijos del cónyuge o compañera(o) permanente del afiliado que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales 3 y 4.  Cuando no se tenga cónyuge o compañera(o) permanente o hijos, puede afiliar a los padres que no estén pensionados y dependan económicamente de éste.
  • 10. ¿Cuáles son los deberes del empleador? Los empleadores que al no tener afiliado a sus trabajadores deben asumir los gastos que se generen en caso de enfermedad, accidente o muerte, además de las sanciones que pueda imponerle la Superintendencia Nacional de Salud por incumplimiento de sus deberes. Además es un deber:  Inscribir a una EPS a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, ya sea verbal o escrita, temporal o permanente.  Respetar la libre elección de EPS por parte del empleado.  Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden.  Descontar de los ingresos laborales el porcentaje de cotización que le corresponde pagar a los trabajadores a la entidad a la cual están afiliados e informar a los trabajadores sobre las garantías que tienen en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.  Asumir el costo completo de la atención del trabajador y su núcleo familiar cuando se le suspenda la afiliación por no pagar oportunamente los aportes.  Cancelar el valor total de las cotizaciones atrasadas de la totalidad de sus trabajadores.  Cancelar el valor de las incapacidades y licencias por todo el tiempo de duración de las mismas.
  • 11. REGIMEN SUBSIDIADO El Régimen Subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. ¿Quiénes tienen derecho a los Subsidios de Salud del Régimen Subsidiado? Las personas pertenecientes a los niveles 1 y 2 del SISBEN, quienes podrán acceder a través de un subsidio total y las personas del área urbana pertenecientes a los niveles 2 y 3 del SISBEN, quienes podrán acceder a través de un subsidio parcial.  Subsidios Totales: tendrán derecho a recibir el conjunto básico de servicios de atención en salud POS.  Subsidios Parciales: tendrán derecho a recibir los siguientes beneficios del POS-S: Atención integral de enfermedades de alto costo, atención integral en traumatología y ortopedia, incluida la rehabilitación física necesaria en estos casos, atención integral del embarazo, parto y puerperio, y sus complicaciones, atención integral al menor de un año, los medicamentos que sean formulado
  • 12. ¿Qué entidades realizan el proceso de selección de potenciales afiliados al régimen subsidiado? Las alcaldías de cada municipio, las Gobernaciones (en el caso de los corregimientos departamentales) y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá. ¿Quiénes deben garantizar la prestación de servicios de salud a los afiliados al Régimen Subsidiado? Las Administradoras de Régimen Subsidiado ARS, debidamente autorizadas por la Superintendencia Nacional de Salud, están obligadas a garantizar la prestación de los servicios de salud a que tiene derecho todo afiliado.
  • 13. REGIMEN VINCULADO El Régimen de vinculados es aquel donde se encuentran las personas a quienes se les ha realizado la encuesta Sisbén pero que aún no han obtenido un cupo para pertenecer al régimen subsidiado. ¿Quiénes son los participantes vinculados? Las personas que no tienen capacidad de pago y que mientras logran ser beneficiarios del Régimen Subsidiado, tienen derecho a los servicios de atención en salud en IPS públicas y privadas contratadas por la Secretaría Locales de Salud.  1. Población identificada en nivel 1, 2 y 3 SISBEN NO afiliada a una EPS-S  2. Afiliados a EPS-S para eventos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado.  3. Población especial NO afiliada al Régimen Subsidiado: indígenas, indigentes, menores en protección, desmovilizados y/o reincorporados, ingresan al SGSSS por listado censal como población especial.
  • 14. ¿Cuáles son los derechos de los participantes vinculados?  Acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.  Diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad en sus diferentes niveles de complejidad.  Suministro de medicamentos.  Atención inicial en el servicio de urgencias, en cualquier lugar del país.  Atención por enfermedades de alto costo.
  • 15. Son organizaciones que en su conjunto se encargan de:  Supervisión del sistema  Oferta y Afiliación al sistema  Prestación servicios  Cotización para recibir el servicio  Beneficiar a personas del sistema
  • 16. Organismos de Dirección, Vigilancia y Control  Ministerios de Salud y Trabajo (MinSalud y W) Se encarga de la orientación, regulación, supervisión, vi gilancia, control y atenderá las políticas, planes, programas y prioridades del Gobierno en la lucha contra las enfermedades y en el mantenimiento y educación, información y fomento de la salud.
  • 17.  Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) Es el organismo de concertación entre los diferentes integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Sus decisiones serán obligatorias, podrán ser revisadas periódicamente por el mismo Consejo y deberán ser adoptadas por el Gobierno Nacional.  La Superintendencia Nacional en Salud (SNS) Formular, dirigir y coordinar la política de inspección, vigilancia y control del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  • 18. Organismos de Administración y Financiación  Entidades Promotoras de Salud (EPS) Son las responsables de la afiliación, el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su función básica será organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del Plan de Salud Obligatorio a los afiliados
  • 19.  Direcciones Seccionales, Distritales y Locales de Salud (DSS - DDS-DLS) Se encargan de la formulación de los planes, estrategias, programas y proyectos de salud y en la orientación de los sistemas territoriales de seguridad social en salud que desarrollen las políticas definidas por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.  Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSIGA) Esta encargado del recaudo de las cotizaciones, que delega en las Entidades Promotoras de Salud.
  • 20. Las institucionales Prestadoras de servicios de Salud (IPS) Son: Están encargadas de la prestación de  Oficiales los servicios de salud a los afiliados del  Mixtas Sistema General de Seguridad Social en Salud dentro de las entidades  Privadas promotoras de salud o fuera de ellas.  Comunitarias  Solidarias
  • 21. EMPLEADORES Y TRABAJADORES  El empleador esta encargado del pago de su aporte y del aporte de los trabajadores a las EPS. Para tal efecto, descontará del salario de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones obligatorias y el de las voluntarias que expresamente haya autorizado por escrito el afiliado, y trasladará éstas sumas a la entidad elegida por el trabajador, junto con las correspondientes a su aporte.
  • 22. BENEFICIARIOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD  SERÁN BENEFICIARIOS DEL SISTEMA el (o la) cónyuge o el compañero o la compañera permanente del afiliado cuya unión sea superior a 2 años; los hijos menores de 18 años de cualquiera de los cónyuges, que haga parte del núcleo familiar y que dependan económicamente de éste; los hijos mayores de 18 años con incapacidad permanente o aquellos que tengan menos de 25 años, sean estudiantes con dedicación exclusiva y dependan económicamente del afiliado. A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente, e hijos con derecho, la cobertura familiar podrá extenderse a los padres del afiliado no pensionados que
  • 23. COMITES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN SALUD  ¿Qué se entiende por participación social? Es el proceso de formación y acción permanente mediante el cual las comunidades intervienen la realidad organizándose, estableciendo prioridades conforme sus necesidades, con la finalidad de mejorar la calidad de vida y encontrar bienestar, fortaleciendo además el tejido social. Las personas se convierten en protagonistas del desarrollo social y global de la comunidad.  En Qué consiste la participación ciudadana en salud? Es la intervención de la comunidad a través de las personas usuarias del sistema de seguridad social, en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
  • 24. Realizado por: Yuly Andrea Vergara Jenny Paola Castillo Cindy Johana Morales SALUD ORAL 29007 SENA